Page 449 - Debate Constitucional 1978 - Tomo V
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*  señaló la ciudad  dc¡ cuzco cono  sede f@¡tes  tuqos, son  pocor  ¡os ñ¡¿ros  que
               .l€  la  Co.l.  Supren¡  R¿Cional,  ¿y  !o¡  están.siniládos.l lúe¡o coimin; sin  eñ
               quér, po.que  riene um  trs.lició¡  igüal  a  bargo iay  ú  dlanranlmiento   t€ú:!lc
               la de Trujiüó,  pó¡que la  lrinera   Aüdia  y hay lnn  innoralidad asombrcsa sEñor
               cü  qüo  ñmc:ónó  tue  €n  la  ciu.lad  del  Presidenrc, desde cl €scribano  quc cob¡a
               Cúzco  en 1310;  cl  !¡iú€r   vocal de l"  cór  ¡ryrnles suns   lor   un auto,  lor  !n  dc
               !c  Sutrcúa,  proccdió  del  Clld,   tue  et  crcto, por ü¡a  resolüción,  por úra  ser
               senor Müúel  lore¡zo     Vi¿aüft,   qüier  lenciaj Stret!¡ios  que  se  pemiten  dccir-
               fúe  !¡o  de  lG  p¡ircip.les  masi*mdos   ¡es ¿ los litigantes  que  ellos  esá¡ bacl6
               qúo inflúyó  i¡clúive  h  la cótuna  €sDa
                                                          do la *rrócia.  y qüe ¿l jucz l¡  va a fir
               úol¡  páF  ¡á modific.ción de ñnc¡ás  le   úar;  se exto¡sion: al clie.te¡ al higánie
               yes;  ademár  la  t¡adición  del  Imámro,  €rhJéndol€  el  di.em  a  .ombb  del
               señoÉs  r¿prescnrartes,  dmüesr.a      la  júoz,  a ¡onbrc  de qúién  re!¡ia  el rrába-
               disie¡cia  de tri¡ünales  ploos,   en  Ios  io, y  todo €s1o  resul!¿ u¡a  inñorálida¿
               qu¿ se nacia  ua  le¡dade.á  juficia   so-  trcncnd¡  y €sa misna siluación dé imc
               ¿i¿]. Éáy  r.adición  juridi€,  hay trsdición  rslidad ocurre  e¡ SeCuDd! I¡slocia  y en
               i¡lel¿ctoal,  hay  lradición  de  cultura,  v  la corte süpen!  de Jüslicia, señor Pre
               €so no  solanent€  paE  reclm¿r  el  fnn-
                                                          sideDr.,  scñons repE¿¡ts¡tsi    hay qu.
               ció¡ámidto  €¡  la ciudad del ctr4o  dc I¡  ponarse  a pcnsan        eslán las cosas
               Co¡t¿ Slprena  de Juficia,  sr¡o  por  sus                    ¿cómó
                                                          6  €l toder  Judtcial?, se €stá ap¡i@do
               costumbres  púlias;  a.ste Epecto  @b¿     leyes  qüe  ¡o es1án  en  vigenci,, no F apli
               p¡eC!¡lar:   ¿acaso  los vocales dé Ia Cor.  .¡  la ir€rroadividad  de Iá ley a quc se
               re Süprema dc l-ina  enticndcn  de las cor  rcticre cl  ardcúlo 25e .l¿ tuesh  C6sti
               rümb.es de la siera  sur?,  ¿qué  €nlien.  tución vjCenle, se $tán  alli.údó  leyes
               ds   d€  det¿.miÉdas  tDsriluciones  cG    on desuso o $  esrán  aplicando disloslti
               mo el concubiuio, et ñarrino¡io  de i3:    vos que ¡o  son aplica¡ls-  Al  tsledo
               cho  qne exist¿  cono  aráigada  costh     hly  casos           por ejemplo, senor
                                                                     ¡recisbs,
               bre,  ¿nrre los  cañpestnos?,   ¿qué  sabén,  P.osjdc¡tc, como  e! quc voy a rcfé¡ir  É
               por  elemplo,  .lcl   ".rne"?,   ¿qué  sa¡h  dé  Iáciorádo con Ia prcsentación  del Eibo
               la  rcciprocidad  d¿l  tahajo  entr¿  .llos?  dé paso  del im¡,u¿s1o mpr€s¡ri¿I,  @n ta
               Pue.icn .ues!.os  jurútas  interyrel¿r  IG  respcct'la  d@lar¿ción júradar  rsúlta
               dosüarismos  qüe  tienén  apE¡didos  de    que con ¡a ley anterior  co.Iorme  nl De
               Iesislaciónes €xhnj¿ns,   pe.o no puedcn   c.clcl-oy  l%54, sólo sc exisla la prese*
               apliúr  la  legisláci&  ¡acional  .le  ¡cüe.  iación del recjbo  lor  el el  co¡$a  qus
               do  .  lis  cosluabres  d€ ú¿a  ¡úsa..  Por  sc hizo ¿l pago del him6rN  úlrimo, pa-
               otro  lado,  debo adv€rtir  que ¿ctulne}   ra interlond  aetón jüdictal, sceú¡ la úl
               le  los  expedientcs  se ano¡lonh   €n  la  tiú¿  L¡y de lnq¡ilinato  y ségún sú regla
               Corté SulÉm,  los qúe está¡ d¡mle¡-        nento  se €xis¿ adenás, dec¡.Éció¡    jú-
               do meses  y mcs6  sin resolücjón.
                                                          ¡áda. sl €ñbaryo,la corre süpÉma  dc
                 s¿ior  Presidérte    acúlnerré     hay   Jú*icia  ap¡ica csla ley ¡uevn pam he.hos
               proccsG  qu€ Btán  nás  de u  añoi úás     lob¡me¡le  ,nteiiocs,  sto  sic¡ifie   u
               de Ió que duh  !¡  proóso  súnario,  ñás   pr€v.ri6to,  esto es pe.se€lible d€ oficio
               do lo  qú€ duh  !n  procsso ordin.rjo,  ac-  y deüc.ra e¡juicia.se a los vocales de Ia
               ualm¿nt.  6rán  pendidtes  dé f.llo;   ¿y  Cot¿ süp.ena    lor   efd  prda.idndo,  y
               eso a  qué obed{e?  no  obedec,  cono      st ésto €s e¡Ú  común, hay müchisimos
               dicer  lós inleÉsados,  á la laha  .le  infÉ-  o116, señor ?residenE,  lor   lG  qúe el
               .strcrü.a.   a la falb  d.  p€lsouli  lo  qué  púeblo F  si¿nre t¡dig¡ado,  se  sienrs
               lslb  es epacida¿l.  Ils  cnefioEs  que se asoñb¡ado,  porque yá ¡o  sabe  qué  hacer
               ventilan  no sor  d€ gr   cstuetu,  *  ¡.n  y a qrú .ütoridád acudit  porqre ddcr
               r€dúcidó  r.nto  por  la  abs¡ción   dé  los  trá que por mucho ruón  qüc rqga   -no
               lEros  prilartlos  a q¡e  acabó .G ale¡¡r  sé si  lor  i€no@cia  o Dslicro-,  las É
               ne;  clda  juicio  se ha ¿ineFiticado  er  di  solucioncs  se ¿ú  co!t6  todo  lri¡ctlio
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