Page 558 - Debate Constitucional 1978 - Tomo VII
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sólucio¡es  defi.itivás del Poder Judicial nuesr¿  trádició¡  co¡srÍucional.  No  ¡a
            qüe de¡ieex.n  €l  remrso  de Hab¿as Cor
                                                        existido  ciert¡merh  cn  el  ¡ení  un  dis
            lns  o.ds,!nps¡o,  e¡ los .asos  qüe  sna-  pcsi¡tro  qüe ¡lya  esrablffido quc ta t¡.
                                                        ccrsir!.ionalid&t  de tas lcys  la  debe
              crenos    que  riene¡  derecho  pa¡a  sc  decla.ar la  Cort:  Supr:ma. Peio €D el
            licitar q$  el Tribunal ac¡r:ie,  tas  sieli.¡  utulo  !Élimi¡ar  de¡ códiso civit  se es,
            1es ari.ridades:  Et ?resid¿nre  d.  l,  Ré  iablece qu: los jueces  dan  pnmacia  a ta
            !ública, co¡  acuErdo ¿cl Corseio  de Mi    ¡o¡br   con*iiucio¡ál   po¡  e¡ciñ¿   .le
            ¡isircs,  los ?rcsid:nrs  d:  una y  ora    .ualqui:.  otra. De igual ma¡da,  en  la
            cámaF  o  &  la  conisió¡  ?ernan:n!e,      Conritúció¡  'igenre  se eslablsc:  que  el
            la  corlc  Suprema  de  Juslicia,  y  pa¡  ló  Pod¿r Judicial  Duede dcchrar  la  incont
            mercs  cincuenia  mit  cirdadanós.          ritucionalidád de los Églan.ntos y ohos
                                                       rcics  adminishátir¡s.
              EI  SENOI PRESIDENTE..H¿         iEITi,     Consid:ranos tambi¿n nosolros,  qne
                                                       el ?.'ler  Judicial es ün ?oder cspecialj-
                                                       zado  !!ra  res-olver conriictos jurisdic
              EI  seno¡  RAMIREZ  DEL  VrrLAR.,        cio¡ales,  Hay  Ia gá¡ánria  d€  Drofesióna-
            Dnia  6nalm¿¡re, seno¡ ?reside¡ie,  oue    res qüc por  loda su vida erán  dedi.a
            la ¡ulidad  que decr*e  et  Tribu¡at  d¿   dos  jusran¿"re  a éia  función,  1a de ad.
            cára¡rias  sea no desde  el inicio  de  Ia  nn'isr    jusriciá.  No esán .n  la  loriri-
            loy dictada sino  desde cl  non€nlo  de    ca aciiva ni to ha¡ eiado;  su üda  per.
            la declanción.  (aplausos).                danece ¿nrrcgada  al Pódef  Judiciál; hay
                                                       pue6 io  smntra  de que  la solución que
              El  seno.  PRESIDENTE-BI         s:ño.   Dudi¿ra  darse ¡  ün có¡dicto :nir:  Po
            R¿err  Cáceres,  nidbro   de la con¡ión    d¿res,  en1.e  el Poder  Ejccurivo y et ¡o.
            P.i.cipal, solicita  I  la Mesa q¡¿ po¡  se¡  de.  regislativo,  tendrá  que s:.  üna  r+
           €l  ú¡ico  autor  do u¡  diúane¡   ú  ninG  sorución  nás  ecuáline  y  €qunibrda.   ,
            ria s  lo co¡ceda ci¡co nirulos  pam de    ?or  otro  ládo  ¿n  el  caso de  u¡  golpe
           ¡endü  sn prorecro.  Er  su  condición  de  nilitar  nás  dificil  seií traen€ abajo al
           mi:m¡¡o  de la Ccnisión   principáI,  e! se- ?oder Judicial qE  á u  simple Tribú-
           ñor  Rósd  cáceres  puede  náctr  uso  de
           la  palábra  lor  el  rienlo  que  él  nismo                   que  las  .azo¡¿s  quE

                                                       se h¡n  dldo  para  n€ga¡le .¡  Póder Judi
                                                       cial, comrerane¡te a la Corte SupFn4
             El señor cacEREs  vEtAsQUEz (R&           e*a  función, no son .oherenrs, no til
           ser).-s:ior-Presiden¡,:  La ineorlaF        ¡d  ta tueaa  qE  se pre¡endJ. El  Podor
           cja de €sie  teúa  y  las alusio¡és  q@  se
                                                       Jurlicial  hasa  el  p.ese¡re  no  ¡r   rodido
           nan hecho a  mi  inlen€¡ció¡  ai:riot
                                                       tene. um  la¡o.  á la altu¡a d€ 10  qü:  et
                              oÉdores,  né  o¡liga¡    lais   .sperába respeio  de Ia defensa de
           a [¡cer  üna  breve  recápi!úlació¡  de los  ¡a  Con*itución,  sdcillanente   po¡  r.es
           füdansstos    q@  h:  esbozado e¡  esa in-
           l¿ne¡ción,  sobre  los  qu:  sosrenEo  ni
                                                       en  Poder,  ¡o  ienis  Éá1  haj€stad,  ¡o
           oposición  a  lá  isriiución   que  se  p.¿  tenia  inCep.¡de¡cia  y  esaba totalñenre
                                                       sometido  a los ortus Pod¿resj  seelndo,
             D:bo comenzar  na¡iferando  quc,  se. porquc  econóúicamdte          heno:   !is!o
           gún  nu:stro  pensañierro,  dcbc  É.  ta   qre  estaba  e¡  um  ca¡dició¡  r.alm:nte
           Corte  Su¡rema  la  q¿e  se encarsue  de    nny  pobrc,  muy  olüdado,  q&  no  t€ni¡
           r.sober  la  in.onfilucio.alidad  de  tas  at.ibücton¡s pa¡a  !tuceder  en esa for-
           ler€s y  los a1¡os 6mios  que  se prnen-   ma;  y  terce.o,  porque  süs facultad:s  .s-
           d:  e¡comúd¡r    al  Tribúll   d¿  cáran-  hbm  rctalmente  linira.las d  16  suce-
           ills,  fundanenialme¡re po¡que e*e  c>     sivas co¡stilxcion.s   que  €l  pats  ha  te
           ejlo  €s el  qüe está más de ocuerdo cor   ¡ido.  ?o¡  priDera  vez nosotós  esianos
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