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1870 Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2016 - tOmO iii
cía Nacional del Perú; y los pensionistas a cargo a) La designación en cargos de confianza y de di
del Estado comprendidos en los regímenes de la rectivos superiores de libre designación y remo
Ley 15117, los Decretos Leyes 19846 y 20530, el ción, conforme a los documentos de gestión de la
Decreto Supremo 05188PCM y la Ley 28091, entidad, a la Ley 28175, Ley Marco del Empleo
en el marco del numeral 2 de la Quinta Dispo Público, y demás normativa sobre la materia, en
sición Transitoria de la Ley 28411, Ley General tanto se implemente la Ley 30057, Ley del Servi
del Sistema Nacional de Presupuesto, perciben cio Civil, en las respectivas entidades.
en el Año Fiscal 2017 los siguientes conceptos:
b) El nombramiento en plaza presupuestada
a) Los aguinaldos por fiestas patrias y navidad, cuando se trate de magistrados del Poder Judi
que se incluyen en la planilla de pagos corres cial, fiscales del Ministerio Público, profesores
pondiente a julio y diciembre, respectivamen del Magisterio Nacional, así como del personal
te, cuyos montos ascienden, cada uno, hasta la egresado de las escuelas de las Fuerzas Armadas
suma de S/ 300,00 (TRESCIENTOS Y 00/100 y la Policía Nacional del Perú y de la Academia
SOLES). Diplomática y de los médicos cirujanos del Insti
tuto de Medicina Legal y Ciencias Forenses del
b) La bonificación por escolaridad, que se incluye Ministerio Público.
en la planilla de pagos correspondiente a enero y
cuyo monto asciende hasta la suma de S/ 400,00 c) La contratación para el reemplazo por cese,
(CUATROCIENTOS Y 00/100 SOLES). ascenso o promoción del personal, o para la su
plencia temporal de los servidores del Sector Pú
7.2. Las entidades públicas que cuenten con per blico, en tanto se implemente la Ley 30057, Ley
sonal del régimen laboral de la actividad privada del Servicio Civil, en los casos que corresponda.
se sujetan a lo establecido en la Ley 27735, para En el caso de los reemplazos por cese del perso
abonar las gratificaciones correspondientes por nal, este comprende al cese que se hubiese pro
fiestas patrias y navidad en julio y diciembre, ducido a partir del año 2015, debiéndose tomar
respectivamente. Asimismo, otorgan la bonifi en cuenta que el ingreso a la administración
cación por escolaridad hasta por el monto seña
lado en el literal b) del numeral 7.1, salvo que, pública se efectúa necesariamente por concur
so público de méritos y sujeto a los documentos
por disposición legal, vengan entregando un
monto distinto al señalado en el citado literal. de gestión respectivos. En el caso del ascenso o
promoción del personal las entidades deben te
7.3. Los trabajadores contratados bajo el Ré ner en cuenta, previamente a la realización de
gimen Laboral Especial del Decreto Legislati dicha acción de personal, lo establecido en el li
vo 1057, en el marco de la Ley 29849, perciben teral b) de la Tercera Disposición Transitoria de
por concepto de aguinaldo por fiestas patrias y la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional
navidad, que se incluyen en la planilla de pagos de Presupuesto. En el caso de suplencia de per
correspondiente a julio y diciembre, respectiva sonal, una vez finalizada la labor para la cual fue
mente, hasta el monto al que hace referencia el contratada la persona, los contratos respectivos
literal a) del numeral 7.1 del presente artículo. quedan resueltos automáticamente.
Para tal efecto, dichos trabajadores deben estar
registrados en el Aplicativo Informático para el El ascenso o promoción al que se refiere el pre
Registro Centralizado de Planillas y de Datos de sente literal, para el caso de los docentes uni
los Recursos Humanos del Sector Público a cargo versitarios, solo es aplicable para aquellas uni
de la Dirección General de Gestión de Recursos versidades que hayan concluido con el proceso
Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas. de adecuación del gobierno de la universidad
pública regulado por la Primera Disposición
SUBCAPÍTULO III Complementaria Transitoria de la Ley 30220,
Ley Universitaria.
MEDIDAS DE AUSTERIDAD, DISCIPLI
NA Y CALIDAD EN EL GASTO PÚBLICO d) El nombramiento en plaza presupuestada
cuando se trate de docentes universitarios. Lo
Artículo 8. Medidas en materia de perso establecido en el presente literal sólo es aplica
nal ble para aquellas universidades que se encuen
tren en proceso de constitución o hayan conclui
8.1. Prohíbese el ingreso de personal en el Sec do con el proceso de adecuación del gobierno de
tor Público por servicios personales y el nom la universidad pública, conforme a lo dispuesto
bramiento, salvo en los supuestos siguientes: en el artículo 29 y la Primera Disposición Com
a
Diario de los Debates - 20 B sesión (matinaL) 28-11-2016