Page 388 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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Esto fortalece el trabajo de las comisiones, con- Desde nuestro punto de vista, una de las formas
tribuye a un trabajo legislativo mucho más téc- de evitar el conflicto entre poderes, quizás una
nico en determinadas materias y mucho más ágil. de las mejores, sea diferenciar claramente lo que
hace el gobierno y lo que hace el Parlamento. De
Imagino, por ejemplo, si la Ley de Hidrocarbu- este modo, se le da al gobierno posibilidades de
ros que mañana espero debatamos a profundi- gobernar, de normar, por ejemplo la organización
dad pudiera eventualmente haber sido delega- y la administración del Estado, y de reservarse
da en un conjunto de legisladores para que éstos al Parlamento algunas importantes materias y
las analizaran y la expidieran directamente. legislar sobre eso.
Como hemos señalado, señor Presidente, que no Todo lo antes referido lo habíamos propuesto en
somos partidarios de la delegación de facultades, el capítulo anterior. Creo que ya no es un tema
yo pensaba que un conjunto de normas, igual que que pueda introducirse, pero quiero dejar cons-
las modificaciones al Código Civil, las que se re- tancia de que éste fue un aporte que el Partido
fieren a la Ley de Sociedades Mercantiles y las Popular Cristiano hizo en 1979 y que ahora está-
normas tributarias, pudieran ser encomendadas bamos volviendo a plantear. Nos hubiera gusta-
a un conjunto de legisladores. Honestamente, la do que éste hubiese sido uno de los elementos a
delegación en un grupo de legisladores me pare- considerar en el equilibrio de poderes, para ga-
ce mucho más limpia, más transparente y más rantizar, efectivamente, una justa distribución del
coherente que la delegación en el Ejecutivo. Creo poder. Ésta es una fórmula que tiene la Consti-
que es un mecanismo posible de poderse plan- tución francesa, y que nosotros habíamos desa-
tear a efectos de resguardar la eficiencia del tra- rrollado con algunas materias. Comprendo que
bajo parlamentario. ya no es un tema viable; simplemente he queri-
do dejar constancia de una innovación constitu-
Esta institución, que se encuentra en la Consti- cional que nos ha parecido útil.
tución italiana, puede ser un mecanismo útil que
yo me permito sugerirle a la Comisión de Consti- Ahora sí, terminaré diciendo que espero que ha-
tución. Así lo estamos haciendo en nuestro pro- yamos introducido la noción de dar cuenta al
yecto, para garantizar un trabajo más eficiente, Congreso y que podamos, con más armonía que
más técnico. Por supuesto, el Reglamento del en el período anterior, regular con exactitud en
Congreso determinará en qué casos esto es via- qué consiste este dar cuenta al Congreso. Por-
ble y cuándo es conveniente; exigirá una vota- que si algo tenemos que fortalecer, lo dijimos desde
ción calificada para que así se dé. Yo creo que el debate de ayer, es el rol del Parlamento en cuan-
deberíamos, como en la legislación italiana, per- to a fiscalizador. A nosotros, señor Presidente,
mitir la recuperación de la potestad; es decir, no nos parece lógico ni justo que en aquellas
podría un número de congresistas decir: "Esa ley materias en que el Presidente invade de alguna
que delegamos para que la comisión equis legis- manera el campo de la ley, sea por delegación o
lara, debe volver para su nuevo análisis en la co- por legislación de urgencia, no sea el Congreso al
misión". Me parece que eso sería una forma mo- que le corresponda la facultad originaria de dic-
derna de potenciar el trabajo de las comisiones y tar normas, uno que pueda ejercer control.
de hacer un Congreso unicameral en algunos ca-
sos mucho más técnico. El ejercicio de ese control no es simplemente ser
receptor de la norma que dictó el Poder Ejecuti-
Finalmente, voy a dar la última batalla sobre una vo. Los decretos de urgencia no son tampoco re-
materia que evidentemente ya ha sido rechazada, ceptores del decreto legislativo. Quiero agregar
pero sobre la cual sólo quiero dejar constancia. que los decretos de urgencia han sido y lo va-
mos a discutir un poco más en la parte de las
Hemos propuesto, en nuestro dictamen, un tra- facultades del Presidente y deben ser concebi-
tamiento separado y diferenciado de las funcio- dos con su carácter temporal; por eso, señor Pre-
nes del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo. sidente, el Congreso debe fijar con claridad, allí
Para fortalecer esa tesis, para diferenciar clara- donde la Constitución dice: "Dar cuenta al Con-
mente los roles y para permitir un gobierno me- greso", no significa recibir para que sea Mesa de
jor, hemos aludido a la reserva de ley; es decir, a Partes, sino recibir para que ejerza control par-
enumerar un conjunto de materias que corres- lamentario.
ponden al ámbito de la ley.
Señor Presidente, yo contribuí a dar la Ley de
A la luz de lo que ya ha sido aprobado, esta pro- Control Parlamentario. Es más, he defendido su
puesta no es viable. Sólo quiero dejar constancia constitucionalidad y la defenderé, pero compren-
de esta tesis, porque pienso que en algún mo- do que este Congreso la tendrá que revisar, y ello
mento será materia de una reflexión. me parece muy bien. Se ha repetido la expresión
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