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1870   Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2016 - tOmO iii

                  cía Nacional del Perú; y los pensionistas a cargo   a) La designación en cargos de confianza y de di­
                  del Estado comprendidos en los regímenes de la   rectivos superiores de libre designación y remo­
                  Ley 15117, los Decretos Leyes 19846 y 20530, el   ción, conforme a los documentos de gestión de la
                  Decreto Supremo 051­88­PCM y la Ley 28091,   entidad, a la Ley 28175, Ley Marco del Empleo
                  en el marco del numeral 2 de la Quinta Dispo­  Público, y demás normativa sobre la materia, en
                  sición Transitoria de la Ley 28411, Ley General   tanto se implemente la Ley 30057, Ley del Servi­
                  del Sistema Nacional de Presupuesto, perciben   cio Civil, en las respectivas entidades.
                  en el Año Fiscal 2017 los siguientes conceptos:
                                                              b) El nombramiento en plaza presupuestada
                  a) Los aguinaldos por fiestas patrias y navidad,   cuando se trate de magistrados del Poder Judi­
                  que se incluyen en la planilla de pagos corres­  cial,  fiscales  del  Ministerio  Público,  profesores
                  pondiente  a julio y diciembre, respectivamen­  del Magisterio Nacional, así como del personal
                  te, cuyos montos ascienden, cada uno, hasta la   egresado de las escuelas de las Fuerzas Armadas
                  suma de S/ 300,00  (TRESCIENTOS  Y 00/100   y la Policía Nacional del Perú y de la Academia
                  SOLES).                                     Diplomática y de los médicos cirujanos del Insti­
                                                              tuto de Medicina Legal y Ciencias Forenses del
                  b) La bonificación por escolaridad, que se incluye   Ministerio Público.
                  en la planilla de pagos correspondiente a enero y
                  cuyo monto asciende hasta la suma de S/ 400,00   c) La contratación para el reemplazo por cese,
                  (CUATROCIENTOS Y 00/100 SOLES).             ascenso o promoción del personal, o para la su­
                                                              plencia temporal de los servidores del Sector Pú­
                  7.2. Las entidades públicas que cuenten con per­  blico, en tanto se implemente la Ley 30057, Ley
                  sonal del régimen laboral de la actividad privada   del Servicio Civil, en los casos que corresponda.
                  se sujetan a lo establecido en la Ley 27735, para   En el caso de los reemplazos por cese del perso­
                  abonar las gratificaciones correspondientes por   nal, este comprende al cese que se hubiese pro­
                  fiestas  patrias  y  navidad  en  julio  y  diciembre,   ducido a partir del año 2015, debiéndose tomar
                  respectivamente.  Asimismo,  otorgan  la  bonifi­  en cuenta que el ingreso  a la administración
                  cación por escolaridad hasta por el monto seña­
                  lado en el literal b) del numeral 7.1, salvo que,   pública  se  efectúa  necesariamente  por  concur­
                                                              so público de méritos y sujeto a los documentos
                  por disposición legal,  vengan entregando  un
                  monto distinto al señalado en el citado literal.  de gestión respectivos. En el caso del ascenso o
                                                              promoción del personal las entidades deben te­
                  7.3. Los trabajadores contratados bajo el Ré­  ner en cuenta, previamente a la realización de
                  gimen Laboral Especial del Decreto Legislati­  dicha acción de personal, lo establecido en el li­
                  vo 1057, en el marco de la Ley 29849, perciben   teral b) de la Tercera Disposición Transitoria de
                  por concepto de aguinaldo por fiestas patrias y   la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional
                  navidad, que se incluyen en la planilla de pagos   de Presupuesto. En el caso de suplencia de per­
                  correspondiente a julio y diciembre, respectiva­  sonal, una vez finalizada la labor para la cual fue
                  mente, hasta el monto al que hace referencia el   contratada la persona, los contratos respectivos
                  literal a) del numeral 7.1 del presente artículo.   quedan resueltos automáticamente.
                  Para tal efecto, dichos trabajadores deben estar
                  registrados en el Aplicativo Informático para el    El ascenso o promoción al que se refiere el pre­
                  Registro Centralizado de Planillas y de Datos de   sente  literal,  para el  caso de los docentes uni­
                  los Recursos Humanos del Sector Público a cargo   versitarios, solo es aplicable para aquellas uni­
                  de la Dirección General de Gestión de Recursos   versidades que hayan concluido con el proceso
                  Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas.  de adecuación del  gobierno  de  la  universidad
                                                              pública regulado por la Primera  Disposición
                             SUBCAPÍTULO III                  Complementaria  Transitoria  de la Ley 30220,
                                                              Ley Universitaria.
                   MEDIDAS DE AUSTERIDAD, DISCIPLI­
                  NA Y CALIDAD EN EL GASTO PÚBLICO            d) El  nombramiento  en  plaza  presupuestada
                                                              cuando se trate de docentes universitarios. Lo
                  Artículo 8. Medidas en materia de perso­    establecido en el presente literal sólo es aplica­
                  nal                                         ble para aquellas universidades que se encuen­
                                                              tren en proceso de constitución o hayan conclui­
                  8.1. Prohíbese el ingreso de personal en el Sec­  do con el proceso de adecuación del gobierno de
                  tor Público por servicios personales y el nom­  la universidad pública, conforme a lo dispuesto
                  bramiento, salvo en los supuestos siguientes:  en el artículo 29 y la Primera Disposición Com­


                                     a
                   Diario de los Debates - 20  B sesión (matinaL) 28-11-2016
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