Page 468 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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ca hemos puesto piedras en el camino. Sin em-  En segundo lugar, quería explicar que en todos
                  bargo, creo que en esta hora crucial para los ju-  los foros universitarios se ha criticado la Consti-
                  bilados, para los viejitos, es el momento de decir  tución de 1979 en esta materia, toda vez que era
                  las cosas por su nombre: ¡el Seguro Social sí tie-  una Constitución que establecía un articulado
                  ne solución! Algo hemos conversado con el doc-  totalmente reglamentarista, que no correspon-
                  tor Ricardo Marcenaro, por eso apelo al criterio  día a la realidad y que, evidentemente, no era
                  de la gente, porque también en las filas de Nue-  cumplido. No me voy a referir a ese articulado
                  va Mayoría hay gente del pueblo, gente de las  porque no es materia de este momento criticar
                  clases populares, a quienes seguramente les late  la Constitución de 1979, pero me remito a todas
                  el corazón para defender lo que hoy prácticamente  las clases de casi todos los profesores universita-
                  se quiere liquidar.                         rios que sobre esta materia han expuesto.
                  Gracias.                                    En consecuencia, estoy absolutamente conven-
                                                              cido, como casi todos los profesores de Derecho
                  El señor PRESIDENTE.— Me parece que el      de Seguridad Social en el Perú, que era indis-
                  señor Carlos Ferrero ha solicitado una cuestión  pensable modificar a nivel constitucional el tema
                  de orden.                                   sobre la seguridad social.
                  El señor FERRERO COSTA (NM-C90).—           También quiero señalar que este articulado tie-
                  Solamente queríamos dejar constancia que esta-  ne tres partes fundamentales, cada artículo tie-
                  mos cumpliendo con el encargo que nos diera la  ne un significado muy especial.
                  Comisión de Constitución, y los señores congre-
                  sistas tienen en este momento, casi todos —fal-  El primer artículo, el 8º, establece que el Estado
                  tan unos minutos más—, el resumen de las opi-  reconoce el derecho universal y progresivo de toda
                  niones vertidas por entidades representativas en  persona a la seguridad social. ¿Por qué univer-
                  relación con el anteproyecto. Como ustedes pue-  sal? Porque deseamos que todos los ciudadanos
                  den apreciar, son críticas muy amplias, no tene-  del Perú estén cubiertos por la seguridad social;
                  mos temor alguno en recibirlas.             pero también todos tenemos que reconocer que
                                                              éste es un proceso, que éste es un paso al cual
                  Sólo queremos anticipar que la versión taquigrá-  debemos llegar progresivamente. Por esta razón,
                  fica está, además del Diario de los Debates, en la  hemos recogido las constituciones de otros paí-
                  Oficialía Mayor, en caso se quisiera ver el detalle  ses que establecen estos principios, me refiero a
                  de cualquiera de los enunciados propuestos.  las de Colombia, de Honduras, de Paraguay, de
                                                              República Dominicana, de Venezuela, etcétera,
                  De esta manera, la Comisión, una vez más, hace  donde se establece exactamente el acceso al sis-
                  público su propósito de ofrecer todos los elemen-  tema en una forma progresiva.
                  tos necesarios para el mejor debate.
                                                              Luego, hemos considerado también el tema de la
                  El señor PRESIDENTE.— Puede hacer uso de    protección frente a las contingencias que deter-
                  la palabra el doctor Ricardo Marcenaro.     mine la ley; sin embargo, no las hemos enumera-
                                                              do. No consideramos que sea materia constitu-
                  El señor MARCENARO FRERS (NM-C90).—         cional enumerar las contingencias, pues ellas son
                  Gracias, señor Presidente.                  materia de las leyes; además, para no incurrir en
                                                              el grave error que cometió la Constitución actual,
                  En primer lugar, debo recordar a los señores  en el que, por ejemplo, se mencionaba la contin-
                  miembros de este Congreso que el articulado que  gencia del desempleo, y como ustedes saben en
                  presentó la Comisión de Trabajo, para que sea  el Perú jamás se ha cubierto esta contingencia.
                  analizado por los miembros de dicha Comisión,
                  fue preparado por un grupo de expertos de nivel  En consecuencia, se estaba cometiendo una in-
                  internacional, expertos peruanos todos ellos,  fracción constitucional, por la cual era necesario
                  como el doctor Alfonso de los Heros, ex ministro  modificar el sistema y señalar que sean las leyes
                  de Trabajo; el doctor Joaquín Leguía, ex minis-  las que establezcan las contingencias. Ojalá al-
                  tro de Trabajo; el doctor Mario Pasco Cosmópolis,  gún día haya un seguro contra el desempleo en
                  el doctor Víctor Ferro, el doctor Pedro Morales,  este país, a fin de que la ley vaya determinando
                  el doctor Jaime Zavala, etcétera. Es decir, todo  cuáles son las contingencias cubiertas.
                  un grupo de profesores especialistas, quienes
                  prepararon la parte relativa a seguridad social  Por lo tanto, el primer artículo tiene por objeto
                  recogiendo la legislación internacional, toda vez  establecer los dos principios básicos: su univer-
                  que ellos son expositores en foros internaciona-  salidad y su carácter progresivo; y que las con-
                  les sobre esta materia.                     tingencias se establezcan a través de la ley.



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