Page 753 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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la aprobación previa del Congreso en materias que eso es garantía para el Perú. Además, nos
no contempladas en el artículo precedente. En interrelaciona con otros países del mundo para
todo caso, debe dar cuenta al Congreso". los efectos de la defensa de los derechos huma-
nos.
Ésa es la redacción propuesta; pero se ha supri-
mido una palabra clave: debe dar cuenta "inme- Concluyendo, señor Presidente, le recuerdo que
diata". Así lo aprobamos en la Constituyente pa- el que habla fue quien reclamó que se consigna-
sada y yo creo que es necesario mantener esa pa- ra en la Constitución la declaración final concer-
labra, porque no se podría dejar al Poder Ejecu- niente a los derechos del Perú sobre la Antártida,
tivo en la libertad de enviar un tratado para las declaración que fue propuesta y acordada por la
calendas griegas, después de haber transcurrido Comisión, y me da mucha sorpresa no encontrarla
mucho tiempo, para el conocimiento del Congre- en los textos que ha difundido la Comisión en
so; algo que está ocurriendo, me parece, con re- mayoría.
lación a los últimos arreglos con Chile, aunque
no sé si cabe dentro de los alcances de este ar- Aquí tengo los dos textos que han sido publica-
tículo. dos y no aparece tal declaración, aunque apare-
cen los nombres y las firmas de todos los miem-
Posteriormente, señor Presidente, yo participo bros de la Comisión como si hubiéramos suscrito
de la tesis que ha sido expuesta por el Centro el dictamen en mayoría. Ha habido un error de
Peruano de Estudios Internacionales: El Perú impresión. Yo no he suscrito el dictamen en ma-
participa en los procesos de integración de Amé- yoría. Les rogaría a los señores miembros de la
rica Latina, de conformidad con el interés nacio- Comisión que se percaten de que se ha consigna-
nal y los tratados sobre la materia. El Perú se do los nombres de todos los miembros de la Co-
relaciona con los diversos países del mundo, con misión, mayoría y minoría, como respaldando el
la finalidad de mejorar su posición en el sistema texto que viene defendiendo la mayoría.
internacional y promover la cooperación entre los
pueblos para alcanzar un orden económico inter- Confío en que las razones que se han invocado
nacional justo.
sean acogidas por la Comisión, no precisamente
por una prueba de amplitud de criterios, sino
Me parece que esta redacción es rotunda y debe porque así lo requiere la salud de la nación. Hay
ser necesariamente incorporada dentro del capí-
tulo que estamos debatiendo, porque se advierte que asegurar el debido servicio de los intereses
de nuestra patria.
un salto: de lo que estábamos en una comunidad
latinoamericana de naciones, ahora nos pasamos
al bando contrario y ya no hablamos nada de "co- Reasume la Presidencia la señora Luz
munidad latinoamericana de naciones". Salgado Rubianes de Paredes.
Yo diría, hasta por un poco de pudor, un poco de La señora PRESIDENTA. Tiene la palabra
condescendencia, de consecuencia, de lealtad con la doctora Lourdes Flores Nano.
aquellos otros pueblos de América, que ven en
nuestra Constitución un derrotero de progreso y La señorita FLORES NANO (PPC). Quie-
de afirmación de nuestra familiaridad, parente- ro referirme a cuatro temas del capítulo que nos
la y cercanía con ellos, vale la pena que se inte- ocupa sobre los tratados.
gre un disposición como la que se reclama.
El primero es un tema, en mi concepto, suma-
Para finalizar, estoy de acuerdo en que se man- mente importante, técnicamente tratado en este
tenga también la norma constitucional actual. Los proyecto, pero al que quisiera hacer algunos al-
preceptos contenidos en los tratados relativos a cances.
derechos humanos tienen jerarquía constitucio-
nal; no pueden ser modificados por procedimien- La Constitución de 1979 distinguía dos tipos de
tos que rigen para la reforma de la Constitución. tratados. El artículo 102º de la Constitución de
Se refiere sólo a los preceptos; vale decir que el 1979 establece la regla: "Todo tratado interna-
Poder Ejecutivo o el Congreso podría acordar cional debe ser aprobado por el Congreso, antes
determinadas modificaciones de un tratado, pero de su ratificación por el Presidente de la Repú-
en lo concerniente a un precepto que se refiere a blica". Y, a su vez, el artículo 104º establece que
derechos humanos y que guarda relación con el el Presidente de la República puede, sobre mate-
primer capítulo de la Constitución, seríamos in- rias de su exclusiva competencia, celebrar o rati-
consecuentes con ese primer capítulo si no sos- ficar convenios internacionales o adherir a ellos
tuviéramos aquí que el precepto contenido en el sin el requisito previo de la aprobación del Con-
tratado tiene carácter de constitucional. Yo creo greso.
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