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Primera LegisLatura Ordinaria de 2013 - tOmO iii - Diario de los Debates 2225
de la ejecución de las acciones con cargo a los a) A favor del Servicio Nacional de Meteorología
recursos transferidos. e Hidrología del Perú (SENAMHI), como aporte
institucional para la implementación de estaciones
Para los fines establecidos en la presente dis- hidrométricas a fin de promover la inversión en
posición, quedan suspendidas las disposiciones centrales hidroeléctricas, hasta por el monto de
legales que se opongan o limiten su aplicación, S/. 500 000,00 (QUINIENTOS MIL Y 00/100
incluido el artículo 73 de la Ley 28411, Ley Gene- NUEVOS SOLES).
ral del Sistema Nacional de Presupuesto.
b) A favor de los gobiernos regionales, para ser
VIGÉSIMA SÉTIMA. Autorízase a la Comisión destinados al fortalecimiento de la capacidad de
Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas gestión regional en el ejercicio de las funciones en
(DEVIDA), durante el Año Fiscal 2014, a otorgar materia minero energética, en el marco del proceso
recursos hasta por el monto de S/. 60 000 000,00 de descentralización, especialmente para impulsar
(SESENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS acciones de interdicción minera en la lucha contra
SOLES), con cargo a su presupuesto institucional, la minería ilegal, hasta por el monto de S/. 2 400
como apoyo a las actividades conjuntas a que se 000,00 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS
refiere el literal c) del numeral VII del Acuerdo MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES).
Operativo entre el Gobierno de la República del
Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de Las referidas transferencias financieras se autori-
América para el proyecto de control de drogas, zan mediante resolución del titular del pliego, que
ratificado por Decreto Supremo 031-96-RE, y en se publica en el diario oficial El Peruano, previa
el marco del citado acuerdo. La aprobación del suscripción de convenios, celebrados entre el
otorgamiento de dichos recursos se efectúa me- Ministerio de Energía y Minas y las entidades
diante resolución del titular de DEVIDA. involucradas, quedando prohibido, bajo respon-
sabilidad, destinar los recursos autorizados por
Previa a la ejecución de las metas programadas la presente disposición a fines distintos para los
de erradicación, DEVIDA debe suscribir los cuales son transferidos. Dichas transferencias
convenios de cooperación interinstitucional que financieras se financian con cargo a los recursos
consideren necesarios. del presupuesto institucional del pliego Energía
y Minas por la fuente de financiamiento Recursos
VIGÉSIMA OCTAVA. Créase, durante el Año Directamente Recaudados.
Fiscal 2014, la Unidad Ejecutora ‘Comisión Na-
cional de Bienes Incautados-CONABI’ en el pliego Las entidades que reciben las transferencias
Presidencia del Consejo de Ministros, con cargo financieras en el marco de lo establecido en la
al presupuesto institucional de dicha entidad, sin presente disposición, informan al Ministerio de
demandar recursos adicionales al Tesoro Público, Energía y Minas los avances físicos y financieros
quedando exceptuado, para tal efecto, del monto de la ejecución de dichos recursos, con relación a
establecido en el artículo 58 de la Ley 28411, Ley su cronograma de ejecución y a las disposiciones
General del Sistema Nacional de Presupuesto. contenidas en los convenios y/o adendas corre-
spondientes.
Asimismo, dispónese, a partir de la vigencia de
la presente Ley, que los recursos provenientes TRIGÉSIMA. Facúltase al Poder Ejecutivo a fin
de la enajenación de activos y otros por pérdida de que, mediante decreto supremo refrendado por
de dominio en el marco del Decreto Legislativo el ministro de Economía y Finanzas, publique el
1104, constituyen Recursos Determinados del nuevo Texto Único Ordenado de la Ley 28411, Ley
pliego Presidencia del Consejo de Ministros y se General del Sistema Nacional de Presupuesto, y
incorporan en el presupuesto institucional de el Texto Único Ordenado del Decreto Ley 19990,
dicho pliego en la Unidad Ejecutora ‘Comisión que crea el Sistema Nacional de Pensiones de la
Nacional de Bienes Incautados-CONABI’, con- Seguridad Social, para lo cual se tienen en cuenta
forme a lo establecido en el artículo 42 de la Ley todas las modificaciones efectuadas a dichas
28411, Ley General del Sistema Nacional de Leyes, incluyendo las contenidas en la presente
Presupuesto. Ley según corresponda.
VIGÉSIMA NOVENA. Autorízase, durante el TRIGÉSIMA PRIMERA. Autorízase, a partir
Año Fiscal 2014, al Ministerio de Energía y Minas de la vigencia de la presente Ley, al Ministerio de
a efectuar transferencias financieras las mismas Relaciones Exteriores, con cargo a su presupuesto
que son destinados exclusivamente a las entidades institucional y sin demandar recursos adiciona-
y para los fines siguientes: les al Tesoro Público, a otorgar subvenciones
18. B sesión (matinaL) 28-11-2013 - Diario de los Debates
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