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1872 Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2016 - tOmO iii
el 31 de marzo de 2017, el Ministerio de Salud Recursos Públicos vinculado a la información
remite al Ministerio de Economía y Finanzas, la registrada en el Aplicativo Informático para el
relación nominal del personal comprendido en Registro Centralizado de Planillas y de Datos de
el presente artículo. los Recursos Humanos del Sector Público para
el caso del Gobierno Nacional y los Gobiernos
8.5. Para la aplicación de lo dispuesto en los li Regionales.
terales f) e i) del numeral 8.1 del presente ar
tículo, el Ministerio de Educación, a través de 9.2. A nivel de pliego, la Partida de Gasto 2.2.1
Resolución de su titular, dicta las disposiciones “Pensiones” no puede ser habilitadora, salvo
complementarias que resulten necesarias. para las habilitaciones que se realicen dentro de
la misma partida entre unidades ejecutoras del
8.6. Las entidades públicas, independientemen mismo pliego presupuestario, y para la atención
te del régimen laboral que las regule, no se en de sentencias judiciales en materia pensionaria
cuentran autorizadas para efectuar gastos por con calidad de cosa juzgada, en este último caso
concepto de horas extras. previo informe favorable de la Dirección Gene
ral de Presupuesto Público.
Artículo 9. Medidas en materia de modificacio
nes presupuestarias en el nivel funcional pro 9.3. Prohíbese las modificaciones presupuesta
gramático rias en el nivel funcional programático con car
go a la Genérica del Gasto “Adquisición de Acti
9.1. A nivel de pliego, la Partida de Gasto 2.1.1 vos No Financieros”, con el objeto de habilitar
“Retribuciones y Complementos en Efectivo” recursos para la contratación de personas bajo el
no puede habilitar a otras partidas de gasto ni Régimen Laboral Especial del Decreto Legislati
ser habilitada, salvo las habilitaciones que se vo 1057. La misma restricción es aplicable a las
realicen dentro de la indicada partida entre uni partidas de gasto vinculadas al mantenimiento
dades ejecutoras del mismo pliego. Durante la de infraestructura, las cuales tampoco pueden
ejecución presupuestaria, la citada restricción ser objeto de modificación presupuestaria para
no comprende los siguientes casos:
habilitar recursos destinados al financiamiento
a) Creación, desactivación, fusión o reestructu de contratos bajo el Régimen Laboral Especial
ración de entidades. del Decreto Legislativo 1057 no vinculados a di
cho fin.
b) Traspaso de competencias en el marco del
proceso de descentralización. La contratación bajo el Régimen Laboral Espe
cial del Decreto Legislativo 1057 no es aplicable
c) Atención de sentencias judiciales con calidad en la ejecución de proyectos de inversión públi
de cosa juzgada. ca.
d) Atención de deudas por beneficios sociales y 9.4. A nivel de pliego, las Específicas del Gasto
compensación por tiempo de servicios. 2.3.2 8.1 1 “Contrato Administrativo de Servi
cios” y 2.3.2 8.1 2 “Contribuciones a EsSalud
e) Las modificaciones en el nivel funcional pro de C.A.S.” no pueden habilitar a otras partidas,
gramático que se realicen hasta el 31 de enero genéricas o específicas del gasto de sus presu
del año 2017. Para la aplicación de lo dispuesto puestos institucionales ni ser habilitadas, salvo
por el literal g) del numeral 8.1 del artículo 8 de las habilitaciones que se realicen entre o dentro
la presente Ley, excepcionalmente, el Ministerio de las indicadas específicas en la misma unidad
de Salud, sus organismos públicos y los Gobier ejecutora o entre unidades ejecutoras del mismo
nos Regionales pueden realizar las modificacio pliego, quedando, solo para dicho fin, exonerado
nes presupuestarias en el nivel funcional pro de lo establecido en el numeral 9.5 del presente
gramático hasta el 31 de marzo de 2017. artículo. Durante la ejecución presupuestaria, la
citada restricción no comprende los siguientes
Para la habilitación de la Partida de Gasto 2.1.1 casos:
“Retribuciones y complementos en efectivo”
por aplicación de los casos indicados desde el a) Creación, desactivación, fusión o reestructu
literal a) hasta el literal e), se requiere del in ración de entidades.
forme previo favorable de la Dirección General
de Presupuesto Público, con opinión técnica fa b) Traspaso de competencias en el marco del
vorable de la Dirección General de Gestión de proceso de descentralización.
a
Diario de los Debates - 20 B sesión (matinaL) 28-11-2016