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Diario de los Debates - PRIMERA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2003 - TOMO III
24.2 Los recursos públicos transferidos deben ser puesto Público, dentro de los cinco (5) días ca-
destinados, única y exclusivamente, para la apli- lendario siguientes a la entrada en vigencia de la
cación de los incentivos laborales del personal ad- presente Ley.
ministrativo con vínculo laboral vigente, compren-
didos en el Decreto Legislativo N.° 276, que ha Artículo 25.°.— Percepción de Ingresos
venido percibiendo dicho beneficio en aplicación
de los Decretos Supremos Núms. 067-92-EF y Ningún servidor o funcionario público, trabaja-
025-93-PCM, quedando prohibida cualquier pres- dor o persona que presta servicios al Estado, po-
tación adicional. drá percibir en dinero o en especie, independien-
temente de la modalidad de pago o Fuente de
Los incentivos laborales comprenden los concep- Financiamiento, ingresos anuales mensualizados
tos de racionamiento y/o movilidad o de similar iguales o mayores a los percibidos por concepto
denominación que se entregan al personal en efec- de Asignación Mensual Máxima correspondien-
tivo y que en su oportunidad fueran regulariza- te al cargo de Ministro de Estado, conforme a lo
dos de acuerdo a lo dispuesto en la Primera Dis- regulado en el Decreto de Urgencia N.° 126-2001
posición Transitoria del Decreto de Urgencia N.° y el Decreto Supremo N.° 073-2002-PCM, de fe-
088-2001 al 31 de diciembre de 2001 y/o en el cha 28 de julio de 2002. Se considera el monto
artículo 2.° literal b) de la Ley N.° 27968 al 21 de respectivo resultante de la aplicación del Decre-
julio de 2003. Los incentivos laborales son las to de Urgencia N.° 016-2003.
únicas prestaciones económicas que se otorgan a
través del CAFAE con cargo a transferencias de No se encuentran dentro de los alcances del pre-
recursos públicos y no tienen carácter remune- sente artículo el Presidente de la República y el
rativo, pensionable, ni compensatorio. Presidente del Consejo de Ministros.
No procede el pago por concepto de movilidad Las personas al servicio del Estado y que en re-
que se otorga a través de CAFAE, al personal que presentación del mismo formen parte de Direc-
se traslada mediante vehículos de la entidad o torios, no podrán percibir dietas en más de dos
que cuenta con el servicio de transporte de per- (2) entidades.
sonal.
Artículo 26.°.— Aguinaldos y Escolaridad
24.3 Las prestaciones económicas reembolsables,
programas de vacaciones útiles y los gastos pro- Los funcionarios y servidores nombrados y con-
pios de administración del CAFAE, se financia- tratados, obreros permanentes y eventuales del
rán, íntegramente, con cargo a los recursos pro- Sector Público y el personal de las Fuerzas Ar-
pios del CAFAE provenientes de los descuentos madas y Policía Nacional, así como los pensionis-
por tardanza o inasistencia al centro de labores, tas a cargo del Estado comprendidos en los regí-
donaciones y legados, rentas generadas por los menes de la Ley N.° 15117, Decretos Leyes Núms.
activos propios y/o bajo su administración, e in- 19846 y 20530, Decreto Supremo N.° 051-88-PCM
gresos que obtengan por actividades y/o servicios. y Decreto Legislativo N.° 894, percibirán los si-
guientes conceptos en el Año Fiscal 2004:
24.4 Los Pliegos Presupuestarios antes del inicio
del Año Fiscal 2004 y, bajo responsabilidad, infor- a) Bonificación por Escolaridad, la cual se otorga
marán a la Contraloría General de la República y conjuntamente con la planilla de pago correspon-
a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General diente al mes de abril y asciende hasta la suma
de la República del Congreso de la República el de S/ 300,00 (TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS
programa de beneficios aprobados por el CAFAE SOLES).
a favor de sus funcionarios y servidores.
b) Aguinaldo por Fiestas Patrias, el cual se otor-
La remisión de dicha información que incluirá el ga conjuntamente con la planilla de pago corres-
detalle nominativo (nombre, cargo y DNI) de los pondiente al mes de julio y asciende hasta la suma
funcionarios y servidores beneficiarios, así como de S/ 200,00 (DOSCIENTOS Y 00/100 NUEVOS
los montos que cada uno percibirá del CAFAE SOLES).
con cargo a la transferencia de recursos públicos
por parte de la entidad, es requisito indispensa- c) Aguinaldo por Navidad, el cual se otorga con-
ble para poder efectuar las transferencias al juntamente con la planilla de pago correspondien-
CAFAE durante el Año Fiscal 2004. Copia del te al mes de diciembre y asciende hasta la suma
citado informe (impreso y en medio magnético) de S/ 200,00 (DOSCIENTOS Y 00/100 NUEVOS
se presentará a la Dirección Nacional del Presu- SOLES).
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Diario de los Debates - 33. S SESIÓNESIÓN ( (VESPERVESPERTINATINA)) 30-11-2003 30-11-2003
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