Page 303 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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caciones establecidas con el propósito de regular  que normalmente en este régimen el Presidente es
                  las relaciones entre el Poder Ejecutivo y Legisla-  elegido por el Parlamento; y en el caso nuestro el
                  tivo que han merecido ciertas críticas en diversos  Presidente es elegido por el pueblo, igual que en el
                  medios de comunicación.                     sistema presidencialista.

                  En el Perú se ha venido afirmando —equivocada-  En consecuencia y en resumidas cuentas, nuestro
                  mente— que existe el régimen presidencialista, y  sistema no es presidencialista ni parlamentarista,
                  esto no es cierto. El régimen presidencialista es el  es un sistema mixto.
                  que existe en Estados Unidos de América. Allí, el
                  Presidente —y es por eso que se le llama régimen  Dentro de ese sistema mixto no se ha sabido ele-
                  presidencialista— elige a sus asistentes o ayudan-  gir una alternativa de larga experiencia, como
                  tes, que no son ministros. Él, como persona, es el  hubiese sido cualquiera de los dos modelos, como
                  Poder Ejecutivo. No tiene un Consejo de Minis-  personalmente he manifestado que me inclinaría
                  tros, no tiene un Presidente del Consejo de Minis-  primero, y durante algunos largos años, por un
                  tros. El Parlamento no puede censurar a sus se-  sistema presidencialista como el americano, para
                  cretarios o ministros, ni disolver el Consejo de Mi-  terminar —cuando haya amplia madurez políti-
                  nistros. A eso se llama régimen presidencialista,  ca— en un sistema parlamentario.
                  el mismo que de una u otra manera, pero muy
                  cercanamente a ese modelo, ha sido copiado por  Pero, en el Perú ya no es posible hacer eso, por-
                  casi todos los países de América, pero que es muy  que desde 1860 —vale decir hace más de ciento
                  distinto al caso peruano.                   treinta años— venimos perfeccionando un meca-
                                                              nismo intermedio, ni presidencialista ni parlamen-
                  En el caso peruano hay ministros, que no los hay  tarista, con instituciones de uno y de otro lado.
                  en el régimen presidencialista de Estados Unidos;
                  hay Consejo de Ministros, que no hay no solamente  Entonces nos preguntamos: ¿cómo podemos per-
                  en Estados Unidos, sino en el noventa por ciento  feccionar el sistema que tenemos? Y hay que per-
                  de los países de América; hay Presidente del Con-  feccionarlo, porque este sistema sólo origina gol-
                  sejo de Ministros, que no hay en el noventa y ocho  pes de Estado. Cada vez que se produce un con-
                                                              flicto entre el Ejecutivo y el Legislativo, se termi-
                  por ciento de los casos de las constituciones de
                  América.                                    na con un golpe de Estado, que todos tenemos que
                                                              lamentar, indudablemente, porque es el rompi-
                                                              miento del orden constitucional; pero eso se pro-
                  Hay la facultad del Congreso para censurar al  duce porque la Constitución no tiene normas de
                  Consejo de Ministros y disolverlo, facultad que no  salida.
                  tiene el Congreso de Estados Unidos y facultad
                  que no tienen el noventa y dos por ciento de las  Cuando el conflicto entre el Ejecutivo y el Legis-
                  constituciones de América.
                                                              lativo se origina en el sistema parlamentario, se
                                                              reajusta el Consejo de Ministros, por disposición
                  Hay también la facultad de censurar a los minis-  del Congreso.
                  tros y de disolver el Consejo de Ministros. Por lo
                  tanto, señor, en el Perú no existe el régimen  Cuando el sistema de conflicto se produce en el
                  presidencialista, eso es una ficción.
                                                              sistema presidencialista, no hay nada que avan-
                                                              zar, porque entre los poderes la fricción no llega al
                  El otro sistema, como todos sabemos, se llama  extremo: uno da las leyes y los otros las ejecutan.
                  parlamentarista; y existe en casi todos los países
                  de Europa, incluso del Asia, como la China de  Por eso, señor, tenemos que desarrollar nuestros
                  Taiwán o Japón.
                                                              propios mecanismos e instituciones para lograr un
                                                              equilibrio entre los poderes.
                  El régimen parlamentario se caracteriza porque
                  el Ejecutivo emerge del Parlamento, el Consejo  Si alguna norma hubiese que aludir como refe-
                  de Ministros es elegido por el Parlamento y, por lo  rencia, podría ser el caso de Francia, país que ha
                  tanto, el Parlamento tiene la facultad de remover  desarrollado un sistema muy parecido al nuestro,
                  y de disolver al Consejo de Ministros y también de  pero en donde se ha reforzado fundamentalmen-
                  elegir al Presidente del Consejo de Ministros, nor-  te la figura presidencial, para llegar a pasar del
                  malmente.
                                                              parlamentarismo que tenía antes de De Gaulle, a
                                                              un Gobierno Ejecutivo, en donde el Congreso tie-
                  ¿Es acaso el régimen peruano un sistema parla-  ne el poder de dar las leyes y de fiscalizar, pero el
                  mentarista? Pues se acerca mucho. Los autores na-  Ejecutivo tiene la gran capacidad de desarrollar
                  cionales dicen que falta muy poco para llegar al  al país. Esto lo ha demostrado Francia, con un
                  régimen parlamentario. Pero no lo es tampoco por-
                                                              régimen estable que ha resistido muchos cambios.



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