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Primera LegisLatura Ordinaria de 2013 - tOmO iii - Diario de los Debates     2213
                  i.  al Seguro Integral de Salud (SIS);      no reembolsables, y las operaciones oficiales de
                                                              crédito, celebrados en el marco de la normativi-
                  ii.  al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI)   dad vigente.
                  para la atención de desastres;
                                                              e)   Las que se realicen para el financiamiento y
                  iii.  a la Presidencia del Consejo de Ministros con   cofinanciamiento de los proyectos de inversión
                  cargo a los recursos que custodia y administra   pública y el mantenimiento de carreteras y de
                  la  Comisión  Nacional  de  Bienes  Incautados   infraestructura de saneamiento, entre los niveles
                  (CONABI);                                   de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Na-
                                                              cional, previa suscripción del convenio respectivo.
                  iv.  al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos   Las transferencias de recursos que se efectúen
                  para la operatividad del Plan Integral de Repara-  en el marco del presente literal solo se autorizan
                  ciones (PIR);                               hasta el segundo trimestre del año 2014.
                  v.  al  Ministerio  de  Trabajo  y  Promoción  del   f)   Las que efectúen los gobiernos locales para las
                  Empleo para el Programa para la Generación   acciones siguientes:
                  de Empleo Social Inclusivo ‘Trabaja Perú’ y el
                  Programa Nacional de Empleo Juvenil ‘Jóvenes   f.1 Las acciones que se realicen en el marco de
                  a la Obra’;                                 programas sociales, conforme a las disposiciones
                                                              legales vigentes para dichos programas.
                  vi.  al Ministerio de Vivienda, Construcción y
                  Saneamiento para el Fondo MIVIVIENDA, y     f.2 Las acciones que se realicen en aplicación de la
                  para las Empresas Prestadoras de Servicios de   Ley 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal,
                  Saneamiento;                                y modificatorias.

                  vii.  a la Comisión Nacional para el Desarrollo y   f.3 La prestación de los servicios públicos dele-
                  Vida sin Drogas (DEVIDA) en el marco de los Pro-  gados a las municipalidades de centros pobla-
                  gramas Presupuestales: ‘Programa de Desa rrollo   dos, según el artículo 133 de la Ley 27972, Ley
                  Alternativo Integral y Sostenible-PIRDAIS’, ‘Pre-  Orgánica de Municipalidades.
                  vención y Tratamiento del Consumo de Drogas’
                  y ‘Gestión Integrada y Efectiva del Control de   f.4 La prestación de servicios y el mantenimiento
                  Oferta de Drogas en el Perú’;               de la infraestructura vial de su competencia, a
                                                              cargo de sus organismos públicos.
                  viii.  al Ministerio de Salud para proteger, re-
                  cuperar y mantener la salud de las personas y   f.5 Las que se realicen por la imposición de pa-
                  poblaciones afectadas por situaciones de epi-  peletas por infracciones al Reglamento Nacional
                  demias; y                                   de Tránsito, a favor del Ministerio del Interior,
                                                              conforme al artículo 13 de la Ley 28750.
                  ix.  al Ministerio del Ambiente para el financia-
                  miento de las acciones para el Fortalecimiento   g)   Las que realicen los gobiernos regionales y
                  del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, en   locales a favor de las entidades prestadoras de
                  el marco de lo dispuesto en la segunda disposición   servicios de saneamiento de sus respectivos ám-
                  complementaria final de la Ley 29325, Ley del   bitos, para el financiamiento o cofinanciamiento
                  Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización   de proyectos de inversión de saneamiento.
                  Ambiental.
                                                              h)   Las que realice la Autoridad Portuaria Na-
                  b)   Las que se efectúen en aplicación de la Ley   cional a los gobiernos regionales a favor de las
                  29768, Ley de Mancomunidad Regional.        autoridades portuarias regionales, en el marco de
                                                              lo dispuesto por el literal a) del artículo 30 de la
                  c)   Las que realice el Ministerio de la Mujer y   Ley 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional.
                  Poblaciones Vulnerables a favor de las Sociedades
                  de Beneficencia Pública que se encuentran bajo   i)   Las que realice el Ministerio de la Mujer y Po-
                  su ámbito, como apoyo para el pago de remunera-  blaciones Vulnerables a favor del Consejo Nacional
                  ciones y pensiones.                         para la Integración de la Persona con Discapaci-
                                                              dad - CONADIS, en el marco de lo dispuesto por
                  d)   Las  que  se  realicen  para  el  cumplimiento   el literal b) del artículo 68 de la Ley 29973, Ley
                  de los compromisos pactados en los convenios   General de la Persona con Discapacidad; así como
                  de cooperación internacional reembolsables y   las que efectúe en cumplimiento de lo dispuesto


                                                                  18.   B sesión (matinaL) 28-11-2013 - Diario de los Debates
                                                                    a
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