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Primera LegisLatura Ordinaria de 2013 - tOmO iii - Diario de los Debates     2223
                  el régimen de la Ley del Servicio Civil regulado   tolo’ (con código SNIP 255985) y ‘Mejoramiento
                  por la Ley 30057 en el Ministerio de Defensa y   de la capacidad resolutiva del Hospital PNP Luis
                  en el Ministerio del Interior según corresponda,   N. Sáenz’, y de la preparación, organización y
                  la vigencia del Decreto de Urgencia 040-2011,   realización de la ‘Vigésima Conferencia de las
                  e inclúyase dentro de los alcances de la citada   Partes de la Convención Marco de las Naciones
                  norma al personal civil de carreras especiales en   Unidas sobre el Cambio Climático - COP20’ y
                  actividad que presta servicios en el Ministerio de   la ‘Décima Reunión de las Partes del Protocolo
                  Defensa y en el Ministerio del Interior, con excep-  de Kyoto – CMP10’ así como de sus actividades
                  ción de las personas contratadas bajo el Régimen   y eventos conexos que tienen lugar en la ciudad
                  Laboral Especial del Decreto Legislativo 1057. El   de Lima.
                  concepto al que se refiere el Decreto de Urgencia
                  040-2011 y cuyo alcance se amplía mediante la   Las entidades comprendidas en los alcances de
                  presente disposición, se abona mensualmente y   la presente disposición, bajo responsabilidad de
                  no tiene carácter ni naturaleza remunerativa ni   su titular, debe proveer información de forma
                  pensionable y no se encuentra afecta a cargas   periódica a la Contraloría General de la República
                  sociales. Asimismo, no constituye base de cálculo   y al Organismo Supervisor de las Contrataciones
                  para el reajuste de la Compensación por Tiempo   del Estado (OSCE), respecto a las contrataciones
                  de Servicios o cualquier otro tipo de bonifica-  realizadas, sin perjuicio de aquella que sea solici-
                  ciones, asignaciones o entregas; cualquier acto   tada por estas entidades o por el Ministerio de
                  administrativo que disponga lo contrario es nulo   Economía y Finanzas. La presente disposición
                  de pleno derecho.                           rige hasta el 31 de diciembre de 2014.

                  Lo  establecido  en  la  presente  disposición  se   DÉCIMA OCTAVA. Autorízase a las entidades
                  financia con cargo al presupuesto institucional   del Gobierno Nacional, para que en el marco de
                  del Ministerio de Defensa y del Ministerio del   sus competencias compartidas con los gobiernos
                  Interior, según corresponda, para lo cual dichos   regionales y gobiernos locales, puedan pagar los
                  pliegos pueden realizar las modificaciones presu-  viáticos de los funcionarios y servidores contrata-
                  puestarias que resulten necesarias para la apli-  dos bajo el régimen del Decreto Legislativo 276 y
                  cación de lo dispuesto en la presente disposición,   Decreto Legislativo 728, el personal contratado
                  con excepción de lo dispuesto en el literal c) del   bajo  el  régimen  laboral  especial  del  Decreto
                  numeral 41.1 del artículo 41 de la Ley 28411, Ley   Legislativo 1057, así como al personal que se
                  General del Sistema Nacional de Presupuesto, y   encuentre bajo el régimen de la Ley del Servicio
                  de los recursos asignados a los programas pre-  Civil regulado por la Ley 30057, de los gobiernos
                  supuestales.                                regionales y/o de los gobiernos locales, con el fin
                                                              de brindar apoyo técnico en la implementación de
                  DÉCIMA SÉTIMA. Autorízase, por excepción, a   las políticas nacionales y sectoriales y evaluar el
                  celebrar convenios de administración de recursos   cumplimiento de las funciones descentralizadas.
                  y/o adendas con organismos internacionales, a   Los viáticos que se otorguen en el marco de lo
                  las entidades a cargo del Programa de ‘Fortaleci-  establecido en la presente disposición se sujetan a
                  miento del Proceso de Descentralización y Moder-  los montos aprobados para los viáticos por viajes a
                  nización del Estado’, del Proyecto ‘Desarrollo   nivel nacional en comisiones de servicios mediante
                  Sostenible del Bajo Urubamba’, de la construcción   Decreto Supremo 007-2013-EF.
                  e implementación del ‘Gran Centro de Conven-
                  ciones de Lima’, de la preparación, organización   DÉCIMA  NOVENA.  Suspéndese durante  el
                  y realización de las Juntas de Gobernadores del   Año Fiscal 2014, la transferencia de recursos a
                  Grupo Banco Mundial y del Fondo Monetario   los gobiernos locales provinciales, prevista en el
                  Internacional correspondientes al año 2015, de   Decreto Supremo 010-2011-MIMDES respecto del
                  la ejecución de los proyectos de inversión ‘Me-  servicio Wawa Wasi, encargándose al Programa
                  joramiento de servicios brindado por la Escuela   Nacional Cuna Más, en el marco de lo estipulado
                  Técnica Superior de Sub Oficiales de la PNP en   en el Decreto Supremo 003-2012-MIDIS, la eje-
                  el distrito Puente Piedra, provincia de Lima y   cución de tales servicios a nivel nacional durante
                  departamento de Lima’ (con código SNIP 256241),   el Año Fiscal 2014.
                  ‘Ampliación y mejoramiento del servicio de for-
                  mación policial de la Escuela de Oficiales de la   VIGÉSIMA. Autorízase, a partir de la vigencia
                  Policía Nacional del Perú (EO PNP) del distrito de   de la presente Ley, al Fondo Nacional de Desa-
                  Chorrillos, provincia de Lima, Lima’ (con código   rrollo Científico, Tecnológico y de Innovación
                  SNIP 256073), ‘Ampliación y mejoramiento de la   Tecnológica (FONDECYT) del Consejo Nacional
                  Escuela Técnico Superior Mujeres PNP - San Bar-  de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica


                                                                  18.   B sesión (matinaL) 28-11-2013 - Diario de los Debates
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