Page 668 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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Termino, Presidente, diciendo que no es cierto  ¿Qué pasó, también, con la publicación de los
                  que exista en la mayoría el prurito de borrar a  balances, incluso los balances de bancos, finan-
                  como dé lugar la Constitución Política de 1979,  cieras y compañías de seguros? Se suprimió el
                  pues todos somos testigos que estamos ratifican-  requisito de indicar los nombres de directores o
                  do artículos de esta Constitución, que tienen tras-  gerentes que autorizaban la publicación de esos
                  cendencia para el bien del país.            balances en el diario oficial El Peruano. Con la
                                                              finalidad de garantizar la certeza respecto al ba-
                  El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra el   lance que se presentaba, se incluían las firmas
                  señor Antero Flores-Araoz .                 correspondientes; las cuales se omitían en la pu-
                                                              blicación, porque los tiempos en que estamos nos
                  El señor FLORES-ARAOZ ESPARZA (PPC).—       obliga a ser precavidos.
                  Señor Presidente: Respecto al artículo 37º, del
                  que se ha tratado tanto, hay dos partes a las que  Muchas personas honorables que quizás podrían
                  quisiera referirme. Una, en lo que se relaciona  llegar a la función pública, pero que tienen bie-
                  con la publicación de las declaraciones juradas  nes y que no quisieran verse expuestas a la posi-
                  de bienes y rentas, y la otra, a la presunción de  bilidad de actos delictuosos, probablemente se
                  enriquecimiento ilícito.                    inhibirían de acceder a un cargo público por ese
                                                              tipo de cosas. Yo coincido en que es necesaria la
                  Coincido totalmente en que hay que tener la trans-  publicación en momentos normales, pero en es-
                  parencia necesaria en el ejercicio de los cargos  tos momentos, señor, en lo personal, tengo mis
                  públicos, y quien lo ejerce debe tener una vida diá-  dudas.
                  fana, clara. Sus cosas, lógicamente, deben estar
                  expuestas al público y a la consideración de todos  Respecto al segundo punto, sobre el enriqueci-
                  los ciudadanos.                             miento ilícito, puedo decir que no soy penalista
                                                              pero he estado estudiando el Código Penal, y no
                  Sin embargo, los momentos que vive el país exi-  veo en ninguna parte cómo se puede presumir
                  gen, realmente, decisiones y normas que no son  enriquecimiento ilícito. Podrá esto presumirse
                  las corrientes en momentos de paz. Me acuerdo  cuando haya un desbalance patrimonial; pero,
                  perfectamente que cuando comenzó la ola de rap-  señor, sabemos perfectamente que la culpabili-
                  tos para exigir dinero a las personas por su liber-  dad tiene que acreditarse y la inocencia es la que
                  tad, que eso pasó sobre todo con personas cuyas  se presume. Entonces, aquí veo cierta regla de
                  empresas llevaban su nombre o su apellido. Ex-  lógica al revés.
                  puestas como estaban, corrían un riesgo mucho
                  mayor que las personas que no figuraban como  Yo creo que, por lo menos, tendría que señalarse
                  ellas. Y esto ha sucedido acá, y también en otros  que en caso haya desbalance patrimonial, podrá
                  países en los cuales se han producido esas olas  presumirse enriquecimiento ilícito; porque sino,
                  de raptos y de delincuencia común.          le estaríamos quitando al fiscal, como al Minis-
                                                              terio Público, titular de la acción penal, el dere-
                  Pero, adicionalmente, y fuera de la delincuencia  cho de poder determinar cuándo procede hacer
                  común, existe otra delincuencia, que es la sub-  la correspondiente denuncia y cuándo no. Creo,
                  versión o el terrorismo, que también ha cometi-  señor, que aquí estamos un poco llevados por lo
                  do estos actos de rapto. ¿Con qué finalidad? La  que sucedió con el caso de enriquecimiento ilíci-
                  de crear el pánico, el terror, el pavor en la ciuda-  to del que se acusó al anterior Presidente de la
                  danía, y también para exigir cupos a las perso-  República.
                  nas amenazadas o secuestradas.
                                                              Pero esa situación provino de un antejuicio, en
                  Esto ha sido así; ¿y qué ha sucedido?, ¿cómo reac-  que, en cumplimiento del artículo 183º y 184º de
                  cionó el Estado frente a estos hechos? Primera-  la Constitución, la Cámara de Diputados acusó
                  mente, en lo  que se refería a los requisitos que  ante el Senado, y éste dispuso que el Poder Judi-
                  deberían tener las memorias de las empresas cu-  cial abriera el correspondiente proceso penal.
                  yas acciones estuvieran cotizadas en bolsa o fue-  Hubo un antejuicio, pues; la situación era total-
                  ran supervisadas por la CONASEV, se excluyó lo  mente diferente. Pero ¿puede cualquier funcio-
                  que desde tiempo atrás venía exigiéndose. Era el  nario público, por una denuncia de parte, verse
                  requisito de que cada persona que figurara en un  ante a la vergüenza de la iniciación de un proce-
                  directorio de alguna empresa, apareciera también  dimiento penal, sin que el fiscal haya podido re-
                  en el resto de directorios al cual dicha persona per-  visar si existen, realmente, elementos para esto,
                  teneciera. Con la vigencia de esa norma, las per-  señor?
                  sonas daban la impresión de una gran solvencia
                  económica; y por este motivo la CONASEV tuvo  ¿Qué persona decente, señor, se atrevería a acce-
                  que suprimir ese requisito.                 der a un cargo público, cuando pudiera ser que



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