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Diario de los Debates
PRIMERA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2003 - TOMO III - Diario de los DebatesDiario de los Debates 2599
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los Calendarios de Compromisos, bajo responsa- g) Los compromisos no devengados dentro de los
bilidad del Titular del Pliego y del funcionario noventa (90) días calendario siguientes a la fe-
del Pliego que aprobó tal acción. cha de su registro en el SIAF-SP, deberán ser
anulados por la respectiva unidad ejecutora.
b) Sólo se podrán comprometer los recursos pú-
blicos a través del Sistema Integrado de Admi- No están comprendidas en los alcances de lo dis-
nistración Financiera del Sector Público, SIAF- puesto en el párrafo precedente las adquisicio-
SP mediante los documentos: Orden de Compra, nes o contrataciones que se deriven de procesos
Orden de Servicio, Planillas y Nota de Compro- de Licitación Pública, Concurso Público, que se
miso, los mismos que deberán contener, entre efectúen a través de la Bolsa de Productos o aque-
otros, el número de registro correspondiente efec- llos vinculados a la emisión de cartas fianza y
tuado a través del SIAF-SP. demás facilidades financieras por parte del Ban-
co de la Nación. Asimismo las operaciones finan-
c) Sólo puede comprometerse los recursos auto- cieras que se deriven del proceso de otorgamien-
rizados mediante Calendario de Compromisos en to de los Bonos relacionados con el Programa de
el periodo correspondiente en los Pliegos del Apoyo al Sector Habitacional.
Gobierno Nacional y Gobierno Regional. Los sal-
dos no comprometidos podrán ser atendidos en Es responsabilidad del Jefe de la Oficina de Ad-
los Calendarios de Compromisos de los periodos ministración o quien haga sus veces en la unidad
posteriores, previa justificación ante la Dirección ejecutora el estricto cumplimiento de lo dispues-
Nacional del Presupuesto Público, en el caso del to en el presente numeral.
Gobierno Nacional o ante la Oficina de Presu-
puesto y Planificación o la que haga sus veces en 5. En cuanto a otros aspectos del gasto
el caso de los Gobiernos Regionales, bajo respon-
sabilidad. a) Los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Na-
cional, que deban abonar sumas de dinero por
efecto de sentencias judiciales en calidad de Cosa
d) Los actos administrativos o de administración
que generen gastos deben contar necesariamen- Juzgada, atenderán dichos requerimientos úni-
ca y exclusivamente con los recursos que para
te, con el financiamiento aprobado en el Presu- tal efecto ha previsto la Ley N.° 27684 y sus nor-
puesto Institucional del Pliego. Asimismo, que- mas modificatorias, los cuales se asignarán a la
da prohibido que dichos actos condicionen su apli- cuenta habilitada para la atención de la partida
cación a la asignación de mayores recursos a los presupuestaria prevista para las contingencias
considerados en la presente Ley, bajo sanción de judiciales en cada entidad.
nulidad de los actos que los formalicen, bajo res-
ponsabilidad. En el caso de los Gobiernos Regionales, Gobiernos
Locales y las Entidades de Tratamiento Empresa-
e) Cualquier saldo de Calendario de Compromi- rial, atenderán los pagos de sumas de dinero por
sos que se produzca con motivo de la elaboración efecto de sentencias judiciales en calidad de Cosa
de planillas y el pago de remuneraciones del per- Juzgada, con cargo a sus recursos propios, aplican-
sonal activo y cesante, no debe ser utilizado en do en lo que corresponda el procedimiento estable-
otros compromisos de la entidad, así como en con- cido en la Ley N.° 27684 y sus normas modificatorias,
ceptos que no estén legalmente establecidos, bajo con sujeción a la legislación vigente.
responsabilidad del Titular del Pliego, el Jefe de
la Unidad Ejecutora, el Jefe de la Oficina de Ad- Los requerimientos judiciales de pago que supe-
ministración de esta última y el funcionario del ren los recursos señalados en los párrafos prece-
Pliego que autorice tal acto. dentes, se atenderán con cargo a los presupues-
tos aprobados dentro de los cinco (5) años fisca-
f) Los nuevos contratos de obra a suscribirse, les subsiguientes, siendo responsabilidad del Ti-
cuyos plazos de ejecución superen el Año Fiscal tular del Pliego y del funcionario a cargo de la
en curso, deben contener, obligatoriamente, y bajo Oficina de Presupuesto y Planificación de la en-
sanción de nulidad, una cláusula que establezca tidad, su priorización en el marco de los montos
que la ejecución de los mismos está sujeta a la aprobados en los presupuestos institucionales res-
disponibilidad presupuestaria y financiera del pectivos tomando en cuenta las prelaciones lega-
pliego, en el marco de los Calendarios de Com- les correspondientes.
promisos, según corresponda, las Asignaciones
Trimestrales de Gastos y las Leyes Anuales de Lo señalado en el presente literal, rige a partir
Presupuesto correspondientes. del día siguiente de la publicación de la presente
33. S SESIÓNESIÓN ( (VESPERVESPERTINATINA)) 30-11-2003 - 30-11-2003 - Diario de los DebatesDiario de los Debates
33. SESIÓN (VESPERTINA) 30-11-2003 - Diario de los Debates
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