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Primera LegisLatura Ordinaria de 2016 - tOmO iii - Diario de los Debates     1871
                  plementaria  Transitoria  de  la Ley  30220,  Ley    Para tal efecto, es requisito previo contar con
                  Universitaria, respectivamente.             el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) o el
                                                              Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), de co­
                  e) La asignación de gerentes públicos, conforme   rresponder; debidamente actualizado.
                  a la correspondiente certificación de crédito pre­
                  supuestario otorgada por la entidad de destino   8.2. Para la aplicación de los casos de excepción
                  y de la Autoridad Nacional del Servicio Civil   establecidos desde el literal a) hasta el literal j),
                  (SERVIR), con cargo al presupuesto institucio­  es  requisito  que las  plazas  o puestos a ocupar
                  nal de dichos pliegos, y hasta la culminación del   se encuentren aprobados en el Cuadro de Asig­
                  proceso de implementación de la Ley 30057, Ley   nación  de Personal  (CAP), en  el  Cuadro para
                  del Servicio Civil, en las respectivas entidades.  Asignación  de  Personal  Provisional  (CAP Pro­
                                                              visional) o en el Cuadro de Puestos de la Enti­
                  f) La contratación en plaza validada y presupues­  dad (CPE), según corresponda, registradas en el
                  tada de docentes universitarios en las universi­  Aplicativo Informático para el Registro Centra­
                  dades públicas, que se encuentren en proceso de   lizado de Planillas y de Datos de los Recursos
                  constitución o hayan concluido con el proceso de   Humanos del Sector Público a cargo de la Direc­
                  adecuación del gobierno de la universidad públi­  ción  General  de  Gestión  de  Recursos  Públicos
                  ca conforme a lo dispuesto en el artículo 29 y la   del Ministerio de Economía y Finanzas, y que
                  Primera Disposición Complementaria Transito­  cuenten con la respectiva certificación del crédi­
                  ria de la Ley 30220, Ley Universitaria, respecti­  to presupuestario.
                  vamente; previa evaluación y validación de las
                  necesidades de dichas nuevas plazas, en el marco   8.3. Adicionalmente, para el ascenso o promo­
                  de las disposiciones legales vigentes.      ción establecido en el literal c) del presente
                                                              artículo, en el caso de los profesores del Ma­
                  g) El nombramiento de hasta el 20% (veinte por   gisterio Nacional, docentes universitarios y
                  ciento) de los profesionales de la salud y de los   personal de la salud, así como para el nombra­
                  técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del   miento de docentes universitarios al que se re­
                  Ministerio de Salud, sus organismos públicos y   fiere el literal d) del presente artículo, previo a
                  las unidades ejecutoras de salud de los gobier­  la realización de dichas acciones de personal es
                  nos regionales y las Comunidades Locales de   necesario que la entidad cuente con el informe
                  Administración en Salud - CLAS, definidos a la   favorable de la Oficina de Presupuesto de la en­
                  fecha de entrada en vigencia del Decreto Legis­  tidad o la que haga sus veces, en el cual se se­
                  lativo 1153.                                ñale que el pliego cuenta con disponibilidad de
                                                              recursos desde la fecha de ascenso, promoción
                  h) El nombramiento de los vocales y secretarios   o nombramiento del trabajador a la entidad
                  relatores del Tribunal Fiscal, a los que se refiere   hasta el 31 de diciembre del Año Fiscal 2017,
                  el artículo 99 del Texto Único Ordenado del Có­  así como la previsión de los créditos presupues­
                  digo Tributario, aprobado por Decreto Supremo   tarios necesarios para atender la continuidad
                  133­2013­EF.                                de dicho gasto durante el año fiscal siguiente,
                                                              bajo responsabilidad del titular de la entidad.
                  i) La contratación temporal del profesorado en
                  instituciones educativas públicas de educación   8.4. Para la aplicación del supuesto previsto en el
                  básica y técnico productiva, en el marco de la   literal g) del presente artículo, mediante decreto
                  Ley 30328, Ley que establece medidas en mate­  supremo refrendado por el ministro de Econo­
                  ria educativa y dicta otras disposiciones, y sus   mía  y Finanzas  y el  ministro  de Salud, a pro­
                  dispositivos complementarios, la cual se efectúa   puesta de este último, se aprueban las modifica­
                  en plazas vacantes codificadas en el Sistema de   ciones presupuestarias en el nivel institucional
                  Administración y Control de Plazas Nexus del   a favor de los organismos públicos del Ministerio
                  Ministerio de Educación.                    de Salud y los gobiernos regionales con cargo al
                                                              financiamiento previsto en el presupuesto insti­
                  j) La contratación temporal en plaza presupues­  tucional del Ministerio de Salud, con el objeto de
                  tada de auxiliares de educación, en el marco de   atender el gasto en materia de los nombramien­
                  la Ley 30493, Ley que regula la política remu­  tos a que hace referencia el citado literal, previa
                  nerativa del auxiliar de educación en las insti­  aprobación por parte del Ministerio de Salud de
                  tuciones educativas públicas, la cual se efectúa   los lineamientos sobre la composición del 20%
                  en plazas vacantes codificadas en el Sistema de   (veinte por ciento) de los profesionales de la sa­
                  Administración y Control de Plazas Nexus del   lud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de
                  Ministerio de Educación.                    la salud a ser nombrado. Adicionalmente, hasta


                                                                  20  B sesión (matinaL) 28-11-2016 - Diario de los Debates
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