Page 313 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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La Constitución de 1979 introdujo en el ámbito  Es verdad que no sólo el Perú, sino también otros
                  normativo el humanismo cristiano desde el preám-  países de América Latina, recuperaron en la dé-
                  bulo, en su norma de apertura, señalando que la  cada del ochenta la democracia y las libertades y,
                  persona era el fin supremo de la sociedad y el Es-  sin embargo —y ésa es la contradicción de la recu-
                  tado, y desarrollando un modelo constitucional a  peración democrática en la década del ochenta—,
                  partir del hombre, de su dignidad y de su libertad.  esa misma democracia no permitió resolver pro-
                                                              blemas sociales vitales.
                  Esa Constitución tuvo también la virtud de intro-
                  ducir al Perú, como norma constitucional, un con-  Es verdad que en la década del ochenta, que se ha
                  junto de preceptos de lo que se denomina la cons-  denominado la década perdida en América Lati-
                  titución económica y, en particular, la economía  na, se hizo hasta cierto punto popular aquella ver-
                  social de mercado, como un modelo económico a  dad que "con la democracia no se come". Esto ha
                  seguir que permitiera con flexibilidad suficiente  generado apatía y desinterés en nuestra población.
                  —porque ésa tiene que ser una norma constitu-  Pero es tarea de los hombres y mujeres de Estado
                  cional— que regímenes de distintas tendencias  no contribuir a que esa apatía o ese desinterés sean
                  pudieran, dentro del marco de libertad y de de-  mayores. Es nuestra tarea establecer un real sen-
                  mocracia, gobernar con flexibilidad.        tido democrático y devolverle a la democracia sen-
                                                              tido y respetabilidad por el conjunto de los ciuda-
                  Un modelo que en su tiempo fue visto como reac-  danos.
                  cionario y ultraderechista, pero que el tiempo ha
                  permitido decantar, para encontrar que es una fór-  También es cierto que concebida la ley con flexi-
                  mula adecuada, porque combina la libertad, la  bilidad, normas unas tomadas de otras legislacio-
                  propiedad, la posibilidad de actuar independiente  nes y otras generadas en nuestro propio medio,
                  y libremente, en un mercado abierto y competiti-  no pudieron ellas contener o se colocaron muy por
                  vo, con la justicia social, con la equidad, con el rol  encima de un fenómeno que nació de la propia
                  del Estado, que no pueden estar ausentes. Ése fue  realidad peruana y que la trasuntó en todos sus
                  un aporte de la Constitución de 1979.       niveles: la informalidad.
                  Como lo fue también —saliendo de una dictadura  Inclusive, en los años de vigencia de la Constitu-
                  de doce años, y más aún habiéndose vivido crisis  ción de 1979 se acentuó la diferencia entre el país
                  constitucionales en el período democrático prece-  legal y el país real. Ése es un imperativo a corre-
                  dente— su tratamiento respecto de los poderes  gir.
                  del Estado y el adecuado equilibrio que hizo de
                  ellos para ir hacia un presidencialismo atenuado  De igual manera, es cierto que la subversión y el
                  y para darle fuerza suficiente al gobierno; pero  terrorismo fueron dos fenómenos no pensados en
                  también para poner al lado contrapesos vitales,  los años ochenta o al inicio de la década del ochen-
                  que a lo largo de diez años, señor Presidente, fun-  ta, cuando la Constitución de 1979 comenzó a re-
                  cionaron bien, fue un justo equilibrio, no se llegó  gir.
                  a extremos; y que puestos a prueba —tema al cual
                  me referiré en un instante— en el período 1990-  Finalmente, aunque la Constitución de 1979 fue
                  1992, desde nuestro punto de vista, no fallaron  una importante corrección frente al modelo
                  porque ellos fueran malos, sino porque no hubo  estatista que se venía aplicando en la década pre-
                  voluntad democrática para que el sistema en ver-  cedente y dejó abierta con claridad la posibilidad
                  dad perdurara.                              de una contrarreforma, es cierto que ésta no se
                                                              ejecutó como hubiera sido deseable; y fuimos
                  Finalmente, esta Constitución también introdujo  muchas veces voces solitarias, las nuestras —las
                  —por primera vez— importantes y nuevas figu-  del Partido Popular Cristiano—, que así lo recla-
                  ras, como el Consejo Nacional de la Magistratura,  mamos, sin que eso fuera posible de plantearse.
                  el Tribunal de Garantías Constitucionales, refor-
                  mas y tratamiento global a los regímenes de ex-  Reconozco que el gobierno del arquitecto Belaúnde
                  cepción y, por último, un proceso descentralista  puso un andamiaje basado en las libertades, que
                  distinto: la regionalización, que en efecto consti-  su mérito no sólo consistió en el "cúmplase la Cons-
                  tuyó un paso, aunque con sus errores y defectos,  titución de 1979", sino en poner en marcha un
                  sobre el cual no deberíamos retroceder.     conjunto de instituciones que esa nueva Consti-
                                                              tución establecía.
                  Es verdad que a lo largo de los años de vigencia de
                  esta Carta Fundamental surgieron desde la socie-  También señalo, señor Presidente, que entre los
                  dad y de la realidad nacional algunos problemas  años 1985 y 1990, no obstante que el partido de
                  no previstos en su inicio y otros fenómenos que  gobierno había sido la principal fuerza en la Asam-
                  trascienden al marco de la ley.             blea Constituyente, éste se alejó del modelo cons-



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