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2208   Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2013 - tOmO iii

                                CAPÍTULO II                   debida aplicación de lo dispuesto en la presente Ley,
                                                              en el marco del principio de legalidad, recogido en
                    NORMAS PARA LA GESTIÓN PRESU-             el artículo IV del Título Preliminar de la Ley 27444,
                                PUESTARIA                     Ley del Procedimiento Administrativo General.
                              SUBCAPÍTULO I                   1.2   La Contraloría General de la República veri-
                                                              fica el cumplimiento de lo dispuesto en la presente
                       DISPOSICIONES GENERALES                Ley y las demás disposiciones vinculadas al gasto
                                                              público en concordancia con el artículo 82 de la
                  Artículo 3. Del alcance                     Constitución Política del Perú. Asimismo y bajo
                                                              responsabilidad, para el gasto ejecutado mediante
                  Las  disposiciones  contenidas  en  el  presente   el presupuesto por resultados, debe verificar su
                  capítulo son de obligatorio cumplimiento por   cumplimiento bajo esta estrategia.
                  las entidades integrantes de los Poderes Legis-
                  lativo, Ejecutivo y Judicial; Ministerio Público;       SUBCAPÍTULO II
                  Jurado Nacional de Elecciones; Oficina Nacio-
                  nal de Procesos Electorales; Registro Nacional   GASTO EN INGRESOS DEL PERSONAL
                  de Identificación  y Estado  Civil;  Contraloría
                  General de la República; Consejo Nacional de la   Artículo 6. Ingresos del personal
                  Magistratura; Defensoría del Pueblo; Tribunal
                  Constitucional; universidades públicas; y demás   Prohíbese en las entidades del Gobierno Nacio-
                  entidades  y  organismos  que  cuenten  con  un   nal, gobiernos regionales y gobiernos locales, el
                  crédito presupuestario aprobado en la presente   reajuste o incremento de remuneraciones, bo-
                  Ley. Asimismo, son de obligatorio cumplimiento   nificaciones, dietas, asignaciones, retribuciones,
                  por los gobiernos regionales y los gobiernos locales   estímulos, incentivos y beneficios de toda índole,
                  y sus respectivos organismos públicos.      cualquiera sea su forma, modalidad, periodicidad,
                                                              mecanismo y fuente de financiamiento. Asimismo,
                  Artículo 4. Acciones administrativas en la   queda prohibida la aprobación de nuevas bo-
                  ejecución del gasto público                 nificaciones, asignaciones, incentivos, estímulos,
                                                              retribuciones, dietas y beneficios de toda índole
                  4.1  Las entidades públicas sujetan la ejecución   con las mismas características señaladas ante-
                  de  sus  gastos  a  los  créditos  presupuestarios   riormente. Los arbitrajes en materia laboral se
                  autorizados en la Ley de Presupuesto del Sector   sujetan a las limitaciones legales establecidas
                  Público, aprobada por el Congreso de la República,   por la presente norma y disposiciones legales
                  y modificatorias en el marco del artículo 78 de la   vigentes. La prohibición incluye el incremento de
                  Constitución Política del Perú y el artículo I del   remuneraciones que pudiera efectuarse dentro del
                  Título Preliminar de la Ley 28411, Ley General   rango o tope fijado para cada cargo en las escalas
                  del Sistema Nacional de Presupuesto.        remunerativas respectivas.

                  4.2  Todo acto administrativo, acto de adminis-  Artículo  7.  Aguinaldos,  gratificaciones  y
                  tración o las resoluciones administrativas que   escolaridad
                  autoricen gastos no son eficaces si no cuentan
                  con el crédito presupuestario correspondiente   1.1  Los funcionarios y servidores nombrados y
                  en el presupuesto institucional o condicionan   contratados bajo el régimen del Decreto Legisla-
                  la misma a la asignación de mayores créditos   tivo 276 y la Ley 29944; los obreros permanentes
                  presupuestarios, bajo exclusiva responsabilidad   y eventuales del sector público; el personal de
                  del titular de la entidad, así como del jefe de la   las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional
                  Oficina de Presupuesto y del jefe de la Oficina   del Perú; y los pensionistas a cargo del Estado
                  de Administración, o los que hagan sus veces, en   comprendidos en los regímenes de la Ley 15117,
                  el marco de lo establecido en la Ley 28411, Ley   los Decretos Leyes 19846 y 20530, el Decreto Su-
                  General del Sistema Nacional de Presupuesto.  premo 051-88-PCM y la Ley 28091, en el marco del
                                                              numeral 2 de la quinta disposición transitoria de
                  Artículo 5. Control del gasto público       la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional
                                                              de Presupuesto, perciben en el Año Fiscal 2014
                  1.1   Los titulares de las entidades públicas, el jefe   los siguientes conceptos:
                  de la Oficina de Presupuesto y el jefe de la Oficina
                  de Administración, o los que hagan sus veces en   a)  Los aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad,
                  el pliego presupuestario, son responsables de la   que se incluyen en la planilla de pagos correspon-


                                      a
                   Diario de los Debates - 18.   B sesión (matinaL) 28-11-2013
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