Page 444 - Debate Constitucional 1978 - Tomo IV
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ia  d€  300 nil  sol€s  mensua¡es.  ¿Cómo   i¡teúacional   de  la  OlT  Ne  151, do1(]e
             es posible  qu," puede  !ábq  s$¡dos  ¿e    padicipó  el  Pdrl,  que coB.8r.  €t  dee.
             s¡00  solBs,  @ndo  las esr.dlstias  y  los  c¡o  d.  lG  *nid@s   6tatal6   dc o.ea-
             e*udios  iéúicos  déñuesrF¡     qu¿  paE    nizds.  en sindiútos;  y  ü¡a  de las na-
             virir  m  €sb  époe  de cr¡sú  aqui )en €l  ni¡eraciones  de la  .ctividad  si¡dical,  es
             Pe¡í,  se tiere  que   sasrá¡   po¡  lo  menos  precisanonre  l¿  hu€¡ga.
             hil  só16  dúrios?  R€petimós  lo  que  ya    1lá  sido  mtonces  a  .aíz  de  la  huelca
             et   loera   Césd  valejo  decia,  qw   "nu'  de  esros  tÉbaladoÉs,   que  todos  ¡os
             chos si¡sabo.€s  ó  Eil  sinsaboEs  diarios
                                                         preocursmos;  si  los  hatájadoÉs    del
             cóbr¿  Iá  hacie¡da  Múocucio";   y  ésta   Palacio de Juricia,  si los auúliár€s de
             ¿s ¡á seniencü  que pesa a¡or.  sobre los
                                                         jústi.ia,  no hubjesen lonado  la  acrjtÍd
             rnbajado.¿s,  no  sotanenle  ¡uiliarés
             de jüsticia  si.o  sob¡e  c¡e   canridad  do  €xtrcma  de d4lararse  en !üélsa,  yo c¡eo
                                                         qlo  era  Aranbl¿a  no  sé lubiera  acor-
             irabjádo.es  ar senicjo  del  Estado  y  de  dado  de ellos;  a  raiz  dc sus gé*os,  de
             la  activid:d  pnudá  que  percibñ  suel-
             dos vddadamonie      de hambrc,  Los iü-    su lucbá,  de sú  reclano  asi en úa  ror
             xilires  de  iurici¡   son   lersona¡   califi-  ña  dra¡rátic4  wDimos  e¡  tomu  posi-
             cadoj iiúen  morDe  i  luercia  e¡  la a.l,  ció¡.  Y  ¿¡  buena bó¡a que rodos,  por
             ni  stnción  nisna  rle  Ia j$ticia,   pór-  una.iñidad,   respaldemos  la  mocjórj
             que ellos  en su ñayoria  !ó¡  los brcedo.  lorque   üdie  v:  a  €siar  o  colr¡o  &
             .es  de decretos  y  Esolucio¡es  qn.  lue  nejorar  los sueldos de los ouiliarcs  de
             go fi¡úa  el  Juezj la   la¡ticilación   .l¿ es  justici¡.  Denos ¡u¿srro plero  y  dccidi
             ios suxiliáres es en una de las ta¡eas     do respal¿o, El  que  habla  knbiúr  ¡a
             nás  diflciles  qüe  1io¡e  el  ktado  y  el  .oñv6sádo  con  los  dirigEnt6  de la  Aso.
             sd  ¡ummo,  cono  es la de adñinistar      ciación,  y,  po¡  el  hecho  mhno  de  se¡
             jüsriciá,  p.ro  s'¡  cn¡a¡só  esos trabaja,  abosado  y  conoce¡ la labor de los aux!
             do¡es están  ¡erci¡iddo   sal{ios  i¡feric  ¡iaE   -úa   lábor  b.$út€   conll€j¡,  ¡e
             rs  al salario  mi  mo  vitsl  que¡ seBln  Ia  carg.da,   !e.o   úúy  mrl  pasada-   e*a-
             ¿eoria d¿ eie  salqio, eÉ  !a.a   la  mmo  nos   !ó¡   que se nejore  su  seldos,  re
             de  ob.a  .o  calificada  coúo  €l  60   til  ro  nás  qüe los nisnos  sflidores   er¡n
             los peores  por  ejemplo,  Aúque,  dis¿sé  ptuPoriüdo    en   cran   paf¿  la  financia
             de  Fso,  el  salario ñlnimo  viral  qu  es  ción  de esd  nejoms.  Bsle  réspa¡do ¡a'
             tablece cl Minhlerio  de Trabajo  6  ranr  brá  de se(ir  para  que  a su  vcz t$  ha-
             bié¡  totdm@te  'nj6to,   y  ojtá  lücrré  berós  de  otros seruidor*  de 1a actiridi¿
             nos  1odo5 cn  corjúnto  por  mejor.¡  Ia  *tatal  y  de  Ia  acrividad  privada  qtre
             süerle  .lé  tódos  los  tElajador4   perua  perciben  sala¡ios nuy  i   qioÉs   al  suel,
             nos  ¿n lo  qüe  .especta  a  I¿ pe¡@pcrón  dó  nilimo  vital,  ses  inc@e¡tados   y
                                                        esta Asenblm  les dé  el respaldo  qu€  *
               R6paldanós  plom@te       csla posición  merecen, lal  como ahoñ  erdos    respáI.
             de los  auililr€s   de  ju*icja;   nos  adne-  dando  .  los  aa  iares  de ju$icia.
             rimos  a süs luchs,  á  sú  ¡a¡ifesrocie     si  es .ecesario,  docior  chirinos  solo
             nes  conbatias,  coúo  la  de lacer  ú¡    -y  üsied cono  Presid¿nte d¿ la Fed€.1
             lueisa  generál i¡delinida  a  partir  dc¡  5  ció¡  det  colesio  d¿ AboE¡dos  del  Peni,
             de  los  coÍientes.  Y  €s  que los  ¿úx¡lia-  tiene  adonás  €l  deb€.  nonl  de  respal
             res de  jusicia,  cóno  otrcs  tr¿bar'adoE  dar  a  los  auiliqes   de  juslicia-,   si  ca
             de 16  depenrle¡cias estara¡s,  es!á¡  sin-  rccesario  bscer  ffsrio.es   €n  co¡¡into,
             tiendo  en  came  p¡opia  la  n¿cesi¿ad ¡e  luc¡Í   d  coaú¡,  yo  c@  que  lodos  los
             Ia sindielizació¡j   y  no  solúdte   h  ¡c  sctoÉs  dé  csla  Asanblea  6t5mós  lis-
             cesidad, siro  que  a su v¿z lay  ú¡  de¡e  bs  pra  Da  la¡o.  oordinada,  úibria,
             clto  uiversd   qüé  6tá   añpani¡dol.s.   a  efecto  .lE  qué  se  hac¡  ju*icis  a  l.s
             Hoy  üs¡slo  ur!  v€z n&  a  el  có¡veio
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