Page 387 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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Finalmente, éste es un problema de poder y no  ejemplo al revés: el Congreso puede considerar
                  me refiero a la escena del señor Paredes. Es bien  que, en virtud de esos dos artículos observados,
                  cierto que esta relación entre el Ejecutivo y el  los ocho artículos que el Presidente ya promulgó
                  Legislativo es un problema de poder. Creo que  resultaban inconvenientes. Yo exijo que el Con-
                  hay que buscar equilibrios. Una de las formas de  greso pueda decir: sí, señor, me equivoqué. De
                  buscar el equilibrio es garantizar que quien ex-  esos dos artículos que usted ha observado, sus
                  pidió una norma tenga la posibilidad final de re-  observaciones son correctas; pero, como conse-
                  visión, sin que de parte del Ejecutivo pueda im-  cuencia de esas dos observaciones, cinco de los
                  ponerse el criterio parcial y aplicarse éste impi-  ocho tampoco ya tienen sentido; por ello, que se
                  diendo al Congreso una revisión sobre la totali-  me deje como Congreso la posibilidad de revisar
                  dad.                                        la totalidad del proyecto.
                  Me pide una interrupción el señor Chirinos Soto.  Señor Presidente, entre abogados difícilmente nos
                                                              ponemos de acuerdo. Yo ratifico los argumentos
                  El señor PRESIDENTE.—  Señor Enrique        que han sido dados. Considero que en mérito del
                  Chirinos.                                   equilibrio de poderes es más justo y más lógico
                                                              que el Presidente pueda gozar de la posibilidad
                  El señor CHIRINOS SOTO (R).— Es una in-     de una observación parcial, pero que el texto
                  exactitud de la doctora Lourdes Flores, que me  vuelva al Congreso para una revisión final.
                  permita decírselo con franqueza. El veto parcial
                  no capacita al Presidente para impedir una ley  Además, me quiero referir a dos materias menos
                  ni para amputarle facultades al Congreso. Senci-  importantes que contiene nuestro proyecto alter-
                  llamente, porque frente al veto total o parcial, el  nativo. Son otros dos puntos que creo podrían
                  Congreso, primer poder del Estado, insiste con  ser útiles en su incorporación.
                  la mitad más uno de los votos y derrota el veto
                  del Presidente de la República, sino dónde esta-  Nosotros hemos recogido una posibilidad que tie-
                  ríamos. Así que, si el Presidente nos manda un  ne la Constitución italiana. ¿En qué consiste esta
                  veto parcial, el Congreso agacha la cabeza. No,  posibilidad? Se aludió mucho, sobre todo el día
                  señor.                                      de ayer, a los límites de la acción parlamentaria,
                                                              a la necesidad de una eficiencia en el trabajo par-
                  El señor PRESIDENTE.— Señorita Flores       lamentario, a la necesidad de —dentro de una
                  Nano, puede continuar.                      tesis que tampoco compartimos— ser un poco
                                                              productores en serie de normas y de tener una
                  La señorita FLORES NANO (PPC).— No. Lo      gran agilidad en la función legislativa.
                  que he sostenido es que el Congreso puede verse
                  inhibido de una facultad de revisión, incluso so-  Señor Presidente, en mi concepto, la Constitución
                  bre la parte que ya hubiera sido promulgada, pues  italiana ha introducido al Derecho Comparado
                  le estaría facultado si el proyecto en su totalidad  Constitucional un elemento muy interesante, que
                  hubiera sido devuelto.                      consiste en la posibilidad de darle a las comisio-
                                                              nes legislativas una potestad de legislar con crite-
                  El señor Chirinos me pide una interrupción.  rio delegado, es decir, que podamos delegar la po-
                                                              testad de legislar en una determinada comisión.
                  El señor PRESIDENTE.—  Señor Chirinos
                  Soto.                                       El tema ha sido recogido parcialmente al legislar
                                                              sobre la Comisión Permanente. A la Comisión
                  El señor CHIRINOS SOTO (R).— Tiene al-      Permanente, en efecto, le hemos dado una po-
                  gún inconveniente la doctora Lourdes Flores en  testad para poder legislar como si fuera el Con-
                  aceptarme el ejemplo: el Presidente de la Repú-  greso, es decir, que una determinada ley pudiera
                  blica observa dos artículos y promulga ocho de  pasar a la Comisión Permanente y que ya no ne-
                  una ley de diez artículos. Esos dos artículos vie-  cesite regresar al Pleno.
                  nen al Congreso, en la misma tarde, sin proyecto
                  de ley. En consecuencia, el Congreso, con el voto  Nosotros lo estábamos proponiendo como una
                  de la mitad más uno, insiste en sus dos artículos.  solución a eso que ustedes llaman la "lentitud del
                  Se acabó todo el drama.                     sistema bicameral". Nos parecía una vía útil, so-
                                                              bre todo pensando en la legislación y en el Sena-
                  El señor PRESIDENTE.— Señorita Flores       do, el cual pudiera delegarse en una comisión
                  Nano, puede continuar.                      legislativa la posibilidad de legislar. Es decir, que
                                                              un conjunto de legisladores, integrantes de una
                  La señorita FLORES NANO (PPC).— Lo que      comisión, gozaran, por delegación del Pleno, de
                  el doctor Chirinos Soto no quiere entender es el  la potestad de dictar normas directamente.



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