Page 21 - 2003\Debate-2003\Debate(5)
P. 21

Diario de los Debates
                                                                                         Diario de los Debates
                                                                                         Diario de los Debates
                                                          PRIMERA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2003 - TOMO III - Diario de los DebatesDiario de los Debates  2607
                  Tercera.— La presente Ley considera en el Pre-  posiciones que, para tal efecto, emita la Direc-
                  supuesto del Fondo Nacional de Desarrollo   ción Nacional del Presupuesto Público.
                  Pesquero – FONDEPES y del Instituto del Mar
                  del Perú – IMARPE, recursos de hasta S/. 1 970  Los requisitos de acreditación para administrar
                  955,00 (UN MILLON NOVECIENTOS SETEN-        dichas transferencias, serán establecidos por el
                  TA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CIN-         CND y la evaluación de su cumplimiento se efec-
                  CO Y 00/100 NUEVOS SOLES) para cada uno     tuará semestralmente y estará a cargo del
                  de ellos para los efectos a que se contrae el artículo  MIMDES.
                  17.° del Decreto Ley N.° 25977 y el artículo 27.°
                  numeral 27.1 del Decreto Supremo N.° 012-2001-  Sexta.— La elección de Jueces de Paz, estable-
                  PE, Reglamento de la Ley General de Pesca, pu-  cida en la Primera Disposición Transitoria y Fi-
                  blicado con fecha 14 de marzo de 2001.      nal de la Ley N.° 27539, modificada por la Ley N.°
                                                              28035, se desarrollará en el Año Fiscal 2005.
                  Cuarta.— Los Pliegos Presupuestarios, previa
                  evaluación, podrán prorrogar, directa y sucesi-  Séptima.— Las unidades ejecutoras que se cons-
                  vamente, los contratos de Locación de Servicios  tituyan a partir del año 2004 de los Organismos
                  y/o Servicios no Personales suscritos con perso-  Públicos Descentralizados pertenecientes al Plie-
                  nas naturales, que se encuentren vigentes al 31  go Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social
                  de diciembre de 2003. Dicha prórroga no debe  (MIMDES), en el marco de los Decretos Supre-
                  implicar el incremento del gasto por honorarios.  mos Núms. 060-2003-PCM y 079-2003-PCM,
                  Entiéndase por prórroga la ampliación del plazo  mantienen la ejecución de los procesos y procedi-
                  del contrato, la misma que para ser válida, debe-  mientos de carácter administrativo, así como las
                  rá realizarse antes de su vencimiento. Asimis-  adquisiciones y contrataciones de bienes, servi-
                  mo, se podrán celebrar nuevos contratos de Lo-  cios y obras, de acuerdo, según corresponda, a
                  cación de Servicios y/o Servicios no Personales,  las Leyes Núms. 27731, 27060, 27767 y 26918,
                  siempre y cuando sea para el reemplazo de aquel  Decreto Ley N.° 26157, Decreto Legislativo N.°
                  que venía prestando servicios y cuya relación con-  830, Decretos Supremos Núms. 043-2003-PCM,
                  tractual haya culminado.                    030-2002-PCM, 012-2001-PCM, 013-2001-PCM,
                                                              020-96-PRES, 015-96-PCM y 020-92-PCM, y de-
                  Quinta.— Los recursos que el Gobierno Nacio-  más normas especiales que las regulan, así como
                  nal a través del Ministerio de la Mujer y Desa-  a lo establecido en sus respectivos Textos Únicos
                  rrollo Social – MIMDES transfiere a los Gobier-  de Procedimientos Administrativos – TUPA. Asi-
                  nos Locales con cargo a la fuente de financia-  mismo, los referidos Organismos Públicos Des-
                  miento Recursos Ordinarios para los Gobiernos  centralizados continuarán con sus regímenes la-
                  Locales, constituyen transferencias progra-  borales originarios.
                  máticas condicionadas destinadas exclusivamente
                  al financiamiento de los programas y proyectos  Para efecto de la Ley de Contrataciones y Adqui-
                  de lucha contra la pobreza que se ejecuten en el  siciones del Estado y su Reglamento, excepcio-
                  marco de las Bases para la Estrategia de Supera-  nalmente, la autoridad de cada una de las unida-
                  ción de la Pobreza y Oportunidades Económicas  des ejecutoras ejerce las acciones que correspon-
                  para los Pobres. Dichas transferencias compren-  dan a la máxima autoridad administrativa de la
                  den además de los recursos financieros, los re-  entidad en el marco de la citada Ley. El MIMDES
                  cursos humanos y materiales actualmente apli-  queda impedido de intervenir en los procesos y
                  cados a dichos programas y proyectos.       procedimientos de carácter administrativo y de
                                                              contrataciones y adquisiciones iniciados o por
                  En tanto se produzca la conformidad y acredita-  iniciar en cada una de las unidades ejecutoras
                  ción de las municipalidades provinciales y  comprendidas en el presente artículo.
                  distritales para administrar las citadas transfe-
                  rencias, el MIMDES ejecutará los programas y  Octava.— En el marco del artículo 9.° de la Ley
                  proyectos con cargo a los recursos presupuesta-  N.° 27050 – Ley General de la Persona con
                  dos en las municipalidades respectivas, utilizan-  Discapacidad, el Consejo Nacional para la Inte-
                  do para tal efecto la modalidad de ejecución pre-  gración de la Persona con Discapacidad (CONA-
                  supuestaria indirecta, entendiéndose para los  DIS), durante el Año Fiscal 2004 mantiene el tra-
                  efectos de la presente disposición, que el Gobier-  tamiento de carácter presupuestario aplicado en
                  no Local transfiera financieramente y de forma  el Año Fiscal 2003.
                  automática los citados recursos al MIMDES, pre-
                  vio informe favorable del Consejo Nacional de  Novena.— Establécese que los Proyectos Espe-
                  Descentralización – CND y de acuerdo a las dis-  ciales Chinecas y Pasto Grande, así como el Pro-


                                                                33.   S  SESIÓNESIÓN ( (VESPERVESPERTINATINA)) 30-11-2003 -  30-11-2003 - Diario de los DebatesDiario de los Debates
                                                                33.   S  SESIÓNESIÓN ( (VESPERVESPERTINATINA)) 30-11-2003 -  30-11-2003 - Diario de los DebatesDiario de los Debates
                                                                33.   SESIÓN (VESPERTINA) 30-11-2003 - Diario de los Debates
                                                                33.
                                                                33.
                                                                  a a a a a
   16   17   18   19   20   21   22   23   24   25   26