Page 444 - Debate Constitucional 1978 - Tomo IV
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ia d€ 300 nil sol€s mensua¡es. ¿Cómo i¡teúacional de la OlT Ne 151, do1(]e
es posible qu," puede !ábq s$¡dos ¿e padicipó el Pdrl, que coB.8r. €t dee.
s¡00 solBs, @ndo las esr.dlstias y los c¡o d. lG *nid@s 6tatal6 dc o.ea-
e*udios iéúicos déñuesrF¡ qu¿ paE nizds. en sindiútos; y ü¡a de las na-
virir m €sb époe de cr¡sú aqui )en €l ni¡eraciones de la .ctividad si¡dical, es
Pe¡í, se tiere que sasrá¡ po¡ lo menos precisanonre l¿ hu€¡ga.
hil só16 dúrios? R€petimós lo que ya 1lá sido mtonces a .aíz de la huelca
et loera Césd valejo decia, qw "nu' de esros tÉbaladoÉs, que todos ¡os
chos si¡sabo.€s ó Eil sinsaboEs diarios
preocursmos; si los hatájadoÉs del
cóbr¿ Iá hacie¡da Múocucio"; y ésta Palacio de Juricia, si los auúliár€s de
¿s ¡á seniencü que pesa a¡or. sobre los
jústi.ia, no hubjesen lonado la acrjtÍd
rnbajado.¿s, no sotanenle ¡uiliarés
de jüsticia si.o sob¡e c¡e canridad do €xtrcma de d4lararse en !üélsa, yo c¡eo
qlo era Aranbl¿a no sé lubiera acor-
irabjádo.es ar senicjo del Estado y de dado de ellos; a raiz dc sus gé*os, de
la activid:d pnudá que percibñ suel-
dos vddadamonie de hambrc, Los iü- su lucbá, de sú reclano asi en úa ror
xilires de iurici¡ son lersona¡ califi- ña dra¡rátic4 wDimos e¡ tomu posi-
cadoj iiúen morDe i luercia e¡ la a.l, ció¡. Y ¿¡ buena bó¡a que rodos, por
ni stnción nisna rle Ia j$ticia, pór- una.iñidad, respaldemos la mocjórj
que ellos en su ñayoria !ó¡ los brcedo. lorque üdie v: a €siar o colr¡o &
.es de decretos y Esolucio¡es qn. lue nejorar los sueldos de los ouiliarcs de
go fi¡úa el Juezj la la¡ticilación .l¿ es justici¡. Denos ¡u¿srro plero y dccidi
ios suxiliáres es en una de las ta¡eas do respal¿o, El que habla knbiúr ¡a
nás diflciles qüe 1io¡e el ktado y el .oñv6sádo con los dirigEnt6 de la Aso.
sd ¡ummo, cono es la de adñinistar ciación, y, po¡ el hecho mhno de se¡
jüsriciá, p.ro s'¡ cn¡a¡só esos trabaja, abosado y conoce¡ la labor de los aux!
do¡es están ¡erci¡iddo sal{ios i¡feric ¡iaE -úa lábor b.$út€ conll€j¡, ¡e
rs al salario mi mo vitsl que¡ seBln Ia carg.da, !e.o úúy mrl pasada- e*a-
¿eoria d¿ eie salqio, eÉ !a.a la mmo nos !ó¡ que se nejore su seldos, re
de ob.a .o calificada coúo €l 60 til ro nás qüe los nisnos sflidores er¡n
los peores por ejemplo, Aúque, dis¿sé ptuPoriüdo en cran paf¿ la financia
de Fso, el salario ñlnimo viral qu es ción de esd nejoms. Bsle réspa¡do ¡a'
tablece cl Minhlerio de Trabajo 6 ranr brá de se(ir para que a su vcz t$ ha-
bié¡ totdm@te 'nj6to, y ojtá lücrré berós de otros seruidor* de 1a actiridi¿
nos 1odo5 cn corjúnto por mejor.¡ Ia *tatal y de Ia acrividad privada qtre
süerle .lé tódos los tElajador4 perua perciben sala¡ios nuy i qioÉs al suel,
nos ¿n lo qüe .especta a I¿ pe¡@pcrón dó nilimo vital, ses inc@e¡tados y
esta Asenblm les dé el respaldo qu€ *
R6paldanós plom@te csla posición merecen, lal como ahoñ erdos respáI.
de los auililr€s de ju*icja; nos adne- dando . los aa iares de ju$icia.
rimos a süs luchs, á sú ¡a¡ifesrocie si es .ecesario, docior chirinos solo
nes conbatias, coúo la de lacer ú¡ -y üsied cono Presid¿nte d¿ la Fed€.1
lueisa generál i¡delinida a partir dc¡ 5 ció¡ det colesio d¿ AboE¡dos del Peni,
de los coÍientes. Y €s que los ¿úx¡lia- tiene adonás €l deb€. nonl de respal
res de jusicia, cóno otrcs tr¿bar'adoE dar a los auiliqes de juslicia-, si ca
de 16 depenrle¡cias estara¡s, es!á¡ sin- rccesario bscer ffsrio.es €n co¡¡into,
tiendo en came p¡opia la n¿cesi¿ad ¡e luc¡Í d coaú¡, yo c@ que lodos los
Ia sindielizació¡j y no solúdte h ¡c sctoÉs dé csla Asanblea 6t5mós lis-
cesidad, siro que a su v¿z lay ú¡ de¡e bs pra Da la¡o. oordinada, úibria,
clto uiversd qüé 6tá añpani¡dol.s. a efecto .lE qué se hac¡ ju*icis a l.s
Hoy üs¡slo ur! v€z n& a el có¡veio