Page 447 - Debate Constitucional 1978 - Tomo V
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EI  scñor  M¡JÑ¡z.-Seíor   ¡¡eside¡te:   a ]a propja  volúrad  del püeblo ¡o  *  ba
                corcu¡¡inos  2 m  noúhto     nidó.ico  en   adninishado  just  icia- En el ptuyscio co.
                la  vida  de la  Asanbl€¡   cmriruyenrej    he¡tado,  en el .¡riclló  239, se dice nuy
                des¡oés  d3 ún  habajó  dduo  en l:  cG     disiñ!  adamcntc  no sE  enta  con seg!
                                                                             t
                nisión  PrilcipáI, ¿n las Coñisiones Es     ¡idad sobre la inlosr¡ción d!  los fue¡os,
                peci:les  y  .n  lás  Comisiones Ordlnarias,  es decir  con más  p¡opiedad,  sobre la s!-
                                                            presitu  de los  fú.os   }rivativos.  En  los
                m  el  que ¡.mos  sido  .onvocados,  lara   úkinos  riempos ¡q   lroliferado   los lu¿.
                el  rma  coniitucional.   Quó eraio   .esJ  .os eD  l5l  maEniiud  qüe ¡!  Ésultsdo  unr
                t¡,  señor Pcidertc,  &batir  ¡si  en u¡    cspeic  de inesrabilizació.  del Esradoj se
                mbicnle  de com¡.en sió¡,  lcj.  s dc la  Cr!  hm  cr¿ado el hrcro  asn.io,  el  fue¡o  l¿
                ia,lejos de la deDagosi¡,  k¡os dc ¡os im  ¡óÉ1,  el tuero  dE las comuldades  labo
                prodpr¡s, rsult¡  cdificanle,Se8lramen ral¿s, el fuero  fisüI,  el  fuero  lduanom:
                ie cn esle  noñenro el p¡is crá  pcrdien.   es d¿cii  üm  se¡ie d€ fué.ós  que pro¡ia
                .e de esl¿ dcbate  co¡  bsLanié arcnción, mc¡te  n¡n  desarriculado  al  Poder Judi
                pres pan  ero  henos sido conúcados, cial.  Y  po¡  princbio,  por  doct¡i¡a,  por
                y  ¡l  i¡icia¡  el  debatc de Ia cosritució¡  conceción  misa  de la orgá¡ización  del
                .roy  segurc que la  ¡átia  va a rccosef   ?oder Judicial,  éfe  dsbe se¡ uirario;  eJ
                cor  aplausG  ln act¡ud  de la ba¡cad!  de  roder  Jüdicial  debe ser úó  solo, ¡o  pus
                ln báyoríá,  que sin habe.  irvit¡do  absG  d¿  ¿ilersificarse  ñ  tantas  ramifiüc  o
                lurañ:nte  a  lá  báncada  de   qtÉma   ¿  rcq  que dsn lusa.  a  lensa¡   que @  exi;
                quierd¿  a rctthrsc,  ella,  ¡o¡   su  propi¿  le Dn ¡ode¡ ¡udicial firñe  y  unjta.io.
                voluntad,  porqüe  no  .ier€  los  nedios     Por ¿so¡ señor P.esid¿nre¡ cl  ?arlldo
                srficientes  pra   rlebatir  confitucional  Aprúta  fue  r€mi¡art¿   e¡  sü  prcyectoi
                m:nte  Ios i¡te¡es¿s  de la ?:iria,  Econo  la  su!ftsió¡   de  rodos  lós  tudos,  .ecd
                c  iendo  su i¡capácidad se ¡á  Étnado, ns,  .ocie.do  únicme.te   la  existercia  del
                ¡o nos esrá demósra¡do, scñor  ?Fside¡-    tuerc  cr*rense,  p:ro  aü¡  4f  ¡á exhren
                ¡e, q¡e  ahor:  si,  todós  debenos  ¡abhr  cia  del  fuere  cssr.e$e  ¡o      apaf-
                                                                                        ¡'uedc
                .o¡   !ftpicdad,   nos nemós de alojar  de  rars¿ de l¡  reglé gene.al, de lo  i¡slrncia
                l¡  dema8ogi.,  nos honos  de al¿jar  con,  ¿c sus resolüciofts, é*as deber s¿r vis
                pleranen!é  dcl  lusár  comiú,  hab.á  qu¿  ts   ¡or   la Corte Sup.ena  {te tusicia,  no
                hlblar  .on  propiedad,  en réminos  cons  pDcden.xisr¡r  dós Co  6  Su!¡:nás,  um
                litucionáles,  Eslo ñe.la  alidto  pa.a ha  castÉnse y olF  civil; Ia Co  e Suprh¡
                cc.  aleuas  obsryadones  al  pftyecto  de  ¡¡  lo  civil,  qü¿ es la  náxina  j*arquia
                cor$irnción.  ¡efere¡tc  al Podq  Judicial,  ádninistratira  jud:ci¡I,  ¿ebe ser la qür
                E¡  efecio, el  Pa¡tido  Aprisla  ha  de¡ati  conoce c¡  últiúa  innancia  los fauos ddl
                do  con b$r5.te  anplitud,  cuáids eran    lribunal castretue,  y digo stó,  y lo ha¡
                ró: alca¡ces  .le Ia luncj¿n  júrisdicciorali  dichomuchos  tratadisras i¡teúaciónalcs
                bemos  presentado u  poyecio  qü€ repe-    arg¿ntiros,  ló ¡an  dicho colonbimos,  !e
                rc¡t¡  u¡.  asliraclón  del  pueblo  perua  rzo.$os,  qu. de ni¡cuna Dáner: el tu€,
                no, bcmos listo  nosotros  que  hace mE    ro  cáú¿nsc   luede   i¡vartir  al tuerc  dvil,
                cho tiemlo  cl  Pcnt  requi€¡e  de un órsa-  lo.que   .esuha rébasa¡do las nedidas,
                no  jurisdicciorsl que sea  propia gard.   Dorque  üna de ellas es que el fuero  cas
                lla, requiere indudablcm:nt¿ que a¡súa     rrc¡se  es esnciarmóte  pam  .uesrion¿s
                v3z sc le h¡ca   lü*icir,  lorquc   harn  ato.  discip¡ini.ias,   ¡ará  4uellas   qE  vie¡s¡
                ra se le ha essnoieado.  L.s  ory¡nisdos   coño conrcü¿ncú del eiercicio  de ¡á  pro
                qu3 ¡m  funcio¡a.lo  durüte  la en  r¿pu-  fos:ór castrnsc; pero  dando  e¡ eso i¡
                blicam  ro  han sido si¡o  instuñdtos   del  ¡enieñ.  !¡  ciril,  ftcerianenre   el tuao
                roder  Bjecutivo  ¡o  hs  hcc!ó  sino dn   rione que sc¡ fúero comúr  y la úllitu  ür
                plü  riitraimatc   el  ejercido  de Ia ádmi-  !¿cia  ¡{es¡riamente  ¡a Corte suprha
                tristración  de  jL{icja;  D.as  !ec6   lor   in.  de Juficia. En ¿solemos  sidoclaros,  er
                fllencia  y orras Éc€s  por  @ones  ajenas  eso henos sido del€rmt¡¡ntes,  en os
                                                                                           )
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