Page 671 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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suscitando algún debate. Yo respaldo el dictamen  El señor PRESIDENTE.— Puede continuar,
                  en mayoría, que también recoge nuestro plan-  señorita Flores Nano.
                  teamiento, en el sentido de hacer obligatoria la
                  publicación de las declaraciones juradas. Respe-  La señorita FLORES NANO (PPC).— El úl-
                  to, por supuesto, los puntos de vista discrepantes.  timo punto, señor Presidente, me parece que con
                                                              la sugerencia hecha por el doctor Antero Flores-
                  Me adhiero a las razones que han sido dadas por  Araoz, debe quedar meridianamente establecido,
                  el doctor Carlos Ferrero, en este balance entre  es el del establecimiento de la figura del enri-
                  seguridad personal, que no dudamos está en jue-  quecimiento ilícito, como un posible delito de tipo
                  go, y, a su vez, transparencia respecto del patri-  presuntivo.
                  monio de un funcionario público, en un nivel que
                  la ley puede fijar. Es decir, no nos negamos a que  El Código Penal de 1924 estableció con toda niti-
                  la ley determine quién puede o no publicar sus  dez, a través de una modificación que se hizo en
                  declaraciones. A mí, por ejemplo, me parece in-  el año 81, que existía indicio de enriquecimiento
                  admisible que el Presidente de la República no  ilícito cuando mediaba un desbalance patrimo-
                  publique su declaración jurada. Me parece indis-  nial de un funcionario, entre el momento en que
                  pensable que el más alto mandatario de la na-  ingresó a la función pública y el momento en que
                  ción deba publicar sus ingresos.            salió de ella. Bastaba constatar que un funciona-
                                                              rio que hubiera ingresado a la carrera pública
                  Me parece, también, que los ministros de Estado  con equis patrimonio y que al cabo de su función
                  y los parlamentarios deberíamos publicar nues-  hubiere incrementado su patrimonio sin poder
                  tras declaraciones juradas. No tengo opinión en  justificar esos ingresos, para que se presumiera
                  el mismo sentido respecto de funcionarios de se-  que existía enriquecimiento ilícito.
                  gundo orden; de forma tal que admito que la ley
                  pueda precisar las circunstancias en que esta  En nuestro concepto, esta figura fue luego refor-
                  publicación es obligatoria y limitarla en algunos  zada por el artículo 62º de la Constitución Política
                  casos.                                      de 1979. Desgraciadamente, desde nuestro punto
                                                              de vista, el nuevo Código Penal retrocedió en esa
                                                              materia y eliminó el factor de la presunción. Se
                  Quisiera terminar con el último punto vinculado
                  a este tema, que ha sido tocado por el doctor  obligó, en consecuencia, a tener que probar cuál
                                                              era la causa de ese mayor patrimonio y no, sim-
                  Antero Flores-Araoz.
                                                              plemente, a tomar en cuenta la presunción, que
                                                              nacía de comparar cuál era el patrimonio del fun-
                  Me ha pedido una interrupción el doctor Olivera,
                  que la concedo con mucho gusto.             cionario cuando ingresó y cuál era cuando cesó.
                                                              Señor Presidente, dice la doctrina que el delito
                  El señor PRESIDENTE.— Puede interrumpir     de enriquecimiento ilícito es el último recurso
                  el señor Olivera Vega.                      que le queda al hombre honesto, al ciudadano
                                                              común y corriente, para percatarse de la desho-
                  El señor OLIVERA VEGA (FIM).— Gracias,      nestidad de aquel funcionario que ha delinqui-
                  colega congresista. Lo único que quería agregar  do. Reconoce la doctrina que el delito de enri-
                  es que, si en efecto nosotros queremos contribuir  quecimiento ilícito es el último esfuerzo que se
                  al proceso de moralización nacional, la publica-  puede hacer por intentar controlar dónde es que
                  ción de las declaraciones juradas de bienes y ren-  ha habido una acción deshonesta; porque a tra-
                  tas es un factor indispensable; porque en la lu-  vés de la concusión, del peculado, de la corrup-
                  cha contra la corrupción, así como contra el te-  ción de funcionarios y de otras formas penales,
                  rrorismo, se requiere el apoyo de la población.  se prueban hechos específicos.
                  Es decir, si la población confía en sus autorida-
                  des, si siente que realmente se está gobernando  Normalmente, en la función pública no queda
                  con el ejemplo, dará las informaciones necesa-  huella de esas cosas; pero lo que no puede ocul-
                  rias para sancionar a los funcionarios corruptos.  tarse por siempre es el patrimonio con que se vive.
                  Pero para eso tiene que saber de qué se trata,  En consecuencia, señor Presidente, hay que ha-
                  qué signos exteriores son realmente presumibles  cer un esfuerzo muy grande para que el carácter
                  de ser fruto de enriquecimiento ilícito y qué bie-  de presunción que tiene el enriquecimiento ilícito
                  nes son los legítimos. A partir de allí, podrá con-  quede consagrado a nivel constitucional; y tendre-
                  tribuir, entonces, al proceso de moralización na-  mos luego que readecuar el Código Penal a la fi-
                  cional.                                     gura que originalmente fue consagrada, para ver
                                                              efectivamente un mecanismo idóneo de control
                  Muchas gracias, colega Lourdes Flores.      sobre el patrimonio de los funcionarios públicos.



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