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Primera LegisLatura Ordinaria de 2016 - tOmO iii - Diario de los Debates     1873
                  c) Las modificaciones en el nivel funcional pro­  programadas  de  los  indicadores  de  producción
                  gramático que se realicen hasta el 31 de marzo   física de actividad.
                  del año 2017.
                                                              Para  el  caso de  los  gobiernos locales,  quedan
                  Las entidades del Gobierno Nacional y los go­  exceptuados de lo dispuesto por el primer  pá­
                  biernos regionales,  para las habilitaciones  o   rrafo  del  presente  numeral,  únicamente,  para
                  anulaciones  de  las  Específicas  del  Gasto  2.3.2   habilitar la Partida de Gasto 2.4 Donaciones y
                  8.1 1 “Contrato Administrativo de Servicios” y   Transferencias, de sus respectivos presupuestos
                  2.3.2 8.1 2 “Contribuciones a EsSalud de C.A.S.”   institucionales. Los recursos de dicha partida de
                  por aplicación de los casos indicados desde el li­  gasto habilitada deben ser transferidos financie­
                  teral a) hasta el literal c) del presente numeral,   ramente por cada gobierno local a favor de sus
                  requieren del informe previo favorable de la Di­  Institutos Viales  Provinciales  (IVP), conforme
                  rección General de Presupuesto Público.     a lo dispuesto en el acápite f.4 del literal f del
                                                              numeral 15.1 del artículo 15 de la presente Ley.
                  9.5. Los créditos presupuestarios destinados al
                  pago de las cargas sociales no pueden ser desti­  9.8. Prohíbese,  durante el  Año Fiscal 2017,  a
                  nados a otras finalidades, bajo responsabilidad.  las entidades del Gobierno Nacional, los gobier­
                                                              nos regionales y los gobiernos locales, efectuar
                  9.6. Prohíbese, durante el Año Fiscal 2017, a los   modificaciones presupuestarias en el nivel fun­
                  pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del   cional programático con cargo a las Partidas de
                  Interior  efectuar  modificaciones  presupuesta­  Gasto 2.3.2  2.1 (servicios  de  energía  eléctrica,
                  rias en el nivel funcional programático con car­  agua y gas) y 2.3.2 2.2 (servicios de telefonía e
                  go a la Partida de Gasto 2.3.1 3. Combustibles,   internet), con el fin de habilitar a otras partidas,
                  Carburantes, Lubricantes y Afines con el fin de   genéricas  o  específicas  del  gasto  de  sus  presu­
                  habilitar a otras partidas, genéricas o específi­  puestos institucionales, salvo las habilitaciones
                  cas del gasto de sus presupuestos instituciona­  que se realicen entre o dentro de las indicadas
                  les, salvo las habilitaciones que se realicen en la   partidas de gasto en la misma unidad ejecutora
                  indicada partida entre unidades ejecutoras del   o entre unidades ejecutoras del mismo pliego.
                  mismo pliego.
                                                              9.9. Prohíbese, durante el Año Fiscal 2017, a los
                  Para el caso de los Programas Presupuestales,   pliegos del Gobierno Nacional a efectuar modi­
                  lo establecido en el presente numeral no le es   ficaciones presupuestarias en el nivel funcional
                  aplicable si se han alcanzado las metas físicas   programático con cargo a las Partidas de Gasto
                  programadas de los indicadores de producción   2.3.2.7.1: Servicios de Consultorías, Asesorías y
                  física de producto, a las que se refiere el nume­  Similares Desarrollados Por Personas Jurídicas;
                  ral 80.1 del artículo 80 de la Ley 28411, Ley Ge­  2.3.2.7.2:  Servicios de Consultorías, Asesorías
                  neral del Sistema Nacional de Presupuesto.”  y Similares Desarrollados por Personas Natu­
                                                              rales;  y,  2.3.2.2.4:  Servicio  de  Publicidad,  Im­
                  9.7.  Prohíbese,  durante  el  Año  Fiscal  2017,  a   presiones, Difusión e Imagen Institucional, con
                  las entidades del Gobierno Nacional, los gobier­  el fin de habilitar a otras partidas, genéricas o
                  nos regionales y los gobiernos locales, efectuar   específicas del gasto de sus presupuestos insti­
                  modificaciones presupuestarias en el nivel fun­  tucionales.
                  cional programático con cargo a las Partidas de
                  Gasto 2.3.1.6 (repuestos y accesorios), 2.3.1.11   El  Presidente  del  Consejo  de Ministros,  antes
                  (suministros para mantenimiento y reparación)   del 30 de marzo del 2017, expone ante la Co­
                  y 2.3.2.4 (servicios de mantenimiento,  acondi­  misión de Presupuesto y Cuenta General de la
                  cionamiento y reparaciones), con el fin de habi­  República del Congreso de la República, la eje­
                  litar a otras partidas, genéricas o específicas del   cución presupuestal  del Año Fiscal 2016  y el
                  gasto de sus presupuestos institucionales, salvo   Presupuesto Institucional de Apertura del Año
                  las habilitaciones que se realicen entre o dentro   Fiscal 2017, de los pliegos del Gobierno Nacio­
                  de las indicadas partidas de gasto en la misma   nal correspondientes  a las Partidas de Gasto
                  unidad  ejecutora  o entre  unidades  ejecutoras   2.3.2.7.1: Servicios de Consultorías, Asesorías y
                  del mismo pliego.                           Similares Desarrollados Por Personas Jurídicas;
                                                              2.3.2.7.2: Servicios de Consultorías, Asesorías y
                  Para el caso  de los programas presupuestales,   Similares  Desarrollados  por Personas  Natura­
                  lo establecido en el párrafo precedente no le es   les; y, 2.3.2.2.4: Servicio de Publicidad, Impre­
                  aplicable si se han alcanzado las metas físicas   siones, Difusión e Imagen Institucional.


                                                                  20  B sesión (matinaL) 28-11-2016 - Diario de los Debates
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