Page 748 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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la parte contratante. Estamos poniendo una dis- El señor MOREYRA LOREDO (SODE).
posición transitoria, en el sentido de que el Pac- Encantado de darle la interrupción, pero déjeme
to de San José, las declaraciones universales, tie- terminar la idea.
nen vigencia en el Perú.
Entonces, me parece que lo que está pasando es
Yo lo que le ruego al doctor Moreyra y al Congre- que, aparentemente, hay una diferenciación en-
so es reflexionar sobre la necesaria bilateralidad. tre los tratados bilaterales y aquellos que son de
No podemos darle a Chile la potestad de suscri- orden general, tema que no está cubierto por la
bir un tratado que no tenga preferencia en Chile redacción de este artículo.
y sí la tenga en el Perú; eso es todo. Digo Chile,
como puedo decir Ecuador, como puedo decir Me solicita una interrupción el señor Chirinos,
Brasil o Bolivia. señor Presidente.
El señor PRESIDENTE. Puede continuar, El señor PRESIDENTE. Puede interrumpir
señor Moreyra Loredo. el señor Chirinos Soto.
El señor MOREYRA LOREDO (SODE). El señor CHIRINOS SOTO (R). No tendría
Éste es el tipo de cosas que a mí me preocupan. personalmente ningún inconveniente en que se
Yo tengo por Antonio Belaúnde la más alta con- apruebe el capítulo bajo reserva de esa parte del
sideración y creo que es hoy el primer interna- artículo.
cionalista del país; pero me gustaría que en estos
casos haya la posibilidad de hacer reserva de cier- Es verdad que decimos lo que no dice la Consti-
tos artículos y confrontarlos, porque tomar deci- tución francesa, sino lo que dice la Constitución
sión sobre esta materia, cuando hay dos opinio- española: que los tratados forman parte del de-
nes encontradas... Yo quiero, salteándome lo que recho interno. Lo cual demuestra que no hemos
sigue, solamente darles, vía el Centro Peruano copiado la Constitución francesa tampoco.
de Estudios Internacionales, la respuesta que, en
forma anticipada, ya han dado. En realidad, esta posición mía es antigua, doctor
Moreyra; es de la Constitución de 1979. Cuando
"Se ha dicho que el agregado colocado en el ante- se puso en discusión este artículo, yo pedí que
proyecto se encuentra en la Constitución de Fran- fuera con cargo de reciprocidad, pero prosperó la
cia; sin embargo, no es argumento, por lo siguien- tesis internacionalista del doctor Andrés Aram-
te: burú Menchaca y se estableció, sin más, lo que el
embajador Belaúnde Moreyra ha llamado "un
Primero, porque la Constitución francesa es del obsequio innecesario del derecho interno en fa-
año 1958 y está desactualizada con relación a las vor del derecho internacional".
tendencias del derecho internacional en materia
de tratados. Cabe recordar que la Convención de Asume la Presidencia la señora Luz
Viena sobre el Derecho de los Tratados se aprobó Salgado Rubianes de Paredes.
diez años después que la Constitución francesa.
El señor MOREYRA LOREDO (SODE). La
Segundo, porque esta disposición de la Constitu- señorita Lourdes Flores me solicita una interrup-
ción francesa es una excepción y no constituye la ción, con su venia, señora Presidenta.
generalidad de las constituciones del mundo.
La señora PRESIDENTA. Puede interrum-
Tercero, porque Francia adopta un criterio dife- pir, señorita Lourdes Flores Nano.
rente al peruano en lo que se refiere a la relación
de los tratados con el derecho interno. Por ejem- La señorita FLORES NANO (PPC). Con
plo, en la Constitución francesa no está la frase, la venia de la Presidencia, saludo su presencia
que sí está en la nuestra y se repite acertada- en la dirección del debate.
mente en el anteproyecto y que señala que los
tratados forman parte del derecho internacional. La señora PRESIDENTA. Gracias.
Cuarto, porque en la Constitución de Francia La señorita FLORES NANO (PPC). Yo
existen otras disposiciones que tampoco están en quisiera, por su intermedio, indicarle brevemen-
nuestro anteproyecto. Por ejemplo, según la Cons- te al doctor Chirinos, para zanjar la discusión en
titución francesa, los tratados de comercio, los este punto, que sí considero que el CEPEI, en
relativos al Estado y a la persona, son aprobados sus reflexiones, tiene razón.
por el Congreso y no por el Ejecutivo".
Las constituciones que han establecido la preva-
El señor CHIRINOS SOTO (R). ¿Me per- lencia del tratado sobre la legislación interna son
mite una interrupción? constituciones americanas, como la Constitución
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