Page 751 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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Durante los días que han pasado he estado du-  nal o la ley? La Constitución vigente dice, inne-
                  dando de si le conviene o no al Perú una declara-  cesariamente, que el tratado; yo digo, bueno, el
                  ción de esta naturaleza dentro de nuestra Cons-  tratado, pero con cargo a reciprocidad. ¿Quién
                  titución. Y del balance que he hecho llegué a una  nos va a mandar en el Perú —repito— la ley que
                  conclusión negativa; creo que no conviene en for-  damos nosotros o el tratado que suscribimos con
                  ma alguna colocar en el terreno de la menor pre-  un tercer país? Ése es el punto; el punto es la
                  cariedad los tratados que tiene el Perú, particu-  defensa de la soberanía nacional. Si abdicamos
                  larmente los concernientes a límites u otros de-  de la soberanía nacional será a condición de que
                  rechos materia de dominio, materia de jurisdic-  la otra parte contratante también abdique y no
                  ción y tantos otros tan vitales para nuestro país.  gratuitamente, no.

                  Señor Chirinos, con la venia de la Presidencia,  Repito la frase del embajador Belaúnde Moreyra:
                  puede hacer uso de la palabra en esta interrup-  "No el obsequio innecesario del derecho interno
                  ción.                                       en favor del derecho internacional".
                  El señor PRESIDENTE.— Puede interrumpir     Si el doctor Cáceres se pone patriotero, yo me
                  el señor Chirinos Soto.                     pongo patriota, que es mejor que patriotero.
                  El señor CHIRINOS SOTO (R).— Gracias,       Gracias.
                  señor Cáceres.
                                                              El señor PRESIDENTE.— Puede continuar,
                  Con su venia, señor Presidente.             señor Cáceres Velásquez.

                  Los tratados de límites son una especie aparte,  El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger
                  son distintos de los demás tratados; por lo pron-  (FNTC).— Mi intervención no ha sacudido nin-
                  to son perpetuos, condición que no suelen tener  gún sentimiento ni está dirigido, señor Presiden-
                  los demás tratados.                         te, a una eclosión sentimental como la que en
                                                              este momento hemos escuchado de parte del doc-
                  El doctor Cáceres hace una inferencia, lo que en  tor Chirinos. Simplemente hago un análisis frío
                  lógica se llama non sequitor, no se sigue. De decir  y objetivo.
                  que los tratados prevalecen sobre la ley bajo re-
                  serva de que el mismo principio lo respete la otra  Vamos por partes en cuanto a este artículo pri-
                  parte contratante, no se sigue ningún ataque a  mero.
                  nuestros tratados de límites. Por lo demás, se-
                  ñor Presidente, santificar nuestros tratados de  En caso de conflicto entre un tratado y la ley —
                  límites es un paso que tampoco puede dar el Con-  entre un tratado con nuestro vecino del norte y
                  greso del Perú. Se nos invitó a dar en la Consti-  una ley que nosotros damos—, prevalece el pri-
                  tuyente, a la que pertenecimos el doctor Cáceres  mero, pero con la condición de que el mismo prin-
                  y yo —hubo una propuesta formal del doctor  cipio sea aceptado por la otra u otras partes con-
                  Aramburú en ese sentido—, y, entonces, hubié-  tratantes.
                  ramos tenido que santificar el Tratado de Ancón,
                  señor Presidente, hubiéramos tenido que santi-  Como todavía no hay una aceptación dada por
                  ficar el Tratado Salomón-Lozano, hubiéramos  nuestro vecino del norte respecto de que los tra-
                  tenido que santificar todos los tratados con ex-  tados van a tener prevalencia sobre la ley ordi-
                  cepción del de Río de Janeiro, que ha perjudica-  naria, eso significaría que nosotros podemos dic-
                  do nuestra soberanía.                       tar una ley que modifique o ignore aquel trata-
                                                              do.
                  Señor Presidente, en el caso del Tratado Salo-
                  món-Lozano, en 1934 se abrió la puerta, en otro  Yo creo que no se trata de decir lo que nos con-
                  Protocolo de Río de Janeiro, a una cierta posibi-  viene o no en cuanto a soberanía, sino de ser su-
                  lidad de revisión. Mis conocimientos en derecho  mamente cuidadosos en el uso de la redacción
                  internacional, que no son muchos, no es ésa mi  constitucional. Por ello, señor, habiendo duda,
                  especialidad, pero sí son los suficientes para dis-  considero que es preferible abstenerse. Éste es
                  tinguir los tratados de límites de cualesquier otro  un terreno peligroso y resbaladizo.
                  tratado.
                                                              Acabamos de escuchar una confesión del doctor
                  Yo, aquí, estoy defendiendo en definitiva lo si-  Chirinos al decir que no es docto en materia cons-
                  guiente: la soberanía nacional.             titucional, y eso le añade mayor precariedad a la
                                                              tesis que él ha sostenido. Por eso, invoco a la
                  ¿Quién manda en el Perú, el tratado internacio-  mayoría que retire esta primera parte, con la



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