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2158 Diario de los Debates - PRIMERA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2002
Asimismo, la evaluación de cada una de las em- 32.2 La aplicación del presente artículo se reali-
presas involucradas en el párrafo precedente de- za en concordancia con el Texto Único Ordenado
berá remitirse dentro de los quince (15) días ca- de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del
lendario siguientes de efectuada, al Titular del Estado – Decreto Supremo N.° 012-2001-PCM,
Sector al cual pertenece la entidad. su Reglamento aprobado por el Decreto Supre-
mo N.° 013-2001-PCM, publicados con fecha
Artículo 32.°.— Montos para la determina- 13.02.2001; y, demás normas modificatorias y
ción de los Procesos de Selección complementarias.
32.1 La determinación de los Procesos de Selec- 32.3 Las Entidades del Sector Público podrán
ción para efectuar las Licitaciones Públicas, Con- contratar entre ellas mismas, a través de conve-
cursos Públicos y Adjudicaciones Directas, se nios marco de cooperación institucional u otro
sujetan a los montos siguientes: tipo de convenios y contratos, la elaboración, su-
pervisión y evaluación de proyectos, así como la
a) La Contratación de Obras, de acuerdo a: prestación de cualquier servicio compatible con
su finalidad, sin el requisito de Concurso Públi-
—Licitación Pública, si el valor referencial es igual co o Adjudicación Directa. En estos casos se rea-
o superior a S/. 900 000. lizará mediante proceso de adjudicación de me-
nor cuantía, con sujeción al artículo 105.° del
—Adjudicación Directa, si el valor referencial es Reglamento antes mencionado.
inferior a S/. 900 000.
Artículo 33.°.— Transferencia al FONDE-
Cuando el monto del valor referencial de una obra PES y al IMARPE
pública sea igual o mayor a S/. 4 050 000, el orga-
nismo ejecutor debe contratar obligatoriamente La presente Ley considera en el Presupuesto del
la supervisión y control de obras. Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero –
FONDEPES y del Instituto del Mar del Perú –
b) La Adquisición de Bienes y de Suministros, IMARPE, recursos de hasta S/. 1 898 866 para
de acuerdo a: cada uno de ellos para los efectos a que se con-
trae el artículo 17.° del Decreto Ley N.° 25977 y
—Licitación Pública, si el valor referencial es igual el artículo 27.° numeral 27.1 del Decreto Supre-
o superior a S/. 350 000. mo N.° 012-2001-PE, Reglamento de la Ley Ge-
neral de Pesca, publicado con fecha 14.03.2001.
—Adjudicación Directa, si el valor referencial es
inferior a S/. 350 000. Artículo 34.°.— Evaluación de los Ingresos
y Gastos a cargo del Comité de Caja
Asimismo, lo dispuesto en el presente inciso se
aplica a los contratos de arrendamiento finan- 34.1 La Evaluación a cargo del Comité de Caja,
ciero. recae sobre los ingresos y egresos de la Fuente
de Financiamiento ‘Recursos Ordinarios’, su dis-
c) La Contratación de Servicios y de Consultoría, tribución y descripción de las operaciones efec-
tales como prestaciones de empresas de servicios, tuadas en el mes. Dicha Evaluación se realiza
compañías de seguros, contratos de arrendamien- dentro de los quince (15) días calendario siguien-
to no financieros y del personal contratado di- tes de vencido el mes respectivo.
rectamente por locación de servicios, así como
investigaciones, proyectos, estudios, diseños, 34.2 La Evaluación, con el sustento respectivo,
supervisiones, inspecciones, gerencias, gestiones, se remite a la Comisión de Presupuesto y Cuen-
auditorías, asesorías y peritajes de acuerdo a: ta General de la República del Congreso de la
República y a la Contraloría General de la Repú-
—Concurso Público, si el valor referencial es igual blica dentro de los cinco (05) días calendario de
o superior a S/. 150 000. efectuada.
—Adjudicación Directa, si el valor referencial es Artículo 35.°.— Evaluación de la Agencia de
inferior a S/. 150 000. Promoción de la Inversión – PROINVER-
SIÓN
La contratación de auditorías externas se reali-
za de conformidad con las normas que rigen el 35.1 La Evaluación a cargo de la Agencia de Pro-
Sistema Nacional de Control. moción de la Inversión – PROINVERSIÓN se
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