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Primera LegisLatura Ordinaria de 2013 - tOmO iii - Diario de los Debates 2227
pobre asentada en la zona rural y rural dispersa, eligieron como administradora a la ONP en el
mediante la cual se efectuará la atención y la SPS, son realizadas por la Superintendencia
distribución de los bienes y servicios, por las Nacional de Aduanas y de Administración Tribu-
entidades que no cuenten con alguna plataforma taria (SUNAT), siendo de aplicación para ello,
de intervención o de servicios. las funciones contenidas en el artículo 14-B y las
disposiciones señaladas en el artículo 14-C del
j) Para que conjuntamente con el Ministerio de Decreto Supremo 054-97-EF. Para dicho efecto,
Cultura, en el marco del Programa Mejoramiento las referencias a los artículos 30 y 33, así como
Integral de Barrios, pueda realizar intervenciones a las AFP que se realizan en el artículo 14-C de
de mejora en Zonas Arqueológicas, a fin de sal- dicho decreto supremo, se entienden efectuadas
vaguardarlas y mejorar su condición. Dichas al aporte mensual al SPS del Texto Único Or-
intervenciones se realizarán dentro de acciones denado de la Ley de Impulso al Desarrollo Pro-
de mejoramiento urbano local. La aplicación de ductivo y al Crecimiento Empresarial, aprobado
lo establecido en el presente artículo se sujeta por el Decreto Supremo 007-2008-TR, y normas
al presupuesto institucional del Ministerio de modificatorias o sustitutorias, al Texto Único
Vivienda, Construcción y Saneamiento. Ordenado del Código Tributario, aprobado por el
Decreto Supremo 133-2013-EF, y a la ONP. Las
Lo dispuesto en la presente disposición se finan- comisiones por la recaudación y cobranza de los
cia con cargo al presupuesto institucional del aportes por la SUNAT son definidos por decreto
pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y supremo refrendado por el ministro de Economía
Saneamiento, sin demandar recursos adicionales y Finanzas. La SUNAT remite información del
al Tesoro Público. Registro Nacional de Micro y Pequeña Empresa
(REMYPE) a la ONP, a las AFP y al Ministerio de
La presente disposición entra en vigencia al día Trabajo y Promoción del Empleo, para las labores
siguiente de la publicación de la presente Ley. de control de la afiliación al SPS, conforme a los
términos que se establezcan mediante decreto
TRIGÉSIMA CUARTA. Precísase que en lo supremo refrendado por el ministro de Economía
señalado respecto al otorgamiento del Premio y Finanzas, a propuesta de la Dirección General
Nacional de la Juventud ‘Yenuri Chiguala Cruz’, de Mercados Financieros, Laboral y Previsional
establecido en la Ley 27725, modificada por Ley Privados.
28829, se refiere al otorgamiento de subvenciones
a favor de personas naturales. Dichas subven- De igual forma, facúltase a la ONP, a partir de la
ciones son financiadas con cargo al presupuesto vigencia de la presente Ley, a contratar los seguros
institucional del Ministerio de Educación, sin que sean necesarios para la implementación y
demandar recursos adicionales del Tesoro Público, ejecución del Sistema de Pensiones Sociales.
y cuyo monto es aprobado por el Ministerio de
Educación mediante resolución ministerial, la TRIGÉSIMA SEXTA. Autorízase, durante el
misma que es publicada en el portal electrónico Año Fiscal 2014, la asimilación a la Policía Na-
del referido ministerio. cional del Perú de personal profesional y técnico
en servicios, en materia de salud, investigación,
TRIGÉSIMA QUINTA. Establécese, a partir de gestión administrativa, defensa legal, criminalís-
la vigencia de la presente Ley, que en el Sistema tica y modernización tecnológica, como oficiales
de Pensiones Sociales (SPS), en ningún caso, el y suboficiales de servicios, según corresponda, a
aporte del Estado es mayor a la suma equiva- efectos de fortalecer la institución. La presente
lente de los aportes del afiliado, al momento de disposición se financia con cargo al presupuesto
su jubilación. La implementación de la cuenta institucional del Ministerio del Interior y en el
individual del afiliado en el SPS está a cargo de marco de la normatividad vigente.
la administradora de fondos de pensiones (AFP)
y la Oficina de Normalización Previsional (ONP). TRIGÉSIMA SÉTIMA. Dispónese, a partir
El conductor de la microempresa debe retener y de la vigencia de la presente Ley, que cualquier
pagar a la entidad recaudadora correspondiente, autorización, licencia y permiso que se requiera
el aporte mensual del trabajador al SPS, asimismo presentar ante las Municipalidades, para la eje-
el conductor debe pagar su aporte mensual di- cución de obras asociadas a proyectos de infraes-
rectamente a la referida entidad. tructura que formen parte del sistema eléctrico de
transporte de pasajeros en vías férreas del sistema
Adicionalmente, dispónese que, a partir de la ferroviario nacional, de transporte de uso público
vigencia de la presente Ley, la recaudación y de alcance nacional y de servicios de masificación
cobranza de los aportes de los afiliados que de gas natural, ejecutados por el Estado o bajo
18. B sesión (matinaL) 28-11-2013 - Diario de los Debates
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