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Primera LegisLatura Ordinaria de 2016 - tOmO iii - Diario de los Debates 1875
Artículo 11. Medidas para el personal mi 11.6. Déjase en suspenso las disposiciones que se
litar y policial de las escuelas de las Fuer opongan a lo establecido en el presente artículo
zas Armadas y de la Policía Nacional del o limiten su aplicación.
Perú
El presente artículo entra en vigencia a partir
11.1. Dispónese que las altas del personal mi del día siguiente de la publicación de la presente
litar y policial de las escuelas de las Fuerzas Ley.
Armadas y de la Policía Nacional del Perú, se
efectúan en una única oportunidad al año y en Artículo 12. Medida en gastos de inversión
el mes de enero, previo informe favorable de la
Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces Con el propósito de asegurar la sostenibilidad de
en las entidades respectivas. la ejecución de los proyectos de inversión públi
ca, dispónese que las entidades del Gobierno Na
Asimismo, las instituciones armadas y la Policía cional, los gobiernos regionales y gobiernos loca
Nacional del Perú deben informar al Ministerio les, bajo responsabilidad del titular del pliego,
de Defensa y al Ministerio del Interior, respec pueden efectuar modificaciones presupuestarias
tivamente, en el mes de febrero, la cantidad de en el nivel funcional programático, siempre que
altas estimadas que se proyectan para el mes no impliquen la anulación de crédito presupues
de enero del siguiente año, a efecto que dichos tario en proyectos de inversión pública que se
ministerios consideren la referida información encuentren en etapa de ejecución.
para las fases de programación y formulación
presupuestarias. CAPÍTULO III
11.2. Precísase que el personal policial de la es OTRAS DISPOSICIONES PARA EJECU
cuela de la Policía Nacional del Perú, que no CIÓN DEL GASTO PÚBLICO
cuente con la condición de egresado y que haya
sido incorporado al cuerpo de la Policía Nacio Artículo 13. Proyectos de inversión públi
ca con financiamiento del Gobierno Nacio
nal del Perú, percibirá desde su incorporación
a la Policía Nacional del Perú, únicamente, los nal
ingresos que correspondan a dicho cargo, no 13.1. Autorízase, en el Año Fiscal 2017, a las en
pudiendo percibir el pago de propinas por su tidades del Gobierno Nacional que cuenten con
condición de cadetes o alumnos, según corres recursos públicos asignados en su presupuesto
ponda, en los Institutos de la Policía Nacional institucional para la ejecución de proyectos de
del Perú. inversión en los gobiernos regionales o los go
biernos locales, por la fuente de financiamiento
11.3. Asimismo, dispónese que para efectuar el Recursos Ordinarios, para aprobar modificacio
pago de los ingresos que corresponden a la si nes presupuestarias en el nivel institucional,
tuación de alta, se requiere que dicha plaza se mediante decreto supremo refrendado por el mi
encuentre registrada previamente en el Aplica nistro de Economía y Finanzas y el ministro del
tivo Informático para el Registro Centralizado sector correspondiente, a propuesta de este últi
de Planillas y de Datos de los Recursos Huma mo, previa suscripción de convenio. Las transfe
nos del Sector Público. rencias de recursos que se efectúen en el marco
del presente artículo sólo se autorizan hasta el
11.4. Los procesos para la situación de alta y de 31 de marzo del año 2017, debiéndose emitir el
baja del personal militar y policial de las Fuer Decreto Supremo correspondiente dentro del
zas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, plazo establecido por el presente numeral. Las
se sujetan al presupuesto institucional del Mi propuestas de decreto supremo correspondien
nisterio de Defensa y del Ministerio del Interior, tes solo pueden ser presentadas al Ministerio de
según corresponda. Para tal efecto, ambos mi Economía y Finanzas, hasta el 15 de marzo de
nisterios emitirán, de resultar necesario, dispo 2017. Vencido el plazo, de haber saldos antes del
siciones internas a fin de adecuar los procesos 30 de abril de 2017, el Presidente del Consejo de
antes mencionados, a lo dispuesto en la presen Ministros expone a la Comisión de Presupuesto
te disposición. y Cuenta General de la República los saldos de
cada pliego.
11.5. El cumplimiento de lo dispuesto en el pre
sente artículo se efectúa bajo responsabilidad Excepcionalmente, en el caso que el proyecto
del titular de la entidad. de inversión pública sea ejecutado por empresas
20 B sesión (matinaL) 28-11-2016 - Diario de los Debates
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