Page 540 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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rio, independientemente de todo aquel cortejo  Creo que debe estar dentro del Ministerio Pú-
                  de gentes que le va a acompañar, no tendría sen-  blico, y, en el caso de que la mayoría persevere
                  tido.                                       en lo que creo que es un error, estoy sugiriendo
                                                              que se agregue al artículo 186º un texto como
                  Entonces, esto no se compagina con el anhelo de  éste: "Donde haya sede de Corte Superior y en
                  la mayoría, reiteradamente expuesto aquí, en el  ciudades que poseen municipios metropolitanos
                  sentido de que debiéramos hacer ahorros, que  puede designarse, de ser necesario, defensores
                  no debiéramos innecesariamente incrementar la  descentralizados del pueblo, cuyos titulares de-
                  estructura del Estado.                      ben reunir los mismos requisitos que los voca-
                                                              les y fiscales superiores. Donde no los haya, pue-
                  Yo creo, señor Presidente, que es tiempo de que  den hacer sus veces, por encargo, los fiscales
                  se apliquen esos criterios en este caso.    decanos correspondientes".

                  No se trata de dejar que la función de la Defen-  Creo que esto le daría una versión más nacional
                  soría del Pueblo no se cumpla. Dentro de la estr-  a esta institución.
                  uctura del Ministerio Público puede haber un
                  fiscal especializado en esta clase de funciones con  Me han solicitado, señor Presidente, dos inte-
                  el nombre de Defensor del Pueblo, quien sería  rrupciones, y, como tengo tiempo para conceder-
                  prácticamente asistido por los demás fiscales y  las —con su venia, naturalmente—, ordenada-
                  formaría parte de una institución que va a tener  mente las cedería, primero, al señor Ferrero; y
                  un presupuesto propio sustentado ante el Poder  luego, al señor Olivera.
                  Ejecutivo y el Legislativo. Si lo propio se le va a
                  acordar al Defensor del Pueblo, percatémonos,  El señor PRESIDENTE.— Puede interrum-
                  señor, de toda la complejidad que esto significa.  pir, señor Ferrero Costa.

                  Por otro lado, ningún sentido tendría crear esta  El señor FERRERO COSTA (NM-C90).— En
                  institución para que tenga solamente una ver-  primer lugar, debe saberse que nadie está pen-
                  sión centralizada.                          sando en un gran ministerio con ocho pisos, dos-
                                                              cientos empleados, cuarenta automóviles; ¡no,
                  Si ustedes, los miembros de la mayoría, revisan  señor Presidente, eso no es verdad! Actualmen-
                  el contexto de los artículos que estamos deba-  te en la Fiscalía ya hay personal que trabaja con
                  tiendo, se van a percatar de que estamos hablando  el fiscal ad hoc para los derechos humanos, el
                  de un funcionario que va a tener su residencia  fiscal especializado en los derechos humanos, que
                  en Lima, No va a existir el resto del Perú para él  es el fiscal adjunto. Se trata de que ese mismo
                  sino como una referencia. Tendría que ser un  personal se dedique, bajo la institución de la
                  funcionario que esté desplazándose de uno a otro  Defensoría del Pueblo, a esta tarea. De tal ma-
                  lugar del Perú, salvo que consignemos al Defen-  nera que, por favor, no se alarme demagógica-
                  sor del Pueblo solamente para ocuparse de los  mente con una amenaza que no existe.
                  asuntos más importantes y que los otros asun-
                  tos no sean tomados en cuenta.              Y, en segundo lugar, mi querido amigo Rafael
                                                              Rey dice: "prudencia; cautela". Pero por favor, el
                  Yo creo, por ello, que necesariamente tendría que  señor Rey, como otras personas, no se ha ente-
                  tomarse en cuenta que en provincias tendría que  rado de la cantidad de países que tienen la
                  haber defensores del pueblo, por lo menos en  Defensoría del Pueblo separada del Ministerio
                  las sedes de la Corte Superior o en aquellas ciu-  Público.
                  dades que tengan municipios metropolitanos.
                  Podría designarse, de ser necesario, auxiliares  Voy a leer, de los cien, ocho nada más: Suecia,
                  de estos funcionarios; y, de no haber la posibili-  Francia —con el nombre de Médiateur—. Gran
                  dad presupuestal de contar con ellos, encargar-  Bretaña, Estados Unidos —no lo quería mencio-
                  les este trabajo a los fiscales decanos correspon-  nar, porque no me gusta dar ese ejemplo; pero
                  dientes, para que así el fiscal pueda, territorial-  ya lo mencioné—, Israel, Canadá, Venezuela,
                  mente dentro del país, contar con el apoyo que  Portugal.
                  es indispensable para el buen logro de su come-
                  tido.                                       Señor Presidente, nosotros no traemos una ins-
                                                              titución creada por la Alianza; está en otros paí-
                  En conclusión, señor Presidente, yo he discre-  ses. Que por favor no se diga que estamos in-
                  pado, y continúo discrepando, porque no he lle-  ventando una cosa.
                  gado a convencerme de la necesidad de esta ins-
                  titución independiente y autónoma.          Gracias, doctor Cáceres, y disculpe usted.



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