Page 462 - Debate Constitucional 1978 - Tomo VII
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¡i r:tó.ica los que áfumos al ?en1, I$ lcranEs, se co¡sisna pe.enlorianate
.esp.ianos y les reclmanos su co¡c¡r- qüe ellas ésrán subórdiúdas al poder
so llerc pa.a cooreÉr cor el pueblo en
el desa[ollo económico, social y culru-
Es tanbié¡ co¡vedente rrcra. q¡€
los fondos desiimdos ál eqúipánihtó
Al conniiucionalizar a Iás Fúe¿as Ar- de las Fuenas Armadas y de las ¡udzas
n!d6 y á las ¡uerss ?olicial6, l3s he. loliciales no lodú¡ ser des¡jnados si¡o
mos oiorgado el mryo que l€s cores- 2 fines qüe corrspondsn a cada ua de
!ond: y la húción ¡rotagóDicá qle ban tas insiiuciones nencionadas. 1¡ que
de le¡er e¡ los destinos democ¡á1icos sir duda alcum cnhána h arance efcc-
del Perú. Hay que !:nsü que el esll¡i- iiro sobrc las ¿o¡crcionos d:cimónóni,
iu sn¿¡o dcl Ma¡is.al Ni¿to ha de sia.- cas de ngcsrras C¿fls prcc:denies. En
las lara bien d: rodos. ?orquc ¡o qude, e*e rftulo resdllnos c1 deber de mes
ñós más cu$@¡azos, si¡o nás denocrá- tias fuezas públic$ .le !3¡ticipa¡ er el
cia. Po¡que no quo..mos más 8ol¡es si desa¡rolo €co¡ómico y socia¡ dl lais y
¡o ¡¡a democ¡acia con libe(ad y con d la Delensa Ciril. Estanos seslros, ¡bi
Fn. (Grdd,s allaüos en las ba¡ras). solutánenre segnr$, de qG el Fe¡ú €¡-
Y aiora enlrenos a Clos.r el nmlló tro ¡econoc3 y r¡conoc¿rá aún ¡Nís,
d€t ca-¡itulo hconendado a ¡uesr.a res apórté tá¡ necesa.io y rálioso que por
!onsabUidad, lo demás se ha hecho risible en diver
cómo Fod¡á¡ ap.ccia¡ los señores Ms .ircunsancias. (At 1aüso9.
.onfitut¿nles,hemos comenzado por L: hemos concedido al *nado de Ia
suprimir er 6D?do geyoEiiro que exis Re!ública Ia laculbd de mti¡icar los
¡ia a¡ies en et ?eni, enrE tu€¡zas a¡fu. áscenscs de los se¡erales y alnira¡.
das de u¡ hdo t tueizas sub*e¡ras o tes de las Fnerzs Arma.lás y la de los
atxiliares & oiro. Hoy, rmbs se hallan general* y endos equivalenres de lás
en e1 misno ¡ivl co¡sliiu.ional; cada Fuerás Policial¿s. Esta inrtuención ha,
una á su estBÉ y ó¡bita, cad¡ úna d brá de g.ranrizar los derechos de lós
5! área, dis¡onié¡doso la larticipació¡
y cooFració¡ de anhas. Esro es, cada t¿ conisió¡ & Fue¿a Pública y Dc
üna€s púncilal e¡ sü fúció¡ lipica, y f¿¡sa Nacio¡al, qu: t¿¡so et tronor de
presidir, accgie¡do esra 1rdi.jór ju
,r,l d:clararse que Iá Detens¿ Nacio. ¡idica, h d.criná de los iraradisras, el
nal es p:.na¡e¡re e in1e3rá1, se oblica corienido d¿ oras Co¡stitucion:s y ei
a toda pcrsona ¡etu¡al o ju.idica a ¡,ar- peso de la opi¡ió¡ !ública ¡¡cionat, ir
tici¡ar en el]l, Por princh lez se rco locrado que la conisión Princlpal de la
se la i.stilüción d:l sislda de la D3- qu¿ tanbién lono ¡afte, prc*ptú€ que
fensr Ná¿ional que diriee cl Presidenie los ¡ue.os y el Código de Justicia Miti
de ta Regrbtica, ¿ quis¡ además * te 1ar sean arliGdos súlo a los niémb¡os
próclan¡ Jefs supreno de las Fü:ras de las ¡uerzas Amadas y ¡ueizas ?oli
Amadas y delas Fucras Po¡icial€s- ciales e¡ los casos de delitos refe¡idos
Lr Célula ConfitúyhtE Arrisla c.ee á su fuDción, ¡i:jántlose bie¡ en claro
cú fundrnc¡to qus al !¡eseni se si qüe talcs dis¡Dsiiivos no puedo ¿ti
h¡aciores d: emers:ncia, las luerzas büirs3 o irvccarsc para los civiles sino
A]nadas d3bcn asuai¡ el co¡r.ol de las en cl caso de tr¡ición a h Fatri¡ m ere
nisnas. Posición inleligenr¿ y pat.tóti- {a exi:rior. cono en Eü.opa, Esrádos
ca que ¡a.¿ laler oportunanent: en el U.idos, C$adá, clcétsn, Ios civiles lie.
s:¡o de ra comisió¡ Pri¡cip2l de cons- ncn sü judsdicción propia, ero cs, su
an¡aro y caranlia juldicas on el ¡u€¡o
Al pr:ceplüir qüc ,as Fue¿as Ama
dás y 16 ¡uc¡zas ?o¡iciaks no so¡ dcli- y la ccmisión P¡incipal, dcspuis, ¡a¡