Inicio > Labor legislativa > Proyectos de Ley > Ordenamiento, Clasificación, Organización y Descripción Documental ISAD-G de los Expedientes de Proyectos de Ley

ORDENAMIENTO, CLASIFICACIÓN, ORGANIZACIÓN Y DESCRIPCIÓN DOCUMENTAL ISAD-G DE LOS EXPEDIENTES DE PROYECTOS DE LEY

PERÍODO PARLAMENTARIO: 1995-2000

Fecha Sumilla Autor/es
1 23/07/1995

La Ley no puede fijar los límites ni la extensión del derecho de propiedad sobre la tierra.

Son 05 folios.

Rey Rey, Rafael / Chirinos Soto, Enrique / Salazar Larraín, Arturo.
2 26/07/1995

Autorizase a la Contraloría General de la República, para seleccionar y acreditar Empresas Auditoras en todos los Departamentos, Regiones y las Provincias con población superior a los doscientos mil habitantes, para ejercer funciones de Auditoría, Revisión y Control en las Entidades Públicas con Autonomía Institucional del País, fijando las garantías que en tal sentido estime indispensable.

Son 13 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
3 26/07/1995

Se establece un Derecho Especial a la importación de los alimentos seleccionados, con fines de estabilización de precios internos, neutralización de subsidios internacionales y compensación transitoria para permitir la capitalización del Agro Nacional.

Son 28 folios.

Vargas Marín, Dennis / Cáceres Velásquez, Roger / San Román Cáceres, Máximo / Pulgar Lucas, Orlando / Noriega Febres, Javier.
4 26/07/1995

La presente Ley determina la definición, finalidad, competencia, dependencia, símbolos, distintivos, relaciones, funciones, atribuciones y organización de la Policía Nacional; así como sus regímenes de personal, educativo, económico y del servicio. Los aspectos específicos se rigen por sus correspondientes Leyes y Reglamentos.

Son 40 folios.

Reggiardo Sayán, Andrés.
5 26/07/1995

Los escenarios destinados a la realización de espectáculos deportivos profesional y/o afines, deberán reunir las condiciones mínimas de seguridad para los espectadores, jugadores y público en general.

Son 12 folios.

Reggiardo Sayán, Andrés.
6 26/07/1995

La Defensa Nacional es la adopción permanente e integral de las previsiones y acciones que garanticen la Independencia, la Soberanía y la integridad del País. El Estado garantiza la Seguridad de la nación en sus ámbitos interno y externo a través de la Defensa Nacional.

Son 13 folios.

Reggiardo Sayán, Andrés.
7 26/07/1995

La Defensa Nacional está al servicio de la Seguridad Integral y del Bienestar General de la Nación, adoptando medidas para preservar el ambiente de paz necesario para impulsar el Desarrollo Nacional.

Son 16 folios.

Reggiardo Sayán, Andrés.
8 26/07/1995

Derógase el Artículo 1° de la Ley 26479 y 26479; debiendo, en consecuencia, continuar los respectivos procesos judiciales.

Son 04 folios.

Alva Orlandini, Javier.
9 27/07/1995

La participación en la explotación de los recursos mineros, metálicos y no metálicos, que corresponde a las Regiones y Municipalidades donde estos están ubicados, es del sesenta por ciento del impuesto a la renta pagado por los titulares de la actividad minera.

Son 04 folios.

Alva Orlandini, Javier.
10 27/07/1995

Créase la Autoridad Autónoma del Río Pampas, en el Departamento de ICA, como Organismo Público Descentralizado bajo la coordinación del Instituto Nacional de Desarrollo INADE, encargada de normalizar, ejecutar y concertar un Plan General de Desarrollo.

Son 11 folios.

Vílchez Malpica, Pedro.
13 31/07/1995

Concédase Amnistía a los autores de los actos violatorios por cuya virtud fueron cesados 117 funcionarios del Servicio Diplomático, en cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución Suprema N° 453/RE-92. Disponiendo la inmediata reincorporación de los Servidores Públicos.

Son 03 folios.

Gamarra Olivares, Ernesto.
14 31/07/1995

Constitúyase una Comisión de Liquidaciones, la que tendrá a su cargo la conducción de los Procesos Liquidatorios de las Cooperativas de Ahorro y Crédito y estará integrada por:

a) Un representante de la Superintendencia de Banca y Seguros, designado por el Superintendente de Banca y Seguros, quien la Preside.

b) Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas, designado por Resolución Ministerial.

c) Un representante de las Cooperativas de Ahorro y Crédito.

Son 04 folios.

Gamarra Olivares, Ernesto.
15 01/08/1995 Las Regiones y Municipales contribuyen a preservar la unidad de Gobierno y la indivisibilidad del Estado, promueven el desarrollo descentralizado y equilibrado del País, propiciando la atención permanente y eficiente de los servicios a la comunidad.

Son 17 folios.

Salgado Rubianes De Paredes, Luz.
16 01/08/1995 Declárese de interés Nacional la promoción y divulgación de la enseñanza de idiomas en la instrucción escolar en todos sus niveles.

Son 11 folios.

Ruiz Caro Álvarez, Víctor Manuel.
18 01/08/1995 Declárese de interés Nacional en todos los sectores del Estado y de la Actividad Privada, la promoción del Perú como destino turístico. Son 06 folios. Ruiz Caro Álvarez, Víctor Manuel.
21 08/04/1997 Propuesta sobre Reglamento del Congreso de la República.

Son 459 folios.

Alva Orlandini, Javier.
22 01/08/1995

Declárase de interés Nacional y desarrollo estratégico las zonas de Fronteras.

Son 12 folios.

Amuruz Gallegos, Roger / Chávez Serrano, Jubert / Torrejón Riva De Chincha, Aurora / Coral Pérez, Daniel.
23 01/08/1995 Declárase de necesidad pública y de interés Nacional, la prevención, control, tratamiento y lucha contra el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA).

Son 05 folios.

Amuruz Gallegos, Roger / Chávez Serrano, Jubert / Torrejón Riva De Chincha, Aurora / Coral Pérez, Daniel.
24 01/08/1995

Autorízase la creación y funcionamiento de Colegios Militares promovidos y conducidos por Entidades Privadas.

Son 08 folios.

Amuruz Gallegos, Roger / Torrejón Riva De Chincha, Aurora / Coral Pérez, Daniel.
25 02/08/1995

Adiciónase al Artículo 21° de la Ley 26397 "Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura", los incisos j) y k) con los textos siguientes: Artículo 21°.- Corresponde al Consejo Nacional de la Magistratura, las atribuciones siguientes: j) Nombrar a los Vocales del Consejo Supremo de Justicia Militar, previo concurso público de méritos y evaluación personal, entre Oficiales Generales retirados de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.

Son 12 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
28 03/08/1995 Declárese de preferente interés Nacional la promoción, edición, producción, comercialización y difusión del libro en general, así como el cumplimiento de los objetivos fundamentales que esta Ley señala. Son 17 folios. Gamarra Olivares, Ernesto.
29 04/08/1995 Refórmase el Artículo 112° de la Constitución, por el texto siguiente: "Artículo 112°.- El mandato Presidencial es de cinco años. Para la reelección, debe haber transcurrido un período Presidencial".

Son 05 folios.

Del Castillo Gálvez, Jorge / Velásquez Quesquén, Javier / Zumaeta Flores, César / Morales Costa, Lastenio / Ghilardy Álvarez, Freddy / Mantilla Campos, Agustín / Santa María Silva, Alejandro / Núñez Román, Edgar.
30 12/12/1995

Refórmase el Artículo 105° de la Constitución del Estado, en los siguientes términos: "Artículo 105°.- Ningún Proyecto de Ley puede sancionarse sin haber sido previamente aprobado por la respectiva Comisión Dictaminadora, salvo excepción por causa de grave emergencia, señalada en el Reglamento del Congreso. Tienen preferencia del Congreso los Proyectos enviados por el Ejecutivo con carácter de urgencia.

Son 06 folios.

Del Castillo Gálvez, Jorge / Velásquez Quesquén, Javier / Zumaeta Flores, César / Morales Costa, Lastenio / Ghilardy Álvarez, Freddy / Mantilla Campos, Agustín / Santa María Silva, Alejandro / Núñez Román, Edgar.
31 04/08/1995 Refórmase el Artículo 101° de la Constitución, adicionándose los siguientes Incisos:

Inciso 6. Ratificar los ascensos de los Generales y Almirantes de las Fuerzas Armadas y Grados equivalentes de la Policía Nacional del Perú. Inciso 7. Ratificar los nombramientos de Embajadores y Ministros Plenipotenciarios.

Son 05 folios.

Del Castillo Gálvez, Jorge / Velásquez Quesquén, Javier / Zumaeta Flores, César / Morales Costa, Lastenio / Ghilardy Álvarez, Freddy / Mantilla Campos, Agustín / Santa María Silva, Alejandro / Núñez Román, Edgar.
32 04/08/1995 Refórmase el Artículo 141° de la Constitución, el cual queda redactado de la siguiente forma:

Artículo 141° Corresponde a la Corte Suprema fallar en Casación, o en última Instancia, cuando la acción se inicia en una Corte Superior o ante la propia Corte Suprema conforme a Ley. Asimismo, conoce en Casación las resoluciones del Fuero Militar.

Son 04 folios.

Del Castillo Gálvez, Jorge / Velásquez Quesquén, Javier / Zumaeta Flores, César / Morales Costa, Lastenio / Ghilardy Álvarez, Freddy / Mantilla Campos, Agustín / Santa María Silva, Alejandro / Núñez Román, Edgar.
33 04/08/1995

Refórmase el Artículo 55° de la Constitución, agregándole un segundo Párrafo con el texto siguiente: "Los Preceptos contenidos en los Tratados relativos a Derechos Humanos, tienen Jerarquía Constitucional. No pueden ser modificados sino por el procedimiento que rige para la reforma de la Constitución".

Son 04 folios.

Del Castillo Gálvez, Jorge / Velásquez Quesquén, Javier / Zumaeta Flores, César / Morales Costa, Lastenio / Ghilardy Álvarez, Freddy / Mantilla Campos, Agustín / Santa María Silva, Alejandro / Núñez Román, Edgar.
34 04/08/1995

Los Distritos del Cercado de cada Provincia, elegirán a su respectivo Alcalde Distrital.

Son 05 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
35 04/08/1995

El número de miembros de los Concejos Municipales de la República, será el siguiente:

a) El Concejo Provincial de Lima, estará constituido por un Alcalde; dos Tenientes-Alcaldes; y 22 Regidores;

b) Tendrán un Alcalde; un Teniente-Alcalde; y 10 Regidores, los Concejos Provinciales de: Arequipa, Cajamarca, Callao, Coronel Portillo, Cusco, Chiclayo, Huancayo, Huánuco, Huaraz, Ica, Maynas, Piura, Puno y Trujillo.

Son 06 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
37 07/08/1995

La presente Ley establece las disposiciones generales para el funcionamiento de Universidades No Estatales cuya iniciativa corresponda a Empresas o Congregaciones Religiosas. Para los fines de la presente Ley se le denomina Universidad Privada, aún cuando el nombre de cada una de ellas no incluya dicho término expresamente.

Son 07 folios.

Paredes Cueva, Mario.
39 07/08/1995

Todo personal designado para desempeñar cargos de Asistentes, Asesores o Consejeros del Despacho Presidencial, de los Despachos Ministeriales y Vice-Ministeriales, de las Direcciones y Sub-Direcciones Generales y de las demás Direcciones Administrativas de los Ministerios, así como en los Gobiernos Regionales y Municipales, cuyo carácter sea "de confianza".

Son 12 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
40 07/08/1995

Adiciónase al Artículo 30° del Decreto Legislativo 775, los siguientes Párrafos: "Con ocasión de la compra de combustibles en las plantas de abastecimiento se abonará, conjuntamente con el precio de venta del producto adquirido, el Impuesto General a las Ventas correspondiente a la venta a través de surtidores en grifos y estaciones de servicio, calculado sobre el margen de comercialización del adquirente o del grifero".

Son 06 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
41 07/08/1995 Constitúyase la Comisión Revisora del Código del Medio Ambiente y Recursos Naturales. Conformada por: - 4 Representantes del Congreso de la República,
  • 2 Representantes del Poder Ejecutivo
  • El Presidente o Delegado del Consejo Nacional del Ambiente.

Un Congresista de la República es el Presidente de la indicada Comisión.

Son 09 folios.

Amuruz Gallegos, Roger / Chávez Serrano, Jubert.
42 12/12/1995 El 12 de noviembre de 1995, conjuntamente con las elecciones Municipales, se realizarán las elecciones del Presidente y de ocho miembros del Consejo de Coordinación Regional, en las Regiones Grau, Nor-Oriental del Marañón, La Libertad, Chavín, San Martín, Amazonas, Andrés Avelino Cáceres, Inka, Los Libertadores-Huari, Ucayali, Arequipa, Moquegua-Tacna-Puno.

Son 05 folios.

Alva Orlandini, Javier.
43 07/08/1995

Dispóngase, en coordinación con los sectores correspondiente, se fije un lugar dentro de los Tribunales de Justicia de todo el País, para que los periodistas puedan cubrir información sin ningún tropiezo.

Son 05 folios.

Chu Rubio, Luis.
44 07/08/1995 Declárese de interés Nacional, los Derechos de creación Intelectual, Artística, Científica y Técnica de las Personas o Instituciones debidamente identificadas.

Son 06 folios.

Chu Rubio, Luis.
46 25/04/1996 Declárase de interés Nacional la Constitución de Patronatos Culturales y Científicos, destinados a promocionar las actividades, proyectos y servicios de este carácter prestados por las Bibliotecas, Museos y Escuelas Nacionales dependientes del Ministerio de Educación, el Instituto Nacional de Cultura y las Universidades Estatales.

Son 10 folios.

Rey Rey, Rafael.
47 08/08/1995

Los ciudadanos que acceden a apoyar a las agrupaciones políticas en su propósito de inscribirse ante el Órgano Electoral competente, pueden suscribir las listas de adherentes respectivas sin sujeción a ningún límite de agrupaciones políticas cuyos padrones firmen.

Son 03 folios.

Rey Rey, Rafael / Chirinos Soto, Enrique / Salazar Larraín, Arturo.
49 08/08/1995 Declárese como Zona Intangible y de Interés Nacional los Pantanos del Río Lacramarca ubicados en la Provincia del Santa, (Chimbote), Departamento de Ancash a fin de prevenir y conservar el equilibrio ecológico de la zona.

Son 07 folios.

Chu Rubio, Luis.
50 09/08/1995

Encargase a la Presidencia del Consejo de Ministros conformar una Comisión encargada de establecer los criterios y mecanismos de coordinación para formular, diseñar, armonizar y sistematizar los elementos componentes para el desarrollo del proceso de la política Nacional.

Son 07 folios.

Paredes Cueva, Mario.
51 10/08/1995

El Estado reconoce al Artista y a su actividad como elemento esencial de la Cultura de la Nación y factor de identidad e integración del pueblo. El Estado promueve el desarrollo de la labor artística así como de las actividades concurrentes.

Son 15 folios.

Paredes Cueva, Mario.
54 10/08/1995

Declárese la Bahía de Chimbote, ubicada en la Provincia del Santa, Departamento de Ancash, como espacio marino de alta contaminación.

Son 08 folios

Chu Rubio, Luis.
56 05/10/1995

Modifícase el Artículo 19 del Decreto Ley 776, el mismo que queda redactado conforme el siguiente texto: "Artículo 19°.- Los Pensionistas propietarios de un solo inmueble, a nombre propio o de la sociedad conyugal, que esté destinado en su integridad a vivienda de los mismos, deducirán de la base imponible del Impuesto Predial, un monto equivalente a 50 UIT, vigentes al 01 de enero de cada ejercicio gravable. Se considera que se cumple el requisito de la única propiedad, cuando además de la vivienda, el pensionista posea otra unidad inmobiliaria constituida por la cochera".

Son 06 folios.

Rey Rey, Rafael / Chirinos Soto, Enrique / Salazar Larraín, Arturo.
57 09/08/1995

Adiciónase al Artículo 20° de la Ley N° 239033 el siguiente Párrafo: "El uso correcto del voto preferencial para optar por uno o dos candidatos, determina la validez del voto aún cuando el elector omitiera marcar la figura o símbolo con una cruz o una aspa".

Son 02 folios.

Rey Rey, Rafael.
59 10/08/1995 Créase el Distrito Cono Norte en la Provincia de Arequipa y Departamento del mismo nombre, comprendiendo su jurisdicción el área urbana de la Ciudad de Arequipa denominada "Cono Norte".

Son 04 folios.

Fernández Bustinza, Víctor.
61 10/08/1995 Modifícase el Artículo 145° de la Ley 16587-Ley de Títulos Valores por el siguiente texto: Artículo 145.- Los Bancos están obligados a cerrar automáticamente las cuentas corrientes de quienes giren cheques sin fondos, debiendo entenderse que tal obligación tendrá lugar tan pronto se produzca la primera certificación de la carencia de fondos del cuenta correntista librador.

Son 61 folios.

Vega Ascencio, Anastasio / Huamanchumo Romero, Juan.
62 10/08/1995

Derógase la Ley 26452 y, en consecuencia, recobran vigencia las disposiciones pertinentes de las Leyes 14250, 14669 y 23671.

Son 04 folios.

Alva Orlandini, Javier.
63 10/08/1995

Los Fiscales Provinciales en lo Penal, previa consulta a su Superior Jerárquico, formularán las denuncias por los delitos de función que se atribuyan a los Alcaldes, conforme a Ley.

Son 12 folios.

Alva Orlandini, Javier.
64 11/08/1995 Deróguese el Decreto Supremo N° 051-91-PCM del 03 de Abril de 1991; restituyéndose los derechos ya adquiridos por los Profesores.

Son 11 folios.

Reto Neira, Santos.
65 11/08/1995 Exonérese a todos los productos que conforman los métodos de Planificación Familiar, al Impuesto General a las ventas por un plazo de cinco años.

Son 06 folios.

Reto Neyra, Santos.
68 11/08/1995

Declarar la necesidad y utilidad Nacional la construcción de un Muelle Marginal, según lo determinan los estudios de factibilidad y definitivos realizados por ENAPU S. A.

Son 10 folios.

Chu Rubio, Luis.
69 11/08/1995

Adiciónase al Artículo 2° del Decreto Legislativo N° 775 "Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo", el Inciso k) con el texto siguiente: "Artículo 2°.- No están gravadas con el impuesto: k) Las primas de los seguros de vida, accidentes personales, de salud o de la combinación de dos o más de ellos.

Son 08 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
70 11/08/1995 Establécese que para la elección de Regidores Municipales, Provinciales y Distritales se aplica el Sistema del doble voto preferencial. Son 07 folios. Amuruz Gallegos, Roger.
72 10/08/1995

Las integrantes de las Organizaciones Sociales de Base que sufran accidentes en el ejercicio de su labor social en la preparación de alimentos para familias de menores recursos, deberán recibir atención médica gratuita en los establecimientos de Salud Publica y de la Seguridad Social, como acto de solidaridad social.

Son 04 folios.

Paredes Cueva, Mario.
74 14/08/1995

Modifícase el Artículo 15° de la Ley N° 26504 por el texto siguiente: "Artículo 15°.- Sin perjuicio de su condición de Trabajadores Independientes asociados, los socios trabajadores de las Cooperativas de Trabajadores, se sujetarán al mismo régimen de los Trabajadores Dependientes para efectos del Sistema Privado de Pensiones a que se refiere el Decreto ley N° 25897, el Sistema Nacional de Pensiones a que se refiere el Decreto Ley N° 19990, el Régimen de Prestaciones de Salud a que se refiere el Decreto Ley N° 22482, y el Régimen de Accidentes de Trabajo y de Enfermedades Profesionales del Decreto Ley N° 18846, restablecido por la Ley N° 26183".

Son 19 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
77 14/08/1995

Adiciónase a la Constitución, el Artículo 113A°, el mismo que queda redactado con el texto siguiente: "Artículo 113A°.- Se produce la vacancia automática de la Presidencia de la República, cuando quien ejerce el cargo disuelve el Congreso por motivación distinta a la prevista en el Artículo 134° de la Constitución".

Son 05 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
79 14/08/1995 Modifícase el Artículo 86° del Decreto Legislativo 776 "Ley de Tributación Municipal", con el siguiente texto: "Artículo 86°.- El Fondo de Compensación Municipal a que alude el Inciso 4) del Artículo 193° de la Constitución Política del Perú, se constituye con los siguientes recursos:

a) El rendimiento del Impuesto de Promoción Municipal.

b) El rendimiento del Impuesto al Rodaje.

c) El rendimiento del Impuesto a las Embarcaciones de recreo.

d) El 25% del rendimiento del Impuesto a las apuestas.

e) Transferencias presupuestales del Tesoro Público por un mínimo del 5% del Presupuesto General de la República".

Son 08 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
80 14/08/1995

Interprétese el Artículo 17a de la Constitución Política, en el sentido que rendimiento satisfactorio viene a ser la obtención de nota aprobatoria.

Son 05 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
81 14/08/1995

Déjase sin efecto Legal el Artículo 2° del Decreto Supremo N° 005-91-TR del 25 de Enero de 1991.

Son 09 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
82 14/08/1995

Créase el Seguro de Desempleo con el objeto de proteger a los Trabajadores del despido arbitrario.

Son 13 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
83 14/08/1995 Derógase el Artículo 1° de la Ley 26317 en la parte pertinente que modifica el Artículo 21° de la Ley 23853 "Ley Orgánica de Municipalidades".

Son 08 folios

Flores-Araoz Esparza, Antero.
84 14/08/1995

Los empleadores que actúan como contribuyentes o como agentes de retención de los aportes de los trabajadores al Sistema de Seguridad Social, público o privado, están obligados a efectuar el depósito de los mismos, dentro del plazo de cinco días del mes siguiente a aquel que dio origen a la obligación. Los asegurados facultativos deben efectuar sus aportes dentro del mismo plazo.

Son 19 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
85 17/08/1995

Derógase el Artículo 27° del Decreto Legislativo 702, que fue expedido cuando estaba en vigencia la anterior Constitución, por lo tanto no se encuadran en los lineamientos de la Nueva Constitución, ya que atentan contra la Libertad de las Empresas Radiofusoras, al obligarlas a contratar con todos los Partidos Políticos que participan en una contienda electoral.

Son 10 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
86 14/08/1995

Adiciónase al Artículo 54° del Decreto Ley 25897, el Inciso ñ) , el mismo que queda redactado con el texto siguiente: "Artículo 54°.- Son atribuciones y obligaciones de la Superintendencia: ñ) Nombrar Ejecutores Coactivos.

Son 18 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
87 14/08/1995

Las Farmacias y Boticas están obligadas a prestar servicios nocturnos, de acuerdo al Rol de Turnos que aprueba la Municipalidad Provincial o Distrital competente, en adición a los que voluntariamente puedan realizar, sin necesidad de previa autorización.

Son 05 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
88 14/08/1995

Se entiende por Trabajador del Hogar a aquella persona que se dedica a prestar servicios o actividades propias del desenvolvimiento de la vida del hogar, en cualquiera de las modalidades de las tareas domésticas, así como la dirección o cuidado del hogar en su conjunto o de algunas de sus partes, el cuidado o atención de los miembros de la familia o de quienes convivan en el domicilio, así como los trabajos de Guardería, Jardinería, conducción de vehículos y otros análogos, cuando se desarrollen formando parte del conjunto de tareas domésticas, a condición de que cumplan con una jornada no menor a ocho horas diarias.

Son 14 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
90 14/08/1995

Créase en el Registro Público de Minería el "Pre Catastro Minero Nacional" que tendrá como fin el levantamiento de la información necesaria y fidedigna; para su posterior ordenamiento y análisis Técnico y Legal que determinen las Concesiones con Resoluciones de Títulos consentidas o ejecutoriadas y los "Derechos Mineros" ubicables y vigentes formulados por las Empresas Mineras, Sociedades Legales y Personas Naturales; y otras formas societarias y demás que las Leyes permitan.

Son 28 folios.

Larrabure Gálvez, César.
92 14/08/1995

Autorízase a las distintas Jurisdicciones Eclesiásticas de la Iglesia Católica, a cargo de un Obispo, para que, bajo su supervisión y con su conformidad expresa, puedan iniciarse directamente ante el Poder Judicial los procedimientos de adopción de menores, de nivel tanto nacional como internacional, así como desarrollarse los programas de adopción que las acciones previas o complementarias de dichos procedimientos requieran para ofrecer los cuidados temporales y brindar un hogar definitivo a tales menores.

Son 06 folios.

Rey Rey, Rafael / Chirinos Soto, Enrique / Salazar Larraín, Arturo.
94 14/08/1995

Reconócese el Derecho del Personal de Sub-Oficiales de la Policía Nacional para ascender a nivel y grados de Oficial. El personal de Sub-Oficiales que aspire al ascenso accede a éste mediante concurso de mérito.

Son 07 folios.

Rey Rey, Rafael / Chirinos Soto, Enrique / Salazar Larraín, Arturo.
95 14/08/1995

Autorízase al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción para que proceda a sanear la Titulación de los Bienes Inmuebles de la Dirección General de Correos, aplicándose para este caso el procedimiento establecido por el Decreto Supremo N° 059-93-PCM con excepción de su Artículo 3°. La Dirección General de Correos deberá publicar en el Diario Oficial "El Peruano" y en dos diarios de circulación Nacional, la ubicación y área del bien o bienes a inscribir.

Son 09 folios.

Reátegui Trigoso, Carlos / Patsías Mella, Demetrio.
96 14/08/1995

Incorpórese en el Artículo 30 del Decreto Legislativo N° 775, los Párrafos quinto, sexto y séptimo siguientes: "Con ocasión de la compra de combustibles en las Plantas de abastecimiento se abonará, conjuntamente con el precio de venta del producto adquirido, el Impuesto General a las Ventas correspondiente a la venta a través de surtidores en grifos y estaciones de servicio, calculado sobre el margen de comercialización del adquirente o grifero.

Son 13 folios.

Reátegui Trigoso, Carlos.
97 14/08/1995

Dése fuerza de Ley a la Resolución Suprema N° 439-94-PCM de fecha 14 de Octubre de 1994, dictada al amparo de lo dispuesto por el Artículo 8 del Decreto Ley N° 25432.

Son 61 folios.

Reátegui Trigoso, Carlos / Patsías Mella, Demetrio.
99 14/08/1995

Inclúyase en los alcances del Decreto Legislativo N° 681 a todas las Entidades Públicas comprendidas en el Gobierno Central, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, Organismos Descentralizados Autónomos, Instituciones Públicas Descentralizadas y Sociedades de Beneficencia Pública.

Son 05 folios.

Reátegui Trigoso, Carlos / Patsías Mella, Demetrio.
100 14/08/1995

Declárese de necesidad Nacional el aprovechamiento de los Recursos de Energía Renovable en el Perú.

Son 13 folios.

Reátegui Trigoso, Carlos / Patsías Mella, Demetrio.
101 15/08/1995

Agrégase la siguiente Disposición Final a la Ley N° 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC): " Disposición Final.- Contra las decisiones y resoluciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en asuntos de su competencia, sólo procede Acción de Amparo, la misma que no podrá incluir medidas Precautelatorias".

Son 07 folios.

Chávez Cossío, Martha.
102 15/08/1995

Agrégase la siguiente Disposición Final a la Ley N° 26497, Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE): " Disposición Final.- Contra las decisiones y resoluciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en asuntos de su competencia, sólo procede Acción de Amparo, la misma que no podrá incluir medidas Precautelatorias".

Son 07 folios.

Chávez Cossío, Martha.
103 09/08/1995

Fijase a partir del 1° de Julio de 1995, en una cantidad igual a tres Remuneraciones Mínimas Vitales, el monto mínimo de las pensiones a cargo de la Oficina de Normalización Previsional, proveniente de cualquiera de los regímenes pensionarios que tuvieran, por Ley, a su cargo, siempre que los beneficiarios respectivos tengan más de 70 años de edad.

Son 11 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
104 15/08/1995

Declárese de interés Nacional el reordenamiento del Comercio Autónomo Ambulatorio.

Son 07 folios.

Campos Baca, Luis.
106 15/08/1995

Delégase en el Poder Ejecutivo, la facultad de Promulgar mediante Decreto Legislativo el Código Sanitario, en el plazo de 150 días calendario.

Son 05 folios.

Amuruz Gallegos, Roger.
110 15/08/1995

Dése por agotada la Jurisdicción interna y en consecuencia, expedito el derecho de los actores para recurrir a la Jurisdicción Internacional en todos los Expedientes remitidos por la Corte Suprema el Ex Tribunal de Garantías Constitucionales en mérito de recursos de Casación interpuestos de conformidad y con sujeción a la Ley Orgánica de dicho Tribunal N° 23385 y a la Ley de Hábeas Corpus y Amparo N° 23506.

Son 08 folios.

Alva Orlandini, Javier.
111 15/08/1995

Modifíquese los Artículos 55° y 85° del Código Tributario, aprobado por el Decreto Legislativo N° 773 y modificado por la Ley N° 26414, en los términos siguientes: "Artículo 55°.- Es función de la Administración Tributaria recaudar los tributos".

Son 10 folios.

Gamarra Olivares, Ernesto.
112 15/08/1995

La Ley de Plantas Medicinales forma parte de la Legislación de la Política Nacional de Salud, tiene por objeto regular la producción, procesamiento, uso y la comercialización de plantas medicinales y de sus productos derivados. Se aplica a las plantas medicinales desarrolladas dentro del territorio Peruano.

Son 12 folios.

Paredes Cueva, Mario.
113 15/08/1995

Amplíase dentro de las atribuciones del Defensor del Pueblo a que hace referencia el Artículo 9° de la Ley 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo la siguiente facultad: " 9. Propiciar la participación de los Consejos Ciudadanos en el diseño y control de las actividades encaminadas a simplificar y racionalizar la Administración Pública".

Son 04 folios.

Morales Costa, Lastenio.
115 15/08/1995

Modifíquese el Párrafo 3- del Artículo 14- de la Constitución Política del Estado, con el siguiente texto: "La formación Ética y Cívica y la enseñanza y/o divulgación de la Constitución y la declaración de los Derechos Humanos son obligatorias en todo el proceso educativo civil y militar. Todos los Centros Educativos, Universidades e Institutos, de enseñanza de Educación Superior tienen el deber de tener en lugares visibles los símbolos Patrios y el mapa del Perú. La educación religiosa se imparte con respeto a la libertad de las conciencias".

Son 05 folios.

Chu Rubio, Luis / Barba Caballero, José / Heresi Abdelnour, Moisés / Coral Pérez Víctor Daniel.
116 16/08/1995

El Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana- IIAP, es un Organismo de Derecho Público interno, que nace al amparo del Artículo 120° de la Constitución Política de 1979 y que se reafirma en el Artículo 69° de la Constitución Política vigente, posee autonomía técnica, económica, administrativa y financiera.

Son 27 folios.

Campos Baca, Luis.
117 16/08/1995

Modificase los Artículos 38°, 39°, 40°, 111°, 124° y 127° del Código Penal en los términos siguientes: Artículo 38.- La inhabilitación principal se extiende de seis meses a cinco años, excepto cuando sea permanente por disposición de la Ley.

Son 51 folios.

Donayre Lozano, Jorge Luis.
118 16/08/1995

De conformidad a lo preceptuado en los Artículos 40° y 41° de la Constitución Política del Estado, están obligados a presentar declaración Jurada de Bienes y Rentas, así como a declarar los ingresos que, por todo concepto, perciben los siguientes Funcionarios Públicos: el Presidente de la República; los Vice-Presidentes de la República; los Ministros de Estado; los Vice-Ministros de Estado; los Congresistas de la República; los Vocales de la Corte Suprema; los Fiscales Supremos; los Superintendentes Nacionales de Banca y Seguros, de Administración Tributaria, de Aduanas y de Administradoras de Fondos de Pensiones, de Servicios de Saneamiento, de Registros Públicos y de Bienes Nacionales; el Contralor General de la República; el Presidente del Banco Central de Reserva; Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, Presidentes de Directorios de Instituciones Descentralizadas con rango Ministerial.

Son 215 folios

Gamarra Olivares, Ernesto.
119 16/08/1995

Créase un Régimen de promoción Turística en la Sub-Región Tacna, con la finalidad de incentivar el turismo Nacional e Internacional.

Son 06 folios.

Gamarra Olivares, Ernesto.
122 17/08/1995 La Ley de Alimentos forma parte de la Legislación del Sistema Nacional de Salud y tiene como objeto asegurar la existencia de alimentos inocuos, saludables y aptos para el consumo humano.

Son 18 folios.

Paredes Cueva, Mario.
123 17/08/1995

Declárase en disolución y liquidación el Fondo Nacional de Fomento Ganadero-FONAFOG, proceso que se llevará a cabo en el plazo de ciento veinte días útiles, computado a partir de la fecha de la conformación de la Comisión.

Son 05 folios.

Barba Caballero, José / Heresi Abdelnour, Moisés.
124 17/08/1995 Los contratistas de obras públicas y las personas naturales o jurídicas proveedoras de productos manufacturados a las entidades u organismos del Sector Público, están obligados a contratar como trabajadores a los liberados de establecimientos penitenciarios que han cumplido su condena, a los indultados, así como a quienes se encuentran en liberación condicional, en un 10% del total de trabajadores que emplean en tales obras, o en la elaboración de sus productos manufacturados para el Sector Público, según corresponda.

Son 75 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
125 17/08/1995 A partir de la fecha denomínase a la Academia de la magistratura creada por Ley N° 26335: Academia de la Magistratura "Domingo García Rada". Son 07 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
126 17/08/1995

Modifíquese el Artículo 7° del Decreto Ley N° 26116 Ley de Reestructuración Empresarial, por el siguiente texto: "Artículo 7°.- El orden de preferencia de los créditos es el siguiente: 1° Los créditos que tengan como origen el pago de remuneraciones y beneficios sociales adeudados a los Trabajadores. 2° Los créditos alimentarios en el caso contemplado en la Primera Disposición Complementaria. 3° Los créditos garantizados con hipoteca, prenda o anticresis, respecto de los bienes afectos a la garantía.

Son 15 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
127 17/08/1995

Modifícase los Artículos 330° y 332° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Sociedades, aprobado por Decreto Supremo N° 003-85-JUS, los cuales quedan redactados con el texto siguiente: "Artículo 330°.- En la Sociedad Civil Ordinaria, los Socios responden por las obligaciones sociales, subsidiariamente, en proporción a sus aportes, salvo pacto distinto. Si alguno de los socios deviniese insolvente, su parte se distribuirá, a prorrata, entre los demás.

Son 06 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
128 |17/08/1995 Modifícase el Artículo 2° del Decreto Ley N° 25836 "Ley de Casinos de Juego", con el texto siguiente:

"Artículo 2°.- Sólo se puede explotar un Casino de Juego a través de la Autorización otorgada a título oneroso por el Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales".

Son 05 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
129 17/08/1995

Derógase la Ley N° 26291, por no garantizar la correcta y eficiente administración de Justicia.

Son 04 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
130 17/08/1995 Modifícase la denominación del Decreto Ley N° 25977 Ley General de Pesca, por el de "Ley Orgánica de Pesquería".

Asimismo, entiéndase que cuando se mencione a la Ley General de Pesca se está refiriendo a la Ley Orgánica de Pesquería.

Son 10 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
131 17/08/1995

Prohíbese la extracción, procesamiento y comercialización de los delfines, toninos, chanchos marinos, marsopas, bufeos y otros cetáceos menores que constituyen recursos hidrobiológicos existentes en nuestras aguas jurisdiccionales.

Son 09 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
133 17/08/1995

Modifícase los Artículos 154°, 164° y 169° del Código Penal, en los siguientes términos: "Artículo 154°.- El que viola la intimidad de la vida personal o familiar, ya sea observando, escuchando o registrando un hecho, palabra, escrito o imagen, valiéndose de instrumentos, procesos técnicos u otros medios, será reprimido con pena privativa de la libertad no mayor de dos años.

Son 38 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
135 17/08/1995

El Ministerio de Educación será en lo sucesivo "Ministerio de Educación y de la Juventud". Entiéndase que cuando el Decreto Ley 25762 menciona al Sector Educación se refiere al Sector Educación y Juventud; y cuando se menciona al Ministerio de Educación se refiere al Ministerio de Educación y de la Juventud.

Son 10 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
136 17/08/1995

Interprétase que además de las formas reconocidas en el Artículo 72° del Código Procesal Civil, el poder para litigar también se puede otorgar mediante acuerdo adoptado por la Sociedad Mercantil o Civil en Junta General de Accionistas o socios, o en el Directorio, salvo disposición contraria del Estatuto; no siendo requisito la inscripción del Poder en el Registro correspondiente.

Son 04 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
137 17/08/1995 Modifícase el Artículo 1° de la Ley 26288, el mismo que queda redactado con el texto siguiente:

"Artículo 1°.- El Fiscal de la nación es elegido en votación secreta por la Junta de Fiscales, de entre los Fiscales Supremos. De no producirse mayoría, o en caso de empate, la Junta de Fiscales convoca a sesión pública para el día siguiente, a efectos de dirimir por sorteo entre quienes hayan logrado igual número de votos.

Son 06 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
139 17/08/1995

Créase el Banco Peruano de Promoción del Desarrollo, como Empresa Estatal de Derecho Privado, organizado como Sociedad Anónima, con autonomía económica, financiera, administrativa y técnica. El Banco también podrá ser distinguido con la sigla "BANPED"

Son 17 folios-

Flores-Araoz Esparza, Antero.
141 17/08/1995

Deróguese a partir del ejercicio 1996 los Artículos 109, 110, 111, 112, 113, 114, 115 y 116 de la Ley del Impuesto a la Renta (Decreto Legislativo 774) y normas reglamentarias, que establecen el Impuesto Mínimo a la Renta.

Son 17 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
142 17/08/1995

Incorpórase al Artículo 2° del Decreto Ley 22482, el Inciso e) con el texto siguiente: "Artículo 2°.- Son asegurados obligatorios del Régimen de Prestaciones de Salud del Instituto Peruano de Seguridad Social: e) Los Pensionistas de invalidez, jubilación y sobrevivencia, comprendidos en el Sistema Privado de Pensiones, amparados en el Decreto Ley 25897.

Son 04 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
145 18/08/1995

Modifícase el Artículo 54 del Decreto Legislativo 776 "Ley de Tributación Municipal", el mismo que queda redactado con el texto siguiente: "Artículo 54°.- Créase un Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos, que grava el monto que se abona por concepto de ingreso a espectáculos públicos no deportivos, en locales o parques cerrados, con excepción de los espectáculos culturales debidamente autorizados por el Instituto Nacional de Cultura.

Son 11 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
147 18/08/1995 Sustitúyase el texto del primer párrafo del Artículo 45 de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobada por Decreto Legislativo 774, modificado por Ley 26415, por el siguiente:

"Artículo 45°.- Para establecer la renta neta de cuarta categoría, el contribuyente podrá deducir de la renta bruta del ejercicio gravable, por concepto de todo gasto, el treinta por ciento (30%) de la misma, sin límite".

Son 13 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
150 18/08/1995

Modifícase el Artículo 88° de la Constitución de 1993, el mismo que queda redactado con el texto siguiente: "Artículo 88°.- El Estado apoya preferentemente el desarrollo agrario. Garantiza el derecho de propiedad sobre la tierra, en forma privada o comunal o en cualquiera otra forma asociativa".

Son 03 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero / Flores Nano, Lourdes.
151 18/08/1995 La presente Ley establece el marco jurídico para dar mérito a la privación de la propiedad por causa de expropiación, prevista en el Artículo 70° de la Constitución.

Son 26 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
152 18/08/1995 Modifícase la denominación del Título II del Libro III, Decreto Legislativo 773- Código Tributario, por el texto siguiente:

PROCEDIMIENTO DE COBRANZA.

Son 11 folios.

Sandoval Aguirre, Oswaldo..
153 21/08/1995 Modifícase el Decreto Legislativo N° 704, en los términos siguientes:

"Artículo 6°.- Las Zonas Francas Industriales y Turísticas y las Zonas de Tratamiento Especial Comercial se crean mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por iniciativa pública o privada, a propuesta de la CONAFRAN y de los Gobiernos Regionales donde fueran a establecerse, previo estudio de factibilidad técnico-económico.

Son 09 folios.

Cerrate Valenzuela, Manuel Alfonso / Huamanchumo Romero, Juan.
157 21/08/1995

Los Programas de apoyo y compensación social, a cargo de las siguientes instituciones: Programa Nacional de Apoyo Alimentario (PRONAA), Fondo de Compensación para el Desarrollo Social (FONCODES), el Instituto de Bienestar Social (INABIF), el Programa de Comedores Populares, Autogestionarios y Clubes de Madres, el Programa de Atención a la Familia de Alto Riesgo y el Programa de Alimentación Compensatoria, y cualquier otra institución pública creada o por crearse o programas que cumplan similares fines, utilizando recursos públicos, adecuarán las necesidades alimenticias que requieran a los bienes producidos en el ámbito geográfico donde brinden el apoyo alimentario, autorizándolas a adquirir dichos productos directamente de los agricultores organizados empresarialmente.

Son 34 folios.

Cerrate Valenzuela, Manuel Alfonso / Espinoza Matos, María.
158 22/08/1995

Modifíquese la Quinta Disposición Complementaria, Transitoria, y final de la Ley N° 26338 con el siguiente texto: "La Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (SEDAPAL) se encuentra fuera de los alcances de lo previsto en el Artículo 5°-, 7°-, 45°-, 46°-, y 47°- de la presente Ley. Precísese que el ámbito de responsabilidad de SEDAPAL comprende la Provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao. Excepto en aquellos lugares administrados por las Municipalidades antes de la dación de la Ley 26338".

Son 16 folios.

Barba Caballero, José / Heresi Abdelnour, Moisés / Chu Rubio, Luis Alberto.
159 22/08/1995 Declárese de necesidad pública y de preferente interés Nacional y Regional la creación de un Colegio Militar en la Región Ucayali. Son 07 folios. Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis Alberto / Heresi Abdelnour, Moisés.
160 22/08/1995 Modifíquese el Artículo 136° del Código Civil, en el siguiente texto:

Artículo 136°.- Las tierras de las Comunidades son imprescriptibles, salvo las excepciones establecidas por la Constitución Política del Perú.

Son 04 folios.

Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis Alberto / Heresi Abdelnour, Moisés.
163 22/08/1995

La Ley de la materia a que se hace referencia el Artículo 703° del Código Procesal Civil es el Decreto-Ley 26116; y es aplicable a los casos previstos en el Artículo 688 del referido Código.

Son 22 folios.

Alva Orlandini, Javier.
165 22/08/1995 Modifícase el Artículo 37° del Decreto Legislativo N° 52 "Ley Orgánica del Ministerio Público", con el texto siguiente: "Artículo 37°.- Además del Fiscal de la Nación, los Fiscales Supremos son cuatro: Fiscal Supremo en lo Penal, Civil, Constitucional y Social y, en lo Contencioso Administrativo. El cargo de Fiscal de la Nación dura tres años y es prorrogable por otros dos".

Son 13 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
167 22/08/1995 Los actos y decisiones que en materia de Acciones de Garantía, hayan sido adoptados por las Instancias Competentes del Poder Judicial desde la vigencia de la Ley N° 26435 Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y el 21 de Abril de 1995 fecha de entrada en vigencia de la Ley N° 26446, no serán afectados por las disposiciones contenidas de ésta última Ley, y quedarán en vigor cualquiera que haya sido el sentido de la resolución tomada.

Son 05 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
170 22/08/1995 Inclúyase a manera de precisión como último párrafo del Artículo 3 Inciso © del Decreto Legislativo 775 y modificatorias el siguiente texto:

"….No se consideran utilizados en el país los servicios vinculados directamente con operaciones de exportación, tales como fletes, seguros de transporte y comisiones por colocación de productos en el exterior, entre otros, siempre que el servicio fuera prestado por sujetos no domiciliados a favor de los sujetos domiciliados en el país que realicen operaciones de exportación".

Son 13 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
171 22/08/1995

Adiciónase un párrafo al Artículo 64° del Decreto Ley 25593, el mismo que queda redactado con el texto siguiente: "Artículo 64°.- El arbitraje puede estar a cargo de un Arbitro Unipersonal, un Tribunal Ad Hoc, una Institución representativa, la propia Autoridad de Trabajo, o cualquier otra modalidad que las partes específicamente acuerden, lo que constará en el acta de compromiso arbitral. Si no hubiere acuerdo sobre el órgano arbitral se constituirá de oficio un Tribunal Tripartito integrado por un árbitro que deberá designar cada parte y un Presidente designado por ambos árbitros o, a falta de acuerdo, por la Autoridad de Trabajo".

Son 22 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
173 22/08/1995

La función de Congresista es de tiempo completo; le está prohibido desempeñar cualquier cargo o ejercer cualquier profesión u oficio, durante las horas de funcionamiento del Congreso.

Son 06 folios.

Olivera Vega, Fernando.
174 23/08/1995 De conformidad con el Inciso 2° del Artículo 154° de la Constitución Política del Perú en el plazo de 120 días el Consejo Nacional de la Magistratura realizará una ratificación general de todos los Magistrados del Poder Judicial y Ministerio Público.

Son 08 folios.

Olivera Vega, Fernando.
175 23/08/1995

Deróguese la contribución al FONAVI.

Son 04 folios.

Olivera Vega, Fernando.
177 23/08/1995

Concédase amnistía general a los Alcaldes Distritales, Provinciales, y de Municipalidades Delegadas que se encuentren acusados, denunciados, investigados, encausados, procesados o condenados en el Poder Judicial, por delito de Malversación de Fondos, entre el año 1990 y la fecha.

Son 04 folios.

Gamarra Olivares, Ernesto.
178 23/08/1995 Las Regiones se constituyen por voluntad del pueblo expresada libremente a través del voto secreto, universal y obligatorio mediante referéndum convocado expresamente y en cada caso por Ley. Son 18 folios. Estrada Pérez, Daniel / Guerra García, Roger / Townsend Díez Canseco, Ana Elena / Chipoco Cáceda, Carlos / Forsyth Mejía, Harold / Pardo Mesones, Francisco / Avendaño Valdez, Jorge Jesús / Cerro Moral, María Ofelia / Ciccia Vásquez, Miguel / Reto Neyra, Santos / Mohme Llona, Gustavo / Pease García, Henry / Fernández Baca, Graciela.
179 23/08/1995 Los Alcaldes y Regidores cuyo mandato provenga del Sufragio Popular, están protegidos por la presente Ley para garantizar la legalidad e imperio de los actos legítimos de administración y/o de gobierno que ejecuten en ejercicio regular de sus funciones. Son 32 folios. Estrada Pérez, Daniel / Guerra García, Roger / Townsend Díez Canseco, Ana Elena / Chipoco Cáceda, Carlos / Forsyth Mejía, Harold / Pardo Mesones, Francisco / Avendaño Valdez, Jorge Jesús / Cerro Moral, María Ofelia / Ciccia Vásquez, Miguel / Reto Neyra, Santos / Mohme Llona, Gustavo / Pease García, Henry / Fernández Baca, Graciela / Estrada Choque, Aldo.
183 17/08/1995

Sustitúyase el texto del Artículo 71 del Código de Tránsito y Seguridad Vial, por el siguiente: "Artículo 71.- Los vehículos deben estar provistos de los sistemas y accesorios que el Reglamento establece, y en perfecto estado de funcionamiento, de manera tal, que permitan al conductor maniobrar con seguridad; y a los acompañantes y pasajeros viajar con comodidad y seguridad; así como aminorar los efectos de los posibles accidentes de tránsito. El Reglamento respectivo, en aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior, deberá normar necesariamente un sistema progresivo sobre el uso obligatorio de "Cinturones de Seguridad", incluyendo un sistema de infracciones y sanciones, determinando las instancias pertinentes con competencia para su supervisión y cumplimiento".

Son 44 folios

Sandoval Aguirre, Oswaldo..
184 17/08/1995

Los Procesos Penales iniciados a partir de la vigencia de la Ley 26461 "De los delitos Aduaneros" se regirán complementariamente por las normas del Decreto Legislativo N° 638, en tanto se promulgue el Código Procesal Penal.

Son 12 folios.

Fernández Arce, César.
186 23/08/1995

Modifícase el texto del Artículo 245° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en los términos siguientes: 1.- Por muerte 2.- Por Cesantía o Jubilación 3.- Por renuncia, desde que es aceptada; 4.- Por Destitución 5.- Por la separación del cargo 6.- Por incurrir en incompatibilidad 7.- Por inhabilitación física o mental 8.- Por límite de edad, a los setenta y cinco años.

Son 13 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
188 23/08/1995 Créase la calidad migratoria de rentista, para acoger en el País Nacionales de otros Países con ánimo de residencia y que perciban renta de carácter permanente provenientes del exterior.

Son 08 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
190 23/08/1995

Modifícase el Artículo 2° del Decreto Ley 25582, con el texto siguiente: "Artículo 2°.- Lo dispuesto en el presente Decreto Ley no es aplicable a los casos de terrorismo".

Son 08 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero
191 23/08/1995

Extiéndase los alcances del Decreto Ley 25819 a los créditos otorgados BAJO EL SISTEMA USPAC Y UVAC por el Banco de Vivienda, Banco Central Hipotecario o Mutuales, a personas naturales beneficiarias de préstamos para vivienda, agua y desagüe, electrificación o habilitación urbana, siempre que éstas sean o hayan sido al momento de solicitar el crédito, aportantes del FONAVI.

Son 04 folios.

Flores Nano, Lourdes.
192 23/08/1995

Déjese sin efecto ni valor legal alguno el Decreto Supremo Extraordinario N° 118-PCM/93 del 3 de Setiembre de 1993, el que no tendrá consecuencias jurídicas, y consecuentemente se tendrán por no asumidas por el Estado las obligaciones de las Empresas Públicas a ser privatizadas, garantizadas por la República, contraídas para con acreedores extranjeros.

Son 10 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
193 23/08/1995

Interprétase que las Universidades, Institutos Superiores y demás Centros Educativos constituidos conforme a Ley, se encuentran inafectos de los aportes al Fondo Nacional de Vivienda-FONAVI, creado por Decreto Ley N° 22591.

Son 11 folios.

Torres y Torres Lara, Carlos.
195 25/08/1995

La Cruz Roja Peruana es la única Institución autorizada a usar el símbolo de la Cruz Roja, compuesto por cinco cuadros dispuestos en forma de cruz de color rojo sobre fondo blanco. La Sanidad de las Fuerzas Armadas queda facultada también para utilizarlo, ello en respeto a los convenios de Ginebra.

Son 10 folios.

Gamarra Olivares, Ernesto.
197 25/08/1995

Declárase de interés cultural la Semana Internacional de Ecología y medio Ambiente que se celebrará anual y rotativamente en las Capitales de las Provincias del Departamento de Madre de Dios, del 1° al 7° de Junios. Correspondiendo a la Ciudad de Puerto Maldonado, la sede y organización del primer evento.

Son 09 folios.

Amuruz Gallegos, Roger.
198 25/08/1995

Suspéndase a partir de la vigencia de la presente Ley y hasta la publicación del Nuevo Reglamento de Tránsito y Seguridad Vial a cargo del Poder Ejecutivo, la importación de los siguientes bienes: a) Vehículos automotores usados destinados al transporte, con una antigüedad de: - 05 años, para vehículos con peso seco no mayor de Tres Mil Kilos (3,000) La antigüedad se contará a partir del 1ro. de enero del año siguiente de su fabricación.

Son 09 folios.

Huamanchumo Romero, Juan / Vega Ascencio, Anastacio.
199 25/08/1995 Corresponde al Jurado Nacional de Elecciones resolver en última y definitiva Instancia el recurso extraordinario contencioso-electoral que interpongan los Personeros de Organizaciones Políticas o cualquier persona interesada contra las resoluciones y decisiones que en última instancia administrativa emitan los titulares de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil referidas a:
  1. La organización y ejecución de procesos electorales;
  2. El diseño de la cédula de sufragio, actas electorales, formatos y otros materiales a que se refiere el Inciso b) del Artículo 5° de la Ley Orgánica N° 26487 de la Oficina Nacional de Procesos Electorales.

Son 17 folios.

Ferrero Costa, Carlos.
200 25/08/1995

Constituyen bienes y rentas de las Municipalidades del País las transferencias presupuestales consignadas anualmente en el Presupuesto del Sector Público Nacional.

Son 08 folios.

Estrada Pérez, Daniel / Guerra García, Roger / FALTA NOMBRES
204 28/08/1995

Para los fines de otorgamiento de las Pensiones de Sobrevivientes, a que se contrae la Ley 20530, 23495 y 25008, el Servidor en actividad, cesante o jubilado, efectuará en la oportunidad que estime conveniente una Declaración Jurada, con firma Legalizada por Notario, en la cual indicará los nombres de los beneficiarios de pensión de viudez, orfandad o ascendientes, con sus respectivos porcentajes de Ley.

Son 10 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
206 19/09/1995

Declárese de necesidad y utilidad la extracción del oro aluvial en la Cuenca del Huallaga.

Son 22 folios.

Pulgar Lucas, Enrique Orlando.
208 28/08/1995

Adjudícase los terrenos, infraestructura e instalaciones del llamado "Campo Ferial" Cerro Juli, ubicado en el Distrito de Hunter, Provincia y Departamento de Arequipa, a la Municipalidad de la misma Provincia, la que velará por el cabal desarrollo anual de la Feria Internacional de Arequipa (FIA) fomentando ordenadamente la producción agro-pecuaria, industrial, artesanal y comercial de la Región, así como las actividades educativas, artísticas y folklóricas que correspondan, durante cada ejercicio.

Son 10 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
209 28/08/1995 Créase por mérito de esta Ley, el Fondo Editorial de Fomento y Promoción del Libro Peruano, el que será administrado por la Biblioteca Nacional, con el objeto de favorecer la producción de Autores Peruanos, mediante la publicación selectiva de sus obras, y por esta vía el incremento de la cultura popular.

Son 13 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
210 28/08/1995

Declárase la intangibilidad de las áreas verdes que correspondan a Centros Poblados de toda la República, cuyo uso solo podrá ser modificado previo Decreto Supremo expreso, declarándose nulos y sin valor, todos los actos jurídicos acordados por los Consejos Municipales y cualquier otra Entidad Pública, sobre las áreas antes señaladas.

Son 08 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
212 28/08/1995 Reincorpórase a la Jurisdicción de la Provincia Constitucional del Callao, la Isla denominada "San Lorenzo", ubicada frente al territorio de la citada Provincia Constitucional, transitoriamente integrante de su Distrito, La Punta.

Son 06 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
213 28/08/1995

Otórgase el Grado distintivo de Almirante de la Armada Peruana al Vice-Almirante AP Manuel Antonio Villavicencio Freyre, en reconocimiento póstumo a su valerosa actuación al mando de la Corbeta "Unión" durante la Campaña Marítima de la Guerra del Pacífico.

Son 06 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
214 28/08/1995

Modificase el Artículo 1° del Decreto Ley 25635, el mismo que queda redactado con el texto siguiente: "Artículo 1°.- El Sistema de Inteligencia Nacional-SINA- forma parte del Sistema de Defensa Nacional y tiene por finalidad realizar actividades de inteligencia que contribuyan al desarrollo del País y a la seguridad de la Nación.

Son 07 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
218 29/08/1995

El Sistema Electoral está conformado por el Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales y el Registro Nacional del Estado Civil e Identificación, los que actúan con autonomía y mantienen entre sí relación de coordinación de acuerdo a sus atribuciones.

Son 72 folios.

Chávez Cossío, Martha.
220 29/08/1995 Exonérese el Impuesto General a las Ventas, a las construcciones que realizan las Universidades Nacionales a nivel nacional.

Son 03 folios.

Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis Alberto / Heresi Abdelnour, Moisés.
221 29/08/1995

Créase el Registro de Información de Pacientes que acuden a los centros hospitalarios y asistenciales, en situación de emergencia; el mismo que estará enlazado con todos los hospitales, clínicas y centros asistenciales, que se encuentren ubicados dentro del ámbito local en que ejercen sus actividades.

son 06 folios.

Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis Alberto / Heresi Abdelnour, Moisés.
222 29/08/1995

La presente Ley establece la conservación y explotación de las fuentes de agua termo minero medicinales, así como la investigación de su propia utilización para contribuir a la protección de la salud pública.

Son 13 folios.

Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis Alberto / Heresi Abdelnour, Moisés.
223 29/08/1995

Créase en la estructura de Tributación Municipal y con el carácter de interés público el Impuesto Ecológico, que grava con el 0.5% las operaciones afectas al régimen del Impuesto General a las Ventas rigiéndose por sus propias normas.

Son 06 folios.

Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis Alberto / Heresi Abdelnour, Moisés.
225 29/08/1995

Confírmase la plena vigencia de la segunda disposición transitoria del Decreto Legislativo 776 y, en tal virtud, en tanto subsistan predios arrendados sujetos al régimen del Decreto Ley 21938 por imperio de lo dispuesto por el Decreto Legislativo 709 y modificatorias y sustitutorias, los propietarios podrán trasladar a los inquilinos el importe del Impuesto Predial que recaiga sobre los predios sujetos a control, el mismo que en un dozavo formará parte de la renta mensual.

Son 07 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
226 29/08/1995

La presente Ley es aplicable a los juegos de lotería organizados fuera del ámbito de las Sociedades de Beneficencia Pública, cuyos Ramos de Loterías se rigen por el Decreto Ley 21921 y sus normas modificatorias.

Son 08 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
228 29/08/1995

Modifícase el Artículo 16° del Decreto Ley 26117 "Ley del Servicio Diplomático de la República", el mismo que queda redactado con el texto siguiente: "Artículo 16°.- La edad límite para los funcionarios del Servicio Diplomático pasen a la situación de retiro, se sujeta a la escala siguiente:

  • Embajador 65 años
  • Ministro 62 años
  • Ministro Consejero 60 años
  • Consejero 58 años
  • Primer Secretario 48 años
  • Segundo Secretario 44 años
  • Tercer Secretario 40 años.

Son 08 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
229 29/08/1995 Modifícase el Inciso 1) del Artículo 321° del Decreto Ley 23214 "Código de Justicia Militar", el mismo que queda redactado con el texto siguiente: "Artículo 321°.- Son militares para efectos de este Código: 1.- Los que de acuerdo con las Leyes orgánicas de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional que rigen al personal de las distintas armas y servicios, tienen grado militar o prestan servicio militar; con excepción de los miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en situación de retiro.

Son 07 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
230 29/08/1995 Incorpórase en la suspensión dispuesta por el Artículo 2° del Decreto Ley N° 25789, la importación de los siguientes bienes: 1) Repuestos, partes, neumáticos, cámaras, motores, conjuntos, subconjuntos mecánicos automotrices usados; 2) Vehículos automotores usados destinados al transporte, con peso seco mayor de 3,000 kilos que tengan 6 años o más de antigüedad.

3) Vehículos automotores usados destinados al transporte, con peso seco mayor de 3,000, que tengan 8 años o mas de antigüedad. 4) Vehículos con timón a la derecha.

Son 03 folios.

Flores. Araoz Esparza, Antero.
233 31/08/1995 Reconózcase el derecho de retracto, a los Microempresarios que laboran en los Mercados de Abastos de la república, así como en otros establecimientos análogos, cuando estos sean objeto de venta o concesión a favor de terceros, bajo forma de subasta, remate o entendimiento directo a condición de que los retrayentes asuman el pago del precio pactado y condiciones similares a los señalados para los adquirientes o concesionarios respectivos, incluyendo el mismo género de las garantías correspondientes.

Son 03 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
234 31/08/1995

Resérvase por un término de 5 años, la concesión del llamado Lote 52, a favor de particulares, para fines de exploración y explotación de petróleo y derivados.

Son 04 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
235 31/08/1995 Queda prohibida en forma definitiva la utilización de recursos públicos para la sistemática difusión y propaganda del nombre, efigie, símbolo o retrato de funcionarios públicos, cualquiera fuese su nivel y categorización, comprendiéndose como tal la aplicación de dichos recursos en la propaganda, fabricación, impresión, edición, marca, color, publicación, de productos, materiales, insumos, maquinarias, utensilios e instrumentos de cualquier género, con o en base a recursos públicos, para su distribución por las dependencias del Estado, o por cualquier entidad o persona privada.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
237 29/08/1995

Apruébase el Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Sección Primera: Gobierno Central, para el período comprendido entre el 1° de Enero y el 31 de Diciembre de 1996.

Son 169 folios.

Poder Ejecutivo.
238 31/08/1995

La presente Ley establece los criterios, fuentes y usos de recursos que permiten lograr el equilibrio financiero del Presupuesto del Sector Público para 1996.

Son 11 folios.

Poder Ejecutivo.
239 31/08/1995

La presente Ley determina el monto máximo, condiciones y requisitos de las operaciones de Endeudamiento Externo a plazos mayores de un año que podrá acordar o garantizar el Gobierno Central para el Sector Público durante 1996.

Son 15 folios.

Poder Ejecutivo.
240 31/08/1995

Créase un régimen de promoción Turística, por un período de 10 años, para el Departamento de Tumbes, con la finalidad de incentivar el turismo Nacional e Internacional.

Son 14 folios.

Gamarra Olivares, Ernesto.
243 01/09/1995

Interprétase que el plazo a que se refiere el Artículo 6° de la Ley N° 26481, respecto de los bloqueos registrales vigentes a la entrada en vigencia de la citada norma, se computa a partir del 16 de Junio de 1995; no procediendo, por tanto, aplicar de oficio plazo de caducidad alguno, hasta antes de esa fecha.

Son 03 folios.

Torres y Torres Lara, Carlos.
245 04/09/1995

Agrégase un segundo párrafo al Artículo 14° del Decreto Legislativo N° 685 el cual quedará redactado de la siguiente forma: "Artículo 14°.- Otórgase por este Decreto Legislativo, la concesión sin exclusividad, del servicio postal en todo el País a SERPOST S.A. Dicha concesión le obliga a prestar el servicio en todo el territorio del País, con carácter de administración Postal del Estado, para el cumplimiento de los acuerdos y convenios internacionales.

Son 07 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
246 04/09/1995

Sustitúyase el Artículo 1° de la Ley N° 26200, modificado por Ley N° 26431, por el texto siguiente: "Artículo 1°.-Extiéndase el plazo para solicitar el fraccionamiento a que se refiere el Artículo 10° del Decreto Supremo Extraordinario N° 011-PCM/93 hasta el 16 de enero de 1997. Las pólizas y/o declaraciones de importación deben ser numeradas a más tardar el 31 de Diciembre de 1996.

Son 05 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
249 05/09/1995

La presente Ley determina la definición, finalidad, competencia, dependencia, símbolos, distintivos, relaciones, funciones, atribuciones y organización de la Policía Nacional; así como sus regímenes de personal, educativo, económico y del servicio. Los aspectos específicos se rigen por sus correspondientes Leyes y Reglamentos.

Son 15 folios.

Díaz Bringas, Edilberto.
250 05/09/1995

Adiciónase a la Ley 23733 "Ley Universitaria", el Artículo 34A, el mismo que queda redactado con el texto siguiente: "Artículo 34A.- Están impedidos de postular al cargo de Rector o Vice-Rector, quienes han participado en la Comisión Organizadora, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 7° de la presente Ley; para el período inmediato al cese de sus funciones".

Son 07 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
251 05/09/1995 Declárase Bien Cultural de la Nación al Archivo Judicial de propiedad del Poder Judicial. Son 17 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
256 05/09/1995

Créase la Superintendencia de Municipalidades del Perú como Organismo Público Autónomo, responsable de promover y coordinar las acciones, planes y programas de las Municipalidades del país, con el fin de optimizar la gestión municipal y la eficiencia de los servicios municipales acorde a las políticas de desarrollo a nivel Nacional, Regional y Local.

Son 08 folios.

Torrejón De Chincha, Aurora.
257 05/09/1995 Los productos agropecuarios importados, cuyos precios internacionales presenten alta variabilidad como consecuencia de su estacionalidad y de las distorsiones originadas por los subsidios de los países exportadores, estarán sujetos a mecanismos de estabilización del costo de importación, como parte del proceso de internamiento de dichas mercancías al País.

Son 07 folios.

Larrabure Gálvez, César.
258 05/09/1995 Determínase un número de cuatro Colegios en las diferentes zonas del País para la preparación y potenciación científico-cultural de niños y jóvenes que cuenten con una inteligencia superior al promedio normal de acuerdo a la Escala de Medición de Inteligencia. Son 06 folios. Jhong Junchaya, Juan.
259 06/09/1995

Se prohíbe la introducción y fabricación en el País de productos adhesivos de contacto, pegamentos y otros similares, si en su fórmula no incluyen A11 y 1 Isocianato (conocido como "Aceite de Mostaza") en proporción y forma tal, que vuelva repulsiva para la aspiración o inhalación humana el contenido de los mismos.

Son 12 folios.

Chipoco Cáceda, Carlos.
262 06/09/1995

Modifícanse los Artículos 80° Inciso 3), 81° y 95° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en los siguientes términos: Artículo 80°.-Son atribuciones de la Sala Plena de la Corte Suprema: 3.- Elegir al Vocal Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura y a dos (02) Vocales integrantes del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

Son 06 folios.

Paredes Cueva, Mario / Vicuña Vásquez, Eusebio / Amuruz Gallegos, Roger / Coral Pérez, Víctor Daniel.
263 06/09/1995

Los funcionarios a que se refiere el Artículo 39° de la Constitución Política del Perú sólo pueden salir del territorio Nacional, con recursos del Estado, en los casos siguientes: a) El Presidente de la República, previa autorización del Congreso o de la Comisión Permanente de éste; b) Los Congresistas, con acuerdo de la Comisión Directiva pertinente; c) Los Ministros de Estado, con acuerdo del Consejo de Ministros y previa Resolución Suprema; d) Los Vocales de la Corte Suprema, previo acuerdo en Sala Plena.

Son 06 folios.

Alva Orlandini, Javier.
264 06/09/1995

Son infracciones a la Constitución Política del Perú: 1) Ejercer las funciones públicas designadas en la Constitución, sin juramento o promesa de cumplirla; 2) Desempeñar más de un empleo o cargo público remunerado, con excepción de uno o más por función docente.

Son 06 folios.

Alva Orlandini, Javier.
265 06/09/1995

Para los efectos de esta ley son extranjeros las personas que no tienen la calidad de Peruanos, conforme al Artículo 52° de la Constitución Política del Perú.

Son 09 folios.

Alva Orlandini, Javier.
266 06/09/1995

Los Partidos Políticos son Asociaciones cuyo objeto es participar democráticamente en los asuntos públicos del País, dentro de las disposiciones de la Constitución y de la presente Ley.

Son 15 folios.

Alva Orlandini, Javier.
269 07/09/1995 Declárese de interés Nacional la creación de Institutos Culturales Binacionales, con el objeto de promover la cultura de otros Países, y a su vez que estos promocionen la cultura del Perú.

Son 06 folios.

Ruiz Caro Álvarez, Víctor Manuel.
270 07/09/1995

Modifícase la Quinta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley N° 26338 de la siguiente manera: "La Empresa de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (SEDAPAL), se encuentra fuera de los alcances de lo previsto en el Artículo 5°, 7°, 45° y 46° de la presente Ley". Precísase, que el ámbito de responsabilidad de SEDAPAL, comprende la Provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, excepto en aquellos lugares donde existe entidades prestadoras de este servicio a la fecha de la dación de la mencionada Ley.

Son 07 folios.

Vicuña Vásquez, Eusebio.
271 07/09/1995

Adjudícase a la Cooperativa de Vivienda "Fray Pedro Urraca-La Merced" Ltda., del Distrito de Ate Vitarte, en venta directa, a precio de arancel vigente, el terreno de propiedad del Estado, cuya área es de 302,034.40 m2., comprendido al Sur de la Zona Arqueológica "Catalina Huanca", ubicado entre los Cerros Candela y Huaquerones, Distrito de Ate Vitarte, para que dichos, debidamente lotizados, puedan ser adjudicados también en venta directa, a los socios de la mencionada Cooperativa.

Son 08 folios.

Vicuña Vásquez, Eusebio.
272 07/09/1995

El Naturista en Medicina Natural es agente fundamental del bienestar del ser humano y utilizando los recursos que produce la Naturaleza, permite que la salud constituya un estado de bienestar físico, mental, social especialmente en las zonas rurales y urbano; y sin perjuicio de desarrollar la medicina natural por el mérito de la presente Ley.

Son 14 folios.

Vicuña Vásquez, Eusebio.
273 07/09/1995

Crear el "Proyecto Piloto para la Investigación y Desarrollo del Patrimonio Arqueológico SIPAN", como un Organismo Público dependiente de la Alta Dirección del Ministerio de Educación, constituido bajo la modalidad de persona jurídica de derecho público interno, con autonomía técnica, administrativa y económica. Se regirá por la presente Ley, su Reglamento de Organización y Funciones y demás disposiciones legales que le sean aplicables.

Son 08 folios.

Chang Ching, Luis.
274 19/09/1995

Las Listas Independientes que postulan candidatos a Alcaldes y Regidores para los Concejos Provinciales y Distritales, así como para uno o más Concejos Distritales en dichas Provincias, se identificaran en ambos casos, con los mismos símbolos.

Son 08 folios.

Mantilla Campos, Agustín / Zumaeta Flores, César / Velásquez Quesquén, Javier / Núñez Román, Edgar.
277 11/09/1995

Créase una Comisión Multisectorial integrada por representantes de diversos sectores para su estudio y posterior elaboración para la creación de un Aeropuerto Internacional en la Ciudad del Cuzco, esta Comisión gozará de las mismas atribuciones preservadas por la Constitución de la República, de acuerdo a la Ley Marco de Inversión Privada Decreto Ley N° 757.

Son 08 folios.

Ruiz Caro Álvarez, Víctor Manuel.
278 11/09/1995

Modifícase el Artículo 1° de la Ley 25326, el mismo que queda redactado con el texto siguiente: "Artículo 1°.- Los impresores y editores de libros, enciclopedias, diccionarios, folletos y demás material bibliográfico están obligados a remitir a la Biblioteca Nacional, seis ejemplares de sus ediciones, los mismos que son distribuidos de la forma siguiente: - Tres (3) para la Biblioteca Nacional del Perú. - Uno (1) para el Sistema Nacional de Bibliotecas. - Uno (1) para la Biblioteca Municipal del lugar donde ha sido impreso. - Uno (1) para la Biblioteca del Congreso Nacional.

Son 07 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
279 11/09/1995

Modifícase el Artículo 10° de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el que en adelante se entenderá en los siguientes términos: "Artículo 10°.- El Jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, es nombrado por el Consejo Nacional de la Magistratura por un período renovable de cuatro (4) años mediante concurso público, conforme al Artículo 183° de la Constitución Política del Perú".

Son 08 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
281 11/09/1995 Declárese objetivos Nacionales de desarrollo la integración de la Costa y Sierra Norte, con la Selva Norte y Central del País y tomar conciencia de la Bío-océanidad del Perú, por medio del "Corredor Bío-Océanico Nor Oriental Paita-Belén".

Son 08 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
282 11/09/1995 Modifíquese el Artículo primero de la Ley N° 26258 en la forma siguiente:

"Artículo Primero", prohíbase, por un período de quince años, la tala de árboles de la Región La Libertad; así como la producción transporte y comercialización de leña y carbón de los mencionados árboles.

Son 09 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
283 11/09/1995

Autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas la transferencia a la Región Nor Oriental del Marañón (RENOM) del total de la recaudación, que recibe en forma mensual, el Estado en la indicada Región, por concepto de Impuesto General a las Ventas.

Son 04 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
284 11/09/1995

Modifícase el Artículo 32° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado mediante el Decreto Supremo 017-93-JUS, quedando redactado en los siguientes términos: "Artículo 32°.- La Corte Suprema conoce de los procesos en vía de casación con arreglo a la Ley Procesal respectiva, así como los que provengan del Consejo Supremo de Justicia Militar".

Son 08 folios.

Pease García, Henry / Grados Bertorini, Alfonso / Estrada Choque, Aldo / Estrada Pérez, Daniel.
285 11/09/1995 Modifíquese el Artículo 320° del Decreto Ley N° 23214 o Código de Justicia Militar en los siguientes términos:

"Artículo 320°.- Por razón del delito, la jurisdicción militar conoce de las causas seguidas contra los miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en situación de actividad o disponibilidad.

Son 07 folios.

Pease García, Henry / Grados Bertorini, Alfonso / Estrada Choque, Aldo / Estrada Pérez, Daniel.
286 12/09/1995

Declárese de necesidad, la prestación de servicios higiénicos al público, a nivel nacional.

Son 14 folios.

Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis Alberto / Heresi Abdelnour, Moisés.
287 12/09/1995 Reduce el número de Regidores de todos los Concejos Municipales. Son 06 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
288 12/09/1995 Establécese un CANON equivalente al 20% del Impuesto a la Renta pagados por los titulares de la actividad pesquera de la circunscripción donde se encuentran ubicados los derechos pesqueros, a partir de los años fiscales 1993-1994.

Son 05 folios.

Núñez Román, Edgar.
289 12/09/1995

La presente Ley regula las funciones, competencia y estructura de la actividad turística pública y privada en toda la República.

Son 08 folios.

Ruiz Caro Álvarez, Víctor Manuel.
291 13/09/1995

Por esta única vez y de manera excepcional, adjudícase en venta directa, a precio de arancel, los terrenos de propiedad del Estado, ubicados entre las Avenidas San José, Prolongación Huaylas y Santa Cruz sin número; al lado del Colegio Nacional "Virgen del Morro", en el Distrito de Chorrillos, en la Provincia y Departamento de Lima; en favor de los moradores del Asentamiento Humano "Villa Mercedes", los que fueron lanzados de esos terrenos sin que hayan sido reubicados hasta el presente; prorrateándose el costo del terreno para esta adjudicación-venta, en 48 cuotas pagaderas mensualmente hasta la extinción de la deuda.

Son 12 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
294 14/09/1995 Sustitúyase la Única Disposición Transitoria del Decreto Ley 25967 por el siguiente: "UNICA DISPOSICION TRANSITORIA: Las solicitudes en trámite a la fecha de vigencia del Decreto Ley 25967, seguirán su curso normal de acuerdo con el Decreto Ley 19990 y demás disposiciones legales, no siendo afectadas por lo dispuesto en la presente Ley".

Son 05 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
295 14/09/1995 El Personal Militar, Policial o Civil, sin distinción del estado que se encuentra dentro de la Ley de su situación, y que hayan sido beneficiados con la Ley de Amnistía N° 26459 por estar incursos dentro del Inciso primero de la misma, que incurran en la Comisión de nuevos ilícitos penales como consecuencia de la lucha contra el terrorismo; serán sancionados con el extremo más grave de la pena que corresponda al delito cometido, más un veinte por ciento (20%) todo lo cual será de condena efectiva.

Son 05 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
296 14/09/1995

Nombrar una nueva Comisión Liquidadora de las Cooperativas de Ahorro y Crédito actualmente en proceso de liquidación, adecuando tanto el nombramiento de la comisión como el procedimiento a seguir lo establecido en el Capítulo II y siguientes del Título VI del Decreto Legislativo N° 770, Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros.

Son 11 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
297 14/09/1995

Las Municipalidades Provinciales se encargarán de efectuar las Revisiones Técnicas de los vehículos de servicio público de transporte de pasajeros urbano e inter-urbano en el ámbito de su jurisdicción, siendo válidas las mismas en todo el territorio Nacional.

Son 09 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
298 14/09/1995

Modifícase el Artículo 9° de la Ley 24786 "Ley General del Instituto de Seguridad Social", el cual queda redactado con el texto siguiente: Artículo 9°.- El Consejo Directivo es el máximo Órgano Directriz del IPSS y está integrado por tres representantes del Estado; tres de los asegurados, uno de los cuales deberá ser representante de las organizaciones de los jubilados; y, tres de los empleadores.

Son 05 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
299 14/09/1995

Todos tienen acceso a la actividad deportiva, como individuos o a través de asociaciones o cualquier otro tipo de personas jurídicas previstas por el Código Civil o la Ley General de Sociedades.

Son 13 folios.

Rey Rey, Rafael / Chirinos Soto, Enrique / Salazar Larraín, Arturo.
301

14/09/1995

 

Modifíquese el Artículo 1 de la Ley 24801 en los términos siguientes: Artículo 1°.- "El Presidente de la República, Congresista de la República, Ministros de Estado, Viceministros, Rectores y Vicerrectores de las Universidades Nacionales, Miembros del Tribunal Constitucional, Defensor del Pueblo, Vocales de la Corte Suprema y Cortes Superiores, Jueces de Primera Instancia, Fiscal de la Nación, Fiscales Supremos, Superiores Provinciales y Fiscales Adjuntos, Controlador General de la República y Subcontralor, Presidente del Banco Central de Reserva del Perú, Superintendente de Banca y Seguros, Alcaldes Provinciales y Regidores Provinciales, Alcaldes de los Distritos de Lima, formularán declaraciones de bienes y rentas en aplicación de lo dispuesto por el Artículo 41 de la Constitución Política del Perú.

Son 04 folios.

Pulgar Lucas, Enrique Orlando.
302 14/09/1995

Es obligatoria para su entrada en vigencia, la publicación en el diario oficial "El Peruano", del texto integro de la Constitución, las Leyes, Tratados Internacionales, Decretos, Sentencias sobre Inconstitucionalidad de Normas, Resoluciones Legislativas y Supremas, Ordenanzas y Edictos Municipales y demás Dispositivos Legales cuyo carácter general y normativo sea de alcance Nacional.

Son 18 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
303 15/09/1995

Modifícase el Artículo 82° del Decreto Ley 25844 "Ley de Concesiones Eléctricas", el mismo que queda redactada con el texto siguiente: "Artículo 82°.-Todo solicitante, ubicado dentro de una zona de concesión de distribución, independientemente de que se trate del propietario, inquilino, usufructuario, etc. tendrá derecho a que el respectivo concesionario le suministre energía eléctrica, previo cumplimiento de los requisitos y pagos que al efecto fije la presente ley y el Reglamento, conforme a las condiciones técnicas que rijan en el área.

Son 08 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
304 15/09/1995

Modifícase los Incisos a) y b) del Artículo 1° de la Ley N° 26174 que regula el "Programa Migración-Inversión", los mismos que quedan redactados con el texto siguiente: "Artículo 1°.- La presente Ley regula la aplicación del "Programa de Migración-Inversión", destinado a la promoción de inversiones y transferencia de tecnología, y a facilitar las actividades económicas y la nacionalización de ciudadanos extranjeros que deseen aportar capital e invertir en el Perú.

Son 08 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
305 15/09/1995

Todo aquel ciudadano que hubiera sido denunciado, procesado y posteriormente sentenciado, en su condición de autoridad o de miembro de la Policía Nacional o de las Fuerzas Armadas, por la comisión de un delito grave contra los Derechos Humanos, sancionado con más de cinco años de prisión, no tendrá idoneidad para desempeñar cargos públicos de cualquier género, durante los diez años siguientes a la fecha de la comisión de los delitos respectivos.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
306 15/09/1995

Toda denuncia policial o del Ministerio Público concerniente a delitos por narcotráfico, deberá ser comunicada dentro de los diez días de su formulación, a la Corte Suprema de la República, al Ministerio Público y a la Comisión de Justicia del Congreso Constituyente Democrático.

Son 10 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
307 15/09/1995

Reconócese con el carácter de deuda pública del Estado, lo pagado intrínsecamente de menos a los Servidores y Pensionistas Públicos, desde la dación del Decreto Legislativo 276, en cuanto a sus beneficios, compensaciones por tiempo de servicios y pensiones.

Son 09 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
308 15/09/1995

Adjudícase al Municipio Provincial de San Román-Juliaca, el Campo Ferial en el que se llevan a cabo anualmente las Exposiciones Ganaderas Regionales, en la mencionada localidad, con el objeto de que en dicho terreno pueda construirse por dicho Municipio el Mercado Mayorista Central de la citada localidad.

Son 09 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
313 18/09/1995

Proyecto del nuevo texto de la Constitución Política del Perú.

Son 155 folios.

Alva Orlandini, Javier.
315 18/09/1995

A los fines de la presente Ley que norma las actividades de la radioafición, se adoptan las siguientes definiciones de términos. ANEXO 1.-Cuadro donde se indican las bandas, frecuencias y modos autorizados por el Reglamento de Radio, las Conferencias CAMR y el Plan Nacional de Asignación de Frecuencias.

Son 22 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
316 18/09/1995 Modifíquese los Artículos 186° y 189° del Código Penal, en los siguientes términos: Artículo 186.- El agente será reprimido con pena privativa de libertad NO MENOR DE TRES NI MAYOR DE OCHO AÑOS, si el hurto es cometido: Inciso 7° SOBRE BIENES DEL ESTADO O QUE CONSTITUYAN PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN.

Son 03 folios.

Estrada Choque, Aldo.
317 18/09/1995

Agréguese al Artículo 3° de la ley 26520 el siguiente texto: Artículo 3°-A: Podrán proponer candidato a la Defensoría del Pueblo: a) La Junta de Decanos de Colegios de Abogados del Perú; b) Los Colegios de Abogados.

Son 05 folios.

Estrada Choque, Aldo.
319 19/09/1995 Derógase el Decreto Ley 26092, restituyéndose la vigencia de las disposiciones que fueron a su vez derogadas por dicho Decreto Ley. Son 12 folios. Llerena Marotti, Antonio.
320 19/09/1995 Interprétase, por Vía Auténtica, que la exoneración de todo tributo Fiscal o Municipal, que el Artículo 87° de la Ley N° 23733 otorga a las Universidades, tiene carácter permanente e incluye las aportaciones al FONAVI. Son 16 folios. Guerra-García Cueva, Roger / Cardoso Romero, Francisco / Mellado Céspedes, Edith / Ruiz Dávila, Jorge / Urrelo Guerra, Rafael.
321 19/09/1995 Sustitúyase el párrafo tercero del Artículo 198° de la Constitución, por el siguiente texto:

"El Presidente y el Vice-Presidente de la Región son elegidos por sufragio directo por un período de cinco años. Pueden ser reelegidos. Su mandato es revocable, pero irrenunciable. Gozan de las prerrogativas que les señala la Ley".

Son 04 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
322 19/09/1995

A partir del Ejercicio de 1996, se reducirá proporcionalmente en el transcurso de 5 años, a razón de una quinta parte por año, hasta su extinción, el llamado Impuesto Selectivo al Consumo.

Son 11 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
323 19/09/1995

Los ciudadanos que por haber contribuido con su esfuerzo personal o mediante el uso de bienes de su propiedad, en el combate contra la subversión terrorista, sufrieron o sufran efectos graves en su salud corporal o en su patrimonio, tendrán derecho a ser indemnizados equitativamente, y en el caso de haber quedado inhabilitados al goce de una pensión mensual, en la forma y proporción que establezca el reglamento de la presente Ley.

Son 11 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
324 20/09/1995

El procedimiento previsto en el Artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento al Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 05-95-TR, es aplicable para que el empleador ejerza las facultades que le confiere el segundo párrafo del Artículo 42° de la misma Ley.

Son 20 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
325 20/09/1995

Modificase los Artículos 4° y 5° de la Ley N° 26264, en los términos siguientes: "Artículo 4°.- Las Municipalidades Provinciales identifican y califican a los Asentamientos Humanos a que se refiere la presente Ley, posesionados en terrenos de propiedad Fiscal o Municipal; elaboran el Padrón de Poseedores de Lotes y aprueban los Planos Perimétricos, de Lotización y Vías; otorgan los Títulos de Propiedad respectivos. La inscripción y registro de dichos Título se efectúa en el Registro Predial o en los Registros de Propiedad Inmueble, según corresponda, quedando cancelada cualquier inscripción anterior o afectación administrativa en favor de cualquier organismo Público o Empresa del Estado.

Son 14 folios.

Salgado Rubianes De Paredes, Luz / Torrejón De Chincha.
326 20/09/1995 La presente Ley tiene por finalidad transferir en venta directa, al valor arancelario vigente para predios urbanos a la fecha de la transacción del área de terreno ocupado por los actuales posesionarios de la Asociación de Pequeños Industriales y Artesanos de Trujillo (APIAT-L).

Son 09 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
327 20/09/1995

Restitúyase desde la aplicación de esta Ley, la vigencia de la Ley 25009, modificándose únicamente las aportaciones para fines jubilatorios en ella establecidas, del 11% al 15%, a calcularse a razón del 2% para trabajadores y del 2% para los empleadores, con el requerimiento adicional de trabajar, cuando menos de 5 años, con esta nueva aportación.

Son 08 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
328 21/09/1995 Modifíquese el Artículo 59° del TUO de la Ley General de Minería de acuerdo al siguiente texto: Artículo 59°.- Es causal de caducidad de las concesiones mineras, el no pago oportuno del Derecho de Vigencia o de la Penalidad según sea el caso, durante dos años consecutivos o tres alternados, habilitándose en este último caso al titular de la concesión minera a cancelar los adeudos alternados, siempre y cuando haya cumplido con pagar durante dos años consecutivos; en tal caso al tercer año pagará el primer adeudo junto con el que corresponde a dicho año, pudiendo asimismo al cuarto año pagar el adeudo del segundo año de atraso más el correspondiente a dicho año, aplicándose dicho criterio tanto para el derecho de vigencia como para la penalidad. Son 07 folios. Pando Pacheco, Eduardo Benjamín.
329 21/09/1995 Exonérese el Impuesto General a las Ventas, a las construcciones que realizan las Universidades Nacionales a nivel nacional.

Son 18 folios

Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis Alberto / Heresi Abdelnour, Moisés.
330 20/09/1995 Modifícase el Artículo 22° del Decreto Ley N° 17537, "De la Representación y Defensa del Estado en Juicio", de la siguiente manera: "Artículo 22°.- Procede la consulta únicamente contra las sentencias absolutorias de primer grado dictadas en los procesos por delitos contra el patrimonio en agravio del Estado, concusión, peculado, corrupción de funcionarios y tráfico ilícito de drogas. En estos casos el expediente se elevará de oficio al superior dentro de cinco días, bajo responsabilidad. La Resolución definitiva se expedirá en el plazo de veinte días, previos el Dictámen Fiscal, que se emitirá en el mismo plazo y la Vista de la Causa que se señalará inmediatamente".

Son 07 folios.

Salgado Rubianes De Paredes, Luz.
333 22/09/1995

Créase el Sistema Privado de Ahorro y Préstamo para Vivienda, el mismo que se regirá por lo dispuesto por la presente Ley.

Son 19 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero / Flores Nano, Lourdes / Barrón Cebreros, Xavier.
334 22/09/1995

Declárase de urgente necesidad pública, la creación y pronto funcionamiento de la Empresa de Generación de Energía Eléctrica SAN GABAN S.A. (EGESAG S.A.), constituida básicamente con aporte de recursos fiscales, la que tendrá por objetivos fundamentales la producción, venta y distribución al por mayor, de la energía que se produzca en las Centrales Hidroeléctricas del mismo nombre.

Son 07 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
336 22/09/1995 Las elecciones Ediles señaladas para el Domingo 12 de Noviembre del presente año, se llevarán a cabo indefectiblemente el día Domingo 26 del mismo mes, prorrogando en igual forma el plazo señalado para la inscripción de candidaturas y consiguiente recepción de planillones de adherentes hasta el día 16 de Octubre próximo. Son 08 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
337 22/09/1995 Prohíbase la libre importación de todo género de vehículos usados autopropulsados, utilizables para el transporte de pasajeros y carga. Dentro de la prohibición dispuesta quedan incluidas las donaciones de los mismos vehículos exceptuándose aquellas que ingresen con la garantía irrevocable de la propia entidad fabricante, sobre su capacidad de uso cuando menos por diez años más a partir de la fecha de donación.

Son 12 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
338 22/09/1995 Declárese el año 1996 como "Año de la Lucha contra la Desertificación" Son 07 folios. Medelius Rodríguez, Oscar.
339 22/09/1995 Modifícase el numeral 7 del Artículo 62 del Código Tributario con el texto siguiente: 7) Cuando la Administración presuma la existencia de evasión tributaria, la SUNAT o SUNAD podrá practicar incautaciones de bienes en infracción, que guarden relación con la realización de hechos imponibles, por un plazo que no podrá exceder de 15 días hábiles, prorrogables por 15 días hábiles más, siempre que realice dicha incautación con la presencia del Ministerio público, quien deberá concurrir bajo responsabilidad. Son 06 folios. Medelius Rodríguez, Oscar.
340 22/09/1995 Modifícase el Artículo 18° de la Ley N° 26397 Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, el cual queda redactado con el texto siguiente: "Artículo 18°.- En la elección de los miembros titulares del Consejo Nacional de la Magistratura, se elige conjuntamente a los miembros suplentes. En caso de empates de quienes obtienen la más alta votación, se procede al sorteo". Son 06 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
341 22/09/1995 Declárese de necesidad pública y de preferente interés Nacional, la sustitución de cultivos en zonas de producción de la hoja de coca. Son 06 folios. Breña Pantoja, Rolando.
342 22/09/1995 Concédase Amnistía y Corte de Juicio a las personas desplazadas de sus lugares de origen, como consecuencia de la violencia armada y terrorista, siempre que dichas personas se acojan al PAR (Programa de Apoyo a la Repoblación). Son 04 folios. Breña Pantoja, Rolando.
344 22/09/1995 Establézcase un Canon del 30% sobre el total de los ingresos y rentas percibidos por el Estado por concepto de utilidades generadas por la explotación minera de Oro en los Departamentos de Cajamarca y Amazonas, el cual regirá hasta la extinción de dicho recurso natural.

Son 20 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
345 22/09/1995

Modifíquese el Artículo 216 C.P., el cual quedará redactado en los siguientes términos: "Artículo 216.- El que copia, reproduce, exhibe, emite, ejecuta o difunde al público, en todo o en parte, por impresión, grabación, fonograma, videograma, fijación u otro medio, una obra o producción literaria, artística, científica, o técnica, sin la autorización escrita del Autor o Productor o Titular de los derechos, en su caso, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años".

Son 10 folios.

Cerro Moral, María Ofelia.
347 25/09/1995

De conformidad con el Artículo 77° de la Constitución Política del Estado, distribúyase en calidad de CANON PESQUERO, el 100% de los ingresos recaudados por todo tipo de impuesto por la explotación de los recursos hidrobiológicos marinos, entre los Gobiernos Regionales, Municipalidades Provinciales y Distritales donde están localizados los Puertos Pesqueros y las Plantas Industriales de Harina y Aceite de Pescado.

Son 07 folios.

Núñez Román, Edgar.
349 25/09/1995

Sustitúyase los Artículos 39° y 40° del TITULO SEXTO "OBLIGACIONES DE LOS TITULARES DE CONCESIONES" del texto Único Ordenado de la Ley General de Minería (TUO) aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM, los que tendrán el siguiente texto: "Artículos 39°.- A partir del año siguiente a la inscripción del Título de la Concesión Minera, el concesionario minero estará obligado al Pago del derecho de Vigencia.

Son 13 folios.

Barbarán Rengifo, Carlos.
351 25/09/1995 Modifíquese el Artículo 86° de la Ley Orgánica de Municipalidades 23853, el que quedará redactado en la forma siguiente: "Artículo 86°.- Los Bienes Municipales gozan de los mismos privilegios que los Bienes Estatales. Los Bienes de dominio público, son inalienables, imprescriptibles e inembargables. Son 16 folios. Núñez Román, Edgar.
352 25/09/1995 El texto del Artículo 27° de la Ley Orgánica de Municipalidades es el siguiente: La Vacancia del Cargo de Alcalde o Regidor es declarada por el correspondiente Concejo Municipal, con el voto aprobatorio de la mayoría del numero legal de sus miembros.

Son 07 folios.

Estrada Pérez, Daniel.
353 25/09/1995 Son fines de la presente Ley, promover, normar y controlar las actividades de producción, procesamiento y comercialización de semillas de calidad en el territorio Nacional y fomentar su utilización, así como también estimular las actividades de investigación fitogenética en el área de semillas. Son 09 folios. Larrabure Gálvez, César.
355 26/09/1995

Derógase la Ley N° 26530, que admite la esterilización como una de las posibles políticas poblacionales del Estado.

Son 04 folios.

Rey Rey, Rafael / Chirinos Soto, Enrique / Salazar Larraín, Arturo.
356 26/09/1995 Declárase la libertad de comercio de la hoja de coca.

Son 05 folios.

Breña Pantoja, Rolando.
357 26/09/1995

Las vacantes existentes en el Poder Judicial y en el Ministerio Público, a la fecha de publicación de esta Ley, serán cubiertas, necesariamente, por el Consejo Nacional de la Magistratura de conformidad con su Ley Orgánica y dentro del plazo de sesenta días.

Son 04 folios.

Alva Orlandini, Javier.
359 26/09/1995 Establecer que el personal de la Policía Nacional que ha optado Título Profesional Universitario, será nivelado anualmente como Oficial de servicios previa evaluación y de acuerdo al número de vacantes presupuestadas.

Son 07 folios.

Villasante Chambi, Cristóbal.
360 26/09/1995

Declárese ZONA DE ATENCION PREFERENTE a los valles de los Ríos Huallaga (Región San Martín), Monzón y Pachitea (Región Andrés Avelino Cáceres), Aguaytía (Región Ucayali), Apurímac y al valle de la Convención (Región Inka), en sus ámbitos afectados por cultivos ilícitos, mientras se implemente el Plan Nacional de Desarrollo Alternativo, contemplado en el Plan Nacional de Prevención y Control de Drogas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 82-94-PCM.

Son 15 folios.

Urrelo Guerra, Rafael / Pando Pacheco, Eduardo / Torrejón De Chincha, Aurora.
361 26/09/1995

Sustitúyese el Artículo 140° de la Constitución Política del Perú el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo140°.- La Pena de Muerte solo puede aplicarse por el Delito de Traición a la Patria en caso de guerra, terrorismo, y por delito de Violación de la Libertad Sexual de Menores de 10 años; conforme a la Leyes y a los Tratados de los que el Perú es parte obligada.

Son 06 folios.

Muñiz Ziches, Jorge.
362 26/09/1995

Ninguna disposición Legal o Administrativa tiene efecto si no es publicada en el Diario Oficial "El Peruano", si emana de los Poderes Legislativos, Ejecutivo y Judicial y de los Órganos Constitucionales Autónomos; o en el diario que publica los edictos judiciales, si se trata de disposiciones Regionales y Municipales.

Son 11 folios.

Alva Orlandini, Javier.
363 26/09/1995 Dáse fuerza de Ley al Decreto Supremo N° 018-80-IN, de 25 de setiembre de 1980. Son 04 folios. Alva Orlandini, Javier.
364 26/09/1995 Sustitúyese el Artículo 5° de la Ley 23835 con el texto siguiente: "Artículo 5°.- Las Normas de esta ley son aplicables a las personas mencionadas en el Artículo 39° de la Constitución Política del Perú y a los Viceministros, en cuanto sean pertinentes".

Son 03 folios.

Alva Orlandini, Javier.
365 26/09/1995

La Declaración Jurada de Bienes y Rentas a que se refiere el Artículo 1° de la Ley 24801 comprende a los Congresistas y a los Funcionarios indicados en el Artículo 41° de la Constitución y a los miembros de los Gobiernos Regionales y Municipales.

Son 01 folio.

Alva Orlandini, Javier.
368 26/09/1995

Modifícase el Artículo 16° del Decreto Legislativo 777-Ley del Régimen Único Simplificado en los términos siguientes: Artículo 16.-Autorízase a la SUNAT a suscribir Convenios con los Municipios Provinciales a efecto de implementar las labores de control que este Régimen requiera.

Son 16 folios.

Figueroa Vizcarra, Jorge.
369 27/09/1995 Interprétase, por Vía Auténtica, que la inafectación con el Impuesto General a las Ventas que se menciona en el Artículo 33 del Decreto Legislativo Número 775 y el Numeral 10 de su Apéndice V, está referido a los servicios que componen los denominados "PAQUETES TURISTICOS", que se prestan por Agencias de Turismo domiciliadas en el País, en favor de Agencias y Operadores Turísticos domiciliados en el extranjero.

Son 08 folios.

Estrada Pérez, Daniel.
370 27/09/1995 Adiciónase a la Constitución el Artículo 94A°, el mismo que queda redactado con el texto siguiente:

Artículo 94A°.- El Congreso se reúne en dos Legislaturas Ordinarias Anuales y, además, en Legislaturas Extraordinarias por Decreto de convocatoria del Presidente de la República o a pedido de por lo menos dos tercios del número Legal de Representantes del Congreso.

Son 05 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
371 27/09/1995

Modifícase el Artículo 2° del Decreto Ley N° 26123 Ley Orgánica del Banco Central de Reserva del Perú, el cual queda redactado con el texto siguiente: "Artículo 2°.- La finalidad del Banco es preservar la estabilidad monetaria.

Son 06 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
372 27/09/1995 Exceptúese de los alcances del Decreto Supremo N° 053-93-EM a todos los Micro y Pequeños comerciantes de grifo de expendio de kerosene doméstico y diésel dos constituidos antes del año 1992.

Son 04 folios.

Ciccia Vásquez, Miguel Segundo.
373 27/09/1995 Declárese en emergencia los Centros Poblados, infraestructura vial, sanitaria de telecomunicaciones y viviendas en general de los Distritos de Canchaque, Palambla y el Faique, ubicados en la Provincia de Huancabamba, Subregión Piura, Región Grau afectados seriamente por el embate de vientos huracanados y precipitaciones pluviales en los meses de agosto y setiembre del presente año. Son 15 folios. Ciccia Vásquez, Miguel Segundo.
374 27/09/1995 La presente Ley, tiene por objeto promover y normar el uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre, asegurando la conservación de las especies para beneficio de las generaciones presentes y futuras. Son 12 folios. Larrabure Gálvez, César.
375 27/09/1995 Incorpórese dentro de la curricula escolar el curso de Instrucción Pre-Militar en los Centros Educativos del País. Son 05 folios. Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis Alberto / Heresi Abdelnour, Moisés.
376 27/09/1995 Sustitúyase el Artículo 29° de la Ley 23506, modificado por el Artículo primero de la Ley 25011, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 29°.- La Acción de Amparo se ejerce ante el Juez de Primera Instancia en lo Civil de Turno en la fecha del Acto Violatorio del Derecho Constitucional, en el lugar donde se afectó el Derecho, o donde tiene su domicilio el afectado, o donde tiene su domicilio el autor de la infracción, a elección del demandante. Si la afectación de Derechos se origina en una orden judicial, se interpondrá ante la Sala Civil de turno de la Corte Superior de Justicia respectiva, la que encargará a un Juez de Primera Instancia en lo Civil su trámite. Son 04 folios.

Muñiz Ziches, Jorge.
377 28/09/1995 Los recursos provenientes del Fondo Nacional de Vivienda FONAVI, se destinarán exclusivamente a financiar las necesidades de vivienda de los trabajadores aportantes a dicho fondo. En consecuencia, queda prohibido el uso de dichos fondos para fines ajenos a los establecidos en la Ley de su creación. Son 05 folios. Ghilardi Álvarez, Freddy.
378 28/09/1995 Reconózcase la propiedad de los terrenos en el corredor ribereño, denominado Costa Verde-Callao, al Concejo Provincial del Callao, en el área del Cercado del Callao y a los Municipios Distritales de la Perla y la Punta, dentro de los límites de sus respectivas jurisdicciones, no estando comprendidos los terrenos de propiedad de terceros; y a mérito de la presente Ley, cada una de las Municipalidades mencionadas anteriormente procederán a inscribir sus derechos en el Registro correspondiente. Son 28 folios. Medelius Rodríguez, Oscar.
379 28/09/1995 Déjese sin efecto los Decretos Supremos N° 011-93-TR y N° 01-94-TR, restableciéndose el Derecho de los Jubilados de Electrolima a percibir sus Pensiones de Jubilación conforme al régimen especial establecido por la Ley N° 10772, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo del 7 de Abril de 1947, y las demás normas modificatorias y complementarias reguladoras de dicho régimen pensionario. Son 78 folios. Vicuña Vásquez, Eusebio.
380 28/09/1995 De acuerdo a lo establecido en el Artículo 32° Inciso d), del Decreto Legislativo 773-Código Tributario-, el pago de los Tributos podrá ser efectuado mediante la entrega de Títulos Valores aceptados por terceros.

Son 16 folios.

Gamarra Olivares, Ernesto.
383 28/09/1995 Las Cauciones Judiciales que impongan los Jueces, una vez confirmada la responsabilidad del procesado, constituyen ingresos propios del Poder Judicial.

Son 15 folios.

Poder Judicial.
384 28/09/1995 Modifícase el Inciso 5) del Artículo 36° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 23853, con el texto siguiente: ….Inciso 5) Autorízase la contratación de obras, servicios e inversiones, así como la adquisición de bienes y servicios, sin que exceda su ejercicio presupuestal y no supere el período de Gobierno para el cual sus miembros fueron elegidos. Son 07 folios. Paredes Cueva, Mario.
385 02/10/1995 Deróguese la Ley N° 26440, a efecto de que los Organismos del Estado encargados de promover la inversión privada en los Proyectos Integrales cuenten con una normatividad coherente para el desarrollo de su función en beneficio del País. Son 15 folios. Rodas Díaz, Erland / Colchado Arellano, Genaro.
386 02/10/1995 Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas asignar un monto equivalente a los recursos que las Municipalidades dejen de percibir por la aplicación del Decreto Legislativo 776. Son 14 folios. Díez Canseco Cisneros, Javier.
389 03/10/1995 Suprímase en el Artículo 178° del Código Penal la frase "La exención de pena a que se alude se extiende a los coautores". Son 04 folios. Alva Orlandini, Javier.
390 03/10/1995 Modifícase y amplíase el Artículo 10° del Decreto Ley N° 25844-Ley de Concesiones Eléctricas en los términos siguientes: Artículo 10°.- La Comisión de Tarifas Eléctricas es un Organismo Técnico y Descentralizado del Sector Energía y Minas con autonomía funcional, económica, técnica y administrativa, responsable de fijar las tarifas de energía eléctrica y de ejercer el arbitraje en los contratos de Libre Negociación de acuerdo a los criterios establecidos en la presente Ley.

Son 09 folios.

Zumaeta Flores, César.
392 03/10/1995 Modifícase el Artículo 2° del Decreto Legislativo 780 "Ley de Beneficios Tributarios para las Empresas de Servicios de Establecimiento de Hospedaje", el mismo que queda redactado con el texto siguiente: "Artículo 2°.- Las Empresas de servicios de establecimiento de hospedaje que se constituyan o establezcan hasta el 31 de Diciembre de 1996, gozarán de los siguientes beneficios: a) Exoneración del Impuesto Mínimo a la Renta y depreciación a razón del 10% anual para los inmuebles de propiedad de dichas empresas afectadas a la producción de rentas gravadas. b) Exoneración del Impuesto Predial. Son 15 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
394 04/10/1995 Condónase a las personas naturales que resultaron adjudicatarias de terreno y construcción en la zona de San Juan Pampa de la Ciudad de Cerro de Pasco, en aplicación del Decreto Supremo N° 040-71-VI, todos los adeudos existentes a la fecha como consecuencia de esas operaciones. Son 05 folios. Vicuña Vásquez, Eusebio.
395 01/10/1995 Créase la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial de Machupicchu con sede en la Ciudad de Urubamba, como Organismo Descentralizado Autónomo para fines del volumen 05 del Presupuesto de la República, con autonomía administrativa, económica y financiera, con el propósito de planificar. promover y ejecutar Proyectos de Inversión e Investigación. Son 11 folios. Morales Costa, Lastenio.
396 05/10/1995 El Instituto Peruano de Seguridad Social, de oficio, dará trámite preferencial a las solicitudes de pensión de jubilación presentadas hasta el 19 de Diciembre de 1992, y concederá la pensión correspondiente con arreglo a las normas establecidas en el Decreto Ley 19990. Son 07 folios. Barrón Cebreros, Xavier.
397 05/10/1995 El Cónyuge o pareja de una unión de Hecho conforme al Artículo 326 del Código Civil, que estuviese al cuidado exclusivo del hogar y los hijos si los tuviera, tiene derecho en los casos de Abandono, Separación Convencional o Divorcio por causal fundada en hecho del otro, a percibir, desde el momento que se haga efectiva y hasta el límite del 50%, un porcentaje de la pensión de jubilación a cargo del Sistema Nacional de Pensiones o Sistema Privado de Pensiones, en que el otro cónyuge o pareja efectúa sus aportes.

Son 06 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
399 05/10/1995 Declarar el 16 de Octubre de cada año, "DIA NACIONAL DE LOS CLUBES DE MADRES, COMEDORES POPULARES Y AUTOGESTIONARIOS", dentro del marco del Día Mundial de la Alimentación que auspicia la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), reconociendo la participación solidaria de la mujer organizada que contribuye a mejorar el Nivel Nutricional de los sectores populares y autogenerar ingresos a través de la ejecución de Actividades Productivas.

Son 04 folios.

Espinoza Matos, María Jesús.
400 05/10/1995 Declarar el día 24 de Setiembre de cada año "DIA NACIONAL DEL VASO DE LECHE", dentro del marco de las celebraciones de la Semana Nacional de los Derechos del Niño, que se celebra en nuestro País. Son 04 folios. Espinoza Matos, María Jesús.
401 05/10/1995 Declárese de interés Nacional, cívico y patriótico, erigir un monumento que perennice la memoria del Prócer de la Independencia Americana Don José Andrés Rázuri Esteves. Son 07 folios. Guerra-García Cueva, Roger.
403 05/10/1995 Declárese de interés Nacional la conservación, protección y promoción del Patrimonio Arqueológico de Pachacámac, propiedad exclusiva del Estado, ubicado en los Distritos de Lurín y Pachacámac, Provincia de Lima. Son 06 folios. Gamarra Olivares, Ernesto.
404 05/10/1995 Créase un Fiscalía Ad-Hoc destinada a ser la llamada de Ley para conocer de las acciones y denuncias que interponga la Contraloría General de la República ante el Ministerio Público. Son 05 folios. Gamarra Olivares, Ernesto.
406 06/10/1995 Precísese el Artículo 5° de la Ley 26505 en la siguiente forma: "Los predios rústicos pertenecientes a las Comunidades Campesinas y Nativas no podrán ser declarados en abandono ni ser objeto de afectación en ningún caso, desde la fecha de la promulgación de la presente Ley hasta Julio de 1997. Son 06 folios. Breña Pantoja, Rolando / Díez Canseco Cisneros, Javier / Mantilla Campos, Agustín / Zumaeta Flores, César / Chipoco Cáceda, Carlos / Townsend Díez Canseco, Ana Elena / Lajo Lazo, Manuel / Mohme Llona, Gustavo / Gamarra Olivares, Ernesto / Reto Neyra, Santos.
409 09/10/1995 Créase una Persona Jurídica de Derecho Público denominada AUTORIDAD AUTONOMA DE MACHUPICCHU. Son 35 folios. Estrada Pérez, Daniel.
411 09/10/1995 Las Empresas de Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Ómnibus, están obligadas a contratar y mantener vigentes una póliza de seguro que cubra la pérdida y/o deterioro del equipaje y encomiendas de los usuarios de ese servicio, siempre que estén debidamente acreditados. Son 05 folios. Vidarte Correa, Elferes.
412 09/10/1995 Declarar al Departamento de Pasco, con su Capital Cerro de Pasco "CAPITAL MINERA DEL PERU". Son 07 folios. Vicuña Vásquez, Eusebio.
413 09/10/1995 Adjudíquese a Título Oneroso el lote de terreno a favor de la Cooperativa de Servicios Especiales Mercado "Señor de los Milagros Ltda. San Luis", ubicado en la 2da.Etapa Sector "C" de la Urbanización La Viña, Distrito de San Luis, Provincia y Departamento Lima.

Son 10 folios.

Vicuña Vásquez, Eusebio.
414 10/10/1995 Las Empresas de Transporte Terrestre Interprovincial de pasajeros, en caso de haberse producido un accidente de tránsito con daños personales, prestarán auxilio inmediato a los usuarios del servicio. Debiendo realizar todas las acciones pertinentes a cada caso particular, y asumiendo los gastos que resulten necesarios, para la atención de los pasajeros. Son 08 folios. Gamarra Olivares, Ernesto.
415 10/10/1995 Autorízase la transformación de la empresa Ferrocarril Huancayo Huancavelica S.A. como Institución Pública Descentralizada del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Mediante Decreto Supremo se aprobará el nuevo Estatuto de la Institución Pública Descentralizada y se dictarán las normas que requiera el proceso de transformación.

Son 10 folios.

Figueroa Vizcarra, Jorge.
416 10/10/1995 La transferencia de los mercados de propiedad Municipal o de entidades o empresas de propiedad de los Consejos Provinciales o Distritales, bajo cualquier forma o modalidad, se entenderá en primera oferta directamente con los poseedores de los puestos, demás establecimientos y/o servicios de dichos mercados, bajo sanción de nulidad. Son 07 folios. Figueroa Vizcarra, Jorge.
417 10/10/1995 La presente Ley tiene por finalidad transferir en venta directa, al valor arancelario vigente para predios urbanos a la fecha de la transacción del área de terreno ocupado por los actuales posesionarios de la Asociación de Pequeños Industriales y Artesanos establecidos en dicha Asociación, accedan en el más breve plazo a la propiedad del bien inmueble que ocupan, en el marco de la promoción de la iniciativa privada.

Son 10 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
418 10/10/1995 Se denominará "Ley Tacna" a las normas y presupuestos que permitan el desarrollo armónico de la zona austral del País.

Son10 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
419 10/10/1995 Modifíquese el Artículo 19 del Decreto Legislativo N° 779, agregándose el párrafo siguiente: "De igual forma, los pensionistas propietarios de un solo inmueble que cumplan con los requisitos indicados en los párrafos anteriores, abonarán únicamente el 10% de cualquier arbitrio o tributo Municipal creado o por crearse, diferente al Impuesto Predial, al cual únicamente se le aplicará la deducción establecida en el primer párrafo del presente artículo". Son 09 folios. Barrón Cebreros, Xavier.
420 10/10/1995 Los Cesantes y Jubilados del Sector Educación que hubieran obtenido su respectivo derecho antes de la vigencia de la Constitución Política de 1993, conforme al Decreto Ley N° 20530, modificatorias, ampliatorias, conexas y reglamentarias, continuarán gozando de sus correspondientes derechos adquiridos de manera inalterable.

Son 08 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
421 10/10/1995 Establécese el día 12 Agosto de cada año como el "Día del Jubilado Peruano". Son 05 folios. Barrón Cebreros, Xavier.
422 10/10/1995

Modifíquese el Artículo 369 del Código Penal, en los términos siguientes: Artículo 369: "El que impide a los Congresistas o a los miembros de las Asambleas Regionales o a los Alcaldes o Regidores el ejercicio de las funciones propias de sus cargos, o el que, conforme a Ley, se niega a responder al pedido de información solicitada, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años.

Son 04 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
423 10/10/1995

La Sede del Tribunal Constitucional establecido en el Artículo 201° de la Constitución Política del Estado, es la Ciudad de Arequipa. Excepcionalmente y con acuerdo de la mayoría de sus miembros, puede sesionar en cualquier otro lugar de la República.

Son 05 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
424 10/10/1995

Agotada la Vía Judicial, el Tribunal Constitucional conoce en casación de las resoluciones denegatorias de la Acción de Hábeas Corpus y la Acción de Amparo.

Son 04 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
425 10/10/1995 Deróguese el Decreto Ley N° 25892 y todas las demás normas legales que se opongan a lo dispuesto en la presente Ley. Son 04 folios. Barrón Cebreros, Xavier.
426 10/10/1995

La conformación del Consejo Supremo de Justicia Militar, los Consejos de Guerra y Consejos Superiores de Justicia de las Fuerzas Armadas y Policiales, deberán ser integrados, cuando menos, por un miembro Militar o Policial que sea Abogado.

Son 05 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
427 10/10/1995

Agrégase al Artículo 24° de la Ley del Impuesto a la Renta aprobada mediante Decreto Legislativo 774, el siguiente Inciso: "(i): Los dividendos y el reparto de utilidades que acuerde cualquiera de las entidades a que se refieren los Incisos (a) al (i) del Artículo 14° de esta Ley".

Son 21 folios.

Forsyth Mejía, Harold.
428 10/10/1995

Declárese de interés Nacional y necesidad pública el reordenamiento del comercio ambulatorio.

Son 11 folios.

Vargas Marín, Dennis.
430 10/10/1995

Están exoneradas del pago del Impuesto General a las Ventas (IGV) las donaciones a favor de entidades y dependencias del sector público, excepto empresas, así como a entidades religiosas, fundaciones y al Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.

Son 19 folios.

Díez Canseco Cisneros, Javier.
432 11/10/1995

Autorízase a los Concejos provinciales y Distritales de la República para que puedan reconocer, con el voto de los dos tercios de sus miembros titulares, con el carácter de Juntas Vecinales a las Juntas Directivas de los Barrios y en General de los Asentamientos y Núcleos de Población Urbana, que reúnan los requisitos que se fijarán en el Reglamento de la presente Ley.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
433 11/10/1995

Modifícase el Inciso b) del Artículo 56° de la ley Universitaria N° 23733, cuyo texto modificado será el siguiente: Artículo 56°……… b) Quienes hayan aprobado en dichos Centros de Estudios Superiores de Estudios por lo menos dos períodos lectivos semestrales completos o uno anual o de treinta y seis créditos".

Son 04 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
434 11/10/1995

No podrán ser designados como altos Funcionarios del Estado, de las Empresas Estatales o en general de las entidades en las que el Estado tuviera intervención determinante, quienes tengan el carácter de deudores del Fisco o de las mencionadas entidades, por encima de un millón de soles.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
436 11/10/1995 Las pensiones que correspondan para servicios prestados al Estado por menos de 20 años, cuando los titulares de las mismas cumplan a partir de la fecha 65 o más años de edad, se nivelarán automáticamente con las remuneraciones de los servidores que se hallen en actividad, en igual o similar grado de categoría o tipo de trabajo. Son 09 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
437 11/10/1995

Modifícase el texto del Artículo 51° del Decreto Legislativo N° 276, cuyo texto definitivo será en adelante el siguiente: "Artículo 51°.- La Bonificación personal se otorga a razón del 50% del total de la remuneración habitual por cada quinquenio, con deducción de lo que se perciba por concepto de cualquier otra bonificación, sin exceder en total de los ocho quinquenios".

Son 09 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
439 11/10/1995

Las disposiciones tributarias aplicables a las operaciones y transferencias que se efectúan en las Bolsas de Valores, serán también de aplicación, por mérito de esta Ley, a las operaciones y transferencias que se realicen en la Bolsa de Productos, creada por Ley N° 26361, reglamentada por Decreto Supremo N° 105-95-EF.

Son 03 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
441 11/10/1995 Autorízase al Poder Ejecutivo para que el Municipio de la Ciudad de Morelia, Capital del Estado de Michoacán, en la República de México, pueda llevar fuera del País los restos mortales de quién fuera Virrey del Perú, Don Antonio De Mendoza, que se hallan actualmente en la Basílica de la Catedral de Lima, para depositarlos en el mausoleo que para este fin se ha construido en la Ciudad antes mencionada, de la cual fue su fundador.

Son 04 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
442 11/10/1995 Increméntase a 30 días el plazo señalado en el Artículo 1° de la Ley 24247. Excepcionalmente dicho término podrá ser ampliado a petición del respectivo Ministerio o entidad, hasta por 60 días más cuando los asuntos a los que se refieren los informes solicitados tengan carácter complejo. Son 05 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
443 11/10/1995

Como excepción a lo previsto en el Artículo 156° del Código Procesal Civil vigente, todas las resoluciones judiciales emanadas en una Litis en la que el Estado sea parte, se harán obligatoriamente bajo cargo, en forma personal en las oficinas de la Procuraduría respectiva, al funcionario especialmente acreditado con tal fin, el cual deberá ejercer su labor en forma permanente dentro del respectivo local, dentro del horario oficial.

Son 09 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
444 11/10/1995

Declárese en emergencia a la Provincia de BAGUA, Departamento de Amazonas, Región Nor Oriental del Marañón RENOM, debido al lamentable estado del servicio público de agua potable y alcantarillado.

Son 11 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
445 11/10/1995

Denomínase a la Academia de la Magistratura, con el nombre de "Domingo García Rada".

Son 13 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
446 11/10/1995

El Poder Judicial establece los valores relativos al Cuadro de Cuantías Procesales y Tasas Judiciales, a un porcentaje determinado de la Unidad Impositiva Tributaria (U.I.T.)

Son 08 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
448 11/10/1995

La propiedad de las tierras de las Comunidades Nativas que estén Tituladas, en proceso de Titulación, o no tituladas, están bajo el amparo de la Constitución y las Leyes de la República, no pudiendo ser afectadas o declaradas en abandono o entregadas en alguna forma de posesión, propiedad o derecho real alguno.

Son 15 folios.

Blanco Oropeza, Carlos.
450 12/10/1995

Modifíquese el Artículo 1° del Decreto Ley 25897, de creación del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP) conformado por las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP), en los términos siguientes: Artículo 1°.- El Sistema privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP) tiene como objeto contribuir al desarrollo y fortalecimiento del Sistema de Previsión Social en el área de pensiones y está conformado por las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones-AFP, las que administran los Fondos de Pensiones a que se refiere el capítulo II del título II de la presente Ley y otorgan obligatoriamente a sus afiliados las prestaciones de jubilación, invalidez, sobrevivencia, gastos de sepelio y servicios de calidad de vida para discapacitados a que se refiere el capítulo V del título II de la presente Ley.

Son 24 folios.

Merino Lucero, Beatriz.
452 12/10/1995 A partir de la vigencia de la presente ley, las Asociaciones Pro-Vivienda comprendidas en la ley N° 13500, quedan sujetas al régimen del Código Civil sobre Asociaciones, respetando los derechos y obligaciones para con terceros y para con sus respectivos asociados.

Son 18 folios.

Lozada De Gamboa, María Del Carmen.
453 12/10/1995

Declárese de necesidad y utilidad pública el Saneamiento Legal de la Titulación de los Programas de Vivienda ejecutados por la Corporación Nacional de la Vivienda, Instituto Nacional de la Vivienda, Junta Nacional de la Vivienda, Fondo Nacional de Salud y Bienestar Social, Junta de Obras Públicas del Callao, Empresa de Administración de Inmuebles del Perú EMADIPERU, Ministerio de Vivienda y Construcción, Empresa Nacional de Edificaciones ENACE, así como por cualquier otra entidad pública que hubiera ejecutado o financiado proyectos de la misma naturaleza, que deberá efectuar con fines de regularización la Empresa Nacional de Edificaciones ENACE, a nombre del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en la presente Ley.

Son 08 folios.

Lozada De Gamboa, María Del Carmen.
454 12/10/1995

Declárese de interés Nacional y necesidad pública la ejecución de programas masivos de vivienda, entendiéndose como tales los proyectos de habilitación urbana con o sin construcción simultánea de viviendas y sus servicios básicos complementarios como mínimo.

Son 11 folios.

Lozada De Gamboa, María Del Carmen.
456 12/10/1995

Declárese de necesidad y utilidad pública el Saneamiento Legal de los Bienes Inmuebles de propiedad de las Municipalidades Provinciales y Distritales del País, así como la inscripción a nombre de la Municipalidad Provincial correspondiente de las áreas de terreno sobre las que se levantan Asentamientos Humanos sin Saneamiento Físico-Legal y que han sido materia de Ley para su Expropiación.

Son 10 folios.

Medelius Rodríguez, Oscar.
457 12/10/1995

Autorízase a la Comisión Administradora de la Cartera de Créditos, constituida mediante el Artículo sexto del Decreto de Urgencia 032-95, a remitir directamente a los Registros Públicos respectivos, la relación de los beneficiarios de lo dispuesto mediante Decreto Supremo Extraordinario 071-93-PCM, bajo responsabilidad de la Comisión.

Son 06 folios.

Figueroa Vizcarra, Jorge.
458 13/10/1995

Por excepción, tratándose de trabajadores que deban ser despedidos por efectos de la privatización de Empresas Estatales, y de dependencias estatales conexas o en general en razón de reducciones de personal, tanto en las entidades públicas como de carácter privado, éstos podrán obtener su pensión completa de jubilación, siempre que hayan cotizado por lo menos 30 años al Fondo respectivo, y que tengan cuando menos 55 años de edad.

Son 16 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
460 13/10/1995 Deróguese el Decreto Supremo N° 041-94-JUS, que amplía la Zona Reservada del Establecimiento Penitenciario de Yanamayo, Departamento de Puno. Son 96 folios. Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis Alberto / Heresi Abdelnour, Moisés.
461 13/10/1995

Declárese Zona Intangible y de Interés Nacional el Bosque Nacional "El Chaupe-Chinchiquillan-Namballe-Tabaconas", ubicado en la Provincia de San Ignacio del Departamento de Cajamarca.

Son 02 folios.

Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis Alberto / Heresi Abdelnour, Moisés.
462 13/10/1995

Declárese de necesidad pública la implementación y funcionamiento dentro de la estructura funcional de cada Municipalidad, las Oficinas de Conservación y Protección del Medio Ambiente.

Son 06 folios.

Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis Alberto / Heresi Abdelnour, Moisés.
463 13/10/1995

Los Cementerios Públicos y Privados de la República se reservarán o habilitarán áreas necesarias para que las familias que no disponen de recursos económicos suficientes, cumplan con dar sepultura a sus miembros que fallezcan.

Son 15 folios.

Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis Alberto / Heresi Abdelnour, Moisés.
464 13/10/1995 Declárese como Zona Intangible de interés Nacional las Ruinas de Cutimbo, ubicados en el Cerro Cutimbo Chico, Distrito y Provincia de Puno.

Son 04 folios.

Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis Alberto / Heresi Abdelnour, Moisés.
466 13/10/1995

Las presentes disposiciones son aplicables únicamente a los hechos protagonizados por asistentes a espectáculos deportivos, que actúen solitariamente o en grupos. Antes, durante o después de los mismos, y que tengan relación de una u otra manera con aquellos; y sean o no los autores, simpatizantes, hinchas o seguidores de determinada institución deportiva.

Son 31 folios.

Núñez Román, Edgar.
467 13/10/1995

Prohíbese la importación y comercialización de llantas usadas, cualquiera sea su país de origen.

Son 08 folios.

Medelius Rodríguez, Oscar.
468 14/12/1995 La Justicia Penal es gratuita. Se administra por los Órganos jurisdiccionales competentes, con observancia de las garantías del debido proceso. Las resoluciones son recurribles, salvo disposición Legal distinta. El Estado garantiza la indemnización por los errores judiciales.

Son 852 folios.

Alva Orlandini, Javier.
472 16/10/1995

Créase en el Registro Público de Minería, el Catastro Minero Nacional que comprende: A) El Sistema de cuadrículas en base a coordenadas UTM (Universal Transversal Mercator) a que se refiere el Artículo 11° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM.

Son 13 folios.

Larrabure Gálvez, César.
473 16/10/1995

Créase una Comisión Especial Consultiva de Revisión de casos de terrorismo y de traición a la Patria integrada por cinco personas de reconocida trayectoria ética.

Son 09 folios.

Avendaño Valdez, Jorge.
475 10/04/1996 Persona impedida es aquella que tiene una deficiencia manifestada en una pérdida o anormalidad de una estructura o función sicológica, fisiológica o anatómica, lo cual determina una discapacidad, esto es, una restricción o ausencia de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para un ser humano; y que a su vez determina una minusvalía o situación desventajosa para un individuo determinado que limita o impide el desempeño de un rol y el ejercicio de las oportunidades de participar en la comunidad en igualdad con los demás.

Son 22 folios.

Díez Canseco Cisneros, Javier / Guerra-García Cueva, Roger / Fernández Baca, Graciela / Gamarra Olivares, Ernesto / Mohme Llona, Gustavo / Ferrero Costa, Carlos
476 17/10/1995

En los procesos penales en que el Estado sea parte agraviada no se concederá de oficio recurso de apelación, recurso de nulidad o recurso de casación.

Son 46 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
478 14/05/1996

Modifícase el Artículo 111 de la Ley Orgánica del Poder Judicial en los términos siguientes: "Artículo 111.- Los Funcionarios y Servidores del Poder Judicial están sujetos a las normas especiales que sobre su Régimen Laboral se establezcan".

Son 08 folios.

Medelius Rodríguez, Oscar.
479 17/10/1995

La presente Ley establece un mecanismo de estabilización de costos de importación mediante el establecimiento de un Sistema de Franjas de Precios aplicable a la importación de los productos agropecuarios, a efectos de que el productor Nacional pueda adoptar sus decisiones en condiciones propias de mercados libres y competitivos.

Son 93 folios.

Espichán Tumay, Daniel.
480 17/10/1995

Modifíquese el Artículo 1° del Decreto Supremo N° 013-94-ITINCI, que aprueba la escala de multas aplicables a quienes realicen prácticas monopólicas, controlistas y restrictivas de la libre competencia, en los términos siguientes: "Artículo 1°.- Aprobar la siguiente escala de multas por infracciones al Decreto Legislativo N° 701: a) Infracciones graves: Hasta 500 Unidades Impositivas Tributarias.

Son 08 folios.

Merino Lucero, Beatriz.
483 18/10/1995

Modifícase el Artículo 86° de la Ley N° 23733, "Ley Universitaria", cuya redacción será en adelante la siguiente: "Artículo 86°.- Las Universidades Públicas y privadas están sujetas al Sistema Nacional de

Control. Son 04 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
484 18/10/1995

Los propietarios de tierras incluidas las Comunidades Campesinas y Nativas, cuyo usufructo pudiera sufrir limitación o perjuicio, o pudiera de alguna manera ser perturbado, por las concesiones que pudo otorgar el Estado para fines de explotación minera, petrolera o forestal, alternativamente a la venta o cesión de las mismas; tendrán derecho a percibir como Canon, desde el momento en que se otorgue la concesión, una quinta parte de lo que perciba el Estado a cada año, de parte de los respectivos concesionarios, por concepto de los derechos de Canon que se le abonen.

Son 13 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
485 18/10/1995

Establécese que en acatamiento a lo dispuesto por el Artículo 54° de la Constitución Política del Perú, el Poder Ejecutivo está en la obligación de someter a la aprobación del Poder Legislativo, cualquier acuerdo, decisión, convenio, situación o extremo, que comprometa, o pueda comprometer, directa o indirectamente, por tiempo determinado o indeterminado las tierras, aguas y aires que conforman el dominio territorial del Perú en favor de otro Estado, o de una entidad de carácter Internacional o Supranacional.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
486 18/10/1995

El cobro de los derechos que corresponden a CORPAC, respecto de los pasajeros que utilizan las líneas aéreas Nacionales e Internacionales dentro del País, se efectuarán por órgano de las empresas aéreas correspondientes, en forma simultánea con el pago de los respectivos pasajes.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
489 19/10/1995 La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) está obligada a proporcionar al Ministerio de Economía y Finanzas toda la información que le requiera a efecto de dar cumplimiento al Decreto Supremo N° 88-95-EF, de 25 de Mayo de 1995, al que se le da fuerza de Ley. Son 05 folios. Alva Orlandini, Javier.
490 19/10/1995

Adiciónase al Artículo 19° del Decreto Legislativo N° 774 Ley del Impuesto a la Renta, modificado por Ley N° 26415, el Inciso m) con el siguiente texto: "m) Los ingresos brutos que perciben los artistas no domiciliados, así como las representaciones de Países extranjeros por los espectáculos en vivo de teatro, zarzuela, conciertos de música clásica, ópera, opereta, ballet y folklore, calificados como espectáculos públicos culturales por el Instituto Nacional de Cultura, que se realicen en el País".

Son 08 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero / Gamarra Olivares, Ernesto / Grados Bertorini, Alfonso / Flores Nano, Lourdes.
494 19/10/1995

Bandera Nacional es el término que deberá usarse para referirse a ese símbolo Patrio y sustituye la terminología empleada hasta la fecha, dejando sin efecto el distingo que existía en denominar a la Bandera, según se tratara de personas o entidades, y que ha resultado inconveniente a la plena identificación Nacional.

Son 07 folios.

Medelius Rodríguez, Oscar.
495 19/10/1995

Modifíquese el texto del Artículo 56° del Decreto Legislativo 264, que dice a la letra: "El Servicio en el Activo tendrá una duración no menor de doce (12) meses, ni mayor de veinticuatro (24) meses" y póngase en su lugar el siguiente texto: El Servicio Militar Obligatorio será no menor ni mayor de doce (12) meses.

Son 06 folios.

Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis Alberto / Heresi Abdelnour, Moisés.
496 20/10/1995 Declárese como Zona Intangible de la Ciudad Arqueológica de Chan Chan, del Departamento de La Libertad, la superficie de 497.12 hectáreas, aprobada por la Resolución Suprema N° 25 del 06 de Febrero de 1952. Son 09 folios. Vidarte Correa, Elferes.
498 20/10/1995 Modifíquese el Artículo 145 de la Constitución en los siguientes términos: "El Poder Judicial presenta su proyecto de presupuesto al Poder Ejecutivo y lo sustenta ante el Congreso, gobierna su economía en función del presupuesto aprobado por el Congreso, nombra y remueve a sus Funcionarios y Empleados y les otorga los beneficios que le corresponden de acuerdo a Ley".

Son 19 folios.

Díez Canseco Cisneros, Javier.
501 20/10/1995 Mediante la presente Ley se establecen los principales lineamientos de la política Nacional de medicamentos, cuyo ámbito de aplicación comprende a los Organismos Estatales de Salud y a las personas naturales y jurídicas encargadas de la producción, comercialización, prescripción, investigación, dispensación y utilización de medicamentos en el País. Son 09 folios. Barrón Cebreros, Xavier.
502 20/10/1995 Adiciónese en último párrafo al Artículo 19 del Decreto Legislativo 776 en los términos siguientes:

"Artículo 19.- Se encuentran comprendidos dentro de la deducción de la base imponible del Impuesto Predial los inmuebles en los que como consecuencia del fallecimiento de uno de los cónyuges pensionistas, se encuentren éstos bajo el régimen de co-propiedad con los herederos.

Son 08 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
503 20/10/1995

Modifíquese el Artículo 5° del Decreto Ley N° 25836, Ley de Casinos de Juego, el cual quedará redactado de la siguiente forma: "Artículo 5°.- Los recursos generados por el pago a que se refiere el Artículo anterior se distribuirán en la forma siguiente: a) 25% constituyen ingresos propios del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales.

Son 03 folios

Barrón Cebreros, Xavier.
504 20/10/1995

Declararse la intangibilidad del Parque Selva Alegre, ubicado en el Cercado, Arequipa, cuyas áreas y medidas perimétricas constan extensamente en el catastro Municipal de la Ciudad de Arequipa.

Son 07 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
505 20/10/1995

Modifíquese el Artículo 3° del Decreto Ley N° 25967, el cual tendrá la redacción siguiente: "Artículo 3°.- La pensión máxima que abonará la Oficina de Normalización Previsional (O.N.P.), por cualquiera de los Regímenes Pensionarios que administra, no podrá ser menor a un décimo (10%) de la U.I.T. (Unidad Impositiva Tributaria), ni mayor a una y media U.I.T. (1.5 de Unidad Impositiva Tributaria)".

Son 10 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
506 20/10/1995

Agrégase al texto del Artículo 245° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el numeral que se indica. "Artículo 245: Termina el cargo de Magistrado…. 8. Por límite de edad, que en el caso de los Vocales Supremos se cumple a los setenta y cinco años".

Son 05 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
507 20/10/1995

Modifíquese el Artículo 3° del Decreto ley N° 25967, el cual tendrá la redacción siguiente: "Artículo 3°.- La pensión máxima que abonará la Oficina de Normalización Previsional (O.N.P.) por cualquiera de los Regímenes Pensionarios que administra no podrá ser menor a un décimo (10%) de la U.I.T. (Unidad Impositiva Tributaria), ni mayor a una media U.I.T. (1.5 de la Unidad Impositiva Tributaria)".

Son 11 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
508 20/10/1995

Exclúyase de los alcances del Decreto Legislativo N° 763 a los Cesantes y Jubilados de la Compañía de Vapores S.A., al amparo de la Ley N° 24366.

Son 10 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
509 20/10/1995

Los Jurados Electorales Especiales, para las Elecciones Municipales del presente año, que actuaron en las circunscripciones electorales establecidas para las pasadas elecciones generales, estarán conformadas e integradas por los mismos miembros que integran los Jurados Provinciales Electorales en las recientes elecciones generales.

Son 04 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
510 20/10/1995

Créase una Comisión Especial de Administración del Proyecto Especial del Parque Industrial del Cono Norte, encargada de planificar y ejecutar las acciones para la instalación y funcionamiento del Parque Industrial, que estará integrada por: (01) Representante de la Central de Asociados de Micros, Pequeños y Medianos Industriales del Distrito de Carabayllo, quien la presidirá.

Son 08 folios.

Cerrate Valenzuela, Alfonso.
511 20/10/1995

La Oficina Nacional de Previsión Social, el Poder Ejecutivo y el Instituto Peruano de Seguridad Social, según sea el caso, procederán a la nivelación de las pensiones que correspondan a los trabajadores que hubieren aportado por más de 30 años a los Fondos Pensionarios respectivos, cuando hubieran alcanzado 65 años o más de edad, teniendo en cuenta los haberes que perciben los trabajadores públicos y privados de los respectivos niveles y categorías o, en su defecto, en cargos análogos.

Son 11 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
512 20/10/1995

Autorízase el pago fraccionado del Impuesto General a las Ventas-IGV, en la transferencia de vehículos, maquinarias y otros bienes muebles con valor no inferior a Un Mil Soles la unidad, que habiendo sido importados, producidos o terminados dentro del País, sean vendidos a plazos, cuyo pago se efectuará en forma proporcional a la cuota inicial y pagos diferidos correspondientes, hasta la total cancelación de los respectivos precios, corriendo a cargo de los adquirientes las multas y cargos tributarios señalados para los casos de incumplimiento sobre las fracciones insolutas, hasta su cancelación.

Son 13 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
513 20/10/1995 Declárase de urgente necesidad y utilidad públicas, la utilización de las aguas del Rio Mauri, mediante su derivación hasta la Cuenca del Caplina, para incrementar las tierras de cultivo en la provincia de Tacna y asimismo para resolver el déficit de recursos hídricos requeridos por el pronunciado crecimiento de la Ciudad Heroica.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
514 20/10/1995 Las Pensiones mínimas que por los conceptos de vejez o invalidez y por inhabilitación para el trabajo se paguen por el IPSS, o en razón de cualquier Régimen Legal o Convencional, no podrán ser inferiores al salario mínimo vital establecido conforme a Ley, debiendo reajustarse hasta dicha suma las que tuvieran un valor inferior.

Son 12 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
515 20/10/1995 El Hospital Nacional del Sur del IPSS en la Ciudad de Arequipa, llevará en adelante la denominación de "CARLOS ALBERTO SEGUIN", en homenaje póstumo a quien fuera tan ilustre profesional de las Ciencias Médicas.

Son 03 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
516 20/10/1995

Reconócese como Patrimonio Cultural de la Humanidad al Complejo Paisajístico, monumental y cultural, constituido por el Valle de Cotahuasi o Alto Ocoña, ubicado en la Provincia de la Unión, Departamento de Arequipa.

Son 09 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
517 20/10/1995

El treinta por ciento de los ingresos anuales, que por concepto del Impuesto al Patrimonio Predial, gravan el valor de los bienes inmuebles y su transferencia, que obtengan los Municipios integrantes de una misma Provincia, cuando conformen un todo urbano continuo, se redistribuirán entre dichos Municipios, en proporción directa al número de pobladores de sus respectivas circunscripciones.

Son 13 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
518 20/10/1995 La creación de Agencias Municipales, Concejos Menores o Municipalidades Delegadas, según lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 23853, obligatoriamente recaerá en el respectivo Presidente del Concejo de Administración, o en este y en todos los demás integrantes de dicho Concejo, según sea el caso, cuando el territorio asignado a las respectivas Agencias Municipales, Concejos Menores o Municipalidades Delegadas, corresponde en parte al territorio de una Comunidad Campesina, siempre que la población de esta última constituya cuando menos más de la mitad del volumen demográfico total existente en dicho territorio y a condición de que no se encuentre cuestionada por la vía administrativa o judicial la personería del Presidente del Concejo Administración y los demás integrantes de éste.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
519 20/10/1995

Declárese de necesidad nacional y de urgente utilidad pública la construcción, equipamiento y funcionamiento del Hospital Macro-Regional del Niño, par atender la problemática infantil de toda la Macro-Región Sur del País, cuya sede esta en la Ciudad de Arequipa.

Son 08 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
520 20/10/1995

Declárase de necesidad y utilidad pública, encausar el debido poblamiento y la mejor distribución de tierras de montaña en el Departamento de Madre de Dios, particularmente en las hoyas de los Ríos Inambari, Tambopata y Cuencas anexas, preservando que puedan ser utilizadas adecuadamente en favor de los excedentes poblacionales de la Región Andina Sur, y muy particularmente del Altiplano Peruano.

Son 09 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
521 20/10/1995

Declárase de necesidad y utilidad públicas, la prolongación de la línea ferroviaria desde Huancayo, Vía la Mejorada o por la vía de Huancavelica, hasta la Ciudad de Huamanga.

Son 10 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
522 20/10/1995

Declárase al Colegio Lima San Carlos, ex Instituto de Lima, como "Primer Colegio Particular de la República", en razón de estar sirviendo de manera sobresaliente, a los intereses educativos del País, desde su fundación, el 1° de Marzo de 1872.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
523 20/10/1995 Institucionalízase por la presente Ley como "Día del Padre", el tercer Domingo de Junio de cada año, con el fin de remarcar la importancia de la función que corresponde a los Padres de Familia y para exaltar las virtudes que deben caracterizarles, todo ello dirigido a un mejor desarrollo de la Sociedad y de nuestro País. Son 05 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
524 23/10/1995 Proponen Ley que regule el ejercicio Profesional del Psicólogo. Son 32 folios. Colegio Psicólogos del Perú.
526 23/10/1995 Derógase el Artículo 22° de la Ley N° 23903. Son 05 folios. Medelius Rodríguez, Oscar.
531 24/10/1995 Suprímase del Inciso 6° del Artículo 2° de la Constitución del Estado, re-enumerando los Incisos sub-siguientes del mismo Artículo Constitucional que, consecuentemente, concluirán en adelante en el número 23.

Son 04 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
532 24/10/1995 El Parque Nacional creado por la Ley N° 13594, llevará en adelante el nombre de SALOMÓN VILCHEZ MURGA, debiendo consignarse dicha denominación en el ingreso del mencionado Parque y en toda comunicación oficial concerniente al mismo. Son 13 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
534 24/10/1995 Cuando un día feriado no laborable se yuxtaponga con un Sábado o Domingo, el día Lunes de la semana inmediata siguiente será de descanso obligatorio, con derecho a remunerarse por cuenta del principal.

Son 11 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
535 24/10/1995

Declárase de necesidad y utilidad públicas la revisión administrativa de todos los casos de desaparición, reducción y cambio de actividades, partición o disolución de entidades que fueron generadas por el proceso de Reforma Agraria, dispuesto en razón de la Ley 17716, e sus complementarias y reglamentarias, a los efectos de determinar la aplicación y destino final que se ha dado a las aportaciones inmobiliarias, infraestructura, capital ganadero y préstamos que las mencionadas entidades hubieran recibido durante su desenvolvimiento como tales, para establecer las irregularidades que se hubieran producido, los responsables y las sanciones a que hubiera lugar.

Son 06 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
536 24/10/1995

Los beneficios económicos que otorga el Instituto Peruano de Seguridad Social-IPSS- a favor de los beneficiarios, conforme a las Leyes que rigen su estructura y funcionamiento, a partir de la promulgación de esta Ley, se reajustarán proporcional y automáticamente, cada vez que hubieren aumentos generales de remuneraciones, de acuerdo con el gran promedio de los incrementos remunerativos que otorgue el Poder Ejecutivo a los trabajadores públicos y privados y teniendo en cuenta, todavía los incrementos remunerativos otorgados en favor de los trabajadores sujetos a Pacto Colectivo, hasta el tope Legal correspondiente.

Son 12 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
537 24/10/1995

Las Universidades de la República que tienen en funcionamiento su respectiva Facultad de Estudios Contables o de Contabilidad, desarrollarán en forma acelerada, con una duración no mayor de seis semestres, y con horarios especiales, el dictado de los cursos requeridos para completar la formación Profesional de aquellos Contadores Mercantiles egresados de los Institutos Superiores Tecnológicos, que acrediten haber ejercido su profesión, por no menos de cinco años, a los efectos de que puedan, luego de la aprobación de dichos cursos, optar el grado de Contadores.

Son 08 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
538 24/10/1995 Autorízase la coordinación sistemática permanente de los Institutos Superiores de Enseñanza de todo género, con Universidades que correspondan a sus respectivas áreas geográficas, de manera que los estudios y títulos obtenidos en dichos Institutos puedan constituir la primera etapa de la carrera universitaria correspondiente.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
539 24/10/1995

Declárase de necesidad Nacional la recuperación y restauración del solar en el que vivió con su familia, en esta Capital el MARISCAL ANDRES AVELINO CÁCERES DORREGARAY, ubicado en el Jr. Andahuaylas N° 173 al 176.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
540 24/10/1995

Autorízase en forma expresa por la presente Ley, al Poder Ejecutivo para que por Decreto Legislativo, dentro de los noventa días de la publicación de esta Ley, proceda a crear las empresas que se encarguen, dentro de condiciones de auto-sostenimiento y competividad, de la generación, distribución y venta de energía eléctrica, en las distintas Regiones y Zonas del País.

Son 13 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
541 24/10/1995

Reconócese que es deber del Estado compensar equitativamente los daños y perjuicios ocasionados a quienes han sido depositantes de CLAE, por no haberse ejercitado la permanente y eficaz vigilancia que se requería al respecto, durante los 30 años de existencia de la citada entidad, tanto por los Poderes Públicos, como particularmente por Órgano de la Superintendencia Nacional de Banca y Seguros, e igualmente, por no haberse dictado previsoramente las medidas requeridas para prevenir situaciones como aquellas por las que atraviesa actualmente la citada entidad y quienes han sido sus depositantes.

Son 13 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
542 24/10/1995

Por mérito de la presente Ley, los edificios, instalaciones y terrenos adyacentes del llamado "Frigorífico Cabanillas" de propiedad del Estado, ubicado en la Localidad del mismo nombre, Capital del Distrito de Deústua, son adjudicados al Municipio Provincial de San Román-Juliaca, para la construcción del gran Camal y Matadero Frigorífico que debe sustituir al Camal de muy precaria y limitada situación, que es propiedad del Municipio respectivo.

Son 09 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
543 24/10/1995

Cuando la herencia dejada al fallecer por una persona sobrepase un valor neto superior a Diez Millones de Soles, se reconocerá la condición de heredero a la Universidad Nacional o a la Universidad Particular de interés social, que tengan su sede principal en la misma localidad, con la misma cuota de un hijo.

Son 06 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
545 24/10/1995

Declárase de necesidad y utilidad pública la inmediata restauración o reconstrucción de los Locales Municipales de la República, destruidos o afectados a consecuencia de la violencia subversiva, que ha agobiado al País en las últimas décadas.

Son 06 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
546 24/10/1995 En los Distritos donde la mayoría de la población hable además del Castellano, el Quechua o el Aymara, o alguna de las demás lenguas aborígenes propias del Perú, o donde el Castellano sea usado por menos de la mitad de la población, la enseñanza en los planteles de educación primaria y secundaria se impartirá simultáneamente en Castellano y en la otra lengua que sea de uso predominante en la respectiva circunscripción, debiendo los Docentes acreditar para el correspondiente trabajo profesional, conocimiento y dominio de ambas lenguas. Son 05 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
547 24/10/1995 Los importadores y distribuidores de toda clase de libros, folletos, revistas, periódicos, material fonográfico, grabaciones, fotografías y en general toda clase de impresos, están obligados a contribuir a la conformación del Patrimonio de la Biblioteca Nacional y del Congreso de la República, en el mismo modo y proporción que corresponde a los editores y productores Nacionales de dichos bienes culturales, conforme a las Leyes y disposiciones pertinentes.

Son 06 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
548 24/10/1995 Todas las Dependencias del Estado, incluyendo las regiones, Municipios, Sociedades del Beneficencia Pública, y demás entidades Estatales y Para-Estatales que dispongan o graven Bienes Inmuebles de propiedad Fiscal, están obligadas a poner dichos actos en conocimiento de la Dirección de Bienes Nacionales, para su inscripción en el Margesí respectivo, dentro de los sesenta días siguientes a la fecha de celebración de los Actos Jurídicos consiguientes.

Son 06 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
549 24/10/1995

Declárase de necesidad Nacional y Continental, la pronta interconexión de los servicios Ferroviarios del Sur del Perú, con los que corresponden a las Repúblicas de Argentina y Bolivia, mediante el tendido de la línea ferroviaria Puno-Huaqui.

Son 09 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
552 25/10/1995

La presente Ley, se denomina LEY ORGANICA DE REGIONES; establece la normatividad necesaria para el funcionamiento de los Gobiernos Regionales, como Órganos de Gobierno intermedio destinados a aplicar, en cuanto les corresponda, la Legislación Nacional y su Legislación interna sobre el proceso de Descentralización.

Son 43 folios.

Estrada Pérez, Daniel.
553 25/10/1995

La presente Ley, que se denomina Ley Marco de la Descentralización, delimita el ámbito dentro del cual se desarrolla el proceso permanente de Descentralización; establece de manera general los criterios que orientan dicha acción fundamental del Estado y garantiza el cumplimiento de lo establecido en el Capítulo XIV de la Constitución Política del Perú.

Son 44 folios.

Estrada Pérez, Daniel.
555 25/10/1995 Modifícase el Artículo 16° del Decreto Ley N° 26117, el mismo que queda redactado con el texto siguiente: "Artículo 16°.- La edad límite para que los funcionarios del Servicio Diplomático pasen a la situación de retiro, se sujeta a la escala siguiente: Embajador

:65 años Ministro :62 años Ministro Consejero

:60 años

Son 06 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
556 25/10/1995 Modifíquese el texto del Artículo 57° del Decreto Ley 20530, el mismo que quedará redactado de la siguiente forma:

"Artículo 57°.- El monto máximo mensual de las pensiones que se paguen al amparo del presente Régimen, es establecido en la Ley de Presupuesto del Sector Público Nacional.

Son 12 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
557 25/10/1995 Declárese de preferente y prioritario interés Nacional, el destinar los recursos de la venta de la privatización de la Refinería de Ilo y Mina de Quellaveco, a las obras de desarrollo de infraestructura en los Departamentos de Tacna y Moquegua, tales como:

- Carretera Tacna-Collpa - Carretera Ilo- Desaguadero - Puerto Pesquero Grau

Son 10 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
558 25/10/1995

Autorízase por la presente Ley, la creación de la Universidad Nacional de Juliaca, la misma que tendrá por sede la Ciudad del mismo nombre, en el Departamento de Puno, Región Tacna-Moquegua-Puno, en forma solemne debiendo iniciar su funcionamiento institucional el 1° de Enero del año 2,060.

Son 07 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
559 26/10/1995 Están obligados a presentar Declaración Jurada de Bienes y Renta, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 41° de la Constitución Política del Estado, los siguientes Funcionarios Públicos:

a) El Presidente y Vice-Presidentes de la República. b) Los Congresistas de la República. c) Los Ministros de Estado c) Los Miembros del Tribunal Constitucional.

Son 03 folios.

Flores Nano, Lourdes.
561 09/10/2000

Declarar como fecha de Creación Política del Distrito de Carhuamayo, Provincia y Departamento de Junín, el 10 de Junio de 1834.

Son 07 folios.

Municipalidad Distrital de Carhuamayo
563 26/10/1995

Los únicos casos en que se suspende el ejercicio de la ciudadanía son los señalados en el Artículo 33° de la Constitución Política del Perú.

Son 03 folios.

Alva Orlandini, Javier.
564 23/10/1995

Los Gobiernos Locales, de conformidad a lo establecido en la Ley N° 26199 y Decreto Supremo 065-85-PCM, Ley Marco del Proceso Presupuestario para el Sector Público y Reglamento Único de Adquisiciones, respectivamente, podrán suscribir contratos para la adquisición de bienes y servicios, y/o de proyectos de obras públicas, hasta tres meses antes de los Comicios Electorales Municipales.

Son 09 folios.

Gamarra Olivares, Ernesto.
565 26/10/1995 Modificase los Artículos, 29°, 152°, 153°A, 173° y 173°A del Código Penal en los siguientes términos:

Artículo 29°.- La pena privativa de libertad puede ser temporal o de cadena perpetua. En el primer caso tendrá una duración mínima de dos días y una máxima de treinta años.

Son 34 folios.

Abanto Pongo, Alejandro.
566 30/10/1995 Sustitúyase el Artículo 37° de la Ley N° 23733, con el texto siguiente: "Artículo 37°.- El Gobierno de la Facultad corresponde al Consejo de la Facultad y al Decano, de acuerdo con las atribuciones que señala el Estatuto.

Son 04 folios.

Guerra-García Cueva, Roger.
567 30/10/1995 Modificar el Artículo 17° Inciso e) del Decreto Legislativo N° 324, con el siguiente tenor: "Artículo 17°.- Son recursos y rentas del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú:

Inciso e) El importe de los derechos que por concepto de asesoría en la instalación de servicios contra incendios y evacuación, cobre el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, de acuerdo a las condiciones que fije el Reglamento.

Son 13 folios.

Gamarra Olivares, Ernesto.
568 30/10/1995 Los terrenos de propiedad privada declarados como Parques Zonales de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo 032-69-VI, que a la fecha no hubieran sido habilitados y construidos para tal fin, quedan exceptuados de los alcances del mencionado dispositivo y de lo dispuesto por la Ley N° 26371 y su Reglamento Decreto Supremo N° 06-95.MTC. Son 10 folios. Gamarra Olivares, Ernesto.
569 31/10/1995 Declárese la Zona adyacente a la costa comprendida entre las o y cincuenta millas marítimas, como zona de pesca artesanal. Son 12 folios. Cardoso Romero, Juan / Sánchez Vega, José Gabriel / Mellado Céspedes, Edith.
570 31/10/1995 Modifícase el Inciso 2) del Artículo 833° del Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil, aprobado por Resolución Ministerial N° 010-93-JUS, el cual queda redactado con el texto siguiente: 2) La anotación de la solicitud en el registro de declaratoria de herederos. Si el causante tuviera bienes y derechos inscritos en otros registros, el Juez determinará de acuerdo a las circunstancias si procede o no dicha anotación. En este último caso el Juez cursará los partes a los registros correspondientes a los bienes que figuren en la relación que el solicitante haya presentado, en cumplimiento del Inciso 3) del Artículo 831° de la presente Ley. Son 11 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
573 31/10/1995 Quedan comprendidas dentro de los alcances del Decreto Legislativo N° 559, las profesiones médicas a que hace referencia en la Ley N° 16447.

Son 03 folios.

Vega Ascencio, Anastasio / Huamanchumo Romero, Juan.
574 31/10/1995 Están comprendidos dentro de la denominación genérica de funcionarios públicos todas las personas naturales que desempeñan cargos o empleos públicos o prestan servicios, dentro o fuera de la carrera administrativa, en el Gobierno Central, lo Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales, los Organismos Autónomos, las Universidades Nacionales, las Empresas Estatales de Derecho Público y, en general, en cualquier ente en que el Estado tenga participación, siempre que el nombramiento emane de autoridad pública.

Son 07 folios.

Alva Orlandini, Javier.
575 31/10/1995

Los Cesantes y Jubilados del Sector Agricultura que hubieran obtenido su respectivo derecho antes de la vigencia de la Constitución Política de 1993, conforme al Decreto Ley N° 20530, modificatorias, ampliatorias, conexas y reglamentarias, continuarán gozando de sus correspondientes derechos adquiridos de manera inalterable.

Son 12 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
576 31/10/1995

Los Cesantes y Jubilados del Sector Educación que hubieran obtenido su respectivo derecho antes de la vigencia de la Constitución Política de 1993, conforme al Decreto Ley N° 20530, modificatorias, ampliatorias, conexas y reglamentarias, continuarán gozando de sus correspondientes derechos adquiridos de manera inalterable.

Son 12 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
577 31/10/1995

Los Cesantes y Jubilados del Sector Salud que hubieran obtenido su respectivo derecho antes de la vigencia de la Constitución Política de 1993, conforme al Decreto Ley N° 20530, modificatorias, ampliatorias, conexas y reglamentarias, continuarán gozando de sus correspondientes derechos adquiridos de manera inalterable.

Son 12 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
578 31/10/1995

Es objetivo de la presente Ley fomentar la participación de la iniciativa privada en la investigación, producción, procesamiento y mercadeo de semillas de variedades útiles a la población, delimitando las acciones del Estado a la normatividad, inspección, supervisión, control y certificación.

Son 07 folios.

Samalvides Dongo, Helbert.
579 31/10/1995 Tratándose de transferencia de servicios telefónicos, efectuadas conjuntamente con la propiedad de inmuebles donde dichos servicios sean instalados, por mérito de esta Ley se entenderá que la transferencia del servicio telefónico conlleva el derecho a la representación y propiedad de las acciones correspondientes en el Capital de la citada Empresa, salvo únicamente cuando de manera expresa no se hubiera acordado por las partes, dentro del respectivo título, reserva o dispositivo de distinta naturaleza.

Son 07 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
580 31/10/1995 Proporcionar por mérito de esta Ley, la asignación en uso acordada por el Poder Ejecutivo a favor de la Federación Departamental Folklórica de Puno del local que correspondía al Banco Industrial en la Ciudad del mismo nombre, ubicado en el cruce formado por las Calles Puno y Lima, sobre la Plaza de Armas de la citada localidad, otorgando la propiedad del citado inmueble a título definitivo en favor de la mencionada Federación.

Son 04 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
581 31/10/1995 Deróganse los Decretos Supremos N° 389-86-EF, N° 023-88-IN y N° 038-89-PCM, por carecer de sustento jurídico y ser de cumplimiento jurídicamente imposible, debiendo devolverse dentro de los treinta días siguientes a sus legítimos propietarios, el inmueble al que dichos Decretos se refieren, con la simultánea rectificación registral por mérito de esta Ley, dentro de los ochos días de su publicación.

Son 04 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
581-2000 12/10/2000 Ley que modifica la Segunda Disposición Transitoria de la Ley N° 27287, Ley de Títulos Valores.

Son 21 folios.

Chávez Cossío, Martha / Delgado Aparicio, Luis / Blanco Oropeza, Carlos / Monteverde Temple, Ana / Lozada De Gamboa, Carmen / Espinoza Matos, María / Velit Núñez, Miguel / Samalvides Dongo, Helber.
582 31/10/1995

Autorízase al Poder Ejecutivo, para otorgar, el aval del Estado, en total hasta por Mil Millones de Nuevos Soles, a favor de las Universidades Nacionales y las Particulares de interés social del País, según lo que determina esta Ley, para que dichas entidades puedan obtener las facilidades crediticias que requieran, incluyendo respecto de posibilidades del extranjero, a fin de llevar adelante la ampliación de su equipamiento técnico.

Son 11 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
583 31/10/1995

Reconócese a Manco Cápac y a Mama Ocllo como los iniciadores y más grandes promotores de la Cultura Andina, en su expresión más depurada y culminante, cual fue el Tahuantinsuyo, merecedores por tanto de la perenne gratitud de América y en particular de las Naciones más directamente ligadas a su grandiosa labor, dentro de ellas primordialmente el Perú.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
584 31/10/1995

Reconócese a Don. FELIPE HUAMAN POMA DE AYALA, como Precursor de los Derechos Humanos en el Perú y América.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
585 31/10/1995

Declárase de alto interés público y de manifiesta y comprobada conveniencia nacional, mantener el funcionamiento de PETRO-PERU, como empresa de propiedad del Estado, con arreglo al nuevo régimen y previsiones que dispondrá el Poder Ejecutivo, en los que se cautelará, especialmente, su posición predominante en el patrimonio de dichas empresas, cuidando, asimismo, de asegurar la mayor rentabilidad, eficacia y competividad de la misma.

Son 10 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
587 31/10/1995

Reconócese a la Ciudad de Juli, Capital de la Provincia de Chucuito, el Título Honorífico de la "PEQUEÑA ROMA PERUANA".

Son 12 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
588 31/10/1995

Reconócese el derecho de los trabajadores, que hubieran laborado en condición de contratados en las dependencias públicas del País, para solicitar su designación definitiva en el cargo que venían ocupando, a condición de que hayan laborado en forma continua, durante los últimos tres años, y que hayan trabajado por lo menos dos años más en forma ininterrumpida o descontinua, en el quinquenio precedente.

Son 10 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
589 31/10/1995

Reconócese a la Provincia y Ciudad de Huancané, del Departamento de Puno, el título honorífico de "PUEBLO REBELDE DE HUANCANE", en atención a sus precedentes históricos, que caracterizan a su población como plena y altivamente consciente de sus derechos y deberes humanos y ciudadanos.

Son 12 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
590 31/10/1995

Prohíbase en forma absoluta la participación de menores de 16 años de edad en toda clase de actos políticos partidarios.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
592 31/10/1995

Los beneficios económicos que otorga el Instituto Peruano de Seguridad Social-IPSS-a favor de los beneficiarios, conforme a las Leyes que rigen su estructura y funcionamiento, a partir de la promulgación de esta Ley, se reajustarán proporcional y automáticamente, cada vez que hubieren aumentos generales de remuneraciones, de acuerdo con el promedio de los incrementos remunerativos que otorgue el Poder Ejecutivo a los trabajadores públicos y privados y teniendo en cuenta los incrementos remunerativos otorgados en favor de los trabajadores sujetos a pacto colectivo, hasta el tope legal correspondiente.

Son 11 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
593 31/10/1995

Las Universidades de la República que tienen en funcionamiento su respectiva Facultad de Estudios Contables o de Contabilidad, desarrollarán en forma acelerada, con una duración no mayor de seis semestres, y con horarios especiales, el dictado de los cursos requeridos para completar la formación profesional de aquellos Contadores Mercantiles que acrediten haber ejercido su profesión por no menos de cinco años, a los efectos de que puedan, luego de la aprobación de dichos cursos, optar el grado de Contadores Públicos.

Son 08 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
594 31/10/1995

Ninguna entidad que dependa del Erario podrá contratar servicios de asociaciones particulares, que presten atención de los riesgos de salud, enfermedad, maternidad y accidentes de trabajo, cuya asociaciones no sean asociadas al IPSS.

Son 11 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
595 31/10/1995

Establécese que el local en el que viene funcionando el llamado "Museo de la Nación", sobre la cuadra 24 de la Avenida Javier Prado Este, en el Distrito de San Borja, en la Ciudad de Lima, llevará en adelante el nombre de "Palacio Central de la Cultura Peruana".

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
596 31/10/1995

Toda dependencia del Sector Público y cualquier empleador del Sector privado, así como las entidades pagadoras de pensiones, deberán -sin costo alguno-, descontar de las remuneraciones o pensiones de los respectivos trabajadores activos, cesantes y jubilados, que tienen a su cargo, las cuotas regulares que correspondan en favor de las asociaciones de carácter social sin fines de lucro, de las que formen parte, descuento que se hará efectivo a solicitud expresa del interesado o representante legal ante la respectiva entidad.

Son 10 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
599 03/11/1995

Declarar el año 1996 como "Año de la Lucha contra la Pobreza".

Son 05 folios.

Siura Céspedes, Gilberto.
600 06/11/1995

Los Cesantes y Jubilados del Sector Justicia que hubieran obtenido su respectivo derecho antes de la vigencia de la Constitución Política de 1993, conforme el Decreto Ley N° 20530, modificatorias, ampliatorias, conexas y reglamentarias, continuarán gozando de sus correspondientes derechos adquiridos de manera inalterable.

Son 12 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
601 06/11/1995

Los Cesantes y Jubilados del Sector Transporte que hubieran obtenido su respectivo derecho antes de la vigencia de la Constitución Política de 1993, conforme al Decreto Ley N° 20530, modificatorias, ampliatorias, conexas y reglamentarias, continuarán gozando de sus correspondientes derechos adquiridos de manera inalterable.

Son 11 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
602 06/11/1995

Los Cesantes y Jubilados del Sector Pesquería que hubieran obtenido su respectivo derecho antes de la vigencia de la Constitución Política de 1993, conforme al Decreto Ley N° 20530, modificatorias, ampliatorias, conexas y reglamentarias, continuarán gozando de sus correspondientes derechos adquiridos de manera inalterable.

Son 12 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
604 06/11/1995

Modifícase el Artículo 21° del Reglamento del Congreso de la República, siendo su nuevo texto el siguiente: "Artículo 21°.- Los Congresistas son Funcionarios Públicos al servicio de la Nación. No están comprendidos en la carrera administrativa, salvo las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo 276, en lo que les fuera aplicable. No pueden ejercer los derechos de sindicación y huelga.

Son 07 folios.

Cardoso Romero, Juan / Sánchez Vega, José Gabriel / Mellado Céspedes, Edith / Ruiz Dávila, Jorge / Vargas Marín, Dennis / Avendaño Valdez, Jorge / Trelles Montero, Jorge / Reto Neyra, Santos / Heresi Abdelnour, Moisés.
605 06/11/1995

Créase el Programa de Tecnificación del Campo (PROTECA) por Graduandos en Carreras Agronómicas y afines como medio para optar el título profesional.

Son 06 folios.

Barreto Estrada, Gamaniel.
606 06/11/1995

La Promoción el fomento y desarrollo del deporte y la recreación son de interés Nacional y forman parte de las políticas de educación y de salud del Estado. Se ejecutan a través de los entes que representan al Estado y a la comunidad deportiva.

Son 39 folios.

Barreto Estrada, Gamaniel.
607 06/11/1995

Están obligadas a brindar la información solicitada por el Representante a Congreso, los titulares del Defensor del Pueblo, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y el Ministerio Público; los Gobiernos Regionales, los Rectores de las Universidades Nacionales y Particulares y el Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores; y los titulares de los Organismos Públicos Descentralizados, inclusive a nombre de las Instituciones que se hallan bajo su Jurisdicción.

Son 13 folios.

Mohme Llona, Gustavo.
609 07/11/1995

Adiciónese al Artículo N° 29° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 23853, el siguiente Inciso: " 3. Por viaje en comisión de servicio debidamente autorizado por el Concejo Municipal".

Son 07 folios.

Lozada De Gamboa, María Del Carmen.
611 06/11/1995 Autorízase a la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga concertar endeudamiento externo con el aval de Estado, hasta por la suma de 50 millones de dólares para la culminación de la construcción de la Ciudad Universitaria dentro de los límites de la Ley de Endeudamiento.

Son 12 folios.

Revilla Jurado, Anselmo.
612 07/11/1995 Los Auditores permanentes que correspondan a las Universidades Privadas de la República, serán designados directamente por las Asociaciones o Fundaciones Promotoras respectivas, corriendo su sostenimiento a cargo de las respectivas Universidades.

Son 14 folios.

Revilla Jurado, Anselmo.
613 07/11/1995

Delégase en el Poder Ejecutivo, la facultad de promulgar mediante Decreto Legislativo las normas necesarias para reorganizar las funciones de gobierno y gestión del Poder Judicial y el Ministerio Público, en el plazo de 120 días.

Son 03 folios.

Amuruz Gallegos, Roger.
616 07/11/1995 La enseñanza de un curso sobre los Derechos Humanos y las libertades fundamentales contenidos en la Constitución y en los Tratados Internacionales, que sobre la materia, el Perú haya ratificado, es obligatoria en todas las Universidades así como en las Escuelas de oficiales, de personal subalterno y otros Centros de Instrucción de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.

Son 16 folios.

Estrada Pérez, Daniel / Townsend Diez Canseco, Ana / Chipoco Cáceda, Carlos / Guerra- García Cueva, Roger / Grados Bertorini. Alfonso / Avendaño Valdez, Jorge / Reto Neyra, Santos / Pease García, Henry / Pardo Mesones, Francisco.
617 07/11/1995 Exonérese de los siguientes tributos e impuestos a las Empresas Promocionales de Impedidos:

Alcabala en Contratos de Compra-Venta de inmuebles para sus actividades empresariales; impuestos y gastos registrales relacionados con la constitución de empresas y pago por licencia municipal.

Son 04 folios.

Díez Canseco Cisneros, Javier.
618 08/11/1995 Adiciónase al texto del Decreto Legislativo N° 775-Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el APENDICE I-A.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
620 08/11/1995

Establécese que las Empresas que tienen a su cargo la publicación de avisos radiales, televisivos, periodísticos, revisteriles y de cualquier otro orden, tienen la obligación de consignar cuando menos un 40% de dichos avisos en las entidades de comunicación masiva que tienen su sede principal en las Provincias y Regiones del País.

Son 04 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
621 05/11/1995

Establécese que los Planteles Secundarios de la República conservarán o recuperarán, según la especialidad fundamental de los estudios que allí se realicen, las denominaciones.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
622 08/11/1995

En ningún caso podrá considerarse como tierras abandonadas aquellas que fueron desocupadas por sus legítimos propietarios o posesionarios, prioritariamente las que corresponden a Comunidades Campesinas y Nativas, cuando la desocupación de las mismas se hubiera dado en razón de la violencia subversiva que ha agobiado al País a partir de 1980, particularmente en la Región Alto Andina y de ceja de Selva.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
623 08/11/1995 Reconócese el derecho de los trabajadores del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú que pierdan la vida o sufran limitaciones permanentes en su integridad física o en su salud, como consecuencia directa de las acciones que conciernen a la labor que les corresponde.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
624 08/11/1995

Las deudas pendientes de cualquier naturaleza, contraídas por el Estado a favor de personas naturales, o jurídicas domiciliadas en el País, cualquiera que fuese la actividad que ejerzan, podrán ser compensadas, siempre que se hallen fehacientemente acreditadas.

Son 04 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
625 08/11/1995

A partir de la vigencia de la presente Ley, la aplicación de los tributos por concepto de Impuesto Selectivo al Consumo (I.S.C.) e Impuesto General a las Ventas (I.G.V.), que gravan a las bebidas alcohólicas.

Son 04 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
626 08/11/1995 Suprímase el Artículo 27° y modificase los Artículos 2°, 5° y 23° del Decreto Legislativo N° 370, Ley Orgánica del Ministerio del Interior, en los siguientes términos: "Artículo 2°.- El ámbito del Ministerio del Interior comprende las actividades relativas a: -Gobierno Interior -Seguridad Interna
  • -Función Policial
  • -Identificación.

Son 17 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
627 08/11/1995

Modifícase el Artículo 13° del texto Único Integrado del Decreto ley N° 14250-Ley Orgánica Electoral N° 26337-, en los términos siguientes: "Artículo 13°.- El Jurado Nacional de Elecciones es la autoridad suprema en materia electoral, de referéndum o de otro tipo de consultas populares".

Son 03 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
629 08/11/1995 A partir de la vigencia de la presente Ley, denomínase al Código Civil de 1984, con el nombre de "CODIGO BARANDIARAN", en homenaje póstumo a quien fuera ilustre Jurista y Maestro Don JOSE LEON BARANDIARAN, con ocasión de cumplirse y recordar el centenario de su nacimiento el 08 de Diciembre de 1999.

Son 04 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
631 08/11/1995 Modifícase el Artículo 21° de la Ley 23853 Orgánica de Municipalidades, modificada por el Artículo primero de la Ley 26317 en los términos siguientes:

Artículo 21°.-Los cargos de Alcalde y Regidores son rentados, previo acuerdo del respectivo Concejo Municipal y conforme lo permita el presupuesto y la disponibilidad de recursos propios de la Municipalidad, excluidos los ingresos provenientes de la recaudación y/o distribución que se efectúa por Ley a través de las entidades del Gobierno Central en favor de la Administración Municipal.

Son 06 folios.

Figueroa Vizcarra, Jorge.
632 08/11/1995

De conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposición Final de la Ley 26497 Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, prorrógase la vigencia de la Ley 26242 hasta el 31 de Diciembre de 1996.

Son 15 folios.

Figueroa Vizcarra, Jorge.
645 13/11/1995

Los Cesantes y Jubilados del Sector de Relaciones Exteriores que hubieran obtenido su respectivo derecho antes de la vigencia de la Constitución Política de 1993, conforme el Decreto Ley N° 20530, modificatorias, ampliatorias, conexas y reglamentarias, continuarán gozando de sus correspondientes derechos adquiridos de manera inalterable.

Son 18 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
646 13/11/1995

Los Cesantes y Jubilados del Sector Los Gobiernos Regionales que hubieran obtenido su respectivo derecho antes de la vigencia de la Constitución Política de 1993, conforme el Decreto Ley N° 20530, modificatorias, ampliatorias, conexas y reglamentarias, continuarán gozando de sus correspondientes derechos adquiridos de manera inalterable.

Son 18 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
647 13/11/1995

Los Cesantes y Jubilados del Sector Trabajo que hubieran obtenido su respectivo derecho antes de la vigencia de la Constitución Política de 1993, conforme al Decreto Ley N° 20530, modificatorias, ampliatorias, conexas y reglamentarias, continuarán gozando de sus correspondientes derechos adquiridos de manera inalterable.

Son 18 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
648 13/11/1995

Los Cesantes y Jubilados del Sector Vivienda que hubieran obtenido su respectivo derecho antes de la vigencia de la Constitución Política de 1993, conforme al Decreto Ley N° 20530, modificatorias, ampliatorias, conexas y reglamentarias, continuarán gozando de sus correspondientes derechos adquiridos de manera inalterable.

Son 18 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
652 11/12/1995

Convenio N° 170 de la OIT, sobre la Seguridad en la Utilización de los Productos Químicos en el Trabajo, adoptados por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo en su Septuagésima Séptima Reunión, en la Ciudad de Ginebra, Suiza el 25 de Junio de 1990.

Son 56 folios.

Poder Ejecutivo.
653 13/11/1995 Ampliase el Inciso 23° del Artículo 211 de la Constitución Política del Perú, el que en adelante tendrá la siguiente redacción: Artículo 211°.-

23.- Conceder indultos y conmutar penas salvo los casos prohibidos por la Ley, así como otorgar libertad a los detenidos por orden judicial, sin perjuicio de la continuación del proceso, cuando dicha medida sea injustificada o el proceso sufra dilaciones indebidas.

Son 04 folios.

Poder Ejecutivo.
654 13/11/1995 El Derecho de Gracia del Presidente de la República comprende: 1. Conmutación de penas 2. Indulto 3. Libertad de detenidos. Son 05 folios. Poder Ejecutivo.
656 13/11/1995

Autorízase al Ministerio de Defensa en vía de regularización a incorporar en su Presupuesto correspondiente al ejercicio Fiscal de 1991 por la fuente de financiamiento de ingresos propios, la suma de TRECE MILLONES QUINIENTOS CUARENTICINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES.

Son 06 folios.

Poder Ejecutivo.
657 15/11/1995 Cuenta General de la República correspondiente al Ejercicio 1991. Son 307 folios. Poder Ejecutivo.
661 13/11/1995

Modifícase los Artículos 14°, 36° y 64° del Decreto Ley N° 25593, Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, en los siguientes términos: "Artículo 14°.- Para constituirse y subsistir los Sindicatos deberán afiliar por lo menos a veinte (20) trabajadores tratándose de sindicatos de empresas, o a cincuenta (50) tratándose de sindicatos de otra naturaleza.

Son 04 folios.

Poder Ejecutivo.
664 13/11/1995

Derógase la Ley 26492 y los Artículos 1° y 6° de la Ley 26479, que favorecen a los miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, por actos de violación de derechos humanos.

Son 18 folios.

Gamarra Olivares, Ernesto / Díez Canseco Cisneros, Javier / Breña Pantoja, Rolando.
665 13/11/1995 Sustitúyese el Artículo 24° de la Ley Orgánica del Poder Judicial con el siguiente texto: "Artículo 24°.- De conformidad con el Artículo 139° (inciso 16) de la Constitución Política del Perú, el principio de la gratuidad de la administración de justicia y de la defensa gratuita rige para las personas de escasos recursos, y para todos en los casos que la Ley señala.

Son 11 folios.

Colegio de Abogados del Perú.
666 29/11/1995 Reconócese la Profesión de Biólogo como la actividad consagrada principalmente a la investigación básica y aplicada de los seres vivientes y de su ambiente así como de las interacciones, con especial énfasis en el hombre, la naturaleza y los fenómenos naturales.

Son 23 folios.

Colegio de Biólogos del Perú.
667 13/11/1995

Modifícase la Quinta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley N° 26338 de la siguiente manera: "La Empresa de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (SEDAPAL), se encuentra fuera de los alcances de lo previsto en el Artículo 5°, 7°, 45° y 46° de la presente Ley.

Son 18 folios.

Municipalidad Distrital de Ventanilla.
670 03/10/1994 Modifíquese el Artículo 2° de la Ley N° 24017 "Ley de la Renta Aduanera para la Provincia Constitucional del Callao", de acuerdo al siguiente texto:

"Los ingresos a que se refiere el Artículo precedente, constituirán recursos propios de las Municipalidades: Provincial y Distritales del Callao".

Son 10 folios.

Municipalidad Provincial del Callao.
674 13/11/1995

Precísase los alcances de la Ley N° 26387 en el sentido que se encarga al Ministerio Público las atribuciones de la Defensoría del Pueblo previstas en el primer párrafo del Artículo 162° de la Constitución Política, disponiéndose el restablecimiento de las Fiscalías Especiales de Defensoría del Pueblo y Derechos Humanos a nivel Nacional hasta la instalación y funcionamiento de la Defensoría del Pueblo.

Son 26 folios.

Ministerio Público.
677 13/11/1995

Se convoca a Referendo Nacional sobre el régimen de acciones, empresarial y de propiedad de la Empresa Petroperú, el que se realizará simultáneamente a las Elecciones Municipales de Noviembre de 1995.

Son 07 folios.

Concejo Provincial de Piura.
678 13/11/1995 Modifícase los Artículos del Decreto Ley N° 20574 que a continuación se indica: "Artículo 1°.- La Junta de Supervigilancia de películas depende del Ministerio de Educación y tiene a su cargo clasificar obras cinematográficas para su exhibición en toda la República.

Son 13 folios.

Poder Ejecutivo.
679 13/11/1995 Para el ejercicio de las funciones principales y privativas de la Profesión Contable, los Contadores Públicos y las Asociaciones o Sociedades de Auditoría deberán de inscribirse únicamente en el Colegio de Contadores Públicos del Departamento que corresponda a su domicilio Legal.

Son 04 folios.

Colegio de Contadores Públicos de Lima.
680 13/11/1995

En los Procesos Penales en que el Estado sea parte agraviada no se concederá de oficio recurso de apelación o recurso de nulidad.

Son 05 folios.

Medelius Rodríguez, Oscar.
682 14/11/1995 Amplíase el Artículo 2° de la Ley N° 26511 del 08 de Julio de 1995 en los siguientes términos: c.) Una bonificación mensual equivalente a tres remuneraciones mínimas vitales (RMV) a través del sector en el que prestaron servicios en favor del personal calificado por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas como sobrevivientes excombatientes de los conflictos de 1981 y Alto Cenepa de 1995, excepto del personal indicado en el párrafo b) (inválidos o deudos de fallecidos).

Son 14 folios.

Olivera Vega, Fernando.
684 15/11/1995

Créase dentro de la currícula escolar a nivel primaria y secundaria el curso de Educación Ambiental.

Son 04 folios.

Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis Alberto / Heresi Abdelnour, Moisés.
686 15/11/1995

Grávese con el 1% considerándose como fondo especial y no sujeto a exoneraciones bajo ningún concepto a todos los espectáculos internacionales a favor del Programa del Vaso de Leche.

Son 06 folios.

Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis Alberto / Heresi Abdelnour, Moisés.
687 15/11/1995

Modifíquese el Inciso c) del Artículo 59° del Decreto Ley N° 26002, Ley del Notariado, en los siguientes términos: "Artículo 59°, la conclusión de la escritura expresará: c) La fe de entrega de bienes que se estipulen en el acto jurídico; en los casos de escrituras públicas de mutuo con garantía hipotecaria se expresará la constancia de la fe de entrega del monto real del dinero mutuado, bajo responsabilidad en caso de incumplimiento".

Son 21 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
688 15/11/1995

Declárese a la Provincia de San Ignacio, del Departamento de Cajamarca Subregión I-RENOM, como Provincia Ecológica, en mérito de sus invaluables recursos naturales y de su Patrimonio Arqueológico.

Son 05 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
689 15/11/1995 Créase en el sector correspondiente al Ministerio de la Presidencia, al Consejo de Asistencia contra los desastres naturales (CADENA), entidad dotada de autonomía económica y técnico-administrativa integrada por miembros del sector público y privado, teniendo como finalidad prestar asistencia directa y canalizar el apoyo económico destinado a las víctimas de desastres naturales.

Son 09 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
691 15/11/1995

El Poder Legislativo reside en el Congreso, el cual consta de Cámara Única. El número de congresistas es de ciento veinte. El Congreso se elige por un período de cinco años y se renueva por mitades a medio mandato mediante procesos electorales organizados conforme a Ley.

Son 04 folios.

Olivera Vega, Fernando.
692 15/11/1995 La presente Ley se denomina LEY DE CAJAS MUNICIPALES. Establece los requisitos, derechos, obligaciones, garantías, restricciones y demás condiciones de funcionamiento de las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito en el territorio de la República, con exclusión del área metropolitana de Lima y el Callao.

Son 53 folios.

Estrada Pérez, Daniel.
693 15/11/1995

Modifícase los Artículos 1°, 2° y 4° de la Ley N° 24059, cuyo texto quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 1° "Créase el Programa del Vaso de Leche en todos los Municipios Provinciales y Distritales de la República destinados a la población materno infantil en sus niveles de niños de 0 a 6 años de edad, de madres gestantes y en período de lactancia con derecho a la provisión diaria por parte del Estado, a través de los Municipios, sin costo alguno para ellas, de 250 cc. de leche o alimento equivalente".

Son 06 folios.

Núñez Román, Edgar.
694 15/11/1995

Créase el Servicio Civil de Graduandos SECIGRA Economía-Contabilidad, que será prestado por los estudiantes de las Facultades de Economía y Contabilidad de las Universidades del País a partir del último año de estudios profesionales.

Son 11 folios.

Delgado Aparicio, Luis.
696 16/11/1995 Créase la Comisión Multisectorial de Lancones para el manejo de programas para el desarrollo de Lancones Distrito Fronterizo, cabecera nacional de la Cuenca del Chira Piura, zona donde se ubica el Reservorio de Poechos, la que está presidida por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Lancones, e integrada por representantes del Proyecto Especial Chira Piura, y los representantes de la sub-región a nivel de agricultura, educación, salud y transportes.

Son 06 folios.

Reto Neyra, Santos / Campos Baca, Luis / Ciccia Vásquez, Miguel / León Trelles, Carlos.
699 16/11/1995 Modifíquese el Artículo 53° del Decreto Legislativo 745, en lo que se refiere a sus tres primeros párrafos, que a la letra dicen: Con el fin de procurar la renovación constante de los Cuadros Personales, podrán pasar a la situación de Retiro por la causal de renovación, Oficiales Policías y de servicio de los Grados de Mayor a Teniente General, de acuerdo a las necesidades que determine la Policía Nacional.

Son 29 folios.

Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis Alberto / Heresi Abdelnour, Moisés.
700 17/11/1995

Autorízase el funcionamiento de la ESCUELA SUPERIOR DE GESTION EMPRESARIAL (ESGE), como persona jurídica de derecho privado, sin fines de lucro; su organización y funcionamiento, se rige de conformidad con sus estatutos y la Legislación vigente.

Son 65 folios.

Vilchez Malpica, Pedro / Barreto Estrada, Gamaniel / Chiroque Ramírez, Gamaniel.
702 20/11/1995

Los Cesantes y Jubilados del Sector de la Presidencia del Consejo de Ministros que hubieran obtenido su respectivo derecho antes de la vigencia de la Constitución Política de 1993, conforme el Decreto Ley N° 20530, modificatorias, ampliatorias, conexas y reglamentarias, continuarán gozando de sus correspondientes derechos adquiridos de manera inalterable.

Son 18 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
703 20/11/1995

Los Cesantes y Jubilados del Sector de Industria que hubieran obtenido su respectivo derecho antes de la vigencia de la Constitución Política de 1993, conforme el Decreto Ley N° 20530, modificatorias, ampliatorias, conexas y reglamentarias, continuarán gozando de sus correspondientes derechos adquiridos de manera inalterable.

Son 18 folios

Barrón Cebreros, Xavier.
704 20/11/1995

Los Cesantes y Jubilados del Sector de Energía y Minas que hubieran obtenido su respectivo derecho antes de la vigencia de la Constitución Política de 1993, conforme al Decreto Ley N° 20530, modificatorias, ampliatorias, conexas y reglamentarias, continuarán gozando de sus correspondientes derechos adquiridos de manera inalterable.

Son 18 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
707 20/11/1995

Declárase en estado de emergencia por un período de 180 días calendario, el servicio público de electricidad en la Ciudad de Tarapoto, Provincia y Departamento de San Martín.

Son 11 folios.

Torrejón De Chincha, Aurora.
708 20/11/1995

Derógase, el Artículo 49° del Decreto Legislativo N° 775-Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo.

Son 04 folios.

Campos Baca, Luis.
710 21/11/1995

Declárese el año 1996 como el "Año de la Conservación y Protección de nuestro Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Son 05 folios.

Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis Alberto / Heresi Abdelnour, Moisés.
711 21/11/1995 Elimínese el Inciso segundo del párrafo segundo del Artículo 186° del Código Penal.

Son 09 folios.

Ruiz Caro Álvarez, Víctor Manuel.
713 22/11/1995 Modifícase y amplíase el Artículo 86° del Decreto Legislativo N° 776 - Ley de Tributación Municipal - en los términos siguientes:

Artículo 86°.- El Fondo de Compensación Municipal a que alude el Inciso 4 del Artículo 193° de la Constitución Política del Perú, se constituye con los siguientes recursos: a) El 25% de la recaudación mensual del Impuesto General a las Ventas.

Son 12 folios.

Zumaeta Flores, César.
714 22/11/1995

Créase el Registro Nacional de Víctimas Inocentes del Terrorismo (RENAVIT), con la finalidad de facilitar las acciones reparadoras del Estado para con estas víctimas, en el campo de la salud, la educación, la vivienda, la tributación, y otros.

Son 07 folios.

Chipoco Cáceda, Carlos / Townsend Díez Canseco, Ana / Forsyth Mejía, Harold.
715 23/11/1995

Precísase que la obligación tributaria a que se hace referencia en el Artículo N° 21 de la Ley N° 26361, Ley de Bolsa de Productos, es la del Impuesto General a las Ventas.

Son 10 folios.

Sandoval Aguirre, Oswaldo..
716 23/11/1995

Modifícase el Artículo 6° del Decreto Ley N° 22927, que sustituye el Artículo 69 del Decreto Ley 22095, cuyo texto quedará redactado de la forma siguiente: Artículo 69°.- "Los demás bienes decomisados e incautados, durante la investigación Policial y el proceso Judicial, serán puestos a disposición de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas, la misma que, a petición de parte, asignará a Alberges Infantiles, al IPSS para campañas masivas de prevención de la salud, así como a la Compañía General de BOMBEROS, para sus fines Institucionales".

Son 12 folios.

Núñez Román, Edgar.
723 24/11/1995

Modifícanse los Artículos 78° y 80° del Decreto Ley N° 22095, cuyo texto quedará redactado de la forma siguiente: Artículo 78°.- "Créase la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas estará integrada por los cinco (05) miembros designados por Resolución Ministerial del Sector en la forma siguiente: - Un (01) representante del Ministerio del Interior quien la Presidirá. - Un (01) representante del Ministerio de Agricultura.

Son 14 folios.

Núñez Román, Edgar.
724 24/11/1995

Declárase de necesidad y utilidad pública, la Expropiación del predio ubicado en el Distrito de Breña, de esta Capital, con una extensión de 3,597.75 m2.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
725 24/11/1995

Gozarán de las facultades coactivas establecidas por la Legislación Tributaria, aquellas entidades que según las disposiciones legales y convencionales vigentes, tienen a su cargo la atención y servicios de riesgos que corresponden a la Seguridad Social.

Son 04 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
726 24/11/1995

Adjudícase a los Municipios Distritales de San Juan de Miraflores y Villa El Salvador, de esta Capital, al precio registrado contable respectivo, el Terminal Pesquero ubicado en el Distrito de Villa María del Triunfo, sobre la Avenida Pachacútec, km. 20, actualmente dependiente de EPSEP, para que en adelante sea propiedad en condominio, por iguales partes, de los citados Municipios, afectado exclusiva y permanentemente para la promoción y venta de pescado para consumo de la población.

Son 06 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
727 24/11/1995 Declárase de necesidad y utilidad pública la inmediata creación y el funcionamiento de la Zona Franca Industrial del Altiplano Peruano (ZOFRAP).

Son 11 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
729 24/11/1995

Otórgase al Pueblo de Zepita, Capital del Distrito del mismo nombre, en la Provincia de Chucuito, del Departamento de Puno, el Título de "Benemérito Pueblo Heroico de Zepita", en atención a sus antecedentes históricos y a los valiosos templos coloniales que posee.

Son 04 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
730 24/11/1995

Los Municipios Distritales y Provinciales de la República, los Gobiernos Regionales, las Sociedades de Beneficencia Pública y los Establecimientos Públicos Comunales y Particulares de Enseñanza de cualquier nivel, tienen prioridad para adquirir a precio de arancel o justi-precio, los bienes inmuebles de propiedad de aquellas empresas estatales que fueran puestos en venta directa o en subasta pública, por efecto de la privatización a la que estuvieran sometidas dichas empresas.

Son 04 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
731 24/11/1995

Declárase de utilidad y necesidad pública y social, la Expropiación del lote de terreno eriazo, bajo la forma de un pentágono alargado irregular, ubicado en el Tablazo de Huanchaco, al pie del Cerro de la Virgen, con una extensión de cien mil metros cuadrados, destinado para la construcción de la Villa Magisterial Geriátrica, en favor de la Asociación del mismo nombre, y cuya posesión se halla inscrita en la ficha 053 del Registro de Asociaciones de la Libertad.

Son 08 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
732 24/11/1995

Conságrase que la denominación oficial con la cual se reconocerá en adelante al Mariscal "Andrés Avelino Cáceres", y el título honorífico complementario de "El más Grande Héroe de la Historia Republicana del Perú", el cual se usará copulativa y simultánea o alternativamente.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
733 24/11/1995

Reconócese el derecho de los artistas dedicados por más de 40 años al cultivo y difusión de su propia producción o de otras que correspondan al Folklore Peruano, a percibir una pensión de gracia a cargo del Poder Ejecutivo, siempre que su dedicación artística haya sido permanente, de valía y de pública y notoria trascendencia.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
734 24/11/1995

A partir de la vigencia de la presente Ley, el Personal Subalterno de la Policía Nacional solo está facultado para prestar funciones laborales similares, fuera de su horario habitual de trabajo, o en sus períodos vacacionales, al servicio de entidades o personas privadas, cuyo lugar de trabajo se ubique en jurisdicción Distrital distinta de la Dependencia Policial en donde se hallen adscritos oficialmente, previo aviso que los propios interesados deberán dar, por escrito, a su respectiva superioridad.

Son 07 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
735 24/11/1995

Por mérito de la presente Ley, déjase sin efecto el Decreto Supremo N° 51-94-AG, promulgado el 14 de Noviembre de 1994.

Son 06 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
736 24/11/1995

Cuando la población de un Distrito desee pertenecer a otra Provincia distinta de aquella de la que ha venido formando parte, deberán los interesados solicitarlo así por escrito, exponiendo todos los argumentos del caso, mediante Memorial dirigido al Presidente de la República, y que se elevará por órgano del Presidente del Consejo de Ministros, con el respaldo de no menos del 10% de la población electoral inscrita en el Registro Electoral de la respectiva circunscripción solicitante.

Son 07 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
737 24/11/1995 Modifícase el Artículo 99° de la Ley Universitaria N° 23733, que fuera a su vez modificado por las Leyes N°s 24183, 24391 y 26215, cuyo texto definitivo será en adelante el siguiente: "Artículo 99°.- Las Escuelas de Oficiales y Escuelas Superiores de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, la Escuela de Salud Pública del Perú, la Escuela Diplomática del Perú, la Escuela Superior de Negocios para Graduados (ESAN), el Instituto Pedagógico Nacional de Monterrico, la Escuela Nacional de Marina Mercante "Almirante Miguel Grau", la Escuela Superior Autónoma de Bellas Artes, la Escuela Superior Autónoma de Bellas Artes "Diego Quispe Tito" del Cusco y la Escuela Nacional de Folklore "José María Arguedas", mantienen el régimen académico de gobierno y de economías establecidos por las Leyes que los rigen y otorgan en nombre de la Nación, los Títulos respectivos.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
738 24/11/1995 Modifícanse los Incisos 4) y 11) del Artículo 333° del Código Civil, cuyos textos definitivos serán los siguientes:

"4) La injuria grave, que se configura con: a) La ofensa o ultraje verbal o por escrito que un cónyuge infiere hacia la dignidad o sentimientos del otro, incluyendo las actividades, conductas o actos ofensivos de uno a otro cónyuge, que hagan insoportable la vida en común.

Son 23 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
739 24/11/1995

Modifícase el Artículo 89° de la Constitución Política, que en adelante tendrá la siguiente redacción: "Artículo 89°.- Las Comunidades Campesinas y Nativas tiene existencia Legal y Personería Jurídica. Son autónomas en su organización, en el trabajo comunal y en el uso de sus tierras, así como en lo económico y administrativo, dentro del marco que la Ley establece.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
741 24/11/1995 Es objetivo de la presente Ley promover el control biológico y cultural, como elementos básicos del manejo ecológico de plagas, en la Agricultura Nacional. Son 07 folios. Colchado Arellano, Genaro.
742 24/11/1995

Modifícase el último párrafo del Artículo 6° del Decreto Legislativo N° 704, por el siguiente texto: "Toda Zona Franca incurrirá en caducidad, si transcurrido 10 años contados a partir del respectivo Decreto Supremo que las crea, no haya entrado en operación".

Son 11 folios.

León Trelles, Carlos / Campos Baca, Luis / Chiroque Ramírez, Gamaniel.
744 24/11/1995

Derógase el tercer párrafo del Artículo 57° del Decreto Legislativo N° 728 modificado por la Ley N° 26513, el mismo que establece la jubilación automática y obligatoria de los trabajadores a los 70 años de edad.

Son 17 folios.

Barrón Cebreros, Xavier / Flores-Araoz Esparza, Antero / Flores Nano, Lourdes.
746 24/11/1995

Los funcionarios y entidades mencionados en el Artículo 96° de la Constitución, proporcionarán en un plazo no mayor de diez días, los datos e informes solicitados por cualquier representante al Congreso. Están comprendidos en la presente disposición las demás entidades en las que el Estado tenga participación o interés.

Son 05 folios.

Gamarra Olivares, Ernesto / Olivera Vega, Fernando / Cáceres Velásquez, Roger / Mohme Llona, Gustavo / Alva Orlandini, Javier.
747 24/11/1995

Queda terminantemente prohibido el expendio a menores de edad bebidas alcohólicas envasadas, o preparados no envasados, en los siguientes establecimientos: bares, cantinas, licorerías, supermercados, centros nocturnos, cabarets, boîtes, discotecas, salones de baile, café-teatros, y en general cualquier establecimiento comercial.

Son 05 folios.

Gamarra Olivares, Ernesto.
748 24/11/1995

La presente ley es aplicable a las empresas que reúnan las siguientes características: a. Que estén constituidas como Sociedades mercantiles o como Cooperativas, b. Que se encuentren en situación de grave iliquidez.

Son 42 folios.

Olivera Vega, Fernando.
749 24/11/1995

Sin perjuicio de las modalidades de extinción de las obligaciones Tributarias, reguladas con carácter general por el Artículo 27 del Código Tributario- Principios Generales, promulgado por Decreto Legislativo 773, establécese el siguiente régimen de excepción para la consolidación patrimonial y financiera de las empresas generadoras de rentas de tercera categoría que, al 31 de diciembre de 1995, presenten las siguientes características: a. Que se encuentren en situación real de insolvencia, aún cuando ese estado patrimonial o financiero no haya sido declarado formalmente dentro del marco de un proceso concursal.

Son 38 folios.

Olivera Vega, Fernando.
750 27/11/1995

Todas las revistas, videos, películas, posters y otras publicaciones no médicas, relativas al sexo, deben consignar la siguiente frase en lugar preferencial. "TIENES DERECHO A TU SEXUALIDAD...., PERO DEBES PROTEGERTE PARA ASEGURAR TU SALUD".

Son 05 folios.

Bartra Gonzáles, Ángel Miguel.
751 27/11/1995

Constituye finalidad principal de la presente Ley, normar y regular el ejercicio profesional del Biólogo, con registro de matrícula vigente en el Colegio de Biólogos del Perú creado por Decreto Ley 19364, en las diversas Instituciones de la administración pública y en el sector de la actividad privada, en lo que fuera aplicable, conforme a la reglamentación de la presente Ley.

Son 15 folios.

Campos Baca, Luis / Díaz Bringas, Edilberto / Ruiz Dávila, Jorge / Villasante Chambi, Cristóbal / Jhong Junchaya, Juan / Samalvides Dongo Helber Gaspar / Abanto Pongo, Alejandro / Barbarán Rengifo, Carlos / Sánchez Vega, José Gabriel / Morales Costa, Lastenio.
752 27/11/1995

En cada Capital de Departamentos del País, existirán OFICINAS ADMINISTRATIVAS DESCENTRALIZADAS (OAD) del Congreso de la República.

Son 09 folios.

Pulgar Lucas, Enrique Orlando.
753 27/11/1995

Declárese de necesidad pública la suspensión del servicio telefónico de los números denominados "eróticos", a partir de la fecha.

Son 06 folios.

Ezquerra Cáceres, Rigoberto.
755 28/11/1995

El aporte a que se refiere el Artículo Cuarto de la Ley N° 24686 es de carácter voluntario, debiendo el Personal Militar y Policial comunicar su intención de aporte al organismo especial encargado de la administración ejecución, según señala el Artículo Séptimo de la norma Legal aludida.

Son 05 folios.

Llerena Marotti, Antonio.
756 28/11/1995 Modifíquese el segundo párrafo del Artículo 34° del Código de Procedimientos Penales en vigencia, cuyo texto será el siguiente:

"El Juez podrá, asimismo, dictar la orden de detención definitiva o provisional, según el caso, y decretar la medida de embargo sobre los bienes propios del inculpado que basten para asegurar prudencialmente el pago de la reparación civil a que haya lugar. También, y, mientras esté pendiente el incidente de recusación, podrá pronunciarse sobre los pedidos de libertad provisional que se le sometan a su consideración.

Son 04 folios.

Noriega Febres, Javier.
757 28/11/1995

Autorízase a las Universidades de la República que cuenten con Programas, Facultades o Escuelas de Ciencias Contables o Financieras, a desarrollar la nivelación profesional vía cursos dirigidos a los Contadores Mercantiles en ejercicio profesional para que puedan optar el Título de Contador Público, aprobada su Curricular en estudio y sustentación respectiva.

Son 08 folios.

Barreto Estrada, Gamaniel.
758 28/11/1995

Proyecto de Ley "Canon de Agua para el Distrito de Lancones".

Son 103 folios.

Municipalidad Provincial de Sullana.
760 29/11/1995

Establézcanse Regiones Transitorias de ámbito Departamental con la finalidad de promover el desarrollo integral del País y crear las condiciones necesarias para implementar el proceso de descentralización conforme al Artículo 190° de la Constitución Política del Perú, el cual deberá culminar a más tardar el 31 de Diciembre de 1998.

Son 09 folios.

Velit Núñez, Miguel.
761 29/11/1995

Exclúyase de toda limitación porcentual, a la prestación de servicios complementarios prestados por empresas mercantiles o Cooperativas de Trabajadores.

Son 23 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
763 30/11/1995

La Ley de la Medicina Folclórica tradicional forma parte de la Legislación de la política Nacional de salud, tiene por objeto, regular y normar la actividad de los agentes tradicionales de la salud (CURANDEROS, HERBOLARIOS, HUESEROS, REZADORES Y PARTERAS).

Son 05 folios.

Díaz Díaz, Susana.
764 30/11/1995

Modifícase y amplíase el Artículo10° del Decreto Ley N° 25844- Ley de Concesiones Eléctricas en los términos siguientes: Artículo 10°.- La Comisión de Tarifas Eléctricas es un Organismo Técnico y Descentralizado del Sector Energía y Minas con autonomía funcional, económica, técnica y administrativa, responsable de fijar las tarifas de energía y de ejercer el Arbitraje en los Contratos de Libre Negociación de acuerdo a los criterios establecidos en la presente Ley.

Son 12 folios.

Zumaeta Flores, César.
765 30/11/1995

Los impresores y editores de libros, folletos, enciclopedias, guías, diccionarios y demás documentos bibliográficos similares. Están obligados a remitir a la Biblioteca Nacional seis (6) ejemplares, los mismos que son distribuidos de la siguiente forma: - Tres (03) para la Biblioteca Nacional del Perú. - Dos (02) para el Sistema Nacional de Bibliotecas. - Uno (01) para el Congreso de la República.

Son 13 folios

Gutiérrez Mercedes, Virgilio.
766 30/11/1995

Modifíquese el Decreto Legislativo N° 704 en los siguientes términos: "Artículo 6°.- Las Zonas Francas Industriales y Turísticas y las Zonas de Tratamiento Especial Comercial se crean mediante Decreto Supremo, refrendado por el Presidente del Concejo de Ministros, por iniciativa pública o privada, a propuesta de las CONAFRAN y de los Gobiernos Regionales donde fueran a establecerse, previo estudio de factibilidad técnico-económico.

Son 12 folios.

Mantilla Campos, Agustín.
767 30/11/1995 Las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito, en adelante las Cajas Municipales, son Sociedades Anónimas con Personería Jurídica propia de derecho privado, que tienen autonomía económica, financiera y administrativa, con las limitaciones que establece la presente norma.

Son 22 folios.

Medelius Rodríguez, Oscar.
768 30/11/1995

Establécese en todo el territorio de la República la HORA PERUANA, entendida ésta como la HORA EXACTA, para el inicio de toda actividad y/o para el cabal cumplimiento del horario de ingreso y salida a las Instituciones Públicas y Privadas.

Son 08 folios.

Núñez Román, Edgar.
771 30/11/1995 Modifíquese el Artículo N° 4° de la Ley 26264 en los siguientes términos:

Artículo 4°.- Las Municipalidades Provinciales identifican y califican a los Asentamientos Humanos a que se refiere la presente Ley, Posesionados en la Propiedad Fiscal o Municipal; elaboran el Padrón de Poseedores de lotes, formulan y aprueban los planos perimétricos, de lotización y vías, y otorgan los Títulos de Propiedad respectivos.

Son 09 folios.

Castillo Chirinos, Arturo.
775 30/11/1995 Amplíase el Artículo 2° de la Ley N° 26511 del 08 de Julio de 1995 en los siguientes términos:

c.) Una bonificación mensual equivalente a tres remuneraciones mínimas vitales (RMV) a través del sector en el que prestaron servicios en favor del personal calificado por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas como sobrevivientes excombatientes de los conflictos de 1981 y Alto Cenepa de 1995, excepto del personal indicado en el párrafo /inválidos o deudos de fallecidos).

Son 06 folios.

Díaz Díaz, Susana.
777 10/07/1996 Conforme a la Undécima Disposición Final y Transitoria de la Constitución, prorrógase hasta la finalización del año lectivo 1996, la vigencia de la Ley 26401. Son 16 folios. Ruiz Dávila, Jorge / Cardoso Romero, Juan / Sánchez Vega, José Gabriel / Mellado Céspedes, Edith.
778 01/12/1995 Créase la Comisión Especial de Alto Nivel encargada de revisar, calificar y proponer al Presidente de la república, en forma excepcional, la concesión del indulto o la conmutación de penas a los internos sentenciados por el delito de terrorismo, de apología al terrorismo y por actos de colaboración para la perpetración de hechos delictuosos y que sostienen verosímilmente su inocencia.

Son 04 folios.

Siura Céspedes, Gilberto / Patsías Mella, Demetrio / Sandoval Aguirre, Oswaldo.
780 01/12/1995

Sustitúyase el Artículo 69° del Decreto Ley 22095, con el texto siguiente: Artículo 69°.- Los demás bienes decomisados e incautados durante la investigación Policial y el proceso Judicial, serán puestos a disposición de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas, la que los asignará para el servicio oficial de las dependencias públicas, según las prioridades que establezca el Comité Multisectorial de Control de Drogas.

Son 05 folios.

Siura Céspedes, Gilberto / Patsías Mella, Demetrio / Barreto Estrada, Gamaniel.
781 01/12/1995

Los vehículos y autopartes usados, podrán ingresar al País únicamente en los siguientes casos: a) Si son vehículos automotores usados, destinados al transporte, que cuenten con Certificado de Inspección Técnica realizada en el País de donde procede la importación.

Son 09 folios.

Siura Céspedes, Gilberto / Patsías Mella, Demetrio.
786 01/12/1995

Créase el FONDO NACIONAL DEL AMBIENTE (FONAM) como Organismo Descentralizado de la Presidencia del Consejo de Ministros con personería jurídica de Derecho Público Interno y con autonomía funcional, económica, financiera, técnica y administrativa.

Son 12 folios

Vidarte Correa, Elferes / Sánchez Vega, José / Cerrate Valenzuela, Alfonso / Ruiz Caro, Víctor / Chávez Serrano, Jubert / Torrejón Riva De Chincha, Aurora / Villasante Chambi, Cristóbal / Díaz Díaz, Susana / Ruiz Dávila, Jorge / Jhong Junchaya, Juan / Flores Flores, Gustavo / Pando Pacheco, Eduardo / Vega Ascencio, Anastacio / Lajo lazo, Manuel / Ramos Santillán, Francisco.
787 04/12/1995 Los importadores y distribuidores de toda clase de libros, folletos, revistas, periódicos, material fonográfico, grabaciones, fotografías y en general toda clase de impresos, están obligados a contribuir a la conformación del Patrimonio de la Biblioteca Nacional y del Congreso de la República, en el mismo modo y proporción que corresponde a los editores y productores Nacionales de dichos bienes culturales, conforme a las Leyes y disposiciones pertinentes. Son 06 folios. Vidarte Correa, Elferes.
788 04/12/1995 Autorízase la emisión de una estampilla de uso obligatorio y priorizado por la entidad emisora, cuyo tiraje y valor facial será regulado por las entidades competentes, la misma que deberá ser incluida en el Calendario Anual de Emisiones de Sellos de Correos.

Son 07 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
791 04/12/1995 Reconózcase el carácter de Instituciones Superiores de nivel Universitario, a los Centros de Instrucción para Oficiales de las Fuerzas Armadas, incorporándolos dentro del Sistema Universitario Nacional.

Son 05 folios.

Torres y Torres Lara, Carlos.
793 04/12/1995 Modifíquese el Artículo 2° de la Ley N° 25017 y autorícese a la Autoridad competente a trazar en la Carta Nacional de Lima los nuevos límites del Distrito de los Olivos.

Son 07 folios.

Vilchez Malpica, Pedro / Quicaña Avilés, Miguel.
794 04/12/1995

Créase la Autoridad Autónoma del Río Pampas, en el Departamento de ICA, como Organismo Público Descentralizado bajo la coordinación del Instituto Nacional de Desarrollo INADE, encargada de normalizar, ejecutar y concertar un Plan General de Desarrollo.

Son 05 folios.

Vilchez Malpica, Pedro / Quicaña Avilés, Miguel.
795 04/12/1995

Sustitúyase el Artículo 108° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 23853, por el texto siguiente: "Artículo 108°.- La administración y uso de fondos por las Municipalidades están regidos por las normas del Sistema Nacional de Control. Con tal fin cada Municipalidad constituye su Oficina de Auditoría Interna, la misma que se encuentra subordinada funcionalmente a la Contraloría General de la República".

Son 11 folios.

Vargas Marín, Dennis.
800 05/12/1995

Créase una Comisión Especial Consultiva encargada de recepcionar, evaluar las solicitudes de revisión de personas que se encuentren con resolución condenatoria consentida y ejecutoriada en los casos de terrorismo; que luego de una evaluación sustentará la revisión ante la Corte Suprema.

Son 06 folios.

Medelius Rodríguez, Oscar.
803 06/12/1995 Modifícase y amplíase el Artículo 166° del Decreto Supremo N° 009-93-EM,Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, en los términos siguientes:

Artículo 166°.- Las contribuciones reembolsables que podrá exigir el concesionario para el financiamiento de la extensión de las instalaciones hasta el punto de entrega, serán establecidas según las modalidades b) o c) del Artículo 83° de la Ley, a elección del usuario.

Son 11 folios.

Zumaeta Flores, César.
805 06/12/1995

Constitúyase una Comisión Nacional encargada de conmemorar el Primer Centenario del Nacimiento de Raúl Porras Barrenechea.

Son 05 folios.

Chirinos Soto, Enrique.
806 06/12/1995

Autorízase al Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales-ONPE y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil- RENIEC, según corresponda, a disponer las medidas administrativas y de personal que sean necesarias para la organización y adecuación de las referidas entidades a lo dispuesto en la Constitución Política, en sus respectivas Leyes orgánicas y en las Leyes modificatorias y complementarias, aplicando a tales efectos lo prescrito en la Tercera Disposición Transitoria de la Ley 26487 y el Artículo quinto de la Ley 26494.

Son 13 folios.

Figueroa Vizcarra, Jorge.
807 06/12/1995

Créase la Comisión de Apoyo Profesional de las Fuerzas Armadas, como Organismo del Sector Defensa, destinada a apoyar el financiamiento de estudios de carreras profesionales alternativas para los miembros de las Fuerzas Armadas.

Son 11 folios.

Forsyth Mejía, Harold.
808 06/12/1995

El Juez, Ministerio Público o la Policía Nacional del Perú, según el caso están facultado para realizar la entrega inmediata de los bienes pertenecientes a los ciudadanos extranjeros que se encuentren en el Perú en calidad de turistas y que resulten ser agraviados de los delitos contra el Patrimonio.

Son 03 folios.

Vega Ascencio, Anastasio.
809 06/12/1995

Adjudícase a Título Gratuito los terrenos del Estado, a nombre de las Organizaciones de impedidos, donde vienen funcionando talleres conformados por los propios impedidos y que producen bienes y/o servicios.

Son 05 folios.

Vega Ascencio, Anastasio.
810 06/12/1995 Modifíquese el Artículo 7° y 73° del Decreto Legislativo N° 775 con el siguiente texto:

Artículo 7°.- Las exoneraciones contenidas en los apéndice I y II, tendrán vigencia hasta el 31 de Diciembre del año 2000.

Son 05 folios.

Barba Caballero, José.
814 07/12/1995

Conceder un plazo ampliatorio de 04 años para que se pongan en operación las Zonas Francas, así como las Zonas de Tratamiento Especial Comercial, que al vencimiento del plazo establecido en la PRIMERA DISPOSICION TRANSITORIA y el Artículo 6to. Del Decreto Legislativo N° 704, cuenten con terreno apropiado, propio, disponible y hayan realizado inversiones en infraestructura en procura de su implementación.

Son 11 folios.

Núñez Román, Edgar.
815 07/12/1995

Sustitúyese el Artículo 401° del Código Penal con el siguiente texto: "Artículo 401°.- El Funcionario o Servidor Público, que por razón de su cargo, se enriquece ilícitamente, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cinco años ni mayor de diez años".

Son 05 folios.

Alva Orlandini, Javier.
816 07/12/1995

Precísese que a los recursos obtenidos en aplicación del Artículo 2 de la Ley N° 25194, les será de aplicación lo dispuesto en el Artículo 3 de la indicada Ley.

Son 05 folios.

Ghilardi Álvarez, Freddy.
822 07/12/1995

La Administración Pública demandará el cumplimiento de obligaciones provenientes de sus bienes, derechos o servicios, cualquiera fuera la naturaleza jurídica de éstos, con arreglo a los procesos establecidos en el Código Procesal Civil, salvo las deudas tributarias que continuarán regidas por el procedimiento establecido en el Código Tributario aprobado por el Decreto Legislativo N° 773.

Son 07 folios.

Lozada De Gamboa, María Del Carmen.
824 07/12/1995

Modifícase el tercer párrafo del Artículo 6° del Decreto Supremo N° 704 en los siguientes términos: "Artículo 6°.- Las Zonas Francas Industriales y Turísticas y las Zonas de Tratamiento Especial Comercial se crean mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por iniciativa pública o privada, a propuesta de la CONAFRAN y de los Gobiernos Regionales donde fueran a establecerse, previo estudio de factibilidad técnico-económico.

Son 11 folios.

Ezquerra Cáceres, Rigoberto.
827 11/12/1995

Autorízase a los Municipios del País para que por un período de 90 días puedan decretar la reorganización de sus municipios, previo acuerdo del Concejo.

Son 16 folios.

Ghilardi Álvarez, Freddy.
829 11/12/1995

La sociedad en su conjunto está obligada a promover las mejores condiciones para la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo científico, tecnológico, social, económico, cultural y político del País.

Son 11 folios.

Patsías Mella, Demetrio.
831 11/12/1995 Modifíquese el Artículo 7° del Decreto Legislativo N° 713, modificado por la Ley 26331, cuyo tenor literal será como sigue:

"Artículo 7°.- Los feriados de Año Nuevo, Jueves y Viernes Santo, Día del Trabajo, Fiestas Patrias y Navidad del Señor se celebrarán en sus fechas respectivas. Cualquier otro feriado no laborable de ámbito nacional, no nacional o gremial, se hará efectivo el día lunes inmediato posterior a la fecha, aún cuando corresponda con el de descanso del trabajador.

Son 19 folios.

Marcenaro Fres, Ricardo.
833 12/12/1995

La presente Ley regula los derechos de sindicación, negociación colectiva y huelga, en armonía con lo previsto en el Artículo 28° de la Constitución y en concordancia con los convenios Internacionales Nos. 87, 98 y 154 de la Organización Internacional del Trabajo y sus Recomendaciones Nos. 91 y 163, así como de acuerdo con los demás dispositivos pertinentes de máxima jerarquía dentro de nuestro ordenamiento jurídico.

Son 54 folios.

Grados Bertorini, Alfonso.
835 12/12/1995 Modifícase el Artículo 6° de la Ley del Impuesto a la Renta, Decreto Legislativo N° 774, por el texto siguiente: "Están sujetas al impuesto la totalidad de las Rentas gravadas que obtengan los contribuyentes que, conforme a las disposiciones de esta Ley, se consideran domiciliados en el País, sin tener en cuenta la nacionalidad de las personas naturales ni el lugar de Constitución de las Jurídicas, siempre que la fuente productora sea Peruana.

Son 06 folios.

Sandoval Aguirre, Oswaldo..
836 12/12/1995

Modifícase el Artículo 32° del Decreto Legislativo N° 776 por el siguiente texto: "La base imponible del impuesto está constituido por el valor original de adquisición, importación o de ingreso al patrimonio registrado en la factura o póliza de importación.

Son 05 folios.

Sandoval Aguirre, Oswaldo..
837 12/12/1995

Precísase que las Comisiones Mercantiles que perciben las personas naturales y jurídicas domiciliadas por colocación de bienes y/o servicios extranjeros en el País, según lo regulado en el Artículo 33° del Decreto Legislativo N° 775, constituyen exportación de servicios.

Son 11 folios.

Sandoval Aguirre, Oswaldo..
838 12/12/1995

Adiciónase un párrafo final al numeral 2, del Literal a) del Artículo 3, del Decreto Legislativo N° 775, con el siguiente texto: "Las entregas de bienes que hacen las empresas a sus clientes con fines de promoción, tales como obsequios y muestras, se trate de bienes adquiridos de terceros o producidos o comercializados por la empresa".

Son 09 folios.

Sandoval Aguirre, Oswaldo..
839 12/12/1995

Modifícase el último párrafo de la norma XV del Código Tributario, aprobado por Decreto Legislativo N° 773, por el siguiente texto: "El valor de la UIT correspondiente a cada año calendario será determinado en la respectiva Ley de financiamiento del Presupuesto del Sector Público, teniendo en cuenta la variación del poder adquisitivo de la moneda Nacional y el índice de precios al consumidor".

Son 09 folios.

Sandoval Aguirre, Oswaldo..
840 12/12/1995

Modifícase el último párrafo de la Norma II del Código Tributario, en los siguientes términos: "Las aportaciones que administra el Instituto Peruano de Seguridad Social y la Oficina de Normalización Previsional, así como las demás aportaciones sectoriales, se rigen por el presente código".

Son 09 folios.

Sandoval Aguirre, Oswaldo..
841 12/12/1995

Declárase de necesidad y utilidad pública las acciones del Estado y sus instituciones en salvaguarda del medio ambiente.

Son 05 folios.

Sandoval Aguirre, Oswaldo..
842 12/12/1995 Modifíquese el Artículo 1° de la Ley N° 26546, el que queda redactado de la forma siguiente:

Artículo 1.- Por un período de 360 días calendarios, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, la Comisión Ejecutiva a que se refiere el Artículo 2° asumirá las funciones de gobierno y gestión del Poder Judicial. En consecuencia, por el plazo antes señalado, quedan en suspenso la competencia y atribuciones de los órganos de gobierno previstos en los Artículos 81°, 82°, 83°, 84°, 85°, 86°, 87°, 95° y 96° del Decreto Supremo N° 017-93-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, las que serán ejercidas por dicha Comisión Ejecutiva o por quienes ésta designe en la respectiva jurisdicción.

Son 05 folios.

Medelius Rodríguez, Oscar.
843 12/12/1995 La concesión del derecho de Gracia podrá otorgarse a los internos procesados, salvo disposición contraria de la Ley.

Son 06 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
844 12/12/1995 Modifícanse los Artículos 7°, 8°, 25°, 69° y 89° del Decreto Legislativo N° 776, el que queda redactado de la siguiente manera: Artículo 7°.- Los Registros públicos, sea cual fuere su naturaleza o denominación y los Notarios Públicos, deberán requerir que se acredite el pago de los Impuestos a que alude el Artículo anterior para la inscripción o formalización de actos jurídicos.

Son 03 folios.

Salgado De Paredes, Luz.
846 12/12/1995

Precísase la Cuarta Disposición Final del Decreto Legislativo N° 618, en su parte pertinente, en el sentido que las exoneraciones, incentivos y otros beneficios tributarios concedidos por el Artículo 71° de la Ley N° 23407 "Ley General de Industrias" en favor de las Empresas Industriales que se hayan constituido con anterioridad o posterioridad al 1° de Enero de 1991, son hasta el 31 de Diciembre del año 2000 conforme al plazo fijo señalado por el Artículo 141° de d dicha Ley, en concordancia con el último párrafo de la Cuarta Disposición Final del Decreto Legislativo N° 618.

Son 05 folios.

León Trelles, Carlos / Chiroque Ramírez, Gamaniel.
852 13/12/1995

Afectase a favor del Municipio Distrital de Ate, para fines exclusivos de área verdes y recreación, los terrenos de propiedad del Ministerio de Agricultura, ubicados en Vitarte, en esta Capital, en no menos del 70% de su área.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
853 13/12/1995

Autorízase a la Beneficencia Pública de Huacho, para formalizar definitivamente la venta del área de 37,500 m2, que conformaban parte del Fundo San Bartolomé, de su propiedad en el Sector de San Lorenzo, del Distrito de Santa María, en las afueras de la Ciudad de Huacho.

Son 06 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
854 13/12/1995 Extiéndase a favor de los Gobiernos Regionales y Locales y de las Sociedades de Beneficencia Pública del País, las facilidades otorgadas por el Decreto-Ley 26139, por el total de las sumas que dichas entidades hubiesen tenido en depósito en las Instituciones Bancarias y Financieras que se hallan en proceso de liquidación. Son 03 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
855 13/12/1995

El llamado "Parque de las Leyendas", en la Ciudad de Lima, se denominará en adelante "Parque de las Leyendas-Felipe Benavides Barreda", como permanente homenaje del Perú a la memoria de tan noble benefactor de la Fauna y Flora de este País.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
856 13/12/1995

La creación y funcionamiento de Facultades o Escuelas Profesionales de nivel universitario cuyo desarrollo curricular y académico, y consiguiente dictado de asignaturas, deba efectuarse exclusiva o fundamentalmente por el sistema de "Estudio a Distancia", requerirá para su validez, de la aprobación previa y expresa por parte de la Asamblea Nacional de Rectores.

Son 04 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
857 13/12/1995

El Estado auspiciará la adecuada y progresiva conformación y pronta puesta en funcionamiento de una Entidad autónoma e independiente, que en nombre y representación de la Sociedad Civil, y más allá de toda intervención Estatal, pueda desarrollar la supervigilancia de los procesos electorales que se lleven a cabo en el Perú, a partir de la puesta en vigencia de la presente Ley, como del superior objetivo de asegurar la mayor transparencia y veracidad de los resultados electorales que se obtengan a futuro.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
859 13/12/1995

Autorízase al Poder Ejecutivo, para que con cargo a los fondos que tenga disponibles, adquiera directamente, o a través de la Región Arequipa o del Municipio Provincial de Islay, los derechos de propiedad correspondientes al edificio denominado "Castillo Forga", ubicado en el Puerto de Mollendo, así como de los muebles y objetos de valor histórico que contiene en su interior.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
860 13/12/1995 Las Empresas que brindan Servicios de Seguridad Privada, deben abonar, por concepto de Licencia de Funcionamiento, los siguientes montos: Empresas de Vigilancia Privada:

- Cuatro (4) U.I.T., para el Departamento de Lima y Provincia Constitucional del Callao. - Dos (29 U.I.T., por cada Departamento que se incluya en el ámbito de sus operaciones.

Son 06 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
862 13/12/1995 Modificase el Artículo 25° de la Ley N° 14669 "Ley de Elecciones Municipales"; y el Artículo 24° de la Ley N° 23853 "Ley Orgánica de Municipalidades" referido a los requisitos para postular a los cargos de Alcaldes y Regidores, el cual quedará redactado de la siguiente forma: "Artículo 25°.- Para der elegido Alcalde o Teniente Alcalde de un Concejo Municipal Provincial o Distrital se requiere: A) Circunscripciones de hasta 100,000 habitantes: 1.- Gozar del derecho de sufragio; 2) Ser oriundo o alternativamente vecino de la respectiva circunscripción Municipal con no menos de seis meses de residencia continua antes de la elección.

Son 12 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
863 13/12/1995

Autorízase la creación de las Cajas Industriales de Ahorro y Crédito en todo el territorio Nacional, a la que en adelante se denominará, para los efectos de la presente Ley, "CAJAS INDUSTRIALES DE AHORRO Y CREDITO", constituidas como Personas Jurídicas de Derecho Privado; sujetas a las normas que establece la presente Ley y supletoriamente a la Ley General de Cooperativas y su Reglamentación.

Son 08 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
864 13/12/1995

Otórgase a la Ciudad de Moho Capital de la Provincia del mismo nombre, perteneciente a la Región Tacna-Moquegua-Puno, la denominación Honorífica oficial de "MOHO: JARDÍN DEL ALTIPLANO".

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
865 13/12/1995 Otórgase la denominación Honorífica de "CERRO DE PASCO: LA PRIMERA CIUDAD MINERA DEL PERÚ", a la Ciudad del mismo nombre, Capital del Departamento de Pasco. Son 10 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
866 13/12/1995

Declárase de necesidad pública incentivar, promover y cultivar la más acelerada coordinación y compenetración, conocimiento y apoyo mutuo, entre las distintas áreas de la Administración Pública correspondientes a los países integrantes del Pacto Sub-Regional Andino, a los efectos de favorecer su más rápida integración y compatibilización, procurando el acercamiento y homologación de los trámites, procedimientos, instancias y regulaciones administrativas y legales que sean pertinentes, como pre-requisito para alcanzar conjuntamente las metas de desarrollo y superación a las que se orienta el Pacto en referencia.

Son 04 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
867 13/12/1995 Declárase de necesidad Nacional y de prioritaria utilidad pública la materialización, preparación y ejecución de los proyectos y obras que correspondan a la Central Hidro-eléctrica de Quishuarani, para utilizar la caída natural de las aguas de la Laguna de Sevinacocha, sobre la Cuenca del Río Salcka, en la Provincia de Canchis.

Son 18 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
868 13/12/1995

Declárase de urgente necesidad Nacional la pronta culminación de las obras en construcción del tramo inconcluso, con aproximadamente 38 Kms de extensión, en la carretera que baja del Altiplano hacia el Departamento de Madre de Dios, por el Valle de San Gabán, hasta su interconexión en otorongo, con la carretera que baja por Quince mil, desde el Departamento del Cusco, hacía Puerto Maldonado e Iñapari, sobre la frontera con Brasil.

Son 04 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
869 13/12/1995 Los ciudadanos que egresan cada año en el primer lugar, cumpliendo su Servicio Militar Obligatorio en las Unidades de las Fuerzas Armadas, en el territorio Nacional, como Licenciados, serán admitidos, sin dar examen de ingreso, en la Escuela de Guardias de la Policía Nacional del Perú, siempre que reúnan los requisitos para ello, en un número que en total no excederá el 30% de postulantes señalados regularmente para dicha Escuela.

Son 06 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
870 13/12/1995 Eríjanse dos monumentos ecuestres, en honor a la memoria de quien fuera Gran Mariscal de los Ejércitos del Perú: Don. Domingo Nieto y Márquez, en el lugar que se determine como el más conveniente, en las Ciudades de Moquegua y Lima, con motivo de cumplirse ciento cincuenta y dos años de su muerte, con fecha 27 de febrero próximo.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
871 13/12/1995

Autorízase descontar en las planillas de haberes de los servicios públicos y privados del País, hasta el 1% de sus respectivas remuneraciones, a favor de la Iglesia Católica y de las demás confesiones Religiosas que cuenten cuando menos con el 1% de la población del País, según los resultados censales estadísticos y su reactualización anual, cuyo importe se entregará mes a mes directamente a las personas que acredite la Jerarquía religiosa respectiva..

Son 03 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
872 13/12/1995

Declárase de necesidad pública la preparación, edición y difusión del Diccionario Peruano de la Lengua Aymara.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
873 13/12/1995

Los miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que sean víctimas de actos de terrorismo y/o que sufran invalidez permanente en acto, ocasión o como consecuencia del servicio en la defensa de nuestras fronteras nacionales, serán promovidos económicamente, al doble del haber bruto de la clase inmediata superior, cada 5 años, a partir de ocurrido el acto invalidante, cualquiera que fuere el tiempo de servicios prestados.

Son 11 folios.

Chipoco Cáceda, Carlos.
874 13/12/1995

Adiciónese a la parte final del Artículo 14° del Decreto Legislativo 371, los párrafos siguientes: Artículo 14°.- Los Tenientes Generales de la Policía Nacional, en situación de actividad, cuando sean designados Ministro del Interior, o Director General de la Policía Nacional, tendrán la denominación distintiva de Generales de Policía y ostentarán los distintivos correspondientes.

Son 05 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
875 13/12/1995 Los Tratados o Convenios Internacionales, a que se refiere el Artículo 102° de la Constitución Política del Estado, son aquellos que tratan sobre los temas siguientes:

a) Asuntos de naturaleza política; b) Asuntos vinculados a la defensa nacional;

c) Asuntos que dispongan arbitrajes o arreglos judiciales internacionales.

Son 05 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
876 13/12/1995

Fíjese en S/.500.00 nuevos soles el monto mínimo de las pensiones de invalidez, jubilación y viudez.

Son 05 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
879 14/12/1995

De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 104° de la Constitución Política del Perú, deléguese en el Poder Ejecutivo, por un plazo de 180 días, la facultad para que mediante Decretos Legislativos pueda ampliar y/o modificar: 1.- La Legislación del Sistema Tributario del Gobierno Central y de los Gobiernos Locales, teniendo por finalidad introducir modificaciones al sistema tributario destinadas a su simplificación, ampliación de la base tributaria e incremento de la recaudación acorde con las metas establecidas en el programa económico.

Son 06 folios.

Medelius Rodríguez, Oscar.
880 14/12/1995 El Presidente de la Corte Suprema, asumirá las funciones y atribuciones contenidas en el Artículo 82° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, con excepción de los Incisos 2, 3, 5, 7, 10, 11, 13, 15, 16, 18, 22, 24, 27, 33, 34, y 35, las cuales serán asumidas por la Comisión Ejecutiva creada por Ley 26546.

Son 05 folios.

Medelius Rodríguez, Oscar.
881 14/12/1995 Considérese dentro de la Ley N° 26518, Sistema de Atención Integral al Niño y Adolescente a Nivel Regional y Local, a un representante del Programa "COLIBRÍ".

Son 05 folios.

Barba Caballero, José / Heresi Abdelnour, Moisés.
883 14/12/1995

La autoridad educativa competente procurará establecer convenios con Centros Educativos de gestión No Estatal, otorgando compensaciones económicas destinadas a rebajar las pensiones o a pagar becas o a sostener los de carácter gratuito.

Son 06 folios.

Rey Rey, Rafael / Chirinos Soto, Enrique / Salazar Larraín, Arturo.
885 14/12/1995

Modifícase el Artículo 3 del Decreto Ley 17537, Ley de la Representación y Defensa del Estado en juicio, en los siguientes términos: "La defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Público conforme a ésta Ley".

Son 07 folios.

Sandoval Aguirre, Oswaldo..
886 14/12/1995

Los miembros de la Comisión de Promoción de la Inversión Privada (COPRI), así como los de Comités Especiales de Promoción de la Inversión (CEPRI), y los asesores o consultores de dichas entidades no podrán tener vínculo laboral ni contractual, directo ni indirecto con las personas naturales o jurídicas que hayan adquirido las empresas privatizadas.

Son 06 folios.

Chipoco Cáceda, Carlos.
887 14/12/1995

El Estado reconoce al Artista y a su actividad como elemento esencial de la Cultura de la Nación y factor de identidad e integración del pueblo. El Estado establece un régimen de protección y promoción del desarrollo de la labor artística así como de las actividades concurrentes.

Son 18 folios.

Díaz Díaz, Susana.
888 15/12/1995

Sustitúyase el Tercer Párrafo del Artículo 161° de la Constitución Política, por el siguiente: "El Defensor del Pueblo es elegido y removido por el Congreso con el voto de más de la mitad del número legal de sus miembros. Goza de la misma inmunidad y de las mismas prerrogativas de los Congresistas".

Son 11 folios.

Chávez Cossío, Martha.
889 15/12/1995

Sustitúyase el texto de los Artículos 7°, 10°, 19°, 24°, 25°, 41°, 42°, 44°, 50°, 51°, 54°, 73°, 86° y 89° los que deberán expresarse en los siguientes términos: "Artículo N° 7°.- Los Registros Públicos y los Notarios Públicos, están obligados a requerir se acredite el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los impuestos a los que alude el Artículo precedente, para la inscripción o formalización de los actos jurídicos".

Son 77 folios.

Castillo Chirinos, Arturo.
890 15/12/1995 Dése fuerza de Ley al Decreto Supremo N° 009-86-JUS, que prohíbe la comercialización de pegamentos de contacto, mezcla de diluyentes orgánicos y otros productos de composición y uso similar a menores de edad.

Son 10 folios.

Ruiz Dávila, Jorge.
891 15/12/1995 Incorpórase al Artículo 168° del Código Penal el siguiente párrafo:

"La misma pena se aplicará al que despide a otro por ser portador del virus de la inmunodeficiencia humana (VIH) o padecer de SIDA".

Son 06 folios.

Ruiz Dávila, Jorge.
894 15/12/1995 Los señores Magistrados de la República, ejercen libremente su derecho de expresión sobre todos aquellos asuntos que no versen respecto de causas penales, que se encuentren en trámite ante el Poder Judicial.

Son 07 folios.

Vargas Marín, Dennis.
895 15/12/1995

Créase el Servicio Civil de Graduandos SECIGRA-PSICOLOGÍA, que deberán prestar los estudiantes del último año de las Facultades de Psicología de las Universidades del País.

Son 08 folios.

Vargas Marín, Dennis.
897 15/12/1995

Autorízase al Poder Ejecutivo a fin de que disponga lo conveniente para CEDER EN USO, la Infraestructura, los Equipos, e Instalaciones del COMPLEJO PESQUERO LA PUNTILLA, del Distrito de San Andrés, Provincia de Pisco a la FACULTAD DE INGENIERIA PESQUERA de la Universidad Nacional SAN LUIS GONZAGA, ubicado en la Provincia de Pisco del Departamento de Ica.

Son 08 folios.

Núñez Román, Edgar.
898 15/12/1995

Adiciónase al Artículo 450° del Código Penal, el siguiente Inciso: 6.- El que efectúa sus necesidades fisiológicas en lugares de uso público.

Son 28 folios.

Núñez Román, Edgar.
899 15/12/1995 Es Política Nacional del Estado el desarrollo permanente de sus fronteras, con el objeto de ratificar la Soberanía Nacional y la integridad territorial de la República; promoviendo el desarrollo y cohesión de las zonas fronterizas, para que éstas puedan estar integradas, física, económica, social, cultural y políticamente con el resto del País propendiendo a la afirmación de la identidad Nacional. Son 11 folios. Noriega Febres, Javier.
900 15/12/1995 Declárase al período comprendido entre los años 1996-2000, como el "QUINQUENIO AGRARIO". Son 08 folios. Noriega Febres, Javier.
901 15/12/1995 La presente Ley tiene por objeto promover la medicina tradicional y reconocer la labor de sus agentes portadores, para coordinarla con la medicina académica y aplicarla a nivel de los programas de atención primaria de salud en el territorio Nacional. Son 06 folios. Larrabure Gálvez, César.
903 15/12/1995 Establécese la "SEMANA DEL RETARDADO MENTAL" del 7 al 14 de abril de cada año. Son 04 folios. Barreto Estrada, Gamaniel.
904 15/12/1995 Créase el Sistema Nacional de Apoyo a la persona con Retardo Mental, cuya sigla será SINAPREM, como persona jurídica de derecho público. Se constituyen como parte del Sistema a todas las Instituciones creadas o por crearse identificadas con dicha área. Son 05 folios. Barreto Estrada, Gamaniel.
906 15/12/1995 Modifícase el Artículo 46° de la Ley N° 23853 Ley Orgánica de Municipalidades con el texto siguiente: Artículo 46°.- Los Alcaldes y Regidores de los Concejos Municipales presentarán Declaración Jurada de Bienes y Rentas, antes de juramentar en sus cargos, durante y al cumplir con su mandato, bajo responsabilidad. Son 12 folios. Barreto Estrada, Gamaniel.
907 15/12/1995 Modifícase el Artículo 54° del Decreto Ley 26102 "Código de los Niños y Adolescentes", con el siguiente texto: Artículo 54°.- EDADES REQUERIDAS PARA TRABAJAR EN DETERMINADAS ACTIVIDADES. Las edades requeridas para autorizar el trabajo de los adolescentes son las siguientes: Para el caso del trabajo por cuenta ajena o que se preste en relación de dependencia: a) Dieciséis (16) años para labores de pesca industrial.

b) Quince (15) años para labores industriales o comerciales.

Son 13 folios.

Barreto Estrada, Gamaniel.
909 15/12/1995 Declárese la "Semana de la Marinera", la última semana de enero de cada año, en el marco del Concurso Nacional de Marinera que se realiza en la Ciudad de Trujillo, dicha celebración a nivel nacional tiene como finalidad rescatar, de difundir y promover la danza de la Marinera. Son 06 folios. Barreto Estrada, Gamaniel.
911 15/12/1995 Interprétase que el período del ejercicio de los cargos elegidos antes de la vigencia de la Ley 26373, mantienen el tiempo de mandato para el que fueron elegidos, siendo de aplicación la Ley 26373 solo para los procesos electorales a partir de su vigencia. Son 07 folios. Espichán Tumay, Daniel / Estrada Pérez, Daniel / Vargas Marín, Dennis / Flores-Araoz Esparza, Antero / Cáceres Velásquez, Roger / Larrabure Gálvez, César.
915 20/12/1995 Todo profesional médico o paramédico, que realice consultas en razón de su actividad profesional, sea de carácter oficial o particular, deberá consignar en sus prescripciones médicas, paralelamente a los medicamentos genéricos que preceptúe, los medicamentos de marca determinada equivalentes. Son 15 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
916 20/12/1995 Modifícase el Artículo 10° de la Ley N° 23853, Ley Orgánica de Municipalidades, el que en adelante quedará redactado de la manera siguiente: Artículo 10°.- Las Municipalidades son competentes para:

1.- Acordar su régimen de organización interior. 2.- Votar su presupuesto.

3.- Administrar sus bienes y rentas. Son 10 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
918 20/12/1995 Autorízase al Poder Ejecutivo para otorgar hasta tres años de plazo, para el pago en armadas mensuales del Impuesto General a las Ventas (I.G.V.), el Impuesto Selectivo al Consumo (I.S.C.), derechos de importación y demás tributos, que correspondan por el internamiento en el País de partes o autopartes de vehículos o maquinarias, destinadas a incrementar o mejorar la producción agropecuaria, minera, pesquera, industrial y artesanal, incluyendo los intereses legales pertinentes. Son 03 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
919 20/12/1995 Créase una Comisión Especial encargada de revisar la conformidad del texto de la Ley Orgánica del Ministerio Público promulgada por Decreto Legislativo N° 052, con la Constitución Política vigente, así con el código Procesal Penal. Son 05 folios. Salgado De Paredes, Luz.
920 21/12/1995 La presente Ley orgánica inspirada en la defensa de la persona humana y del respeto a su dignidad comprende la finalidad, funciones, atribuciones y organización básica de la Policía Nacional del Perú. Los aspectos específicos se rigen por sus Leyes y Reglamentos. Son 30 folios. Siura Céspedes, Gilberto / Llerena Marotti, Antonio / Díaz Bringas, Edilberto / San Román Cáceres, Máximo / Patsías Mella, Demetrio / Forsyth Mejía, Harold / Pando Pacheco, Eduardo / Reynafarje Abensur, Samuel / Jhong Junchaya, Juan.
921 21/12/1995 Las integrantes de las Organizaciones Sociales de Base que sufran accidentes en el ejercicio de su labor social en la preparación de alimentos para familias de menores recursos, deberán recibir atención médica gratuita en los establecimientos de Salud Pública y de la Seguridad Social, como acto de solidaridad social. Son 05 folios. Paredes Cueva, Mario.
922 26/12/1995 Grávase con un impuesto del 10%, a favor de las Fuerzas Armadas del Perú, al consumo de la gasolina de Octanaje 97, 95 y 90. Son 04 folios. Donayre Lozano, Jorge Luis.
924 26/12/1995 Concédase Amnistía a las personas omisas al Servicio Militar obligatorio que regularicen su situación dentro del marco de los Programas Estatales de apoyo a la repoblación. Son 13 folios. Salgado De Paredes, Luz / Figueroa Vizcarra.
926 26/12/1995 Precísase la aplicación de los Artículos 46 al 58 de la Ley 26497 por las Oficinas del Registro del Estado Civil Municipales y demás agencias autorizadas encargadas de llevar los Libros del Registro del Estado Civil, en aquellas localidades donde no se hayan instalado y puesto en funcionamiento las Oficinas del Registro del Estado Civil del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Son 06 folios. Figueroa Vizcarra, Jorge.
928 27/12/1995 Declárese el 26 de enero de cada año, Día de la Libertad de Expresión, en memoria y homenaje de los Mártires del Periodismo.

Son 05 folios.

Townsend Díez Canseco, Ana.
929 27/12/1995 Sustitúyase el Artículo 5° de la Ley Orgánica de Municipalidades, por el texto siguiente: Artículo 5°.- Para la creación de una Municipalidad Delegada se requiere: 1° La comprobada necesidad de servicios locales.

2° Que su territorio no se halle comprendido dentro de los límites de la Capital de la Provincia o en el núcleo poblacional central de su Distrito. Son 09 folios.

Samalvides Dongo, Helbert.
932 03/01/1996 Créase el Fondo de Defensa Nacional, con el propósito de atender las necesidades derivadas del mantenimiento y optimización permanente de la capacidad operativa de las Fuerzas Armadas, dentro de los criterios de la Defensa y Seguridad Nacional. Son 04 folios. Mantilla Campos, Agustín.
934 04/01/1995 La presente Ley regula las funciones, competencia y estructura de la conservación del medio ambiente y de los recursos naturales en toda la República. Son 15 folios. Ruiz-Caro Álvarez, Manuel.
936 08/01/1996 Créase una tasa de $10.00 por cada persona que realice viaje al extranjero como Turista. Son 04 folios. Donayre Lozano, Jorge Luis.
938 09/01/1996 Deróguese los Decretos Legislativos 796° y 798°. Son 05 folios. Zumaeta Flores, César/ Del Castillo Gálvez, Jorge.
941 10/01/1996 La transferencia del personal y acervo documentario del Registro Personal al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil deberá efectuarse en un plazo no mayor de doce meses contados a partir de la vigencia de la presente Ley. Son 04 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
944 15/01/1996 Las televisoras y radioemisoras de propiedad del Estado, dedican un mínimo de 20% del total de su programación diaria a la difusión del Folklore Peruano.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
945 12/01/1996 Otórguese al Conservatorio Nacional de Música, los derechos y obligaciones de la Ley 23733 quedando facultada la misma para otorgar los grados de bachiller, maestro y doctor en música a los estudiantes que al término de sus estudios hayan cumplido con todos los requisitos de la educación universitaria. Son 06 folios. Vega Ascencio, Anastasio / Chang Ching, Luis.
946 12/01/1996 Toda transacción de compra venta de vehículos motorizados debe realizarse ante el Notario Público, quien deberá exigir para formalizar la venta, el gravamen del Ministerio de Transporte, Comunicaciones, Vivienda y Construcción y el registro de la Policía Nacional del Perú, señalando las limitaciones que contiene el vehículo. Son 07 folios. Vega Ascencio, Anastacio / Huamanchumo Romero, Juan.
947 12/01/1996 La creación de PEAJES en la Red Vial Nacional es por Ley a propuesta exclusiva del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, para tramos mayores a 150 kilómetros. Son 08 folios. Núñez Román, Edgar.
948 15/12/1996 Declárase dentro del calendario anual, al 24 de Junio como día feriado a nivel Nacional. Son 06 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
949 15/01/1996 En forma obligatoria y a partir de la vigencia de la presente Ley, en el acto de procederse a la detención de cualquier ciudadano por parte del personal de la Policía Nacional o de las Fuerzas Armadas, se entregará una constancia escrita en la que debe aparecer en forma indubitable el nombre del detenido, la causa o razón de su detención, el lugar donde será conducida la persona detenida, cuya constancia se entregará bajo cargo a los familiares o vecinos inmediatos de la persona detenida, al momento de efectuarse la detención. Son 05 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
950 15/01/1996 Declárase de urgente necesidad y utilidad pública, la rehabilitación y ampliación de la infraestructura física y el equipamiento tecnológico y logístico de la Universidades Nacionales y de las Universidades Particulares de interés social de la República, entendiéndose éstas últimas, como aquellas cuyo alumnado esté constituido en dos tercios, cuando menos, por estudiantes de modesta condición económica. Son 05 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
952 15/01/1996 Los cargos Docentes y Administrativos que no sean de servicio interno, se cubrirán necesariamente tanto en forma titular como provisional, transitoria o accidental, con personal docente titulado, bajo responsabilidad de los funcionarios respectivos, debiendo cubrirse dichas plazas, siguiendo el puntaje aprobatorio obtenido en los concursos anuales que se llevan a cabo con tal fin, por el Ministerio de Educación; y en su defecto con los solicitantes de dichos cargos, siempre que posean título, según la fecha y orden de sus respectivas solicitudes. Son 05 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
953 15/01/1996 Denomínase como POLITÉCNICO REGIONAL DE LOS ANDES CENTRO DEL PERÚ, al Colegio Nacional Industrial N° 3, que tiene su sede en la Ciudad de Cerro de Pasco.

Son 08 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
954 15/01/1996 Consagrar como Día del Trabajador de Lustrado de Calzado del Perú, el 17 de Junio de cada año. Son 08 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
955 15/01/1996 Créase la "UNIVERSIDAD CATÓLICA VOX DEI", como persona jurídica de derecho privado, con sede en la Ciudad de Tumbes, Capital del Departamento de Tumbes, promovida y organizada por la "Asociación Universidad Católica Vox Dei". Son 06 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
956 15/01/1996 Otórgase un descuento no menor del orden del cincuenta por ciento, en el pago de las publicaciones que por Ley deban efectuarse en los diarios Judiciales donde están ubicadas las Cortes Superiores de la República, en cuanto a las madres de familia de modesta condición económica, que siguen juicios de alimentos. Son 05 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
957 15/01/1996 Consagrar con carácter Legal y definitivo, la denominación del "Aeropuerto Internacional MANCO CAPAC", a aquel que se halla ubicado en las inmediaciones de la Ciudad de Juliaca, en el Departamento de Puno, en homenaje al fundador del Tahuantinsuyo y en particular, por estar acreditado que dicho aeropuerto reúne todos los requerimientos legales y técnicos.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
959 16/01/1996 Créase los Centros Especiales de Gestión Científica Estatal, dedicado exclusivamente a impartir educación especial a niños y jóvenes con inteligencia superior al promedio normal de acuerdo a la escala de Medición de Inteligencia.

Son 03 folios.

Núñez Román, Edgar.
960 16/01/1996 Los Gobiernos Locales, dentro de sus respectivas circunscripciones tendrán a su cargo el registro, control y administración de los aportes para recreación pública que precisa el Reglamento Nacional de Construcciones. Son 11 folios. Espinoza Matos, María Jesús.
961 16/01/1996 Transferir los Parques Zonales que se encuentran bajo la administración del Servicio de Parques (SERPAR) a favor de las Municipalidades Distritales de la Provincia de Lima. Son 18 folios.

 

Espinoza Matos, María Jesús.
962 17/01/1996 Incrementase del dieciocho al veinte por ciento, el Impuesto General a las Ventas, que grava la primera transferencia al por mayor de cemento, cerveza, o bebidas gaseosas, producidas en el País o introducidas a su territorio, cuyo mayor impuesto se entregará directamente, dentro de los quince días siguientes al cierre de cada ejercicio mensual, en favor de los Municipios Provinciales dentro de cuya circunscripción se hallen las respectivas fábricas, o donde los fabricantes o importadores efectúen, en forma directa o mediante terceros, la primera venta de no menos del 3% de su producción anual. Son 04 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
963 17/01/1996 La participación de empresas constructoras, que sean en todo o en no más de un 49% propiedad de ciudadanos o de capitales extranjeros, en la licitación de obras públicas, será admisible exclusivamente cuando se trate de obras financiadas con recursos procedentes en más de un 50% de su valor, de fuentes crediticias Internacionales o de otros Países y siempre que su valor base de licitación sea superior a Veinte Millones de Nuevos Soles. Son 03 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
964 17/01/1996 Modifícanse los Artículos 6° y 7° de la ley N° 25432, en los siguientes términos:

"Artículo 6°.- Los Consejos Transitorios de Administración Regional, estarán conformados por el Presidente de la Región, más dos delegados designados por el Presidente de la República, y por los Alcaldes, o sus representantes, de las tres Provincias con mayor población urbana de la región, más de un cuarto Alcalde respectivo designado por todos los demás Alcaldes Provinciales. Son 10 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
965 14/01/1996 Autorizar la ejecución del CENSO NACIONAL UNIVERSITARIO 1996, debiendo realizarse cada 5 años un censo similar. Son 05 folios. Urrelo Guerra, Rafael / Sánchez Vega, José / Mellado Céspedes, Edith / Guerra-García Cueva, Roger / Cardoso Romero, Juan.
966 17/01/1996 Deróguese el Artículo 111° de la Ley 23384, "Ley General de Educación"

Son 07 folios.

Espinoza Matos, María Jesús.
967 18/01/1996 Modifícanse el Artículo 6°, Inciso 1, y Artículo 134°., numeral 1, de la Ley N° 23853, en los términos siguientes: Artículo 6°.- Inciso 1°.- La Municipalidad Provincial sobre el territorio de la respectiva Provincia y el Distrito del Cercado; con excepción del Distrito del Cercado de Lima que tiene su propio órgano de Gobierno Municipal".

Son 08 folios.

Espinoza Matos, María Jesús.
969 18/01/1996 Sustitúyese el texto del Artículo 13° de la Ley N° 26505 por el siguiente:

Artículo 13°.- Facúltase al Poder Ejecutivo para que mediante Decreto Legislativo, en el plazo de noventa (90) días, cree un impuesto sobre la propiedad de la tierra que exceda del límite de tres mil hectáreas. Quedan fuera del ámbito de dicho tributo las propiedades de las Comunidades Campesinas y Nativas, así como las extensiones de tierras objeto de propiedad no estatal a la fecha de vigencia de la presente Ley". Son 05 folios.

Samalvides Dongo, Helbert.
971 19/01/1996 Modifícase el Artículo 60 de la Ley 23853, Orgánica de Municipalidades, en los siguientes términos:

"Artículo 60°.- La contratación de empréstitos y de operaciones de endeudamiento interno requieren la aprobación de la mayoría del número legal de miembros del Concejo. Pueden ser contratados con la garantía de las Rentas Municipales que generen y deben ser dedicados, bajo responsabilidad, a los fines que los motivaron".

Son 12 folios.

Samalvides Dongo, Helbert.
972 19/01/1996 Las películas de contenido pornográfico podrán ser proyectadas, en las salas cinematográficas autorizadas, solamente en el horario denominado "Noche" es decir después de las 10 p.m. estrictamente para público adulto. Son 05 folios. Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis Alberto.
974 22/01/1996 Derógase en todos sus extremos el Decreto Legislativo 796. Son 07 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
976 24/01/1996 Declárase de urgente necesidad Nacional la más inmediata terminación y culminación del tramo carretero que debe vincular a la Ciudad de Cutervo con la Carretera de Penetración del Norte, que sube de Chiclayo a los Departamentos de Amazonas y San Martín, debiendo efectuarse el entronque respectivo poco antes del Puente de Corral Quemado. Son 04 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
977 24/01/1996 Modifícase y amplíase el Artículo 118° de la Constitución Política del Estado en los términos siguientes: Artículo 118°.- Corresponde al Presidente de la República: 5. Convocar a elecciones para Presidente de la República y para representantes al Congreso, para Autoridades Regionales, así como para Alcaldes y Regidores y demás funcionarios que señala la Ley. Son 05 folios. Zumaeta Flores, César.
978 24/01/1996 Modifícase y amplíase el Artículo 96° de la Constitución Política del Estado en los términos siguientes: Artículo 96°.- Cualquier representante al Congreso puede pedir a los Ministros de Estado, al Jurado Nacional de Elecciones, al Contralor General, al Banco Central de Reserva, a la Superintendencia de Banca y Seguros, a la Regiones, a los Gobiernos Locales y a las Instituciones que señala la Ley, los informes que estime necesarios. Son 05 folios. Zumaeta Flores, César.
979 24/01/1996 La enseñanza del Idioma Quechua es obligatoria en todos los Centros Educativos de nivel inicial, primario y secundario de las zonas de la República donde esta lengua tiene predominio o es de uso regular. Se procederá del mismo modo con el Aymara y demás Lenguas Aborígenes. Son 10 folios. Estrada Pérez, Daniel / Estrada Choque, Aldo / San Román Cáceres, Máximo / Fernández Baca De Valdez, Graciela.
980 24/01/1996 Declarar de necesidad y utilidad Nacional la construcción de un Muelle Marginal en el Puerto de Chimbote, según lo determinan los estudios de factibilidad y definitivos realizados por ENAPU S.A. Son 07 folios. Chu Rubio, Luis.
982 25/01/1996 Modifícase el Artículo 32°-de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, N°-26497, en los términos siguientes:

Artículo 32° El Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) deberá contener, como mínimo la fotografía del titular de frente y con la cabeza descubierta, la impresión de la huella dactilar del índice de la mano derecha del titular o de la mano izquierda a falta de éste. Son 07 folios.

Chang Ching, Luis.
983 26/01/1996 A partir de la vigencia de la presente Ley suspéndase la importación de los siguientes bienes:

a) Vehículos automotores usados, destinados al transporte, con una antigüedad de:

-05 años, para vehículos con peso seco no mayor de tres mil kilos. (3,000). Son 09 folios.

Gamarra Olivares, Ernesto / Olivera Vega, Fernando.
984 26/01/1996 Reconózcase la propiedad de los terrenos ribereños del Océano Pacífico existentes en la jurisdicción de los Distritos de Villa El Salvador, Pachacámac, Lurín, Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar y Pucusana, a las respectivas Municipalidades Distritales, con la finalidad de promover el desarrollo conjunto de actividades turísticas, recreativas y culturales de los Balnearios del Sur de Lima. Son 03 folios. Reátegui Trigoso, Carlos.
985 26/01/1996 Declárase a las especies de mamíferos marinos conocidos como delfín oscuro o chancho marino (Lagenorhynchus obscurus), tonino o marsopa espinosa (Phocoena spinipinnis), bufeo (Tursiops truncatus y delfín común (Delphinus delphis y Delphinus capensis) y a los mamíferos de aguas continentales delfín rosado o bufeo colorado (Inia geoffrensis) y bufeo negro (Sotalia fluviatilies), como especies legalmente protegidas. Son 15 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
986 26/01/1996 Modifícase el Artículo 4° de la Ley N° 26271, cuyo texto quedará redactado de la forma siguiente: Artículo 4°.- El uso del Pasaje Universitario sólo procederá entre las 5.00 y las 24.00 horas, en días laborables y entre las 6.00 y las 20.00 horas los días no laborables. El pasaje escolar se regirá por lo dispuesto en el Inciso b) del Artículo 2° del Decreto Supremo N° 115-90-PCM. Son 04 folios. Núñez Román, Edgar.
987 26/01/1996 Prohíbase establecer como requisito para cubrir puestos laborales y participar en concursos públicos limitaciones no contempladas en la Legislación Laboral vigente. Son 16 folios. Núñez Román, Edgar.
993 01/01/1996 Modifícase el Artículo 16° del Decreto Ley 26117 "Ley del Servicio Diplomático de la República", el mismo que queda redactado con el texto siguiente:

"Artículo 16°.- La edad límite para los funcionarios del Servicio Diplomático pasen a la Situación de Retiro, se sujeta a la escala siguiente: Embajador 65 años Ministro

62 años Ministro Consejero

60 años Son 05 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
996 02/02/1996 Declárese de interés Nacional la promoción, edición, producción, comercialización, libre circulación y difusión del LIBRO en general, así como el cumplimiento de los objetivos fundamentales que esta Ley señala. Son 13 folios. Reto Neyra, Santos.
998 02/02/1996 Modifícanse los Artículos 192°, 194° y 195° del Decreto Ley N° 26102 Código de los Niños y Adolescentes modificados por Ley N° 26324, los cuales quedan redactados con el texto siguiente:

Artículo 192°.- TRASLADO DE LA DEMANDA.- Aceptada la demanda, el Juez dará por aprobados los medios probatorios y correrá traslado de aquella, con conocimiento del Fiscal a fin de que la parte demandada comparezca en el proceso. Son 06 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
1001 05/02/1996 Los medios de comunicación, hablado, escrito, radial, de prensa o televisado, deberán utilizar todos los recursos técnicos y científicos disponibles en la transmisión de mensajes informativos, a fin de no identificar al niño o al adolescente víctima de un hecho delictuoso. Son 12 folios. Vega Ascencio, Anastasio / Chang Ching, Luis.
1004 06/02/1996 Modifícase el Inciso 4) del Artículo 2° de la Ley 26557, el mismo que queda redactado con el texto siguiente: Artículo 2°.- Delégase en el Poder Ejecutivo la facultad de Legislar por un plazo de 120 días, en los términos a que hace referencia el Artículo 104° de la Constitución Política. Son 09 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
1005 07/02/1996 Establecer para los Ex Plebiscitarios de Tacna y Arica una pensión de Gracia Vitalicia equivalente al 0,5% de la Unidad Impositiva Tributaria. Son 05 folios. Del Castillo Gálvez, Jorge.
1006 08/02/1996 Modifícase el Artículo 4° de la Ley N° 26271, cuyo texto quedará redactado de la forma siguiente: Artículo 4°.- Las personas naturales o jurídicas dedicadas al transporte de pasajeros están obligadas a expedir pasaje universitario, a excepción de los transportistas en automóviles del servicio público.

Son 05 folios.

Núñez Román, Edgar.
1011 12/02/1996 Derógase en todos sus extremos el Decreto Legislativo 796, que crea a partir del 1° de Enero de 1996 el Impuesto de Promoción Adicional. Son 09 folios. Fernández Baca de Valdez, Graciela.
1012 13/02/1996 Declárese en estado de disolución y liquidación la Empresa Nacional de Comercialización de Insumos-ENCI, creada el 27 de Agosto de 1974 por Decreto Ley N° 20705. Son 11 folios. Urrelo Guerra, Rafael / Torrejón De Chincha, Aurora.
1014 13/02/1996 Modifícase el Artículo 478° del Código Procesal Civil, el cual queda redactado con el texto siguiente: Artículo 478°.-Plazos.- Los plazos máximos aplicables a este proceso son: 1.-Cinco días para interponer tachas u oposiciones a los medios probatorios, contados desde la notificación de la resolución que los tienen por ofrecidos. Son 11 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
1016 15/02/1996 Modifíquese el Artículo 172° de la Constitución Política de 1993, debiendo quedar redactado como sigue: El número de efectivos de la Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional se fija anualmente por el Poder Ejecutivo. Los recursos correspondientes son aprobados en la Ley de Presupuesto.

Los ascensos se confieren a propuesta del Ejecutivo de conformidad con la Ley. El Congreso ratifica los ascensos de los Generales y Almirantes de las Fuerzas Armadas y de los Generales de la Policía Nacional. Son 07 folios.

Forsyth Mejía, Harold.
1017 15/02/1996 Modifícase el Artículo 2do. De la Ley 26546, y póngase en su lugar el siguiente texto:

"La Comisión Ejecutiva, estará integrada por el Presidente de la Corte Suprema y de los Vocales Supremos, Presidentes de las Salas Constitucional, Civil y Penal de la Corte Suprema, quienes actuarán como un Organismo Colegiado. Son 05 folios.

Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis Alberto / Heresi Abdelnour, Moisés.
1018 15/02/1996 Declárese al 1° de Marzo de cada año el "DIA DEL INGENIERO DE PETROLEO Y PETROQUIMICA". Son 04 folios. Reátegui Trigoso, Carlos.
1019 16/02/1996 La ablación de órganos y/o tejidos de cadáveres para la implantación de los mismos en seres humanos y entre estos se rige por las disposiciones de esta Ley, y por el Código Civil, en lo que fuere pertinente, en todo el territorio de la República. Son 25 folios. Chang Ching, Luis.
1021 16/02/1996 El control de la ejecución de los fondos destinados a satisfacer requerimientos logísticos de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional estará a cargo de la Comisión del Alto Nivel que se crea por esta Ley.

Son 08 folios.

Ferrero Costa, Carlos.
1024   Los Proceso Cautelares previstos en el Título IV de la Sección Quinta del Código Procesal Civil se aplican a los Procesos de Amparo regulados por la Ley 23506. Son 23 folios. Alva Orlandini, Javier.
1027 19/02/1996 Los Alcaldes de los Gobiernos Locales se encuentran obligados a hacer Declaración Jurada de sus bienes y rentas al tomar posesión de sus cargos, durante su ejercicio y al cesar en los mismos.

Las respectivas declaraciones deberán ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con los plazos que la presente Ley establece. Son 07 folios.

Ghilardi Álvarez, Freddy.
1028 19/02/1996 Autorízase a la Municipalidad de Lima y a la Caja de Crédito Popular de Lima a proceder al saneamiento Legal de los mercados de su propiedad ante los Registros Públicos de la Propiedad Inmueble de conformidad con lo dispuesto en la presente Ley.

Son 07 folios.

Figueroa Vizcarra, Jorge.
1031 21/02/1996 La presente tiene los siguientes objetivos:

a. Consolidar los Centros de Trabajo, para promover la generación de empleo. B. Sanear económica y financieramente a las empresas, afectadas por la crisis económica y el terrorismo. c. Promover la inversión privada y posibilitar a las empresas, cooperativas, y otras formas asociativas en crisis, su acceso al mercado de capitales.

Son 38 folios.

Joy Way, Víctor / Aliaga Araujo, Segundo.
1032 21/02/1996 Considérense asuntos no contenciosos de competencia de los Notarios a nivel Nacional, los siguientes: a) Inventario b) Administración de bienes c) Adopción de mayores de edad d) Declaración de desaparición, ausencia o muerte presunta. Son 24 folios. Medelius Rodríguez, Oscar.
1033 21/02/1996 Modifícase el texto del Artículo 167° del Decreto Supremo 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, en los términos siguientes: "Artículo 167°.- El proceso administrativo será instaurado por resolución del titular de la entidad o del funcionario que tenga la autoridad delegada para tal efecto, debiendo notificarse al servidor procesado en forma personal en su domicilio. Son 07 folios. Paredes Cueva, Mario.
1034 21/02/1996 Modifícase el Artículo 1° del Decreto Ley N° 25520, el mismo que quedará redactado de la manera siguiente:

"Artículo 1°.- El Fondo Nacional de Vivienda (FONAVI) tiene por finalidad otorgar créditos para la adquisición de vivienda única de los trabajadores dependientes e independientes y desarrollar la infraestructura indispensable para crear, facilitar y mejorar, en forma adecuada y progresiva, las condiciones habitacionales de los sectores sociales menos favorecidos del País". Son 06 folios.

Velásquez Quesquén, Javier.
1038 23/02/1996 Adiciónese al Decreto Ley N° 23853, el Artículo 25-A el mismo que quedará redactado con el texto siguiente:

"Artículo 25-A.- Que todo Alcalde Distrital y Provincial anualmente debe cumplir en rendir a la Contraloría General de la República, cuenta detallada sobre su gestión, en lo que concierne a la forma y destino en el uso de los recursos Municipales, bajo responsabilidad civil y penal; hasta deslindar responsabilidad ante la Contraloría". Son 05 folios.

Vicuña Vásquez, Eusebio.
1039 23/02/1996 Oficialícese a partir de 1996 la realización de los CENSOS NACIONALES UNIVERSITARIOS en las universidades públicas y privadas del País, los mismos que deben ejecutarse cada 5 años.

Son 06 folios.

Urrelo Guerra, Rafael / Mellado Céspedes, Edith / Cardoso Romero, Juan / Guerra García, Roger.
1040 23/02/1996 Modifíquese el segundo párrafo del Artículo 315° del Código Civil en los términos siguientes:

"Lo dispuesto en el párrafo anterior no rige para los actos de adquisición de bienes, los cuales pueden se efectuados por cualquiera de los cónyuges. Tampoco rige en los casos considerados en las Leyes especiales. Son 25 folios.

Medelius Rodríguez, Oscar.
1047 28/02/1996 Amplíese el Artículo 13 del Decreto Ley N° 25475, en los términos siguientes: "Artículo 13°.- Para la instrucción y juicio de los delitos de terrorismo a que se refiere el presente Decreto Ley, se observarán las siguientes reglas: i)La Corte Suprema no declarará la nulidad de la sentencia tratándose de vicios procesales susceptibles de ser subsanados, o que no afecten el sentido de la resolución. En caso de presentarse esta clase de vicios se considerará como falta de carácter disciplinario, susceptibles de sanción de acuerdo con las normas establecidas en la Ley Orgánica del Poder Judicial. Son 05 folios. Medelius Rodríguez, Oscar.
1048 28/02/1996 Modifíquese el Artículo 2° de la Ley N° 24882, con el siguiente texto:

"Artículo 2°.- Las Aeronaves de Estado están sujetas en todos los casos, a lo que disponen las normas de circulación aérea; búsqueda, asistencia y salvamento. Los vuelos de acción cívica que realiza el Estado se consideran Servicios Aéreos Complementarios.

Son 07 folios.

Gamarra Olivares, Ernesto.
1049 28/021996 Modifícase el Inciso 12) del Artículo 118° de la Constitución Política, el mismo que queda redactado con el texto siguiente: "Artículo 118°.- Corresponde al Presidente de la República: 12.- Nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros. El nombramiento requiere ratificación por el Congreso". Son 05 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
1051 29/02/1996 Otórgase fuerza de Ley al Decreto Supremo 097-03-EF publicado en el Peruano con fecha 11 de Junio de 1993. Son 04 folios. Ciccia Vásquez, Miguel Segundo.
1052 29/02/1996 Declárase de necesidad y utilidad pública la sede del Palacio de Gobierno y la Residencia Presidencial como lugar donde se conserve y exhiban públicamente las obras de arte y objetos de valor histórico, relevando su arquitectura a partir del 28 de Julio del año 2000.

Son 09 folios.

Morales Costa, Lastenio.
1054 29/02/1996 Autorízase al Poder Ejecutivo, previo informe favorable del Poder Judicial, a indemnizar por daño moral, a todos los ciudadanos que son declarados inocentes en la última instancia correspondiente, que hayan sufrido carcelería. Son 06 folios. Vidarte Correa, Elferes.
1056 29/02/1996 Las edificaciones de más de cinco pisos, contarán con la consulta del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, el cual emitirá un informe indicando sus conclusiones en un plazo no menor de 20 días útiles.

Son 07 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
1057 29/02/1996 Declárese en estado de disolución y liquidación los Proyectos Especiales de los Parques Industriales de los Conos Sur, Norte y Este de Lima, ubicados en Villa El Salvador, Carabayllo y San Juan de Lurigancho, respectivamente, cuyo proceso se ejecutará en un plazo no mayor de trescientos sesenta (360) días calendario, contados a partir de la vigencia de la presente Ley. Son 09 folios. Barbarán Rengifo, Carlos.
1058 29/02/1996 Derógase la Resolución del Congreso de la República N° 01-95-CR, que delegaba sin plazo a la Comisión Permanente del Congreso la facultad de Legislar para la actualización y perfeccionamiento de la Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros. Son 02 folios. Alva Orlandini, Javier.
1059 01/03/1996 Modifíquense los Artículos IV y X del Título Preliminar y los Artículos 13, 14, 15 Inciso e), 20, 23, 24 Inciso a) b) y g), 27, 28, 29 Inciso a) c) y e), 31, 45, 48, 65, 82, 84, 85, 91, 95, 98, 107, 108, 110, 111, 113, 114, 117, 118, 120, 123, 124, 125, 129, 130, 131, 136, 137, 140, 142 b), 143, 144, 145, 146, 147, 148, 151, 152, 153, 154, 155, 161 Inciso a) c) y d), 169, 183 a) y d), 184, 185, 186, 187, 188, 191, 192, 193, 194, 195, 196, 197, 199, 200, 201, 202, 203, 208, 209, 210, 211, 212, 217, 218, 223, 224, 225, 226, 232, 239, 241, 244, 248, 251, 256, 257, 258, 259, 260, 261, 262, 263, 264, 265 y 266 del Código de los Niños y Adolescentes, aprobado por Decreto Ley N° 26102, en los términos siguientes: "Artículo IV.- AMBITO DE APLICACION.- El presente Código regula la situación de los niños y de los adolescentes, el respeto a sus derechos y su protección integral, orientada a lograr su pleno desarrollo e incorporación a la sociedad como ciudadanos responsables que contribuyan al bienestar de la misma y a su realización individual. Es obligación del Estado proveer los medios y estructurar los mecanismos adecuados para cumplir tal fin y garantizar la supervivencia y el desarrollo del niño y del adolescente. Son 55 folios. Medelius Rodríguez, Oscar.
1060 01/03/1996 Créase el Tribunal Fiscal y de Aduanas como una Institución Pública Descentralizada del Sector Economía y Finanzas, con autonomía funcional, económica, técnica, financiera y administrativa. Son 05 folios. Torres y Torres Lara, Carlos / Flores-Araoz Esparza, Antero.
1061 01/03/1996 Modifíquese el Inciso 13, letra a) del Artículo 35° del Congreso de la República, referente a las Comisiones Ordinarias, en los términos siguientes: "Artículo 35° Existen tres clases de Comisiones: a) Comisiones Ordinarias... 13) De Asuntos Agrarios y Amazonía; 16) De Medio Ambiente. Son 04 folios. Baella Tuesta, Alfonso.
1065 04/03/1996 Sustitúyese el Artículo 99° de la Constitución, por el texto siguiente: "Artículo 99°.- Corresponde a la Comisión Permanente acusar ante el Congreso al Presidente de la República; a los representantes a Congreso; a los Ministros de Estado, a los Miembros del Tribunal Constitucional; a los Miembros del Consejo Nacional de la Magistratura; a los Vocales de la Corte Suprema; a los Fiscales Supremos; al Defensor del Pueblo y al Contralor General por infracción de la Constitución y por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones, aún cuando hayan cesado en éstas". Son 03 folios. Alva Orlandini, Javier.
1066 04/03/1966 Modifícase el Inciso e) del Artículo 19° del Decreto Legislativo N° 774, cuyo texto quedará redactado de la forma siguiente: Artículo 19°.- Están exonerados del Impuesto hasta el 31 de Diciembre del año 2000. e) La remuneraciones que perciban por el ejercicio de su cargo en el País, los funcionarios y empleados de Nacionalidad Extranjera de Organismos Internacionales conforme a los convenios constitutivos que así lo determinen. Son 04 folios. Núñez Román, Edgar.
1068 07/03/1996 Créase el "Parque Nacional de Bahuaja-Sonene", en la parte contigua de los Departamentos de Madre de Dios y Puno, adyacentes a la frontera con la vecina República de Bolivia, comprendiendo la cuenca de los Ríos Távara y Mallinowsky y la parte baja del Río Tambopata, así como por la margen izquierda del Río Heath. Son 12 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1069 05/03/1996 Deróguese tanto los Incisos b) y c) del Artículo 196° como el Artículo 203 del Decreto Supremo N° 45-94-EF, Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas. Son 08 folios. Fernández Baca de Valdez, Graciela.
1072 05/03/1996 Mientras se dicta la Ley Orgánica de Regiones, los Consejos de Coordinación Regional ejercen las atribuciones establecidas en el Título III, Capítulo V, de la Ley de Bases de la Regionalización (N° 24650). Son 07 folios. Alva Orlandini, Javier.
1073 06/03/1996 La presente Ley establece los principios generales para el aprovechamiento de los recursos naturales del ámbito de Hidrocarburos, en cumplimiento del Artículo 66° de la Constitución Política del Perú.

Son 16 folios.

Reto Neyra, Santos.
1077 06/03/1996 Incorpórese al texto del Artículo 24 del Decreto Legislativo 768 Código Procesal Civil, el siguiente inciso:

"Artículo 24.- Competencia Facultativa.- …

8.- El Juez del lugar del domicilio del emplazado tratándose de Ofrecimiento de Pago y Consignación relativos a inmuebles". Son 05 folios.

Díaz Díaz, Susana.
1078 06/03/1996 Ningún homosexual será objeto de discriminación de cualquier índole, en este sentido queda terminantemente prohibido: a) Impedir el ejercicio del derecho de libre reunión que cumpla con los requisitos de Ley. b) Comprometer el honor y la buena reputación del homosexual mediante gestos obscenos o insultos expresos. Son 09 folios. Díaz Díaz, Susana.
1079 06/03/1996 Declárese de interés Nacional y de urgente necesidad pública el desarrollo integral de la zona de frontera escenario del último conflicto bélico con el Ecuador. Son 09 folios. Díaz Díaz, Susana.
1080 07/03/1996 Modifícase la Primera Disposición Complementaria del Texto Único Ordenado de la Ley General de Normas de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo N° 02-94-JUS, el mismo que queda redactado con el texto siguiente: "Primera Disposición Complementaria.- El derecho de petición, en lo que atañe a las entidades a que se refiere el último párrafo del Artículo lo de la presente Ley, es el derecho que tiene toda persona a solicitar un pronunciamiento de la Administración Pública sobre asuntos cuya tramitación no esté específicamente regulada en la presente Ley ni en los textos únicos de procedimientos administrativos-TUPA. Son 07 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
1081 07/03/1996 Modificar el Artículo 2° de la Ley 26389, el que tendrá el siguiente texto:

"Artículo 2°.- Las declaraciones de fábrica, al igual que las constataciones, podrán ser otorgadas por el constructor, por el constatador, o por el propietario, según el caso, mediante cualesquiera de los siguientes sistemas: a) mediante escritura pública b) Mediante memoria descriptiva y valorizada, judicialmente reconocida.

Son 04 folios.

 

Campos Baca, Luis / Villasante Chambi, Cristóbal / Sánchez Vega, José Gabriel /Mellado Céspedes, Edith / Cardoso Romero, Juan Francisco.
1082 07/03/1996 Agréguese al Artículo 140° de la Constitución Política del Estado, el párrafo siguiente: "La Pena de muerte será aplicada por el delito de traición a la Patria en caso de guerra, y el terrorismo, conforme a las Leyes y a los tratados de los que el Perú es parte obligada.

Son 05 folios.

Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis Alberto / Heresi Abdelnour, Moisés / Bartra Gonzales, Miguel / Castillo Chirinos, Arturo.
1083 07/03/1996 Modifíquese el Inciso 7) del Artículo 9° de la Ley N° 24047, con el siguiente texto: Artículo 9°.- Créase el Consejo del Patrimonio Cultural de la Nación que estará integrada por: 7).- Un representante designado por la Asociación de Municipalidades del Perú-AMPE. Son 04 folios. Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis Alberto / Heresi Abdelnour, Moisés / Bartra Gonzales, Miguel.
1085 07/03/1996 Los Alcaldes de las Municipalidades Distritales y Provinciales convocarán a Junta de Vecinos, con el fin de informar sobre la ejecución del presupuesto anual de la Municipalidad. La Junta de Vecinos se realizará en los meses de Febrero y Setiembre de cada año. Son 07 folios. Vega Ascencio, Anastasio.
1088 07/03/1996 Adjudíquese en compra-venta a favor de la Cooperativa de Servicios Especiales Mercado Señor de los Milagros San Luis, un lote de terreno de 999.00 m2., ubicado en la 2da. Etapa Sector "C", Urb. La Viña, Distrito de San Luis, Provincia y Departamento de Lima. Son 07 folios. Vicuña Vásquez, Eusebio.
1091 07/03/1996 Modifícase el Artículo 171° del Decreto Legislativo 420-Código de Tránsito y Seguridad Vial en los términos siguientes: Artículo 171.- En los casos de accidentes de tránsito con daños personales, la Autoridad Policial podrá retener el vehículo, durante un plazo que no excederá de cuarenta y ocho horas, para la realización del peritaje técnico del vehículo. Son 08 folios. Figueroa Vizcarra, Jorge.
1093 08/03/1996 La planificación, dirección, promoción y el fomento del deporte son de interés Nacional. La responsabilidad en todas sus disciplinas y niveles en la formación integral de la persona, especialmente en el desarrollo físico y moral de la niñez y la juventud, compete al Estado. Son 12 folios. Sánchez Vega, José Gabriel / Cardoso Romero, Juan Francisco / Mellado Céspedes, Edith.
1094 08/03/1996 La Promoción el fomento y desarrollo del deporte y la recreación son de interés Nacional y forman parte de las políticas de educación y de salud del Estado. Se ejecutan a través de los entes que representan al Estado y a la comunidad deportiva. Son 25 folios.

 

Campos Baca, Luis.
1095 08/13/1996 Son objetivos de la presente Ley promover y normar la conservación de la diversidad biológica, así como fomentar el uso sostenible de los recursos biológicos y genéticos; de igual forma estimular las actividades de investigación en esta área.

Son 17 folios.

Colchado Arellano, Genaro.
1096 11/03/1996 Modifícase el Artículo 51° del Decreto Legislativo 776 "Ley de tributación Municipal", el mismo que queda redactado con el texto siguiente:

Artículo 51°.- En los supuestos previstos en los Incisos a) y d) del Artículo precedente, la tasa del impuesto es de 10%. En el supuesto previsto en el Inciso b) la tasa es del 3% de la UIT; y para el supuesto del Inciso c) es del 7% de la UIT; en ambos casos por cada máquina por mes o fracción de mes de explotación.

Son 09 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
1097 11/03/1996 Los Procuradores Públicos ejercen la defensa de los intereses del Estado, ante: a. El Tribunal Constitucional b. El Poder Judicial c. El Ministerio Público d. El Defensor del Pueblo e. El Fuero Privativo Militar f. El Fuero Arbitral. Son 06 folios. Alva Orlandini, Javier.
1101 12/03/1996 Modifícase el Inciso a) de la Norma IV y el segundo párrafo de la Norma X del Título Preliminar del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Legislativo N° 773, modificado por Ley 26414, con los textos siguientes: "Norma IV. Sólo por Ley o por Decreto Legislativo, en caso de delegación, se puede:

a) Crear, modificar o suprimir tributo, señalar el hecho generador de la obligación tributaria, la base para su cálculo y la alícuota, el acreedor tributario, el deudor tributario y el agente de retención o percepción. Son 08 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
1102 13/03/1996 Establécese un máximo de 7 aterrizajes en un día y no más de 80 horas en 30 días consecutivos y 800 horas en un año calendario, para la actividad en vuelo de los tripulantes de Aeronaves Comerciales a Reacción en el Servicio de Transporte Aéreo Interno. Son 23 folios. Núñez Román, Edgar.
1103 14/03/1996 "Protocolo de 1995 relativo al Convenio sobre la Inspección del Trabajo, 1947". Son 16 folios. Poder Ejecutivo.
1105 14/03/1996 Prorrógase hasta el 30 de Mayo de 1996, el plazo para que las empresas Agroindustriales, Productores Agrarios y Ganaderos, a que se refiere el Artículo 2° del Decreto Supremo N° 90-95-EF, presenten la Declaración Jurada de Compromiso de Pago conforme al Artículo 6° de la Ley N° 26413, y el plazo para la cancelación del íntegro de la deuda actualizada, en caso de pago al contado, o para la cancelación de la primera cuota, tratándose de pago fraccionado. Son 07 folios. Paredes Cueva, Mario.
1107 15/03/1996 Modificación del Artículo 91° del Reglamento del Congreso de la República, el que queda redactado en los términos siguientes: Artículo 91°.- El Congreso revisa el contenido de los Decretos de Urgencia dictados por el Presidente de la República en uso de la facultad que le concede el Inciso 19° del Artículo 118° de la Constitución Política.

Son 04 folios.

Trelles Montero, Jorge.
1108 15/03/1996 Adiciónase al Decreto Legislativo 691 "Normas de la Publicidad en Defensa del Consumidor" el Artículo 4Ao, el mismo que queda redactado con el texto siguiente: Artículo 4o.- En los anuncios, letreros, rótulos u otros elementos publicitarios en los que se promocionen o expresen ventas al crédito, los datos de las cuotas y el importe del precio total en el que esté incluido intereses, gastos administrativos e impuestos, así como el precio al contado si se incluye, deberán tener las mismas dimensiones.

Son 08 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero / Flores Nano, Lourdes.
1110 15/03/1996 Dispóngase el funcionamiento del Consejo Transitorio de Administración Regional de Madre de Dios con sede en la Ciudad de Puerto Maldonado, Capital de la Provincia de Tambopata, de conformidad con la Decimotercera Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política. Son 09 folios. Baella Tuesta, Alfonso / Amuruz Gallegos, Roger / Córdova Huamán, Valentín, Alcalde Distrital de Iberia, Provincia de Tahuamanu, Madre de Dios / Zevallos Caballero, Víctor, Alcalde Provincial del Manú, Madre de Dios / Caballero J. Octavio, Alcalde Distrital de Madre de Dios / Curi P., Celso, Alcalde Provincial de Tahuamanu / Cruz Pino, Agustín, Alcalde Centro Poblado Menor Cayehihue, Provincia Manu / Macedo M. Gregorio, Alcalde Centro Poblado Menor, El Triunfo / Villegas G. Germán, Alcalde Municipalidad de Huepetuhe.
1113 19/03/1996 Modifíquese y amplíase el artículo 17° de la Constitución Política del Estado, en los siguientes términos:

Artículo 17.- La Educación inicial, primaria y secundaria son obligatorias. En las Instituciones del Estado, la educación es gratuita. En las Universidades públicas el Estado garantiza el derecho a educarse gratuitamente a los alumnos que mantengan un rendimiento satisfactorio y no cuenten con los recursos económicos necesarios para cubrir los costos de educación. Son 07 folios.

Vega Ascencio, Anastasio.
1114 19/03/1996 Modificación del Artículo 91° del Reglamento del Congreso de la República, el que queda redactado en los términos siguientes: Artículo 91°.- El Congreso revisa el contenido de los Decretos de Urgencia dictados por el Presidente de la República en uso de la facultad que le concede el Inciso 19° del Artículo 118° de la Constitución Política. Son 06 folios. Trelles Montero, Jorge.
1120 20/03/1996 Modifíquese y agréguese en la sección primera, Artículo 75°, requisitos y presentación de las proposiciones, en su tercer párrafo; por el texto siguiente:

Artículo 75°.- Las proposiciones de Ley y de Resolución Legislativa se presentarán ante la Oficina de Trámite Documentario del Congreso de la República; en días hábiles y en horario de oficina para su registro y numeración.

Son 03 folios.

Pardo Mesones, Francisco.
1122 20/03/1996 La presente Ley establece el régimen general de control por el Congreso de las atribuciones del Presidente de la República para: a) Dictar medidas extraordinarias, mediante Decretos de Urgencia con fuerza de Ley, en materia económica y financiera, cuando así lo requiera el interés Nacional. Son 08 folios. Alva Orlandini, Javier.
1123 20/03/1996 El Instituto Geográfico Nacional es un Organismo Público Descentralizado del Sector Defensa, con autonomía técnica, administrativa, económica y financiera. Tiene Personería Jurídica de Derecho Público Interno y constituye un Programa Presupuestal del Ministerio de Defensa, del que depende. Son 29 folios. Flores Flores, Gustavo.
1126 21/03/1996 Declárase Bien Cultural de la Nación al Archivo Judicial de propiedad del Poder Judicial.

Son 06 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
1127 21/03/1996 Modifícase el Artículo 90° de la Constitución Política del Estado, cuyo texto definitivo será en adelante el siguiente:

"Artículo 90°.- El Poder Legislativo reside en el Congreso, el cual consta de Cámara Única. El número de Congresistas es de ciento cincuenta. El Congreso se elige por un período de cinco años mediante un proceso electoral conforme a Ley.

Son 03 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
1130 21/03/1996 Suspéndase la importación de vehículos automotores usados, destinados al transporte, con una antigüedad mayor de:

a) Hasta 6 años los vehículos con peso seco no mayor de tres mil kilogramos; b) Hasta 8 años los vehículos con peso seco mayor de tres mil kilogramos. La antigüedad se cuenta a partir del Primero de Enero del año siguiente al de su fabricación. Son 10 folios.

Noriega Febres, Javier.
1132 21/03/1996 Declárase zona intangible y de interés turístico a la Albufera de Medio Mundo, de una extensión de 7 Kms, de largo y 500 mts. De ancho ubicada en el Km 175 de la Carretera Panamericana Norte. Son 03 folios. Barba Caballero, José / Heresi Abdelnour, Moisés / Bartra Gonzáles, Ángel.
1133 21/03/1996 Modifícase el Artículo 85° del Código tributario aprobado por el Decreto Legislativo N° 773 y modificado por la Ley N° 26414 y por el Decreto Legislativo N° 792, cuyo texto definitivo será el siguiente: Artículo 85°.- Tendrán carácter de reservadas y sólo podrán ser utilizadas para los fines propios de la Administración: 1.- La cuantía y las fuentes de las rentas, las pérdidas, los gastos o cualesquiera otros datos relativos a ellos. Son 20 años. Cáceres Velásquez, Roger.
1134 22/03/1996 Inclúyase la enseñanza de IDIOMAS COMO ASIGNATURA OBLIGATORIA, en el Plan de Estudios del Área de Formación Básica de los Institutos Superiores Pedagógicos Estatales y no Estatales de toda la República. Son 05 folios. Núñez Román, Edgar.
1136 22/03/1996 Derógase el Decreto de Urgencia N° 005-96, de 22 de Enero de 1996, que prohíbe la importación de vehículos usados. Son 07 folios. Alva Orlandini, Javier.
1139 25/03/1996 Créase una Comisión Multisectorial integrada por un representante del Ministerio de Economía, un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, un representante de la Oficina de Normalización Previsional, un representante de los jubilados y un representante de los trabajadores en actividad. Son 18 años. Velásquez Quesquén, Javier.
1140 25/03/1996 Derógase el Decreto de Urgencia N° 009-96, que autoriza una operación de transferencia de partidas en el Presupuesto del Gobierno Central para 1996. Son 05 folios. Alva Orlandini, Javier.
1141 25/03/1996 Derógase el Decreto de Urgencia N° 50-95, que viola el Artículo 77° de la Constitución que, como regla jurídica y ética, obliga a practicar licitaciones públicas, salvo los casos de excepción que permita la Ley. Son 05 folios. Alva Orlandini, Javier.
1142 25/03/1996 Los Partidos Políticos son personas Jurídicas de Derecho Público Interno. Expresan el pluralismo democrático y son instrumentos fundamentales para la participación política de la ciudadanía.

Son 14 folios.

Barba Caballero, José.
1144 26/03/1996 Modifíquese el Inciso 12 del Artículo 139° de la Constitución Política del Perú, estableciendo como garantía de la administración de justicia: "El principio de no ser condenado en ausencia, salvo tratándose de los delitos de terrorismo, tráfico ilícito de drogas o aquellos cometidos por funcionarios públicos en agravio del Estado durante el ejercicio de sus funciones". Son 04 folios. Olivera Vega, Fernando.
1145 26/03/1996 En todos los procesos judiciales seguidos contra el Estado en los que se encuentre pendiente de aprobación el derecho declarado a la actualización de la pretensión dineraria, el ajuste a valor constante será calculado por el Cuerpo Técnico de Tasaciones del Perú, mediante la aplicación de los criterios o factores de corrección que se establecerán por Decreto Supremo en el plazo máximo de sesenta días.

Son 12 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
1146 27/03/1996 Los Feudatarios o poseedores que no estuvieran sujetos a procedimientos judiciales de reivindicación, desalojo o de cualquier otra acción posesoria y que estén poseyendo sus respectivas parcelas en forma pública, pacífica y continua, adquieren la propiedad de su respectivo predio por prescripción adquisitiva de dominio.

Son 09 folios.

Medelius Rodríguez, Oscar.
1147 27/03/1996 Modifíquese el Artículo 178° del Capítulo IX, Violación de la Libertad Sexual, del Título V, Delito contra la Libertad, del Libro Segundo, Parte Especial, del Código Penal, Decreto Legislativo 635, en los términos siguientes: Artículo 178°.- En casos de los delitos comprendidos en este capítulo, el agente será sentenciado, además, a mantener la prole que resulta, aplicándose las normas respectivas del Código Civil.

Son 06 folios.

Merino Lucero, Beatriz.
1148 27/03/1996 Las aguas de que se trata esta Ley son Patrimonio de la Nación. Las aguas se tipifican en marítimas y terrestres. Las aguas terrestres son superficiales o subterráneas. Son aguas pluviales las que proceden de las lluvias, las cuales devendrán en marítimas o terrestres según donde se precipiten. Son 32 folios. Amorín Bueno, Adolfo / Sato Abe, Alberto / Colchado Arellano, Genaro / Cerrate Valenzuela, Manuel / Díaz Díaz, Susana / Vidarte Correa, Elferes / Chiroque Ramírez, Gamaniel / León Trelles, Carlos / Noriega Febres, Javier / Campos Baca, Luis / Urrelo Guerra, Rafael.
1149 27/03/1996 Prorróguese hasta el 31 de Diciembre de 1996, el plazo establecido en la Primera Disposición Transitoria de la Ley N° 26389. Son 02 folios. Lozada De Gamboa, María Del Carmen.
1151 29/03/1996 Modifíquese los Artículos 2, 3, 4 de la Ley 24067, bajo el texto siguiente: Artículo 2.- Se considera persona impedida para todos los efectos de la presente Ley, a la persona que presenta una o más deficiencias físicas, psíquicas o sensoriales, sean por causa genéticas, congénitas o adquiridas afectando sus posibilidades de integración educativa, laboral y/o social. Son 07 folios. Vega Ascencio, Anastasio.
1152 29/03/1996 Modifícase el Artículo 162° de la Constitución con el siguiente texto: "Artículo 162°.- Corresponde a la Defensoría del Pueblo defender los derechos Constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad; y supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración estatal y la prestación de los servicios públicos a la población. Son 03 folios. Alva Orlandini, Javier.
1154 29/03/1996 Modifícase la Quinta Disposición Final del Decreto Legislativo N° 674, modificado a su vez por el Decreto Legislativo N° 26120, cuyo texto será en adelante el siguiente: "Quinta.- Los recursos que se obtengan como consecuencia del proceso a que se refiere esta Ley, constituyen ingreso del Tesoro Público y deberán destinarse al desarrollo de programas orientados a la erradicación de la pobreza y a la pacificación del País. Son 11 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1155 29/03/1996 Concédase un plazo final de gracia, que vencerá seis meses después de la publicación de la presente Ley, para que las personas naturales y jurídicas con licencia de uso vencida, o que no habiendo solicitado ninguna, posean armas de fuego de uso civil no registradas y sin uso autorizado conforme a la Ley N° 25054, puedan presentarlas y registrarlas conforme a Ley, en el plazo perentorio antes señalado. Son 06 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1158 01/04/1996 Modifícase el texto de los Incisos 14 y 15 del Artículo 139° de la Constitución, en la forma siguiente: "14. El principio de no ser privado del derecho de defensa en ningún estado del proceso.

Son 03 folios.

Alva Orlandini, Javier.
1162 01/04/1996 Prorrogar la vigencia del plazo señalado en la Primera Disposición Transitoria de la Ley 26389 hasta el 30 de abril de 1998. Son 03 folios. Díaz Díaz, Susana.
1165 02/04/1996 Modifícase el Artículo 100° de la Constitución Política, el mismo que queda redactado bajo los términos siguientes:

"Corresponde al Congreso, sin participación de la Comisión Permanente, suspender o no al funcionario acusado o inhabilitarlo para el ejercicio de la función pública hasta por 10 años, o destituirlo de la función sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad. Son 23 folios.

Velásquez Quesquén, Javier.
1166 03/04/1996 Sustitúyase el texto del primer párrafo del Artículo 117° de la Ley del Impuesto a la Renta incorporado al Decreto Legislativo 744 por el Artículo 7a de la Ley 26415 y que fuera sustituido por el Artículo 13a del Decreto Legislativo 799, el mismo que queda redactado de la siguiente manera: "Artículo 117a.- Podrán acogerse al Régimen Especial establecido en el presente Capítulo, las personas naturales y jurídicas que realicen actividades agropecuarias, de arrendamiento de bienes, construcción, extracción, manufactura y comercialización de bienes.

Son 14 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
1168 03/04/1996 El Jockey Club del Perú efectuará en forma mensual una detracción del 1% del total de los dividendos de las carreras que organiza para destinarla equitativamente a los Jockey Clubes de Arequipa y Chiclayo, a fin que se empleen en mejorar la infraestructura física de los respectivos Hipódromos y en apoyar la tenencia, crianza y reproducción de animales de pura sangre de carrera y en fomentar el desarrollo del turismo interno y receptivo. Son 05 folios. Fernández Bustinza, Víctor / Cardoso Romero, Juan.
1170 03/04/1996 Créase el Servicio Civil de Graduandos "SECIGRA TURISMO" que deberán prestar los estudiantes de las Facultades de Turismo de las Universidades del País, a partir del último año de estudios profesionales.

Son 08 folios.

Barreto Estrada, Gamaniel / Villasante Chambi, Cristóbal / Gutiérrez Mercedes, Virgilio / Sánchez Vega, José / Vicuña Vásquez, Eusebio / Abanto Pongo, Alejandro / Ruiz Dávila, Jorge / Huamanchumo Romero, Juan.
1171 08/04/1996 Sustitúyase el Inciso b, del Artículo 39° de la Ley N° 26300, conforme a la redacción siguiente: b) Para la aprobación de Proyectos de Leyes, Proyectos de Normas Regionales de carácter general, y Proyectos de Ordenanzas Municipales.

Son 06 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
1172 09/04/1996 "Convenio 175 y su Recomendación 182 de la OIT sobre el trabajo a Tiempo Parcial". Son 22 folios.

 

Poder Ejecutivo.
1173 09/04/1996 La Ley Orgánica N° 26486 regula las funciones, estructura orgánica y régimen económico del Jurado Nacional de Elecciones, así como de los órganos temporales. Son 49 folios. Alva Orlandini, Javier.
1174 10/04/1996 Los Comandantes Generales del Ejército, de la Marina de Guerra y de la Fuerza Aérea son designados por el período de un año, por el Presidente de la República en su condición de Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas, entre los Oficiales en actividad de más alta graduación de cada Instituto. Son 07 folios. San Román Cáceres, Máximo.
1175 10/04/1996 El Distrito de Ocros, creado por la Ley N° 8501, en la Provincia de Huamanga, llevará en adelante el nombre de Distrito "Andrés Avelino Cáceres", su Capital el Pueblo Ocros.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
1176 10/04/1996 Declárese de interés Nacional la realización de los Juegos Bolivarianos de 1997, que tienen fijada por sede la Ciudad de Arequipa. Son 23 folios. Fernández Bustinza, Víctor.
1178 10/04/1996 El Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción (SENCICO) tiene Personería Jurídica de Derecho Público con autonomía técnica, pedagógica, administrativa, económica y con patrimonio propio. Son 05 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero / Grados Bertorini, Alfonso.
1179 10/04/1996 La carrera administrativa es el conjunto de principios, normas, procesos, beneficios y obligaciones que corresponden a los Servidores Públicos que prestan servicios a la Administración Pública.

Son 12 folios.

Sandoval Aguirre, Oswaldo..
1181 10/04/1996 Autorízase al Presidente de la República para salir del territorio Nacional, con el fin de atender compromisos oficiales en el período comprendido entre el 30 de abril de 1996 y el 29 de marzo de 1997, por el plazo máximo de diez días en cada oportunidad. Son 03 folios. Delgado Aparicio, Luis.
1182 11/04/1996 Modifíquese el Inciso 12 del Artículo 118° de la Constitución Política, con el siguiente tenor: Artículo 118°.- Corresponde al Presidente de la República: 12.- Nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros. El nombramiento requiere la ratificación por el Congreso de la República. Son 15 folios. Gamarra Olivares, Ernesto.
1183 11/04/1996 Anexar el Distrito de Rondocan actualmente perteneciente a la Provincia de Acomayo, Departamento del Cusco, a la Provincia de Paruro en el mismo Departamento. Son 10 folios. Ruiz-Caro Álvarez, Manuel / Baella Tuesta, Alfonso / Reátegui Trigoso, Carlos.
1184 11/04/1996 Incorporar el Distrito de Pillpinto perteneciente a la Provincia de Paruro, a la Provincia de Acomayo, en el Departamento del Cusco. Son 08 folios. Ruiz-Caro Álvarez, Manuel / Baella Tuesta, Alfonso / Reátegui Trigoso, Carlos.
1185 11/04/1996 Dispóngase el funcionamiento del Consejo Transitorio de Administración Regional de Madre de Dios con sede en la Ciudad de Puerto Maldonado, Capital de la Provincia de Tambopata, de conformidad con la Decimotercera Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política.

Son 04 folios.

Colchado Arellano, Genaro / Cerrate Valenzuela, Manuel / Díaz Díaz, Susana / Vidarte Correa, Elferes / Chiroque Ramírez, Gamaniel / León Trelles, Carlos / Noriega Febres, Javier / Campos Baca, Luis / Urrelo Guerra, Rafael / Delgado Aparicio, Luis / Pulgar Lucas, Enrique / Vega Ascencio, Anastasio / Vílchez Malpica, Pedro / Aliaga Araujo, Vito / Heresi Abdelnour, Moisés / Coral Pérez, Víctor / Lajo Lazo, Manuel / Ciccia Vásquez, Miguel / Alva Orlandini, Javier / Cáceres Velásquez, Roger / Figueroa Vizcarra, Jorge / Muñiz Ziches, Jorge / Chang Ching, Luis / Vargas Marín, Dennis / Llerena Marotti, Antonio / Flores-Araoz Esparza, Antero / Mellado Céspedes, Edith / Medelius Rodríguez, Oscar / Díaz Bringas, Edilberto / Chávez Serrano, Jubert / Revilla Jurado, Vidal / Gutiérrez Mercedes, Virgilio / Cardoso Romero, Francisco / Sánchez Vega, José Gabriel / Vicuña Vásquez, Eusebio / Fernández Bustinza, Víctor / Jhong Junchaya, José / Castillo Chirinos, Arturo / Torrejón Riva De Chincha, Aurora / Espinoza Matos, María / Ruiz Dávila, Jorge.
1186 12/04/1996 Modifíquese los Artículos N° 304, 305, 306 y 307 del Nuevo Código Penal, con los siguientes textos: Artículo 304°.- El que, infringiendo las normas sobre protección del medio ambiente, lo contamina vertiendo residuos sólidos, líquidos, gaseosos o de cualquier otra naturaleza por encima de los límites establecidos, y que causen o puedan causar perjuicio o alteraciones en la flora, fauna y recursos hidrobiológicos, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de ocho años o con trescientos sesenta y cinco días de multa como mínimo. Son 09 folios Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis / Heresi Abdelnour, Moisés.
1191 12/04/1996 La enseñanza de un curso sobre los Derechos Humanos y las libertades fundamentales contenidos en la Constitución y en los Tratados Internacionales, que sobre la materia, el Perú haya ratificado, es obligatoria en todas las Universidades, los Centros de Educación Superior con rango universitario, los Institutos Pedagógicos y los Institutos de Capacitación Técnica, sean públicos y privados; así como en las Escuelas de Oficiales, de Personal Subalterno y otros Centros de Instrucción de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional. Son 11 folios. Chipoco Cáceda, Carlos / Townsend Díez Canseco, Ana.
1194 15/04/1996 Adiciónase el Artículo 333° del Código Civil el siguiente Inciso: "12. la Separación de los casados durante cuatro años continuos, si no hay hijos menores; o durante seis años continuos, si los hay. Son 16 folios. Alva Orlandini, Javier.
1195 15/04/1996 Sustitúyase el texto de los Artículos 4°, 10° y 11° de la Ley N° 26435 por el siguiente: "Artículo 4°.- El quórum del Tribunal es de seis de sus miembros. El Tribunal resuelve y adopta acuerdos por mayoría simple de votos emitido, salvo para resolver la inadmisibilidad de la demanda de inconstitucionalidad o para dictar sentencia que declare la inconstitucionalidad de una Ley u otra norma del mismo rango, casos en que se requiere cinco votos conformes. Son 07 folios. Alva Orlandini, Javier.
1198 15/04/1996 Reconózcase autonomía y jurisdicción establecida por Ley a las Municipalidades de Centros Poblados Menores de la República. Son 06 folios. Vidarte Correa, Elferes.
1199 16/04/1996 Otórguese rango de Ley a la Ordenanza Municipal N° 015-86 del Concejo Provincial de Lima. Son 11 folios. Gamarra Olivares, Ernesto.
1200 16/04/1996 La Asamblea de la Rondas Campesinas es competente para conocer de los conflictos y controversias de naturaleza civil que se originen entre los miembros de las Comunidades Campesinas, cuya cuantía no supere las 10 Unidades de Referencia procesal. Son 11 folios. Gamarra Olivares, Ernesto.
1202 16/04/1996 Modifíquese los Artículos siguientes del Decreto Legislativo 776, Ley de Tributación Municipal en los términos que se detalla: "Artículo 87°.- Los criterios para la distribución del Fondo de Compensación Municipal serán determinados por Decreto Supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros.

Son 03 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
1204 17/04/1996 Modifícase los Artículos 1°, 2°, 5°, 6°, 9°, 12°, 19°, 22°, 23°, 26°, 27°, 29°, Inciso e), 33°, 34°, 35°, 36°, 40°, 46°, 47°, 48° Incisos a), b) y g), 50°, 51°, 52°, 53°, 54°, 55°, 64°, 65°, 66°, 70°, 74°, 75°, 78°, 80°, 81°, 82° Inciso d), 83°, 84°, 85°, 89°, 91°, 93°, 96°, 99°, 102°, 110°, 117°, 120°, 127°, 131°, 132°, 133°, 145°, Incisos a), b), c) y d), 147°, 148°, 152°, 154°, 155°, 156°, 161° Incisos a) y d), 168° Incisos b) y e), 177° Inciso a), 179° Incisos e), f) y g), 183° Incisos a), d) y e), 185°, 186°, 192°, 195°, 197°, 200°, 201°, 202°, 221°, 224°, 225°, 226°, 231°, 234°, 236°, 240°, 254° y 256° Inciso b), 257°, y la séptima Disposición Transitoria del Código de los Niños y Adolescentes. Son 34 folios. Avendaño Valdez, Jorge.
1207 17/04/1996 Sustitúyase el texto del segundo párrafo del Artículo 82° de la Constitución Política de 1993 por el siguiente: "El Contralor General es designado por el Congreso, con el voto de los tercios de su número legal, por siete años. Sólo puede ser removido por el Congreso por falta grave". Son 03 folios. Ferrero Costa, Carlos.
1211 18/04/1996 Declarar de interés Nacional la realización del "HATUN PARLAMENTO INDÍGENA TAHUANTINSUYO PERU", el mismo que se llevará a cabo los días 11, 12, y 13 del mes de Mayo de 1996, en la Isla de los Uros, del Lago Titicaca Departamento de Puno. Son 05 folios. Villasante Chambi, Cristóbal.
1212 18/04/1996 Facultar la Constitución de Asociación de Pequeños Productores Agroexportadores: APPA, como Personas Jurídicas de Derecho Privado y de Responsabilidad Limitada, que podrán constituirse libre y voluntariamente en el Territorio Nacional, por iniciativa de los integrantes de las Comunidades Campesinas, Comunidades Nativas, parcialidades, Rondas Campesinas, Centros Poblados, Caseríos, Pequeños Productores Rurales, debidamente reconocidos con economía preponderantemente Agropecuaria y Agroindustrial con fines de exportación.

Son 08 folios.

Villasante Chambi, Cristóbal.
1213 18/04/1996 Transferir el Proyecto Especial denominado Proyecto de Acondicionamiento Territorial y Vivienda Rural, PRATVIR del Ministerio de Agricultura al Ministerio de la Presidencia. Son 08 folios. Villasante Chambi, Cristóbal.
1214 18/04/1996 Autorizar a los Directores de Centros de Educación Inicial, Primaria, Secundaria y Superior Estatales y de Gestión No Estatal la realización de visitas y viajes de estudio e integración cultural tanto a nivel Local, Nacional como Latinoamericano. Son 04 folios. Villasante Chambi, Cristóbal.
1215 18/04/1996 Autorizar a los Gobiernos; Central Regionales y Municipales, la donación de terrenos con fines de la construcción de albergues destinados a los Hogares de Familia constituidos para la protección, educación y capacitación para el trabajo de los hijos adoptados. Son 05 folios. Villasante Chambi, Cristóbal.
1216 18/04/1996 Crear el FONDO NACIONAL EDITORIAL DE BIBLIOTECAS ESCOLARES, como fuente de financiamiento para el fomento editorial de bibliografía educativa para los Centros de Educación Primaria y Secundaria de la República. Son 06 folios. Villasante Chambi, Cristóbal.
1217 18/14/1996 Modifíquese los Artículos 4 y 5 Inciso b de la Ley N° 26484, los mismos que deberán quedar redactados de la siguiente manera: Artículo 4.- "La Cuenta General de la República contiene en primer término la información de los resultados presupuestarios, financieros, económicos y de inversión alcanzadas en un Ejercicio Fiscal. Son 13 folios. Ghilardi Álvarez, Freddy.
1218 19/04/1996 Autorízase a la Comisión Administradora de Cartera de la Banca Estatal de Fomento a entregar a la Defensoría del Pueblo, mediante la suscripción de un Contrato de Comodato entre las citadas partes, el inmueble ubicado en Calle Los Libertadores N° 690, San isidro. Son 09 folios. Gamarra Olivares, Ernesto.
1219 19/04/1996 Las prendas de uso Policial y Militar, serán comercializadas únicamente por aquellas personas Naturales y Jurídicas que obtengan el permiso respectivo ante la Dirección de Control de Servicios de Seguridad y Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC). Son 07 folios. Barbarán Rengifo, Carlos.
1220 19/04/1996 Prohíbase el uso de objetos materiales, así como toda modalidad de castigo que conlleve al maltrato psicológico y físico del estudiante durante el proceso de enseñanza-aprendizaje en los Centros Educativos de toda la República. Son 07 folios. Núñez Román, Edgar.
1224 22/04/1996 Modifícase el Artículo 6° de la Resolución 031-95-CCD, Reglamento Especial para la Elección de los Magistrados del Tribunal Constitucional, en los términos siguientes: Artículo 6°.- Declarados aptos uno o mas candidatos y vista la propuesta, el Congreso procede a la elección en acto único, secreto e ininterrumpido. Los Congresistas manifiestan su voto en una cédula de votación en la que se incluyen los nombres de los candidatos en orden alfabético y en cuya derecha figuran los casilleros "si" , "no" y "blanco" por los que deberán optar marcándolos con un aspa. Son elegidos el Magistrado o los Magistrados, según el caso que obtengan la mayoría prevista por el último párrafo del Artículo 201° de la Constitución Política. Son 31 folios. Lajo Lazo, Manuel.
1228 23/04/1996 Facúltese a los señores Abogados inscritos en el Colegio de Abogados del País para que alternativamente con los señores Notarios a elección del usuario puedan realizar las diligencias prescritas en el Artículo 95° Inciso a) La entrega de cartas notariales; c) La legalización de firmas; d) La legalización de reproducciones, y el Artículo 117° Incisos b) Poder fuera de registro y c) Poder por carta con firma legalizada, del Decreto Ley 25993. Son 07 folios. Vicuña Vásquez, Eusebio.
1230 23/04/1996 Los Alcaldes de los Gobiernos Locales se encuentran obligados a realizar la transferencia de Gobierno en ejercicio de sus funciones en un plazo improrrogable de cinco (5) días calendarios después de cesar de sus cargos. Son 06 folios. Izquierdo Negrón, Francisca, Alcaldesa de Municipalidad Distrital de Jesús María.
1231 23/04/1996 Créase la Autoridad Autónoma de Machupicchu como órgano autónomo con el carácter de Comité Técnico Inter Institucional para la ejecución corporativa del Proyecto Plan Maestro Santuario Histórico de Machupicchu integrado por un Directorio de seis miembros que representan a las principales e importantes entidades del Departamento del Cusco vinculadas a la protección y conservación del Santuario Histórico de Machupicchu.

Son 12 folios.

Estrada Choque, Aldo.
1232 24/04/1996 Modifícanse el Artículo 6°, Inciso 1, y Artículo 134°., numeral 1, de la Ley N° 23853, en los términos siguientes: Artículo 6°.- Inciso 1°.- Las Municipalidades ejercen jurisdicción con los siguientes alcances: Inciso 1°.- La Municipalidad Provincial sobre el territorio de la respectiva Provincia y el Distrito del Cercado; con excepción del Distrito del Cercado de Lima que tiene su propio órgano de Gobierno Municipal. Son 15 folios. Espinoza Matos, María Jesús.
1233 24/04/1996 Derógase el Decreto Legislativo 808 y, en consecuencia, recobran vigencia plena todas las disposiciones que dicho Decreto Legislativo deroga o deja sin efecto.

Son 07 folios.

Alva Orlandini, Javier.
1234 25/04/1996 Deróguese el Artículo 27° del Decreto Legislativo N° 817, que establece una inaceptable ofensa a todos los Magistrados del Poder Judicial y Fiscalía, al disponer que ningún Juez o Fiscal pueda conocer procesos judiciales cuya materia esté referida a pensiones de jubilación o cesantía de la ley 20530. Son 10 folios. Barrón Cebreros, Xavier.
1236 25/04/1996 Declárese en estado de reorganización al Instituto Nacional Penitenciario-INPE, a fin de establecer los correctivos a que hubiera lugar, así como regularizar y modernizar su actual esquema organizativo.

Son 10 folios,

Núñez Román, Edgar.
1237 25/04/1996 Esta Ley tiene por finalidad establecer los mecanismos adecuados para lograr la acción conjunta y coordinada de las entidades públicas y privadas, orientadas a promover la participación de la población joven en la conquista de su bienestar y desarrollo. Se considera como población joven a las personas entre 16 a 25 años de edad cronológica. Son 13 folios. Huamanchumo Romero, Juan / Vega Ascencio, Anastacio.
1238 25/04/1996 Facúltese la creación y funcionamiento del Consejo Transitorio de Administración Regional de Selva Central con sede en la Ciudad de La Merced-Chanchamayo, Departamento de Junín, de conformidad con lo dispuesto por la décimo tercera disposición final y transitoria de la Constitución Política del Perú. Son 18 folios. Vicuña Vásquez, Eusebio.
1239 25/04/1996 Facúltese la creación y funcionamiento del Consejo Transitorio de Administración Regional de la "MESETA DE BOM-BOM" con sede en la Ciudad de Cerro De Pasco del Departamento de Pasco, de conformidad con lo dispuesto por la décimo tercera disposición final y transitoria de la Constitución Política del Perú. Son 02 folios. Vicuña Vásquez, Eusebio.
1248 26/04/1996 Sustitúyase los Artículos del Capítulo II del Título X de la Sección Segunda del Código Penal por los siguientes: Artículo 252. El que, por cualquier medio, produce en serie monedas o billetes falsificados para ponerlos en circulación como auténticos, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de doce años y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa.

Son 14 folios.

Banco Central De Reserva Del Perú.
1251 29/04/1996 Otórgase un plazo de gracia de seis meses, contados a partir de la puesta en vigencia de la presente Ley, para que quienes hubieren venido percibiendo de manera indebida pensiones de jubilación, según la Ley 20530 y sus ampliatoria y modificatorias, presentando al efecto su solicitud ante la Oficina de Normalización Previsional (ONP), para sincerar y precisar su situación respecto de lo ocurrido, a fin de que se les declare exonerados de toda responsabilidad administrativa, penal y civil al respecto, en todo lo que se encuentre conforme y con arreglo a Ley. Son 14 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1252 29/04/1996 Modifícase el Artículo 7° del Decreto Ley N° 25635, los que en adelante tendrán el siguiente texto: Artículo 7°.- El Servicio de Inteligencia Nacional "SINA", es el Organismo Central y Rector del Sistema de Inteligencia Nacional. Son 06 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1253 29/04/1996 Todo vehículo que transite por las vías terrestres del País, deberá contar con un seguro corporal obligatorio que ampare al conductor y a terceras personas de los daños que por accidentes automovilísticos se ocasionen a la vida y la salud. Son 10 folios. Fernández Baca de Valdez, Graciela.
1254 29/04/1996 Modifíquese el párrafo segundo del Artículo N° 87 del Reglamento del Congreso de la República, con el siguiente texto: "El pedido se realiza por escrito fundamentando y preciso y se envía mediante oficio redactado por la oficina especializada de la Oficialía Mayor y firmado por uno de los Vicepresidentes del Congreso, en un tiempo no mayor de diez días hábiles para su remisión respectiva. Si dentro de los veinte días posteriores el Ministro o Funcionario del Estado no responde se le reiterará el pedido. Si pasado diez días no responde se hará una segunda reiteración. Vencido el plazo de cinco días y de no obtener respuesta, la Comisión o el Pleno puede requerir su presencia". Son 07 folios. Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis / Heresi Abdelnour, Moisés / Bartra Gonzáles, Ángel.
1256 30/04/1996 Están obligados a presentar Declaración Jurada de Bienes y Renta, cada dos años de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 41° de la Constitución Política del Estado, los siguientes Funcionarios Públicos:

1) El Presidente y Vice Presidentes de la República. 2) Los Congresistas de la República. 3) Los Ministros y Vice Ministros de Estado. 4) Los Miembros del Tribunal Constitucional. Son 04 folios.

Torres y Torres Lara, Carlos.
1263 02/05/1996 Sustitúyase el Artículo 9° de la Ley 24786, Ley General del Instituto Peruano de Seguridad Social con el siguiente texto: Artículo 9°.- El Consejo Directivo es el máximo órgano directriz del IPSS y está integrado por tres representantes del Estado, tres de los asegurados y tres de los empleadores. Lo preside el elegido entre los representantes del Estado, quien tendrá la calidad de ejecutivo. Dichas representaciones podrán ser renovadas. Son 07 folios. Del Castillo Gálvez, Jorge.
1264 02/05/1996 Propone modificar Apéndice I del Decreto Legislativo 821, ampliando a la venta e importación de periódicos y revistas, la exoneración del I.G.V. e I.P.M.

Son 24 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
1265 03/05/1996 Modifíquese el Artículo 118° numeral 12 de la Constitución Política de 1993, debiendo quedar redactado como sigue: Nombrar Embajadores y Ministros plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros. El nombramiento requiere la ratificación del Congreso de la República. Son 03 folios. Forsyth Mejía, Harold.
1267 03/05/1996 Modifícase el Artículo 13° de la Ley N° 24047 "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", en los siguientes términos:

Artículo 13°.- Los bienes muebles del Patrimonio Cultural de la Nación, no pueden salir del territorio Nacional o encontrándose fuera de él trasladarse a otro lugar, sin autorización previa otorgada mediante Resolución Suprema, por un plazo no mayor de un año que podrá ser prorrogado y que procede en los casos que sean exhibidos con fines científicos, artísticos y culturales o para hacer estudios, sujetándose a la opinión de los organismos señalados en los Artículos 6° y 9°. Son 23 folios.

Poder Ejecutivo.
1268 03/05/1996 Establézcase, como aplicación de la Ley N° 26457, que dispone regularizar o modernizar las Universidades Estatales sujetas a Reorganización, un Plan General de Desarrollo Universitario que direccione estos procesos. Dicho plan tendrá en cuenta las particularidades y potencialidades propias de cada una de estas universidades, las cuales deberán ser consideradas en sus planes estratégicos de desarrollo.

Son 09 folios.

Pulgar Lucas, Enrique Orlando.
1269 04/05/1996 La presente Ley Orgánica de Desarrollo Constitucional referida tanto al capítulo XIV del Título IV, como a los demás mandatos que nacen del texto de la Constitución Política del Perú sobre la descentralización y regionalización del País, fija las normas generales básicas que orientan dicho proceso, teniendo en cuenta que alcanza a todos los Poderes del Estado (Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial y Jurado Nacional de Elecciones), así como las actividades privadas en sus diversas modalidades. Son 34 folios. Zumaeta Flores, César.
1270 06/05/1996 Declárese de interés y necesidad Nacional el fomento y potenciación de la Red Científica Peruana-Internet-Perú.

Son 08 folios.

Chu Rubio, Luis.
1271 06/05/1996 La presente Ley rige las políticas, planes y programas de colección, conservación, investigación, utilización, aprovechamiento e intercambio de los recursos genéticos animales y vegetales, para su uso en forma eficiente y sostenible en beneficio de las generaciones presentes y futuras.

Son 20 folios.

Cerrate Valenzuela, Alfonso.
1274 08/05/1996 Modifícase el Artículo 24° de la Ley 26300, por el texto siguiente: Artículo 24°.- El Jurado Nacional de Elecciones acredita como reemplazante de la autoridad revocada, salvo los Jueces de Paz, teniendo en cuenta lo siguiente: a) En el caso de Alcaldes y Regidores, se aplica lo establecido en el Artículo 28° de la Ley 23853, Ley Orgánica de Municipalidades. Son 09 folios. Paredes Cueva, Mario.
1279 09/05/1996 En tanto se constituya el Tribunal Constitucional, queda agotada la Jurisdicción interna a que se refiere el Artículo 205 de la Constitución Política del Perú con las sentencias emitidas por las Salas respectivas de las Cortes Superiores en las acciones de garantía de Hábeas Corpus, Acción de Amparo, Hábeas Data y Acción de Cumplimiento contrarias a los demandantes. Son 05 folios. Del Castillo Gálvez, Jorge.
1280 09/05/1996 Agregar un párrafo al Inciso b) del Artículo 55° del Reglamento del Congreso de la República, en los términos siguientes:

"Si en el transcurso del debate algún Congresista presentase aportes que representen sustituciones, adiciones o supresiones para mejorar el dictamen o informe; el Presidente o algún miembro de la Comisión informante podrá solicitar la suspensión del debate por tiempo determinado a fin de que la Comisión pueda analizar y adoptar una decisión con respecto a dicho aporte. Mientras dure la suspensión del debate por tiempo determinado a fin de que la Comisión pueda analizar y adoptar una decisión con respecto a dicho aporte. Mientras dure la suspensión del debate, la Presidencia del Congreso continuará la Sesión con otro tema de la agenda prevista.

Son 07 folios.

Reggiardo Sayán, Andrés.
1281 09/05/1996 Reconócese la propiedad de los terrenos ribereños del Océano Pacífico existentes en la jurisdicción de los Distritos de Villa El Salvador, Pachacámac, Lurín, Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar y Pucusana a las respectivas Municipalidades Distritales, con la finalidad de promover el desarrollo conjunto de actividades turísticas, recreativas y culturales de los balnearios del sur de Lima.

Son 05 folios.

Fernández Montagne, Ramón, Alcalde Municipalidad De Santa María del Mar.
1282 10/05/1996 Modifícanse los Artículos 107° segundo párrafo, 190°, 191° tercer párrafo, 197, 198 y 203 Inciso 6, de la Constitución Política del Perú, por los siguientes textos:

Artículo 107°…………También tienen el mismo derecho en las materias que les son propias los otros Poderes del Estado, las Instituciones Públicas Autónomas, los Municipios, las Gobernaciones Regionales y los Colegios Profesionales. Son 12 folios.

Huamanchumo Romero, Juan / Vega Ascencio, Anastacio / León Trelles, Carlos.
1288 13/05/1996 La presente Ley regula la presentación y publicación de la declaración jurada de bienes y rentas a que están obligados los Funcionarios y Servidores Públicos, de conformidad con el Artículo 41° de la Constitución Política del Estado. Son 37 folios. Contraloría General de la República.
1292 14/05/1996 Exclúyase de los alcances del Decreto Legislativo N° 148, a las instalaciones de uso y extracción de aguas subterráneas de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú. Son 12 folios. Ramos Santillán, Francisco.
1294 14/05/1996 Modifícase el tercer párrafo del Artículo 5° del Decreto Legislativo N° 004-96-PRES, en los siguientes términos: "Artículo 5°.- Para los efectos de la Ley, son conductores actuales las personas naturales y jurídicas, que a la fecha de la publicación de la Ley vienen pagando una renta al respectivo Concejo o entidad administradora del inmueble en ejecución de un contrato de concesión, arrendamiento u otra modalidad contractual traslativa de uso. Son 06 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1295 14/05/1996 Créase el Comité de Caja en las Municipalidades Provinciales y Distritales de toda la República, encargado de cautelar el control previo y concurrente del gasto Municipal. Son 08 folios. Núñez Román, Edgar.
1299 15/05/1996 Será reprimido con pena privativa no menor de tres años e inhabilitación conforme a Ley. 1.- El Funcionario Público que ilegal y arbitrariamente detuviere a una persona.

Son 33 folios.

Chipoco Cáceda, Carlos / Townsend Díez Canseco, Ana.
1302 16/05/1996 Declárese de interés y necesidad Nacional el fomento y potenciación de la Red Científica Peruana-Internet-Perú.

Son 11 folios.

Lajo Lazo, Manuel.
1303 17/05/1996 Incorpórase al Capítulo I, Título XV, Libro Primero del Decreto Legislativo 365, Código Penal, el Artículo siguiente: " Artículo 333°-A.- Incurre en delito de traición a la Patria:

1.- El que comete delito de tráfico ilícito de drogas siendo miembro de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional en ejercicio de su función, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de veinte años. Son 15 folios.

Siura Céspedes, Gilberto.
1304 17/05/1996 Modifícase el Artículo 505 del Código Procesal Civil aprobado por Decreto Legislativo N° 768, el mismo que tendrá el siguiente texto: "Artículo 505°.- Requisitos Especiales: Además de lo dispuesto en los Artículos 424° y 425°, la demanda debe cumplir con los siguientes: 1.- Se indicará el tiempo de la posesión del demandante y la de sus causantes. Son 21 folios. León Trelles, Carlos / Chiroque Ramírez, Gamaniel.
1307 17/05/1996 Declárese de necesidad y utilidad pública, la interconexión vial de la Provincia de Purús-Ucayali, a la red vial Nacional y su electrificación, para su desarrollo e integración a la economía Nacional.

Son 10 folios.

Jhong Junchaya, Juan.
1309 20/05/1996 La promoción y el fomento al deporte son de interés Nacional. La responsabilidad de promover y fomentar la práctica deportiva en todas sus disciplinas y niveles, en la formación integral de las personas, especialmente en el desarrollo físico y moral de la niñez y la juventud, compete al Estado, Poder Ejecutivo y Concejos Municipales, a la Comunidad Deportiva y a la familia.

Son 26 folios.

Morales Costa, Lastenio.
1311 20/05/1996 Modifíquense los Artículos 3° y 4° de la Ley N° 15082 por los siguientes textos sustitutorios: "Artículo 3°.- La "Medalla de Honor del Congreso del Perú" se concederá por resolución del Consejo, a propuesta de la Presidencia del Congreso, fundamentada en los servicios distinguidos prestados a la Nación por las personas e Instituciones Nacionales y Extranjeras. Son 14 folios. Delgado Aparicio, Luis / Reggiardo Sayán, Andrés / Urrelo Guerra, Rafael / Hermoza Ríos, Juan / Larrabure Gálvez, César / Santa María Silva, Alejandro / Cerro Moral, María Ofelia.
1312 21/05/1996 Declárese la plena vigencia de la Ley N° 23383, de fecha 18 de Mayo de 1982, que crea el Distrito de Yanatile, en la Provincia de Calca, Departamento del Cusco.

Son 21 folios.

Abanto Pongo, Alejandro.
1315 23/05/1996 Sustitúyanse la Autorización de Funcionamiento de Centros de Trabajo, la Inscripción en el Registro Nacional de Centros de Trabajo así como la Inscripción en el Registro del Instituto Peruano de Seguridad Social por el Registro Unificado. Son 10 folios. Flores Nano, Lourdes.
1320 27/05/1996 El fomento, organización, promoción y práctica del deporte son de interés Nacional. Son 22 folios. Heresi Abdelnour, Moisés.
1321 29/05/1996 Modifícase el Artículo 2° del Decreto Legislativo N° 324-Ley Orgánica del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, en los términos siguientes: "Artículo 2°.- El Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú esta integrado al Sistema Nacional de Defensa Civil para el cumplimiento de las siguientes finalidades: a. Prevenir y extinguir incendios; y, b. Salvar vidas que pudieran encontrarse expuestas a peligro grave e inminente originado por incendio o accidente. Son 29 folios. Forsyth Mejía, Harold.
1322 27/05/1996 Modifícase el Artículo 35° de la Ley N° 23853, en los términos siguientes: "Artículo 35°.- Para el cumplimiento de sus atribuciones, los Concejos Municipales establecerán: 1.- Órganos consultivos, técnicos y de asesoramiento, de acuerdo con sus posibilidades. 2.- Un cuerpo de vigilancia. Son 06 folios. Forsyth Mejía, Harold.
1323 27/05/1996 Créase el Sistema Nacional de Administración de Justicia integrado por el Poder Judicial, incluida la Academia de la Magistratura, el Ministerio Público y el Consejo Nacional de la Magistratura.

Son 18 folios.

Medelius Rodríguez, Oscar.
1324 27/05/1996 Entiéndase que la función de Patrocinio de los Abogados ante los Órganos Jurisdiccionales se ejerce de conformidad con las normas procesales pertinentes. La relación entre los justiciables y Abogados patrocinantes con los Magistrados se circunscribe a los actos del proceso. Son 09 folios. Medelius Rodríguez, Oscar.
1325 27/05/1996 El Poder Judicial elabora su Proyecto de Presupuesto, el cual es insertado, sin cambios en el Proyecto de Presupuesto General, el mismo que con la aprobación del Consejo de Ministros y con la refrendación del Presidente de la República, será remitido al Poder Legislativo en la forma y plazos establecidos en la Constitución Política del Perú. Son 06 folios. Medelius Rodríguez, Oscar.
1326 27/05/1996 Créase el Servicio de Justicia-SERJUS- que será prestado por los egresados de las Facultades de Derecho y Profesionales con grado de Bachiller en Derecho de las Universidades del País, que culminen sus estudios profesionales a partir de la vigencia de la presente Ley. Son 15 folios Medelius Rodríguez, Oscar.
1327 27/05/1996 Las Tasas Judiciales se fijan con los siguientes objetivos: a) Equidad, eliminándose las exoneraciones generalizadas, salvo en los casos señalados en la presente Ley, para sustituirlos por un eficiente sistema de auxilio judicial en beneficio de las personas de escasos recursos y su derecho a acceder a la Administración de Justicia. Son 27 folios. Medelius Rodríguez, Oscar.
1328 27/05/1996 Créase la Superintendencia Nacional de Servicios Judiciales, también identificada como SUNSEJ, como una entidad integrante del Sistema Nacional de Administración de Justicia, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía funcional, administrativa, económica y financiera. Son 20 folios. Medelius Rodríguez, Oscar.
1329 27/05/1996 Establézcase que durante la vigencia de la Ley N° 26546, la Sala Plena de la Corte Suprema, tiene a su cargo la dirección y supervisión de la organización del proceso de sistematización, ordenamiento y clasificación oficial de las ejecutorias que producen cosa Juzgada y la emisión de Doctrina Jurisprudencial en Plenos Casatorios de las Salas Especializadas de la Corte Suprema del Poder Judicial. Son 12 folios. Medelius Rodríguez, Oscar.
1332 27/05/1996 A partir de la promulgación de la presente Ley, los Municipios de la República exigirán como requisito obligatorio para la celebración de matrimonios, la acreditación por parte de los contrayentes, el haber recibido en forma previa, las charlas que sobre Reproducción Humana y Paternidad Responsable habrá de impartirles el personal especializado del Municipio respectivo, o el que en su defecto proporcione el Ministerio de Salud Pública.

Son 06 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
1334 28/05/1996 Modifícase el Artículo 1777° del Decreto Legislativo 295; Código Civil, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 1777°.- El Comitente tiene derecho a controlar y vigilar, por cuenta propia, la ejecución de la obra que ha contratado con el Contratista, a fin de verificar la buena o deficiente ejecución de la misma. Son 09 folios. Muñiz Ziches, Jorge.
1337 28/05/1996 Declárase de necesidad pública e interés Nacional la ejecución del Proyecto de Propósitos Múltiples, constituido por los Sectores:

- Producción de Aguas. - Producción de Energía. - Producción Agrícola. Son 15 folios.

Alva Orlandini, Javier.
1339 28/05/1996 Decláranse extinguidas las obligaciones de las cuales sea el Estado acreedor, que no sobrepasen de un mil nuevos soles; y, en consecuencia, autorízase a los Procuradores Públicos a desistirse de las demandas correspondientes, salvo que los procesos estén ya sentenciados. Son 02 folios. Alva Orlandini, Javier.
1342 28/05/1996 Todos y cada uno de los Funcionarios Públicos, incluídos los que en razón de su cargo, manejan fondos del Estado, tienen la obligación de presentar, ante su respectivo órgano directivo máximo, declaración Jurada de bienes y rentas, en los siguientes casos: 1.19 Al tomar posesión de su cargo: Sin cuyo cumplimiento no podrá ejercer ningún acto relativo a la responsabilidad de su cargo. Son 06 folios. Barrón Cebreros, Xavier.
1347 29/05/1996 La Privatización de las Empresas Públicas de Energía Eléctrica e Hidrocarburos, se regirán por las disposiciones contenidas en la presente Ley, y supletoriamente por el Decreto Legislativo 674 y la Ley General de Sociedades, en el mismo orden. Son 05 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero / Flores Nano, Lourdes / Barrón Cebreros, Xavier.
1348 29/05/1996 Aprobar la Ley que norma la actividad de las Cajas Rurales de Ahorro y Crédito, cuyo cuerpo aparece a continuación, formando parte integrante de la presente Norma. Son 12 folios. Barbarán Rengifo, Carlos.
1352 29/05/1996 Los titulares de las Concesiones o Petitorios Mineros que al entrar en vigencia la presente Ley incorporen al área de su cuadrícula o conjunto de cuadrículas aquellos Derechos Mineros extinguidos o que se extingan que se encuentran total o parcialmente dentro de la mencionada área pagarán al Estado una contribución equivalente en moneda Nacional a cincuenta mil dólares americanos (US$ 50,000.00) en el término de treinta (30) días calendarios de recibida la notificación de la modificación del título correspondiente. Son 06 folios. Barbarán Rengifo, Carlos.
1359 30/05/1996 La presente Ley regula la emisión de Bonos Universitarios que son valores mobiliarios negociables que incorporan el derecho a una alícuota de un empréstito y tienen en cuanto a su naturaleza el mérito ejecutivo y demás alcances que la Ley otorga a las obligaciones normadas en los Artículos 226 y siguientes de la Ley General de Sociedades, que se aplican supletoriamente, en lo que sea aplicable.

Son 13 folios.

Sandoval Aguirre, Oswaldo..
1360 30/05/1996 Modifícase el Inciso c) del Artículo 2° del Decreto Legislativo 807, el mismo que quedará redactado con el texto siguiente: Artículo 2°.- Sin que la presente enumeración tenga carácter taxativo cada Comisión u Oficina del INDECOPI tiene las siguientes facultades: c) Realizar inspecciones con o sin previa notificación en los locales de las personas naturales o jurídicas y examinar los libros, registros, documentación y bienes, pudiendo comprobar el desarrollo de procesos productivos y tomar la declaración que en ellos se encuentren.

Son 04 folios.

Flores Nano, Lourdes / Chipoco Cáceda, Carlos.
1362 30/05/1996 Modifícase la Primera Disposición complementaria del Decreto Legislativo N° 817, cuyo texto será el siguiente: Primera.- A partir de la vigencia de la presente Ley la ONP asumirá la defensa de los intereses del Estado en todos los procedimientos judiciales que versen sobre la aplicación de Derechos Pensionarios, incluyendo los que se encuentren en trámite. Para tal efecto, facúltese a la ONP a efectuar la contratación directa de los servicios que resultaren necesarios. Son 22 folios. Flores Nano, Lourdes.
1364 30/05/1996 Derógase el Artículo 17° del Decreto Legislativo 824° Ley de Lucha contra el Narcotráfico. Son 05 folios. Flores Nano, Lourdes / Chipoco Cáceda, Carlos.
1367 30/05/1996 Facúltese a los Titulares de los Pliegos Presupuestales del Volumen 01, Gobierno Central, del presupuesto público a delegar en las personas naturales o jurídicas que contrate la ejecución, asesoría, evaluación y supervisión de las funciones administrativas o de apoyo y soporte a los servicios públicos o la función Legislativa, Jurisdiccional, de control y propias del ámbito de competencia de cada organismo.

Son 06 folios.

Medelius Rodríguez, Oscar.
1368 30/05/1996 Compréndase dentro de los alcances de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 802 a los productos agrarios altoandinos y las empresas agrarias situadas en las zonas deprimidas de la sierra constituídas bajo las formas Asociativas Campesinas, Comunales, Multicomunales y Medianos Empresarios, que desarrollan actividades agropecuarias en las zonas altoandinas y que vienen atravesando dificultades económicas debido a la secuela dejada por las acciones terroristas.

Son 09 folios.

Espinoza Matos, María Jesús.
1370 30/05/1996 Las cintas cinematográficas que contengan material pornográfico, entiéndase con escenas aberrantes y reñidas con la moral, tales como actos contra natura, prácticas sexuales con homosexuales, con lesbianas o cuadros de sadomasoquismo entre otros, sólo podrán ser exhibidas en los cines, a partir de las 10.00 pm y estrictamente para público adulto. Son 03 folios. Chu Rubio, Luis.
1372 31/05/1996 Modifícase el Artículo 109° del Decreto Legislativo N° 774, Ley de Impuesto a la Renta, en los términos siguientes:

"Artículo 109°.- Durante el ejercicio gravable 1997, el Impuesto Mínimo a la Renta de los perceptores de rentas de tercera categoría no podrá ser menor al 1.5% del valor de sus activos netos. Durante los ejercicios gravables 1998 y 1999, el Impuesto Mínimo a la Renta no podrá ser menor al 1% y 0.5%, respectivamente, del valor de dichos activos netos. A partir del año 2000, el Impuesto Mínimo a la Renta quedará totalmente derogado. Son 07 folios.

Fernández Baca de Valdez, Graciela.
1373 31/05/1996 Modifícase el Artículo 39° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería en los siguientes términos: "El pago del derecho de vigencia es obligatorio a partir del año en que se formule el petitorio.

Son 06 folios.

Barbarán Rengifo, Carlos.
1380 06/05/1996 Modifíquese el Inciso 5 del Artículo 46° y el Artículo 53° de la Ley orgánica del Poder Judicial, cuyo texto Único ordenado fue aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, por el siguiente texto: Artículo 46°.- Son Juzgados Especializados los siguientes: 5, Juzgados de Familia. Artículo 53.-Los Juzgados de Familia conocen: 1.- De los asuntos en materia tutelar que comprende la investigación, protección y asistencia de niños y adolescentes en estado de abandono, peligro moral y otras situaciones que señala la Ley; la investigación y aplicación en favor de niños y adolescentes, por actos reprobados por la Ley; y de los demás asuntos preventivos y tutelares que determina la Ley. Son 12 folios. Díaz Díaz, Susana.
1381 06/06/1996 Amplíase los Artículos 5° y 11° de las Leyes N° 25208 y 24053 en los siguientes términos: Artículo 5°.- Al fallecimiento del Ex-Combatiente calificado por el Comando Conjunto de la Fuerza Armada como "Vencedor de la Campaña Militar de 1941, la viuda continuará percibiendo la bonificación por el curso de quince años (15 años).

Son 07 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
1382 06/06/1996 Incorpórese, al final del Artículo 8° de Ley N° 26505, lo siguiente:

"Es nulo todo acuerdo derivado de la presencia de miembros ajenos a la Comunidad". Son 09 folios.

Castillo Chirinos, Arturo.
1384 06/06/1996 Los recursos que confiere la Ley 24017 serán destinados, única y exclusivamente para los planes, proyectos y obras que se desarrollen en la Provincia Constitucional del Callao y sus Distritos. Son 12 folios. Medelius Rodríguez, Oscar.
1385 06/06/1996 Adiciónese al Artículo 2° del Decreto Legislativo N° 808 el siguiente párrafo: "Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, los recursos que confiere la Ley N° 24017 serán destinados para los planes, proyectos, programas y obras de desarrollo en beneficio de la Provincia Constitucional del Callao". Son 12 folios. Espinoza Matos, María Jesús / Matsuda Nishimura, Samuel / Torrejón Riva de Chincha, Aurora / Díaz Bringas, Edilberto / Quicaña Avilés, Miguel / Revilla Jurado, Vidal.
1386 06/06/1996 Derógase el Artículo 17° del Decreto Legislativo 824° Ley de Lucha contra el Narcotráfico. Son 04 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
1388 07/06/1996 Modifícanse los Artículos 30° y 33° del Decreto Legislativo 776, cuyo texto definitivo será en adelante el siguiente: "Artículo 30°.- Créase el Impuesto a la Propiedad Vehícular, de periodicidad anual, que grava la propiedad de los vehículos automóviles, omnibuses, camiones, camionetas, stations wagons, y en general, todo tipo de vehículos, a excepción de los que tengan carácter y aplicación exclusivamente industrial y que no correspondan al transporte de personas, y cuyo impuesto se pagará en tanto dichos vehículos sean utilizados y transiten por las vías de la República.

Son 04 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
1389 07/06/1996 Sustitúyase el Artículo 180° de la Constitución Política del Perú, por el siguiente texto: Artículo 180°.- Los miembros del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, deben reunir los mismos requisitos establecidos por el Artículo 147° para los Vocales de la Corte Suprema de Justicia. Son 02 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1392 07/06/1996 Modifícase el Artículo 139° Inciso 14 de la Constitución de la República, de conformidad con el procedimiento establecido por el Artículo 207° del mismo cuerpo normativo, debiendo redactárselo del siguiente modo: "14. El principio de no ser privado del derecho de defenderse en ningún estado del proceso. Toda persona tiene derecho a comunicarse personalmente con un defensor de su elección y a ser asesorada por éste desde que es citada o detenida por cualquier autoridad".

Son 03 folios.

Chipoco Cáceda, Carlos.
1393 07/06/1996 Deróguese la Ley N° 26592 que modifica la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos y restitúyase vigencia a los Artículos 13°, 15° y 16° de la primigenia Ley N° 26300. Son 06 folios. Chipoco Cáceda, Carlos.
1401 10/06/1996 Agrégase un Inciso adicional, con el numeral 25, al Artículo 2° de la Constitución del Estado, con el texto siguiente: "25).- A recurrir a la vía administrativa, judicial o arbitral, conforme a Ley, para que se establezcan derechos y se resuelvan y diriman controversias; lo que también podrá obtener en forma directa y extra-judicial, o con la necesaria fe de Notario, cuando no lo prohíba expresamente la Ley y no se afecten derechos de terceros".

Son 04 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
1403 10/06/1996 Incorpórase al Programa Extraordinario de Regularización Tributaria-PERTA- aprobado por el Decreto Legislativo N° 802, a las Cooperativas Agrarias de Trabajadores y Cooperativas Agrarias de Usuarios que realizan sus actividades productivas en la Costa del Perú. Son 06 folios. Revilla Jurado, Anselmo.
1404 10/06/1996 La presente Ley se denomina LEY DE CAJAS MUNICIPALES. Establece los requisitos, derechos, obligaciones, garantías, restricciones y demás condiciones de funcionamiento de las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito en el territorio de la República, con exclusión del área metropolitana de Lima y Callao.

Son 55 folios.

Revilla Jurado, Anselmo.
1407 12/06/1996 Delégase en el Poder Ejecutivo la facultad de Legislar por un plazo de 90 días, en los términos a que hace referencia el Artículo 104° de la Constitución Política y sobre las siguientes materias:

1.- Normas para favorecer la reincorporación de la población desplazada por la violencia terrorista.

2.- Normas para promover la generación del empleo, eliminando trabas a la inversión e inequidades, con énfasis en el incremento de las exportaciones y el desarrollo del mercado de capitales. Son 12 folios.

Poder Ejecutivo.
1410 11/06/1996 Exonérese a las entidades del Sector Público que hagan uso de la Octava Disposición Transitoria y Final de la Ley 26553, para su modernización integral de las normas establecidas en el Artículo 42° de la Ley N° 26199, Ley Marco del Proceso Presupuestario del Sector Público. Son 09 folios. Ghilardi Álvarez, Freddy.
1413 11/06/1996 Queda prohibida cualquier modalidad de relación laboral entre Servidores Públicos de la misma entidad, hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, a consecuencia del nepotismo.

Son 22 folios.

Siura Céspedes, Gilberto.
1414 11/06/1996 Modifíquese el Artículo 149° del Código Penal por el siguiente texto: "Artículo 149°.- El que omite cumplir su obligación de prestar los alimentos que establece una Resolución Judicial, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos años ni mayor de cinco, sin perjuicio de cumplir el mandato judicial. Son 06 folios. Díaz Díaz, Susana.
1415 11/06/1996 Modifíquese el Artículo 7° del Decreto legislativo 821° por el siguiente texto: "Artículo 7°.- VIGENCIA Y RENUNCIA A LA EXONERACIÓN Las exoneraciones contenidas en los Apéndices I y II tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de 1997. Son 06 folios. Díaz Díaz, Susana.
1416 11/06/1996 Incorpórese al Artículo 333° del Código Civil aprobado por Decreto Legislativo N° 296, el Inciso 12 con el siguiente texto: "Artículo 333°.- Son causales de separación de cuerpos: 12.- La separación de hecho de los cónyuges por más de cinco años continuo cuando no se hubiera hecho vida en común ni se haya procreado hijos; y por más de diez años continuos, cuando los cónyuges se unan de hecho con tercera persona estableciendo relaciones propias del matrimonio sin la exigencia de otros requisitos. Son 05 folios. Díaz Díaz, Susana.
1425 13/06/1996 Modifícase el Artículo 163° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, el mismo que queda redactado con el texto siguiente: "Artículo 163°.- El Servidor Público que incurre en falta de carácter disciplinario, cuya gravedad pudiera ser causal de cese temporal o destitución, será sometido a proceso administrativo que no excederá de sesenta (60) días hábiles improrrogables.

Son 12 folios.

Coral Pérez, Víctor Daniel.
1428 13/06/1996 Modifícase el Artículo 99° de la Constitución Política del Perú de 1993 en los términos siguientes: Artículo 99°.- Corresponde a la Comisión Permanente acusar ante el Congreso: al Presidente de la República, a los Representantes al Congreso; a los Ministros de Estado; a los Miembros del Tribunal Constitucional; a los Miembros del Consejo Nacional de la Magistratura; a los Vocales de la Corte Suprema, a los Fiscales Supremos; al Defensor del Pueblo; al Contralor General y al Superintendente de Banca y Seguros por infracción de la Constitución y por todo delito que cometan en ejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de que hayan cesado en estas.

Son 09 folios.

Joy Way, Víctor.
1430 13/06/1996 Modifícase el Artículo 57° del Decreto Legislativo 776, con el texto siguiente: "Artículo 57°.- El Impuesto se aplicará con las siguientes tasas: a) Carreras de caballos

30% b) Espectáculos Cinematográficos 10% c) Espectáculos Taurinos

5% d) Otros espectáculos 15% Son 07 folios.

Patsías Mella, Demetrio / Blanco Oropeza, Carlos / Pando Pacheco, Eduardo.
1431 13/06/1996 Déjese sin efecto la prohibición de importación de semilla de haba incluida en el Anexo 4 (apartado 1°) del Decreto Supremo N° 056-90-AG. Son 10 folios. Ramos Santillán, Francisco / Aliaga Araujo, Segundo Vito / Torrejón De Chincha, Aurora / Chávez Serrano, Jubert.
1432 13/06/1996 Para efectos de las Leyes 26413, 26564, el término Productor Agrario comprende a los Productores Agrarios, Ganaderos y Agropecuarios. Son 18 folios. Amorín Bueno, Adolfo / Sato Abe, Alberto.
1433 13/06/1996 Para los efectos de lo dispuesto en el Inciso 9 del Artículo 102 de la Constitución Política, el Poder Ejecutivo podrá solicitar y el Congreso de la República autorizar la salida del País del Presidente de la República, conforme a las modalidades y plazos establecidos en la presente Ley. Durante los períodos en que no se encuentre en funciones el Pleno del Congreso, las autorizaciones de salida podrán ser concedidas por la Comisión Permanente.

Son 03 folios.

Joy Way, Víctor.
1434 13/06/1996 Modifícase el Inciso 1 de la Octava Disposición Final y Transitoria de la Constitución Peruana, en los términos siguientes:

" 1. Las normas de Descentralización y, entre ellas, las que permitan elegir Autoridades Regionales el año 2000". Son 03 folios.

Samalvides Dongo, Helbert.
1437 13/06/1996 La presente Ley fija las normas generales del proceso de Descentralización de la República del Perú, de acuerdo al Capítulo XIV del Título IV de la Constitución Política; asimismo, esta Ley norma la creación, naturaleza y competencia de las Regiones y Municipalidades, así como las relaciones Interinstitucionales, en función de la unidad e indivisibilidad del Estado con un Gobierno unitario, representativo y descentralizado. Son 17 folios. Revilla Jurado, Anselmo.
1443 14/06/1996 Las condiciones y requisitos exigidos en el proceso de admisión a la Escuela de Oficiales, son aplicados sin ningún tipo de discriminación, a todos los postulantes a la Escuela de oficiales de la Policía Nacional del Perú "MARIANO SANTOS". Son 12 folios. Mantilla Campos, Agustín.
1444 14/06/1996 Implementar la realización de una Campaña Nacional de salud y educación ambiental a nivel nacional para inculcar y fomentar el hábito de higiene y limpieza en todas las viviendas e instituciones públicas y privadas con acciones de erradicación de la basura en el hogar, la escuela y la comunidad. Son 06 folios. Villasante Chambi, Cristóbal.
1445 14/06/1996 Refórmese los Artículos 80° y 89° del Código Penal en los términos siguientes: Artículo 80°.- La Acción Penal prescribe en un tiempo igual al máximo de la pena fijada por la Ley para el delito, si es privativa de libertad. Son 15 folios. Vidarte Correa, Elferes.
1447 13/06/1996 Somete aprobación Protocolo de Reformas a la Carta de la OEA (Protocolo de Cartagena de Indias). Son 57 folios. Poder Ejecutivo.
1450 16/06/1996 Modifícase el segundo párrafo del Artículo 3° del Decreto Ley 25742, en los términos siguientes: " Los recursos que se destinen a la ejecución de las obras o proyectos integrales serán reembolsados al FONAVI por los beneficiarios de dichas obras o proyectos dentro de un plazo no mayor de cinco (5) años. Son 06 folios. Samalvides Dongo, Helbert.
1453 26/06/1996 Modifíquese el texto de la Segunda disposición final y transitoria del Código Penal de la siguiente manera: "Los beneficios procesales y de ejecución penal no se aplican respecto de los agentes de: 1.- Delito de Tráfico ilícito de drogas. 2.- Delito de terrorismo 3.- Delito de Homicidio Agravado.

Son 12 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
1454 26/06/1996 Refórmese el Artículo 41°, los Incisos 6° y 21° de los Artículos 102° y 118°, respectivamente, de la Constitución del Estado, en los siguientes términos: Artículo 41°.- Los Funcionarios y Servidores Públicos que señala la Ley o que administran o manejan fondos del Estado o de organismos sostenidos por éste deben hacer declaración jurada de bienes y rentas al tomar posesión de sus cargos, durante su ejercicio y al cesar en los mismos.

Son 10 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
1455 26/06/1996 Interprétase que dentro de los alcances de la primera y segunda disposición finales de la Ley N° 26505 se encuentran todos los supuestos de hecho y las consecuencias jurídicas derivadas de la aplicación de las Leyes provenientes del proceso de reforma agraria.

Son 18 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
1456 27/16/1996 Déjase sin efecto Legal el Artículo 3° del Decreto Supremo N° 028-96-PCM de 20 de Junio de 1996. Son 06 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
1459 01/07/1996 Modifícase el Artículo 152° de la Constitución Política del Perú de 1993, en los siguientes términos: "Artículo 152°.- Los Jueces de Paz provienen de Elección Popular. Son 12 folios. Sandoval Aguirre, Oswaldo..
1461 01/07/1996 Modifícase los artículos 19°, 22°, 26°, 27°, 29°, 32°, 38°, 40°, 41°, 47°, 49°, 54°, y 57° del Decreto Legislativo N° 650, Ley de Compensación por tiempo de Servicios; los mismo que quedan redactados en los términos siguientes: Artículo 19°.- No se consideran remuneraciones computables las siguientes: a) Gratificaciones extraordinarias u otros pagos que perciba el trabajador ocasionalmente a título de liberalidad del empleador, o que con tal carácter hayan sido materia de pacto". Son 12 folios. Sandoval Aguirre, Oswaldo..
1466 03/07/1996 La presente Ley, desarrolla el Artículo 15°, primer párrafo de la Constitución Política del Estado.

Regula los requisitos para ejercer válidamente las funciones de Director y Profesor de un Centro Educativo Estatal y del Sector Privado, de la misma forma los derechos y obligaciones que le son inherentes a cada uno de ellos.

Son 09 folios.

Vega Ascencio, Anastacio
1468 04/07/1996 A partir del 15 de octubre de 1996 recobran plena vigencia las normas del Decreto Ley N° 25475 referidas al carácter secreto de la identidad de los Magistrados, miembros del Ministerio Público y Auxiliares Jurisdiccionales encargados de conducir los procesos de Terrorismo a que se refiere el precitado Decreto Ley. Son 03 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
1474 05/07/1996 Autorízase al Poder Ejecutivo para que, a solicitud de los respectivos Municipios, pueda por Decreto Supremo exceptuar de los alcances de la Ley N° 26569, a aquellos Mercados de abastos en los que por razones de equipamiento urbano, y de necesidad y de entidad pública, no sea conveniente que se haga realidad la privatización de dichos establecimientos. Son 03 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1487 15/07/1996 El personal de Oficiales de las Fuerzas Armadas del Perú, cualquiera sea su grado, que haya prestado o continúe prestando servicios en las zonas cocaleras a que se refiere el Decreto Legislativo 824 deberá hacer declaración jurada de los bienes y rentas habidas al inicio y al término de su designación. Son 05 folios Alva Orlandini, Javier.
1523 30/07/1996 Modifícase el Artículo 8° del Decreto Legislativo N° 817, el mismo que queda redactado bajo los términos siguientes:

Artículo 8°.- Créase el "Registro 20530" a cargo de la ONP, en el que obligatoriamente deberán inscribirse todos los trabajadores activos y los pensionistas sujetos al régimen del Decreto Ley N° 20530. Son 08 folios.

Velásquez Quesquén, Javier.
1525 31/07/1996 La presente Ley Orgánica establece el régimen Legal de los Gobiernos Locales, su organización, su autonomía, sus competencias, sus funciones y recursos económicos, así como los Regímenes Especiales de las Municipalidades y la Cooperación Municipal. Son 118 folios. Castillo Chirinos, Arturo.
1526 31/07/1996 Declárese de interés Nacional el estudio de factibilidad de la construcción del Canal sobre el istmo de Yunguyo-Puno.

Son 13 folios.

Delgado Aparicio, Luis
1527 31/07/1996 Establécese que cuando los delitos tipificados en los Decretos Leyes N° 25659 y 25880 sean cometidos por personas de Nacionalidad Extranjera, dichos delitos se denominarán "Terrorismo Grave". Reservándose la denominación de "Traición a la Patria" para cuando los agentes que lo perpetren sean de Nacionalidad Peruana.

Son 07 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
1534 02/08/1996 Adiciónase al Artículo 54° del Decreto Ley N° 25897 el Inciso ñ) el mismo que queda redactado con el texto siguiente:

Artículo 54°.- Son atribuciones y obligaciones de la Superintendencia: ñ) Nombrar Ejecutores Coactivos.

Son 10 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
1535 02/08/1996 En todo procedimiento, cuando un Juez o Tribunal considere que una norma con rango de Ley aplicable al caso que viene conociendo y de cuya validez dependa su fallo, pueda ser contraria a la Constitución, planteará de oficio la cuestión al Fiscal de la Nación, quien interpondrá en forma inmediata la respectiva Acción de Inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional con sujeción a lo dispuesto en la presente Ley. Son 35 folios. Chirinos Soto, Enrique / Torres y Torres Lara, Carlos.
1537 02/08/1996 La adquisición de suministros y bienes con utilización de fondos o recursos públicos se hará por contrata y licitación pública y considerándose sólo a los producidos o fabricados en el País, si fuere el caso. Son 04 folios. Alva Orlandini, Javier.
1538 02/08/1996 Sustitúyase el Inciso c) del Artículo 14 del Decreto Legislativo N° 709 modificado por la Ley N° 26400, con el siguiente texto:

c) Los de los inmuebles cuyo autovalúo sea inferior a dos mil ochocientos ochenta y 00/100 Nuevos Soles ( S/. 2,880.00) hasta el 31 Diciembre de 1998. Son 04 folios.

Díaz Díaz, Susana.
1539 02/08/1996 Créase una Comisión Especial encargada de elaborar el Proyecto del Código de Familia, la misma que estará conformada por los siguientes integrantes: - Dos miembros del Congreso de la República, uno de los cuales la presidirá. - Dos representantes de las Facultades de Derechos de las Universidades del País, designados por la Asamblea Nacional de Rectores.

Son 08 folios.

Díaz Díaz, Susana.
1540 02/08/1996 Modifícase el Artículo 15° de la Ley N° 26504 por el texto siguiente: "Artículo 15°.- Sin perjuicio de su condición de Trabajadores Independientes asociados, los socios trabajadores de las Cooperativas, incluyendo los de las Cooperativas de Trabajadores, son considerados como Trabajadores dependientes para efectos del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones a que se refiere el Decreto Ley N° 25897, el Sistema Nacional de Pensiones a que se refiere el Decreto Ley N° 19990, el Régimen de Prestaciones de Salud a que se refiere el Decreto Ley N° 22482 y el Régimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales del Decreto Ley N° 18846, restablecido por Ley N° 26183. Son 06 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
1541 05/08/1996 Créase por la presente Ley un Organismo Financiero de derecho público, encargado de promover las oportunidades de inversión y facilitar el acceso al crédito a los sectores "pro-desarrollo", así como canalizar hacia ellos financiamiento apropiado para Proyectos Especiales de Desarrollo. El Organismo actuará bajo la denominación de "BANCO DE FOMENTO DEL DESARROLLO". Son 36 folios. Castillo Chirinos, Arturo.
1543 06/08/1996 La presente Ley norma el canon al agua utilizada en la generación de energía o participación en los ingresos y rentas obtenidos por el Estado por la explotación de ese recurso natural para dicho propósito, con ingreso descentralizado de las Regiones, Provincias y Distritos del País. Son 07 folios. Flores Quispe, Mauro, Alcalde Municipalidad Distrital de Colcabamba, Huancavelica.
1544 06/08/0996 Modifíquese el Artículo 297° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por el siguiente texto:

Artículo 297°.- Las personas que sean patrocinadas por los Consultorios Jurídicos Gratuitos sostenidos por Instituciones Públicas o Privadas debidamente registrados en el Ministerio de Justicia, gozan de la gratuidad del proceso, sin más requisito que la petición que hagan dichas entidades, indicando haber comprobado el estado de necesidad de la persona patrocinada. Son 08 folios.

Díaz Díaz, Susana.
1545 07/08/1996 Adjudícase a favor de la "Asociación de Propietarios de la Villa del Periodista de Lima", inscrita en la Ficha N° 18540, del Registro respectivo, que fuera anteriormente adjudicado mediante Resolución Ministerial N° 261-86-VC-5600, de fecha 13 de Junio de 1986, en favor de la Cooperativa de Vivienda "Villa del Periodista de Lima", en el Distrito de Ate Vitarte. Son 04 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1546 07/08/1996 Declárase de necesidad pública y preferente interés local, la forestación y conservación en las áreas agrícolas y ecológicas de los Distritos de Lurín, Pachacámac, Cieneguilla, Chosica, Chaclacayo, San Juan de Lurigancho, Carabayllo, Puente Piedra, Los Olivos, Ventanilla y Ancón, pertenecientes al Departamento de Lima. Son 05 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1548 07/08/1996 Establécese que por todo vehículo de procedencia extranjera, con dos o más ejes y que estuviera de tránsito temporal por el territorio Nacional, deberá abonarse por única vez, la Tasa Extraordinaria por Uso de Vías, el cual será igual al 2% sobre el valor del vehículo, con validez anual, y exigible por la Municipalidades respectivas, antes de ingresar al territorio Nacional. Son 07 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1549 07/08/1996 Agrégase un Inciso 5) al Artículo 204° del Código Penal, el cual en adelante tendrá la siguiente redacción: Artículo 204°.- Agravantes- La pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de seis años cuando: 1.- La usurpación se realiza usando armas de fuego, explosivos o cualquier otro instrumento o sustancias peligrosos. 2.- Intervienen 2 o más personas 3.- El inmueble está reservado para fines habitacionales. Son 05 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1550 07/08/1996 Refórmase el Artículo 17° de la Constitución Política del Estado, cuyo texto quedará redactado en la forma siguiente:

Artículo 17°.- "La educación Inicial, Primaria y Secundaria son obligatorias. La educación impartida por el Estado, es gratuita en todos sus niveles. El Estado garantiza el cumplimiento de este derecho. Son 04 folios.

Núñez Román, Edgar.
1551 13/06/1996 Modifícase el Artículo 99 de la Constitución política del Perú de 1993, en los términos siguientes:

Artículo 99°.- Corresponde a la Comisión Permanente acusar ante el Congreso: al Presidente de la República, a los Representantes al Congreso; a los Ministros de Estado; a los Miembros del Tribunal Constitucional; a los Miembros del Consejo Nacional de la Magistratura; a los Vocales de la Corte Suprema, a los Fiscales Supremos; al Defensor del Pueblo; al Contralor General y al Superintendente de Banca y Seguros por infracción de la Constitución y por todo delito que cometan en ejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de que hayan cesado en éstas. Son 11 folios.

Joy Way, Víctor.
1553 03/09/1996 Autorízase en vía de regularización, una operación de transferencia de partidas por la suma de NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (s/. 955 259,00) en el Presupuesto del Gobierno Central para el Ejercicio Fiscal 1991. Son 10 folios. Poder Ejecutivo.
1554 31/10/1995 El personal calificado como Vencedor de la "Campaña Militar de 1941" recibirá sin excepciones, a partir del mes de octubre de 1992, a través del sector en el que prestó servicios durante el conflicto, una bonificación mensual equivalente a una Remuneración Mínima Vital, que se reajustará de acuerdo con las variaciones que experimente en el futuro.

Son 04 folios.

Poder Ejecutivo.
1555 12/09/1996 "Acuerdo Internacional sobre Utilización de Estaciones Terrenas de Barco de "INMARSAT" en el Mar Territorial y los Puertos. Son 174 folios. Poder Ejecutivo.
1556 13/11/1996 Amplíase el Inciso 23° del Artículo 211° de la Constitución Política del Perú, el que en adelante tendrá la siguiente redacción: Artículo 211°.- 23.- Conceder indultos y conmutar penas salvo los casos prohibidos por la Ley, así como otorgar libertad a los detenidos por Orden Judicial, sin perjuicio de la continuación del proceso, cuando dicha medida sea injustificada o el proceso sufra dilaciones indebidas.

Son 08 folios.

Poder Ejecutivo.
1557 13/11/1996 El Derecho de Gracia del Presidente de la República comprende: 1. Conmutación de penas 2. Indulto 3. Libertad de detenidos. Son 10 folios. Poder Ejecutivo.
1558 13/11/1996 Modifícase el Artículo 85° de la Ley de Aeronáutica Civil 24882, modificado por el Decreto Legislativo 670, en los términos siguientes: Artículo 85°.- El permiso de Operación, su Modificación o Renovación será concedido o denegado por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, dentro de los treinta (30) días de presentada la solicitud con la documentación e información completa que requiera la Ley de Aeronáutica Civil. Son 08 folios. Poder Ejecutivo.
1559 14/08/1996 Autorízase al Ministerio de Defensa en vía de regularización a incorporar en su Presupuesto correspondiente al ejercicio Fiscal de 1991 por la fuente de financiamiento de ingresos propios, la suma de TRECE MILLONES QUINIENTOS CUARENTICINCO MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.13'545,890.00), debido a la mayor captación del pliego durante el referido año. Son 21 folios. Poder Ejecutivo.
1561 13/11/1995 Remiten adjunto al presente, la Cuenta General de la República correspondiente al año 1992 enviada a este Despacho por el señor Ministro de Economía y Finanzas, la misma que está acompañada de los Informes Ns° 07, 08, 09, y 10-94-CG/PG elaborados por la Contraloría General de la República. Son 394 folios. Poder Ejecutivo.
1562 13/11/1995 Modifícase los Artículos 14|, 36° y 64° del Decreto Ley N° 25593, Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, en los términos siguientes: Artículo 14°.- Para constituirse y subsistir los Sindicatos deberán afiliar por lo menos a veinte (20) trabajadores tratándose de Sindicatos de Empresas, o a cincuenta (50) tratándose de Sindicatos de otra naturaleza.

Son 06 folios.

Poder Ejecutivo.
1568 05/07/1996 Denuncia de Convenio Marítimo Perú-Argentina, suscrito en esta Capital, el 27 de octubre de 1972. Son 03 folios. Poder Ejecutivo.
1569 05/07/1996 Denuncia de Convenio Marítimo Perú-Brasil, suscrito en esta Capital, el 12 de Abril de 1973. Son 03 folios. Poder Ejecutivo.
1572 14/08/1996 El Profesorado está integrado por los agentes que desempeñan funciones en las áreas del Sistema de la Educación Peruana establecidas por ésta Ley Son 32 folios. Huamanchumo Romero, Juan.
1573 14/08/1996 Dése fuerza de ley a la Resolución Suprema N° 518 del 14 de Junio de 1967.

Son 15 folios.

Huamanchumo Romero, Juan.
1574 14/08/1996 La educación es un bien social y un servicio que se ofrece en el territorio de la República del Perú a través de los Centros de Educación a cargo del Estado y del sector privado. Son 24 folios. Huamanchumo Romero, Juan.
1575 16/02/1998 Proponen modificar el Artículo 7° de la Ley N° 26549.

Son 17 folios.

Palacios Reyes, Luis, Decano del Colegio Profesional de Profesores del Perú.
1576 17/02/1996 Proponen modificar el Artículo 7° de la Ley N° 26549.

Son 17 folios.

Palacios Reyes, Luis, Decano del Colegio Profesional de Profesores del Perú.
1577 30/06/1997 Los Centros Educativos Privados constituidos conforme a la Legislación en la materia así como los Institutos y Escuelas Superiores y Universidades Privadas, con prescindencia de la forma jurídica que adopten, están obligados al pago del Impuesto a la Renta, de acuerdo con el Régimen Tributario común. Son 19 folios. Trelles Montero, Jorge / Avendaño Valdéz, Jorge.
1578 15/08/1996 Modifícase el Artículo 42° del Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento al Empleo, el cual queda redactado con el texto siguiente: Artículo 42°.- Por la subordinación, el trabajador presta servicios bajo dirección de su empleador, el cual tiene facultades para normar reglamentariamente las labores, dictar las órdenes necesarias para la ejecución de las mismas, y sancionar disciplinariamente, dentro de los límites de la razonabilidad, cualquier infracción o incumplimiento de las obligaciones a cargo del trabajador. Son 08 folios. Flores Nano, Lourdes / Barrón Cebreros, Xavier / Flores-Araoz Esparza, Antero.
1579 15/08/1996 Toda Norma Legal con rango de Ley, debe contar con una disposición que propugne la difusión masiva de la Norma, durante cierto tiempo. Son 08 folios. Vega Ascencio, Anastasio / Mellado Céspedes, Edith.
1580 15/08/1996 Declárase de interés público y de importancia Regional y Nacional, el desarrollo integral del corredor costero situado entre los extremos sur y norte del litoral de la Región La Libertad. Son 20 folios. Huamanchumo Romero, Juan / Vega Ascencio, Anastasio / Sánchez Vega, José / Gutiérrez Mercedes, Virgilio.
1581 15/08/1996 Modifícanse los Artículos 107° segundo párrafo, 190°, 191° tercer párrafo, 197, 198 y 203 Inciso 6, de la Constitución Política del Perú, por los siguientes textos:

Artículo 107°…………También tienen el mismo derecho en las materias que les son propias los otros Poderes del Estado, las Instituciones Públicas Autónomas, los Municipios, las Gobernaciones Regionales y los Colegios Profesionales. Así mismo, lo tienen los ciudadanos que ejercen el derecho de iniciativa conforme a Ley.

Son 62 folios.

Huamanchumo Romero, Juan.
1582 15/08/1996 La presente Ley tiene por objeto regular la construcción, operación, explotación, conservación y mantenimiento de los caminos y puentes por el Sector Privado; a que se refieren los Incisos I y IV del Artículo siguiente, los cuales constituyen vías generales de comunicación. Son 19 folios. Reátegui Trigoso, Carlos.
1583 15/08/1996 Modifíquese el Artículo 1 de la Ley N° 24059 que queda redactada en los siguientes términos: Artículo 1.- Créase el Programa Nacional del Vaso de Leche en todos los Municipios de la República, para la atención de la población materno infantil en sus niveles de niños de cero a trece años de edad, madres gestantes y lactantes, enfermos de tuberculosis, ancianos y casos sociales en situación de indigencia, con derecho a la provisión diaria por parte del Estado con fondos del tesoro público, a través de los Gobiernos Locales, de una ración diaria de 250 cc. de leche o alimento equivalente. Son 17 folios. Ghilardi Álvarez, Freddy / Díez Canseco Cisneros, Javier / Mohme Llona, Gustavo / Alva Orlandini, Javier / Townsend Díez Canseco, Ana Elena / Heresi Abdelnour, Moisés / Breña Pantoja, Rolando / Reto Neyra, Santos / Flores Nano, Lourdes / Cerro Moral, María Ofelia / Fernández Baca, Graciela / Pease García, Henry / Estrada Choque, Aldo / Guerra-García Cueva, Roger / Flores-Araoz Esparza, Antero / Grados Bertorini, Alfonso / Gamarra Olivares, Ernesto / Olivera Vega, Fernando / Chipoco Cáceda, Carlos / Barba Caballero, José / Llerena Marotti, Antonio / Núñez Román, Edgar.
1584 15/08/1996 El personal de Oficiales de las Fuerzas Armadas del Perú, cualquiera sea su grado, que haya prestado o continúe prestando servicios en las zonas cocaleras a que se refiere el Decreto Legislativo 824 deberá hacer declaración jurada de los bienes y rentas habidas al inicio y al término de su designación.

Son10 folios.

Alva Orlandini, Javier.
1585 28/08/1996 De acuerdo al Artículo 8° de la Ley 26285, OSIPTEL fijará las tarifas de los servicios telefónicos en montos no superiores a los internacionales.

Son 09 folios.

Alva Orlandini, Javier.
1586 15/08/1996 Refórmase el Artículo 131° de la Constitución en la forma siguiente: Artículo 131°.- Es obligatoria la concurrencia del Consejo de Ministros, o de cualquiera de los Ministros, cuando el Congreso los llama para interpelarlos. Son 04 folios. Alva Orlandini, Javier.
1587 15/08/1996 Derógase la Primera Disposición Complementaria y final del Decreto Legislativo 834. Son 11 folios. Alva Orlandini, Javier.
1588 15/08/1996 Sustitúyese el texto del Artículo 206° de la Ley de Títulos-Valores (16587) por el siguiente: Artículo 206°.- La acción de enriquecimiento indebido prescribe a los diez años, conforme al Artículo 2001, Inciso 1, del Código Civil. Son 08 folios. Alva Orlandini, Javier.
1589 15/08/1996 Declárase intangibles los bosques naturales de las Provincias de San Ignacio y Jaén, en el Departamento de Cajamarca.

Son 05 folios.

Alva Orlandini, Javier.
1590 15/08/1996 Establécese el descanso pre y post-natal para el trabajador cuya esposa es gestante, en virtud de la cual tendrá derecho al goce de 3 y 4 días, respectivamente, de descanso. Son 12 folios, Núñez Román, Edgar.
1592 15/08/1996 Modifícase el Artículo 4° de la Ley N° 26637, referida a la administración del Programa del Vaso de Leche, cuyo texto quedará redactado de la forma siguiente: Artículo 4°.- En cada Consejo Distrital se conformará un Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche, aprobado mediante Resolución de Alcaldía, con acuerdo del Consejo Municipal. Son 16 folios. Núñez Román, Edgar.
1594 15/08/1996 Prohíbase la importación de los siguientes bienes: a) Vehículos automotores usados destinados al transporte, con una antigüedad de: - 05 años, para vehículos con peso seco no mayor de Tres Mil Kilos (3,000). - 08 años, para vehículos con peso seco mayor de Tres Mil Kilos (3,000).

Son 05 folios.

Huamanchumo Romero, Juan.
1595 16/08/1996 Sustitúyase el Artículo 286° del Código Penal por el siguiente texto: Artículo 286°.- El que envenena, contamina o adultera aguas o sustancias alimenticias destinadas al consumo, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de diez años y pena de trescientos días multa. Son 09 folios. Barbarán Rengifo, Carlos.
1596 16/08/1996 El que fabrique un producto defectuoso es responsable por los daños que éste cause mediante su uso normal. Cuando el producto es reparado o modificado por un tercero sin autorización del fabricante la responsabilidad se comparte o desplaza, según el caso, si el fabricante demuestra que el riesgo es producto parcial o total de la reparación o modificación hecha. Son 13 folios. Barbarán Rengifo, Carlos.
1597 16/08/1996 Modifícase el Artículo 54° del Decreto Legislativo N° 650 por el siguiente texto: Artículo 54°.- Si el trabajador es despedido por comisión de falta grave que haya originado perjuicio económico al empleador, éste deberá notificar al depositario para que la compensación por tiempo de servicios y sus intereses quede retenida por el monto que corresponda en custodia por el depositario, a las resultas del juicio que promueva el empleador. Son 09 folios. Barbarán Rengifo, Carlos.
1598 16/08/1996 Las empresas o entidades que anuncien la realización de sorteos o entrega de premios entre quienes adquieren sus productos o utilizan sus servicios deberán previamente entregar a INDECOPI la lista de premios que se van a dar, sea por sorteo o directamente. Igualmente, deberán informar al público usuario cuantos y cuales son los premios a entregarse. Son 09 folios. Barbarán Rengifo, Carlos.
1600 19/08/1996 Amplíase por un año más a partir del 02 de Julio de 1996, el plazo del proceso de reorganización de la Universidad San Martín de Porres a que se refiere la Ley N° 26490. Son 14 folios. Pulgar Lucas, Enrique Orlando.
1601 19/08/1996 Prohíbase en previsión de la salud de los consumidores, la fabricación y comercialización de bebidas alcohólicas y vinos que contengan alcohol metílico o etílico no rectificado, así como cualquier otro componente dañino para salud y procesamientos de producción y envasado que no se ajusten a las exigencias sanitarias. Son 25 folios. Pulgar Lucas, Enrique Orlando.
1602 20/08/1996 Delégase en el Presidente de la República, de conformidad con el Artículo 104° de la Constitución y por el plazo de 120 días calendarios, la facultad de dictar los Decretos Legislativos para incentivar la producción agropecuaria, simplificar la comercialización de los productos agrícolas, mejorar la calidad de vida de los campesinos y eliminar los sobrecostos que pagan los consumidores; dando cuenta al Congreso. Son 12 folios. Alva Orlandini, Javier.
1604 20/08/1996 Créase el Servicio de Justicia-SERJUS- que será prestado por los egresados de las Facultades de Derecho y Profesionales con grado de Bachiller en Derecho de las Universidades del País, que culminen sus estudios profesionales a partir de la vigencia de la presente Ley. Son 28 folios. Medelius Rodríguez, Oscar.
1608 21/08/1996 Adiciónese al Decreto Legislativo N° 808 el texto de la siguiente Disposición Final: " DISPOSICIÓN FINAL

Artículo Único: Los recursos que confiere la Ley N° 24017 serán destinados, única y exclusivamente para los planes, proyectos y obras que se desarrollen en la Provincia Constitucional del Callao y sus Distritos.

Son 05 folios.

Medelius Rodríguez, Oscar.
1609 21/08/1996 Modifíquese los Artículos 1°, 2°, 3° y 4° de la Ley N° 26306, en los términos siguientes: Artículo 1°.- Reconózcase la propiedad de los terrenos en el corredor ribereño, denominado Costa Verde, a los Municipios del Callao, La Perla, La Punta, Chorrillos, Barranco, Miraflores, San Isidro, Magdalena Del Mar y San Miguel, dentro de los límites de sus respectivas jurisdicciones, no estando comprendidos los terrenos de propiedad de terceros; y a mérito de la presente Ley, cada una de las Municipalidades mencionadas anteriormente procederán a inscribir sus derechos en el Registro correspondiente. Son 06 folios. Medelius Rodríguez, Oscar.
1610 21/08/1996 Modifíquese el Artículo 7° de la Ley 26298 el mismo que queda redactado con el texto siguiente: Artículo 7°.- Los tipos de sepulturas y condiciones generales para su uso temporal, de cementerios privados o públicos son las sepulturas para uso perpetuo de cementerios privados o públicos garantizan el derecho del uso del terreno, o del espacio que ocupó, según corresponda. Son 12 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero / Pease García, Henry.
1613 09/08/1996 El Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción (SENCICO) tiene Personería Jurídica de Derecho Público con autonomía técnica, pedagógica, administrativa, económica y con patrimonio propio. Son 16 folios.

 

Flores-Araoz Esparza, Antero.
1615 09/08/1996 Deróguese el Artículo 17° del Decreto Legislativo N° 824. Son 25 folios. Marcenaro Fres, Ricardo / Trelles Montero, Jorge.
1617 09/08/1996 Modifíquese el Artículo 149° del Código Penal por el siguiente texto: "Artículo 149°.- El que omite cumplir su obligación de prestar los alimentos que establece una Resolución Judicial, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos años ni mayor de cinco, sin perjuicio de cumplir el mandato judicial. Son 11 folios. Díaz Díaz, Susana.
1618 09/08/1996 Sustitúyase el Artículo 29° del Decreto Legislativo 635 Código Penal-modificado por Ley 26360, por el siguiente texto: Artículo 29°.- La pena privativa de libertad puede ser temporal o de cadena perpetua. En el primer caso tendrá una duración mínima de 2 días y una máxima de 30 años. Son 11 folios. Díaz Díaz, Susana.
1620 09/08/1996 Declárese de interés Nacional y de urgente necesidad pública el desarrollo integral de la zona de frontera escenario del último conflicto bélico con el Ecuador. Son 11 folios. Díaz Díaz, Susana.
1621 09/08/1996 Incorpórese al Artículo 333° del Código Civil aprobado por Decreto Legislativo N° 296, el Inciso 12 con el siguiente texto: "Artículo 333°.- Son causales de separación de cuerpos: 12.- La separación de hecho de los cónyuges por más de cinco años continuo, cuando no se hubiera hecho vida en común ni se haya procreado hijos; y por más de diez años continuos, cuando los cónyuges se unan de hecho con tercera persona estableciendo relaciones propias del matrimonio sin la exigencia de otros requisitos.

Son 15 folios.

Díaz Díaz, Susana.
1628 12/08/1996 A partir de la vigencia de la presente Ley, las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (CMAC) creadas y por crearse son entidades financieras con personería jurídica de derecho privado, organizadas como sociedades anónimas, con sujeción a las normas contenidas en esta Ley y su Reglamento. Son 21 folios. Torrejón De Chincha, Aurora.
1629 12/08/1996 Consagrar a EL CONDOR PASA, del Compositor Huanuqueño DANIEL ALOMÍA ROBLES como Himno de la Amistad Hemisférica Americana, brindándosele los honores y distinciones que tal calidad le otorga. Son 10 folios. Pulgar Lucas, Enrique Orlando.
1630 12/08/1996 Agréguese al Artículo 361° de Código de Procedimientos Penales vigente al siguiente Inciso:

6) En los delitos de terrorismo, cuando la sentencia tiene por acreditado un hecho omitiendo dar mérito a elementos de prueba decisivos para absolver. Son 100 folios.

Ferrero Costa, Carlos.
1631 12/08/1996 Los miembros de las Fuerzas Armadas del Perú, que se encuentren en situación de actividad o dados de baja por medidas disciplinarias, que incurran y/o hayan incurrido en la comisión de hechos punibles calificados como delitos comunes serán acreedores al doble del tiempo máximo de la pena fijada en el Código Penal o Leyes Especiales. Son 10 folios. Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis.
1632 13/08/1996 Modifíquese el Apéndice I del Decreto Legislativo 821, en cuanto a la descripción del producto consignado en las Partidas Arancelarias N°s. 4901.10.00.00/4901.99.004903.00.00 la misma que contendrá el texto siguiente: "Sólo: Libros para educación inicial, primaria, secundaria, superior y enseñanza en general.

Revistas culturales y diarios en general. Son 09 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
1633 13/11/1995 Propuesta de Modificación del Artículo 2° de la Ley N° 24017 "Ley de la Renta Aduanera para la Provincia Constitucional del Callao, en el sentido de que dicha renta sea Municipal, dado la naturaleza de su fuente. Son 20 folios. Woll Muller, Kurt, Alcalde Municipalidad Provincial del Callao.
1634 13/11/1995 Aprobar por unanimidad el Proyecto de Ley de creación del Canon Pesquero propuesto por el señor Alcalde Provincial. Son 11 folios. León Soto, Paulino, Alcalde Municipalidad Provincial de Barranca.
1635 13/11/1995 La presente Ley norma en forma integral el Canon, o participación en los ingresos y rentas de los recursos naturales, como ingreso descentralizado de las Instituciones de las Regiones, Departamentos, Provincias y Distritos del País. Son 15 folios. Aguilar Santisteban, José, Alcalde Municipalidad Provincial de Piura.
1637 20/03/1996 Los procesos previstos en los Artículos 475°, 480°, 486°, 546° y 694° del Código Procesal Civil podrán terminar anticipadamente, siempre y cuando se observe las siguientes reglas: 1. La demanda será interpuesta con los requisitos establecidos por los Artículos 424° y 425° del Código Procesal Civil. Dentro del sexto día de notificado mas el término de la distancia, el demandado deberá absolver por escrito el traslado de la demanda con los requisitos especificados en los Artículos 442 y 444 del citado cuerpo legal, deducirá en su caso las excepciones.

Son 29 folios.

Poder Judicial.
1638 06/02/1996 Modifícase el apartado d) del Inciso 5 del Artículo 186 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el que queda redactado en la forma siguiente:

d) Los Magistrados al jubilarse siguen gozando de los demás derechos adquiridos y los que les corresponda con arreglo a Ley y promulgación. Son 17 folios.

Poder Judicial.
1639 13/06/1996 La Corporación de Desarrollo de Lima y Callao es el organismo competente para atender los expedientes en trámite y los nuevos pedidos de demarcación territorial que le soliciten, de conformidad con el Decreto Supremo N° 044-90-PCM. Para su posterior remisión al órgano técnico de la Presidencia del Concejo de Ministros. Son 05 folios. Weberhofer Vildoso, Oswaldo, Alcalde Municipalidad San Pedro de Lurín.
1641 01/12/1995 Modifícase la Ley 26491, que a su vez modifica el Inciso 9) del Artículo 23° y los Artículos 27°, 29° y 30° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 23853 los cuales quedan redactados con el texto siguiente: Artículo 23°.- No pueden desempeñar los cargos de Alcalde y Regidor:

Inciso 9) Los que hayan sufrido condena por delito doloso. Son 05 folios.

Alcaldía Provincial de Piura.
1642 21/08/1996 La presente Ley norma la actividad educativa pública y privada en el territorio Nacional. Son 45 folios. Campos Baca, Carlos.
1643 28/05/1996 Derógase el Decreto Legislativo N° 808 que crea la Corporación de Desarrollo de Lima y Callao. Son 15 folios. Kouri Bumachar, Alexander, Alcalde Municipalidad Provincial del Callao.
1644 13/06/1996 Proponen la modificación del Artículo 204° del Text Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-PM del 28.5.93, por medio del cual se sancionaría a los Jueces o Vocales que incurran en dolo o en culpa inexcusable en el ejercicio de sus funciones.

Son 11 folios.

Vladimir Paz De La Barra, Colegio de abogados de Lima.
1645 29/04/1996 La presente Ley establece los procedimientos para la investigación Policial, la actuación de los miembros del Ministerio Público, la instrucción en los casos de delitos en agravio del turista extranjero.

Son 12 folios.

Ministerio Público.
1646 28/11/1995 Adjudícase en propiedad al Jurado Nacional de Elecciones el inmueble de dominio del Estado sito en la Avenida Nicolás de Piérola N° 1070 y Jr. Lampa N° 946. Son 07 folios. Jurado Nacional de Elecciones.
1647 19/02/1996 Establézcase la Fiscalía Especial de Turismo en el Ministerio Público, que en el plazo de treinta días determinará su organización y funciones. Son 11 folios. Ministerio Público.
1648 26/04/1996 Autorízase al Ministerio Público para la creación de las siguientes Tasas Fiscales: a) Las que genere el Instituto de Medicina Legal por la prestación de sus servicios; b) Las que genere el Instituto de Investigación cuando la prestación de sus servicios sea abierta al público, así como del producto de la venta de sus publicaciones. Son 17 folios. Ministerio Público.
1650 12/04/1996 Autorizar a la Administración Tributaria (SUNAT) y demás Entidades Administradoras Tributarias a complementar sus necesidades de fiscalización, valiéndose de los servicios de Auditores Tributarios Independientes Autorizados, previamente registrados y calificados como tales de acuerdo a Ley 13253 y a los requisitos que establezca el reglamento. Son 15 folios. Colegio de Contadores Públicos de Lima.
1651 13/11/1995 Modifíquese el Artículo 80° del Decreto Legislativo N° 776 en los siguientes términos: "El 2% de las rentas, recaudadas por cada una de las Aduanas Marítimas, Aéreas, Postales, Fluviales, Lacustres y Terrestres constituyen ingresos propios de los Concejos Provinciales y Distritales en cuya jurisdicción funcionan dichas Aduanas. Son 13 folios. Woll Muller, Kurt, Alcalde Municipalidad Provincial del Callao.
1652 13/11/1995 Para el ejercicio de las funciones principales y privativas de la Profesión Contable, los Contadores Públicos y las Asociaciones o Sociedades de Auditoría deberán de inscribirse únicamente en el Colegio de Contadores Públicos del Departamento que corresponda a su domicilio legal. Son 13 folios. Colegio de Contadores Públicos de Lima.
1653 13/11/1995 Se convoca a Referendo Nacional sobre el régimen de acciones, empresarial y de propiedad de la Empresa Petroperú, el que se realizará simultáneamente a las Elecciones Municipales de Noviembre de 1995. Son 09 folios. Alcaldía Provincial de Piura.
1654 13/11/1995 Esta Ley regula el procedimiento por delito de terrorismo que comprende: indagación policial preliminar, la instrucción, el juzgamiento e impugnación. Son 26 folios. Colegio de Abogados de Lima.
1656 13/11/1995 Los altos funcionarios del Estado señalados en el Artículo 99° de la Constitución Política del Perú, así como los Alcaldes y Presidentes de las Regiones, no podrán ausentarse del territorio Nacional durante cinco años siguientes a la fecha en que cesen en el ejercicio de sus funciones, sin previa autorización del Congreso de la República. Son 11 folios. Municipalidad de Lima Metropolitana.
1657 08/07/1996 Declárase que, en ampliación de lo dispuesto en el Artículo 65 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 23853, corresponde a éstas velar por la calidad de ambiente y el equilibrio ecológico de los Centros Poblados respectivos, así como de su entorno, dentro de su jurisdicción, sujetándose también en cuanto fuere pertinente a lo dispuesto por el Consejo Nacional del Medio Ambiente. Son 08 folios. Municipalidad Provincial de Arequipa.
1661 22/08/1996 Agregase al Artículo 648° del Código Procesal Civil, modificado por la Ley N° 26599, Inciso 10: Artículo 648°.- Bienes inembargables.- Son bienes inembargables: 1. Los casettes, discos duros y similares o análogos, que contengan, archiven o almacenen información, incluyendo los respectivos programas de ordenador. Son 13 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
1662 22/08/1996 Modifíquese el Artículo 7 del Decreto Legislativo N° 775 y Ley N° 26562, en los términos siguientes:

Artículo 7°.- Las exoneraciones contenidas en los apéndices I y II tendrán vigencia hasta el 31 de Diciembre del 2000.

Son 06 folios.

Espinoza Matos, María Jesús.
1663 22/08/1996 Establézcase un Canon del 20% sobre el total de ingresos y rentas percibidas por el Estado por concepto de utilidades generadas por las empresas de electricidad que utilizan la hidroenergía en su producción.

Son 36 folios.

Flores Quispe, Mauro, Alcalde Municipalidad Distrital de Colcabamba, Huancavelica.
1664 22/08/1996 Declárese de necesidad y utilidad pública el saneamiento legal de los Bienes Inmuebles de propiedad de las Municipalidades Provinciales y Distritales del País. Son 172 folios. Medelius Rodríguez, Oscar.
1665 22/08/1996 Prohíbese la importación y comercialización de llantas usadas, cualquiera sea su país de origen. Son 10 folios. Medelius Rodríguez, Oscar.
1666 22/08/1996 Modifíquese el segundo párrafo del Artículo 315° del Código Civil en los términos siguientes:

"Lo dispuesto en el párrafo anterior no rige para los actos de adquisición de bienes, los cuales pueden ser efectuados por cualquiera de los cónyuges. Tampoco rige en los casos considerados en las Leyes especiales". Son 10 folios.

Medelius Rodríguez, Oscar.
1667 22/08/1996 Los Feudatarios o poseedores que no estuvieran sujetos a procedimientos judiciales de reivindicación, desalojo o de cualquier otra acción posesoria y que estén poseyendo sus respectivas parcelas en forma pública, pacífica y contínua, adquieren la propiedad de su respectivo predio por Prescripción Adquisitiva de Dominio. La sentencia que acceda a la petición es título suficiente para cancelar el Asiento Registral en favor del antiguo dueño; no requiriendo sus Planos de Visación exigida por el Inciso 2 del Artículo 505 del CPC en los casos que se presente el respectivo Plano Catastral expedido por el Ministerio de Agricultura.

Son 05 folios.

Medelius Rodríguez, Oscar.
1670 22/08/1996 Modifíquense los Artículos IV y X del Título Preliminar y los Artículos 13, 14, 15 Inciso e), 20, 23, 24 Inciso a) b) y g), 27, 28, 29 Inciso a) c) y e), 31, 45, 48, 65, 82, 84, 85, 91, 95, 98, 107, 108, 110, 111, 113, 114, 117, 118, 120, 123, 124, 125, 129, 130, 131, 136, 137, 140, 142b), 143, 144, 145, 146, 147, 148, 151, 152, 153, 154, 155, 161 Inciso a) y d), 169, 183a) y d), 184, 185, 186, 187, 188, 191, 192, 193, 194, 195, 196, 197, 199, 200, 201, 202, 203, 208, 209, 210, 211, 212, 217, 218, 223, 224, 225, 226, 232, 239, 241, 244, 248, 251, 256, 257, 258, 259, 260, 261, 262, 263, 264, 265 y 266 del Código de los Niños y Adolescentes, aprobado por Decreto Ley N° 26102, en los términos siguientes: Artículo IV.- AMBITO DE APLICACION.- El presente Código regula la situación de los niños y adolescentes, el respeto a sus derechos y su protección integral, orientada a lograr su pleno desarrollo e incorporación a la sociedad como ciudadanos responsables que contribuyan al bienestar de la misma y a su realización individual. Son 31 folios. Medelius Rodríguez, Oscar.
1671 22/08/1996 Interprétase que los ingresos para los efectos de la aplicación del Inciso c) del Artículo N° 91° de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobada por Ley 25751, en el caso de las empresas que comercializan combustibles, es el monto correspondiente al margen de comercialización del grifero, así como aquellos ingresos distintos a los provenientes de la comercialización de los referidos bienes. Son 09 folios. Reátegui Trigoso, Carlos.
1672 23/08/1996 Créase la Superintendencia Nacional de Servicios Judiciales, también identificada como SUNSEJ, como una entidad integrante del Sistema Nacional de Administración de Justicia, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía funcional, administrativa, económica y financiera. Son 09 folios. Medelius Rodríguez, Oscar.
1676 23/08/1996 A partir de la vigencia de esta Ley, los inmuebles que correspondieron a la Ex Asociación Mutualista Magisterial y que han venido siendo administrados por la Asociación Nacional de Cesantes y Jubilados del Ministerio de Educación, serán entregados en propiedad exclusiva a las respectivas bases regionales de dicha entidad, en proporción al número de sus miembros que hubieren efectuado aportaciones en favor de dicha Mutualista por no menos de un año, con la obligación de utilizar dichos inmuebles, al igual que sus frutos, para la organización y funcionamiento de servicios asistenciales y recreativos, preferencialmente de los que puedan servir al mayor porcentaje posible de Docentes, Cesantes y Jubilados de las respectivas bases Provinciales. Son 06 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1677 23/08/1996 El Banco Central de Reserva por intermedio de COFIDE y de la Banca Comercial especialmente concertada al efecto, promoverá, cautelará y asegurará el otorgamiento de créditos al más largo plazo y al más bajo tipo de interés, según lo permitan las regulaciones de dicho Banco y los Convenios vigentes con las fuentes financieras internacionales, para la instalación de industrias en el territorio nacional, que tengan por objeto el tratamiento, procesamiento e industrialización de los productos naturales que correspondan a las Provincias en mención, preferentemente dentro de su propio territorio. Son 09 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1678 26/08/1996 La presente Ley establece los lineamientos generales que regirá la prestación del Servicio Civil del Graduando Universitario. Son 08 folios. Paredes Cueva, Mario.
1679 26/08/1996 De conformidad con lo establecido en el Inciso 6 del Artículo N° 102° de la Constitución, Amnistíase por esta única vez a todos aquellos trabajadores y demás ciudadanos a quienes se les viene procesando por presuntos delitos contra la seguridad y tranquilidad pública en la Corte Superior de Lima, a consecuencia de la marcha que llevaron a cabo el 26 de Noviembre de 1991, con ocasión de los reclamos efectuados por la Federación y Sindicato de Trabajadores de Construcción Civil de Lima y Balnearios. Son 03 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1681 26/08/1996 Por mérito de esta Ley se elevarán al doble las penas señaladas en los Artículos 6° y 7° de la Ley N° 26496, para las infracciones y delitos que se cometan contra la conservación de la vicuña, guanacos, sus híbridos y derivados. Son 08 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1684 13/08/1996 La admisión a la universidad se realiza mediante concurso. Este concurso se traduce en un exámen que será igual para todos los postulantes de cada universidad. En ningún caso, podrán ser evaluados quienes no hayan concluido satisfactoriamente sus estudios de nivel secundario. Son 18 folios Vargas Marín, Dennis / Cardoso Romero, Juan / Mellado Céspedes, Edith / Ruiz Dávila, Jorge / Trelles Montero, Jorge / Urrelo Guerra. Rafael.
1685 13/08/1996 El Presidente y Vicepresidentes de la República, los representantes al Congreso, Ministros de Estado, Miembros del Tribunal Constitucional y del Consejo Nacional de la Magistratura, los Magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público, el Defensor del Pueblo, los representantes de Organismos Descentralizados y Alcaldes y Regidores y demás funcionarios públicos, civiles, Militares y Policías, están obligados, al asumir sus cargos, a prestar juramento o promesa de honor de honrar al Perú y de proteger los intereses nacionales, así como de respetar, cumplir y defender la Constitución y el ordenamiento jurídico de la Nación. Son 08 folios. Alva Orlandini, Javier.
1686 13/08/1996 Presupuesto Funcional Programático Período 1997. Son 25 folios. Congreso de la República.
1687 26/08/1996 Tendrán el carácter de propiedad inajenable del Estado las líneas ferroviarias que son de su patrimonio. Son 05 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1688 26/08/1996 Declárase de necesidad pública que se erija un monumento adecuado, a la memoria de quien fuera ínclito Mariscal Don Andrés Avelino Cáceres Dorregaray, en la Plaza de Armas de la Ciudad de Huamanga. Son 07 folios Cáceres Velásquez, Roger.
1689 26/08/1996 Modifícase el Artículo 6° del Decreto Legislativo N° 719, Ley de Cooperación Técnica Internacional, con el siguiente texto: Artículo 6°.- El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología -CONCYTEC formula, coordina, estimula, promueve y ejecuta la política de investigación y desarrollo científico y tecnológico, en armonía con la política de desarrollo económico y social del País; orientadas a la formación de especialistas e investigadores, a través de las Universidades, Centros e Institutos de Investigación del País y del extranjero, mediante becas de post-grado conducentes a la maestría, doctorado y niveles de capacitación profesional. Son 10 folios. Sánchez Vega, José Gabriel.
1690 26/08/1996 Autorízase a los ciudadanos Peruanos que sean profesionales universitarios, técnicos calificados o posgraduados, que hayan estudiado o ejercido su actividad en el extranjero por un lapso no menor de dos años, gocen para su retorno al País de los siguientes beneficios:

a) Exención de todo tributo y pago de tasas aduaneras que graven la importación o recargo que se le imponga, para lo siguiente: 1.-Menaje del hogar, muebles y vestuario.

2.-Máquinas, equipos, literatura especializada de acuerdo con su profesión.

Son 06 folios.

Sánchez Vega, José Gabriel.
1692 27/08/1996 Modifícase los Artículos 38° y 39° del Código Penal, los mismos que quedan redactados con el texto siguiente: Artículo 38°.- La inhabilitación principal se extiende de seis meses a diez años. Son 11 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
1694 26/08/1996 Se acuerda solicitar al Congreso Nacional, en concordancia con el derecho de iniciativa en la formación de Leyes estipulada en la Constitución Política del Perú, Artículo centésimo sétimo, el considerar dentro de la Ley Orgánica de la Policía Nacional, próxima a debatirse y aprobarse, los mecanismos de regulación para la cooperación con los Municipios en materia de seguridad ciudadana por parte de la Institución Policial, dándose cumplimiento al mandato Constitucional expresado en el Artículo centésimo nonagésimo quinto de la carta magna. Son 23 folios. Municipalidad de Lima Metropolitana.
1695 28/08/1996 Transfiérase la Planta Lechera del Cusco, ubicada en el Distrito de San Jerónimo de la Provincia del Cusco, Departamento de Cusco, de propiedad de la Región Inca, a la Universidad Nacional San Antonio Abad de Cusco, con todas sus instalaciones, maquinarias, equipos, así como, su presupuesto y acervo documental para el cumplimiento de sus fines académicos, de investigación, experimentación, formación profesional, capacitación y de proyección a la comunidad cumpliendo los objetivos para los que la Planta Lechera del Cusco, fue instalada. Son 22 folios. Morales Costa, Lastenio.
1696 28/08/1996 Todas las personas que participen en los Órganos de asesoramiento, planeamiento central, y ejecución superior, a nivel de la Presidencia de la República, y de las Instituciones que dependen directamente de ella deben ser nombradas por Resolución Suprema suscrita por el Presidente del Consejo de Ministros. Son 23 folios. Estrada Choque, Aldo / Mohme Llona, Gustavo / Estrada Pérez, Daniel / Guerra-García Cueva, Roger / Flores-Araoz Esparza, Antero / Grados Bertorini, Alfonso / Díez Canseco Cisneros, Javier / Alva Orlandini, Javier / Flores Nano, Lourdes.
1697 28/08/1996 Amplíese el texto del Artículo 450° del Código Penal, con el siguiente tenor: Artículo 450°-A.- "El que, en establecimientos públicos y/o lugares abiertos al público expende y/o suministra bebidas alcohólicas o tabaco a menores de edad, será reprimido con sesenta a ciento veinte días-multa". Son 09 folios. Gamarra Olivares, Ernesto.
1698 28/08/1996 Declárese de necesidad y utilidad pública la ejecución de la obra "Vía de Evitamiento" de Chiclayo, ubicado en el Departamento de Lambayeque, Provincia de Chiclayo; en consecuencia exprópiese los terrenos eriazos, agrícolas y urbanos de los Distritos de Monsefú, La Victoria, Provincias de Chiclayo y Lambayeque, que sean necesarios para tales fines.

Son 15 folios.

Región Nor Oriental del Marañón.
1699 28/08/1996 Derógase la Ley N° 25123, por afectar a propietarios que contando con su respectivo Título de Propiedad debidamente registrado, fueron expropiados de un área de terreno privado, al amparo de esta Ley.

Son 03 folios.

Medelius Rodríguez, Oscar.
1700 28/08/1996 Declárese los Espectáculos Taurinos como manifestación popular de la Cultura Nacional. Son 06 folios. Medelius Rodríguez, Oscar.
1701 29/08/1996 Prohíbase desempeñar cargos políticos o de confianza, inclusive ad honorem, en los organismos del Estado, Fuerzas Armadas, Policía Nacional así como Servicio de Inteligencia nacional (SINA), a quienes resultaran sentenciados por narcotráfico o hayan participado en la defensa legal de procesados por este delito. Son 11 folios. Núñez Román, Edgar.
1703 29/08/1996 Modifícase el Artículo 1777° del Decreto Legislativo 295; Código Civil, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 1777°.- El Comitente tiene derecho a controlar y vigilar, por cuenta propia, la ejecución de la obra que ha contratado con el Contratista, a fin de verificar la buena o deficiente ejecución de la misma. Son 08 folios. Muñiz Ziches, Jorge.
1704 29/08/1996 Sustitúyese el Artículo 140° de la Constitución Política del Perú el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo140°.- La Pena de Muerte solo puede aplicarse por el Delito de Traición a la Patria en caso de guerra, terrorismo, y por delito de violación de la libertad sexual de menores de 10 años; conforme a las Leyes y a los Tratados de los que el Perú es parte obligada. Son 10 folios. Muñiz Ziches, Jorge.
1705 29/08/1996 La Junta Vecinal es una organización autónoma, conformada por los vecinos de una determinada localidad, creada con la finalidad de promover la participación de la comunidad en la gestión Municipal, dentro del ámbito de la respectiva circunscripción.

Son 22 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
1706 29/08/1996 Modifícase el Artículo 1° de la Ley N° 26335 Ley Orgánica de la Academia de la Magistratura, el cual queda redactado con el texto siguiente:

Artículo 1°.-La Academia de la Magistratura es una persona jurídica de derecho público interno que forma parte del Poder Judicial. Son 09 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
1707 29/08/1996 Modifícase la Segunda Disposición Final y Transitoria del Decreto Legislativo N° 839, el cual queda redactado con el texto siguiente: "Segunda.- Las Municipalidades ejercen la competencia y las funciones a que se refieren el primer párrafo del Artículo 4° y los numerales 1, 2 y demás pertinentes del Artículo 6° de este Decreto, en relación a la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos de su competencia". Son 11 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
1712 02/09/1996 Autorízase al Poder Ejecutivo, para el traslado de los restos del Sub-Teniente JUAN NICANOR CASTILLO SALAS, a la Cripta de los Héroes de la Guerra de 1879. Son 07 folios. Siura Céspedes, Gilberto.
1713 02/09/1996 Adiciónase al Artículo 111° del Código Penal el texto siguiente: "En caso que la muerte sea producido por la inobservancia al Artículo 451° Inciso 2°, la pena privativa de la libertad no será mayor a cuatro años y de cien a doscientos veinte días multa". Son 21 folios. Paredes Cueva, Mario.
1714 02/09/1996 Declárese de interés Regional y de necesidad y utilidad públicas, la ejecución de la obra materia del Proyecto "Vía de Evitamiento de Chiclayo", en la Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, a cargo del Consejo Transitorio de Administración Regional Nor Oriental del Marañón.

Son 28 folios.

Cardoso Romero, Juan / Castillo Chirinos, Arturo / Bartra Gonzales, Ángel / Torrejón De Chincha, Aurora.
1716 03/09/1996 Adiciónase un Inciso al Artículo 333 y modifíquese el texto de los Artículos 335, 345, 349 y 354 del Código Civil, que quedarán redactados en la siguiente forma: Artículo 333.- "Causal" Son causas de separación de cuerpos:

12.- Separación de hecho, cuya duración haya sido no menor de dos años contínuos. Son 205 folios.

Estrada Pérez, Daniel.
1721 29/05/1996 Ley que faculta a las Municipalidades a suscribir Convenios para el cobro de los Arbitrios Municipales.

Son 74 folios.

Alva Orlandini, Javier / Medelius Rodríguez, Oscar / Del Castillo Gálvez, Jorge / Flores-Araoz Esparza, Antero.
1722 29/08/1997 Las Trabajadoras del Hogar se sujetan al régimen determinado por la presente Ley y supletoriamente al régimen laboral de los trabajadores de la actividad privada. Son 42 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
1723 04/09/1996 La presente Ley es aplicable a los juegos de lotería y similares privados que no son organizados por las Sociedades de Beneficencia Pública. Son 12 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
1726 04/09/1996 Sustitúyase el texto del Artículo 78° de la Constitución Política del Estado por el siguiente:

Artículo 78.- El Presidente de la República envía al Congreso el Proyecto de Ley de Presupuesto dentro de un plazo que vence el primer día del mes de setiembre de cada año. Son 08 folios.

Figueroa Vizcarra, Jorge.
1727 04/09/1996 Sustitúyase el texto del Artículo 87° del Reglamento del Congreso de la República, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 26 de Junio de 1995, por los términos siguientes: Artículo 87.- Cualquier Congresista de la República puede pedir a los Ministros de Estado, a los Titulares de las entidades conformantes del Sistema Electoral, al Contralor General, al Presidente del Banco Central de Reserva, al Superintendente de Banca y Seguros, o a la máxima autoridad representativa de los Gobiernos Regionales y Locales y de los demás organismos del Sector Público, los informes que estime necesarios para el ejercicio de la función Parlamentaria. Son 11 folios. Figueroa Vizcarra, Jorge.
1730 05/09/1996 Compréndase a las Trabajadoras del Hogar dentro del Régimen Laboral de la Actividad Privada en general, con los mismos derechos y obligaciones que los demás trabajadores que laboran bajo relación de dependencia. Son 08 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1731 05/09/1996 Declárese de necesidad pública y objetivo prioritario para el desarrollo Nacional la integración de la Costa, Sierra y Selva norte del País, por medio de la "Vía Interoceánica Nor Peruana". Son 59 folios. Amorín Bueno, Adolfo.
1732 05/09/1996 Hágase extensivo los alcances de la Ley 24059 a los niños, adolescentes, personas en la tercera edad y TBC que se encuentren en estado de abandono moral y material. Son 15 folios. Municipalidad Provincial "Mariscal Nieto", Moquegua.
1733 05/09/1996 Declárese de interés Nacional la solución de los problemas de Demarcación Territorial, generados desde la época de la independencia a la fecha, con el fin de garantizar el normal desarrollo de las jurisdicciones políticas y administrativas del País. Son 09 folios. Espinoza Matos, María Jesús.
1734 05/09/1996 Créase la Comisión de Lucha contra la violencia sexual como ente rector encargado de diseñar, coordinar y ejecutar de manera integral las acciones de prevención de los delitos contra la libertad sexual. Son 23 folios. Díaz Díaz, Susana.
1735 05/09/1996 Adiciónase al Artículo 140° de la Constitución Política el siguiente párrafo: "Asimismo podrá aplicarse la pena de muerte a los autores de los delitos de violación sexual en agravio de menores de edad con arreglo a lo dispuesto en el Código Penal".

Son 22 folios.

Díaz Díaz, Susana.
1736 06/09/1996 La presente Ley se denomina LEY DE CAJAS MUNICIPALES. Establece los requisitos, derechos, obligaciones, garantías, restricciones y demás condiciones de funcionamiento de las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito en el territorio de la República, con exclusión del área metropolitana de Lima y el Callao.

Son 48 folios.

Estrada Pérez, Daniel.
1737 06/09/1996 Modifícase el Artículo 11° de la Ley N° 26504, cuyo texto quedará redactado en la forma siguiente: Artículo 11°.- El trabajador puede elegir libremente la AFP a la cual desea afiliarse. Son 06 folios. Núñez Román, Edgar.
1738 06/09/1996 Añádase al Artículo 7° de la ley 26457 el siguiente párrafo: "Para efecto de lo dispuesto en el párrafo anterior, las personas que sean o hayan sido miembros de las Comisiones Reorganizadoras, quedan impedidas de postular a cargo alguno en las elecciones convocadas. Son 17 folios. Gamarra Olivares, Ernesto.
1739 06/09/1996 Se considera niño a todo ser humano desde su concepción hasta cumplir los doce años de edad y adolescente entre los doce y un día y hasta los dieciocho años de edad. Son 65 folios. Alva Orlandini, Javier.
1740 08/05/1996 Reconócese la propiedad de los terrenos ribereños del Océano Pacífico existentes en la jurisdicción de los Distritos de Villa El Salvador, Pachacámac, Lurín, Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar y Pucusana a las respectivas Municipalidades Distritales, con la finalidad de promover el desarrollo conjunto de actividades turísticas, recreativas y culturales de los balnearios del Sur de Lima. Son 46 folios. Municipalidad de Santa María del Mar.
1741 20/08/1996 La universidad es una persona jurídica sin fines de lucro, constituida por Profesores, Estudiantes y graduados. Se dedica al estudio, la investigación científica, la educación y la difusión del saber y la cultura y a su extensión y proyección sociales.

Son 28 folios.

Huamanchumo Romero, Juan / Vega Ascencio, Anastasio.
1742 20/08/1996 La Universidad es la comunidad de Profesores Alumnos y graduandos con derechos y obligaciones diferentes que se dedica al estudio y la formación académica y profesional a nivel superior; a la investigación científica, tecnológica y humanística; a la difusión de la ciencia y la cultura; a su extensión y servicios a la sociedad y a la producción de bienes y servicios para el cumplimiento de sus fines. Son 33 folios. Campos Baca, Carlos.
1743 20/08/1996 La presente Ley norma la actividad educativa pública y privada en el territorio Nacional. Son 35 folios. Campos Baca, Carlos.
1744 20/08/1996 La presente Ley afirma el derecho social a la educación y la obligación y responsabilidad del Estado de hacer posible el uso de este derecho como servicio público fundamental y gratuito para todos. Son 34 folios. Breña Pantoja, Rolando / Díez Canseco Cisneros, Javier / Reto Neyra, Santos.
1745 20/08/1996 Cúmplase irrestrictamente la Ley del Profesorado N° 24029, modificada por Ley N° 25212 y de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 019-90-ED; reestableciéndose a los derechos conculcados, regularizando los restringidos e implementándose los que no fueron de oportuna ejecución. Son 10 folios. Breña Pantoja, Rolando / Díez Canseco Cisneros, Javier / Reto Neyra, Santos.
1747 20/08/1996 La presente Ley norma la actividad educativa pública y privada en el territorio Nacional. Son 35 folios. Rey Rey, Rafael / Chirinos Soto, Enrique / Salazar Larraín, Arturo.
1748 20/08/1996 La Universidad es la comunidad de Profesores Alumnos y graduandos que se dedica al estudio, la formación académica y profesional; a la investigación científica, tecnológica y humanística; a la difusión de la ciencia y la cultura; a su extensión social y a la producción de bienes y servicios para el cumplimiento de sus fines. Son 36 folios. Cardoso Romero, Juan / Ruíz Dávila, Jorge / Sánchez Vega, Gabriel / Mellado Céspedes, Edith.
1750 20/08/1996 La educación es un bien social y un servicio que se ofrece en el territorio de la República del Perú a través de los Centros de Educación a cargo del Estado y del sector privado. Son 23 folios. Huamanchumo Romero, Juan / Vega Ascencio, Anastasio.
1751 20/08/1996 De acuerdo a lo dispuesto por el último párrafo del Artículo 19° y los Artículos 58 y siguientes de la Constitución Política del Estado, a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley, los Centros Educativos organizados como personas jurídicas mercantiles o bajo cualquier otra forma empresarial, con o sin personalidad jurídica, estarán incluidos en el régimen tributario común, es decir, el aplicable a las actividades económicas empresariales, eliminándose en consecuencia las exoneraciones, inafectaciones, y demás beneficios tributarios otorgados con carácter subjetivo por las normas vigentes. Son 20 folios. Avendaño Valdez, Jorge.
1752 20/08/1996 Constituye finalidad principal de la presente Ley, normar y regular el ejercicio profesional del Biólogo, con registro de matrícula vigente en el Colegio de Biólogos del Perú creado por Decreto Ley 19364, en las diversas Instituciones de la administración pública y en el sector de la actividad privada, en lo que fuera aplicable, conforme a la reglamentación de la presente Ley. Son 28 folios. Samalvides Dongo, Helbert / Campos Baca, Luis / Sánchez Vega, José / Villasante Chambi, Cristóbal / Ruiz Dávila, Jorge / Jhong Junchaya, Juan / Díaz Bringas, Edilberto / Barbarán Rengifo, Carlos / Morales Costa, Lastenio / Abanto Pongo, Alejandro.
1753 20/08/1996 Declarar de necesidad Regional e interés Nacional, completar la construcción y habilitación de infraestructura turística y deportiva en la Ciudad de Arequipa, que permitan realizar los Juegos Bolivarianos de 1997.

Son 08 folios.

Sandoval Aguirre, Oswaldo / Siura Céspedes, Gilberto / Patsías Mella, Demetrio.
1754 20/08/1996 La Universidad es una Institución tutelar de la Patria de carácter educativo Nacional y autónomo al servicio de la sociedad, que se dedica al estudio de la formación académica, investigación tecnológica, a la difusión del saber y la cultura con aspecto crítico, científico y social. Son 30 folios. Breña Pantoja, Rolando / Morales Costa, Lastenio / Reto Neyra, Santos.
1755 20/08/1996 Las transferencias de la propiedad de tierras rústicas en las que se asienten bienes considerados Patrimonio Cultural de la Nación, se sujeta a las reglas que establece la presente Ley, sea que se trate de operaciones onerosas o a título gratuito inter vivos.

Son 13 folios.

Estrada Pérez, Daniel.
1756 20/08/1996 La presente Ley norma la actividad educativa pública y privada en toda la República. Son 32 folios. Cardoso Romero, Juan / Sánchez vega, José.
1757 20/08/1996 La presente Ley norma la actividad educativa pública y privada en toda la República. Son 20 folios. Gutiérrez Mercedes, Virgilio.
1758 20/08/1996 La presente Ley norma la actividad educativa pública y privada en el territorio Nacional. Son 22 folios. Vega Ascencio, Anastasio.
1759 20/08/1996 La presente Ley propone la creación de Centros Especiales de Gestión Científica Estatal para niños con coeficiente intelectual superior a lo normal. Son 27 folios. Núñez Román, Edgar.
1760 04/11/1996 El patrimonio cultural de la nación se encuentra bajo el amparo del Estado y de la Comunidad Nacional. Son 120 folios. Cerro Moral, María Ofelia.
1763 20/08/1996 Declárese de interés nacional la promoción, edición, producción, comercialización, libre circulación y difusión del LIBRO en general, así como el cumplimiento de los objetivos fundamentales que esta Ley señala. Son 20 folios. Reto Neyra, Santos.
1764 20/08/1996 La presente Ley norma la actividad educativa y privada en toda la República. Son 26 folios. Ruíz Dávila, Jorge.
1765 30/09/1996 El profesorado está integrado por los agentes que desempeñan funciones en las áreas del Sistema de la Educación Peruana establecidas por ésta Ley Son 40 folios. Huamanchumo Romero, Juan / Cardoso Romero, Juan.
1766 20/08/1996 Autorizar a las Universidades la creación de las carreras profesionales universitarias intermedias con una duración de cinco (5) ciclos académicos en todas las profesiones universitarias que se justifique, otorgando el título universitario de Perito con denominación propia. Son 08 folios. Villasante Chambi, Cristóbal.
1767 20/08/1996 Modifícase los Artículos 1°, 3°, 5°, de la Ley N° 26439, cuyo texto quedará redactado en la forma siguiente: Artículo 1°.- Créase el Consejo Nacional para la autorización de funcionamiento de Universidades (CONAFU), como organismo público con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera; con sede en la Ciudad de Lima. Son 09 folios. Núñez Román, Edgar.
1768 20/08/1996 Prorrógase por un año el proceso de reorganización de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y de la Universidad Nacional Enrique Guzmán y Valle dispuesta por el Artículo 10° de la Ley 26547 con el objeto que cumplan con dar una nueva estructura orgánica a la Universidad, se lleve a cabo el proceso de racionalización del personal docente y no docente y se constituyan los nuevos órganos de gobierno. Son 10 folios. Cardoso Romero, Juan / Sánchez Vega, José / Ruíz Dávila, Jorge / Mellado Céspedes, Edith.
1769 20/08/1996 Elévese a rango de Ley la Resolución Suprema 025 de fecha 6 de Febrero de 1952, quedando derogadas las Resoluciones que modifiquen la presente. Son 27 folios. Larrabure Gálvez, César / Reto Neyra, Santos.
1770 20/08/1996 Establézcase como aplicación de la Ley N° 26457, que dispone regularizar o modernizar las Universidades Estatales sujetas a Reorganización, un Plan General de Desarrollo Universitario que direccione estos procesos. Dicho Plan tendrá en cuenta las particularidades y potencialidades propias de cada una de estas universidades, las cuales deberán ser consideradas en sus planes estratégicos de desarrollo. Son 17 folios. Pulgar Lucas, Enrique Orlando.
1773 20/08/1996 La presente Ley norma la actividad pública y privada en el ámbito del territorio Nacional. Son 29 folios. Núñez Román, Edgar.
1774 20/08/1996 Créase el Servicio Voluntario de Egresados (SEVOL) que será prestado por los educandos al culminar sus estudios universitarios. Son 10 folios. Forsyth Mejía, Harold.
1775 20/08/1996 Las cintas cinematográficas que contengan material pornográfico, entiéndase con escenas aberrantes y reñidas con la moral, tales como actos contra natura, prácticas sexuales con homosexuales, con lesbianas o cuadros de sadomasoquismo entre otros, sólo podrán ser exhibidas en los cines a partir de las 10.00 pm y estrictamente para público adulto. Son 08 folios. Chu Rubio, Luis.
1778 20/08/1996 Las Asambleas Universitarias de las Universidades creadas y en actividad hasta la fecha, que tengan su sede en la Capital de la República, deberán antes de aprobar la ampliación de su actividad docente en la capital de su sede universitaria, propiciar la creación y funcionamiento de filiales en el interior del País, excepto en las Capitales de Departamentos.

Son 13 folios.

Ruíz-Caro Álvarez, Víctor.
1780 20/08/1996 La Universidad es la comunidad de: Docentes, Estudiantes y graduados al servicio de la Sociedad Peruana. Son 27 folios. Estrada Choque, Aldo / Fernández Baca, Graciela / Vargas Marín, Dennis.
1782 20/08/1996 El Quechua es idioma oficial de acuerdo a la Constitución Política del Perú, en aquellas zonas donde predominantemente es hablado por la población, tomando como base el último censo nacional de población.

Son 16 folios.

Ruíz-Caro Álvarez, Víctor.
1783 20/08/1996 Autorízase el funcionamiento de la ESCUELA SUPERIOR DE GESTION EMPRESARIAL (ESGE), como persona jurídica de derecho privado, sin fines de lucro; su organización y funcionamiento, se rige de conformidad con sus estatutos y la Legislación vigente. Son 24 folios. Villasante Chambi, Cristóbal / Barreto Estrada, Gamaniel / Sánchez Vega, José / Rodas Díaz, Erland / Abanto Pongo, Alejandro / Figueroa Vizcarra, Jorge / Vicuña Vásquez, Eusebio.
1787 20/08/1996 Créase el Sistema Nacional de Bienestar Social, el cual está compuesto por las Sociedades de Bienestar Social, incluidas las de carácter privado, y por la Superintendencia de Sociedades de Bienestar Social. Son 29 folios. Guerra-García Cueva, Roger.
1788 20/08/1996 Modifícase el Artículo 3° de la Ley N° 25357, cuyo texto quedará redactado de la forma siguiente: Artículo 3°. Los responsables o propietarios de la conducción de los espacios que se indican en los Artículos precedentes se obligan a cumplir con lo que dispone la presente Ley. Son 12 folios. Núñez Román, Edgar.
1789 20/08/1996 La presente Ley, regula la Constitución y funcionamiento de los CLUB DE MADRES, como Organizaciones Sociales de Base, que se constituyen como Asociaciones Civiles integradas por mujeres de escasos recursos económicos, para servir a su comunidad, sin fines de lucro.

Son 10 folios.

Del Castillo Gálvez, Jorge / Velásquez Quesquén, Javier / Morales Costa, Lastenio / Ghilardy Álvarez, Freddy / Mantilla Campos, Agustín / Santa María Silva, Alejandro.
1790 20/08/1996 Declárase de prioritario interés Nacional la labor que realizan los voluntarios en el territorio Nacional, en lo referido al servicio social que brindan a las familias y personas de menores recursos. Son 23 folios. Forsyth Mejía, Harold.
1791 20/08/1996 Proponen derogar la Ley 25248, por la que se adjudicó un terreno de propiedad del Ministerio de Salud a la Asociación de Vivienda Villa Salud 1. Son 26 folios. Gutiérrez Mercedes, Virgilio / Chiroque / Chang Ching, Luis / Díaz Bringas, Edilberto / Medelius Rodríguez, Oscar / Villasante Chambi, Cristóbal / Torrejón De Chincha, Aurora / Campos Baca, Luis / Ezquerra Cáceres, Rigoberto / Cardoso Romero, Juan / Colchado Arellano, Genaro / Espinoza Matos, María Jesús / Abanto Pongo, Alejandro / Rodas Díaz, Erland / Delgado Aparicio, Luis / Chávez Serrano, Jubert / Figueroa Vizcarra, Jorge / Jhong Junchaya, Juan.
1794   Son fines de la presente Ley, promover, normar y controlar las actividades de producción, procesamiento y comercialización de semillas de calidad en el territorio Nacional y fomentar su utilización, así como también estimular las actividades de investigación fitogenética en el área de semillas.

Son 94 folios.

Larrabure Gálvez, César.
1795 04/09/1998 La presente Ley, tiene por objeto promover y normar el uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre, asegurando la conservación de las especies para beneficio de las generaciones presentes y futuras. Son 19 folios. Larrabure Gálvez, César.
1796 02/09/1998 La presente propone una Ley Orgánica para el Aprovechamiento de los Recursos Naturales. Son 17 folios. Merino Lucero, Beatriz / Fernández Baca, Graciela / Grados Bertorini, Alfonso / Díez Canseco Cisneros, Javier / Estrada Pérez, Daniel / Flores Nano, Lourdes / Olivera Vega, Fernando.
1798 02/09/1996 Declárese de interés Nacional el desarrollo sostenible de las áreas tradicionalmente dedicadas al cultivo de la coca. Son 22 folios. Campos Baca, Luis.
1799 02/09/1996 Es objetivo de la presente Ley fomentar la participación de la iniciativa privada en la investigación, producción, procesamiento y mercadeo de semillas de variedades útiles a la población, delimitando las acciones del Estado a la normatividad, inspección, supervisión, control y certificación. Son 99 folios. Samalvides Dongo, Helber,
1800 02/09/1996 Modifíquese la Cuarta Disposición Final de la Ley N° 26505, en los siguientes términos: "CUARTA DISPOSICIÓN FINAL".-Adecúense los trámites sobre el cambio de uso o propiedad de tierras agrícolas incluyendo las de áreas agrícolas periféricas, a lo establecido en el Artículo 20° del Decreto Legislativo N° 653.

Son 43 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
1801 02/09/1996 Modifícase el Artículo 5° del Decreto Legislativo N° 802, el mismo que queda redactado bajo los términos siguientes: "La deuda tributaria, determinada según lo dispuesto en el Artículo que antecede será actualizada aplicándose el Índice de Precios al Por Mayor acumulado desde el último día del mes que precede al de la exigibilidad de la deuda hasta el último día que precede al mes en que se acoge al PERTA. Son 46 folios. Velásquez Quesquén, Javier / Mohme Llona, Gustavo / Del Castillo Gálvez, Jorge / Santa María Silva, Alejandro.
1802 10/09/1996 En el caso de que se abriera instrucción penal contra el Primer y Segundo Vicepresidente, éstos deberán poner a disposición del Presidente de la República sus cargos respectivos, suspendiéndose todas las funciones y prerrogativas propias de su condición, hasta que culmine el proceso penal.

Son 10 folios.

Chipoco Cáceda, Carlos.
1803 10/09/1996 Aprobar la Ley que norma la actividad de las Cajas Rurales de Ahorro y Crédito, cuyo cuerpo aparece a continuación, formando parte integrante de la presente Norma. Son 28 folios. Barbarán Rengifo, Carlos.
1805 10/09/1996 Créase el Tribunal Fiscal como una Institución Pública Descentralizada del Sector Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, con patrimonio propio y autonomía funcional, económica, técnica, financiera y administrativa. Son 07 folios. Fernández Baca de Valdez, Graciela.
1806 10/09/1996 Modifícase el Artículo 79° del Reglamento del Congreso de la República, el mismo que en adelante tendrá el texto siguiente: "Artículo 79°.- La autógrafa de la proposición de Ley o Resolución Legislativa será enviada al Presidente de la República para su promulgación en un plazo máximo de diez días útiles contados a partir de la fecha de su aprobación por el Pleno, bajo responsabilidad del Presidente del Congreso. Son 13 folios. Fernández Baca de Valdez, Graciela.
1807 10/09/1996 Establézcase el beneficio de regularización y pago de deudas tributarias, mediante el cual se extinguen los intereses y el pago de multas, permitiéndose el pago al contado o fraccionado de los tributos actualizados que se encuentren total o parcialmente impagos a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley. Son 10 folios. Fernández Baca de Valdez, Graciela.
1808 10/09/1996 Modifícase el Inciso d) del Artículo 16 del Decreto Ley N° 26002, el mismo que queda redactado de la siguiente manera: "Artículo 16.-El Notario está obligado a: d) Cobrar honorarios profesionales que no superen el arancel vigente. Son 44 folios. Huamanchumo Romero, Juan.
1810 10/09/1996 La presente Ley tiene por finalidad institucionalizar en forma definitiva la vida académica y administrativa de la Universidad Nacional de Tumbes, creada por Ley N° 23881 y Ley 24904. Son 08 folios. Campos Baca, Luis.
1812 10/09/1996 Créase el Fondo de Desarrollo y Crédito para la Pequeña y Micro-Empresas, que también se denominará FONDEC-PYME, como instrumento Financiero de Alcance Nacional, cuyo objetivo será desarrollar un Sistema de Créditos y Estructurar un Sistema de Garantías, a favor de estos sectores.

Son 07 folios.

Barbarán Rengifo, Carlos.
1813 10/09/1996 Constitúyase el Consejo Nacional Supervisor de los Ramos de Loterías, encargado de supervigilar el correcto funcionamiento y manejo de dichos Ramos a nivel Nacional, cuya conformación será la siguiente: a) Un representante del Ministerio de Salud, quien lo presidirá;

b) Un representante de los Ramos de Loterías elegido entre los miembros que integran los Comités Ejecutivos de dichos Ramos de Loterías. Son 07 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
1814 10/09/1996 Créase la Comisión Supervisora de Centros de Rehabilitación (COSUCRE), la que tendrá por finalidad la supervisión y vigilancia del buen funcionamiento de los centros privados, dedicados a la rehabilitación de personas aquejadas por el alcoholismo o drogadicción. Son 11 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1815 10/09/1996 Sólo será exigible la presentación del certificado de antecedentes penales, en los casos en que se pretenda la promoción de Institutos o Centros Educativos Privados, debiendo denegarse la atención de lo solicitado, en caso de acreditarse la existencia de antecedentes penales en los certificados correspondientes a los promotores. Son 05 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1816 10/09/1996 Modifícase el primer párrafo del Inciso 1, del Artículo 833 del Código Procesal Civil-Decreto Legislativo N° 768, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 833°.- Notificación Edictal e Inscripción Registral.-

Admitida la solicitud el Juez dispone: 1°.- La publicación de un aviso tanto en el Diario de los anuncios Judiciales de la localidad, como en otro de amplia circulación. A falta de éste, en el Diario de la Provincia, Departamento o Región, o en la emisora de mayor sintonía. Son 07 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
1817 10/09/1996 La población civil proveniente de zonas afectadas por la violencia política, que haya sido coaccionada por grupos subversivos y/o obligada a cometer actos tipificados como delitos de terrorismo o traición a la Patria, podrá acogerse al procedimiento establecido en la presente Ley. Son 13 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1818 10/09/1996 Créase la Empresa Nacional Comercializadora de Productos Peruanos Originarios (ENACOPRO), como ente empresarial autónomo, ubicada dentro de la esfera del Ministerio de la Presidencia y sujeto a la fiscalización de la Corporación Nacional de Desarrollo (CONADE), destinado a la compra al por mayor de productos vegetales o pecuarios, que correspondan en no menos del 50% del total mundial al Perú. Son 08 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1819 10/09/1996 Autorícese al Jurado Nacional de Elecciones, a la Oficina Nacional de Procesos Electorales y al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, órganos que componen el Sistema Electoral, para que, por consenso puedan aplicar, en forma excepcional, en los comicios complementarios ediles, a llevarse a cabo en Noviembre del presente año de 1,996, los modernos sistemas electrónicos e informáticos, para la emisión, registro y cómputo de los votos. Son 03 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1821 10/09/1996 Establécese que para efectos del internamiento a través de las Aduanas de la República, de todo vehículo, maquinaria, mercancía o artículo, será requisito insoslayable que dichos bienes vayan en cada caso acompañados de su memoria descriptiva e indicaciones para su uso, impreso en idioma Castellano, sin perjuicio del que le corresponde según su lengua de origen. Son 10 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1822 10/09/1996 Reconócese a los Municipios Provinciales y Distritales del Perú, el derecho de solicitar al Poder Ejecutivo por acuerdo de los dos tercios de sus integrantes, que en aplicación de las atribuciones de que está investido, disponga la obligatoriedad del uso del idioma Quechua, del Aymara o de otra lengua aborigen, cuando una de dichas lenguas sea hablada simultáneamente con el Castellano. Son 06 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1823 10/09/1996 Créase la Superintendencia Nacional de Educación -SUNEP- como Institución Pública Descentralizada e Independiente, en el sector Educación, con personalidad jurídica de derecho público, con patrimonio propio y autonomía funcional, económica, técnica, financiera y administrativa. Son 07 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1824 10/09/1996 Los locales, solares, casas e inmuebles ubicados en las Provincias de Lima y Callao que sean incautados o embargados por efecto de la represión contra el Tráfico Ilícito de Drogas, podrán entregarse preferencialmente en uso a las entidades representativas de los residentes de las Provincias y Distritos del Perú, en dichas localidades, a condición de que dichas entidades carezcan de local propio.

Son 20 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
1826 10/09/1996 Sustitúyase el texto del Artículo 140° de la Constitución Política del Estado por el siguiente: Artículo 140°.- La pena de muerte sólo puede aplicarse por el delito de traición a la Patria en caso de guerra, y el de terrorismo, así como a los casos de violación seguidos de muerte de menores de edad, conforme a las Leyes y a los Tratados de los que el Perú es parte obligada. Son 09 folios. Figueroa Vizcarra, Jorge.
1827 02/09/1996 Autorícese al Ministerio de Economía y Finanzas a proveer los fondos necesarios, para la elaboración de un estudio para la ejecución de un programa integral de gestión ambiental, que conlleve la recuperación del área de la Bahía de El Ferrol y Coishco de la Provincia del Santa y Paita, acorde a la disponibilidad de recursos. Son 14 folios. Ghilardi Álvarez, Freddy.
1828 02/09/1996 Constitúyase una Comisión Técnica Multisectorial encargada de evaluar el impacto ambiental y las consecuencias de las actividades sociales y productivas, en especial la Minero-Metalúrgica, en el ámbito de influencia de los Departamentos de Junín, Cerro de Pasco y Huánuco. Son 09 folios. Vicuña Vásquez, Eusebio.
1829 02/09/1996 Restitúyase el Artículo 71° del Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, tal como fue promulgado por el Decreto Legislativo N° 613.

Son 14 folios.

Santa María Silva, Alejandro.
1830 02/09/1996 Declárese como Reserva Natural Intangible y de Interés Nacional, El Bosque de Puyas Raimondi, ubicado en el Distrito de Pueblo Libre, Provincia de Huaylas del Departamento de Ancash, a fin de prevenir y conservar el equilibrio ecológico de la zona. Son 11 folios. Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis / Heresi Abdelnour, Moisés.
1832 26/081996 Créase la Superintendencia Nacional de Privatizaciones, como Organismo Público Autónomo perteneciente al sector Presidencia del Consejo de Ministros.

Son 14 folios.

Reto Neyra, Santos / Estrada Pérez, Daniel / Mohme Llona, Gustavo.
1833 26/08/1996 Promuévase la creación y funcionamiento en las Ciudades del interior del País de Almacenes Aduaneros, para lo cual el Estado alentará el otorgamiento de crédito a través de financieras del Estado y de la Banca Privada en condiciones que permitan la puesta en marcha de dichos almacenes. Son 14 folios. Ruíz-Caro Álvarez, Víctor.
1834 15/08/1996 Autorízase a los ciudadanos Peruanos que sean profesionales universitarios, técnicos calificados o posgraduados, que hayan estudiado o ejercido su actividad en el extranjero por un lapso no menor de dos años, gocen para su retorno al País de los siguientes beneficios: a) Exención de todo tributo y pago de tasas aduaneras que graven la importación o recargo que se le imponga. Son 13 folios. Sánchez Vega, José Gabriel.
1835 08/07/1996 Modifícase el Artículo 95° de la Ley Orgánica del Banco Central de Reserva (DL26123, por el siguiente: Artículo 95°.- El Banco Central de Reserva esta sujeto al control posterior de la Contraloría General de la República, en lo que concierne a la ejecución presupuestal, y en lo relacionado a la administración de las reservas internacionales, realizándose, para esta última función, una auditoría anual específica, con indicación de los movimientos de cuentas, y explicaciones de los resultados de utilidades o pérdidas, en cada caso. Son 43 folios.

 

Mohme Llona, Gustavo.
1836 26/08/1996 Deróguese el Decreto Ley N° 22591, que crea el Fondo Nacional de Vivienda (FONAVI) y todas las normas conexas. Son 17 folios. Chipoco Cáceda, Carlos.
1837 26/08/1996 Otórgase hasta el 16 de Enero de 1998, el beneficio de fraccionamiento tributario para el pago de aranceles aduaneros, generados con motivo de la importación de maquinarias y equipos destinados a la reconversión empresarial. Son 14 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
1838 26/08/1996 Modifíquese el Artículo 19° del Decreto Legislativo 776°, Ley de Tributación Municipal, que propone que los pensionistas propietarios abonen sólo el 10% de cualquier arbitrio o tributo municipal creado o por crearse. Son 11 folios. Barrón Cebreros, Xavier.
1841 11/09/1996 Derógase el Decreto Legislativo N° 796.

Son 03 folios.

Medelius Rodríguez, Oscar.
1842 12/09/1996 Los contratistas de obras públicas y las personas naturales o jurídicas proveedoras de productos manufacturados a las entidades u organismos del Sector Público, están obligados a contratar como trabajadores a los liberados de establecimientos penitenciarios que han cumplido su condena, a los indultados, así como a quienes se encuentran en liberación condicional, en un 10% del total de trabajadores que emplean en tales obras, o en la elaboración de los productos manufacturados para el sector público, según corresponda. Son 16 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
1845 12/09/1996 Modifícase el segundo párrafo del Artículo 45° del Decreto Ley 25593, Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, el cual queda redactado en los términos siguientes: "Artículo 45°.-(Segundo Párrafo)

De existir convención en algún nivel, para entablar otra en un nivel distinto, con carácter sustitutorio o complementario, es requisito indispensable el acuerdo entre las partes, no pudiendo establecerse por acto administrativo ni por laudo arbitral. Son 06 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero / Flores Nano, Lourdes / Barrón Cebreros, Xavier.
1846 12/09/1996 Otórguese mérito ejecutivo al Acta de Conciliación Extra-Judicial celebrada en la Defensoría Municipal del Niño y Adolescente, a que se refieren los Incisos c) y d) del Artículo 48° del Código de los Niños y Adolescentes, que contenga obligación de pago de suma líquida o susceptible de valorizarse. Son 04 folios. Medelius Rodríguez, Oscar.
1847 13/09/1996 Modifícase el Artículo 9° del Decreto Ley N° 25897 por el texto siguiente: "Artículo 9°.- En el caso de optar el trabajador por dejar el régimen del IPSS e incorporarse al SPP, recibe un "Bono de Reconocimiento" emitido por el IPSS por el monto correspondiente a los beneficios del trabajador en función a los meses de sus aportes al IPSS hasta la fecha de vigencia de la presente Ley. Son 08 folios. Núñez Román, Edgar.
1848 26/09/1995 Derógase el Inciso d) del Artículo 16° y el Inciso h) del Artículo 130° del Decreto Ley 26002 "Ley del Notariado". Son 09 folios. Flores-Aráoz Esparza, Antero.
1849 13/09/1993 Todos los Centros de Trabajo del sector público y privado están obligados a brindar el servicio de "Cuna Infantil" a los hijos de los trabajadores menores de un año. Son 17 folios. Salgado Rubianes De Paredes, Luz.
1850 13/09/1996 Están impedidos de celebrar contratos laborales o de locación de servicios, los asesores, los consultores y los miembros de la Comisión de Promoción a la Inversión Privada (COPRI) o de los Comités Especiales de Promoción de la Inversión Privada (CEPRI) con las personas, naturales o jurídicas, postoras en los procesos de privatización que ejecutan estos Comités; así como con las personas naturales o jurídicas adquirentes de los bienes privatizados.

Son 12 folios.

Salgado Rubianes De Paredes, Luz / Hildebrandt Pérez Treviño, Martha.
1852 16/09/1996 Señálese como fecha definitiva de Fundación Republicana de la Ciudad de Iquitos el día 18 de Octubre de 1928, en virtud de que en esa oportunidad el pueblo de Iquitos juró la Constitución del Perú promulgada por el Gobierno de Don José de La Mar, en Marzo de ese mismo año, dos años antes de que Ecuador existiera como Estado. Son 10 folios. Campos Baca, Luis.
1853 16/09/1996 Concédase a los deudos de los fallecidos en la masacre de ocho periodistas ocurrida el 26 de enero de 1983 en la Comunidad Campesina de Uchuraccay, Provincia de Huanta, Departamento de Ayacucho, y en la masacre ocurrida el 3 de noviembre de 1991 en el Jirón Huanta 840, Cercado de Lima, y a los que resultaron heridos como consecuencia de este último crimen, el derecho a recibir una reparación económica excepcional y única ascendiente a 14 U.I.T. Son 23 folios. Gamarra Olivares, Ernesto / Díez Canseco Cisneros, Javier / Mohme Llona, Gustavo.
1854 12/09/1996 Créase el Registro Nacional de Víctimas Inocentes del Terrorismo (RENAVIT), con la finalidad de facilitar las acciones reparadoras del Estado para con estas víctimas, en el campo de la salud, la educación, la vivienda, la tributación, y otros.

Son 13 folios.

 

Forsyth Mejía, Harold.
1855 08/08/1996 Modifícase el Artículo 120° del Decreto Legislativo N° 635, Código Penal, por el siguiente texto:

"Artículo 120°.- No es punible el aborto practicado por un médico, con el consentimiento de la mujer embarazada o de su representante Legal, si lo tuviere, si éste ocurre bajo las siguientes condiciones: 1.- Cuando el embarazo sea consecuencia de violación sexual fuera de matrimonio, o inseminación artificial no consentida y ocurrida fuera del matrimonio, siempre que los hechos hubieren sido denunciados ante el Ministerio Público. Son 32 folios.

Forsyth Mejía, Harold.
1856 09/09/1996 Créase una Persona Jurídica de Derecho Público denominada AUTORIDAD AUTONOMA DE MACHUPICCHU. Son 36 folios. Estrada Pérez, Daniel.
1857 09/09/1996 Declárase en emergencia las Cuencas hidrográficas de los ríos Chillón, Rímac y Lurín, desde su naciente hasta su desembocadura y el ecosistema marino de borde desde la Bahía de Ancón hasta la Caleta de Pucusana. Son 14 folios. Merino Lucero, Beatriz.
1858 16/09/1996 Modifíquese el Inciso a) del Artículo 23° del Reglamento del Congreso de la República, el que en adelante tiene el siguiente texto: "Artículo 23°.- Los Congresistas tienen el deber: a) De participar en las sesiones del Pleno, la Comisión Permanente, las Comisiones a las que pertenezcan, la Mesa Directiva o el Consejo Directivo cuando sean elegidos o designados para integrar estos organismos. Son 24 folios. Joy Way, Víctor.
1859 16/09/1996 Modifíquese el plazo referido en la Sexta Disposición Transitoria del Decreto Legislativo N° 842 en 120 días calendario contados a partir del 30 de Agosto del presente año. Son 06 folios. Lozada De Gamboa, María Del Carmen.
1860 09/09/1996 Declárese de interés Nacional y necesidad pública la ejecución de programas de desarrollo turístico en el litoral de los Departamentos de Tumbes, Piura, Moquegua y Tacna, entendiéndose como tales los proyectos de: Hoteles, Resort, Centros Recreativos, Instalaciones Deportivas de todo tipo, Embarcaderos, Clubes, Acuarios, Restaurantes y en general la infraestructura que permita dotar de comodidad y seguridad la explotación de los recursos turísticos de esas zonas.

Son 09 folios.

Lozada De Gamboa, María Del Carmen.
1861 09/09/1996 Transferir el proyecto 100,001 "Centro de Obtención de Semillas de Concha de Abanico" del Ministerio de Pesquería, a la FACULTAD DE INGENERIA PESQUERA, de la Universidad Nacional SAN LUIS GONZAGA, ubicada en la Provincia de Pisco, Departamento de Ica.

Son 09 folios.

Núñez Román, Edgar.
1862 09/09/1996 Establécese que el Estado tiene la obligación de favorecer equitativa y proporcionadamente a los Productores Agropecuarios, Industriales, Artesanos y de servicios que tienen su sede en las Provincias y Regiones del País, en las adquisiciones para licitación o concurso público de bienes materiales y suministros de todo género, que se verifiquen con recursos públicos, debiendo evitarse la concentración de dichas adquisiciones exclusivamente a cargo de productores radicados en la Capital de la República. Son 08 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1863 09/09/1996 Créese la Autoridad Autónoma del Circuito Turístico del Cañón de Cotahuasi como Persona Jurídica de Derecho Público Interno, la cual tendrá dentro de la Ley, autonomía económica, administrativa, técnica y funcional. Son 24 folios. Fernández Bustinza, Víctor.
1865 09/09/1996 Facúltese al Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones-OSIPTEL otorgar Concesiones, Autorizaciones, Permisos y Licencias a las personas naturales o jurídicas para establecer servicios de telecomunicaciones. Son 12 folios. Núñez Román, Edgar.
1866 09/09/1996 Adiciónase al texto Único Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, el Artículo 104°, el mismo que queda redactado con el texto siguiente: "Artículo 104°.-Los recursos impugnativos interpuestos para revocar, modificar o rectificar un acto de la administración que ordene el pago de multas, suspenderán los efectos de la resolución hasta que se resuelva la reclamación, en la vía administrativa". Son 10 folios.

 

Flores-Araoz Esparza, Antero.
1867 09/09/1996 Declárase de interés público y de importancia Regional y Nacional, el desarrollo integral del corredor costero situado entre los extremos sur y norte del litoral de la Región La Libertad. Son 22 folios. Huamanchumo Romero, Juan / Ruiz Dávila, Jorge / Barreto Estrada, Gamaniel / Sánchez Vega, José / Barba Caballero, José / Santamaría Silva, Alejandro / Cerro Moral, María Ofelia / Gutiérrez Mercedes, Virgilio / Castillo Chirinos, Arturo.
1868 09/09/1996 Adjudícase a la Municipalidad Provincial de Islay, la propiedad de los terrenos pertenecientes a Empresa Nacional de Ferrocarriles del Perú (ENAFER PERU) ubicados en la Ciudad-Balneario de Mollendo, Provincia de Islay, Departamento y Región de Arequipa, que antes sirvieron de patio principal y zona de almacenamiento de la estación ferroviaria de Mollendo; debiendo reservarse para ENAFER PERU el área territorial mínima que le sea técnicamente indispensable para sus operaciones.

Son 130 folios.

Fernández Bustinza, Víctor.
1869 09/09/1996 Declárese de prioritario interés Nacional y de necesidad para el desarrollo de la actividad turística, la ejecución de los siguientes proyectos: 1. Construcción del Aeropuerto Internacional del Cusco; 2. Ensanchamiento de la vía férrea Cusco-Machupicchu-Quillabamba y ampliación hasta Kamisea, modernización de sus equipos y servicios y construcción de un teleférico de acceso al complejo Arqueológico de Machupicchu.

Son 20 folios.

Estrada Pérez, Daniel.
1870 09/09/1996 Adjudícase la propiedad de los inmuebles del Ministerio de Economía y Finanzas, que antes sirvieron en Mollendo, como sede de la Aduana, Policía de Resguardo y Vivienda de funcionarios, a la Municipalidad Provincial de Islay.

Son 12 folios.

Fernández Bustinza, Víctor.
1871 09/09/1996 Establécese, a partir de la puesta en vigencia de la presente Ley, que todo pago que corresponda abonar por los organismos del Sector Público, a favor de personas naturales o jurídicas, por la adquisición de bienes, la realización de servicios o la ejecución de obras, deberá hacerse efectivo, indefectiblemente, dentro de los ocho días útiles siguientes a la presentación de la documentación que acredite el cumplimiento total o parcial, según corresponda, de la prestación respectiva, más los intereses Legales que corran a partir de dicha fecha, conforme a lo establecido en los Artículos 1244° y 1245° del Código Civil. Son 06 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1872 09/09/1996 Restitúyase la vigencia de la Ley 24621 hasta el 31 de Diciembre de 1998. Son 08 folios. Breña Pantoja, Rolando / Alva Orlandini, Javier / Díez Canseco Cisneros, Javier / Amorín Bueno, Adolfo.
1873 09/09/1996 Créase la Autoridad Autónoma de Machupicchu como órgano autónomo con el carácter de Comité Técnico Inter Institucional para la ejecución corporativa del Proyecto Plan Maestro Santuario Histórico de Machupicchu integrado por un Directorio de seis miembros que representan a las principales e importantes entidades del Departamento del Cusco vinculadas a la protección y conservación del Santuario Histórico de Machupicchu.

Son 13 folios.

Estrada Choque, Aldo.
1875 09/19/1996 Las Empresas de Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Ómnibus, son responsables del daño ocasionado en caso de destrucción, pérdida o avería de las encomiendas o equipajes que se le entreguen, cuando el hecho que las produzca hubiera ocurrido durante el período en que se hallen bajo su cuidado. Son 11 folios. Vidarte Correa, Elferes.
1876 09/09/1996 Exclúyase 42,694 mt2 del área declarada intangible por la Ley 25370, de acuerdo con los linderos y medidas perimétricas que se detallan en la Memoria Descriptiva que forma parte del anexo de la presente Ley.

Son 43 folios.

Campos Baca, Luis / Vega Ascencio, Anastasio / Quicaña Avilés, Miguel / Figueroa Vizcarra, Jorge.
1877 09/09/1996 Adjudícase en venta directa, a precio de arancel, a favor de la Asociación General de Comerciantes del Mercado de abastos de Huaral, el inmueble ubicado en la Ciudad de Huaral, Departamento de Lima. Son 13 folios. Barreto Estrada, Gamaniel.
1878 09/09/1996 Declárese de interés Nacional la conservación, recuperación y promoción de los valores culturales que forman parte del Centro Histórico de Lima.

Son 17 folios.

Ruíz Caro Álvarez, Víctor Manuel.
1879 09/09/1996 El cobro de consumo de agua potable por las empresas administradoras del servicio, se efectuará mediante recibo girado al usuario individual por cada predio o sección. Son 11 folios. Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis / Heresi Abdelnour, Moisés.
1880 09/09/1996 Facúltese al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, para que en un plazo de 120 días realice un reempadronamiento Nacional de las licencias de conducir de vehículos destinados al transporte terrestre. Son 13 folios. Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis / Heresi Abdelnour, Moisés / Coral Pérez, Víctor.
1881 09/09/1996 Créase la Superintendencia Nacional de Transporte Terrestre como Institución Pública Descentralizada del Sector Transportes, con personería Jurídica de Derecho Público, con patrimonio propio y autonomía funcional, económica, técnica, financiera y administrativa. Son 10 folios. Ruíz Caro Álvarez, Víctor Manuel.
1882 09/09/1996 Créese la Comisión Técnico-Legal encargada del nuevo Plan de Recategorización de la Licencia de Conducir. Son 17 folios. Ruíz Caro Álvarez, Víctor Manuel.
1883 09/09/1996 Proponer la construcción de una represa en las aguas del Río Apurímac, para su reembalsamiento, la misma que estará ubicada en el punto más estrecho del Río Apurímac, entre los poblados de Limatambo y conexos. Son 08 folios. Ruíz Caro Álvarez, Víctor Manuel.
1884 09/09/1996 Autorícese el funcionamiento del antiguo Convento de los Betlemitas, como Museo de Sitio, el mismo que ha sido restaurado por el Instituto Nacional de Cultura del Cusco, con apoyo de la Comunidad Europea y la Cooperación Internacional Española. Son 08 folios. Ruíz Caro Álvarez, Víctor Manuel.
1885 09/09/1996 Declárese de interés Nacional la terminación de la construcción y equipamiento del Aeropuerto de Shumba, ubicada en la Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca-RENOM. Son 08 folios. Vidarte Correa, Elferes.
1886 09/09/1996 Prorrógase por dos (2) años el plazo señalado en el Artículo 1° de la Ley 24763 para concluir la construcción del mercado y habilitación del parque público por parte de la Cooperativa de Servicios especiales del Mercado "San Felipe" Ltda. N° 211, ubicado en el Distrito de Surquillo, Provincia y Departamento de Lima, que será computado a partir del siguiente día de la publicación de la presente Ley, en el Diario Oficial "El Peruano". Son 12 folios. Espinoza Matos, María Jesús.
1887 09/09/1996 Declárese de interés Nacional por su repercusión en el Turismo, la adecuación de la estructura orgánica del Centro de formación en turismo CENFOTUR. Son 13 folios. Ruíz Caro Álvarez, Víctor Manuel.
1888 09/09/1996 En los feriados correspondientes a Semana Santa, Fiestas Patrias, Navidad y Año Nuevo los transportistas que cuenten con unidades que reúnan las características para brindar el servicio interprovincial y que tengan instalados mas de 20 asientos, no requieren de permisos especiales para brindar el servicio interprovincial, siendo de cumplimiento obligatorio los Títulos VI y VIII del Decreto Supremo N° 05-95-MTC. Son 09 folios. Reggiardo Sayán, Andrés.
1890 09/09/1996 Desaféctase el área de 1,532.40 m2 de terreno, ubicado en la Ciudad del Cusco, y Adjudícase al Archivo Departamental del Cusco. Son 12 folios. Estrada Pérez, Daniel / Fernández Baca, Graciela / Vargas Marín, Dennis / Estrada choque, Aldo / Ezquerra Cáceres, Rigoberto / San Román Cáceres, Máximo.
1892 09/09/1996 Es requisito indispensable para ser sujeto de autorización de funcionamiento, que las empresas de servicios de transporte interprovincial cuenten con lo siguiente: a) Un sistema de comunicación en sus unidades, destinado a informar de los accidentes. Son 09 folios. Gamarra Olivares, Ernesto.
1895 17/09/1996 Interprétase que en el supuesto contemplado en el segundo párrafo del Artículo 45° del Decreto Ley N° 25593, "a falta de acuerdo de partes la convención colectiva se entablará en el nivel preexistente al iniciarse la vigencia de dicha Ley" Son 10 folios. Díez Canseco Cisneros, Javier / Breña Pantoja, Rolando / Mohme Llona, Gustavo / Gamarra Olivares, Ernesto / Pease García, Henry / Santamaría Silva, Alejandro / Zumaeta Flores, César.
1896 17/09/1996 Modifícase el Inciso a) del Artículo 3° del Decreto Ley N° 25844, el mismo que quedará redactado de la siguiente forma: Artículo 3°.- Se requiere concesión para el desarrollo de cada una de las siguientes actividades: a) La generación de energía eléctrica que utilice recursos hidráulicos, geotérmicos y gas natural, cuando la potencia instalada sea superior a 10 MW. Son 11 folios. Flores Flores, Gustavo.
1897 17/09/1996 Declárase de urgente necesidad Nacional, la pronta preparación y progresiva y acelerada ejecución del Plan Integral de Forestación, a nivel Nacional. Son 13 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1898 17/09/1996 Declárase de necesidad y utilidad pública la creación del Servicio Nacional de Capacitación Agraria, como Institución Pública Descentralizada dependiente del Ministerio de Agricultura, con Personería Jurídica de Derecho Público Interno, su sede es la Ciudad de Lima. Son 15 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1899 17/09/1996 A partir de la vigencia de esta Ley, prohíbase la salida de ejemplares vivos de los Camélidos Americanos: llamas, alpacas y sus híbridos, hacia fuera del País, así como del semen de las referidas especies para cualquier tipo de fines, incluso los de inseminación artificial, hasta que se haya recuperado el óptimo repoblamiento soportable de dicha fauna, en el territorio Nacional. Son 12 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1900 16/09/1996 Las aguas de que se trata esta Ley son Patrimonio de la Nación. Las aguas se tipifican en marítimas y terrestres. Las aguas terrestres son superficiales o subterráneas. Son aguas pluviales las que proceden de las lluvias, las cuales devendrán en marítimas o terrestres según donde se precipiten. Son 38 folios. Vidarte Correa, Elferes / Sánchez Vega, José / Cerrate Valenzuela, Alfonso / Díaz Díaz, Susana / Colchado Arellano, Genaro / Noriega Febres, Javier / Sato Abe, Alberto / León Trelles, Carlos / Paredes Cueva, Mario / Urrelo Guerra, Rafael / Amorín Bueno, Adolfo / Chiroque Ramírez, Gamaniel / Campos Baca, Luis.
1901 17/09/1996 Amplíase para las alumnas del nivel secundario, el acceso a los Colegios Militares. Son 07 folios. Amuruz Gallegos, Roger.
1902 17/09/1996 Precísase que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley 21547, el Instituto Nacional de Becas y Crédito Educativo INABEC es la Institución del Sector Educación encargada de administrar, normar y controlar el otorgamiento de las becas integrales y parciales que en cada ciclo de estudios ofrecen las academias de preparación para el ingreso a las universidades y otras Instituciones de nivel superior en una proporción mínima del 10% del total de estudiantes matriculados, así como el otorgamiento de las becas en los institutos y escuelas superiores, destinadas a beneficiar a no menos del 4% de sus alumnos. Son 14 folios. Figueroa Vizcarra, Jorge / Abanto Pongo, Alejandro / Villasante Chambi, Cristóbal / Gutiérrez Mercedes, Virgilio / Mellado Céspedes, Edith / Campos Baca, Luis.
1903 18/09/1996 La presente Ley, desarrolla el Artículo 15°, primer párrafo de la Constitución Política del Estado.

Regula los requisitos para ejercer válidamente las funciones de Director y Profesor de un Centro Educativo Estatal y del Sector Privado, de la misma forma los derechos y obligaciones que le son inherentes a cada uno de ellos. Son 16 folios.

Vega Ascencio, Anastasio.
1904 18/09/1996 Prorróguese por un año adicional, el proceso de reorganización de la Universidad Particular San Martín de Porres establecida mediante Ley 26490, la misma que debe efectuarse bajo los mismos derechos, obligaciones y facultades establecidos en la Ley 26313. Son 11 folios. Vega Ascencio, Anastasio / Chang Ching, Luis.
1905 17/09/1996 Incorpórese dentro de la currícula escolar el Programa de Viaje de Estudios, que se entenderá como aquel período de tiempo durante el cual los educandos del último año de educación secundaria se desplazan fuera de la sede de su Centro Educativo, con el objeto de realizar estudios sobre el Patrimonio de nuestro País y así lograr que lo conozcan y valoren. Son 11 folios. Ruíz Caro Álvarez, Víctor Manuel.
1909 18/09/1996 Las Municipalidades, bajo cualesquiera de las modalidades previstas por la Ley, pueden efectuar construcciones destinadas a servicios públicos, en el subsuelo de espacios abiertos, como son vías, calles, alamedas, plazas, parques, playas y otros espacios naturales o seminaturales, dentro del entorno urbano, manteniendo sobre tales espacios abiertos el carácter de bienes de dominio público. Son 15 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
1910 18/09/1996 La presente Ley, se denomina LEY ORGANICA DE REGIONES; establece la normatividad necesaria para el funcionamiento de los Gobiernos Regionales, como Órganos de Gobierno intermedio destinados a aplicar, en cuanto les corresponda, la Legislación Nacional y su Legislación interna sobre el proceso de Descentralización.

Son 46 folios.

Estrada Pérez, Daniel.
1912 18/09/1996 Declárese de necesidad y utilidad pública el mejoramiento y renovación urbana de los predios tugurizados ubicados en las principales Ciudades de la República. Son 15 folios. Estrada Pérez, Daniel / Reto Neyra, Santos / Pease García, Henry / Guerra-García Cueva, Roger / Chipoco Cáceda, Carlos / Townsend Díez Canseco, Ana / Pardo Mesones, Francisco.
1913 18/09/1996 La presente Ley que se denomina LEY DEL COMERCIO AMBULATORIO, regula el ejercicio de la actividad comercial ambulatoria en todo el territorio del País y define la competencia de las Municipalidades para su control. Son 53 folios. Estrada Pérez, Daniel.
1914 25/11/1996 Declárese de interés Nacional y de necesidad pública, la ejecución del Programa de renovación urbana del Distrito de Ancón, a través del cual se constituirá el Complejo Turístico del balneario de Ancón. Son 11 folios. Vargas Marín, Dennis.
1915 18/09/1996 La presente Ley tiene por objeto: 1.- Definir los principios, fines y objetivos del proceso de descentralización. 2.- Establecer la organización y criterios de asignación de competencias generales de los organismos públicos descentralizados, las relaciones de apoyo, coordinación y control entre ellos y la solución a los conflictos de competencia. Son 33 folios. Matsuda Nishimura, Samuel.
1919 18/09/1996 Derógase el Decreto Legislativo N° 808 que crea la Corporación de Desarrollo de Lima y Callao. Son 13 folios. Zumaeta Flores, César.
1920 18/09/1996 Derógase el Decreto Legislativo 808 que crea la Corporación de Desarrollo de Lima y Callao. Son 14 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
1922 18/09/1996 Reincorporar a la jurisdicción del Concejo Provincial del Callao a las Islas denominadas San Lorenzo y El Frontón, ubicadas frente al Puerto Mayor del Callao. Son 07 folios. Mantilla Campos, Agustín.
1924 18/09/1996 El Estado garantiza y reconoce el derecho de toda persona natural y jurídica de promover y conducir Centros o Programas Educativos, otorgándoles prioridad y seguridad como inversión intangible. En conformidad a los criterios técnicos y normas establecidas por el Ministerio de Educación. Son 10 folios. Vicuña Vásquez, Eusebio / Sánchez Vega, José / Ruíz Dávila, Jorge / Paredes Cueva, Mario / Abanto Pongo, Alejandro / Gutiérrez Mercedes, Virgilio / Vilchez Malpica, Pedro / Jhong Junchaya, Juan / Patsías Mella, Demetrio.
1925 18/09/1996 Son de necesidad y utilidad pública y de preferente interés Regional y Nacional. A) La utilización integral de los recursos hídricos de las cuencas, ríos y valles de los Departamentos de Ica y Huancavelica en función del desarrollo económico y social de los mismos.

Son 109 folios.

Morales Costa, Lastenio.
1926 18/09/1996 Créase el Proyecto Especial de Fronteras Vivas: Tumbes Piura, que se extenderá desde la Provincia de Zarumilla (Boca de Capones) hasta la Provincia de Huancabamba (San Antonio), en una zona paralela a la línea fronteriza entre estos dos puntos, los límites específicos serán fijados en el Reglamento de la Ley mediante Decreto Supremo. Son 09 folios. Mantilla Campos, Agustín.
1927 18/09/1996 Créase el Proyecto Especial de Desarrollo Integral de Fronteras Vivas: Loreto, que se extenderá desde la Provincia de Alto Amazonas (Vargas Guerra) hasta la Provincia de Maynas (Gueppi), en una zona paralela a la línea fronteriza entre estos dos puntos, los límites específicos serán fijados en el Reglamento de la Ley mediante Decreto Supremo. Son 09 folios. Mantilla Campos, Agustín.
1928 18/09/1996 Créase el Proyecto Especial de Desarrollo Integral de Fronteras Vivas: Cajamarca-Amazonas, que se extenderá desde la Provincia de San Ignacio (Chimara), hasta la Provincia de Condorcanqui (Cahuide), en una zona paralela a la línea fronteriza entre estos dos puntos, los límites específicos serán fijados en el Reglamento de la Ley mediante Decreto Supremo. Son 09 folios. Mantilla Campos, Agustín.
1929 18/09/1996 Modifícase el Artículo 4° de la Ley 26637 en los siguientes términos: "Artículo 4°.- En cada Concejo Distrital se conformará un Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche, aprobado por Resolución de Alcaldía, con acuerdo del Consejo Municipal. El Comité incorporará no menos de cuatro representantes de los Comités del Vaso de Leche o Clubs de Madres del Distrito, elegidos por éstos sin intervención de la Municipalidad en esta decisión. Son 22 folios. Pease García, Henry.
1930 18/09/1996 Las Regiones se constituyen por voluntad del pueblo expresada libremente a través del voto secreto, universal y obligatorio mediante referéndum convocado expresamente y en cada caso por Ley. Son 12 folios. Estrada Pérez, Daniel / Guerra-García Cueva, Roger / Chipoco Cáceda, Carlos / Pardo Mesones, Francisco / Forsyth Mejía, Harold / Reto Neyra, Santos / Mohme Llona, Gustavo / Townsend Díez Canseco, Ana /Avendaño Valdez, Jorge / Grados Bertorini, Alfonso / Ciccia Vásquez, Miguel / Cerro Moral, María / Fernández Baca, Graciela.
1932 19/09/1996 Declárese el 17 de setiembre de cada año, EL DIA DEL DEPORTE NACIONAL, como un póstumo homenaje a la figura insigne del gran futbolista que en vida fue TEODORO FERNANDEZ NEYZAN, más conocido como "LOLO FERNANDEZ". Son 08 folios. Núñez Román, Edgar.
1933 19/09/1996 Modifícase el Artículo 17° del Decreto Ley N° 22482, cuyo texto quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 17°.- Tienen derecho a las prestaciones asistenciales: a) El asegurado obligatorio b) El asegurado facultativo

c) La cónyuge no asegurada a cargo del asegurado obligatorio facultativo o el cónyuge no asegurado a cargo de la asegurada obligatoria facultativa, que no sea pensionista comprendido en el Inciso c) del Artículo 2do. del presente Decreto Ley. Son 11 folios.

Núñez Román, Edgar.
1934 18/09/1996 Modifíquese el Artículo 178° del Capítulo IX, Violación de la Libertad Sexual, del Título V, Delito contra la Libertad, del Libro Segundo, Parte Especial, del Código Penal, Decreto Legislativo 635, en los términos siguientes: Artículo 178°.- En casos de los delitos comprendidos en este capítulo, el agente será sentenciado, además, a mantener la prole que resulta, aplicándose las normas respectivas del Código Civil.

Son 10 folios.

Merino Lucero, Beatriz.
1935 18/09/1996 Añádase al Título XVIII, Sección IV del Código Penal el Artículo 401-A cuyo tenor es el siguiente: "El funcionario público que haciendo uso de un secreto o de una información privilegiada que conozca por razón de su cargo, obtuviere un beneficio económico para sí o para tercero, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de cinco ni mayor de diez años". Son 15 folios. Chipoco Cáceda, Carlos.
1937 19/09/1996 Modifícase el Artículo 18° del Decreto Legislativo N° 99 "Ley de la Empresa Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial -CORPAC", el mismo que queda redactado con el texto siguiente: Artículo 18°.- Las tarifas por los servicios que presta CORPAC son aprobadas y/o modificadas a propuesta de la propia Empresa, mediante Resolución del Titular del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Son 11 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero / Reátegui Trigoso, Carlos.
1939 20/09/1996 Sustitúyase el primer párrafo del Artículo 9° de la Ley 26504, por el siguiente: "La edad de jubilación en el Sistema Nacional de Pensiones a que se refiere el Decreto Ley 19990 es de 65 años de edad para los hombres; y, 60 años para las mujeres". Son 05 folios. Barrón Cebreros, Xavier.
1940 20/09/1996 Interprétase por vía auténtica que en el supuesto contemplado en el segundo párrafo del Artículo 45° del Decreto Ley N° 25593, "a falta de acuerdo de partes la convención colectiva se entablará en el nivel preexistente al iniciarse la vigencia de dicha Ley". Son 09 folios. Barrón Cebreros, Xavier.
1941 20/09/1996 El Ministerio del Interior, a través de su Dirección General de Gobierno Interior-Dirección de Autoridades Políticas, tiene la atribución y responsabilidad de autorizar y controlar todas aquellas actividades que se realicen en casas de cita, prostíbulos y en cualquier otro tipo de establecimientos de similar naturaleza. Son 05 folios. Medelius Rodríguez, Oscar.
1942 20/09/1996 Modifíquese el Artículo primero del Decreto Supremo N° 007-89-IN, creándose la Dirección de Policía de Turismo, dentro de la estructura orgánica de la Policía Nacional del Perú.

Son 09 folios.

Ruíz Caro Álvarez, Víctor Manuel.
1943 20/09/1996 Transfiérase al Gobierno Central Despacho de la Presidencia de la República, el personal, recursos materiales y financieros, maquinaria, equipo y acervo documental del Proyecto Especial Plan Turístico Cultural Perú UNESCO (COPESCO) actualmente perteneciente como Proyecto Especial del Gobierno Regional de la Región Inka.

Son 08 folios.

Ruíz Caro Álvarez, Víctor Manuel.
1944 20/09/1996 Promuévase la formación y constitución de Empresas Municipales de Apoyo al Desarrollo Vecinal, que en adelante se denominarán "empresas", las mismas que tendrán participación de la ciudadanía a través del accionariado difundido. Son 09 folios. Ruíz Caro Álvarez, Víctor Manuel.
1947 23/09/1996 La presente Ley de desarrollo constitucional, del Capítulo XIV del Título IV de la Constitución Política del Perú, fija las normas generales que orientan el proceso de Descentralización del País y regula, en forma general, su ejecución gradual e integral y su funcionamiento descentralizado en lo político, económico y administrativo a nivel Nacional, Regional y Local. Son 22 folios. Campos Baca, Luis.
1948 23/09/1996 Créase los Centros de Conciliación y Evaluación Neutral, los mismos que tendrán por objeto ejercer función conciliadora previa a un proceso judicial. Son 19 folios. Muñiz Ziches, Jorge.
1949 24/09/1996 Precísense los alcances del Artículo 2° del Decreto Ley N° 23120, en el sentido que el grado de Magister otorgado por la Escuela de Administración de Negocios para Graduados (ESAN), tiene el mismo valor académico que los grados de Magister en Administración otorgados por las demás universidades peruanas, sean éstas públicas o privadas. Son 07 folios. Medelius Rodríguez, Oscar.
1953 24/09/1996 Delégase en el Poder Ejecutivo la facultad de Legislar por un plazo de 30 días, en los términos a que hace referencia el Artículo 104° de la Constitución para perfeccionar la Ley de Instituciones Bancarias, Financiera y de Seguros, decreto Legislativo N° 770. Son 12 folios. Poder Ejecutivo.
1955 24/09/1996 Adjudícase en propiedad a la cooperativa de Vivienda "Villa del Periodista", inscrita como persona jurídica, en la ficha N° 6413-B, de esta Capital, el lote de 15 Has. Que les fuera asignado mediante Resolución Ministerial N° 261-86-VC-5600. de fecha 13 de junio de 1986, para que dicha entidad, proceda a su habilitación urbana asignando los lotes resultantes en favor de sus socios que acrediten ejercer el periodismo por no menos de cinco años y haber pagado cuando menos dos años sus cuotas a la referida Cooperativa. Son 08 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1956 24/09/1996 Modifíquese el primer párrafo del Artículo 4° del Decreto Ley N° 25897 por el texto siguiente: Artículo 4°.- La incorporación al SPP se efectúa a través de la afiliación a una AFP. Tal afiliación es obligatoria para todos los trabajadores dependientes que ingresen a laborar a partir del 01 de Enero de 1997, para el caso de los trabajadores independientes, que así lo decidan, deberán afiliarse necesariamente al SPP, a partir de la misma fecha.

Son 25 folios.

Fernández Bustinza, Víctor.
1957 25/09/1996 Los libros, revistas, folletos, periódicos y otros medios de comunicación editados en el extranjero tienen libre circulación en el Perú. Son 12 folios. Alva Orlandini, Javier.
1961 26/09/1996 La presente Ley regula la conciliación previa obligatoria en conflictos judiciales. Son 18 años. Avendaño Valdez, Jorge.
1962 26/08/1996 Modifícase el Artículo 19° del Decreto Legislativo 776 "Ley de Tributación Municipal", el mismo que queda redactado con el texto siguiente: Artículo 19°.- Los pensionistas que sean propietarios de un sólo inmueble, a nombre propio o de la sociedad conyugal, que esté dedicado en su integridad a vivienda de los mismos, deducirán de la base imponible del Impuesto Predial, un monto equivalente a 50% de la UIT, al 1 de Enero de cada ejercicio.

Son 16 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero / Flores Nano, Lourdes / Barrón Cebreros, Xavier.
1963 26/09/1996 Derógase el primer y segundo párrafo del numeral 16 del Artículo 62°, la Tercera Disposición Final y la Primera Disposición Transitoria, del Decreto Legislativo N° 816 "Código Tributario". Son 12 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
1964 26/09/1996 Modifícanse los Artículos 7°, 8°, 25°, 69° y 89° del Decreto Legislativo N° 776, el que queda redactado de la siguiente manera: Artículo 7°.- Los Registros públicos, sea cual fuere su naturaleza o denominación y los Notarios Públicos, deberán requerir que se acredite el pago de los Impuestos a que alude el Artículo anterior para la inscripción o formalización de actos jurídicos.

Son 09 folios.

Salgado Rubianes De Paredes, Luz.
1966 27/09/1996 Derógase el Inciso b) del Artículo 34° del Decreto Legislativo 774. Son 16 folios. Velásquez Quesquén, Javier.
1967 27/09/1996 Autorizar a la Superintendencia de Administración Tributaria (SUNAT) y demás entidades Administradoras Tributarias a complementar sus necesidades de fiscalización, valiéndose de los servicios de Auditores Tributarios Independientes Autorizados, previamente registrados y calificados como tales de acuerdo a Ley 13253.

Son 09 folios.

Colegio de Contadores Públicos de Lima.
1968 30/09/1996 Compréndase dentro de los alcances del Decreto Legislativo N° 848 a las Municipalidades Provinciales y Distritales. Son 09 folios. Torrejón De Chincha, Aurora.
1970 26/09/199 Modifícanse los Incisos 1 y 2 del Artículo 179° y del Inciso 1 del Artículo 180° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobada por Decreto Legislativo N° 767, reestructurada por Decreto Ley N° 25869 y cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, en los siguientes términos:

Artículo 179.- Para ser nombrado Vocal de la Corte Superior o para ejercer su función en forma provisional, suplente o cualquier otra, se requiere: 1.- Ser mayor de treinta y cinco años; Son 12 folios.

Estrada Pérez, Daniel / Forsyth Mejía, Harold / Reto Neyra, Santos / Pease García, Henry / Grados Bertorini, Alfonso / Pardo Mesones, Francisco / Estrada Choque, Aldo.
1971 26/09/1996 Modificase los Artículos 74° y 88° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modificada por la Ley N° 26373, en los siguientes términos: Artículo 74°.- El Presidente de la Corte Suprema es elegido, entre los Vocales Titulares por todos los Vocales Supremos y Superiores y los Jueces de Primera Instancia de la República, en acto único de elección universal, secreta y obligatoria, que se realizará cada dos años el día 27 de diciembre. Son 07 folios. Estrada Pérez, Daniel.
1974 30/09/1996 Sustitúyese el texto de la Octava Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley N° 26623, por el siguiente: "Los Vocales de las Cortes Supremos y Fiscales Supremos cesan definitivamente al cumplir setenta y cinco años de edad. La incorporación o reincorporación sólo podrá hacerse hasta los sesenta años de edad. Esta edad no afecta el derecho de los Vocales Superiores titulares a integrar Salas Transitorias o Especiales de la Corte Suprema, ni los nombramientos a cargo del Consejo Nacional de la Magistratura". Son 05 folios. Alva Orlandini, Javier.
1975 30/09/1996 Modifícase el Artículo 9° de la Ley 24786 "Ley General del Instituto de Seguridad Social", el cual queda redactado con el texto siguiente: Artículo 9°.- El Consejo Directivo es el máximo órgano directriz del IPSS y esta integrado por tres representantes del Estado, tres de los asegurados y tres de los empleadores. Lo preside el elegido entre los representantes del Estado, quien tendrá la calidad de Ejecutivo. Son 12 folios. Fernández Bustinza, Víctor.
1976 30/09/1996 Modifícase el Artículo 19° del Decreto Legislativo N° 276- Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, el mismo que queda redactado en los términos siguientes: Periódicamente y a través de métodos técnicos, deberán evaluarse los méritos individuales y el desempeño en el cargo de los servidores públicos, lo que constituirá factores, según sea el resultado, para determinar la calificación en los concursos de ascenso o para la configuración de la falta de carácter disciplinario previsto en el Artículo 28°, literal c) del citado Decreto Legislativo.

Son 12 folios.

Velásquez Quesquén, Javier.
1977 30/09/1996 Modifíquese los Artículos 4° y 5° del Decreto Legislativo 817, los mismos que quedan redactados bajo los términos siguientes: Artículo 4°.- Corresponde a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) el reconocimiento y calificación de los derechos pensionarios legalmente obtenidos al amparo del Decreto Ley 20530 y sus normas complementarias y modificatorias, así como los derivados de otros regímenes previsionales a su cargo. La ONP es la única entidad competente para conocer y otorgar tales derechos. Están excluidos del reconocimiento y calificación de estos derechos pensionarios, las inclusiones al régimen pensionario del Decreto Ley 20530 obtenidas en virtud de resoluciones judiciales.

Son 24 folios.

Velásquez Quesquén, Javier.
1978 30/09/1996 Modifícase el Artículo 9° de la Ley 24786 "Ley General del Instituto de Seguridad Social", el cual queda redactado con el texto siguiente: Artículo 9°.- El Consejo Directivo ese el máximo órgano directriz del IPSS y está integrado por tres de los empleadores. Lo preside el elegido entre los representantes del Estado, quien tendrá la calidad de Ejecutivo. Son 08 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
1979 30/09/1996 Modifíquese el Artículo 9° de la Ley 24786 "Ley General del Instituto Peruano de Seguridad Social", el cual queda redactado con el texto siguiente: Artículo 9°.- El Directorio es el máximo órgano gestión del IPSS y está integrad por tres representantes del Estado; tres de los asegurados, uno de los cuales deberá ser representante de las organizaciones de los jubilados; y, tres de los empleadores. Lo preside el elegido entre los representantes de los asegurados o empleadores en votación secreta. Son 08 folios. Barrón Cebreros, Xavier.
1980 13/06/1996 Modifíquese el Artículo 6° del Decreto Legislativo N° 817, el cual quedará redactado de la manera siguiente: Artículo 6°.- Las pensiones de todos los regímenes previsionales administrados por el Estado son pagadas a razón de doce mensualidades durante el año. Son 09 folios. Barrón Cebreros, Xavier.
1982 01/10/1996 El Poder Judicial elabora su Proyecto de Presupuesto, el cual es insertado, sin cambios en el Proyecto de Presupuesto General, el mismo que con la aprobación del Consejo de Ministros y con la refrendación del Presidente de la República, será remitido al Poder Legislativo en la forma y plazos establecidos en la Constitución Política del Perú. Son 08 folios. Medelius Rodríguez, Oscar.
1983 01/10/1996 Sustitúyase el Artículo 5° de la Ley Orgánica de Municipalidades, por el texto siguiente: Artículo 5°.- Para la creación de una Municipalidad Delegada se requiere: 1° La comprobada necesidad de servicios locales.

Son 09 folios.

 

Samalvides Dongo, Helbert.
1985 01/10/1996 Derógase el Artículo 17° del Decreto Legislativo N° 824 "Ley de Lucha contra el Narcotráfico". Son 03 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero
1991 02/10/1996 Los deudos de quienes pierdan la vida o sufran graves perjuicios en su cuerpo o salud, por haber llevado a cabo en forma ostensible y comprobada, actos de heroísmo destinados a defender o poner a salvo la vida, el cuerpo o la salud de otras personas, siempre personas, siempre que carezcan de recursos propios de subsistencia, tendrán derecho a recibir una pensión equivalente a la que percibe un Docente de primera categoría al servicio del Estado, pensión que se pagará por órgano del Ministerio de Justicia. Son 10 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1993 03/10/1996 Agrégase al Decreto Legislativo N° 808 un Artículo adicional con el número 12, con el texto siguiente: "La Corporación que se crea por el presente Decreto Legislativo tendrá su sede en el territorio de la Provincia Constitucional del Callao". Son 24 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1994 03/10/1996 Para la creación de Distritos, a partir del 1° de Enero del año 1997, será indispensable que dentro de la circunscripción respectiva habite una población no menor de dos mil habitantes, la cual habrá de elevarse a tres mil en el año 2,005 y a cuatro mil en el año 2,010, la que quedará en adelante como tope mínimo definitivo para la creación y subsistencia de Distritos. Son 08 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
1996 03/10/1996 Por lo establecido en el Inciso c) del Artículo 10° del Decreto Legislativo N° 821 y el Artículo 10° del Decreto Legislativo N° 816, los productores, las plantas de venta y las empresas mayoristas, serán sujetos pasivos en calidad de responsables solidarios como agente perceptor del Impuesto General a las Ventas, que corresponde pagar a los comerciantes y distribuidores minoristas por la venta de combustibles derivados del petróleo.

Son 14 folios.

Reátegui Trigoso, Carlos.
1997 03/10/1996 Modifícase el Artículo 19° del Decreto Legislativo 776 "Ley de Tributación Municipal", el mismo que queda redactado con el texto siguiente: Artículo 19°.- Los pensionistas que sean propietarios de un sólo inmueble, a nombre propio o de la sociedad conyugal, que esté dedicado en su integridad a vivienda de los mismos, deducirán de la base imponible del impuesto predial, un monto equivalente a 50 UIT, al 1 de Enero de cada ejercicio. Son 77 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero / Flores Nano, Lourdes / Barrón Cebreros, Xavier.
1999 02/10/1996 Los Procuradores Públicos ejercen la defensa de los intereses del Estado, ante: a. El Tribunal Constitucional b. El Poder Judicial c. El Ministerio Público

d. El Defensor del Pueblo e. El Fuero Privativo Militar f. El Fuero Arbitral Son 190 folios.

Alva Orlandini, Javier.
2000 02/10/1996 El Ministerio Público ese el organismo autónomo del Estado que tiene como funciones principales la defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos y los intereses públicos, la representación de la sociedad en proceso judicial, para los efectos de defender a la familia, a los menores e incapaces y el interés social, así como para velar por la moral pública; la investigación del delito, la acusación y la reparación civil. Son 32 folios. Alva Orlandini, Javier.
2001 02/10/1996 Las Administradoras de Fondos Privados de Pensiones, en cuanto la Superintendencia de AFP apruebe una Liquidación para Cobranza, demandarán el pago correspondiente mediante el proceso previsto en el Capítulo I del Título III de la Sección Quinta del Código Procesal Civil. Son 11 folios. Alva Orlandini, Javier.
2002 02/10/1996 Son aplicables a los Procesos Judiciales iniciados conforme al Código de Procedimientos Civiles, a partir de quince días siguientes a la publicación de esta Ley, las disposiciones de los Artículos 4, 48, 50, 52, 59, 109 a 118, 178, 193, 197, 410 a 423, 703, 713 a 719 y 728 a 748 del Código Procesal Civil. Son 09 folios. Alva Orlandini, Javier.
2003 02/10/1996 Los libros, revistas, folletos, periódicos y otros medios de comunicación editados en el extranjero tienen libre circulación en el Perú. Son 10 folios. Alva Orlandini, Javier.
2004 02/10/1996 Sustitúyese el texto de la Segunda Disposición Final y Transitoria del Código Penal, con el siguiente: Segunda.- Los beneficios procesales y de ejecución penal no se aplican a los agentes de los siguientes delitos: 1. Tráfico ilícito de drogas. 2. Terrorismo

Son 07 folios.

Alva Orlandini, Javier.
2006 02/10/1996 Declárase que han perdido vigencia por haber sido derogados, cumplido su objeto o haber vencido el plazo para el que fueron dictados, las Leyes y Resoluciones Legislativas y los Decretos-Leyes siguientes:

a) Los publicados entre el 29 de Julio de 1821 y el 19 de Octubre de 1904. Son 07 folios.

Alva Orlandini, Javier.
2008 02/10/1996 Créase una Comisión Especial para el estudio de los casos en que se haya dictado sentencias condenatorias contra personas inocentes, para proponer la revisión extraordinaria de las mismas o la concesión de los beneficios del indulto o la amnistía, la que estará integrada por: - Un representante del Presidente de la República, que la presidirá, - El Presidente de la Comisión de Justicia del Congreso de la República, - Un representante del Presidente de la Corte Suprema de Justicia. Son 07 folios. Alva Orlandini, Javier.
2012 04/10/1996 Adiciónase al Artículo 19° del Decreto Legislativo N° 774 Ley del Impuesto a la Renta, modificado por Ley N° 26415, el Inciso m) con el siguiente texto:

"m) Los ingresos brutos que perciben los artistas no domiciliados, así como las representaciones de Países extranjeros por los espectáculos en vivo de teatro, zarzuela, conciertos de música clásica, ópera, opereta, ballet y folklore, calificados como espectáculos públicos culturales por el Instituto Nacional de Cultura, que se realicen en el País". Son 09 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
2013 04/10/1996 Agréguese el Artículo 10-A° al Decreto Legislativo N° 716: "Artículo 10-A°.- Comprobada por cualquier medio idóneo, la peligrosidad o toxicidad de un producto, en niveles considerados como nocivos o peligrosos para la salud de la población, la Comisión de Protección al Consumidor dispondrá el retiro inmediato de dicho bien o producto del mercado y la prohibición de circulación del mismo". Son 09 folios. Merino Lucero, Beatriz.
2014 04/10/1996 El Instituto Peruano del Deporte, mantiene bajo su administración y mejoramiento de la Villa Deportiva Nacional (VIDENA), ubicada en el Parque Zonal Túpac Amaru del Distrito de San Luis, Provincia de Lima, Departamento del mismo nombre, para los fines del desarrollo del deporte y la recreación deportiva.

Son 10 folios.

Morales Costa, Lastenio.
2015 04/10/1996 Modifícase el Artículo 274° del Código Penal en los términos siguientes: Artículo 274°.- El que conduce vehículo motorizado en estado de ebriedad o drogadicción será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años e inhabilitación conforme al Artículo 36°, Inciso 7, hasta por dos años. Son 15 folios. Forsyth Mejía, Harold.
2016 04/10/1996 Modifícase el Artículo 4° y 5° del Decreto Legislativo 674 "Ley de Promoción de la Inversión Privada en las Empresas del Estado", los mismos que quedan redactados con los textos siguientes: Artículo 4°.- Créase la Comisión de Promoción de la Inversión Privada (COPRI), que se encargará de diseñar y conducir el proceso de promoción de la inversión privada en el ámbito de las empresas que conforman la Actividad Empresarial del Estado, centralizando la toma de decisiones a este respecto como organismo rector máximo. Son 12 folios. Lajo Lazo, Manuel.
2017 04/10/1996 Modifícase los Artículos 120°, 121°, 290°, 402° y 404° del Decreto Legislativo 770 "Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros", los mismo que quedan redactados con los textos siguientes:

Artículo 120°. Las Empresas y las Entidades del Sistema Financiero deben mantener informada a su clientela sobre los desarrollos de su situación económica y financiera. Son 14 folios.

Lajo Lazo, Manuel / Vargas Marín, Dennis.
2018 04/10/1996 Modifícase el Artículo 495° del Decreto Legislativo 770 "Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros", el mismo que queda redactado con el texto siguiente: Artículo 495°. La solicitud del seguro y las posteriores modificaciones que pueda proponer el corredor de seguros a la empresa de seguros deben estar firmadas por el asegurado o contratante, al igual que la copia de la póliza emitida y sus posteriores modificaciones. Son 14 folios. Lajo Lazo, Manuel.
2020 09/10/1996 Créase la Corte Superior de Justicia Especializada en delitos de terrorismo, con competencia en todo el Territorio Nacional, tiene como sede la Ciudad de Lima. Son 23 folios. Avendaño Valdez, Jorge.
2022 07/10/1996 Los alcoholes industriales (etílicos y metílicos), producidos en el País e importados, deben tener agregados repelentes del sabor, en las proporciones que precise el Reglamento de la presente Ley, a fin de impedir su consumo humano o su uso como componente en la elaboración de licores certificados.

Son 13 folios.

Díez Canseco Cisneros.
2028 09/10/1996 Modifícase el Artículo 54° del Decreto Legislativo 776 "Ley de Tributación Municipal", el mismo que queda redactado con el texto siguiente: Artículo 54°.- Créase un Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos, que grava el monto que se abona por concepto de ingreso a espectáculos públicos no deportivos, en locales o parques cerrados, con excepción de los espectáculos culturales debidamente autorizados por el Instituto Nacional de Cultura. Son 10 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
2030 09/10/1996 Modifícase al Artículo 15° del Decreto Ley N° 26112 "Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores", por el siguiente texto: Artículo 15°.- El Consejo Nacional de Fronteras es un Organismo Intersectorial de carácter permanente que se encarga de proponer al Supremo Gobierno, la política de fronteras orientada a promover el desarrollo y la seguridad de las zonas fronterizas, así como difundir los límites territoriales de nuestro País. Son 10 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
2031 09/10/1996 La presente Ley regula la aplicación del Programa de Migración-Inversión, destinado a la transferencia de tecnología y la promoción de inversiones y actividades económicas de ciudadanos extranjeros que deseen aportar capital e invertir en el Perú. Son 14 folios. Estrada Pérez, Daniel.
2032 09/10/1996 Modifícase el Artículo 16° del Decreto Ley 26117 "Ley del Servicio Diplomático de la República", el mismo que queda redactado con el texto siguiente:

"Artículo 16°.- La edad límite para los funcionarios del Servicio Diplomático pasen a la situación de retiro, se sujeta a la escala siguiente:

Embajador 65 años Ministro 62 años Ministro Consejero

60 años. Son 07 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
2033 09/10/1996 Derógase la Ley 26174. Son 10 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
2034 10/10/1996 Son de necesidad y utilidad pública y de preferente interés Regional y Nacional. A) La utilización integral de los recursos turísticos del Departamento de Ica en función del desarrollo económico y social del mismo. Son 32 folios. Morales Costa, Lastenio.
2036 10/10/1996 Créase el Banco Peruano de Promoción del Desarrollo, como Empresa Estatal de Derecho Privado, organizado como Sociedad Anónima, con autonomía económica, financiera, administrativa y técnica. El Banco también podrá ser distinguido con la sigla "BANPED"

Son 31 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
2037 10/10/1996 Declárese de preferente necesidad pública la construcción del Malecón Bahía Puno como parte del desarrollo turístico de la referida Bahía en concordancia con los planes de desarrollo local y la conservación de su ambiente. Son 13 folios. Revilla Jurado, Anselmo.
2038 10/10/1996 Declárese de prioridad nacional la promoción, edición, producción, comercialización, libre circulación y difusión del LIBRO en general, así como el cumplimiento de los objetivos fundamentales que esta Ley señala. Son 14 folios. Reto Neyra, Santos.
2039 10/10/1996 Adiciónase al Artículo 132° de la Constitución vigente, un tercer párrafo, cuyo texto será el siguiente: "La presentación de una Moción de Censura obliga a debatir conjunta y simultáneamente la cuestión de confianza. De haber unanimidad de criterios, el debate y aprobación de una u otra pueden efectuarse de inmediato". Son 03 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
2040 10/10/1996 Toda persona designada para desempeñar cargo de Asistente, Asesor o Consejero del Despacho Presidencial, de algún Despacho Ministerial o Vice-Ministerial, aún cuando fuera en forma ad-honorem, queda sometida por esta Ley a las mismas incompatibilidades que rigen para los cargos de Ministro de Estado, quedando prohibida, especialmente, de asumir funciones de asesoría, asistencia o consejería, en forma habitual, regular, ocasional o extraordinaria, simultáneamente y hasta por tres años después, en favor de particulares que sean parte en juicios o gestiones pendientes y en contratos otorgados o por otorgarse, con el Estado, cuando se refieran a intereses patrimoniales no menores de Cien mil nuevos soles. Son 16 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
2044 10/10/1996 Las actividades festivas, oficiales o no oficiales, en las cuales se usen productos pirotécnicos como cohetes, cohetecillos, bombardas, castillos y similares requerirán autorización escrita con al menos quince días de anticipación, de la dependencia respectiva del Sistema Nacional de Defensa Civil. Son 09 folios. Díaz Díaz, Susana / Lajo Lazo, Manuel.
2045 10/10/1996 Precísese que el plazo prescrito en el Artículo 2° de la Norma Transitoria de la Ley N° 26490 para la reorganización de las universidades, será computado a partir del momento que la Comisión Reorganizadora ejerza plenamente las funciones y atribuciones que corresponden al Rector y la Comisión en Pleno, las que competen a la Asamblea y al Consejo Universitario. Son 08 folios. Medelius Rodríguez, Oscar / Ramos Santillán, Francisco / Chang Ching, Luis / Vega Ascencio, Anastasio / Pulgar Lucas, Enrique / Chiroque Ramírez, Gamaniel / Campos Baca, Luis / Chávez Serrano, Jubert / Noriega Febres, Javier / León Trelles, Carlos / Reynafarje Abensur, Samuel / Lam Álvarez, Juan.
2049 11/10/1996 Las elecciones de los Jueces de Paz, a que se refiere el Artículo 152° de la Constitución Política del Estado, se realizarán de conformidad a la presente Ley. Son 09 folios. Sandoval Aguirre, Oswaldo.
2050 11/10/1996 Modifícase el Artículo 152° de la Constitución Política del Perú de 1993, en los siguientes términos: "Artículo 152°.- Los Jueces de Paz provienen de Elección Popular. Son 07 folios. Sandoval Aguirre, Oswaldo.
2051 11/10/1996 La presente Ley regula la emisión de Bonos Universitarios que son valores mobiliarios negociables que incorporan el derecho a una alícuota de un empréstito y tienen en cuanto a su naturaleza el mérito ejecutivo y demás alcances que la Ley otorga a las obligaciones normadas en los Artículos 226 y siguientes de la Ley General de Sociedades, que se aplican supletoriamente, en lo que sea aplicable. Son 20 folios. Sandoval Aguirre, Oswaldo.
2053 10/10/1996 En el caso de que el Centro de Trabajo cuente con un servicio de cuidado infantil para los hijos de sus trabajadores, la madre trabajadora tiene derecho a que se le otorgue permisos de 30 minutos dentro de su jornada laboral diaria, por concepto de lactancia. Este derecho se extiende hasta que el niño tenga un año de edad. Son 09 folios. Flores-Araoz, Antero / Flores Nano, Lourdes / Barrón Cebreros, Xavier.
2054 10/10/1996 La carrera administrativa es el conjunto de principios, normas, procesos, beneficios y obligaciones que corresponden a los Servidores Públicos que prestan servicios a la Administración Pública.

Son 21 folios.

Sandoval Aguirre, Oswaldo.
2055 10/10/1996 Modifícase los Artículos 19°, 22°, 26°, 27°, 29°, 32°, 38°, 40°, 41°, 47°, 49°, 54°, y 57° del Decreto Legislativo N° 650, Ley de Compensación por tiempo de Servicios; los mismo que quedan redactados en los términos siguientes:

Artículo 19°.- No se consideran remuneraciones computables las siguientes: a) Gratificaciones extraordinarias u otros pagos que perciba el trabajador ocasionalmente a título de liberalidad del empleador, o que con tal carácter hayan sido materia de pacto. Se incluye en este concepto a la bonificación por cierre de pliego en negociación directa. Son 30 folios.

 

Sandoval Aguirre, Oswaldo.
2056 10/10/1996 Modifícanse el Inciso a) del Artículo 11°; los Artículos 14° y 24°; último párrafo del 31°; último párrafo del 32°; Inciso c) del 43°; el Artículo 46; Inciso b) del 73°; último párrafo del 82; y el Artículo 84° del Decreto Ley 25593-Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo- en los términos siguientes:

Artículo 11°.- a) Dedicarse institucionalmente a asuntos religiosos, lucrativos o de política partidaria, sin menoscabo de la libertad de opinión respecto de la política económica y social del gobierno. Son 15 folios.

Grados Bertorini, Alfonso.
2057 10/10/1996 La presente Ley norma y regula el Ejercicio Profesional del Psicólogo, con registro vigente en el Colegio de Psicólogos del Perú, en todas las dependencias del Sector Público y Privado en lo aplicable. Son 27 folios. Espinoza Matos, María Jesús / Díaz Bringas, Edilberto / Vargas Marín, Dennis / Mohme Llona, Gustavo.
2058 11/10/1996 Modifícase el Artículo 1° del Decreto Legislativo 848, el mismo que queda redactado con el texto siguiente: Artículo 1°.- Establézcase, con carácter excepcional y por única vez, el Régimen de Fraccionamiento Especial para las deudas recaudadas y/o administradas por los Gobiernos Locales, la Superintendencia de Administración Tributaria-SUNAT, incluido el Fondo Nacional de Vivienda-FONAVI-, y el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción -SENCICO-, el Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial- SENATI-, la Superintendencia Nacional de Aduanas -ADUANAS-, la Oficina de Normalización Previsional -ONP- , el Instituto Peruano de Seguridad Social -IPSS-, y las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFPs. Son 35 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
2059 11/10/1996 En las sentencias emitidas en procesos por delito de Terrorismo, según el Decreto Ley 25475, además de las causales establecidas en el Artículo 361 del Código de Procedimientos Penales Vigente, es procedente solicitar la revisión de las mismas sustentándose en los supuestos siguientes: a) Cuando la sentencia señala por acreditado un hecho omitiendo merituar elementos de prueba decisivos para absolver. En estos casos no será necesario acompañar nueva prueba. Son 17 folios. Gamarra Olivares, Ernesto / Cáceres Velásquez, Roger / Mohme Llona, Gustavo / Lajo Lazo, Manuel / Breña Pantoja, Rolando / Santamaría Silva, Alejandro / Coral Pérez, Víctor.
2060 11/10/1996 El incumplimiento a los pedidos de información formulados por los Congresistas, de acuerdo al Artículo 96° de la Constitución Política del Perú y lo normado por el Artículo 22° Inciso b) y Artículo 87° del Reglamento del Congreso de la República, constituirá falta grave tipificada en el Inciso d), Artículo 28° del Decreto Legislativo N° 276, por lo que procederá la denuncia penal correspondiente ante la Fiscalía de Turno por el delito de violación del Fuero Parlamentario, contemplado en el Artículo 369° del Código Penal. Son 08 folios. Coral Pérez, Víctor Daniel.
2061 11/10/1996 Prohíbase por razón de incompatibilidad de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, o segundo de afinidad y por matrimonio o concubinato, el nombramiento o contratación de servicios personales o no personales, bajo cualquier forma o modalidad, como tampoco Ad-Honorem, de parientes con el Titular del pliego o funcionarios con poder de decisión, en todas las Entidades de la Administración Pública. Son 13 folios. Coral Pérez, Víctor Daniel.
2062 11/10/1996 Modifíquese el Artículo 234° del Código Penal de la siguiente manera: "El que, injustificadamente vende bienes, o presta servicios a precio superior al que consta en las etiquetas, rótulos, letreros o lista elaboradas por el propio vendedor o prestador de servicios, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de un año y con noventa a ciento ochenta días-multa.

Son 08 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
2063 11/10/1996 Modifíquense los Artículos 126° y 127° del Decreto Legislativo N° 611, Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales en los términos siguientes: Artículo 126°.- Aquel que contraviniendo las Leyes, Reglamentos o disposiciones establecidos por la autoridad competente altere, explote, queme, destruya, dañe o tale en todo o en parte bosques u otras formaciones vegetales, sean éstas naturales o cultivadas, dentro de un espacio o área natural protegida, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de un año ni mayor de 4 años y multa de la renta de 500 a 750 días.

Son 10 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
2064 11/10/1996 Modifíquese el Artículo 296° del Código Penal vigente, por el siguiente texto: Artículo 296°.- El que promueve, favorece o facilita el consumo ilegal de drogas tóxicas, o sustancias psicotrópicas mediante actos de fabricación o tráfico o las posea con este último fin será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de veinticinco años, con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días multa e inhabilitación conforme al Artículo 36° Incisos 1, 2 y 4. Son 12 folios. Chipoco Cáceda, Carlos.
2065 11/10/1996 El agente que secuestre a una persona privándole de su libertad y que utilice uniforme, insignia, identificación o distintivo de Policía, Militar, Autoridad o Servidor Público; o utilice medios de transportes de propiedad del Estado como vehículos automotriz, aeronaves o embarcaciones marinas, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 15 años hasta cadena perpetúa. Son 09 folios. Paredes Cueva, Mario.
2066 11/10/1996 El que produce en cualquier soporte visual o audiovisual, tales como películas, vídeos, revistas, fotos, programas de computo y similares, en que participen menores de edad practicando el acto sexual u otro análogo, y/o practicando actos obscenos o reñidos contra la moral y su integridad física, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 10 ni mayor de 25 años. Son 11 folios. Paredes Cueva, Mario.
2067 11/10/1996 Modifícase el Artículo 200° del Código Penal con el texto siguiente: Artículo 200°.- El que mediante violencia, amenaza o manteniendo como rehén obliga a una persona y obliga a ésta o a otra a otorgar al agente o a un tercero una ventaja económica indebida, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de diez ni mayor de veinte años. Son 12 folios. Paredes Cueva, Mario.
2068 11/10/1996 El que venda, comercialice, suministre o entregue en general, en la modalidad y cantidad que sea, pegamentos de contacto y otros productos de composición y uso similar, a menores de edad, será reprimido con la pena privativa de la libertad de no menor de dos a seis años y a ciento ochenta días-multa, de acuerdo a las normas del Código Penal vigente. Son 14 folios. Chipoco Cáceda, Carlos.
2070 11/10/1996 Las elecciones de los Jueces de Paz, a que se refiere el Artículo 152° de la Constitución Política del Estado, se realizarán de conformidad a la presente Ley. Son 16 folios. Sandoval Aguirre, Oswaldo.
2071 11/10/1996 Agréguese dentro del Directorio del Ente Rector que contempla el Artículo 11° de la Ley N° 26518, modificado por la Ley N° 26621, a un Representante del Ministerio del Interior. Son 10 folios. Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis / Heresi Abdelnour, Moisés.
2072 11/10/1996 Modifícase el Inciso 1) del Artículo 189° del Código Penal, Decreto Legislativo N° 635, cuyo texto quedará redactado de la forma siguiente:

1. En templos y/o casa habitada. Son 08 folios.

Núñez Román, Edgar.
2075 11/10/1996 Créase los Juzgados de Turismo que conocerán: 1. De los procesos sumarísimos que correspondan conforme a la presente Ley. Son 19 folios. Barreto Estrada, Gamaniel.
2076 11/10/1996 Modifíquense los Artículos 186° y 189° del Código Penal, en los siguientes términos: Artículo 186°.- El agente será reprimido con pena privativa de libertad NO MENOR DE TRES NI MAYOR DE OCHO AÑOS, si el hurto es cometido: Inciso 7° Sobre Bienes del Estado o que constituyan Patrimonio Cultural de la Nación. Son 21 folios. Estrada Choque, Aldo.
2077 14/10/1996 Constitúyase un fondo indemnizatorio para reparar a las personas inocentes que fueran indultadas por el Presidente de la República, de conformidad con la Ley N° 26655. Son 11 folios. Chipoco Cáceda, Carlos.
2079 11/10/1996 Modifícase el Tercer Párrafo del Artículo 2°, del Decreto Legislativo 803, el mismo que queda redactado con el texto siguiente: Artículo 2°.- (Tercer Párrafo).

COFOPRI constituye un pliego presupuestal con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera, sus integrantes son designados mediante Resolución Suprema y reportarán al Presidente de la República. Será presidido por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, quien ejercerá la titularidad del pliego presupuestal. Son 21 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero / Avendaño Valdez, Jorge.
2082 11/10/1996 Modifíquese el Inciso c) del Artículo 118° del Decreto Legislativo 816, el mismo que quedará redactado con el texto siguiente: Artículo 118°.- MEDIDAS CAUTELARES-MEDIDA CAUTELAR GENERICA Vencido el plazo de siete (7) días, el Ejecutor Coactivo podrá imponer se trabe las medidas cautelares previstas en el presente Artículo, que considere necesarias. Son 13 folios. Flores Nano, Lourdes / Chipoco Cáceda, Carlos.
2090 15/10/1996 El objetivo de la presente Ley es la regulación de la preparación, organización y celebración de los espectáculos taurinos, con el fin de garantizar los derechos e intereses del público asistente y de cuantos intervienen en los mismos. Son 13 folios. Forsyth Mejía, Harold / Martorell Flores, Oscar.
2091 15/10/1996 La presente Ley norma la actividad educativa pública y privada en todo el territorio Nacional, con sujeción a los principios constitucionales. Son 27 folios. Gutiérrez Mercedes, Virgilio.
2092 15/10/1996 De conformidad con el Artículo 18° de la Constitución, cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico y administrativo, rigiéndose por sus Estatutos en el marco de la Constitución y de las Leyes.

Son 16 folios.

Figueroa Vizcarra, Jorge.
2093 15/10/1996 Modifíquese el Artículo 1° de la Ley 26271, en los siguientes términos: "Artículo 1°.- El derecho a pases libres y a pases diferenciados y el derecho a pases cobrados por las empresas de servicio de transporte de pasajeros del ámbito urbano e interurbano del País, sólo se aplicarán tratándose de: a) Miembros de la Policía Nacional y Miembros del Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Perú. Son 32 folios. Salazar Vargas, Jorge.
2094 16/10/1996 Además de los derechos arancelarios, autorízase a las empresas comprendidas en el Artículo del Decreto Supremo N° 037-96-EF, a efectuar pagos fraccionados del Impuesto General a las Ventas y del Impuesto de Promoción Municipal que grave la importación de los equipos señalados. Son 13 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
2095 16/10/1996 Deróguese el Inciso b) del Artículo 34° del Decreto Legislativo N° 774, modificado por la Ley N° 26415, Decreto Legislativo N° 799 y Decreto Legislativo N° 810, Ley del Impuesto a la Renta. Son 15 folios. Fernández Baca de Valdez, Graciela.
2096 16/10/1996 Modifícase el Artículo 95° de la Constitución, en la forma siguiente: Artículo 95°.- El mandato Legislativo es renunciable y revocable. Las sanciones disciplinarias que impone el Congreso a los representantes y que implican suspensión de funciones no pueden exceder de ciento veinte días de Legislatura. Son 03 folios. Alva Orlandini, Javier.
2097 16/10/1996 La presente Ley establece las normas generales que orientan el proceso de descentralización del País, regula la creación y naturaleza de su funcionamiento en el orden político, económico y administrativo a nivel Nacional, Regional y Local. Son 14 folios. Sánchez Vega, José Gabriel.
2098 16/10/1996 Declárase de necesidad y utilidad pública la adjudicación del inmueble ubicado en el Cercado de Lima, el mismo que será destinado a brindar las condiciones de infraestructura y equipamiento adecuado para el desarrollo de las actividades del Jurado Nacional de Elecciones, teniéndose en consideración que dicho inmueble ha sido cedido en Comodato al Jurado Nacional de Elecciones durante dos años consecutivos, este último vencerá el 31 de Diciembre de 1996. Son 18 folios. Morales Costa, Lastenio.
2099 17/10/1996 Derógase el Artículo 317° del Código de Procedimientos Penales. Son 19 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
2100 17/10/1996 Créase el Sistema Privado de Ahorro y Préstamo para Vivienda, el mismo que se regirá por lo dispuesto por la presente Ley. Son 13 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
2101 17/10/1996 Modifíquese el Artículo 162° del Nuevo Código Penal, de la siguiente manera:

Artículo 162°.- INTERCEPCIÓN DE COMUNICACIONES. El que, indebidamente, interfiere o escucha una conversación telefónica o similar, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco años.

Son 08 folios.

Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis / Heresi Abdelnour, Moisés.
2102 17/10/1996 Entiéndase que la exportación de servicios inafectos al Impuesto General a las Ventas, tendrán esa condición siempre que cumplan los requisitos señalados en las Normas que regulan este Impuesto, independientemente de la forma o modo en que se haya pactado la retribución, honorarios y/o comisión para su pago y aún cuando la determinación de su monto y de su pago quede sujeta al resultado de una transacción comercial posterior realizada directamente por quien contrató desde el exterior esos servicios. Son 05 folios. Medelius Rodríguez, Oscar.
2104 18/10/1996 Mediante esta Ley se busca una optimización de los recursos (terrenos del Estado Urbano) que se encuentran en las diferentes Ciudades, de uso de ENAFER, los mismos que por su ubicación originen congestionamiento y tugurización en dichas zonas.

Son 07 folios.

Ruíz Caro Álvarez, Víctor Manuel.
2105 18/10/1996 Créase "El Jurado de Honor Judicial", entidad que debe enfrentar y moralizar la corrupción judicial. Son 15 folios. Díaz Bringas, Edilberto.
2106 18/10/1996 La Universidad es la comunidad de profesores, alumnos y graduados que se dedica al estudio, la formación académica y profesional; a la investigación científica, tecnológica y humanística; a la difusión de la ciencia y la cultura; a su extensión social y a la producción de bienes y servicios para el cumplimiento de sus fines. Son 36 folios. Urrelo Guerra, Rafael.
2108 21/10/1996 Reconócese a la "Asociación Nacional de Municipalidades del Perú"- AMPE, como la organización representativa de todos los Gobiernos Locales del País. Son 06 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
2113 22/10/1996 Adjudícase en propiedad a la Asociación Nacional de Educadoras Sampedranas (ANES), inscrita como Persona Jurídica en la ficha N° 780 (Asiento 01) de esta capital, el terreno de 9, 165 metros cuadrados que les fuera asignado mediante Resolución Suprema N° 131-85-VC560-5600 de fecha 26 de Julio de 1985, para que la entidad beneficiaria proceda a la Construcción de la Casa Hogar de la Maestra Sampedrana, otorgándose un plazo de siete años a partir de la publicación de la presente Ley para la materialización del Proyecto en referencia, a cuyo vencimiento revertirá al Estado si es que no se hubiere ejecutado. Son 06 folios. Lozada De Gamboa, María Del Carmen.
2115 22/10/1996 Derógase a partir del ejercicio 1996 los Artículos 109°, 110°, 111°, 112°, 113°, 114°, 115° y 116° del Decreto Legislativo N° 774 "Ley del Impuesto a la Renta" y normas reglamentarias, que establecen el Impuesto Mínimo a la Renta. Son 08 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
2116 22/10/1996 Créase el Fondo de Desarrollo y Crédito para la Pequeña y Micro-Empresas, que también se denominará FONDEC-PYME, como instrumento Financiero de Alcance Nacional, cuyo objetivo será desarrollar un Sistema de Créditos y Estructurar un Sistema de Garantías, así como un Sistema de Capacitación y Asistencia Técnica al Pequeño y Micro Empresario para el uso eficiente de los recursos de su empresa. Son 26 folios. Barbarán Rengifo, Carlos.
2117 22/10/1996 Modifícase el Artículo 9° del Decreto Ley N° 25897 por el texto siguiente: "Artículo 9°.- En el caso de optar el trabajador por dejar el régimen del IPSS e incorporarse al SPP, recibe un "Bono de Reconocimiento" emitido por la ONP por el monto correspondiente a los beneficios del trabajador en función a los meses que aportó a la ONP. Son 14 folios. Gamarra Olivares, Ernesto / Barrón Cebreros, Xavier / Fernández Baca, Graciela / Avendaño Valdez, Jorge / Huamanchumo Romero, Juan / Flores-Araoz Esparza, Antero.
2118 22/10/1996 Modifícase el Artículo 24° del Decreto Ley 25977, Ley General de Pesca, en los siguientes términos: Artículo 24°.- La construcción y adquisición de embarcaciones pesqueras, deben contar con autorización previa de renovación o incremento de flota, según sea el caso, otorgadas por el Ministerio de Pesquería, de acuerdo a criterios técnicos de disponibilidad, preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos. Son 17 folios. Hermoza Ríos, Juan.
2119 26/08/1996 Créase el Directorio de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), como Órgano máximo de la Gestión Institucional. Son 16 folios. Fernández Baca de Valdez, Graciela.
2120 26/08/1996 Agréguese al Artículo 62° del Código Tributario, el párrafo final siguiente: Artículo 62°.- Ultimo párrafo: Para el ejercicio de las facultades de fiscalización previstas en el presente Artículo, la Administración Tributaria podrá contratar directamente los servicios de empresas de auditoría externa, autorizadas por el Colegio de Contadores Públicos correspondiente, las mismas que en el ejercicio de sus funciones y durante la vigencia de los convenios correspondientes, estarán bajo la permanente supervisión de la Administración Tributaria. Son 13 folios. Fernández Baca de Valdez, Graciela.
2124 23/10/1996 La presente Ley orgánica establece el régimen de aprovechamiento de los recursos naturales, estableciendo sus condiciones y las modalidades de otorgamiento, en cumplimiento del mandato contenido en los Artículos 66° y 67° del Capítulo II del Título III de la Constitución Política del Perú. Son 15 folios. Sandoval Aguirre, Oswaldo / Urrelo Guerra, Rafael / Coral Pérez, Víctor / Chiroque Ramírez, Gamaniel / Campos Baca, Luis / Baella Tuesta, Alfonso / Díez Canseco Cisneros, Javier / Fernández Baca, Graciela / Colchado Arellano, Genaro.
2127   Suspéndase la importación de vehículos automotores usados, destinados al transporte, con una antigüedad mayor de:

a) Mayor de 8 años y su peso seco menor de 2,400 Kg. b) Mayor de 10 años con peso seco de más de 2,400 Kg.

Son 14 folios.

Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis / Heresi Abdelnour.
2128 24/10/1997 Constitúyase "Zona de Tratamiento Tributario Especial" la comprendida entre la frontera con el Ecuador por el norte, el Río Marañón por el Sur, el Río Chinchipe por el Este y el Río Santiago por el Oeste, zona ubicada dentro del Departamento de Amazonas. Son 18 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
2129 17/09/1997 Déjase sin efecto Legal el Decreto Supremo N° 013-94-EF del 08 de febrero de 1994.

Son 24 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
2130 26/08/1996 Precisase que el Proyecto Hidroenergético y de Irrigación Olmos y otros Proyectos Especiales similares, están comprendidos dentro de los alcances del Decreto Legislativo N° 758 y su Reglamento, el Decreto Supremo N° 189-92-EF. Son 14 folios. Rodas Díaz, Erland / Colchado Arellano, Genaro / Cardoso Romero, Juan / Bartra Gonzales, Miguel / Vidarte Correa, Elferes / Cerro Moral, María / Velásquez Quesquén, Javier / Castillo Chirinos, Arturo.
2131 26/08/1996 Incorpórase en la suspensión dispuesta por el Artículo 2° del Decreto Ley N° 25789, la importación de los siguientes bienes: 1) Repuestos, partes, neumáticos, cámaras, motores, conjuntos, subconjuntos mecánicos automotrices usados;

2) Vehículos automotores usados destinados al transporte, con peso seco mayor de 3,000 kilos, que tengan 6 años o más de antigüedad. Son 18 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
2132 26/08/1996 Modifícase el Artículo 19° del Decreto Legislativo 776 de la forma siguiente: Artículo 19°.- Los Pensionistas propietarios de un solo inmueble, a nombre propio o de la Sociedad Conyugal, que esté destinado a vivienda de los mismos, deducirán a la base imponible del Impuesto Predial, un monto equivalente a 50% U.I.T., vigentes al 1 de Enero de cada ejercicio grabable. Son 09 folios.

 

Barrón Cebreros, Xavier.
2133 26/08/1996 Los contribuyentes y responsables obligados al pago de tributos y multas administrados y/o recaudados por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria-SUNAT, cuya obligación se encuentra vencida y pendiente de cumplimiento total o parcialmente a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley, podrán regularizar su situación cancelando el tributo debidamente actualizado, libres de recargo, reajustes e intereses, extinguiéndose además las multas aplicables y pendientes de ejecución. Son 17 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
2134 26/08/1996 A partir de la vigencia de la presente Ley autorízase la importación de los vehículos automotores usados destinados al transporte terrestre con una antigüedad hasta de 08 años para los automóviles y hasta de 15 años para los omnibuses, camiones o similares. Son 21 folios. Morales Costa, Lastenio.
2135 26/08/1996 Modifícase el Inciso a) del Artículo 201°, el Artículo 202° y el Inciso c) del Artículo 204° del Decreto Legislativo 770 "Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros", los mismos que quedan redactados con los textos siguientes: Artículo 201°.- Constitúyase una Comisión de Liquidaciones, la que tendrá a su cargo la conducción de los procesos liquidatorios de las empresas y entidades del Sistema Financiero. Son 34 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
2137 26/08/1996 Déjase sin efecto el Decreto Supremo N° 013-96-EF. Son 09 folios. Del Castillo Gálvez, Jorge.
2138 29/02/1996 Las tasas por concepto de expedición y revalidación de pasaportes Peruanos será la siguiente: a) Por expedición de pasaporte $30.00 dólares USA, o su equivalente en moneda Nacional.

Son 25 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
2139 26/08/1996 Constitúyase "Zona de Tratamiento Tributario Especial" la comprendida entre los siguientes límites:

Por el Norte…….Frontera con Ecuador Por el Sur………Río Marañón

Por el Este.........Río Santiago Por el Oeste.......Departamento Cajamarca. Son 16 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
2140 26/08/1996 El objetivo fundamental de la presente Ley es promover, fomentar e impulsar el desarrollo de la actividad de la Pequeña Minería fortaleciendo su estabilidad económica y jurídica. Son 15 folios. Pando Pacheco, Eduardo Benjamín.
2141 16/05/1996 Los miembros de la Comisión de Promoción de la Inversión Privada (COPRI), así como los de Comités Especiales de Promoción de la Inversión (CEPRI), y los asesores o consultores de dichas entidades no podrán tener vínculo laboral ni contractual, directo ni contractual, directo ni indirecto con las personas naturales o jurídicas que hayan adquirido las empresas privatizadas, desde un año antes y hasta cinco años después de la transferencia efectiva de la empresa pública al sector privado. Son 14 folios. Chipoco Cáceda, Carlos.
2143 26/08/1996 Las personas naturales y jurídicas que efectúan donaciones a las universidades establecidas en el País, destinadas a financiar la gratuidad de la enseñanza, mediante el otorgamiento de becas de estudio a los alumnos de escasos recursos económicos, para efectos del cálculo del Impuesto a la Renta tienen derecho a:

a. Deducir de la materia imponible hasta el 75% del monto donado respecto de su renta neta global o de sus rentas de tercera categoría, según corresponda. Son 18 folios.

Cardoso Romero, Juan / Sánchez Vega, José / Ruíz Dávila, Jorge / Urrelo Guerra, Rafael / Guerra García Cueva, Roger.
2144 26/08/1996 Compénsase a la Provincia del Santa lo dispuesto en la Ley 15686, rentas que fueron derogadas y reestablecidas mediante el Decreto Legislativo N° 622, compensación que será de un 5% de los Tributos captados en esta Provincia por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria SUNAT, constituyéndose recursos propios del Consejo Provincial del Santa, independientemente de la Rentas que se tiene asignadas por el gobierno central. Son 15 folios. Ghilardi Álvarez, Freddy.
2146 25/10/1996 Modifícase el Artículo 4° de la Ley N° 26637, en los siguientes términos: Artículo 4°.- En cada Concejo Distrital se conformará un Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche, reconocido mediante Resolución de Alcaldía, con acuerdo del Concejo Municipal. Son 16 folios. Lajo Lazo, Manuel / Mohme Llona, Gustavo.
2147 28/10/1996 Las Entidades e Instituciones del Estado obligatoriamente orientarán la adquisición de productos y/o servicios, a las Pequeñas y Micro Empresas Industriales. Dichas adquisiciones serán en un monto no menor al 50% del total de sus necesidades programadas.

Son 11 folios.

Barbarán Rengifo, Carlos.
2152 25/10/1996 Constitúyase la "Zona de Tratamiento Tributario Especial" comprendida entre la frontera con el Ecuador por el Norte, el Río Marañón por el Sur, el Río Chinchipe por el Este y el Río Santiago por el oeste, zona ubicada dentro del Departamento de Amazonas. Son 13 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero.
2153 25/10/1996 Modificar el Artículo 315° del Código Penal vigente, cuyo texto quedará redactado en la forma siguiente:

Artículo 315°.- Los que tumultuariamente en banda, pandillas, barras, o cuadrillas, cometan colectivamente violencia o actos de vandalismo contra las personas o contra las propiedades, en el que participen niños y adolescentes, serán reprimidos con pena privativa de libertad no menor de cinco años (05). Son 13 folios.

Díaz Bringas, Edilberto.
2154 25/10/1996 Adiciónase al Artículo 24° de la Ley 23853, loa Incisos siguientes:

Inciso 4°.- Constancia de haber presentado en cinco formatos el Plan de Gobierno Municipal ante el Jurado de Elecciones de su jurisdicción, al momento de su inscripción, como candidato a la alcaldía Provincial y/o Distrital.

Son 11 folios.

Díaz Bringas, Edilberto.
2155 25/10/1996 Declárase de necesidad pública la expropiación del solar de 1,800 m2 de extensión, en el Distrito del Cercado de Lima Metropolitana, a favor de la Hermandad "Señor de Qoyllor Ritti", en esta Capital, a fin de que dicha Institución dedique dicho solar al desarrollo de las actividades religiosas y solidarias que le corresponden, en razón de la sagrada devoción para cuyo culto se ha constituido. Son 05 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
2156 25/10/1996 En orden a lo establecido en los Artículos 22°, 24°, 26°, 28°, 62° y 103° de la Constitución del Estado y con lo dispuesto en el Artículo 79° del Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento al Empleo, promulgada por Decreto Supremo N° 05-95-TR, reconócese por la presente Ley que el Régimen del Trabajo Pesquero de los pescadores del litoral se halla regulado por el Decreto Supremo N° 009-76-TR, así como por los convenios colectivos suscritos al amparo de las normas en mención, no siendo de aplicación a dicho régimen de trabajo lo establecido por el Decreto Legislativo N° 757, sus complementarias, ampliatorias, modificatorias y reglamentarias, en particular el Decreto Supremo N° 05-95-TR. Son 16 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
2157 25/10/1996 Establécese que no será aplicable el recargo en los derechos de importación dispuestos por el Decreto Legislativo N° 843, para los vehículos recién fabricados y sin uso, que sean importados para su venta a los respectivos usuarios, según contratos suscritos con los respectivos adquirientes por lo menos con 90 días de anticipación al 1° de Setiembre d 1994, mediante el Sistema de pago en cuotas mensuales, por 50 meses o más, siempre que el valor de adquisición no supere los quince mil dólares por unidad. Son 36 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
2158 25/10/1996 Derógase en todos sus extremos el Decreto Legislativo N° 796. Son 06 folios. Fernández Baca de Valdez, Graciela.
2159 26/08/1996 Modifícase el Artículo 19° del Decreto Legislativo 776, el mismo que queda redactado conforme el siguiente texto: Artículo 19°.- Los pensionistas propietarios de un solo inmueble, a nombre propio o de la sociedad conyugal, que esté destinado en su integridad a vivienda de los mismos, deducirán de la base imponible del Impuesto Predial, un monto equivalente a 50 UIT, vigentes al 01 de enero de cada ejercicio gravable. Son11 folios. Rey Rey, Rafael / Chirinos Soto, Enrique / Salazar Larraín, Arturo.
2160 26/08/1996 Las Universidades, Institutos Superiores y demás Centros Educativos inafectos de todo impuesto directo o indirecto sobre los bienes, actividades y servicios propios de su finalidad educativa y cultural al amparo del Artículo 19° de la Constitución, quedan facultados para obtener la devolución de los montos del Impuesto General a las Ventas que hubieren sido consignados en los comprobantes de pago correspondientes a adquisiciones de bienes, servicios, contratos de construcción y la primera compra de inmuebles necesarios para el desarrollo de sus actividades educativas. Son 17 folios. Rey Rey, Rafael / Chirinos Soto, Enrique / Salazar Larraín, Arturo.
2162 29/10/1996 Déjase sin efecto el Artículo 7.1.4. del Decreto Supremo 034-80-VC del Reglamento Único de Licitaciones y Obras públicas y el Artículo 3° del Decreto Supremo 014-94-MTC. Son 04 folios. Donayre Lozano, Jorge Luis.
2165   Facultar a la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre acogerse a las Excepciones a las Normas de Austeridad, contenidas en el Artículo 23° numeral III Incisos b), que le permite exceptuarse de las prohibiciones contenidas en el Artículo 22° numeral I, Incisos a), b), d), de la Ley de Presupuesto para el Sector Público para 1996 Ley N° 26553.

Son 150 folios.

Municipalidad Distrital Alto Selva Alegre, Arequipa.
2166 29/10/1996 Los hijos matrimoniales llevarán el primer apellido de cada progenitor, debiendo decidirse el orden de los mismos de común acuerdo por los Padres. El orden elegido deberá mantenerse respecto a los demás hijos. Son 08 folios. Donayre Lozano, Jorge Luis.
2169 29/10/1996 Declárese de necesidad Nacional la electrificación de las localidades que aún no cuenten con servicio eléctrico, debiendo el Estado propender a: 1.- Generar una cultura energética entre la población Nacional, a efecto de que los generadores y consumidores de energía entiendan su rol dentro de la sociedad: La oferta debe optimizar los costos y la calidad de las inversiones, así como optimizar la operación y el mantenimiento de las instalaciones de generación, transmisión y distribución de energía.

Son 13 folios.

Patsías Mella, Demetrio.
2170 29/10/1996 Declárase a las especies ícticas nativas de la Cuenca del Lago Titicaca denominada "Suche" (Trichomycterus Rivulatos) y "Mauri" (Trichmycterus Dispar), como especies legalmente protegidas en peligro de extinción. Son 26 folios. Flores Flores, Gustavo.
2171 30/10/1996 Créase el Programa del DESAYUNO DEL NIÑO Y DE LA MADRE, en todas las Municipalidades Provinciales y Distritales del País, destinado a los niños, hasta los 7 años y de la Madre gestante y/o en período legal de lactancia. Son 07 folios. Quicaña Avilés, Miguel.
2172 30/10/1996 Conciliación.- Establézcase la conciliación como proceso alternativo a la solución de conflictos judiciales. Podrá solicitarla cualquier persona que se proponga interponer una demanda. Son 12 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero / Flores Nano, Lourdes / Barrón Cebreros, Xavier.
2173 30/10/1996 Modifícase el Artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento al Empleo, el mismo que queda redactado en los siguientes términos: Artículo 71°.-La indemnización por despido arbitrario es equivalente a una remuneración ordinaria mensual por cada año completo de servicios con un máximo de doce remuneraciones. Las fracciones de año se abonan por dozavos y treintavos, según corresponda. Son 08 folios. Flores Nano, Lourdes.
2176 30/10/1996 Modifíquese los Artículos 20° y 21° del Código Civil en los términos siguientes: Artículo 20°.- Al hijo matrimonial le corresponde llevar el primer apellido de cada primogénito, debiendo decidir los Padres el orden de los mismos de común acuerdo. El orden elegido deberá mantenerse respecto a los demás hijos. Son 13 folios. Donayre Lozano, Jorge Luis.
2177 30/10/1996 Deróguese la Tercera Disposición Complementaria del Decreto Legislativo N° 817, Ley del Régimen Previsional a cargo del Estado. Son 14 folios. Guerra-García Cueva, Roger.
2278 25/11/1996 Modifícase el Artículo 7° del Decreto Legislativo N° 864, en la forma siguiente: Artículo 7°.- Por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas se podrá establecer zonas de extensión con las características del CETICOS-Paita en las Provincias de Piura-Sullana-Tumbes-Contralmirante Villar-San Ignacio-Jaén-Bagua-Utcubamba y Condorcanqui. Son 04 folios. Alva Orlandini, Javier.
2179 07/03/1996 Agréguese al Artículo 140° de la Constitución Política del Estado, el párrafo siguiente: La Pena de Muerte será aplicada por el delito de traición a la Patria en caso de guerra, y el de terrorismo, conforme a las Leyes y a los tratados de los que el Perú es parte obligada. Son 07 folios. Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis / Heresi Abdelnour, Moisés / Castillo Chirinos, Arturo.
2181 30/10/1996 El Sistema Electoral está conformado por el Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales y el Registro Nacional del Estado Civil e Identificación, los que actúan con autonomía y mantienen entre sí relación de coordinación, de acuerdo a sus atribuciones. Son 75 folios. Chávez Cossío, Martha.
2182 30/10/1996 Proponen aprobar el Código Electoral. Son 50 folios. Alva Orlandini, Javier.
2187 31/10/1996 La presente Ley de supresión y limitación de la contaminación sonora, regula las prohibiciones, sanciones, control y excepciones a la emisión de ruidos nocivos y molestos.

Son 19 folios.

Sandoval Aguirre, Oswaldo / Urrelo Guerra, Rafael / Chiroque Ramírez, Gamaniel / Campos Baca, Luis / Fernández Baca, Graciela / Colchado Arellano, Genaro / Santamaría Silva, Alejandro / Gamarra Olivares, Ernesto / Aliaga Araujo, Vito.
2188 31/10/1996 Modifícase el Artículo 71° del Decreto Legislativo N° 728 "Ley de Fomento del Empleo", modificado a su vez por el Decreto Legislativo 855, el mismo que queda redactado con el texto siguiente: Artículo 71°.- La indemnización por despido arbitrario es equivalente a una remuneración ordinaria mensual por cada año completo de servicios con un máximo de doce remuneraciones. Son 08 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero / Flores Nano, Lourdes / Barrón Cebreros, Xavier.
2189 04/11/1996 Modifícanse los Artículos 60°, 100°, 127° y 168° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas-Decreto Supremo N° 45-94-EF, según el texto siguiente:

Artículo 60°.- Aceptadas las justificaciones presentadas por el transportista autorizará la devolución de las mercancías bajo control Aduanero. Tratándose de mercancías con destino a la zona de aplicación del protocolo Modificatorio del Convenio Peruano-Colombiano se autorizará el reembarque. Son 12 folios.

Donayre Lozano, Jorge Luis.
2191 04/11/1996 Agrégase el siguiente Inciso al Artículo 18° del Decreto Legislativo N° 774, Ley del Impuesto a la Renta, en lo referido a que constituyen ingresos inafectos al impuesto: c) Las pensiones que tengan origen en el trabajo personal, tales como jubilación, cesantía o montepío, correspondientes a regímenes administrados por la Oficina de Normalización Previsional, así como las pensiones de invalidez y cualquier otro ingreso que tenga su origen en el trabajo personal.

Son 18 folios.

Guerra-García Cueva, Roger.
2192 04/11/1996 Facúltase al Instituto Nacional de Defensa Civil- INDECI, a otorgar recursos materiales en calidad de donación o en reciprocidad a Países extranjeros que hayan sido afectados por un desastre o calamidad, previa coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y autorización de la Presidencia de la República, y dentro del presupuesto asignado al Instituto conforme a las Leyes anuales del Presupuesto del Sector Público. Son 20 folios. Figueroa Vizcarra, Jorge.
2193 04/11/1996 Modifícanse los Artículos 30° y 33° del Decreto Legislativo 776, cuyo texto definitivo será en adelante el siguiente: "Artículo 30°.- Créase el Impuesto a la Propiedad Vehicular, de periodicidad anual, que grava la propiedad de los vehículos, omnibuses, camiones, camionetas, station wagons, y en general, todo tipo de vehículos auto-propulsados, cuyo impuesto se pagará durante todo el tiempo en el que dichos vehículos sean usados y transiten por las vías de la República.

Son 12 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
2194 04/11/1996 Interprétase que el electorado Nacional a que se refiere la Ley 26300, se calcula sobre el número de electores que han concurrido a sufragar en las elecciones generales precedentes a la solicitud de realización de uno de los procedimientos de participación ciudadana. Son 07 folios. Mantilla Campos, Agustín / Zumaeta Flores, César / Del Castillo Gálvez, Jorge.
2199 04/11/1996 Adiciónase en el primer párrafo del Artículo 189° del Decreto Legislativo N° 635-Código Penal-modificado por la Ley N° 26630, el siguiente Inciso: "Artículo 189°.- 7. Cuando la víctima del delito sea turista extranjero". Son 11 folios. Díaz Díaz, Susana.
2200 05/11/1996 Declárase de interés prioritario el desarrollo de la zona Sur-Este del País mediante la promoción de la inversión privada en infraestructura de la actividad productiva y de servicios. El desarrollo de la zona Sur-Este se realizará sobre la base del eje Ayaviri-Juliaca-Puno-Ilave-Desaguadero. Son 15 folios. Cáceres Velásquez, Roger / Villasante Chambi, Cristóbal.
2201 05/11/1996 Modifícase el Artículo 1234° y 1235° del Código Civil, Decreto Legislativo N° 295, cuyo texto quedará redactado de la forma siguiente: Artículo 1234°.- El pago de una deuda contraída en moneda Nacional será referido a índices de reajuste automático que fije el Banco Central de Reserva del Perú, a otras monedas o mercancías, a fin de mantener dicho monto en valor constante. Son 04 folios. Núñez Román, Edgar.
2203 05/11/1996 Modifícase el Artículo V, del Título Preliminar del Código Procesal Civil, cuyo texto quedará redactado de la forma siguiente: Artículo V.- Principios de Intermediación, Concentración, Economía y Celeridad Procesales, las audiencias y la actuación de medios probatorios se realiza ante el Juez, siendo indelegables bajo sanción de nulidad y responsabilidad. Son 06 folios. Núñez Román, Edgar.
2204 06/11/1996 Adiciónase al Artículo 140° de la Constitución Política el siguiente párrafo: "La pena de muerte será también aplicada a los autores de los delitos de violación sexual en agravio de menores de diez años edad seguida de muerte o que origine limitaciones graves y permanentes, físicas o mentales, en la víctima". Son 14 folios. Flores Flores, Gustavo.
2205 06/11/1996 Deróguese la Ley 26623 publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 19 de Julio de 1996. Son 09 folios. Forsyth Mejía, Harold / Chipoco Cáceda, Carlos.
2206 06/11/1996 Adicionar el párrafo cuarto al Inciso 2) del Artículo 53° del Código Procesal Civil, Decreto Legislativo N° 768, cuyo texto quedará redactado de la forma siguiente:

Artículo 53°.- Facultades coercitivas del Juez.- En atención al fin promovido y buscado en el Artículo 52°, el Juez puede:

2. Disponer la detención hasta por veinticuatro horas de quien resiste su mandato sin justificación, produciendo agravio a la parte o la majestad del servicio de justicia. Son 04 folios.

Núñez Román, Edgar.
2209 07/11/1996 El Sistema de Servicios de Apoyo a la Justicia tiene por finalidad mantener y preservar la unidad, coherencia, especialización, simplificación e integración de los servicios de apoyo a la justicia, propendiendo a la modernización de los procedimientos y los mecanismos de gestión de los mismos. Son 16 folios. Sandoval Aguirre, Oswaldo.
2210 07/11/1996 Conceder a partir de la fecha un descuento equivalente al 50% del valor, en todos los paquetes turísticos otorgados, promovidos o auspiciados por el Estado, a través de PROMPERU o cualquier entidad que dependa del Gobierno, a favor de los pensionistas y jubilados de todo el País. Son 08 folios. Barrón Cebreros, Xavier.
2211 07/11/1996 Deróguese el Inciso "B" del Artículo 34° del Decreto Legislativo N° 740. Son 12 folios. Barrón Cebreros, Xavier.
2212 07/11/1996 Modifícase el Artículo 9° de la Ley 24786 "Ley General del Instituto de Seguridad Social", el cual queda redactado con el texto siguiente: Artículo 9°.- El Consejo Directivo es el máximo órgano directriz del IPSS y está integrado por tres representantes del Estado; tres de los asegurados, uno de los cuales deberá ser representante de las organizaciones de los jubilados; y, tres de los empleadores. Son 10 folios. Barrón Cebreros, Xavier.
2213 07/11/1996 Sustitúyase la Única Disposición Transitoria del Decreto Ley 25967 por el siguiente: "Única Disposición Transitoria.- Las solicitudes en trámite a la fecha de vigencia del Decreto Ley 25967, seguirán su curso normal de acuerdo con el Decreto Ley 19990 y demás disposiciones legales, no siendo afectadas por lo dispuesto en la presente Ley. Son 09 folios. Barrón Cebreros, Xavier.
2214 07/11/1996 La Oficina de Normalización Previsional, de oficio dará trámite preferencial a las solicitudes de pensión de jubilación presentadas hasta el 19 de diciembre de 1992, y concederá la pensión correspondiente con arreglo a las normas establecidas en el Decreto Ley 19990. Son 14 folios. Barrón Cebreros, Xavier.
2215 07/11/1996 Derógase el Artículo 10° del Decreto Ley 25967, así como todas las demás normas que se opongan a la presente Ley. Son 15 folios. Barrón Cebreros, Xavier.
2216 07/11/1996 Créase el Servicio de Medicina Escolar en los centros educativos, públicos y privados, que tengan más de cien (100) alumnos, y en todos los centros de enseñanza inicial; el cual se implementará en forma obligatoria, a partir del año siguiente a la promulgación de la presente Ley.

Son 07 folios.

Guerra-García Cueva, Roger.
2217 07/11/1996 Modifícase el Artículo 538° del Código Procesal Civil, Decreto Legislativo N° 768, cuyo texto quedará redactado de la forma siguiente: Artículo 538°.- Si se prueba la connivencia entre tercerista y demandado se impondrá a ambos una multa no menor de cinco ni mayor de 20 UNIDAD DE REFERENCIA PROCESAL, más la indemnización de daños y perjuicios, costos y costas. Además, el Juez remitirá al Ministerio Público copia certificada de los actuados pertinentes, para el ejercicio de la acción penal correspondiente. Son 04 folios. Núñez Román, Edgar.
2220 11/11/1996 Declárese de necesidad Nacional la implementación de un Programa Nacional de Educación y Apoyo a los Niños Trabajadores de la Calle, que agrupe dentro de los alcances de su marco legal a todas aquellas instituciones Gubernamentales y no Gubernamentales, encargadas de dotar de protección, educación y capacitación a los menores en estado de abandono moral y económico conocidos como niños de la calle. Son 22 folios. Ruíz Caro Álvarez, Víctor Manuel / Ruíz Dávila, Jorge.
2221 11/11/1996 Declárese de necesidad Nacional la promoción de un Programa de Constitución de poblaciones hermanas de los balnearios de la Costa Peruana en la Región de la Amazonía, cuya finalidad es alcanzar una real descentralización económica y administrativa como parte de una estrategia de redistribución de la población en el territorio Nacional y de una política de fronteras vivas. Son 19 folios. Ruíz-Caro Álvarez, Víctor / Villasante Chambi, Cristóbal / Ruíz Dávila, Jorge / Colchado Arellano, Genaro / Amuruz Gallegos, Roger / Vega Ascencio, Anastasio.
2222 11/11/1996 Créase la Superintendencia Nacional de Promoción Artesanal (SUNAPAR) como un organismo público descentralizado con autonomía funcional, técnica, financiera y administrativa, adscrita al Sector Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, cuyo objetivo es promover el desarrollo integral de la actividad artesanal del Perú, para lo cual ejecutará las acciones, actividades y obras necesarias que permitan consolidar el crecimiento del sector artesanal. Son 17 folios. Ruíz-Caro Álvarez, Víctor / Villasante Chambi, Cristóbal / Ruíz Dávila, Jorge / Colchado Arellano, Genaro / Amuruz Gallegos, Roger / Vega Ascencio, Anastasio.
2223 11/11/1996 Declárese de interés Nacional la actualización del Registro Nacional del Patrimonio Turístico, a través del inventario que realice el Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales. Son 15 folios. Ruíz-Caro Álvarez, Víctor / Villasante Chambi, Cristóbal / Ruíz Dávila, Jorge / Colchado Arellano, Genaro / Amuruz Gallegos, Roger / Vega Ascencio, Anastasio.
2226 12/11/1996 Modifícase el Artículo 1233° del Código Civil, Decreto Legislativo N° 295, cuyo texto quedará redactado de la forma siguiente: Artículo 1233°.- La entrega de Títulos valores que constituyen órdenes de pago o promesas de pago, sólo extinguirá la obligación primitiva cuando hubiesen sido pagados o cuando por culpa del acreedor se hubiesen perjudicado, salvo pacto en contrario. Son 09 folios. Núñez Román, Edgar.
2230 12/11/1996 Déjase sin efecto el Artículo 7.1.4. del Decreto Supremo 034-80-VC del Reglamento Único de Licitaciones y Obras Públicas y el Artículo 3° del Decreto Supremo 014-94-MTC. Son 10 folios. Donayre Lozano, Jorge Luis.
2231 12/11/1996 Disminúyase del 18 al 10% el Impuesto General a las Ventas que grava de manera exclusiva el rubro referente a los servicios de agua, luz, teléfono, correo y telégrafos.

Son 10 folios.

Chirinos Soto, Enrique.
2234 13/11/1996 Modifícase el Inciso 7) al Artículo 1° de la Ley N° 26662 Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos, el cual queda redactado con el texto siguiente: Artículo 1°.- Asuntos No Contenciosos.- Los interesados pueden recurrir indistintamente ante el Poder Judicial o ante Notario para tramitar según corresponda los siguientes asuntos: 1. Rectificación de partidas. 2. Adopción de personas capaces. Son 13 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero / Flores Nano, Lourdes / Barrón Cebreros, Xavier.
2238 14/11/1996 Agrégase el siguiente texto como numeral 10° al Artículo N° 359 de la Ley General de Sociedades: 10°.- Por imposibilidad de funcionamiento o por continuada inactividad de la Junta General o del Órgano análogo que haga sus funciones en cada clase de sociedad. Son 20 folios. Trelles Montero, Jorge.
2239 14/11/1996 Otórgase a la Ciudad de Cerro de Pasco el título Honorífico de "Capital Minera del Perú". Son 07 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
2240 14/11/1996 Créase la COMISION ESPECIAL DE RECONSTRUCCION DE LA ZONA AFECTADA POR EL SISMO, con rango de Autoridad Autónoma y que abarcará las Provincias de Ica, Palpa, Nazca, Caravelí, Lucanas y Huancavelica. Son 23 folios. Núñez Román, Edgar / Morales Costa, Lastenio / Grados Bertorini, Alfonso / Del Castillo Gálvez, Jorge / Díaz Díaz, Susana / Breña Pantoja, Rolando / Coral Pérez, Víctor / Lajo Lazo, Manuel / Reto Neyra, Santos / Salazar Larraín, Arturo / Ciccia Vásquez, Miguel.
2242 14/11/1996 Incorpórase en la Sección I, del Capítulo III del Título XII del Libro Segundo del Código Penal, el Artículo 294°A, con el texto siguiente: Artículo 294°A.- El productor ganadero o comisionista que lleva a beneficiar animales de abasto para el consumo humano o para la industria de embutidos, como son bovinos, bubalinos, ovinos, camélidos sudamericanos domésticos, caprinos, porcinos y équidos, en camales no autorizados por la autoridad competente, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de un año. Son 15 folios. Paredes Cueva, Mario.
2243 14/11/1996 Créase la Comisión de Apoyo y Reconstrucción del Sur Medio -CORESUR-, encargada de promover, implementar y canalizar medidas y acciones de ayuda a los damnificados del desastre telúrico del Sur del País acaecido el 12 de noviembre de 1996, así como la reconstrucción y rehabilitación de las zonas devastadas, constituidas por las Provincias de Palpa, Nazca, Caravelí, Lucanas y Huancavelica. Son 13 folios. Flores-Araoz Esparza, Antero / Flores Nano, Lourdes / Barrón Cebreros, Xavier.
2252 19/11/1996 Precísase que la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores-CONASEV en el ejercicio de la función de control, supervisión y fiscalización de las organizaciones cooperativas, que le asigna el Decreto Ley N° 25879, está facultada para disponer las acciones y medidas administrativas que garanticen el normal funcionamiento de las mismas, las que serán de obligatorio cumplimiento, bajo responsabilidad.

Son 09 folios.

Torrejón De Chincha, Aurora.
2253 19/11/1996 La presente Ley, que se denomina Ley Orgánica de Municipalidades, establece normas sobre la autonomía, competencias, organización y régimen económico de las Municipalidades de la República y, asimismo, consigna las demás disposiciones de carácter general necesarias para su buen funcionamiento. Son 136 folios. Estrada Pérez, Daniel.
2254 19/11/1996 Modifíquese lo dispuesto en el Artículo 2° de la Ley N° 24056 que crea la Provincia de Churcampa, subsanando su redacción conforme se consigna seguidamente.

Artículo Segundo.- Confórmese la Provincia de Churcampa con los Distritos de: Churcampa, con su Capital la Ciudad de Churcampa; Anco, con su Capital el Pueblo de la Esmeralda de Anco; Chinchihuasi, con su Capital el Pueblo de Chinchihuasi; el Carmen, con su Capital el Pueblo de Paucarbambilla.

Son 16 folios.

Municipalidad Provincial de Churcampa, Huancavelica.
2256 20/11/1996 Modifíquese el Inciso a) del Artículo 23° del Reglamento del Congreso de la República, el que en adelante tiene el siguiente texto:

"Artículo 23°.- Los Congresistas tienen el deber:

A) De participar en las Sesiones del Pleno, de la Comisión Permanente cuando sean elegidos o designados para integrar estos organismos.

Son 13 folios.

 

Pulgar Lucas, Enrique Orlando.
2257 20/11/1996 Declárese al Piloto Don Jorge Chávez Dartnell, Héroe de la Aviación Civil del Perú, en reconocimiento al gran aporte que brindó durante su vida a la Aviación Civil Mundial.

Son 12 folios.

Cerro Moral, María Ofelia.
2260 21/11/1996 Todo turista, durante su estancia en el País, tendrá derecho a una debida atención en todas las entidades públicas y privadas, que estén vinculadas a la promoción y prestación de servicios turísticos.

Son 11 folios.

Siura Céspedes, Gilberto.
2262 21/11/1996 Adiciónase al Artículo 98° de la Ley 23733 modificado por Ley 26327 el tercer párrafo, el mismo que queda redactado con el texto siguiente:

Tercer Párrafo: "Así mismo, todas las Instituciones Religiosas cual fuere su denominación, que tuvieran Universidades e Institutos Superior Pedagógicos Religiosos, gozarán de igual condición de los beneficios que se estipula en los párrafos que antecede, siempre que sean legalmente reconocidos y hábiles.

Son 11 folios.

Vicuña Vásquez, Eusebio / Fernández Bustinza, Víctor / Barreto Estrada, Gamaniel / Villasante Chambi, Cristóbal / Vílchez Malpica, Pedro / Sánchez Vega, José / Abanto Pongo, Alejandro / Larrabure Gálvez, César / Velásquez Ureta, Jorge / Paredes Cueva, Mario / Ezquerra Cáceres, Rigoberto.
2264 21/11/1996 Modifíquese el Artículo 326° del Código Civil por el siguiente texto:

Artículo 326°.- La unión de hecho, voluntariamente realizada y mantenida por un Varón y una Mujer, libre de impedimento matrimonial, para alcanzar finalidades y cumplir deberes semejantes a los del matrimonio, origina una sociedad de bienes que se sujeta al régimen de sociedad de gananciales, en cuanto le fuere aplicable, siempre que dicha unión haya durado por lo menos dos años continuos.

Son 16 folios.

Ramos Santillán, Francisco / Aliaga Araujo, Segundo Vito / Espinoza Matos, María Jesús / Chávez Serrano, Jubert / Medelius Rodríguez, Oscar / Fernández Bustinza, Víctor.
2265 21/11/1996 Declárese de interés Nacional y utilidad pública la ejecución de la obra materia del Proyecto Vía de Evitamiento de las Ciudades de Reque, Chiclayo y Lambayeque, a cargo del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, en aplicación del Decreto Legislativo N° 839.

Son 14 folios.

Salgado Rubianes De Paredes, Luz / Chang Ching, Luis / Colchado Arellano, Genaro / Rodas Díaz, Erland / Ramos Santillán, Francisco.
2266 21/11/1996 La presente Ley norma los derechos de Sindicación, Negociación Colectiva y Huelga para cautelar su ejercicio democrático, en armonía con lo establecido en el Artículo 28° de la Constitución Política del Perú.

Son 38 folios.

Delgado Aparicio, Luis / Velit Núñez, Miguel / Marcenaro Frers, Ricardo / Amuruz Gallegos, Roger / Barrón Cebreros, Xavier / Vicuña Vásquez, Eusebio / Ferrero Costa, Carlos / Chu Rubio, Luis / Barbarán Rengifo, Carlos / Medelius Rodríguez, Oscar / Fernández Bustinza, Víctor.
2267 22/11/1996 Derógase el Artículo 1° del Decreto-Ley N° 25920.

Son 06 folios.

Banco Central De Reserva Del Perú.
2268 22/11/1996 Modifícase el Artículo 12°, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, cuyo texto quedará redactado de la forma siguiente:

Artículo 12°.- "Todas las Resoluciones, con exclusión de las de mero trámite son motivadas, bajo responsabilidad de los Jueces de la Instancia correspondiente, con expresión de los fundamentos en que se sustentan, pudiendo éstos reproducirse en todo o en parte sólo en Segunda Instancia, al absolver el grado".

Son 05 folios.

Núñez Román, Edgar.
2270 25/11/1996 Institúyase a nivel Nacional el Día de la Música, la Danza y la Canción Andina, estableciéndose el 01 de Agosto de cada año como fecha central de su celebración.

Son 09 folios.

Ruíz-Caro Álvarez, Víctor Manuel.
2271 25/11/1996 Créase una persona Jurídica de Derecho Público denominada Comisión Multisectorial de la Cuenca del Río Apurímac, la misma que tendrá autonomía administrativa, técnica y funcional, para la obtención de los fines propuestos en esta Ley.

Son 10 folios.

Ruíz-Caro Álvarez, Víctor / Villasante Chambi, Cristóbal / Campos Baca, Luis / Larrabure Gálvez, César / Chiroque Ramírez, Gamaniel / Vega Ascencio, Anastasio / Amorín Bueno, Adolfo / León Trelles, Carlos / Muñiz Ziches, Jorge.
2272 25/11/1996 Créase la Comisión Multisectorial encargada de realizar los estudios, planificación, y propuesta de ejecución para la construcción y equipamiento del Aeropuerto Internacional de San Pedro y San Pablo en la Provincia de Canchis, Departamento del Cusco.

Son 09 folios.

Ruíz-Caro Álvarez, Víctor Manuel / Villasante Chambi, Cristóbal / Vega Ascencio, Anastasio.
2273 25/11/1996 Los bienes inmuebles ubicados en áreas urbanas de propiedad de la Empresa Nacional de Ferrocarriles S.A. en proceso de privatización y que por su ubicación origine congestionamiento y tugurización, serán permutados al Ministerio de la Presidencia, el cual a su vez transferirá en favor de ENAFER PERU S.A. bienes inmuebles ubicados en áreas rurales.

Son 08 folios.

Ruíz-Caro Álvarez, Víctor Manuel.
2274 25/11/1996 Inaféctese del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, a las prestaciones de bienes y servicios realizadas por los operadores turísticos, a los turistas extranjeros, durante su estadía en el territorio de la República.

Son 09 folios.

Ruíz-Caro Álvarez, Víctor Manuel / León Trelles, Carlos / Chiroque Ramírez, Gamaniel / Amorín Bueno, Adolfo / Barbarán Rengifo, Carlos.
2275 25/11/1996 Refórmese los Artículos 80° y 89° del Código Penal en los términos siguientes:

Artículo 80°.- La Acción Penal prescribe en un tiempo igual al máximo de la pena fijada por la Ley para el delito, si es privativa de libertad.

Son 07 folios.

 

Vidarte Correa, Elferes.
2276 25/11/1996 Refórmese el Artículo 41°, los Incisos 6° y 21° de los Artículos 102° y 118°, respectivamente, de la Constitución del Estado, en los siguientes términos:

Artículo 41°.- Los Funcionarios y Servidores Públicos que señala la Ley o que administran o manejan fondos del Estado o de organismos sostenidos por éste deben hacer Declaración Jurada de bienes y rentas al tomar posesión de sus cargos, durante su ejercicio y al cesar en los mismos.

Son 05 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
2279 25/11/1996 Derógase la Primera Disposición Final del Decreto Legislativo 874.

Son 07 folios.

Alva Orlandini, Javier.
2281 26/11/1996 Compénsase a la Provincia del Santa lo dispuesto en la Ley 15686, rentas que fueron derogadas y reestablecidas mediante el Decreto Legislativo N° 622, compensación que será de un 5% de los Tributos captados en esta Provincia por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria SUNAT, constituyéndose recursos propios del Consejo Provincial del Santa, independientemente de la Rentas que se tiene asignadas por el Gobierno Central.

Son 11 folios.

Ghilardi Álvarez, Freddy.
2292 26/11/1996 Los partidos políticos son asociaciones de ciudadanos cuyo objeto es el ejercicio de sus derechos políticos, participando en los asuntos públicos del País, dentro del marco de la Constitución y de la Ley.

Son 19 folios.

Pease García, Henry.
2300 26/11/1996 La presente Ley establece los principios básicos en cuanto funcionamiento, estructura, elección de candidatos, fuentes de financiamiento y acceso a los medios de comunicación de las Organizaciones Políticas, a las que se refiere el Artículo 35° de la Constitución Política del Estado.

Son 17 folios.

Paredes Cueva, Mario.
2302 26/11/1996 Derogase las Leyes 26657 y 26592 y, en consecuencia, recobran vigencia los Artículos 13, 15 y 16 de la Ley 26300.

Son 17 folios.

Alva Orlandini, Javier.
2306 26/11/1996 Autorízase a las personas naturales o jurídicas a ingresar al País moneda extranjera que posean en el exterior, sin especificación de procedencia de origen, libre de obligaciones Tributarias derivadas del Impuesto a la Renta, hasta el 31 de Diciembre de 1998.

Son 05 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
2307 26/11/1996 La presente Ley regula y garantiza el ejercicio de los derechos de Sindicación, Negociación Colectiva y Huelga, en armonía con lo establecido en el Artículo 28° de la Constitución Política del Estado y en concordancia con los Convenios Internacionales ratificados por el Perú, en materia laboral.

Son 29 folios.

Grados Bertorini, Alfonso.
2309 27/11/1996 Modifícase el Inciso 1) del Artículo 321° del Decreto Ley 23214 "Código de Justicia Militar", el mismo que queda redactado con el texto siguiente:

"Artículo 321°.- Son militares para efectos de este Código:

1) Los que de acuerdo con las Leyes orgánicas de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional que rigen al personal de las distintas armas y servicios, tienen Grado Militar o prestan Servicio Militar; con excepción de los Miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, en situación de retiro.

Son 18 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
2310 27/11/1996 Modifícase el Artículo 117° del Código Penal aprobado por Decreto Legislativo N° 635, el cual quedará redactado con el texto siguiente:

Artículo 117°.- El Médico, Obstetra, Farmacéutico, o cualquier Profesional Sanitario, o practicante de Medicina u otra Profesión Sanitaria, que abuse de su ciencia o arte para causar el aborto, será reprimido con la pena de los Artículos 115°y 116°.

Son 09 folios.

Ezquerra Cáceres, Rigoberto.
2311 27/11/1996 Concédase la Nacionalidad Peruana, atendiendo los servicios distinguidos que ha prestado a la Nación durante 32 años consecutivos, al Reverendo Padre HUBERT LANSSIERS DIRYX, de la Congregación de los Sagrados Corazones.

Son 05 folios.

Pease García, Henry / Chipoco Cáceda, Carlos.
2312 27/11/1996 Horarios extendidos de atención al público.- En adición a sus jornadas habituales, las entidades de la Administración Publica deberán poner en funcionamiento horarios extendidos de atención al público, no coincidentes con la jornada laboral común, para que la ciudadanía pueda cumplir sus obligaciones y adelantar los trámites frente a las mismas.

Son 15 folios.

Muñiz Ziches, Jorge.
2314 28/11/1996 Autorízase al Poder Ejecutivo a otorgar hasta cinco años de plazo, para el pago fraccionado en armadas mensuales, de los derechos de importación, y de todo otro cargo tributario que por tal causa se genere, más los intereses comerciales que correspondan, por el internamiento al País, de maquinarias, en todo o en partes, en los casos en los que el valor de los bienes por importarse supere los 20,000 soles por unidad, siempre que el pago de dichas importaciones deba hacerse comprobadamente a plazos, en no más de tres años, y que las maquinarias importadas o sus partes, estén destinadas a incrementar o mejorar la producción agropecuaria, minera, pesquera, industrial y artesanal.

Son 02 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
2315 28/11/1996 Conságrase que la denominación oficial con la cual se reconocerá en adelante al Mariscal "Andrés Avelino Cáceres", y el título honorífico complementario de "El más Grande Héroe de la Historia Republicana del Perú", el cual se usará copulativa y simultánea o alternativamente.

Son 07 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
2316 28/11/1996 Autorízase el pago fraccionado del Impuesto General a las Ventas-IGV, en la transferencia de vehículos, maquinarias y otros bienes muebles con valor no inferior a Diez Mil Soles la unidad, que sean importados, producidos o terminados dentro del País, siempre que su precio sea cancelado a plazos, para ser usados dentro o fuera del territorio Nacional.

Son 04 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
2317 28/11/1996 Modifícanse los Artículos Nos. 24, 25 y 26, del Decreto Legislativo N° 776, cuyo texto será el siguiente:

Artículo 24.- Se agregará un tercer párrafo en el siguiente texto:

"Tendrá prioridad el cálculo del impuesto sobre el valor o precio por el que se produce la transferencia, cuando con ello se determine una suma superior a la que resulte de aplicar lo dispuesto en los párrafos precedentes de este mismo Artículo".

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
2318 28/11/1996 Amplíase el plazo establecido en el Artículo 7 del Decreto Legislativo N° 821, en los términos siguientes:

"Artículo 7.- Las exoneraciones contenidas en los apéndices I y II tendrán vigencia hasta el 31 de Diciembre del año 2,000.

Los contribuyentes que realicen las operaciones comprendidas en el apéndice I podrán renunciar a la exoneración optando por pagar el impuesto por el total de dichas operaciones, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento.

Son 06 folios.

Del Castillo Gálvez, Jorge / Núñez Román, Edgar.
2320 28/11/1996 Derógase la Ley N° 26569 y sus normas de desarrollo aprobados por Decreto Supremo N°004-96-PRES del 08.03.96, modificado por 021-96-PCM del 25.04.96 y otras que se opongan a la presente Ley.

Son 23 folios.

Castillo Chirinos, Arturo.
2321 29/11/1996 Se prohíbe el uso de teléfonos celulares portátiles; radios toca casettes portátiles con audífonos; y, medios visuales de información u otros similares, en forma simultánea con la conducción de vehículos motorizados, incluyéndose motocicletas y similares, sin distinción respecto a que estos medios se encuentren o no instalados en forma permanente en el vehículo.

Son 07 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
2322 29/11/1996 Ratifíquese el derecho de todo el Personal Militar o Policial que se encuentre en situación de retiro, a no ser procesado por las opiniones públicas que emita en ejercicio del Artículo 2° Inciso 4 de la Constitución Política.

Son 13 folios.

Avendaño Valdez, Jorge / Chipoco Cáceda, Carlos.
2323 29/11/1996 Los objetivos fundamentales de la presente Ley son:

a) Promover y fomentar el desarrollo integral de la actividad Pesquera Artesanal con el propósito de incrementar la producción y productividad que conlleve al mejoramiento de los niveles socio-económicos de los Pescadores Artesanales y a su bienestar.

Son 17 folios.

Noriega Febres, Javier.
2324 26/11/1996 Están obligados a presentar Declaración Jurada de Bienes y Renta, al asumir sus funciones, cada dos años y, al concluir la función pública, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 41° de la Constitución Política del Estado, los siguientes Funcionarios o Servidores Públicos:

1. Los que mantienen relación laboral con cualquier organismo del Sector Público.

2. Los que desempeñen cargos políticos o de confianza, incluso si emanan de elección popular.

Son 15 folios.

 

Chávez Cossío, Martha.
2325 29/11/1996 Los Comandantes Generales del Ejército, de la Marina de Guerra y de la Fuerza Aérea del Perú, son designados por un período de hasta dos años por el Presidente de la República en su condición de Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas, entre los Oficiales, de más alta graduación de cada Instituto, en Situación de Actividad.

Son 10 folios.

San Román Cáceres, Máximo.
2326 29/11/1996 Modifícase el Inciso c) del Artículo 2° del Decreto Legislativo 807, el mismo que quedará redactado con el texto siguiente:

"C) Realizar inspecciones en los locales de las personas naturales o jurídicas, solicitar la exhibición de libros, registros, documentación y bienes y examinarlos, comprobar el desarrollo de procesos productivos y tomar la declaración de las personas que en ellos se encuentren.

Son 27 folios.

Chávez Cossío, Martha / Medelius Rodríguez, Oscar / Chang Ching, Luis / León Trelles, Carlos / Samalvides Dongo, Helber / Revilla Jurado, Anselmo / Flores Flores, Gustavo.
2332 03/12/1996 La presente Ley tiene por finalidad velar por la integración social de la Persona con discapacidad, estableciendo el régimen de prevención, protección, atención, readaptación y seguridad previsto en el Segundo Párrafo del Artículo 7° de la Constitución Política del Estado.

Son 07 folios.

Velit Núñez, Miguel / Espinoza Matos, María Jesús / Ezquerra Cáceres, Rigoberto / Ciccia Vásquez, Miguel / Salazar Vargas, Jorge / Rodas Díaz, Erland / Vílchez Malpica, Pedro.
2333 03/12/1996 Declárese de interés Nacional la Institucionalización y desarrollo de la Conciliación Extraprocesal, como sistema alternativo de solución de conflictos.

Son 09 folios.

Muñiz Ziches, Jorge.
2335 03/12/1996 Déjese sin efecto la modificación del Artículo 74° de la Ley N° 26373.

Son 06 folios.

Coral Pérez, Víctor Daniel.
2338 04/12/1996 Los condenados por delito de terrorismo o traición a la Patria indultados por el Presidente de la República o que se acogieron al ejercicio del Derecho de Gracia de acuerdo a lo establecido por la Ley 26655, podrán reincorporarse a sus respectivos Centros de Trabajo en que venían desempeñándose antes de ser apercibidos por la Ley.

Son 12 folios.

Núñez Román, Edgar.
2339 04/12/1996 Refórmase el Artículo 45° de la Constitución Política del Perú en los términos siguientes:

Artículo 45°.- El poder emana del Pueblo. Quienes lo ejercen lo hacen en su representación y con las limitaciones y responsabilidades señaladas por la Constitución y la Ley.

Son 04 folios.

Donayre Lozano, Jorge Luis.
2342 05/12/1996 Todo vehículo que transite por las vías terrestres del País, deberá contar con un seguro corporal obligatorio que ampare al conductor y a terceras personas de los daños que por accidentes automovilísticos afecten su vida y la salud.

Son 12 folios.

 

Fernández Baca de Valdez, Graciela.
2343 05/12/1996 Reforma Constitucional, Artículo 173° de la Constitución Política del Perú. Cáceres Velásquez, Roger.
2344 05/12/1996 Créase el Colegio de Estadísticos del Perú, como Institución autónoma de Derecho Público con sede en la Ciudad de Lima.

Son 24 folios.

Ruíz Dávila, Jorge / Sánchez Vega, José / Jhong Junchaya, Juan / Vargas Marín, Dennis / Vega Ascencio, Anastasio / Villasante Chambi, Cristóbal / Morales Costa, Lastenio / Urrelo Guerra, Rafael / Guerra-García, Cueva, Roger.
2345 05/12/1996 La presente Ley instituye y promueve que los empleadores proporcionen un sistema voluntario y alternativo de soporte alimenticio al trabajador y sus familiares, mediante la provisión de los siguientes programas:

a) Servicios de comedor: para uso exclusivo de los trabajadores. Puede brindarse a través de comedores propios, de concesionarios, así como la contratación de servicios de comida elaborada por empresas especializadas en el ramo.

Son 32 folios.

Delgado Aparicio, Luis / Velit Núñez, Miguel / Amuruz Gallegos, Roger / Barrón Cebreros, Xavier / Vicuña Vásquez, Eusebio / Ferrero Costa, Carlos / Chu Rubio, Luis / Barbarán Rengifo, Carlos / Fernández Bustinza, Víctor / Ferrero Costa, Carlos / Barba Caballero, José / Reggiardo Sayán, Andrés.
2346 05/12/1996 Declárese de necesidad Nacional la formulación del Plan Nacional de Desarrollo Urbano, el mismo que tendrá como objetivo general el promover, orientar, y regular la formulación e implementación de planes urbanos en el territorio de la República.

Son 128 folios.

Castillo Chirinos, Arturo.
2347 05/12/1996 Modifícanse los Artículos 546° y 547° del Código Procesal Civil, en la forma siguiente:

Artículo N° 546°.- Procedencia.- Se tramitan en proceso sumarísimo los siguientes asuntos contenciosos:

8.- El pago o regulación de honorarios de abogados, cualquiera que sea el monto.

Son 06 folios.

Núñez Román, Edgar.
2348 06/12/1996 Dése fuerza de Ley al Decreto Supremo N° 009-76-PE y Decreto Supremo 012-83-RE.

Son 09 folios.

Noriega Febres, Javier.
2349 06/12/1996 Modifícase el Artículo 19° del Decreto Legislativo 776° de la forma siguiente:

Artículo 19°.- "Los pensionistas propietarios de un solo inmueble, a nombre propio o de la sociedad conyugal, que esté destinado a vivienda de los mismos, deducirán a la base imponible del impuesto predial, un monto equivalente a 50% U.I.T., vigentes al 1° de Enero de cada ejercicio gravable.

Son 06 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
2350 06/12/1996 Declárese de necesidad e interés público la afectación de los bienes inmuebles de propiedad de entidades pertenecientes al Estado, excepto aquellas adjudicadas a proyectos especiales y empresas estatales de economía mixta, las mismas que no cumplieron adecuadamente con los fines u objetivos para los cuales fueron adjudicadas a la entidad del Estado respectiva, en favor del Ministerio de la Presidencia.

Son 09 folios.

Figueroa Vizcarra, Jorge / Medelius Rodríguez, Oscar / Amuruz Gallegos, Roger / Espinoza Matos, María Jesús / Fernández Bustinza, Víctor / Vílchez Malpica, Pedro / Torres y Torres Lara, Carlos.
2353 06/12/1996 La presente Ley regula el Derecho de Reunión concordante con lo que dispone nuestra Constitución en el Artículo 2°, numeral 12.

Son 08 folios.

Vicuña Vásquez, Eusebio / Barreto Estrada, Gamaniel / Vílchez Malpica, Pedro / Figueroa Vizcarra, Jorge.
2355 15/02/1996 Proponen una nueva Ley General de Expropiación.

Son 18 folios.

Matsuda Nishimura, Samuel.
2361 09/12/1996 Nadie será sancionado por un acto no previsto en este Código como delito o falta al momento de su comisión, ni sometido a pena o medida de seguridad que no se encuentren establecidos en él.

Son 120 folios.

Alva Orlandini, Javier.
2367 09/12/1996 Modifícase el Inciso 1 del Artículo 20° de la Ley 26702, en la forma siguiente:

" 1. Los condenados por tráfico ilícito de drogas, terrorismo, contra la seguridad nacional, traición a la Patria, contra la confianza y buena fé en los negocios, contra el orden económico, contra el orden financiero y monetario, delitos tributarios, delitos contra los Poderes del Estado y el Orden Constitucional, delitos cometidos por funcionarios públicos y delitos contra la fé pública".

Son 07 folios.

Alva Orlandini, Javier.
2372 11/12/1996 Modifícase el Inciso n) del Artículo 19° del Decreto Legislativo 774 Ley de Impuesto a la Renta, incluido por Decreto Legislativo N° 888; el cual queda redactado con el siguiente texto:

Artículo 19°.-

n) Los ingresos brutos que perciben los Artistas domiciliados y no domiciliados, así como las representaciones Nacionales y de Países extranjeros por los espectáculos en vivo de teatro, zarzuela, conciertos de música clásica, ópera, opereta ballet y folklore; realizados en el País y calificados como espectáculos públicos culturales por el Instituto Nacional de Cultura.

Son 09 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
2377 12/12/1996 Inclúyase dentro de los alcances del Decreto Ley N° 26113, Normas Relativas al Servicio Civil de Graduandos, SECIGRA DERECHO y su Reglamento a los estudiantes de las Escuelas de Ciencia Política de las Facultades de Derecho y Ciencias Políticas de las Universidades del País.

Son 54 folios.

Torres y Torres Lara, Carlos / Vargas Marín, Dennis.
2378 12/12/1996 Derógase el Decreto Legislativo N° 887.

Son 07 folios.

Guerra-García Cueva, Roger / Díez Canseco Cisneros, Javier / Grados Bertorini, Alfonso / Estrada Pérez, Daniel / Salazar Vargas, Jorge / Pease García, Henry.
2379 11/12/1996 Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1997, el plazo establecido en la Cuarta Disposición Final del Decreto Legislativo N° 709, modificado por Ley N° 26286 y Decreto Legislativo N° 791.

Son 06 folios.

Espinoza Matos, María Jesús.
2380 12/12/1996 Agréguese el siguiente párrafo al Artículo 87° del Reglamento del Congreso de la República en los términos siguientes:

Los pedidos a los que se refiere el Inciso e) del Artículo 22°, el último párrafo del Artículo 69 del presente Reglamento y los pedidos de información referidos a la atención o estado de las diferentes obras de los pueblos que representen, serán presentados directamente por los Congresistas a la Institución que corresponda.

Son 09 folios.

Salgado Rubianes De Paredes, Luz.
2382 13/12/1996 Objeto de la Ley. Establecer el modo en que habrá de ejercerse la función de fiscalización y control político de parte del Congreso y de los Congresistas.

Son 27 folios.

Baella Tuesta, Alfonso.
2383 13/12/1996 Por la presente Ley, se establece la política del Estado y de la sociedad frente a la violencia y explotación sexuales, los hechos que las configuran, las sanciones aplicables a los autores, los mecanismos procesales para una eficaz actividad probatoria y las medidas cautelares y de protección inmediata a las víctimas.

Son 35 folios.

Díez Canseco Cisneros / Breña Pantoja, Rolando / Merino Lucero, Beatriz / Gamarra Olivares, Ernesto / Forsyth Mejía, Harold / Fernández Baca de Valdez, Graciela / Alva Orlandini, Javier.
2384 13/12/1996 Modifícanse los Artículos 149° y 150° del Decreto Legislativo N° 635, Nuevo Código Penal, cuyos textos quedarán redactados de la forma siguiente:

Artículo 149°.- El que omite cumplir su obligación de prestar los alimentos que establece una Resolución Judicial, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años.

Son 10 folios.

Núñez Román, Edgar.
2385 13/12/1996 Modifícase el Artículo 2° del Decreto Legislativo 759 con la siguiente redacción:

"El personal que estudie en un Centro Educativo de Nivel Superior prestará su Servicio Militar Obligatorio mediante la modalidad de Reserva Disponible para cumplir fundamentalmente su servicio en Programas de Alfabetización.

Son 09 folios.

Velásquez Quesquén, Javier / Del Castillo Gálvez, Jorge.
2386 13/12/1996 Sustitúyase el texto del Artículo 28° de la Ley 26487-Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales por el siguiente:

Artículo 28°.- Los recursos de la Oficina Nacional de Procesos Electorales están constituídos por:

a) Las asignaciones que le confiere la Ley General de Presupuesto de la República, dentro del pliego correspondiente al sistema electoral.

Son 14 folios.

Figueroa Vizcarra, Jorge.
2387 13/12/1996 Cuando los concursos convocados para contratar sociedades de auditoría privadas queden desiertos por falta de postores, la Contraloría General de la República queda facultada a realizar las auditorías directamente, asumiendo los costos previstos la entidad correspondiente, conforme al último monto establecido en las bases del concurso declarado desierto.

Son 12 folios.

Figueroa Vizcarra, Jorge.
2388 13/12/1996 Modifícase los Artículos N° 108° y 121° del Código Penal con los textos siguientes:

Artículo N° 108°.- Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de quince años, el que mata a otro concurriendo cualquiera de las circunstancias siguientes:

1. Por ferocidad o por lucro.

2. Para facilitar u ocultar otro delito.

Son 05 folios.

Alva Orlandini, Javier.
2389 13/12/1996 Autorícese al Poder Ejecutivo para que dentro del plazo de sesenta (60) días apruebe mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministerio de Justicia, los Textos Únicos Ordenados de la Legislación General que cuente con normas derogatorias, modificatorias o sustittutorias que dificulten su correcta interpretación o aplicación.

Son 05 folios.

Muñiz Ziches, Jorge.
2390 13/12/1996 Modifíquese el Tercer párrafo de la Segunda Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley 26623, Ley de creación del Consejo de Coordinación Judicial, en los siguientes términos:

"La Comisión Ejecutiva estará integrada por el Fiscal de la Nación, el Fiscal de la Primera Fiscalía Suprema en lo Penal y el Fiscal de la Primera Fiscalía Suprema en lo Civil, quienes actuarán como un Órgano Colegiado y bajo la Presidencia del primero de los nombrados; manteniéndose en dicha Comisión mientras ejerzan los cargos en pleno ejercicio de sus funciones.

Son 08 folios.

Díez Canseco Cisneros, Javier.
2392 13/12/1996 Sustitúyase el texto de los Artículos 6 y 10 del Decreto Legislativo 866- Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, en los términos siguientes:

Artículo 6.-Ministro:

El Ministro es el Titular del Sector y del Pliego Presupuestario del Ministerio que tiene las atribuciones que la Constitución y el presente Decreto Legislativo le otorgan.

Son 13 folios.

 

Figueroa Vizcarra, Jorge / Vicuña Vásquez, Eusebio / Ruíz-Caro Álvarez, Víctor.
2393 13/12/1996 En tanto se defina el ámbito funcional y sectorial de cada Ministerio, de conformidad con el proceso de Modernización de la Administración Pública, las Comisiones Ordinarias a que se refiere el Inciso a) del Artículo 35 del Reglamento del Congreso de la República se encargarán de los asuntos de su competencia que se homologan con el de las entidades del Estado en proceso de reorganización.

Son 21 folios.

Figueroa Vizcarra, Jorge / Vicuña Vásquez, Eusebio / Ruíz-Caro Álvarez, Víctor.
2395 13/12/1996 Inclúyase dentro del Artículo 70° de la Ley N° 23407 o Ley General de Industrias, como zonas de fronteras de selva a las Provincias de La Convención, al Distrito de Kcosñipata, en la Provincia de Paucartambo y al Distrito de Yanatile en la Provincia de Calca, del Departamento del Cusco, las mismas que gozarán de los beneficios tributarios otorgados por esta Ley y otros que expresamente se creen con posterioridad.

Son 12 folios.

Ruiz-Caro Álvarez, Víctor.
2396 13/12/1996 El responsable principal de cada actividad festiva oficial o no oficial en la que se use productos pirotécnicos requerirá del Comité Distrital o Provincial del Sistema Nacional de Defensa Civil, según corresponda, autorización escrita para la actividad.

Son 14 folios.

Lajo Lazo, Manuel / Díaz Díaz, Susana.
2397 13/12/1996 Modifíquese el Artículo 393° del Código Procesal Civil en los siguientes términos:

Artículo 393°.- La interposición del recurso suspende la ejecución de la sentencia, salvo en las materias previstas en el Inciso 7 del Artículo 486° y numerales 4 y 5 del Artículo 546°, en las que se admitirá sin suspender la ejecución de la sentencia, siempre que la parte interesada en la ejecución, ofrezca y otorgue contra cautela, sin cuyo requisito no será admitido.

Son 83 folios.

Reynafarje Abensur, Samuel.
2399 14/12/1996 Agrégase al segundo párrafo del Artículo 18° del Decreto Legislativo N° 774, Ley del Impuesto a la Renta, el Inciso siguiente, respecto a constitución de ingresos inafectos al citado impuesto:

c) Las pensiones que tengan origen en el trabajo personal, tales como jubilación, orfandad, viudez, invalidez, correspondientes a regímenes administrados por la Oficina de Normalización Previsional (ONP), así como otras pensiones afines o similares y cualquier otro ingreso que tenga su origen en el trabajo personal.

Son 06 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
2401 14/12/1996 Modifícase los Artículos 222°, 223°, 224° y 225° del Libro II, Título VII, Capítulo II del Código Penal en los siguientes términos:

Artículo 222°.- El que fabrica producto industrial o usa un medio o proceso patentado de fabricación, sin contar con la autorización del titular del derecho, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de seis años con sesenta a trescientos setenta y cinco días-multa e inhabilitación conforme al Artículo 36°, Inciso 4.

Son 23 folios.

Figueroa Vizcarra, Jorge / Barreto Estrada, Gamaniel.
2405 17/12/1996 La presente Ley denominada Ley del Comercio Ambulatorio, tiene como objetivo regular el ejercicio de la actividad comercial ambulatoria a nivel nacional.

Son 18 folios.

Espinoza Matos, María Jesús.
2406 18/12/1996 Adiciónase al Artículo 23° de la Ley Orgánica de Justicia Militar, el párrafo siguiente:

Artículo 23°.- El Presidente y los Vocales de los Concejos serán nombrados por Resolución Suprema refrendada por el Ministro del Sector pertinente, y permanecerán en el cargo no menos de dos años.

Son 10 folios.

Esquerra Cáceres, Rigoberto.
2411 23/12/1996 Declárase de interés Nacional el fortalecimiento de las empresas formadas por las organizaciones agrarias.

Son 36 folios.

Lajo Lazo, Manuel.
2412 23/12/1996 La presente Ley establece un mecanismo de estabilización de costos de importación mediante un sistema de sobretasas a la importación de los productos agropecuarios, con el objetivo de que el productor Nacional pueda adoptar sus decisiones en condiciones propias de mercados libres y competitivos.

Son 68 folios.

Lajo Lazo, Manuel.
2413 23/12/1996 Modifícase el Artículo 18° del Decreto Legislativo N° 774, Ley de Impuesto a la Renta, como sigue:

g) Centros Culturales debidamente reconocidos por el Instituto Nacional de Cultura.

Son 12 folios.

Chávez Cossío, Martha.
2414 26/12/1996 Derógase la Ley N° 26592 de fecha 18 de abril de 1996.

Son 06 folios.

Lajo Lazo, Manuel / Flores Nano, Lourdes / Chu Rubio, Luis / Díez Canseco Cisneros, Javier / Avendaño Valdez, Jorge / Alva Orlandini, Javier / Guerra-García Cueva, Jorge / Mantilla Campos, Agustín / Núñez Román, Edgar / Flores-Araoz Esparza, Antero / Morales Costa, Lastenio / Velásquez Quesquén, Javier / Donayre Lozano, Jorge / Reto Neyra, Santos / Breña Pantoja, Rolando / Pease García, Henry / San Román Cáceres, Máximo / Santamaría Silva, Alejandro / Estrada Pérez, Daniel / Fernández Baca, Graciela / Townsend Díez Canseco, Ana / Del Castillo Gálvez, Jorge.
2415 26/12/1996 Precísase que la aplicación del Programa de Evaluación de Personal autorizado por Decreto de Urgencia N° 085-96, sólo podrá ser efectuada por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil-RENIEC- luego de llevar a cabo el Programa de Retiro Voluntario con Incentivos dispuesto en favor de los trabajadores del Registro Electoral del Perú mediante las Leyes Nos 26494 y 26497, cuyo plazo queda a tal efecto así modificado.

Son 24 folios.

Chávez Cossío, Martha.
2416 27/12/1996 Inclúyase en el Artículo 18° del Decreto Legislativo N° 774 Ley de Impuesto a la Renta, el Inciso g) con el texto siguiente:

Artículo 18°.- No son sujetos pasivos del Impuesto:

g) Los Centros Culturales reconocidos como tales por el Instituto Nacional de Cultura.

Son 07 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
2418 30/12/1996 Modifícanse el segundo párrafo del Artículo 6° del Inciso c) y el último párrafo del Artículo 16° de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, cuyos textos definitivos serán los siguientes:

Artículo 6°.-

Los Porcentajes señalados en el presente Artículo pueden ser modificados sólo por el Congreso de la República, a propuesta del Consejo Directivo del IPSS, previo estudio actuarial.

Son 06 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
2421 03/01/1997 Derógase el Decreto Legislativo N° 887.

Son 08 folios.

Colegio Médico del Perú.
2422 03/01/1997 Créase el Sistema Nacional de Salud, conformado por los Hospitales: Nacionales, pertenecientes al Ministerio de Salud; de la Seguridad Social; de la Beneficencia Pública, de las Fuerzas Armadas, de la Policía Nacional y las Clínicas Privadas.

Son 07 folios.

Esquerra Cáceres, Rigoberto.
2424 06/01/1997 Los ciudadanos que acceden a apoyar a las agrupaciones políticas en su propósito de inscribirse ante el Órgano Electoral competente, pueden suscribir las listas de adherentes respectivas sin sujeción a ningún límite de agrupaciones políticas cuyos padrones firmen.

Son 05 folios.

Rey Rey, Rafael / Chirinos Soto, Enrique / Salazar Larraín, Arturo.
2425 06/01/1997 Adiciónase al Artículo 20° de la Ley N° 23903 el siguiente Párrafo:

"El uso correcto del voto preferencial para optar por uno o dos candidatos, determina la validez del voto aún cuando el elector omitiera marcar la figura o símbolo con una cruz o una aspa".

Son 05 folios.

Rey Rey, Rafael / Chirinos Soto, Enrique / Salazar Larraín, Arturo.
2426 06/01/1997 Todas las empresas privadas, que tengan cincuenta (50) o más trabajadores deberán contar con los servicios de un profesional médico, a fin de promover la salud de su recurso humano.

Son 10 folios.

Guerra-García Cueva, Roger.
2429 08/01/1997 Precísase que el proceso de expropiación de los terrenos a los que se refiere el Artículo 2° de la Ley 25314 y Primera Disposición Final de la Ley 26264 se encuentran fuera de los alcances del Artículo 2° de la Ley 24513 y del Artículo 3° de la Ley 26264; estando comprendidos en dicho proceso expropiatorio toda el área de terreno que ocupan los Asentamientos Humanos San Martín de Porres, Arquitecto Enrique Milla Ochoa y Los Olivos.

Son 12 folios.

Espinoza Matos, María Jesús / Torrejón Riva de Chincha, Aurora / Revilla Jurado, Vidal / Vega Ascencio, Anastasio / Figueroa Vizcarra, Jorge / Salgado Rubianes De Paredes, Luz / Olivera Vega, Fernando / Breña Pantoja, Rolando / Reggiardo Sayán, Andrés / Morales Costa, Lastenio / Barba Caballero, José / Ruíz Dávila, Jorge / Vargas Marín, Dennis / Aliaga Araujo, Vito / Sánchez Vega, José Gabriel / Forsyth Mejía, Harold / Barbarán Rengifo, Carlos / Coral Pérez, Víctor / Colchado Arellano, Genaro / Díaz Díaz, Susana / Mohme Llona, Gustavo / Gamarra Olivares, Ernesto / Cardoso Romero, Francisco / Velásquez Quesquén, Javier / Núñez Román, Edgar / León Trelles, Carlos / Chiroque Ramírez, Gamaniel / Urrelo Guerra, Rafael.
2430 09/01/1997 Modifícase el Artículo 11° del Decreto Legislativo 767, Ley Orgánica del Poder Judicial, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo 017-93-JUS, por el siguiente texto:

Artículo 11°.- Las Resoluciones Judiciales son susceptibles de impugnación en una o más Instancias Superiores, según su naturaleza y con arreglo a Ley.

Son 07 folios.

Huamanchumo Romero, Juan / Vega Ascencio, Anastasio / León Trelles, Carlos.
2432 09/01/1997 Sustitúyase el texto del Artículo 52 del Decreto Legislativo 776 Ley de Tributación Municipal por el siguiente:

Artículo 52: En los casos previstos en los Incisos a), b) y c) del Artículo 50°, la recaudación, administración y fiscalización del impuesto es de competencia de la Municipalidad Distrital en cuya jurisdicción se realice la actividad gravada, se instalen los juegos o se ubiquen las máquinas tragamonedas.

Son 15 folios.

Figueroa Vizcarra, Jorge / Ruíz- Caro Álvarez, Víctor Manuel.
2433 09/01/1997 Autorízase a las Municipalidades Provinciales y Distritales y demás entidades comprendidas dentro de los alcances de la Ley 26569 de Privatización de los Mercados Municipales, a proceder al saneamiento legal de los mercados de su propiedad ante los Registros Públicos de la Propiedad Inmueble, con arreglo a lo dispuesto en la presente, Ley y siempre que la transferencia de los mercados se efectúe en aplicación de la Ley 26569.

Son 12 folios.

Figueroa Vizcarra, Jorge.
2434 10/01/1997 La presente Ley establece las normas de política de vivienda orientadas a dotar a las familias de mecanismos de acceso a soluciones habitacionales acordes a sus ingresos.

Son 14 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
2435 10/01/1997 Modifíquese el Artículo 68° del Código Civil, el mismo que queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 68°.- El reconocimiento de existencia no invalida el nuevo matrimonio que hubiere contraído el cónyuge.

Son 08 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
2436 10/01/1997 Derogase los Artículos 2° y 3° de Ley N° 26573 y el Artículo 2° del Decreto Legislativo N° 841.

Son 35 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
2437 13/01/1997 Modifícase el numeral 1) del Artículo 33° del Decreto Legislativo N° 821 Ley de Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, por el texto siguiente:

1) La venta de bienes de origen Nacional o Nacionalizados que se realiza en los establecimientos ubicados en la Zona Internacional de los puertos y aeropuertos de la República, a los viajeros.

Son 06 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
2438 13/01/1997 Los vehículos motorizados de cualquier clase y toda máquina que funcione con combustibles fósiles deberán contar con medios adecuados que limiten la contaminación atmosférica, ya sean aditivos a los combustibles, aparatos, dispositivos o cualquier otro que disminuyan la contaminación por emisiones, anhídrido carbónico u otros elementos contaminantes.

Son 10 folios.

Sandoval Aguirre, Oswaldo / Urrelo Guerra, Rafael / Coral Pérez, Víctor / Chiroque Ramírez, Gamaniel / Campos Baca, Luis / Fernández Baca, Graciela / Colchado Arellano, Genaro / Cerro Moral, María Ofelia / Revilla Jurado, Anselmo / Aliaga Araujo, Vito.
2439 13/01/1997 Los programas de formación académica para aspirantes al cargo de Magistrados del Poder Judicial o Fiscal del Ministerio Público y los de capacitación para ascensos, a que se refieren los Incisos a) y b) del Artículo 2° de la Ley N° 26335, se ejecutan por la Academia de la Magistratura y con la misma currícula, simultáneamente en no menos de seis Ciudades del País que sean sede de Distrito Judicial.

Son 10 folios.

Estrada Pérez, Daniel.
2441 13/01/1997 Deróguese el Inciso c) del Artículo 118° del Código Tributario así como toda aquella disposición que autoriza el descerraje sin intervención Judicial ni del Ministerio Público.

Son 04 folios.

Ghilardi Álvarez, Freddy.
2442 13/01/1997 Las sanciones administrativas a ser aplicados por los funcionarios de la administración tributaria se aplicarán sin perjuicio de la responsabilidad penal que haya lugar (Artículo 85°, 86°, 96° y 186° del Código Tributario).

Son 08 folios.

Ghilardi Álvarez, Freddy.
2443 14/01/1997 Modifícanse los Artículos 25° y 29° de la Ley N° 26300 Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadana en los términos siguientes:

Artículo 25°.- Únicamente si se confirmase la Revocatoria de más de un tercio de los miembros del Concejo Municipal, se convoca a nuevas elecciones dentro del término de noventa (90) días calendario.

Son 04 folios.

Samalvides Dongo, Helbert.
2446 15/01/1997 Las Universidades e Instituciones con rango universitario, tienen la obligación de difundir y publicar el diagnóstico de requerimientos de los profesionales universitarios en nuestra sociedad, facilitando información de igual medida sobre las oportunidades en otras alternativas de educación superior.

Son 08 folios.

Vega Ascencio, Anastasio.
2447 16/01/1997 Se encuentran exoneradas del pago de tributo, todas las asignaciones, bonificaciones u otros conceptos que se abonan por concepto remunerativo o de pensiones que tengan por objeto cubrir los servicios educativos de los trabajadores, pensionistas, cónyuge y/o hijos.

Son 06 folios.

Vega Ascencio, Anastasio.
2448 17/01/1997 Transfiérase al Gobierno Central Despacho de la Presidencia de la República, el personal, recursos materiales y financieros, maquinaria, equipo y acervo documental del Proyecto Especial Plan Turístico Cultural Perú UNESCO (COPESCO) actualmente perteneciente como proyecto especial del Gobierno Regional de la Región Inka.

Son 08 folios.

Ruíz-Caro Álvarez, Víctor Manuel.
2449 20/01/1997 Deróguese la Ley N° 26657, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 23 de agosto de 1996.

Son 05 folios.

Chipoco Cáceda, Carlos / Díez Canseco Cisneros, Javier / Townsend Díez Canseco, Ana.
2452 22/01/1997 Modifícase el Artículo 194° del Decreto Legislativo N° 635: "Código Penal", el cual quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 194°.- El que adquiere, reciba en prenda, o guarda, esconde, vende o ayuda a negociar un bien de cuya procedencia delictuosa tenía conocimiento, o debía presumir que provenía de un delito, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de tres años y con treinta a noventa días de multa.

Son 08 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
2453 22/01/1997 Modifícase el Artículo 19° del Decreto Legislativo 776 Ley de Tributación Municipal, de la forma siguiente:

Artículo 19°.- Los pensionistas propietarios de un solo inmueble, a nombre propio o de la sociedad conyugal, que esté destinado a vivienda de los mismos, y cuyo único ingreso esté constituido por la pensión, deducirán a la base imponible del Impuesto Predial, un monto equivalente a 50% U.I.T., vigentes al 1° de Enero de cada ejercicio gravable.

Son 06 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
2454 22/01/1997 Créase, con el carácter de Comisiones Asesoras a los Ministros de Agricultura, Energía y Minas, Pesquería, e Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, los respectivos Consejos de Modernización Tecnológica, los que formularán propuestas para la definición de políticas y acciones que favorezcan el desarrollo, captación y transferencia de conocimientos científicos y tecnológicos a los respectivos sectores productivos y de gestión, y una mayor presencia de los productos y servicios Peruanos en los mercados internacionales.

Son 18 folios.

Urrelo Guerra, Rafael.
2455 22/01/1997 Modifíquese el texto de la Segunda disposición final y transitoria del Código Penal de la siguiente manera:

"Los beneficios procesales y de ejecución penal no se aplican respecto de los agentes de:

1.- Delito de Tráfico Ilícito de Drogas.

2.- Delito de terrorismo.

Son 09 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
2457 22/01/1997 Modifíquese el numeral 1 del Apéndice II del Decreto Legislativo N° 821, Ley de Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, en los términos siguientes:

1.- Servicios de crédito: Sólo los ingresos percibidos por las Empresas del Sistema Financiero, por concepto de ganancias de capital, derivadas de las operaciones de compra-venta de letras de cambio, pagarés, facturas comerciales y demás papeles comerciales, así como por concepto de comisiones e intereses derivados de las operaciones propias de estas empresas.

Son 05 folios.

Fernández Baca de Valdez, Graciela.
2459 23/01/1997 El Ministerio de Educación en coordinación con las distintas Unidades de Servicios Educativos diseñarán y ejecutarán programas destinadas a la celebración del Día de la Canción Criolla promoviendo la participación infantil de los diversos Centros Educativos en las actividades que para el efecto se realicen.

Son 08 folios.

Díaz Díaz, Susana.
2460 23/01/1997 La presente Ley tiene como finalidad establecer las normas de aplicación a los casos de vacancia, suspensión e impedimento temporal vinculados al ejercicio del cargo de Ministro de Estado.

Son 14 folios.

Figueroa Vizcarra, Jorge.
2461 23/01/1997 El Presidente de la República es el Jefe del Estado y personifica a la Nación.

Sus atribuciones y obligaciones están establecidas por la Constitución Política y por la Ley.

Son 18 folios.

Alva Orlandini, Javier.
2462 23/01/1997 Para la presente Ley se defina como canon al pago que se realice por el uso de las aguas en la generación de energía eléctrica mayor a 3 MW, el mismo que será obtenido del total de los ingresos y rentas recaudados por el Estado por este concepto.

Son 15 folios.

Ramos Santillán, Francisco / Aliaga Araujo, Segundo Vito / Reynafarje Abensur, Samuel.
2463 24/01/1997 Declárese de interés público la expropiación del inmueble que viene ocupando el Conservatorio Nacional de Música, a fin de transferirlo en propiedad a esta institución y que se convierta en su local definitivo.

Son 06 folios.

Guerra-García Cueva, Roger.
2464 24/01/1997 Modifícase el Artículo I° del Título Preliminar del Código de Ejecución Penal de la siguiente manera:

Artículo I°.- Este código de acuerdo con el Artículo 139° Inciso 21 y 22 de la Constitución Política del Perú, regula la ejecución de los siguientes penas dictadas por los órganos jurisdiccionales competentes:

1.- Pena privativa de libertad

2.- Penas restrictivas de libertad.

Son 06 folios.

Ruíz Dávila, Jorge.
2465 24/01/1997 Modifícase el Artículo 168° del Decreto Legislativo N° 635 del Código Penal, por el siguiente texto:

Artículo 168°.- Será reprimido con pena privativa de la libertad no mayor de dos años, el que obliga a otro, mediante violencia o amenaza, a realizar cualquiera de las conductas siguientes:

1.- Integrar o no un sindicato.

2.- Prestar trabajo personal sin remuneración.

Son 06 folios.

Ruíz Dávila, Jorge.
2469 28/01/1997 Proponen al Gobierno Central, al Congreso de la República y a la opinión pública que el año 1997, sea denominado "Año de la Concertación y de la Descentralización Nacional".

Son 04 folios.

Municipalidad de Lima Metropolitana.
2470 28/01/1997 Levántese la condición de Comunidad Campesina "San Juan de Miraflores" al sector ubicado al Sur de la Ciudad de Iquitos, Provincia de Maynas, Región Loreto, en razón de haber perdido las características de tal y los principios comunales previstos, en el Artículo 3ro de la Ley General de Comunidades Campesinas N° 24656.

Son 09 folios.

Reátegui Trigoso, Carlos.
2471 28/01/1997 Derógase el Decreto Ley N° 25882 que incluye a ENAPU S.A. en el proceso de promoción de la inversión privada creado por el Decreto Legislativo N° 674.

Son 15 folios.

Díez Canseco Cisneros, Javier / Mohme Llona, Gustavo / Guerra-García Cueva, Roger / Del Castillo Gálvez, Jorge / Chu Rubio, Luis / Fernández Baca de Valdez, Graciela / Donayre Lozano, Jorge / Estrada Pérez, Daniel / Pease García, Henry / Grados Bertorini, Alfonso / Estrada Choque, Aldo / Velásquez Quesquén, Javier / Ghilardi Álvarez, Freddy / Zumaeta Flores, César / Gamarra Olivares, Ernesto.
2475 31/01/1997 Modifíquese la última parte de la Primera Disposición Final y Transitoria de la Ley N° 26655, con el texto siguiente:

"Primera.- La Comisión iniciará su funcionamiento al día siguiente de su instalación, teniendo un plazo de vigencia hasta el 31 de Diciembre de 1997".

Son 07 folios.

Espichán Tumay, Daniel.
2476 03/02/1997 Deróguese el Inciso 6) del Artículo 61° de la Ley 16587, Ley de Títulos Valores.

Son 08 folios.

Pardo Mesones, Francisco.
2477 03/02/1997 Se entiende como TESTAFERRERIA, cuando una persona presta su concurso para el ocultamiento jurídico de bienes en calidad de receptor beneficiario o adquiriente bajo cualquier título, (sustrayendo al agente mediante simulación de dación de pago o venta, herencia, separación de bienes, transferencia de acciones, cesión de derecho y cualquier otro acto jurídico simulado o fraude procesal en provecho propio), contribuyendo con ello, a la evasión de impuestos, pagos, embargos y todo aquello que favorezca al agente con la finalidad de sustraerlo de sus obligaciones en detrimento económico y moral del acreedor.

Son 09 folios.

Pardo Mesones, Francisco.
2479 04/02/1997 Modifícase el Artículo 78° del Decreto Legislativo 816 -Código Tributario, por el texto siguiente:

Artículo 78°.- ORDEN DE PAGO

La Orden de Pago es el acto en virtud del cual la Administración exige al deudor tributario la cancelación de la deuda tributaria, sin necesidad de emitirse previamente la Resolución de Determinación, en los casos siguientes:

1. Por tributos autoliquidados por el deudor tributario.

Son 07 folios.

Huamanchumo Romero, Juan / Vega Ascencio, Anastasio.
2480 05/02/1997 Incorpórese el Artículo 8-A en la Ley N° 26626-Ley del Plan Nacional de Lucha contra el SIDA- con el siguiente texto:

Artículo 8-A.- Establézcase la obligación de los propietarios, conductores y/o administradores de los distintos Hoteles y Hostales del País de proveer a las parejas usuarias un preservativo a fin de evitar la proliferación del Síndrome de Inmune Deficiencia Adquirida y las Enfermedades de Transmisión Sexual.

Son 10 folios.

Díaz Díaz, Susana.
2482 05/02/1997 Sustitúyase el Artículo 29° de la Ley N° 26300, "Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos" como sigue:

Artículo 29°.- Quien hubiere sido revocado del cargo para el que fue elegido, no podrá ser candidato al mismo cargo en la siguiente elección.

Son 05 folios.

Salazar Vargas, Jorge.
2483 06/02/1997 Modifíquese el Artículo 19° del Decreto Legislativo 776° agregándose el párrafo final siguiente:

De igual forma, los pensionistas propietarios de un solo inmueble que cumplan con los requisitos indicados en los párrafos anteriores, abonarán únicamente el 10% de cualquier arbitrio o tributo municipal creado o por crearse, diferente al Impuesto Predial, al cual únicamente se le aplicará la deducción establecida en el primer párrafo del presente Artículo.

Son 06 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
2487 06/02/1997 Modifícase el Artículo 21° de la Ley 26300 "Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos", el mismo que queda redactado con el texto siguiente:

Artículo 21°.- Los ciudadanos tienen el derecho de revocar a las autoridades elegidas. No procede la revocatoria durante el primero o el último año de su mandato salvo el caso de Magistrados.

Son 07 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
2488 07/02/1997 Háganse extensivos los efectos de lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley N° 26496, respecto de los depredadores y cazadores furtivos, dentro o fuera del País, de vicuñas y guanacos que al ser detenidos o procesados, revelen, con pruebas fehacientes e incontrastables, los nombres de los inspiradores, autores intelectuales, adquirientes y financiadores de los actos ilícitos en los que se haya incurrido al respecto, y también de quienes adquieran las pieles, pelos o fibras que obtengan con su ilícito proceder.

Son 07 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
2489 07/02/1997 Las exoneraciones y beneficios tributarios otorgados para los CETICOS de Tacna, Ilo, Matarani y Paita, no ampararán la instalación y operación, en el área geográfica que corresponde a dichos CETICOS, de industrias o plantas en las que se produzcan mercancías que puedan representar competencia desleal a empresas que preparen o manufacturen los mismos productos o mercancías dentro del resto del territorio nacional y que se hallen sometidas al tratamiento tributario que establecen las disposiciones legales pertinentes.

Son 04 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
2493 11/02/1997 Modifíquese el primer párrafo del Artículo 24° de la Ley N° 25977 Ley General de Pesca, con el siguiente texto:

Artículo 24°.- La construcción y adquisición de embarcaciones pesqueras deberá contar con autorización previa de incremento de flota otorgada por el Ministerio de Pesquería, bajo responsabilidad y en función de la disponibilidad, preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos.

Son 23 folios.

Fernández Bustinza Víctor.
2494 12/02/1997 Establézcase al PROYECTO ESPECIAL PLAN TURISTICO CULTURAL PERU-UNESCO (COPESCO), como autoridad autónoma del Desarrollo del Eje Turístico Sur Este Peruano.

Son 14 folios.

Ruíz-Caro Álvarez, Víctor / Fernández Bustinza, Víctor / Amorín Bueno, Adolfo.
2496 12/02/1997 Establézcase el quechua como idioma oficial de la República en las que predominan su uso de conformidad con la Constitución Política del Perú.

Son 20 folios.

Ruíz-Caro Álvarez, Víctor.
2497 13/02/1997 Modifícase el Artículo 15°, de la Ley N° 23384, el mismo que queda redactado en los siguientes términos:

Artículo 15°.- La formación ética y cívica es obligatoria en todo el proceso educativo, fomenta el amor a la Patria y capacita al educando para cumplir con sus deberes personales, familiares y cívicos, y para ejercer plenamente y con sentido crítico sus deberes y derechos Constitucionales dentro del ejercicio de la vida democrática.

Son 23 folios.

Forsyth Mejía, Harold.
2498 13/02/1997 Declarar Heroína Nacional a Doña María Elena Moyano Delgado, mártir de la defensa de la democracia.

Son 18 folios.

Forsyth Mejía, Harold / Chipoco Cáceda, Carlos / Townsend Díez Canseco.
2500 14/02/1997 Modifíquese el Artículo 81° de la Constitución Política del Perú en los siguientes términos:

Artículo 81°.- La Cuenta General de la República acompañada del Informe de Auditoría de la Contraloría General será remitida por el Presidente de la República al Congreso durante el mes de Agosto del año siguiente al de ejecución del presupuesto.

Son 17 folios.

Abanto Pongo, Alejandro.
2502 14/02/1997 Facúltese al Consejo Transitorio de Administración Regional - CTAR Arequipa, para que proceda a la adjudicación en subasta pública de los lotes del Parque Industrial de Río Seco- PIRS, que restan por vender, en un plazo que no excederá de 180 días calendario.

Son 54 folios.

Fernández Bustinza, Víctor.
2503 10/03/1997 Estarán afectos al pago del Impuesto a la Renta y demás cargos tributarios, las personas de nacionalidad Peruana, que laboren en empresas, entidades u organismos internacionales.

Son 03 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
2504 14/02/1997 La acción civil derivada de delito de tráfico ilícito de drogas subsistirá en los casos de extinción de la acción penal por muerte del imputado, conservando su eficacia las pruebas que se hubieran actuado en la instrucción o en el juicio correspondiente.

Son 13 folios.

Vicuña Vásquez, Eusebio / Barreto Estrada, Gamaniel / Vargas Marín, Dennis / Pulgar Lucas, Enrique / Campos Baca, Luis / Colchado Arellano, Genaro / Figueroa Vizcarra, Jorge.
2508 19/02/1997 Declárese en Estado de Emergencia, por un plazo de 180 días, en la Provincia de Abancay, Distrito de Tamburgo las localidades de Ccocha y Pumaranra; en el Departamento del Cusco, Provincia de Cachis los poblados de Sicuani, Quehuar, San Pedro, Construcción Civil, San Pablo, y Beltrán Gonzales; en el Departamento de Amazonas, Ciudad de Bagua los poblados de Huaragopampa, Puerto Naranjito, Papayal y Pedro Ruíz; en el Departamento de San Martín los poblados de Alto Mayo, San Francisco, Yuracyacu, Santa Rosa, Primavera, San Pedro y Nueva Florida.

Son 16 folios.

Núñez Román, Edgar.
2514 20/02/1997 Sustitúyase los Artículos 222°, 223°, 224° y 225° del Código Penal por los siguientes textos:

Artículo 222°.- El que explota, utiliza o de cualquier manera hace uso de un invento patentado sin contar con la autorización del titular del derecho; importa, vende o expone a la venta un producto industrial fabricado a partir del invento patentado, sin autorización del titular, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de seis años, con sesenta a trescientos sesenta y cinco días multa e inhabilitación conforme al numeral 4) del Artículo 36°.

Son 08 folios.

Medelius Rodríguez, Oscar / Flores Flores, Gustavo / Samalvides Dongo, Helbert.
2516 21/02/1997 Derógase el Decreto Ley N° 22524.

Son 13 folios.

Amorín Bueno, Adolfo.
2517 21/02/1997 Declárese a la Ciudad de Cajamarca como la Capital del Carnaval Nacional, con la siguiente denominación: "CAJAMARCA, CAPITAL DEL CARNAVAL PERUANO".

Son 17 folios.

Amorín Bueno, Adolfo.
2518 21/02/1997 Créase, en concordancia con el Artículo 1988° del Código Civil, el Seguro Obligatorio que cubra los daños personales causados por accidentes de tránsito, en vehículos de transporte terrestre.

Son 18 folios.

Velit Núñez, Miguel / Salazar Larraín, Arturo / Salazar Vargas, Jorge.
2519 24/02/1997 Modifíquese el Capítulo III del Título II de la Ley de los derechos de participación y control ciudadanos N° 26300.

Son 13 folios.

Estrada Pérez, Daniel.
2520 24/02/1997 Modifíquese el Artículo 19° del Decreto Legislativo 276 llamado Ley de Bases de la Carrera Administrativa, debiendo entenderse en los siguientes términos:

Artículo 19°.- "El Servidor Público, Empleado o Funcionario a excepción de los Obreros y demás que señale la Ley, será periódicamente evaluado en el desempeño del cargo y sus méritos, a través de procesos técnicos realizados cada dos años, factores que servirán para la calificación de Ascensos y Reasignaciones.

Los resultados de esta evaluación no constituyen causal para el cese del trabajador.

Son 16 folios.

Estrada Choque, Aldo.
2521 24/02/1997 Modifícase los textos de los Artículos 21°, 24° y 25° de la Ley 26300, por los siguientes:

Artículo 21°.- Los ciudadanos tienen el derecho de revocar a las autoridades elegidas. No procede la revocatoria durante el primero y el último año de su mandato, salvo el caso de Magistrados.

Son 04 folios.

Alva Orlandini, Javier.
2522 24/02/1997 Créase un Seguro de Desempleo y un Programa de Recapacitación Laboral, los mismos que serán administrados por un Organismo Autónomo, con Personería Jurídica de Derecho Privado y de estructura Descentralizada en todo el País.

Son 21 folios.

Pease García, Henry / Fernández Baca de Valdez, Graciela.
2523 24/02/1997 La presente Ley regula la organización y funciones de las entidades que conforman el Poder Ejecutivo, con excepción de las Empresas de propiedad del Estado.

Son 18 folios.

Poder Ejecutivo.
2524 24/02/1997 Establecer para los Municipios Distritales un tope total Mensual por dietas para Regidores de hasta una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente para el ejercicio presupuestal en que se otorgan las dietas anualmente por los Concejos Municipales independientemente de si se realizan 2 o 4 Sesiones mensuales de Concejo las que se abonan proporcionalmente a las asistencia y a las Sesiones de Trabajo en Comisiones que es la razón más importante de la actividad de un Regidor.

Son 158 folios.

Villasante Chambi, Cristóbal.
2525 25/02/1997 La presente Ley Orgánica norma la organización, autonomía, competencia, funciones y recursos de las Municipalidades del País, la cooperación Municipal y sus relaciones con otros organismos del Estado.

Son 57 folios.

Sánchez Vega, José Gabriel.
2527 25/02/1997 Modifícase Artículo 67° de la Ley Orgánica de Municipalidades en los siguientes términos:

Artículo 67°.- Son funciones de las Municipalidades en materia de educación, cultura, conservación de monumentos, turismo, recreación, deportes y defensa y promoción de los derechos del niño y el adolescente.

Son 14 folios.

Salgado Rubianes De Paredes, Luz.
2529 25/02/1997 Prohíbase la publicidad de toda clase de bebidas alcohólicas y de tabaco en la indumentaria de los deportistas que participen en espectáculos y competencias deportivas públicas, sean profesionales o no.

Son 32 folios.

Forsyth Mejía, Harold.
2530 25/02/1997 La presente Ley regula los mecanismos e instituciones conforme a los cuales se ejerce la representación y defensa de los intereses del Estado en los procesos judiciales, procedimientos administrativos y los procedimientos arbitrales en los que el Estado es parte.

Son 11 folios.

Poder Ejecutivo.
2532 26/02/1997 Derógase los Artículos 1°, 2°, 3° y 5° de la Ley 26750.

Son 22 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
2533 26/02/1997 La Ley Marco de Gestión Ambiental tiene por finalidad el aprobar las normas que servirán de base para el desenvolvimiento de las actividades humanas en el País y que posibiliten el funcionamiento de un amplio sistema participativo, descentralizado, contínuo y permanente de gestión ambiental.

Son 32 folios.

Castillo Chirinos, Arturo.
2536 27/02/1997 La Organización, Autonomía, Competencia, Funciones y Recursos de las Municipalidades, así como el Régimen Especial de la Capital de la República se rigen por la Constitución y esta Ley.

Son 39 folios.

Alva Orlandini, Javier.
2537   Modifícase el Artículo 3° de la Ley N° 23330, el mismo que quedará redactado con el siguiente texto:

El Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud estará a cargo del Ministerio de Salud el que lo organizará coordinando su funcionamiento con los organismos públicos y privados que lo requieran.

Son 07 folios.

Flores Nano, Lourdes.
2540 28/02/1997 Reconózcase la propiedad de los terrenos en el corredor ribereño, denominado Costa Verde, al Municipio Provincial del Callao y los Municipios Distritales de la Punta y la Perla; y, ratifíquese adicionalmente la propiedad a los Municipios Distritales de Chorrillos, Barranco, Miraflores, San Isidro, Magdalena del Mar y San Miguel, dentro los límites de sus respectivas jurisdicciones no estando comprendidos los terrenos de propiedad de terceros.

Son 17 folios.

Patsías Mella, Demetrio.
2545 04/03/1997 Modifícase los Artículos 280°, 281° y 283° del Código Penal en los siguientes términos:

Artículo 280°.- El que, a sabiendas ejecuta cualquier acto que pone en peligro la seguridad de naves, aeronaves, construcciones flotantes o de cualquier otro medio de transporte colectivo o de comunicación destinado al uso público, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años.

Son 09 folios.

Torres y Torres Lara, Carlos / Díaz Bringas, Edilberto / Marcenaro Frers, Ricardo / Trelles Montero, Jorge / Vílchez Malpica, Pedro.
2546 04/03/1997 Modifícase el Artículo 20° de la Ley 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 20°.- La revocatoria es el derecho que tiene la ciudadanía para destituir de sus cargos a:

a) Congresistas

b) Alcaldes y Regidores

c) Autoridades Regionales

Son 10 folios.

Castillo Chirinos, Arturo.
2549 05/03/1997 Modifícase el párrafo tercero del Artículo 192° del Decreto Legislativo 816 Código Tributario, en los términos siguientes:

Artículo 192°

(párrafo tercero)

La Administración Tributaria, de constatar hechos que presumiblemente constituyan delito tributario, o estén encaminados a este propósito, tiene la facultad discrecional de formular denuncia penal ante el Ministerio Público siendo requisito previo la culminación de la fiscalización o verificación respectiva y a constituirse en parte civil en el proceso iniciado.

Son 10 folios.

Huamanchumo Romero, Juan.
2550 05/03/1997 Derógase el Artículo 61° del Decreto Legislativo 821.

Son 06 folios.

Huamanchumo Romero, Juan.
2551 05/03/1997 Deróguese la Ley N° 26750 y todas las demás disposiciones Legales modificadas por ésta.

Son 24 folios.

Estrada Pérez, Daniel.
2553 06/03/1997 Proponen la concesión de una Pensión de Gracia a favor del Señor Raúl Reyes Aguilar Olivos.

Son 28 folios.

Poder Ejecutivo.
2554 07/03/1997 Modifíquese el Artículo 170° del Código Penal, el mismo que queda redactado con el texto siguiente:

Artículo 170°.- "El que con violencia o grave amenaza, obliga a una persona a practicar el acto sexual u otro análogo, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años".

Son 11 folios.

Lajo Lazo, Manuel.
2555 07/03/1997 Modifíquese el Artículo 178° del Código Penal el mismo que queda redactado con el texto siguiente:

Artículo 178°.- "En los casos de los delitos comprendidos en este Capítulo el agente será sentenciado, además a mantener a la prole que resulte, aplicándose las normas respectivas del Código Civil".

Son 08 folios

 

Lajo Lazo, Manuel.
2556 07/03/1997 Autorízase al Ministerio de Educación a remunerar al profesorado comprendido en los alcances de la Ley 24029 y su modificatoria 25212 del Sector Público y que desempeñen un cargo más, o parte de él, por función Docente en condición de contratado, las asignaciones y bonificaciones previstas para el cargo vacante existente, en forma íntegra e independiente al de su función principal, en forma proporcional a la jornada laboral.

Son 12 folios.

Gutiérrez Mercedes, Virgilio.
2557 10/03/1997 Los Titulares de los Organismos Públicos: Ministerios, Organismos Descentralizados, Gobiernos Locales y todos los demás que manejen fondos consignados en el Presupuesto General de la República, efectuarán programas de evaluación del personal contratado y del que se encuentre comprendido en la Carrera Administrativa, de acuerdo a las normas que para el efecto establezcan y considerando las siguientes pautas básicas:

a) Cada dos años, para el personal nombrado que haya ingresado al servicio sin someterse a concurso de admisión.

Son 15 folios.

Estrada Pérez, Daniel.
2558 10/03/1997 Amplíese el párrafo Tercero del Artículo 2° del Decreto Legislativo N° 843 el mismo que queda redactado con el texto siguiente:

Párrafo Tercero-Artículo 2°.-

No se encuentran comprendidos en los alcances de lo dispuesto en el Artículo anterior las donaciones que reciba el Sector Público, y las Asociaciones Religiosas con Personería Jurídica.

Son 08 folios.

Abanto Pongo, Alejandro.
2559 10/03/1997 Modifícase el Inciso 1) del Artículo 45° del Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento del Empleo, el mismo que queda redactado con el siguiente texto:

Artículo 45°.- Son causas de suspensión del contrato de trabajo:

1.- El caso fortuito y la fuerza mayor ; y los motivos económicos, tecnológicos, estructurales o análogos de acuerdo al procedimiento previsto en esta Ley.

Son 16 folios.

Sandoval Aguirre, Oswaldo.
2561 10/03/1997 La asignación que conforme a la Ley Anual del Presupuesto, corresponda girar a favor de un Municipio Distrital o Provincial, se incrementará en un 50% cuando la respectiva circunscripción cumpla medio siglo más de su existencia. Dicho incremento será del 100%, cuando la circunscripción correspondiente cumpla cien años más de su existencia.

Son 04 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
2562 10/03/1997 Hágase extensivo a favor de los ciudadanos Peruanos que retornen al Perú, luego de haber culminado sus estudios profesionales en el extranjero, lo establecido en la 5ta. Y 6ta. Disposición Transitoria del Decreto Legislativo N° 894.

Son 04 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
2564 10/03/1997 Derógase el numeral 12 del Artículo 35 del Reglamento del Congreso de la República.

Son 17 folios.

Velásquez Quesquén, Javier.
2570 13/03/1997 La promoción del Servicio de Cuidado Infantil, SCI, es de prioritario interés para el Estado. Se desarrolla en forma coordinada por el Estado y la comunidad organizada.

Son 29 folios.

Townsend Díez Canseco, Ana.
2571 13/03/1997 Declárese de interés Nacional el fomento de la actividad forestal en el País, en particular la forestación y reforestación, el manejo sostenible de los bosques y fauna silvestre, así como la industrialización de los productos forestales y de fauna para el mercado Nacional y la exportación.

Son 25 folios.

Sandoval Aguirre, Oswaldo / Aliaga Araujo, Vito / Urrelo Guerra, Rafael / Colchado Arellano, Genaro / Campos Baca, Luis / Chiroque Ramírez, Gamaniel / Coral Pérez, Víctor.
2573 13/03/1997 Autorízase a las Universidades Públicas a contraer créditos de fuente Nacional o Extranjera, cuyos recursos serán necesariamente destinados a:

a) La implementación de laboratorios.

B) La implementación de bibliotecas, hemerotecas y sistemas informáticos.

Son 09 folios.

Huamanchumo Romero, Juan / Vega Ascencio, Anastasio / Chávez Cossío De Ocampo, Martha / Gutiérrez Mercedes, Virgilio.
2546 14/03/1997 Deróguese el Artículo 337° del Código Civil.

Son 18 folios.

Espinoza Matos, María Jesús.
2577 17/03/1997 Declárase en Estado de Emergencia al Sector Agrario hasta el 31 de Diciembre de 1997, en los Departamentos de Cusco, Puno, Huancavelica, Junín, Huánuco, Apurímac, Ancash, La Libertad, Ucayali, Loreto, San Martín, Amazonas, Cajamarca, Lambayeque, Piura y Tumbes, en las zonas que han sido y vienen siendo afectadas físicas y económicamente por alta pluviosidad y sequía.

Son 09 folios.

Santa María Silva, Alejandro.
2579 19/03/1997 Modifíquese el Artículo 79° del Decreto Legislativo 420 Código de Tránsito y Seguridad Vial de la siguiente manera:

Artículo 79°.- Todo vehículo de transporte debe reunir las condiciones básicas de seguridad.

Son 10 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
2580 19/03/1997 Deróguese el Artículo 4° del Decreto Legislativo N° 420, el mismo que queda redactado con el texto siguiente:

Artículo 4°.- Son autoridades de Tránsito:

a) El Ministerio de Transporte, Comunicación, Vivienda y Construcción.

b) La Policía de Tránsito.

Son 10 folios.

Abanto Pongo, Alejandro.
2583 19/03/1997 La presente Ley se aplica a los Funcionarios o Servidores Públicos comprendidos o no en la Carrera Administrativa, a los Servidores Públicos contratados, a los que desempeñan cargos políticos o de confianza, así como a los trabajadores de las Empresas del Estado o las sociedades de economía mixta, cualquiera sea su forma jurídica.

Son 18 folios.

Townsend Díez Canseco, Ana.
2584 19/03/1997 La presente Ley regula el procedimiento de elección popular de los Jueces de Paz Letrados y de los Jueces de Paz.

Son 12 folios.

Ferrero Costa, Carlos.
2586 19/03/1997 La presente Ley regula los juegos de Lotería y similares. Los juegos de loterías y juegos similares, pueden ser organizados por empresas establecidas en el País, con sujeción a lo dispuesto en la presente Ley.

Son 14 folios.

Medelius Rodríguez, Oscar.
2587 20/03/1997 Los Centros y Programas Educativos de los diversos niveles y modalidades están obligados a programar y concretar, cada semestre lectivo, por lo menos una visita guiada de estudio a las empresas públicas y privadas, para que el alumno tome contacto con la realidad, asegure su formación integral y se convierta en agente del Desarrollo Nacional.

Son 10 folios.

Huamanchumo Romero, Juan / Vega Ascencio, Anastasio / Gutiérrez Mercedes, Virgilio.
2589 20/03/1997 Añádase al Artículo 85° de la Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Ley 25844, el siguiente texto:

Corresponde a la Dirección General de Electricidad aprobar los proyectos relacionados a los subsistemas de distribución primaria y secundaria y las conexiones destinadas a reemplazar las instalaciones eléctricas subterráneas existentes por aéreas, para lo cual deberá contar con la conformidad de la Municipalidad Distrital.

Son 10 folios.

Barba Caballero, José / Espinoza Matos, María Jesús / Lajo Lazo, Manuel / Gamarra Olivares, Ernesto / Díez Canseco Cisneros Javier / Zumaeta Flores, César / Olivera Vega, Fernando / Breña Pantoja, Rolando / Cáceres Velásquez, Roger.
2592 25/03/1997 Adiciónase al Artículo 648° del Código Procesal Civil, el Inciso 10), el mismo que queda redactado con el texto siguiente:

Artículo 648°.- Bienes embargables.- Son bienes embargables:

10) La información contenida en soportes magnéticos, computarizados, discos duros, casettes, similares o análogos, y en otros elementos de archivo de información.

Son 14 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
2593 25/03/1997 Modifícase el Artículo 13° de la Ley N° 26662 "Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos", el mismo que queda redactado con el texto siguiente:

Artículo 13°.- Publicaciones.- Las publicaciones de avisos a que se refiere la presente Ley, se realiza por una sola vez en el Diario Oficial y en otro de amplia circulación del lugar donde se realiza el trámite".

Son 11 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero / Flores Nano, Lourdes / Barrón Cebreros, Xavier.
2594 26/03/1997 Visto el derecho de iniciativa consagrado en el Artículo 107° de la Constitución Política del Estado y analizada la propuesta efectuada por el Concejo Distrital de San Isidro, suspéndase a partir de la publicación de la presente Ley, el otorgamiento de nuevas licencias para el funcionamiento de grifos mientras no se promulgue un nuevo Reglamento sobre la materia en reemplazo al existente.

Son 11 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
2595 26/03/1997 La presente Ley norma la actividad educativa pública y privada en todo el territorio Nacional, con sujeción a los principios constitucionales.

Son 31 folios.

Gutiérrez Mercedes, Virgilio.
2597 31/03/1997 Reconózcase que el concepto de Canon Minero incorpora los ingresos y rentas obtenidos por el Estado en la explotación de yacimientos que proporcionan materia prima para la elaboración de cemento, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 77° de la Constitución Política del Estado.

Son 14 folios.

Guerra-García Cueva, Roger / Estrada Pérez, Daniel.
2599 01/04/1997 Autorízase a las personas naturales o jurídicas internar al País, bienes culturales de la época Prehispánica, Virreynal o Republicana, comprendidas en el ámbito del Artículo 1° de la Ley 24047, que fueron adquiridos en el exterior y que forman parte del Patrimonio Cultural de la Nación; sin especificar procedencia u origen y exonerado del Impuesto General a las Ventas, derechos Ad-Valorem y de toda obligación tributaria.

Son 10 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
2600 01/04/1997 Declárese de interés Nacional el uso óptimo de las aguas servidas de los desagües de las Ciudades del País.

Son 58 folios.

Chiroque Ramírez, Gamaniel.
2603 21/03/1997 Visto el derecho de iniciativa consagrado en el Artículo 107° de la Constitución Política del Estado, concordante con el Artículo 2° de la Ley 26300 y analizada la propuesta efectuada por el señor Ingeniero Paúl Figueroa Lequién y vista la problemática tan delicada existente en relación al pago de la Compensación de Tiempo de Servicios de los Servidores Públicos, específicamente el de los Obreros y personal de vigilancia de manera singular del sector de Gobiernos Locales entre otros, SUSPÉNDASE TODA ACCION JUDICIAL SOBRE PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES PROCEDENTE DE LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO POR UN PERÍODO MÁXIMO DE 120 DÍAS.

Son 09 folios.

Municipalidad Distrital De La Molina.
2604 02/04/1997 Suspéndase a partir de la vigencia de la presente Ley, el otorgamiento de nuevas licencias para el funcionamiento de grifos mientras no se promulgue un Nuevo Reglamento sobre la materia, en reemplazo al existente.

Son 10 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
2606 03/04/1997 La presente Ley pretende aprobar las normas generales que regirán la formulación, ejecución y actualización del Catastro Urbano Municipal a nivel Nacional.

Son 23 folios.

Castillo Chirinos, Arturo.
2607 03/04/1997 Modifíquese el Artículo 1° y 2° de la Ley N° 26585, con el siguiente:

Artículo 1°.- Declárese a las especies de mamíferos marinos conocidos como delfín oscuro o chancho marino (Lagenorhynchus obscurus), tonino o marsopa espinosa (Phocoena spinipinnis), bufeo (Tursiops truncatus), delfín común (Delphinus delphis y Delphinus capensis), lobo fino (Arctocephalus australis) y lobo chusco (Otaria byronia) y a los mamíferos de aguas continentales delfín rosado o bufeo colorado (Inia geoffrensis), bufeo negro (Sotalia fluviatilis), como especies legalmente protegidas.

Son 18 folios.

Castillo Chirinos, Arturo.
2608 02/04/1997 Modifícase el Artículo 42° de la Ley N° 26435, Orgánica del Tribunal Constitucional, con el siguiente texto:

Artículo 42°.- El Tribunal, al conocer de las resoluciones denegatorias de las acciones de Hábeas Corpus, Amparo, Hábeas Data y de Cumplimiento, se pronuncia sobre el fondo de la litis.

Son 09 folios.

Tribunal Constitucional.
2609 03/04/1997 En todo envase de licores de consumo Nacional, señalarán adicional a su marca en un lugar visible el siguiente párrafo:

"TOMAR LICOR ES DAÑINO PARA LA SALUD"

Son 148 folios.

Vicuña Vásquez, Eusebio / Figueroa Vizcarra, Jorge / Sánchez Vega, José / Gutiérrez Mercedes, Virgilio / Vilchez Malpica, Pedro.
2610 04/04/1997 Modifíquese el Artículo 274° del Código Penal que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 274°.- El que conduce vehículo motorizado en estado de ebriedad o drogadicción, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres años e inhabilitación conforme al Artículo 36, Inciso 7, hasta por dos años.

Son 21 folios.

Paredes Cueva, Mario.
2611 04/04/1997 Modifíquese el Artículo 179° del Código Penal, que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 179°.- El que promueve o favorece la prostitución de otra persona será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años.

Son 09 folios.

Paredes Cueva, Mario.
2612 04/04/1997 Declárese de interés turístico la organización, desarrollo y promoción de los espectáculos taurinos que se celebren dentro del marco de la presente Ley.

Son 14 folios.

Trelles Montero, Jorge / Martorell Flores, Oscar / Forsyth Mejía, Harold.
2613 07/04/1997 Proponen establecer recursos propios del Ministerio Público.

Son 102 folios.

Ministerio Público, Fiscalía de la Nación.
2614 07/04/1997 Modifíquese la Disposición Complementaria Primera del Decreto Legislativo N° 866 en los términos siguientes:

a) Ente Rector del Sistema de Atención Integral del Niño y el Adolescente y sus respectivas Secretarías;

b) Consejo Nacional de Población.

Son 07 folios.

Barba Caballero, José / Reynafarje Abensur, Samuel.
2615 07/04/1997 Modifícanse los Artículos 28° y 29° del Decreto Legislativo N° 824, en los siguientes términos:

Artículo 28°.- El Representante del Ministerio Público, con el propósito de permitir la obtención de las pruebas necesarias para posibilitar acusación penal, entre otros aspectos, podrá autorizar a los Órganos Especializados comprometidos en la Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas, la ejecución de los procedimientos denominados "Remesa Controlada" y "Agente Encubierto", supervisando su desarrollo y disponiendo la culminación, en cuanto se haya cumplido con los objetivos propuestos.

Son 22 folios.

Barba Caballero, José / Reynafarje Abensur, Samuel.
2616 07/04/1997 La presente Ley tiene por finalidad regular las relaciones de las autoridades Peruanas con las extranjeras, para efecto de aplicar procedimientos de Asistencia Judicial Mutua en Materia Penal.

Son 11 folios.

Barba Caballero, José / Reynafarje Abensur, Samuel.
2617 08/04/1997 Creación de la Comisión de Desarrollo Humano Sostenido.

Son 33 folios.

Aliaga Araujo, Vito / Ramos Santillán, Francisco.
2619 08/04/1997 Modifícase el Artículo 233° del Código del Niño y el Adolescente quedando de la siguiente manera:

Artículo 233° ABSOLUCIÓN.- El Juez dictará sentencia absolutoria cuando:

a) No está plenamente probado la participación del adolescente en el acto infractor.

Son 10 folios.

Ruíz Dávila, Jorge.
2623 09/04/1997 Sustitúyase el texto de la Octava Transitoria, Complementaria y final de la Ley N° 26623, por el siguiente:

"Los Vocales de la Corte Suprema y de las Cortes Superiores cesan definitivamente y los Fiscales Supremos y Superiores cesan definitivamente al cumplir setenta y cinco años de edad. La incorporación sólo podrá hacerse hasta los sesenta años de edad.

Son 06 folios.

Alva Orlandini, Javier.
2625 09/04/1997 La presente Ley norma la creación y delimitación de las Regiones Turísticas, así como la creación, naturaleza, finalidad, competencia, organización y recursos de las Autoridades Autónomas de Turismo Regional.

Son 21 folios.

Salazar Vargas, Jorge.
2626 09/04/1997 Visto el derecho de iniciativa consagrado en el Artículo 107° de la Constitución Política del Estado y analizada la propuesta efectuada por el Concejo Distrital de San Isidro, suspéndase a partir de la publicación de la presente Ley, el otorgamiento de nuevas licencias para el funcionamiento de grifos mientras no se promulgue un Nuevo Reglamento sobre la materia en reemplazo al existente.

Son 13 folios.

Municipalidad Distrital de San Isidro.

 

2628 10/04/1997 Adiciónase en el Artículo 22° del Proyecto de Ley General de Elecciones (Código Electoral), el texto siguiente:

Artículo 22°.- La lista de candidatos a Congresistas están integradas obligatoriamente por postulantes nacidos en todos los Departamentos, incluida la Provincia Constitucional del Callao, en mínimo de 2 candidatos por Departamento más la Provincia Constitucional del Callao.

Son 04 folios.

Amuruz Gallegos, Roger.
2629 10/04/1997 Amnistíase por esta única vez a todas las personas que han sido comprendidas dentro de los procesos investigatorios y judiciales promovidos a consecuencia de los hechos de violencia ocurridos en Yauri, Capital de la Provincia de Espinar, el 05 de Setiembre de 1996, a consecuencia de la reacción popular producida por la ola de delincuencia que vino conmoviendo hasta esa fecha a la citada localidad, cuyos autores fueron objeto de dichos hechos de sangre.

Son 21 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
2630 10/04/1997 Incorpórase dentro del Título I, Capítulo III del Código Penal los Artículos siguientes:

Artículo 121-A.- El funcionario público que actuando en ese carácter causa daño al cuerpo o en la salud de una persona que es objeto de una investigación policial o militar, será reprimido con pena privativa de Libertad no menor de 15 años ni mayor de 25 años.

Son 06 folios.

Del Castillo Gálvez, Jorge / Núñez Román, Edgar / Morales Costa, Lastenio / Santa María Silva, Alejandro / Velásquez Quesquén, Javier / Zumaeta Flores, César.
2631 10/04/1997 Adiciónase el Inciso f) en el Artículo 142° del Proyecto de Ley General de Elecciones (Código Electoral), el texto siguiente:

Artículo 142°.

Inciso f) El cónyuge y los parientes consanguíneos dentro del cuarto grado, y los afines dentro del segundo con el candidato que postula a la Alcaldía o Regidor.

Son 02 folios.

Amuruz Gallegos, Roger.
2632 10/04/1997 Agrégase como último párrafo del Artículo 8° de la Ley 24029 modificada por la Ley 25212, el siguiente texto:

Los profesionales en carreras Universitarias no Pedagógicas que se desempeñen en la docencia pública o privada, podrán obtener título de segunda especialidad en educación, mediante estudios pedagógicos con una duración mínima de dos semestres académicos en cualquier Universidad que cuente con Facultad de Educación y que organice programas especiales para tal fin.

Son 10 folios.

Huamanchumo Romero, Juan / Gutiérrez Mercedes, Virgilio.
2633 10/04/1997 Los procedimientos penales que correspondan a actos ilícitos imputados a Alcaldes, durante el ejercicio de su cargo, se llevarán obligatoriamente con la intervención de Magistrados Judiciales y Fiscales Titulares, que sean los mas antiguos dentro de su respectiva jurisdicción Provincial, y en el caso de no haberlos, en su defecto, por los de la sede de la respectiva Corte o Sala Descentralizada.

Son 08 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
2634 10/04/1997 Interprétase los alcances de la Ley N° 25314, en el sentido de que el área de terreno materia de expropiación a que se hace referencia en su Artículo 2°, comprende una extensión de terreno de 223,2015 hectáreas.

Son 06 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
2635 10/04/1997 Declárase de interés Nacional la indivisibilidad e intangibilidad de los museos y colecciones de todo tipo de joyas, monedas, libros y en general de toda clase y género de bienes muebles, que, siendo de propiedad privada, tengan valor cultural reconocido, dentro de los términos que establecen las disposiciones vigentes, sobre conservación del Patrimonio Arqueológico e Histórico del País, muy particularmente las Leyes N° 24047, 24193 y 26576.

Son 06 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
2636 10/04/1997 A partir de la publicación de esta Ley, será obligatorio el otorgamiento de una previa autorización por el Instituto Nacional de Cultura, a través de sus dependencias en el territorio Nacional, para llevar a cabo, en forma legítima, cualquier actividad que signifique búsqueda, excavación o huaqueo en los yacimientos, monumentos o restos arqueológicos e históricos de todo género, existentes dentro del territorio Nacional, estén declarados o reconocidos oficialmente como tales o no.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
2637 10/04/1997 Concordando lo determinado por el Decreto Supremo N° 010-78-IN, de fecha 12 de mayo de 1978, y lo que se preceptúa en el Artículo 52° de la Ley N° 23853, y en la Primera Disposición Transitoria del Decreto Legislativo 276, así como en otras disposiciones convergentes sobre la materia, por vía de aclaración se establece por la presente Ley que los obreros que trabajan al servicio de los Municipios de la República tienen la condición de Servidores Públicos sometidos a la Legislación que corresponde a los obreros de la actividad privada, en todo lo que concierne a sus derechos y beneficios sociales, salvo las medidas limitativas y de excepción que por su condición propia y sui genéris establecidas por disposición legal expresa.

Son 07 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
2638 10/04/1997 Las exoneraciones y beneficios tributarios otorgados para los CETICOS de Tacna, Ilo, Matarani y Paita, no ampararán la instalación y operación, en el área geográfica que corresponde a dichos CETICOS, de industrias o plantas en las que se produzcan mercancías que puedan representar competencia desleal a empresas que preparen o manufacturen los mismos productos o mercancías dentro del resto del territorio Nacional y que se hallen sometidas al tratamiento tributario que establecen las disposiciones Legales pertinentes.

Son 04 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
2639 11/04/1997 Derógase la Ley 24553, que crea el Distrito de Quellouno en la Provincia de La Convención, Departamento del Cusco.

Son 09 folios.

Abanto Pongo, Alejandro / Sánchez Vega, José / Reto Neyra, Santos.
2642 11/04/1997 Declárese Reserva Nacional en el ámbito marino costero las siguientes áreas:

1.1 RESERVA NACIONAL DE ILLESCAS/ISLAS LOBOS.

De Seiscientos trece mil quinientos cuarenta hectáreas (613,540 Ha) ubicada entre la Península Illescas-Punta Nunura (5°50' S) al Sur del Departamento de Piura; y Punta Eten (6° 56' S) y las Islas Lobos de Afuera (6°36' S) y (80° 52' W) del Departamento de Lambayeque.

Son 24 folios.

Reto Neyra, Santos.
2643 14/04/1997 En vía de ejecución de lo dispuesto por el Artículo 152° de la Constitución Política, la presente Ley regula el proceso para elegir Jueces de Paz Letrados y No Letrados en el territorio de la República.

Son 18 folios.

Estrada Pérez, Daniel.
2645 14/04/1997 Créase el Comité Consultivo para la regulación de la remuneración mínima de los trabajadores.

Son 05 folios.

Barbarán Rengifo, Carlos.
2648 15/04/1997 La presente Ley regula la actividad del Trabajo Social en el campo de la Educación, en los Centros Educativos Estatales y Privados los diversos niveles y modalidades educativas.

Son 13 folios.

Colegio de Asistentes Sociales del Perú.
2649 15/04/1997 El primer directorio que se designe en las empresas Agroindustriales del Departamento de Lambayeque, procederá a la revisión y solución de todos los reclamos presentados y que se presenten durante la vigencia de esta norma.

Son 34 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
2650 15/04/1997 Declarar en emergencia el tránsito y la seguridad ciudadana a nivel nacional, por un lapso de 90 días, dentro del cual se deberá presentar el Texto Único Ordenado de Tránsito.

Son 06 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
2651 15/04/1997 Reconocer a todos los Ex trabajadores de las ex haciendas o complejos Agroindustriales, jubilados con anterioridad a la dación del Decreto Legislativo 802°, el derecho a percibir su compensación por tiempo de servicios conforme a Ley.

Son 08 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
2652 16/04/1997 Créase el Registro Nacional de Comunidades Campesinas que funcionará a cargo del Ministerio de Agricultura.

Son 37 folios.

Vicuña Vásquez, Eusebio / Abanto Pongo, Alejandro / Barreto Estrada, Gamaniel / Fernández Bustinza, Víctor / Vílchez Malpica, Pedro.
2654 17/04/1997 Declarar en reorganización el Sistema de Inteligencia Nacional.

Son 08 folios.

Del Castillo Gálvez, Jorge / Núñez Román, Edgar / Morales Costa, Lastenio / Santa María Silva, Alejandro / Velásquez Quesquén, Javier / Zumaeta Flores, César / Mantilla Campos, Agustín / Ghilardi Álvarez, Freddy.
2655 17/04/1997 Modifícase el Artículo 2° del Decreto Legislativo 894 "Ley del Servicio Diplomático de la República", el mismo que queda redactado con el texto siguiente:

Artículo 2°.- El Servicio Diplomático de la República es el cuerpo profesional especializado del Ministerio de Relaciones Exteriores, organizado en carrera pública jerarquizada, que ejerce la representación Diplomática y Consular del País y defiende sus intereses en el ámbito internacional.

Son 15 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
2656 17/04/1997 Amplíase los alcances de la Ley 26769, en beneficio de quienes perciben pensión de sobrevivientes sujetos al Sistema Nacional de Pensiones del régimen del Decreto Ley N° 19990, siempre que cuenten con 80 o más años de edad.

Son 09 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero / Flores Nano, Lourdes.
2658 18/04/1997 La presente Ley tiene por objeto promover y normar el uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre, asegurando la conservación de las especies para beneficio de las generaciones presentes y futuras.

Son 17 folios.

Flores Flores, Gustavo / Reggiardo Sayán, Andrés / Sato Abe, Alberto.
2659 18/04/1997 Incorpórese a la Sección II del capítulo III, del Título XII, del Código Penal, el Artículo 298-A, cuyo texto es el siguiente:

Artículo 298-A.- La pena será privativa de la libertad no menor de ocho años ni mayor de quince años; de ciento ochenta a trescientos sesenticinco días multa e inhabilitación conforme al Artículo 36°, Inciso 1, 2, 3, 4, 5 y 8 cuando concurran los agravantes señalados en los siete primeros incisos del Artículo 297 del Código Penal.

Son 18 folios.

Campos Baca, Luis.
2661 21/04/1997 Derógase la Ley 26285, por violar la Constitución al autorizar el monopolio de los servicios públicos de telefonía nacional e internacional.

Son 05 folios.

Alva Orlandini, Javier.
2662 21/04/1997 Modifícase el Artículo 229° del Código Penal, en la siguiente forma:

Artículo 229°.- Los funcionarios públicos que, omitiendo los deberes de sus cargos, intervengan o faciliten la comisión de los delitos mencionados en este Capítulo, serán reprimidos con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de ocho años, con ciento ochenta a trescientos sesenticinco días-multa e inhabilitación no menor de un año, conforme al Artículo 36°, Incisos 1, 2 y 3.

Son 07 folios.

Alva Orlandini, Javier.
2663 21/04/1997 Sustitúyase el Artículo 226° del Decreto Legislativo 635, por el siguiente texto:

"El que depreda, destruye, altera o el que, sin autorización, explora, excava o remueve yacimientos arqueológicos prehispánicos, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de diez años y con ciento ochenta a trescientos sesenticinco días multa.

Son 23 folios.

Cerro Moral, María Ofelia / Cardoso Romero, Juan / Bartra Gonzáles, Ángel / León Trelles, Carlos / Chipoco Cáceda, Carlos / Baella Tuesta, Alfonso / Pardo Mesones, Francisco / Urrelo Guerra, Rafael / Delgado Aparicio, Luis / Chávez Serrano, Jubert / Reynafarje Abensur, Samuel / Breña Pantoja, Rolando / Pando Pacheco, Eduardo / Lajo Lazo, Manuel.
2664 21/04/1997 Créase el Sistema Nacional de Prevención y Control de Drogas con la finalidad de:

a) Mantener y preservar la unidad y organicidad de la política Nacional de prevención y control de drogas;

b) Orienta adecuadamente los recursos y capacidades nacionales empleados en la lucha contra las diversas manifestaciones del fenómeno de las drogas.

Son 23 folios.

Barba Caballero, José / Reynafarje Abensur, Samuel.
2667 21/04/1997 El Estado ampara el Patrimonio Cultural de la Nación. Todos los habitantes de la República están en la obligación de cooperar a su conservación.

Son 10 folios.

 

Alva Orlandini, Javier.
2669 22/04/1997 Declárese de necesidad e interés Nacional la puesta en valor de los inmuebles culturales Prehispánicos de carácter Arqueológico, que a la entrada en vigencia de la presente Ley se encuentren ocupados por personas naturales posesionarias de tales inmuebles, cuyos derechos sean pasibles de reconocimiento Legal conforme a las disposiciones que regulan el acceso a la propiedad formal.

Son 07 folios.

Figueroa Vizcarra, Jorge.
2674 24/04/1997 Los recursos que se recauden por la aplicación de la sobretasa adicional arancelaria equivalente al 5% ad-valorem CIF, y que comprende a las partidas señaladas en los Artículos 2° y 3° del Decreto Supremo N° 035-97-EF, constituyen un Fondo intangible para ser utilizado en Programas específicos administrados por el Ministerio de Agricultura.

Son 35 folios.

Santa María Silva, Alejandro.
2675 25/04/1997 Concédase Pensión de Gracia a los deudos de Carlos Ernesto Giusti Acuña, equivalente a cuatro (4) Remuneraciones Mínimas Vitales mensuales.

Son 06 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
2676 25/04/1997 Reconócese a los Municipios Provinciales y Distritales del Perú, el derecho de solicitar al Poder Ejecutivo, que en aplicación de las atribuciones de que está investido se disponga la obligatoriedad del uso del idioma Quechua, del Aymara o de otra lengua aborigen, cuando una de dichas lenguas sea hablada simultáneamente con el Castellano, por más de la mitad de la población, para su aplicación de la respectiva Provincia y Distrito y uso en la Docencia, así como en las demás áreas de la Administración Pública.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
2677 25/04/1997 Concordando lo determinado por el Decreto Supremo N° 010-78-IN, de fecha 12 de mayo de 1978, y lo que se preceptúa en el Artículo 52° de la Ley N° 23853, y en la Primera Disposición Transitoria del Decreto Legislativo 276, así como en otras disposiciones convergentes sobre la materia, por vía de aclaración se establece por la presente Ley que los obreros que trabajan al servicio de los Municipios de la República tienen la condición de Servidores Públicos sometidos a la Legislación que corresponde a los obreros de la actividad privada, en todo lo que concierne a los derechos y beneficios sociales, reconocidos por la Ley en favor de estos últimos, y los demás que les sean compatibles, salvo las medidas limitativas y de excepción y a cualquier beneficio específico, establecidos por disposición Legal expresa, en razón de la naturaleza especial de su relación laboral propia.

Son 07 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
2678 28/04/1997 Declárase de interés público la habilitación urbana de la isla de San Lorenzo, en la Provincia Constitucional del Callao, con fines turísticos y de recreación.

Son 04 folios.

Alva Orlandini, Javier.
2679 28/04/1997 Modifícase el Artículo 308° del Código Penal, que quedará redactado del siguiente modo:

Artículo 308°.- El que caza, captura, recolecta, extrae o comercializa especies de flora o fauna que están legalmente protegidas será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años.

Son 07 folios.

Paredes Cueva, Mario.
2681 28/04/1997 Precísese que para acogerse a lo dispuesto en el Artículo 1° del Decreto Legislativo N° 877, se requiere desarrollar cualquier actividad agraria, excepto la Agroindustria, la avicultura o la industria forestal. En consecuencia, las personas naturales o jurídicas dedicadas a la actividad agraria en general, obtendrán del Ministerio de Agricultura una constancia que certifique dicha circunstancia.

Son 08 folios.

Santa María Silva, Alejandro.
2686 29/04/1997 Agréguese a la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, la siguiente Disposición Transitoria:

Disposición Transitoria.- En tanto se cumpla con la emisión del Documento Nacional de Identidad (DNI), continuará en vigencia la Libreta Electoral, como cédula de identidad personal y único título de sufragio del ciudadano a cuyo favor ha sido otorgado.

Son 04 folios.

Barba Caballero, José / Chu Rubio, Luis / Heresi Abdelnour, Moisés.
2687 30/04/1997 Para la aplicación de esta Ley, rigen las siguientes definiciones:

a) Feria:

Actividad de duración limitada, que se organiza periódicamente en tiempo y lugar prefijados y utilizando un recinto ferial, con la finalidad de realizar transacciones económicas para favorecer la producción y el comercio, difundir los adelantos científicos y tecnológicos; fomentar las inversiones y propiciar el turismo y la cultura.

Son 99 folios.

Reátegui Trigoso, Carlos / Chávez Serrano, Jubert / Vargas Marín, Dennis / Ruíz-Caro Álvarez, Víctor Manuel / Amorín Bueno, Adolfo.
2688 30/04/1997 Declárase de necesidad y utilidad pública los bienes inmuebles sujetos a la Ley N° 24365, quedando comprendidos en la Ley N° 26701 que modifica el Decreto Legislativo N° 709, con las excepciones que éste regula para acciones de renovación urbana.

Son 16 folios.

Espinoza Matos, María Jesús.
2689 30/04/1997 Declárese de interés Nacional y necesidad Pública, la aplicación del Sistema de "Análisis de Riesgos y de Puntos de Control Críticos" (HACCP), en la Producción y Comercialización de Alimentos y Bebidas del País para la protección de la salud del consumidor; bajo la autoridad del Ministerio de Salud a través de la Dirección General de Salud Ambiental, en coordinación con los sectores de Agricultura, Pesquería y de Industria, Turismo, Integración y Negocios Comerciales Internacionales.

Son 37 folios.

Díaz Bringas, Edilberto.
2697 30/04/1997 Exónerase del pago de derechos, el internamiento al País del menaje de propiedad de los Peruanos que a la entrada en vigencia de la presente Ley se encuentren en condición de inmigrantes ilegales en el exterior, y que resulten expulsados o deportados hacia el Perú en aplicación de Leyes de control migratorio vinculadas con su permanencia ilegal en territorio extranjero, siempre que las razones de la inmigración sean de índole económico.

Son 13 folios.

Figueroa Vizcarra, Jorge.
2698 30/04/1997 Constitúyase la Comisión Nacional encargada de regular la remuneración mínima de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada.

Son 13 folios.

Figueroa Vizcarra, Jorge / Barbarán Rengifo, Carlos / Flores-Araoz Esparza, Antero / Delgado Aparicio, Luis / Grados Bertorini, Alfonso / Vicuña Vásquez, Eusebio / Chú Rubio, Luis / Ferrero Costa, Carlos / Amuruz Gallegos, Roger / Marcenaro Frers, Ricardo / Lozada De Gamboa, Carmen / Fernández Bustinza, Víctor.
2699 02/05/1997 Declarar Héroes Nacionales al Coronel EP Juan Valer Sandoval y al Capital EP Raúl Jiménez Chávez.

Son 08 folios.

Forsyth Mejía, Harold / Chipoco Cáceda, Carlos / Townsend Díez Canseco.
2700 02/05/1997 Agrégase al segundo párrafo del Artículo 18° del Decreto Legislativo N° 774, Ley del Impuesto a la Renta, el Inciso siguiente, respecto a constitución de ingresos inafectos al citado impuesto:

"C): Las pensiones que tengan origen en el trabajo personal, tales como jubilación, orfandad, viudez, invalidez, correspondientes a regímenes administrados por la Oficina de Normalización Previsional (ONP), y otras pensiones afines o similares; así como cualquier otro ingreso adicional que obtenga el pensionista y que tenga su origen en el trabajo personal siempre y cuando este ingreso adicional diferente a la pensión, no supere 1/2 Unidad Impositiva Tributaria.

Son 08 folios.

 

Barrón Cebreros, Xavier.
2701 02/05/1997 Declarar Heroína Nacional a Doña María Elena Moyano Delgado, mártir de la defensa de la democracia.

Son 17 folios.

Townsend Díez Canseco, Ana / Chipoco Cáceda, Carlos / Gamarra Olivares, Ernesto / Castillo Chirinos, Arturo / Avendaño Valdez, Jorge / Fernández Baca, Graciela / Guerra-García Cueva, Roger / Mohme Llona, Gustavo / Grados Bertorini, Alfonso / Pease García, Henry / Pardo Mesones, Francisco / San Román Cáceres, Máximo / Estrada Pérez, Daniel / Barba Caballero, José / Merino Lucero, Beatriz / Heresi Abdelnour, Moisés / Forsyth Mejía, Harold / Baella Tuesta, Alfonso.
2702 02/05/1997 Deróguese el Artículo 2° del Decreto Ley N° 25789.

Son 15 folios.

Rodas Díaz, Erland / Colchado Arellano, Genaro.
2703 02/05/1997 Deróguese la Ley N° 26741, y demás normas conexas y complementarias o Modificatorias.

Son 08 folios.

Colegio de Abogados de Lima.
2704 02/05/1997 Incorpórase al Artículo 5° del Decreto Ley N° 26002, sustituido por el Artículo 4° de la Ley N° 26741, el párrafo siguiente:

"Las vacantes notariales creadas por la presente Ley, se localizarán únicamente en los Distritos que carezcan de servicio notarial, exceptuándose los de fines exclusivamente recreacionales"

Son 05 folios.

Trelles Montero, Jorge.
2705 02/05/1997 Para ser Autoridad Política se requiere:

a) Ser Peruano de nacimiento y ciudadano en ejercicio; así como tener como mínimo 35 años de edad para los cargos de Prefecto y Subprefecto, y 25 años como mínimo para los cargos de Gobernador y Teniente Gobernador.

Son 16 folios.

Townsend Díez Canseco, Ana Elena.
2706 02/05/1997 Añádase al Artículo 25° de la Ley Orgánica del Ministerio del Interior-Decreto Legislativo 370 el párrafo siguiente:

"El número de Gobernadores y Tenientes Gobernadores en las zonas de la franja de la costa, no podrá exceder al de la mitad del número de Regidores electos del Concejo Municipal Distrital de su jurisdicción".

Son 13 folios.

Townsend Díez Canseco, Ana Elena.
2707 05/05/1997 Modifícase el Artículo 25° del Decreto Legislativo 370 "Ley Orgánica del Ministerio del Interior, el mismo que queda redactado con el texto siguiente:

Artículo 25°.- Las autoridades políticas son Prefectos en los Departamentos y Provincia Constitucional del Callao, Sub-Prefectos en las Provincias, Gobernadores en los Distritos Rurales y Tenientes Gobernadores en los Poblados Rurales.

Son 11 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
2709 06/05/1997 Determinar que, corresponde a la profesión del Contador Público debidamente Colegiado en estricta sujeción a lo preceptuado por la Ley 13253, efectuar y autorizar toda clase de contabilidades, balances, peritajes y tasaciones de su especialidad; las operaciones de Auditoría, Estudios Contable con fines Judiciales y Administrativos, Dictámenes de Estados Financieros y otros complementarios tanto independientemente como a través de Sociedades de Auditoría, Auditores Independientes y Estudios Contables constituídos de acuerdo a las disposiciones correspondientes.

Son 45 folios.

Villasante Chambi, Cristóbal.
2711 06/05/1997 Sustitúyanse los Artículos 369° y 375° respectivamente del Código Penal promulgado por el Decreto Legislativo N° 635, por el siguiente texto:

Artículo 369°.- El que impide a los miembros del Congreso de la República, a los miembros de las Asambleas Regionales o a los Alcaldes o Regidores el ejercicio de las funciones propias de sus cargos, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años.

Son 08 folios.

Díaz Díaz, Susana.
2712 07/05/1997 Modifíquese el primer párrafo del Artículo 1° del Decreto Ley N° 25824, que modificó el Artículo 137° del Código Procesal Penal, aprobado mediante Decreto Legislativo N° 638, en los siguientes términos:

Artículo 137°.- La detención no durará más de nueve meses en el procedimiento ordinario y de quince meses en el procedimiento especial.

Son 08 folios.

Gamarra Olivares, Ernesto.
2713 08/05/1997 Créase la Superintendencia Nacional de Aviación Civil-SUNACI-como organismo descentralizado autónomo del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, con personería jurídica de Derecho Público, con patrimonio propio y autonomía funcional, técnica, económica-financiera, presupuestal y administrativa.

Son 12 folios.

Ruiz-Caro Álvarez, Víctor / Martorell Flores, Oscar / Vargas Marín, Dennis / Reátegui Trigoso, Carlos / Chávez Serrano, Jubert / Amorín Bueno, Adolfo.
2717 08/05/1997 Adiciónese al Decreto Legislativo 732, el Artículo 3-A, el mismo que queda redactado con el texto siguiente:

Artículo 3-A.- Todo el Personal Militar y Policial en situaciones de actividad, disponibilidad y retiro que adquiera terreno o vivienda sea por compra, herencia o sorteo; de oficio, quedarán exento de los descuentos para el Fondo de Vivienda Militar y Policial.

Son 12 folios.

Vicuña Vásquez, Eusebio.
2718 09/05/1997 Concédase amnistía a las personas omisas al Servicio Militar obligatorio.

Son 09 folios.

 

Barrón Cebreros, Xavier.
2720 12/05/1997 Créase la Universidad Nacional de las Artes del Perú, sobre la base de la actual Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes, la cual se regirá por lo dispuesto en la Ley Universitaria y por la presente Ley, la Universidad Nacional de las Artes del Perú entrará en funciones a partir del 1° de Enero de 1998.

Son 13 folios.

Guerra-García Cueva, Roger.
2721 12/05/1997 Declárese a la Provincia de Canas, del Departamento del Cusco, "Cuna de la Emancipación Americana", por haberse iniciado en esta Provincia el proceso de la emancipación americana, por haberse iniciado en esta Provincia el proceso de la emancipación el 04 de noviembre de 1780, bajo el mando del Libertador JOSE GABRIEL TUPAC AMARU NOGUERA.

Son 10 folios.

Mohme Llona, Gustavo.
2725 14/05/1997 Modifíquese la segunda parte del Artículo 87 del Reglamento del Congreso de la República, la misma que en adelante deberá decir, "El pedido se hace por escrito debidamente fundamentado y se envía mediante un oficio redactado por la oficina especializada de Oficialía Mayor y firmado por uno de los Vice Presidentes del Congreso, debiendo ser respondido, dentro del término improrrogable y máximo de 15 días a partir de su recepción por el organismo público invocado pudiendo la Comisión respectiva o el Pleno, requerir su presencia en caso de incumplimiento.

Son 16 folios.

Chu Rubio, Luis.
2726 15/05/1997 Incorpórese al Artículo 250° del Código de Niños y Adolescentes aprobado por Ley N° 26102, el siguiente párrafo:

Artículo 250°.-

El plazo de internación podrá duplicarse en los supuestos de infracciones tipificadas como delitos de homicidio, tráfico ilícito de drogas, terrorismo, robo agravado, secuestro y violación sexual".

Son 14 folios.

Díaz Díaz, Susana.
2728 15/05/1997 Derógase el Artículo 6° del Decreto Legislativo N° 821.

Son 08 folios.

Fernández Baca de Valdez, Graciela.
2736 20/05/1997 Los Sindicatos y Comités Sindicales que acuerden constituir los trabajadores al servicio del Gobierno Central, de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales y sus respectivas entidades dependencias conexas, deberán inscribirse, obligatoriamente, como requisito sine qua non para el ejercicio de sus funciones, en el Registro Especial que para estos efectos se llevará en las dependencias correspondientes del Ministerio de Trabajo.

Son 06 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
2737 20/05/1997 De conformidad con lo establecido en el Artículo 77° de la Constitución del Estado, créase el Canon Hidroenergético, que corresponderá a aquellas circunscripciones en las que se originen los recursos hídricos que son utilizados para fines de generación de energía eléctrica.

Son 08 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
2738 20/05/1997 Autorízase por el período de 15 años, contados a partir de la publicación de la presente Ley, la reinversión de las utilidades que se obtengan en los negocios y empresas artesanales e industriales y agropecuarias correspondientes a las Provincias del Perú, que en su misma Región operen, traten o transformen, a condición de que la reinversión a efectuarse signifique necesariamente un incremento de la producción, de la productividad y de la calidad y precio de los productos obtenidos y un mayor ingreso de divisas al país o el ahorro en el uso de éstas, para el País.

Son 08 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
2740 21/05/1997 La presente Ley establece las normas para la promoción, supervisión y las actividades relativas a la investigación, producción, explotación, procesamiento, preservación, conservación, manejo racional y eficiente del recurso natural uncaria tormentosa y guianensis, conocida como uña de gato.

Son 128 folios.

Larrabure Gálvez, César.
2742 22/05/1997 Fíjese en el equivalente de cuatro Unidades Impositivas Tributarias (4 UIT), el monto mínimo que tienen derecho a percibir las Municipalidades del País, en concepto de asignación proveniente de la distribución del Fondo de Compensación Municipal.

Son 35 folios.

Estrada Pérez, Daniel.
2743 22/05/1997 Los Ministros de Estado cuyos sectores estuvieran involucrados en la creación de organismos privados prestadores de servicios públicos, los altos funcionarios de esos portafolios, así como el Presidente de la COPRI y los miembros de las CEPRIS de las empresas públicas que se privatizan o desactivan, están prohibidos por 10 años después de cumplir su función pública de formar parte de los directorios, poseer acciones o ser propietarios de las empresas privadas y sus subsidiarias, que reemplacen al Estado en la prestación de los servicios públicos o en la propiedad de las empresas que se privatizan.

Son 06 folios.

Pease García, Henry / Guerra-García Cueva, Róger.
2744 22/05/1997 La presente Ley regula la política del Estado y de la Sociedad Civil en su conjunto, frente a la violencia en y hacia los niños, adolescentes y jóvenes; los hechos que la configuran, las sanciones correspondientes, los mecanismos procesales y las medidas de protección.

Son 30 folios.

Avendaño Valdez, Jorge.
2747 22/05/1997 Conceder a las personas beneficiadas por el indulto y el derecho de gracia, conforme a la Ley N° 26655, los beneficios complementarios siguientes:

a) Anulación de los antecedentes policiales, judiciales o penales.

b) Exclusión del pago de reparación civil y multa.

Son 10 folios.

Siura Céspedes, Gilberto.
2749 26/05/1997 Incorpórase el Artículo 401° C al Código Penal, en los siguientes términos:

"En las denuncias interpuestas por los particulares por la comisión de los delitos previstos y sancionados en los artículos 382° a 385°, 387° a 390°, 393°, 394° y 397° del Código Penal, el Fiscal para iniciar la acción penal deberá solicitar previamente un informe técnico a la Contraloría General de la República, el cual deberá ser emitido en un plazo no mayor de 30 días.

Son 07 folios.

Medelius Rodríguez, Oscar.
2752 26/05/1997 Entiéndase que los alcances de la Ley 26769 incluyen también a aquellos ciudadanos que perciben pensión de sobrevivientes sujetos al Sistema Nacional de Pensiones del régimen del Decreto Ley N° 19990, siempre que cuenten con 80 o más años de edad.

Son 10 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
2753 26/05/1997 En aplicación del Artículo 1° de la Constitución Política del Perú, en los Cementerios Públicos y Privados de la República, se reservarán o habilitarán áreas destinadas para una digna y humana sepultura, a los difuntos de familias de escasos recursos económicos.

Son 11 folios.

Llerena Marotti, Antonio.
2754 27/05/1997 Declárase de interés nacional el Proyecto "Balance Hídrico Superficial de las 53 Cuencas Hidrográficas del Perú, en la vertiente del Océano Pacífico", como instrumento imprescindible para identificar con precisión la disponibilidad del recurso hídrico que haga posible evaluar la constitución de derechos reales sobre su aprovechamiento, así como las necesidades de infraestructura para regular sus descargas, especialmente para satisfacer los requerimientos de las zonas semi áridas de la costa del País.

Son 58 folios.

León Trelles, Carlos.
2756 27/05/1997 Déjese en suspenso el Decreto Supremo N° 002-91-PE, de fecha 10 de noviembre de 1991 relativo a la prohibición de la siembra y cultivo de las diferentes especies y variedades de "Tilapia" en ambientes naturales o artificiales en toda la Cuenca del Amazonas.

Son 30 folios.

Coral Pérez, Víctor Daniel.
2758 28/05/1997 Precísase que la excepción prevista en el numeral 4) del Artículo 33° del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Cooperativas aprobado por el Decreto Supremo N° 074-90-TR no autoriza la reelección indefinida de los miembros de los Consejos y Comités de Educación y Electoral de las Cooperativas, cuya renovación anual se realiza obligatoriamente, en proporción no menor al tercio del respectivo total de sus miembros.

Son 13 folios.

Medelius Rodríguez, Oscar / León Trelles, Carlos.
2760 28/05/1997 Modifíquese la Décimo Primera Disposición Complementaria de la Ley N° 26734, Ley del Organismo Supervisor de la Inversión de Energía, en la parte que se refiere el Inciso g) del Artículo 6 de la Ley N° 26221-Ley Orgánica de Hidrocarburos-de acuerdo al texto siguiente:

Artículo 6°.- Inciso g):

Entregar al Tesoro Público en el día útil siguiente a aquél en que se perciban, los ingresos como consecuencia de los contratos.

Son 07 folios

Reátegui Trigoso, Carlos / Chávez Serrano, Jubert / Pando Pacheco, Eduardo / Larrabure Gálvez, César / Campos Baca, Luis / León Trelles, Carlos / Jhong Junchaya, Juan.
2761 28/05/1997 Modifícase el Artículo 2° del Decreto Legislativo N° 885 "Ley de Promoción del Sector Agrario", con el siguiente texto:

Artículo 2°.- BENEFICIARIOS

Están comprendidas en los alcances de esta Ley, las personas naturales o jurídicas que desarrollen principalmente cultivos y/o crianzas, con excepción de la avicultura y la industria forestal.

Son 17 folios.

Reggiardo Sayán, Andrés.
2762 28/05/1997 Precísase que los obreros que prestan sus servicios a las Municipalidades son servidores públicos sujetos al régimen laboral de la actividad privada, reconociéndoles los derechos y beneficios inherentes a dicho régimen.

Son 23 folios.

Zumaeta Flores, César / Ghilardi Álvarez, Freddy / Del Castillo Gálvez, Jorge / Velásquez Quesquén, Javier / Cardoso Romero, Francisco / Santa María Silva, Alejandro / Estrada Choque, Aldo.
2763 29/05/1997 Exclúyase de los alcances del Artículo 2° de la Ley N° 26320 sobre terminación anticipada del proceso, a aquellos inculpados comprendidos por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas previsto en el Artículo 296° del Código Penal.

Son 18 folios.

Campos Baca, Luis / Noriega Febres, Javier / Ramos Santillán, Francisco / Reynafarje Abensur, Samuel / Lam Álvarez, Juan Carlos / Pulgar Lucas, Enrique / Vega Ascencio, Anastasio / Samalvides Dongo, Helber.
2765 30/05/1997 La presente Ley regula las excursiones escolares y otras actividades extra clase, de los centros y programas educativos públicos y privados, a fin de contribuir al logro de la excelencia y calidad educativa.

Son 28 folios.

Gutiérrez Mercedes, Virgilio.
2766 30/05/1997 Los Miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que sean víctimas de actos de terrorismo y/o que sufran invalidez permanente en acto, ocasión o como consecuencia del servicio en la defensa de nuestras fronteras nacionales, serán promovidos económicamente al doble del haber bruto de la clase inmediata superior, cada 5 años, a partir de ocurrido el acto invalidante, cualquiera que fuere el tiempo de servicios prestados.

Son 17 folios.

Chipoco Cáceda, Carlos.
2767 30/05/1997 Deróguese la Ley N° 26592 que modifica la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos y restitúyase vigencia a los Artículos 13°, 15° y 16° de la primigenia Ley N° 26300.

Son 10 folios.

Chipoco Cáceda, Carlos.
2768 30/05/1997 Modifícase el Artículo 49° del Reglamento del Congreso de la República, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera:

Períodos ordinarios de sesiones

Artículo 49°.- Dentro del período anual de sesiones, habrá dos períodos ordinarios de sesiones o legislaturas:

a) El primero se inicia el 27 de julio y termina el 15 de diciembre.

Son 15 folios.

Chipoco Cáceda, Carlos.
2769 02/06/1997 Declárase de interés nacional y de necesidad y utilidad pública la Expropiación de 38.00 Hectáreas de terrenos rústicos destinados para la ampliación del Aeropuerto de Cajamarca "Mayor General FAP. Armando Revoredo Iglesias".

Son 16 folios.

Amorín Bueno, Adolfo.
2770 02/06/1997 Déjase sin efecto los Artículos 12, 13 y 15 del Decreto Supremo N° 004-97-IN, de 23 de mayo de 1997.

Son 11 folios.

Alva Orlandini, Javier.
2771 02/06/1997 La Corte Suprema de Justicia de la República ejerce el control de la Constitucionalidad de las Leyes, de conformidad con los Artículos 51° y 138° de la Constitución.

Son 03 folios.

Chirinos Soto, Enrique.
2774 03/06/1997 Modifícase el Artículo 315° del Código Civil, el mismo que queda redactado con el texto siguiente:

Artículo 315°.- Para disponer de los bienes sociales o gravarlos, se requiere la intervención del marido y la mujer. Empero, cualquiera de ellos puede ejercitar tal facultad si tiene poder especial del otro.

Son 08 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero / Chávez Cossío, Martha.
2775 03/06/1997 Modifíquese el Inciso b) del segundo párrafo del Artículo 18° de la Ley del Impuesto a la Renta aprobada por Decreto Legislativo N° 774, en los términos siguientes:

Constituyen ingresos inafectos al impuesto:

b) Las indemnizaciones y subsidios que se reciban por causa de muerte, incapacidad, maternidad y lactancia que se originen en el régimen de Seguridad Social en Salud, y las indemnizaciones que se reciban por causa de muerte o incapacidad producidas por accidentes o enfermedades que se originen en un contrato de seguro, o en sentencia judicial, en transacciones o en cualquier otra forma, salvo lo previsto en el Inciso b) del Artículo 2° de la citada Ley".

Son 08 folios.

Fernández Baca de Valdez, Graciela / Pease García, Henry / Avendaño Valdez, Jorge.
2776 03/06/1997 Modifícase el Inciso d) del Artículo 3° del Decreto Ley 26162, bajo los términos siguientes:

"Las empresas integrantes de la Actividad Empresarial del Estado, en las que este tenga una participación mayoritaria o determine el control de las decisiones de sus órganos de gestión".

Son 11 folios.

Velásquez Quesquén, Javier.
2777 03/06/199 Dejar sin efecto los Artículos 12°, 13° y 15° del Decreto Supremo 004-97-IN.

Son 06 folios.

Fernández Baca de Valdez, Graciela / Pease García, Henry.
2781 04/06/1997 Los recursos forestales y la fauna silvestre son Patrimonio de la Nación. El Estado promueve y norma el uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre, asegurando la conservación de las especies para beneficio de las generaciones presentes y futuras.

Son 30 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
2783 05/06/1997 Todas las aguas son recursos naturales y constituyen patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento.

Son 10 folios.

Flores Flores, Gustavo / Reggiardo Sayán, Andrés / Noriega Febres, Javier / León Trelles, Carlos / Chiroque Ramírez, Gamaniel / Urrelo Guerra, Rafael / Colchado Arellano, Genaro / Patsías Mella, Francisco / Larrabure Gálvez, César / Sato Abe, Alberto / Pando Pacheco, Eduardo.
2784 05/06/1997 Entiéndase como indultados o con derecho de gracia, para efectos de esta Ley, a todas aquellas personas declaradas como tales por el Presidente de la República, a propuesta de la Comisión Ad Hoc creada por Ley N° 26655 y prorrogada por Ley N° 26749.

Son 10 folios.

Forsyth Mejía, Harold.
2785 05/06/1997 Deróguese el Artículo 5 de la Ley 18863.

Son 13 folios.

Vicuña Vásquez, Eusebio.
2786 05/06/1997 Incorpórase a la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional N° 26435, las siguientes disposiciones transitorias:

"Décimo Segunda.- De conformidad con la Ley N° 26801, y con el quórum que establece, el Tribunal podrá realizar Plenos para conocer asuntos administrativos necesarios para su normal funcionamiento".

Son 21 folios.

Tribunal Constitucional.
2788 06/06/1997 Establécese por esta Ley la obligación de los Municipios Provinciales y Distritales de la República, con población superior a los cincuenta mil habitantes, y que sea dependiente en no menos de un 30% de la producción agropecuaria, el apoyar el mejor desarrollo de esta última.

Son 11 folios.

Cáceres Velásquez, Róger.
2789 06/06/1997 Adiciónase al Artículo 82°, del Decreto Legislativo N° 702, en su tercer párrafo, el siguiente texto:

"El trámite en la primera instancia administrativa, no puede exceder del término de sesenta días, al vencimiento del cual, de no haberse pronunciado resolución, se tendrá ésta por denegatoria y recurrida de oficio ante la instancia superior, la que deberá pronunciarse impostergablemente dentro de los noventa días siguientes, y de no hacerlo se tendrá por absuelto positivamente el respectivo reclamo".

Son 08 folios.

Cáceres Velásquez, Róger.
2790 06/06/1997 Hágase extensivo a quienes reciben pensiones de jubilación y cesantía, al amparo de lo dispuesto por el Decreto Ley N° 20530, que cumplan 80 o más años de edad, el pago de la bonificación del 25% dispuesta por la Ley N° 26769 a favor de quienes habiendo cumplido igual, vienen percibiendo pensiones al amparo de lo dispuesto por el Decreto Ley N° 19990.

Son 06 folios.

Cáceres Velásquez, Róger.
2791 06/06/1997 El Estado transferirá en propiedad el patrimonio de la Empresa SEDAPAL a los Municipios de la Provincia de Lima, dentro de los 60 días de la publicación de la presente Ley.

Son 10 folios.

Cáceres Velásquez, Róger.
2793 06/06/1997 Modifíquese el Artículo 6° de la Ley 26574 con el siguiente texto:

Artículo 6°.- La nacionalidad adquirida por naturalización y la cancelación del Título de Naturalización del naturalizado que haga renuncia expresa de la nacionalidad, son aprobadas mediante Resolución Suprema.

Son 08 folios.

Díez Canseco Cisneros, Javier.
2797 06/06/1997 Autorícese al Poder Ejecutivo para que adjudique en venta directa los terrenos e inmuebles de su propiedad que se encuentren saneados y de libre disponibilidad a favor de los trabajadores autónomos ambulantes reconocidos por Decreto Supremo N° 005-91-TR.

Son 10 folios.

Lozada De Gamboa, María Del Carmen.
2802 10/06/1997 Créase el PROGRAMA DE ALIMENTACION EN BASE A PESCADO-PROPES, organismo dependiente presupuestalmente del Ministerio de Pesquería, destinado a la población niño-madre-anciano, con derecho a la provisión de una ración diaria, para elevar los índices nutricionales de la población.

Son 17 folios.

Figueroa Vizcarra, Jorge / Barreto Estrada, Gamaniel.
2803 10/06/1997 Modifícase el texto de los Incisos 3°, 6° y 8°, del Artículo 61°, del Título I, de la Sección Segunda de la Ley N° 16587, Ley de Títulos Valores, en los términos siguientes:

Artículo 61°.- La letra de cambio debe contener:

3° Los nombres y apellidos, denominación o razón social, y número del documento de identificación de la persona natural, persona jurídica, sucesión indivisa, sociedad de hecho u otro ente colectivo, a cuyo cargo se gira la letra (girado o librado).

Son 49 folios.

Fernández Baca de Valdez, Graciela / Pease García, Henry / Avendaño Valdez, Jorge.
2806 10/06/1997 Modifícase los Artículos :

2,3,5,8,9,10,12,14,19,21,22,23,24,29,30,36,44,45,53,58,76,80,89,103,104,105,106,107,111,122,123,170,171,174,184,185,194,205,206,209,218,236,247,286, y 288 del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo 017-93-JUS, los mismo que quedarán redactados de la siguiente manera:

Artículo 2°.- El Poder Judicial en su ejercicio funcional es autónomo en lo político administrativo, económico, disciplinario e independiente en lo jurisdiccional con sujeción a la Constitución, a la presente Ley Orgánica y a as Leyes específicas.

Son 50 folios.

León Trelles, Carlos / Samalvides Dongo, Helber / Chang Ching, Luis.
2808 11/06/1997 Modifícase el Inciso b) del Artículo segundo de la Ley 26457, en los términos siguientes:

"… No se consideran tierras de la comunidad:

b) Las tierras que se encuentran ocupadas por Centros Poblados o Asentamientos Humanos, salvo aquellas sobre las que se haya interpuesto acciones de reivindicación por parte de las Comunidades Campesinas. La Comisión de Formalización de la Propiedad Informal-COFOPRI procederá a la titulación y registro de las tierras ocupadas por los Asentamientos Humanos.

Son 14 folios.

Figueroa Vizcarra, Jorge / Barreto Estrada, Gamaniel.
2810 12/06/1997 La representación del Perú ante los organismos internacionales en los que el Estado Peruano sea parte, deberá ser ejercida y/o ocupada exclusivamente por ciudadanos peruanos de nacimiento.

Son 08 folios.

Reto Neyra, Santos / Cardoso Romero, Juan / Del Castillo Gálvez, Jorge / Díez Canseco Cisneros, Javier / Díaz Díaz, Susana / Lajo Lazo, Manuel / Flores Nano, Lourdes / Chu Rubio, Luis / Mohme Llona, Gustavo / Núñez Román, Edgar / Llerena Marotti, Antonio / Salazar Vargas, Jorge / Morales Costa, Lastenio / Estrada Pérez, Daniel / Guerra-García Cueva, Róger / Fernández Baca de Valdez, Graciela / Cerro Moral, María Ofelia / San Román Cáceres, Máximo.
2811 12/06/1997 Sustitúyase el segundo párrafo del Artículo 176 de la Ley 26702 por el texto siguiente:

Los contratos que estas empresas celebren con sus clientes podrán extenderse en documento privado, con firma legalizada notarialmente o ser protocolizado notarialmente, los mismo que serán inscritos sin necesidad de Escritura Pública en el Registro Público correspondiente.

Son 09 folios.

Ghilardi Álvarez, Freddy.
2813 13/06/1997 En los espacios deportivos de los medios de comunicación social, privados y públicos (DIARIOS, TELEVISION, RADIO Y REVISTAS DEPORTIVAS) en los paneles, afiches de anuncio publicitario y sus similares, dentro y fuera del complejo, así como de los boletos o entradas a los eventos deportivos en toda sus modalidades, se mencione y hágase referencia la normatividad del Código Penal vigente referente a las faltas y delitos que se refiere el presente código.

Son 06 folios.

Pulgar Lucas, Enrique Orlando.
2814 13/06/1997 Los espacios deportivos de los medios de comunicación social, privados y públicos (DIARIOS, TELEVISION, RADIO Y REVISTAS DEPORTIVAS) en los paneles, afiches de anuncio publicitario y sus similares, dentro y fuera del complejo, así como de los boletos o entradas a los eventos deportivos en todas sus modalidades, se mencione y hágase referencia la normatividad del Código Penal vigente referente a las faltas y delitos que se refiere el presente código.

Son 06 folios.

Pulgar Lucas, Enrique Orlando.
2816 13/06/1997 Créase una Comisión Nacional Contra la Violencia Juvenil la que estará conformada por:

- Un representante del Ministerio del Interior

- Un representante del Ministerio Público.

Son 18 folios.

Llerena Marotti, Antonio.
2817 13/06/1997 La presente Ley norma la actividad educativa pública y privada en el territorio nacional.

Son 32 folios.

Barreto Estrada, Gamaniel.
2819 13/06/1997 Con arreglo a las disposiciones Constitucionales y orgánicas y demás dispositivos legales pertinentes, el Estado y la administración pública, incluyendo las instituciones y dependencias que les corresponden, se estructuran y organizan en tres niveles: Nacional, Regional y Local.

Son 16 folios.

Cáceres Velásquez, Róger.
2820 17/06/1997 La Asamblea, Junta General, o el órgano de mayor jerarquía de los Colegios Profesionales de ámbito nacional, en la sesión cuyo objeto sea de modificación de estatutos, estará conformado por los siguientes miembros: el Decano Nacional quien la preside, el Secretario Nacional, los Decanos Departamentales y los Delegados adicionales, de existir estas representaciones.

Son 10 folios.

Colegio de Ingenieros del Perú.
2821 18/06/1997 Encárguese a los titulares de los Ministerios de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción y de Industria y Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales a fin de que adopten las medidas pertinentes con el objeto de que en coordinación con los representantes acreditados de los medios de comunicación, escritos, hablados y televisados reconocidos oficialmente y ubicados dentro del territorio de la República dediquen, difundan, ubiquen y promuevan en forma diaria permanente y continúa un espacio prudente identificatorio y a primera vista vinculado, exaltar, revalorar y difundir nuestro patrimonio cultural y su riqueza folklórica.

Son 11 folios.

Ezquerra Cáceres, Rigoberto.
2823 18/06/1997 Reconózcase, califíquese y compréndase la realización, desarrollo y promoción de eventos taurinos en el territorio Patrio como Espectáculo Artístico, Cultural y Turístico No Deportivo, el que será tutelado y protegido por el Estado, dentro del rubro de atracción turística nacional.

Son 10 folios.

Ezquerra Cáceres, Rigoberto.
2824 19/06/1997 Declárese Héroe Nacional al Mariscal ELOY GASPAR URETA MONTEHERMOSO, debiéndose erigirse en su memoria un monumento en la Capital de la República y en Chiclayo su Ciudad natal.

Son 15 folios.

 

Bartra Gonzales, Ángel.
2825 19/06/1997 Créase en el Departamento de Amazonas, el Distrito de Bagua, cuya Capital es la Ciudad de Bagua.

Son 07 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
2826 24/06/1997 La Comisión Nacional de Acción de Emergencia CONAE 97-98 constituida mediante Resolución Suprema N° 290-97-PCM, promoverá obligatoriamente la Constitución de Comités Provinciales de Emergencia Agraria.

Son 12 folios.

Santa María Silva, Alejandro.
2827 24/06/1997 Adiciónase al Decreto Ley 26002 "Ley del Notariado", el Artículo 93Ao, el mismo que queda redactado con el texto siguiente:

Artículo 93Ao.-Los Protocolos Notariales que contienen actas de protesto de títulos valores pueden eliminarse al término de tres años de su vencimiento. Igual procedimiento es aplicables a las minutas que hayan sido incorporadas al Registro de Escrituras con antigüedad mayor de diez años.

Son 10 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
2828 25/06/1997 Declárese la libertad total de la prestación del servicio de taxis a nivel nacional, y en consecuencia elimínese todas las restricciones y obstáculos administrativos que impidan el libre acceso al trabajo independiente y a las rutas públicas para todas las personas naturales y jurídicas.

Son 08 folios.

Díaz Díaz, Susana.
2830 27/06/1997 Pensión de Gracia al señor Julio Castillo Pérez.

Son 115 folios.

Poder Ejecutivo.
2831 27/06/1997 Delégase en el Poder Ejecutivo la facultad de Legislar por un plazo de 120 días, en los términos a que hace referencia el Artículo 104° de la Constitución Política, en las materias siguientes:

1.- Acceso a los Recursos Genéticos.

2.- Protección de los Conocimientos de Comunidades Campesinas, Nativas y demás Pueblos Indígenas.

Son 05 folios.

Poder Ejecutivo.
2839 03/07/1997 Deróguese la Ley N° 26657, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 23 de agosto de 1996.

Son 13 folios.

Chipoco Cáceda, Carlos.
2840 08/07/1997 Modifícase el Artículo 90° de la Constitución en los siguientes términos:

"El Poder Legislativo reside en el Congreso, el cual consta de Cámara Única".

Son 06 folios.

Chipoco Cáceda, Carlos.
2841 08/07/1997 Derógase la Ley N° 26592 de fecha 18 de abril de 1996.

Son 04 folios.

Forsyth Mejía, Harold.
2842 10/07/1997 Derógase el Inciso g) del Artículo 30° del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo 728.

Son 57 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero / Merino Lucero, Beatriz.
2843 14/07/1997 Declárese de urgente necesidad pública el establecimiento de casa refugio para niñas, niños y madres solteras en estado de abandono y/o víctimas de violencia familiar, en todo el territorio nacional.

Son 09 folios.

Díaz Díaz, Susana.
2844 18/07/1997 Corresponde al Estado la identificación y declaración de los bienes que sean Patrimonio Cultural de la Nación y/o de la Humanidad y en forma exclusiva la administración, protección, conservación y rehabilitación de los inmuebles de su propiedad que tengan tal calidad.

Son 12 folios.

Estrada Pérez, Daniel / Guerra-García Cueva, Roger.
2845 21/07/1997 Procederá la intervención, interceptación y grabación de las comunicaciones telefónicas y radiales, el secuestro, apertura de cartas, comunicaciones telegráficas, cablegráficas, fax y similares, de acuerdo a lo prescrito en el Artículo 2° numeral 10 de la Constitución Política, únicamente, cuando lo ordene el Juez o el Tribunal competente, a solicitud del Ministerio Público a través del Fiscal de la Nación.

Son 22 folios.

Chipoco Cáceda, Carlos / Townsend Díez Canseco, Ana Elena.
2847 30/07/1997 Añádase a la Ley N° 26843, la siguiente Disposición Transitoria.

"DISPOSICIÓN TRANSITORIA: Establécese que es obligación del Gobierno Central y del Municipio Provincial de Lima, derivada de lo preceptuado por las Leyes N° 25102 y 26264, la re-ubicación, en forma preferencial y compensatoria, en favor de los propietarios de lotes y viviendas que resulten verazmente afectados por lo dispuesto en los Artículos precedentes de esta Ley.

Son 23 folios.

Cáceres Velásquez, Róger.
2849 30/07/1997 Establécese que todas las estructuras del Gobierno Central, en las distintas áreas de la administración pública, están obligadas de comunicar, a los Gobiernos Locales y Regionales o Departamentales con antelación y en forma regular, los proyectos, programas, inversiones y obras.

Son 06 folios.

Cáceres Velásquez, Róger.
2851 30/07/1997 Modifícase el Artículo 339 del Decreto Legislativo 768 Código Procesal Civil, el mismo que queda redactado con el siguiente texto:

Artículo 339.- ACTO JURIDICO POSTERIOR A LA SENTENCIA.- Cuando existe sentencia ejecutoriada, las partes pueden acordar condonar la obligación contenida en la sentencia, prorrogar el plazo para su cumplimiento, convenir una dación en pago y, en general, celebrar cualquier acto jurídico destinado a regular o modificar el cumplimiento de la sentencia.

Son 14 folios.

Huamanchumo Romero, Juan.
2852 30/07/1997 Modifícase el Artículo 196° del Código Penal por el texto siguiente:

Artículo 196°.- El que procura para sí o para otro un provecho ilícito en perjuicio de tercero, induciéndose o manteniéndose en error al agraviado mediante engaño, astucia, ardid u otra forma fraudulenta, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de uno ni mayor de seis años.

Son 15 folios.

Huamanchumo Romero, Juan.
2853 31/07/1997 Que en el Bicentenario del nacimiento del Ilustre Peruano, Don José Cayetano Heredia Sánchez, se le declara "Paradigma de la Ciencia Médica Peruana".

Son 05 folios.

Abanto Pongo, Alejandro.
2855 01/08/1997 Adiciónase al Artículo 648° del Código Procesal Civil, el Inciso 10), el mismo que queda redactado con el texto siguiente:

Artículo 648°.- Bienes embargables.- Son bienes embargables:

10) La información contenida en soportes magnéticos, computarizados, discos duros, casettes, similares o análogos, y en otros elementos de archivo de información.

Son 29 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
2857 01/08/1997 Dentro del plazo de ciento ochenta días calendario, las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participación Social deben transferir legalmente, los bienes que se encuentran bajo su administración y que son de propiedad de las Cofradías, Archicofradías, Congregaciones y demás corporaciones afines que todavía subsisten.

Son 08 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
2858 04/08/1997 Derogar el Artículo 23° de las Normas que Regulan la Inversión en Telecomunicaciones, aprobada por Decreto Legislativo N° 702.

Son 10 folios.

Núñez Román, Edgar / Del Castillo Gálvez, Jorge / Velásquez Quesquén, Javier.
2859 05/08/1997 Ley General de Educación.

Son 28 folios.

Núñez Román, Edgar.
2860 05/08/1997 Modifíquese el Inciso a del Artículo 35°, del Reglamento del Congreso de la República el mismo que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 35°.-Existen tres clases de Comisiones:

a.) Comisiones Ordinarias: Encargadas del estudio y dictamen de los asuntos ordinarios de la agenda del Congreso, con prioridad en la función Legislativa y de Fiscalización.

Son 09 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
2861 06/08/1997 Modifícase el Artículo 5° del Decreto Ley N° 25592, cuyo texto quedará redactado en la forma siguiente:

Artículo 5°.- "La Fiscalía de la Nación, remitirá, mensualmente al Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, así como a la Comisión de Derechos Humanos y Pacificación del Congreso de la República, un informe sobre las denuncias de personas desaparecidas en todo el país".

Son 06 folios.

Núñez Román, Edgar.
2862 06/08/1997 Adiciónese como último párrafo al Artículo 4° del Decreto Ley 25897, el texto siguiente:

"Los trabajadores residentes, peruanos o extranjeros que abandonen el país para establecerse en el extranjero, podrán desafiliarse del Sistema Privado de Pensiones - SPP, retirando los saldos existentes en sus Cuentas Individuales de Capitalización a fin de ser trasladados a un programa previsional en el exterior.

Son 15 folios.

Delgado Aparicio, Luis.
2863 07/08/1997 Modifíquese el Artículo 23° del Decreto Legislativo N° 702, "Ley de Promoción de la Inversión en Telecomunicaciones en los términos siguientes:

Artículo 23°.- Para obtener las autorizaciones que faculten a prestar servicios de difusión se deberán cumplir los requisitos que señale el reglamento.

Son 16 folios.

Fernández Baca de Valdéz, Graciela / Avendaño Valdez, Jorge / Pease García, Henry.
2864 07/08/1997 La presente Ley regula la actividad del Servicio Social en el campo de la Educación, en los Centros Educativos Estatales en los diversos niveles y modalidades educativas.

Son 11 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
2865 08/08/1997 Entiéndase que los alcances de la Ley 26769 incluyen también a aquellos ciudadanos que perciben pensión de jubilación sujetos al régimen de la Ley N° 10624.

Son 07 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
2866 08/08/1997 Declárase de necesidad y utilidad pública la venta a plazos y libre de pago de impuestos de cualquier género, a favor de la Asociación de Comerciantes "Polvos Azules", del terreno sin construir de propiedad del Estado, ubicado en la tercera cuadra de la Av. Paseo de la República, en esta Capital.

Son 27 folios.

Cáceres Velásquez, Róger.
2867 08/08/1997 Las empresas Agrarias Azucareras mencionadas en el Inciso a) del Artículo 2° del Decreto Legislativo N° 802, podrán cancelar la compensación por tiempo de servicios acumulado al 31 de octubre de 1996 hasta en diez (10) años, a partir de la vigencia de la presente Ley.

Son 16 folios.

Delgado Aparicio, Luis / Reggiardo Sayán, Andrés.
2868 23/09/1997 Proponen la creación de una Comisión Nacional de Espectáculos Públicos no Deportivos.

Son 32 folios.

Forsyth Mejía, Harold.
2869 08/08/1997 Modifícase los Artículos 1°, 3°, 5° y adiciónase el Inciso h) al Artículo 2° de la Ley N° 26439, en forma siguiente:

Artículo 1°.- Créase el Consejo Nacional para la autorización de funcionamiento de Universidades (CONAFU), como organismo público con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera; con sede en la Ciudad de Lima.

Son 16 folios.

Núñez Román, Edgar.
2870 08/08/1997 En los Colegios Profesionales que sean de ámbito nacional y que tengan definido en sus Estatutos o Leyes de Creación una Asamblea Nacional, Juntas Generales u otro órgano de mayor jerarquía, encargados de la dirección nacional y de la modificación de sus estatutos, éstos mantendrán su vigencia y organización actuales.

Son 13 folios.

Colegio de Ingenieros del Perú.
2872 11/08/1997 Adiciónase a la Ley N° 26818 el siguiente Artículo:

Artículo 4°.- La Comisión de Disolución y Liquidación del Proyecto Especial Parque Industrial del Cono Sur de Lima, queda facultada a permutar lotes de terreno cuando así lo requiera el proceso de transferencia de compraventa directa.

Son 06 folios.

Barbarán Rengifo, Carlos.
2873 11/08/1997 Modifíquese el Artículo 172° de la Constitución Política de 1993, debiendo quedar redactado como sigue:

El número de efectivos de la Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional se fija anualmente por el Poder Ejecutivo. Los recursos correspondientes son aprobados en la Ley de Presupuesto.

Son 03 folios.

Forsyth Mejía, Harold.
2874 11/08/1997 Modifíquese el Artículo 118° numeral 12 de la Constitución Política de 1993, debiendo quedar redactado como sigue:

Nombrar embajadores y ministros plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros.

Son 02 folios.

Forsyth Mejía, Harold.
2876 12/08/1997 Déjase sin efecto legal las Resoluciones Administrativas que retiran, cancelan o dejan sin efecto la nacionalidad Peruana o el título que acredita la misma.

Son 08 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
2877 11/08/1997 Modifícase el Inciso a) del Artículo 88° del Reglamento del Congreso de la República, en los siguientes términos:

a) Las Comisiones de Investigación se constituirán por solicitud presentada mediante Moción de Orden del Día.

Son 08 folios.

Muñiz Ziches, Jorge.
2878 11/08/1997 Sustitúyese el Artículo 99° de la Constitución, por el texto siguiente:

"Artículo 99°.- Corresponde a la Comisión Permanente acusar ante el Congreso al Presidente de la República; a los representantes a Congreso; a los Ministros de Estado; a los miembros del Tribunal Constitucional; a los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura; a los Vocales de la Corte Suprema; a los Fiscales Supremos; al Defensor del Pueblo y al Contralor General por infracción de la Constitución y por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones, aún cuando hayan cesado en éstas".

Son 06 folios.

Alva Orlandini, Javier.
2879 11/08/1997 El Presidente de la República es el Jefe del Estado y personifica a la Nación.

Sus atribuciones y obligaciones están establecidas por la Constitución Política y por la Ley.

Son 17 folios.

 

Alva Orlandini, Javier.
2880 11/08/1997 Modifícase el texto de los Incisos 14 y 15 del Artículo 139° de la Constitución, en la forma siguiente:

"14. El principio de no ser privado del derecho de defensa en ningún estado del proceso.

15. El principio de que toda persona debe ser informada, inmediatamente y por escrito, de las causas o razones de su detención.

Son 12 folios.

Alva Orlandini, Javier.
2881 11/08/1997 Derogase las Leyes 26657 y 26592 y, en consecuencia, recobran vigencia los Artículos 13, 15 y 16 de la Ley 26300.

Son 19 folios.

Alva Orlandini, Javier.
2882 11/08/1997 Ninguna disposición legal o administrativa tiene efecto si no es publicada en el Diario Oficial "El Peruano", si emana de los Poderes Legislativos, Ejecutivo y Judicial y de los Órganos Constitucionales Autónomos; o en el diario que publica los edictos judiciales, si se trata de disposiciones Regionales y Municipales.

Son 05 folios.

Alva Orlandini, Javier.
2883 12/08/1997 Modifícase el Inciso a) del Artículo 73° del Decreto Legislativo N° 821, en los términos siguientes:

Artículo 73°.- INAFECTACIONES, EXONERACIONES Y DEMÁS BENEFICIOS TRIBUTARIOS VIGENTES RELATIVOS AL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS E IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.

Son 03 folios.

Fernández Baca de Valdéz, Graciela.
2885 13/08/1997 Proyecto de modificación del Código Procesal Penal.

Son 98 folios.

Alva Orlandini, Javier.
2886 13/08/1997 Créase el Consejo de Coordinación del Sistema Electoral que estará conformado por Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, el Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y el Jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.

Son 04 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
2888 14/08/1997 Modifíquese el Artículo 101 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

"Artículo 101.- El acto constitutivo de la Fundación debe expresar necesariamente su finalidad y el bien o bienes que se afectan".

Son 18 folios.

Aliaga Araujo, Vito / Ramos Santillán, Francisco.
2890 14/08/1997 Créase el Sistema privado de Ahorro y Préstamo para Vivienda, administrado por los intermediarios financieros, bancos y empresas financieras regidas por la Ley N° 26702, bajo la modalidad de Cuenta de Capitalización Individual.

Son 18 folios.

 

Flores-Araoz Esparza, Antero.
2893 14/08/1997 Créase el Banco de Apoyo y Financiamiento a la Mediana, Pequeña y Micro Empresa en los Sectores: Industrial, Comercial y Agrario.

Son 13 folios.

Llerena Marotti, Antonio.
2894 14/08/1997 La Policía Nacional del Perú, en cumplimiento de sus sagradas funciones institucionales y para controlar con eficacia y protección de su integridad física, durante los mítines y/o manifestaciones socio políticas queda facultada para utilizar discrecional y de manera adicional los elementos permitidos intencionalmente, como son las balas de goma y/o perdigones.

Son 12 folios.

Llerena Marotti, Antonio.
2895 14/08/1997 Deróguese la Resolución Administrativa N° 002-97-SC y CSJ en lo que contraviene el Artículo 15° de la Ley 23506.

Son 04 folios.

Chipoco Cáceda, Carlos / Flores Nano, Lourdes / Del Castillo Gálvez, Jorge / Forsyth Mejía, Harold.
2896 15/08/1997 Todas las empresas privadas, que tengan cincuenta (50) o más trabajadores deberán contar con los servicios de un profesional médico, a fin de promover la salud de su recurso humano.

Son 13 folios.

Guerra-García Cueva, Róger.
2897 15/08/1997 Créase el Servicio de Medicina Escolar en los centros educativos, públicos y privados, que tengan más de cien (100) alumnos, y en todos los centros de enseñanza inicial; el cual se implementará en forma obligatoria, a partir del año siguiente a la promulgación de la presente Ley.

Son 20 folios.

Guerra-García Cueva, Róger.
2898 18/08/1997 Declárase que han perdido vigencia por haber sido derogados, cumplido su objeto o haber vencido el plazo para el que fueron dictados, las Leyes y Resoluciones Legislativas y los Decretos-Leyes siguientes: a) Los publicados entre el 28 de Julio de 1821 y el 19 de octubre de 1904;

b) Los publicados con los números 1 a 20000.

Son 07 folios.

 

Alva Orlandini, Javier.
2899 18/08/1997 Incorporar en el Apéndice II del Decreto Legislativo N° 821 Ley del IGV e ISC- el siguiente numeral:

"10. Los espectáculos públicos en vivo, en la que los participantes sean íntegramente artistas nacionales".

Son 19 folios.

Díaz Díaz, Susana.
2904 19/08/1997 Agréguese al Artículo 35° del Reglamento del Congreso de la República, al final del Inciso a) el siguiente texto:

"Una Comisión Ordinaria fiscalizará la administración del Congreso y revisará sus cuentas, debiendo actuar bajo la presidencia de un congresista integrante de alguna de las bancadas de minoría".

Son 10 folios.

Pease García, Henry / Reto Neyra, Santos / Fernández Baca de Valdez, Graciela.
2906 19/08/1997 Declárese el segundo domingo de setiembre de cada año "Día de la suegra".

Son 14 folios.

Díaz Díaz, Susana.
2909 20/08/1997 Inclúyase al Artículo 3° del Decreto Legislativo N° 877, modificado por el Artículo 1° de la Ley N° 26804, el siguiente Inciso:

Artículo 3°.-

g) Créditos otorgados por el Consejo Transitorio de Administración Regional de la Región Grau para financiar el Programa de Siembra de Algodón Pima, Campaña Agrícola 1994.

Son 08 folios.

León Trelles, Carlos.
2912 21/08/1997 Modifícase el Artículo 36° del Reglamento del Congreso de la República, en los términos siguientes:

Artículo 36°.- Las Comisiones están integradas por miembros titulares, que concurren a las sesiones con derecho a voz y voto; y, por miembros accesitarios, que sólo tienen derecho a voz.

Son 12 folios.

Fernández Baca de Valdéz, Graciela.
2915 21/08/1997 Modifícase el Artículo 19° de la Ley N° 23853 cuyo texto quedará redactado de la forma siguiente:

Artículo 19°.- Los Alcaldes y Regidores desempeñan sus cargos por un período de cinco años, pudiendo ser reelegidos.

Son 09 folios.

Núñez Román, Edgar.
2916 21/08/1997 Presupuesto Institucional del Congreso de la República.

Son 32 folios.

Mesa Directiva Congreso de la República.
2917 21/08/1997 Refórmase el Artículo 177° de la Constitución en la forma siguiente:

"Artículo 177°.- El Sistema Electoral está conformado por el Jurado Nacional de Elecciones; la Oficina Nacional de Procesos Electorales; y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil".

Son 03 folios.

Alva Orlandini, Javier.
2919 22/08/1997 Modifícase el Artículo 13° de la Constitución Política del Perú el que en adelante tendrá el siguiente texto:

"Artículo 13°.- Toda persona tiene derecho a la educación. La educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la personalidad humana".

Son 12 folios.

Barbarán Rengifo, Carlos.
2922 22/08/1997 Sustitúyase la Segunda Disposición Transitoria del Decreto Legislativo N° 757 Ley Marco para el crecimiento de la Inversión Privada, modificada por las Leyes N° 26245, 26395, 26555 y 26724, con el texto siguiente:

SEGUNDA DISPOSICION TRANSITORIA.- Suspéndase hasta el 31 de diciembre de 1998, lo dispuesto en el último párrafo del Artículo 169° en el segundo párrafo del Artículo 222° y en el Inciso 3) del Artículo 359° del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Sociedades, aprobado por Decreto Supremo N° 03-85-JUS.

Son 10 folios.

Flores-Araoz Esparza, Antero.
2924 22/08/1997 Modifíquese el Artículo 41° de la Constitución Política del Perú en los siguientes términos:

Artículo 41°.- Los funcionarios y servidores públicos que señala la ley o que administran o manejan fondos del Estado o de organismos sostenidos por éste deben hacer declaración jurada de bienes y rentas al tomar posesión de sus cargos, durante su ejercicio y al cesar en los mismos.

Son 03 folios.

Forsyth Mejía, Harold.
2927 26/08/1997 Modifíquese el Artículo 180° de la Constitución Política del Perú en los siguientes términos:

Artículo 180°.- Los integrantes del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en cuanto a la edad, tienen los mismos requisitos establecidos para los Magistrados de la Corte Suprema.

Son 07 folios.

Forsyth Mejía, Harold / Fernández Baca de Valdez, Graciela / Núñez Román, Edgar.
2928 27/08/1997 Modifícase los Artículos 2° y 3° del Decreto Legislativo N° 705 los mismos que tendrán el siguiente texto:

Artículo 2°.- La Micro Empresa reúne adicionalmente las siguientes características:

a) El propietario o propietarios de la empresa laboran en la misma.

b) El número total de trabajadores y empleados no excede de quince (15) personas.

Son 197 folios.

Barbarán Rengifo, Carlos.
2930 27/08/1997 Amplíese la suspensión prevista en la Ley 26754 por un plazo adicional de 6 meses contados a partir del vencimiento del plazo inicialmente previsto.

Son 14 folios.

Huamanchumo Romero, Juan / Vega Ascencio, Anastasio.
2931 27/08/1997 Reconózcase al culto del "Señor de los Milagros", como supremo culto religioso nacional, cuya mayor expresión tiene lugar anualmente en la Ciudad de Lima, durante los días 18, 19 y 28 de octubre, de cada año.

Son 19 folios.

Cáceres Velásquez, Róger.
2931 27/08/1997 Modifícase el Artículo 144° de la Constitución , cuyo texto definitivo será el siguiente:

"El Poder Judicial se determina y administra con plena autonomía. La Sala Plena de la Corte Suprema es el Organismo máximo de deliberación y de reglamentación del Poder Judicial".

Son 02 folios.

Cáceres Velásquez, Róger.
2933 01/09/1998 Reconociendo que la explotación de yacimientos de caliza es parte de los ingresos por canon minero.

7 folios

Guerra-García Cueva, Roger
2934 01/09/1998 Proyecto que exonera pago de impuestos a pensionistas.

5 folios

Guerra-García Cueva, Roger
2935 27/08/1997 Ley de mejoramiento y Ampliación del Programa Nacional del Vaso de Leche. 11 folios Fernández Baca, Graciela; Gamarra Olivares, Ernesto; Diez Canseco Cisneros, Javier; Mohme Llona, Gustavo.
2936 27/08/1997 Proponen Ley que sanciona a los Congresistas que en su calidad de abogados intervienen en procesos judiciales.

9 folios

Larrabure Gálvez, Cesar.
2937 27/08/1997 Proponiendo conformar una comisión ordinaria para el periodo legislativo 1997-1998 la Comisión de la Juventud. Organismo que tendrá todos las funciones plenas dispuestas por el art. 35°, inciso a), del reglamento del Congreso de la República.

15 folios

Townsend Diez Canseco, Ana Elena.
2938 27/08/1997 Declara a la zona de selva del Perú liberada de tributos durante veinticinco (25) años. 9 folios. Alva Orlandini, Javier; Donayre Lozano, Jorge Luis.
2939 27/08/1997 Declarando Feriado no laborable en Lima, 28 de Octubre de cada año en Honor al señor de los Milagros.

10 folios

Vicuña Vásquez, Eusebio; Pulgar L, Enrique.
2940 27/08/1997 Propone aprobar una ley sobre suspensión de deudas agrarias por los efectos del fenómeno del Niño.

68 folios

2984, 2990, 2995, 3014, 3300, 3371.

 

Aliaga Araujo, Vito; Chávez Serrano, Jubert; Ramos Santillán, Francisco; Espinoza Matos, María.
2942 27/08/1997 Proponiendo Ley de Promoción de Desarrollo de Fronteras.

13 folios.

Campos Baca, Luis E.; Samalvides Dongo, Herbert; Ramos Santillán, Francisco; Chiroque Ramírez, Gamaniel.
2944 28/08/1997 Proponiendo Declarar día feriado con ocasión de la procesión del Señor de los Milagros.

10 folios

Díaz Díaz, Ivonne Susana.
2945 28/08/1997 Proponiendo se prorrogue hasta el 31 de Marzo de 1998 la vigencia del articulo 12° del Decreto Legislativo N° 877.

8 folios

León Trelles, Carlos
2946 29/08/1997 Proponiendo la prohibición de la tala de los arboles o arbustías: pilli, chachacoma, queñua y tola o romero en el Departamento de Puno, Tacna, Moquegua, Arequipa y Cusco, por un periodo de quince años.

22 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
2947 29/08/1997 Propone otorgar a la ciudad de Arequipa la calificación y titulo honorifico de "Muy Noble Valiente y Heroica Ciudad Blanca de Arequipa, Pueblo Caudillo de la Constitución y de la Ley, Capital Cívica del Perú". 7 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
2948 29/08/1997 Proponiendo que los cargos directivos de las asociaciones públicas o privadas, sean cubiertos cuando menos en un porcentaje del veinticinco (25 %) por personas del sexo masculino o del sexo femenino en general.

10 folios

Cáceres Velásquez, Roger.
2949 29/08/1997 Declarando de necesidad y utilidad pública el exacto cumplimiento de las disposiciones estatutarias de las asociaciones privadas de carácter representativo, cuya renovación tenga relación con la renovación de cargos directivos, en especial la representación ante terceros. 8 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
2954 01/09/1997 Proponiendo Ley de Endeudamiento Externo del Sector Público para 1998. 29 folios. PE
2955 01/09/1997 Proponiendo Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del sector Público para 1998. 24 folios. PE
2957 01/09/1997 Proponiendo la Modificación del articulo 49° del Código de Ejecución Penal.

7 folios

PE.
2958 01/09/1997 Proponiendo ley del Servicio Social o Trabajo Social Educativo.

13 folios

CP. Colegio de Asistentes Sociales del Perú.
2959 02/09/1997 Proponiendo destino de fondos obtenidos del remate de bienes incautados y decomisados por comisión de delitos aduaneros y de trafico de drogas.

21 folios

Fernández Bustinza, Víctor.
2960 02/09/1997 Proponiendo Reforma Constitucional referente al Articulo 55° de la Constitución Política del Perú, referente a los "Tratados relativos a derechos humanos, tienen jerarquía constitucional, no pueden ser modificados sino por el procedimiento que rige para la reforma de la Constitución.

8 folios.

Chipoco Caceda, Carlos.
2962 02/09/1997 Proponiendo modificar artículos del Decreto legislativo n° 824, "Ley de Lucha contra las Drogas". 20 folios Chiroque Ramírez, Gamaniel.
2965 03/09/1997 Proponiendo "Ley de Promoción de Adquisición Estatales a la Pequeña y Micro Empresa".

27 folios

Va con el Proyecto 3120/97-CR.

Barbaran Rengifo, Carlos.
2967 03/09/1997 Proponiendo "Código de Ética del Congresista Peruano".

9 folios

Forsyth Mejía, Harold
2968 03/09/1997 Proponiendo Reforma Constitucional referente al Articulo 92° del primer párrafo en el sentido de "La Función de Congresista es de tiempo completo, le esta prohibido desempeñar o ejercer cualquier cargo, profesión u oficio".

4 folios

Larrabure Gálvez, César.
2969 03/09/1997 Proponiendo regular la actividad del trabajo social en los Centros Educativos Estatales y Privados de los diversos niveles y modalidades educativas. "Ley que crea el servicio social o trabajo social educativo". 14 folios. Villasante Chambi, Cristóbal.
2970 03/09/1997 Proponiendo se modifique el articulo 7° del Decreto legislativo N° 713, Modificado por Ley N° 26331.

28 folios

Reátegui Trigoso, Carlos; Marcenaro Frers, Ricardo; Patsias Mella, Demetrio; Velásquez Ureta, Jorge.
2972 04/09/1997 Derogando las Leyes Nos. 26657 ""que interpreta de modo auténtico, que la reelección a que se refiere el Artículo 112° de la Constitución, está referida y condicionada a los mandatos presidenciales..."" y 26592 ""que modifica artículos de la Ley N° 26300""; y en consecuencia recobran vigencia los artículos 13°, 15° y 16° de la Ley N° 26300 ""Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos"".

16 folios.

Alva Orlandini, Javier.
2973 04/09/1997 Estableciendo que a partir del 1° de enero de 1998, queda terminantemente prohibida, bajo cualquier forma permitida por la Ley, el ingreso de importación, compra o donación, de vehículos auto-motores, de cualquier género, llantas y neumáticos usados de cualquier autoparte o repuesto de automotores, que hayan sido objeto de uso en otro país, con la única excepción dispuesta en el artículo 4° de la presente ley. 4 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
2977 08/09/1997 Proponiendo se derogue la Ley N° 26696, recobrando plena vigencia los literales c) y d) del Art. 22° de la ley N° 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura.

8 folios.

Estrada Choque, Aldo Vladimiro.
2979 08/09/1997 Declárase de necesidad nacional y necesidad pública la obligatoria prestación de servicios profesionales, por parte de Asistentes Sociales o Trabajadores Sociales, en los Centros Educativos, Privados y Públicos de la República, de todo nivel, en la proporción de un Asistente por cada doscientos alumnos o trabajadores, o fracción mayor de cien, según el caso.

Son 08 folios.

Cáceres Velásquez, Róger.
2980 08/09/1997 Modifícase el Artículo 422° del Código Penal, agregándose un párrafo adicional, cuyo texto será el siguiente:

"La pena no será menor de 5 ni mayor de 10 años, cuando el Juez incurra en reiterado retraso en la emisión de sus Resoluciones, particularmente tratándose de medidas precautorias notoriamente excesivas, especialmente para el caso de hallarse verosilmente acreditada la inimputabilidad o menor responsabilidad del denunciado y cuando dichas medidas afecten directamente la libertad personal del denunciado".

Son16 folios.

Cáceres Velásquez, Róger.
2981 08/09/1997 Agrégase al Artículo 52° de la Ley Orgánica del Poder Judicial vigente, según lo dispuesto por el Decreto Legislativo 767, el Decreto Ley N° 25869 y sus ampliatorias y modificatorias;

"La existencia y funcionamiento de Juzgados Agrarios será de carácter obligatorio, en las respectivas circunscripciones judiciales donde la población dependiente de la producción agrícola sea no menor del tercio de la población total".

Son 07 folios.

Cáceres Velásquez, Róger.
2982 08/09/1997 Derógase la Ley N° 26657, referente a la interpretación auténtica del Artículo 112° de la Constitución del Estado.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Róger.
2983 08/09/1997 Constitúyase "Zona de Tratamiento Tributario Especial" la comprendida entre los siguientes límites:

Por el Norte…….Frontera con Ecuador

Por el Sur………Río Marañón, la Provincia de Bagua inclusive.

Por el Este.........Río Santiago

Por el Oeste......Límite Departamental de Cajamarca.

Son 08 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
2987 08/09/1997 Créase el Consejo Nacional de las Universidades como órgano jurisdiccional y autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, el que estará integrado por 7 miembros; un representante elegido por el Congreso de la República, un representante del Poder Ejecutivo designado por éste, dos representantes de las Universidades elegidos, uno por los Rectores de las Universidades públicas y otro por las privadas, dos representantes elegidos por los Decanos de los Colegios Profesionales de la República y un representante elegido por los directivos de las organizaciones empresariales del País.

Son 32 folios.

Cardoso Romero, Juan.
2988 11/09/1997 Modifícase los Artículos 8° y 9° del Decreto Legislativo N° 848, modificado por los Decretos Legislativos N° 863, 873, 875 y la Ley N° 26692 que norma el "Régimen de Fraccionamiento Especial", los mismos que quedarán redactados con los siguientes textos:

Artículo 8°.- Los deudores que se acojan a este Régimen Especial con una de las instituciones en el Artículo 1° y que incumplieran el pago oportuno de tres (3) cuotas consecutivas de fraccionamiento o de dos períodos mensuales de sus obligaciones corrientes, perderán todos los beneficios que este Régimen otorga a su respectiva deuda con dicha institución.

Son 06 folios.

Reggiardo Sayán, Andrés.
2990 09/09/1997 Restablézcase con carácter excepcional y por única vez la Vigencia de las normas del Decreto Legislativo N° 877, modificado por la Ley N° 26804, a fin de que las personas naturales o jurídicas que desarrollen principalmente cultivos y/o crianzas puedan acogerse hasta el 31 de Marzo de 1998 a los alcances del Programa Extraordinario de Regularización Tributaria.

Son 06 folios.

León Trelles, Carlos.
2991 10/09/1997 El Sistema Nacional de Ejecución Penal tiene por finalidad mantener y preservar la unidad y coherencia en la política penitenciaria del país; así como la normatividad en materia de administración de centros de ejecución penal y de tutela: propiciando la especialización, simplificación, integración y modernización de la función en dichos asuntos.

Son 31 folios.

Medelius Rodríguez, Oscar.
2992 10/09/1997 Modifíquese el Artículo 8° del Decreto Legislativo N° 848, el cual quedará redactado en los siguientes términos:

Artículo 8°.- Los deudores que se acojan a este Régimen Especial con una de las instituciones listadas en el Artículo 1 y que incumplieran el pago de dos (2) cuotas consecutivas de fraccionamiento o de dos (2) períodos mensuales de sus obligaciones corrientes, perderán todos los beneficios que con dicha institución.

Son 07 folios.

Rodas Díaz, Erland.
2993 10/09/1997 Declárese días feriados no laborables los días 18, 19 y 28 de Octubre de cada año en honor al Señor de los Milagros.

Son 10 folios.

Llerena Marotti, Antonio.
2994 10/09/1997 Modificase los Incisos a), b), c) y g) del Artículo 2° y los Artículos 4° y 8° de la Ley 26439, cuyos textos serán los siguientes:

Artículo 2°.- Son atribuciones del CONAFU:

a) Evaluar los proyectos y solicitudes de funcionamiento de nuevas universidades a nivel nacional.

Son 18 folios.

Cardoso Romero, Juan.
2995 10/09/1997 Prorrógase hasta el 31 de Diciembre de 1998 el pago de las deudas por tributos, contribuciones y créditos contraídos con el Estado, por las personas naturales y jurídicas que desarrollen actividades agropecuarias, a partir de la promulgación de la presente Ley.

Son 04 folios.

Reto Neyra, Santos.
2996 11/09/1997 Las tierras agrícolas zonificadas como tales no podrán ser utilizadas para la extracción de materiales para la elaboración de adobes, ladrillos y otros materiales de construcción, en tanto no se hubiera obtenido, con arreglo a Ley, el cambio de zonificación.

Son 17 folios.

Sánchez Vega, José Gabriel.
2997 11/09/1997 Proyectos de Ley que proponen la modificación del Título XIII del Libro II del Código Penal.

Son 177 folios.

Reggiardo Sayán, Andrés / Colchado Arellano, Genaro / Vidarte Correa, Elferes.
2998 11/09/1997 Modifícase los Artículos 8° y 9° del Decreto Legislativo N° 848, modificado por los Decretos Legislativos N° 863, 873, 875 y la Ley N° 26692 que norma el "Régimen de Fraccionamiento Especial", los mismos que quedarán redactados con los siguientes textos:

Artículo 8°.- Los deudores que se acojan a este Régimen Especial con una de las Instituciones en el Artículo 1° y que incumplieran el pago oportuno de tres (3) cuotas consecutivas de fraccionamiento o de dos períodos mensuales de sus obligaciones corrientes, perderán todos los beneficios que este Régimen otorga a su respectiva deuda con dicha institución.

Son 04 folios.

Reggiardo Sayán, Andrés.
3001 11/09/1997 Todos los pensionistas que reciben pensión de jubilación al amparo del Régimen del Decreto Ley N° 20530 y que cuenten con 80 o más años de edad, tienen derecho de percibir una bonificación mensual del 25% de su pensión, la que se calculará sobre el monto de la pensión total que el beneficiario hubiera estado percibiendo en la fecha en que se le reconozca por Resolución el correspondiente derecho aquí establecido.

Son 07 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
3002 11/09/1997 Los Pensionistas del Sistema Nacional de Pensiones, a cargo del Régimen del Decreto Ley 19990, que cuentan con 70 años o más de edad tienen derecho a una bonificación mensual del 25% sobre el monto de la pensión total que el beneficiario hubiere estado percibiendo en la fecha en que cumpla 70 años de edad.

Son 08 folios.

Barrón Cebreros, Xavier.
3006 15/09/1997 Modifíquese el Artículo 83° del Reglamento que quedará redactado en los siguientes términos:

Artículo 83°.- El procedimiento de interpelación al Consejo de Ministros o a cualquiera de los ministros, se desarrolla de acuerdo a las siguientes reglas:

a) La Interpelación se formula por escrito. Debe ser presentada por no menos del quince por ciento del número legal de congresistas.

Son 13 folios.

Pease García, Henry / Reto Neyra, Santos / Fernández Baca de Valdez, Graciela.
3007 16/09/1997 Precísase que por efectos de la vigencia de la Constitución Política de 1993, quedó derogado el Artículo 25° de la Ley N° 23853.

Son 16 folios.

Fernández Bustinza, Víctor.
3008 16/09/1997 Incorpórase a los beneficios otorgados por la Ley N° 24053, a los miembros de la Marina Mercante que prestaron servicios en la campaña Militar de 1941, en calidad de Reserva Naval.

Son 10 folios.

Guerra-García Cueva, Roger
3009 16/09/1997 Establécese el Consejo Transitorio de Administración Departamental y Coordinación Multisectorial- Madre de Dios, como organismo descentralizado dependiente del Ministerio de la Presidencia, con personería jurídica de derecho público interno, con jurisdicción en el Departamento de Madre de Dios.

Son 12 folios.

Amuruz Gallegos, Roger.
3011 17/09/1997 Modifíquese el Artículo 5° del Reglamento de la Ley del Servicio Militar Obligatorio, Decreto Supremo 072-84-PCM, quedando redactado de la siguiente manera:

Artículo 5°.- El Servicio Militar Obligatorio tiene por finalidad capacitar a todos los peruanos en edad militar, para contribuir a la Defensa Nacional impartiéndoles adiestramiento militar en cualquiera de los institutos de las Fuerzas Armadas.

Son 20 folios.

Townsend Diez Canseco, Ana Elena.
3013 17/09/1997 Modifícase el Artículo 2° del Decreto Legislativo N° 885 "Ley de Promoción del Sector Agrario", con el siguiente texto:

Artículo 2°.- BENEFICIARIOS

Están comprendidas en los alcances de esta Ley, las personas naturales o jurídicas que desarrollen principalmente cultivos y/o crianzas, con excepción de la avicultura y la industria forestal.

Son 07 folios.

Reggiardo Sayán, Andrés.
3016 18/09/1997 Créase una Comisión Ejecutiva encargada de ejecutar el Proyecto Especial Condorcanqui, con jurisdicción en la Provincia de Condorcanqui, Departamento de Amazonas, Sub Región I- Región Nor oriental del Marañón.

Son 14 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
3017 18/09/1997 Declárese objetivo nacional de desarrollo la integración de la costa, sierra y selva norte del país, o por medio del Corredor Bi-Oceánico Nor Oriental Paita-Belén.

Son 15 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
3018 18/09/1997 Estando a lo dispuesto en el Artículo 50° del Decreto Legislativo N° 264, cada Instituto de la Fuerza Armada, queda facultada a realizar reclutamientos forzosos, en el caso de omisos al Servicio Militar Obligatorio.

Son 14 folios.

Gamarra Olivares, Ernesto.
3019 18/09/1997 Créase un Fondo de Fomento al Deporte Escolar con los dineros provenientes de las multas aplicadas a las empresas que quebranten lo dispuesto por la Ley 26849 que prohíbe la venta y publicidad de productos elaborados con tabaco en lugares a que se refiere el Artículo 1° de la Ley 25357.

Son 07 folios.

Donayre Lozano, Jorge Luis.
3021 19/09/1997 Modifícase el Artículo 150° de la Constitución Política, cuyo nuevo texto es el siguiente:

Artículo 150°.- El Consejo Nacional de la Magistratura se encarga de la selección y el nombramiento de los miembros titulares y suplentes del Tribunal Constitucional y de los Jueces y Fiscales, salvo cuando éstos provengan de elección popular.

Son 12 folios.

Avendaño Valdez, Jorge.
3022 19/09/1997 Modificase los Artículos 2°, 21 Inciso a), 22° y 37 Inciso g), de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, los que quedan, redactados con el siguiente texto:

Artículo 2°.- Compete al Consejo Nacional de la Magistratura la selección y nombramiento de los miembros titulares y suplentes del Tribunal Constitucional, la selección, nombramiento, ratificación y destitución de los Jueces y Fiscales de todos los niveles, salvo cuando éstos provengan de elección popular, en cuyo caso sólo está facultado para extender el título y aplicar la sanción de destitución cuando corresponda conforme a Ley.

Son 12 folios.

Avendaño Valdez, Jorge.
3023 19/09/1997 Modificase los Artículos 4°, 5°, 7°, 8°, 9°, 10°, 12°, 14°, 15°, 16°, 17°, 18° y 19° de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, los que quedan redactados con el siguiente texto:

Artículo 4°.- El quórum del Tribunal es de seis de sus miembros.

Son 24 folios.

Avendaño Valdez, Jorge.
3027 22/09/1997 Ley General de Protección del Patrimonio Cultural de la Nación.

Son 38 folios.

Cerro Moral, María Ofelia.
3028 23/09/1997 Declárese feriado medio día no laborable en Lima Metropolitana los días 18 y 28 de octubre de cada año, que son los días en que sale del Santuario de las Nazarenas y en que es guardada la sagrada imagen del Señor de los Milagros para su recorrido procesional.

Son 11 folios.

Ruíz-Caro Álvarez, Víctor Manuel.
3029 23/09/1997 Interpretando Auténticamente el Artículo 79 de la Constitución Política del Perú.

Son 20 folios.

Ruíz-Caro Álvarez, Víctor Manuel.
3030   Los recursos forestales y la fauna silvestres en peligro de extinción son patrimonio de la Nación, sujetos a protección por el Estado, y de interés Nacional su investigación, promoción, conservación, desarrollo, mejoramiento y aprovechamiento racionales.

Son 16 folios.

Cerro Moral, María Ofelia.
3031 24/09/1997 Proponen declarar el año 1998 como "Año Cincuentenario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos".

Son 06 folios.

Forsyth Mejía, Harold.
3032 24/09/1997 Créase la Autoridad Autónoma para el Turismo de la Región Inka; cuyo Consejo Directivo estará integrado por:

- El Presidente de la Región Inka

- Un representante del Instituto Nacional de Recursos Naturales INRENA.

Son 79 folios.

Morales Costa, Lastenio.
3033 24/09/1997 Modifíquese el Artículo 75° del Reglamento del Congreso de la República, de acuerdo al texto sustitutorio siguiente:

Artículo 75°.- Las proposiciones de Ley deben contener una exposición de motivos donde se expresen sus fundamentos, el efecto de la vigencia de la norma que se propone sobre la Legislación Nacional, el análisis de costo-beneficio de la futura norma legal y la fórmula legal respectiva que, de ser el caso, estará dividida en títulos, capítulos, secciones y artículos.

Son 12 folios.

Castillo Chirinos, Arturo.
3034 24/09/1997 De conformidad con el Artículo 77° de la Constitución, los Concejos Municipales de la República tienen derecho a participar, desde julio de 1995, en el 20% del total de los ingresos y rentas obtenidos por el Estado y pagados por los titulares de las concesiones mineras, por los siguientes conceptos:

- El derecho de vigencia de las concesiones mineras.

- El impuesto general a las ventas (IGV).

Son 11 folios.

Alva Orlandini, Javier.
3035 24/09/1997 Modifícase los Incisos b) y d) del Artículo 27° del Decreto Legislativo N° 823, los cuales tendrán el siguiente texto:

Artículo 27°.- No se considerarán invenciones:

(....)

b) Las plantas, animales y los procedimientos esencialmente biológicos para la producción de éstos, así como las demás materias que existan en la naturaleza.

Son 12 folios.

Marcenaro Frers, Ricardo.
3036 24/09/1997 Autorízase al Ministerio de Educación para ampliar el concurso para la cobertura de plazas vacantes orgánicas, jerárquicas y docentes de los diversos niveles y modalidades señalados en la Ley 26815, a todas aquellas plazas consideradas en el Pliego de Educación, sin excepción.

Son 10 folios.

Ferrero Costa, Carlos.
3037 25/09/1997 Modifícase el Artículo 114°, del Código Tributario, Decreto Legislativo N° 816, agregándose un párrafo con el texto siguiente:

Artículo 114°.- COBRANZA COACTIVA COMO FACULTAD DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.

Son 22 folios.

Muñiz Ziches, Jorge.
3038 25/09/1997 Incorpórese al Capítulo II del Título III de la Sección Quinta del Código Procesal Civil el Artículo 566-A, con el siguiente texto:

Artículo N° 566-A: Si el obligado luego de haber sido notificado de la sentencia en primera instancia no cumple con el pago de la asignación por alimentos en el plazo estipulado, el Juez, a pedido de parte y con la sola presentación de la última boleta de consignación, remitirá copia certificada de la liquidación de las pensiones devengadas y de la sentencia respectiva al Fiscal Provincial de Turno quien procederá a formular la denuncia por omisión de asistencia familiar.

Son 30 folios.

Muñiz Ziches, Jorge.
3041 25/09/1997 Modifícase el Artículo 425° del Código Penal, modificado por la Ley 26713, el mismo que quedará redactado bajo los términos siguientes:

Artículo 425°.- Se consideran Funcionarios o Servidores Públicos:

1.- Los que están comprendidos en la carrera administrativa.

2.- Los que desempeñan cargos políticos o de confianza, incluso si emanan de elección popular.

Son 12 folios.

Velásquez Quesquén, Javier.
3042 25/09/1997 Reconózcase al culto del "Señor de los Milagros", como supremo culto religioso nacional, y señálese el mes de Octubre como "Mes Morado".

Son 19 folios.

 

Velásquez Quesquén, Javier / Del Castillo Gálvez, Jorge / Marcenaro Frers, Ricardo / Zumaeta Flores, César / Santa María Silva, Alejandro / Breña Pantoja, Rolando / Colchado Arellano, Genaro / Cardoso Romero, Juan / Sánchez Vega, José Gabriel / Ghilardi Álvarez, Freddy / Donayre Lozano, Jorge / Figueroa Vizcarra, Jorge / Rodas Díaz, Erland / Vega Ascencio, Anastasio / Reynafarje Abensur, Samuel / Chávez Serrano, Jubert / Lajo Lazo, Manuel / Jhong Junchaya, Juan / Ruíz Dávila, Jorge / Díez Canseco Cisneros, Javier / Ezquerra Cáceres, Rigoberto.
3043 25/09/1997 Por mérito de la presente Ley autorízase extender los beneficios creados por el Artículo 1° de la Ley N° 24159 a favor de los niños hasta los que tengan 13 años de edad, las madres abandonadas, los ancianos y otras personas que se hallen en evidente situación de indigencia.

Son 10 folios.

Cáceres Velásquez, Róger.
3044 25/09/1997 Declárase de necesidad pública establecer la mayor coordinación posible entre las actividades que desarrollan regularmente las Direcciones Regionales o Departamentales de los distintos Ministerios, con las Entidades Públicas y Privadas correspondientes a las áreas de dichas Direcciones.

Son 05 folios.

Cáceres Velásquez, Róger.
3047 26/09/1997 Proponiendo Modificar los Capítulos VIII, IX y X, que comprenden los artículos 138° al 160° de la Constitución Política del Estado. 15 folios. Medelius Rodríguez, Oscar.
3049 29/09/1997 Proponiendo se declare de necesidad pública y objetivo prioritario de desarrollo nacional la integración de la Costa, Sierra y Selva norte del país por medio del corredor Bioceánico Nor Oriental Paita-Belén.

23 folios

Reto Neyra, Santos
3050 30/09/1997 Proponiendo Ley de Asociaciones de Padres de Familia.

28 folios.

Gutiérrez Mercedes, Virgilio
3052 01/10/1997 Proponiendo Modificar el articulo 55° de la Ley N° 26636, Ley Procesal del Trabajo.

48 folios

Alva Orlandini, Javier
3053 01/10/1997 Proponiendo que miembros del Tribunal Constitucional sean designados por el Consejo Nacional de la Magistratura.

5 folios

Flores Araoz E., Antero;
3054 01/10/1997 Proponiendo Reforma Constitucional "Para despenalizar el ejercicio de la Libertad de Prensa, No se comete delito Penal alguno a través de los medios de Comunicación".

10 folios.

Chipoco Tovar, Carlos.
3055 01/10/1997 Proponiendo declarar el día 7 de Octubre "Día Nacional de la Marinera".

7 folios

Castillo Chirinos, Arturo.
3056 01/10/1997 Proponiendo se modifique los artículos 7°, 19°, 25° 30°, 33°, 41°, 44°, 50°, 54°, 73° y 89° del Decreto Legislativo N° 776-"Ley de Tributación Municipal".

11 folios.

Lozada De Gamboa, Carmes.
3057 01/10/1997 Proponiendo la "Ley de Partidos Políticos".

12 folios.

Chipoco Caceda, Carlos
3059 01/10/1997 Proponiendo derogar la segunda y tercera disposición transitoria de la Ley N° 26623 y 26738.

7 folios.

Alva Orlandini, Javier
3061 01/10/1997 Proponiendo se declare el "Año de 1998 como el Año del 50° Aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos"

10 folios

Va con el Proyecto N° 3046/97-CR

Chipoco Caceda, Carlos, Townsend Diez Canseco, Ana Elena; Del castillo Gálvez, Jorge; Merino Lucero, Beatriz; Flores Nano, Lourdes.
3063 02/10/1997 Proponiendo la distribución de la participación del Impuesto a la Renta que les corresponde al Gobierno Regional, Municipalidades y Universidades Nacionales por concepto de Canon. 9 folios. Vicuña Vásquez, Eusebio
3064 02/10/1997 Proponiendo a COFIDE S.A. destine una línea de crédito para amortizar los créditos para amortizar los créditos pendientes de pago con entidades bancarias privadas, debido a los daños ocasionados por el fenómeno "El Niño".

14 folios.

León Trelles, Carlos.
3065 02/10/1997 Tratándose de Códigos, Leyes Orgánicas o Leyes Tributarias, su actualización se realiza en forma permanente. Los órganos facultados para la edición oficial de las normas legales, deberán periódicamente publicar los textos de los Códigos, Leyes Orgánicas o Leyes Tributarias, según sea el caso, conteniendo las reformas o modificaciones introducidas por normas legales posteriores, debiendo indicar en lugar visible el período que comprende su actualización.

11 folios

León Trelles, Carlos.
3066 02/10/1997 Derogando el Decreto de Urgencia N° 087-97 publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 07 de setiembre de 1997, que se ubica supuestamente dentro de los objetivos previstos en el Decreto Legislativo N° 802 ""Ley de Saneamiento Económico Financiero de las Empresas Agrarias Azucareras -que fueron tres: el saneamiento de las deudas del Estado -SUNAT, IPPS, ONP -, la reactivación de las Empresas Agrarias Azucareras vía cambio de modelo Empresarial y facilitar el financiamiento para el reflotamiento de las mismas.

13 folios

Velásquez Quesquén. Javier.
3067 03/10/1997 Modificando el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 807 "Ley Sobre Facultades, Normas y Organización del INDECOPI, en el sentido que se modifique el procedimiento de impugnación ante la Sala Civil de la Corte Suprema de las resoluciones emitidas por el Tribunal de Defensa de la Competencia de la Propiedad Intelectual; por la impugnación ante la Sala Civil de la Corte Superior". 23 folios. Medelius Rodríguez, Oscar.
3068 03/10/1997 Modificando el artículo 7° del Código Penal -Sí, según la nueva ley, el hecho sancionado en una norma anterior deja de ser punible, la pena impuesta y sus efectos se extinguen de pleno derecho, salvo la reparación civil". 5 folios. Medelius Rodríguez, Oscar.
3070 03/10/1997 Proponiendo Establecer con carácter de extraordinario, un plan de pagos de todo los prestatarios que recibieron créditos del ex banco de la Vivienda. 5 folios. Torrejón Riva de Chincha, Aurora de Jesús.
3071 03/10/1997 Proponiendo derogar el Decreto Legislativo N° 677 "Modificaciones al régimen de participación en la propiedad, gestión, utilidades en malas empresas sujetas al régimen de la actividad privada"; y modificando el segundo párrafo del articulo 2° y articulo 3° del Decreto legislativo N° 892. 11 folios Marcenaro Frers, Ricardo; Lozada De Gamboa, María Del Carmen
3072 03/10/1997 Proponiendo la Privatización del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú: Televisión Nacional del Perú (Canal 7) y Radio Nacional del Perú.

6 folios

Chipoco Caceda, Carlos.
3073 03/10/1997 Modificando el inciso a) del artículo 88° del Reglamento del Congreso -Las Comisiones de Investigación se constituirán mediante Moción de Orden del Día-.

7 folios.

Alva Orlandini, Javier; Diez Canseco Cisneros, Javier; Pease García, Henry; Flores Araoz, Antero; Fernández Baca, Graciela; Merino Lucero, Beatriz; Morales Costa, Luis; Avendaño Valdez, Jorge; Chipoco Caceda, Carlos.
3074 06/10/1997 Proponiendo Imprescriptibilidad para los delitos cometidos contra el Estado por el mal uso de partidas presupuestales.

9 folios

Reto Neyra, Santos.
3075 07/10/1997 Autorizando al Poder Ejecutivo para que, por causa de necesidad pública, el ""Fundo Yanuyacu"" ubicado en el distrito de Jaén, provincia de Jaén, departamento de Cajamarca, Sub-Región I RENOM, con un área de 1,097.20 hectáreas, inscrito a fojas 478 del tomo 85 del Registro de la Propiedad Inmueble de Jaén, sea adjudicada en venta directa a la Universidad Nacional de Cajamarca, filial Jaén.

6 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
3077 07/10/1997 Declarando el 31 de octubre, "Día de la Canción Peruana".

10 folios.

Larrabure Gálvez, Cesar.
3079 07/10/1997 Proponiendo la gratuidad de los documentos de identidad.

11 folios.

Pease García, Henry.
3080 07/10/1997 Proponiendo Estableciendo que a partir del 1° de enero de 1998 y hasta el 31 de diciembre del año 2000, estarán exonerados, en forma total o parcial, del pago de impuesto al IGV, los recibos girados para el cobro de servicios domiciliarios de agua potable y desagüe, según la siguiente escala: a) cuando se trate de recibos mensuales individuales, menores de cincuenta soles, la exoneración será de la mitad; b) por el valor superior a cincuenta soles y menores de cien soles, la exoneración será de la mitad; c) mayores de cien soles y menores de ciento cincuenta soles, la exoneración será de un tercio del impuesto respetivo.

4 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
3081 07/10/1997 Proponiendo Proyecto de Ley de Partidos Políticos y de las Organizaciones Políticas.

13 folios.

Chipoco acceda, Carlos.
3082 07/10/1997 Proponiendo Proyecto de Ley de Partidos Políticos.

13 folios.

FERRERO COSTA CARLOS,ABANTO PONGO ALEJANDRO,AMURUZ GALLEGOS ROGER,BARBARAN RENGIFO CARLOS,BLANCO OROPEZA CARLOS,CAMPOS BACA LUIS EZEQUIEL,COLCHADO ARELLANO GENARO,DIAZ BRINGAS EDILBERTO,ESPINOZA MATOS MARIA,FERNANDEZ BUSTINZA VICTOR,JHONG JUNCHAYA JUAN JOSE,LOZADA DE GAMBOA MARIA,MARCENARO FRERS RICARDO,QUICAÑA AVILES MIGUEL,RAMOS SANTILLAN FRANCISCO,REGGIARDO SAYAN ANDRES,REVILLA JURADO ANSELMO,RODAS DIAZ WILMER,RUIZ CARO ALVAREZ VICTOR,RUIZ DAVILA JORGE,SIURA CESPEDES GILBERTO,VEGA ASCENCIO ANASTACIO,VELIT NUÑEZ MIGUEL,VILCHEZ MALPICA PEDRO
3083 07/10/1997 Proponiendo la Ley General de Organizaciones Políticas.

15 folios

Sandoval Aguirre, Oswaldo.
3084 09/10/1997 Derogando el Decreto de Urgencia N° 087-97 "por el cual se dictan normas relativas a la promoción de la inversión privada en las empresas agrarias azucareras organizadas como sociedades anónimas", de 5 de setiembre de 1997.

20 folios.

Alva Orlandini, Javier.
3085 09/10/1997 Propone modificar el articulo único de la ley N° 26853, referida a la causal de abandono de la instancia en los procesos de Hábeas Corpus y Amparo que ha tomado conocimiento el Tribunal Constitucional.

11 folios

Velásquez Quesquén, Javier.
3088 09/10/1997 Proponiendo "Ley de Financiamiento de Organizaciones Políticas".

6 folios.

Sandoval Aguirre, Oswaldo.
3091 10/10/1997 Proponiendo se declare de necesidad y utilidad publica y de preferente interés regional y nacional el desarrollo de la actividad turística del departamento de Ica.

25 folios.

Morales Costa, Lastenio
3092 10/10/1997 Proponiendo se declare de interés nacional la siembra y cultivo controlado de diferentes especies de "Tilapia" en ambientes naturales o artificiales de la cuenca del río Amazonas.

10 folios

Flores Flores, Gustavo Carlos
3093 10/10/1997 Proponiendo Ley que exonera el pago de todos los tributos que gravan la importación de ganado, para aprovechar los pastizales generados por las lluvias del Fenómeno de "El Niño".

11 folios.

Reto Neyra, Santos.
3094 13/10/1997 Proponiendo Proyecto de Ley de Lobby. Tiene por objeto regular las actividades de personas o grupos organizados para influir en funcionarios o empleados del Poder Ejecutivo o Poder Legislativo, con el fin de plasmar sus objetivos o intereses en la formación de decisiones públicas.

12 folios

Trelles Montero, Jorge Alfredo.
3097 13/10/1997 Proponiendo crear una comisión Ad Hoc para la elaboración y manejo del proyecto integral de desarrollo del parque industrial de Villa del Salvador.

17 folios.

Figueroa Vizcarra, Jorge Luis.
3098 13/10/1997 Proponiendo sustituir el texto del artículo 17° del Decreto Legislativo N° 776 "Ley de Tributación Municipal"" -están inafectos del pago de impuesto los predios de propiedad de: a) Gobierno Central; b) Gobiernos Extranjeros en condición de reciprocidad; c) Los predios que no produzcan rentas; d) Predios comprendidos en concesiones mineras; y e) Los predios incautados por el Estado, con ocasión de la comisión del delito por tráfico ilícito de drogas, o que se encuentren en estado de intervención dispuesta por autoridad pública competente, que implique privación del uso o la libre disposición por su legítimo propietario.

11 folios.

 
3001 14/10/1997 Proponiendo la prorroga hasta el 31 de Diciembre de 1998 el pago de las deudas contraídas con el Estado, a través del Banco de Materiales.

6 folios.

Reto Neyra, Santos.
3104 15/10/1997 Proponiendo modificar los artículos 17°, 21°, 56° y 69° e incorporando el inciso ll) al artículo 92° de la Ley Universitaria, N° 23733 -referentes a las condiciones de admisión a la Universidad.

10 folios

Cardoso Romero, Juan Francisco
3105 15/10/1997 Proponiendo ampliación por tres años adicionales el plazo para el proceso de reorganización universitaria a que se refiere la Ley N° 26708 "que incluyó a la Universidad Nacional Federico Villarreal dentro de los alcances de la Ley N° 26457 a fin de continuar su proceso de reorganización".

5 folios

Vega Ascencio, Anastacio; Gutiérrez Mercedes Virgilio; Huamanchumo R.; Juan.
3106 15/10/1997 Proponiendo establecer que las elecciones de nuevas autoridades universitarias y de sus órganos de gobierno en todas las universidades, incluidas las que se encuentran en proceso de reorganización quedan suspendidas hasta la promulgación de la nueva ley universitaria.

5 folios.

Vega Ascencio, Anastacio; Gutiérrez Mercedes Virgilio; Huamanchumo R.; Juan.
3107 15/10/1997 Proponiendo Modificar el artículo 82° de la Ley N° 26859 "Ley Orgánica de Elecciones" -La convocatoria a elecciones generales se hace con anticipación no menor de ciento cincuenta días naturales. La convocatoria a Referéndum o Consultas Populares se hace con anticipación no mayor de noventa días naturales; penas para los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional que intimiden, coarten o de cualquier manera influyan o intervengan a los ciudadanos para que voten en favor o en contra de un candidato o partido; plazo para la inscripción de los ciudadanos ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, quedando sin valor posteriormente las libretas electorales del Registro Electoral del Perú; y determinando que el único Documento Nacional de Identidad para el ejercicio del derecho a elegir en las elecciones municipales y políticas, es el emanado del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.

7 folios.

Alva Orlandini, Javier.
3109 16/10/1997 Proponiendo Crear la "Superintendencia Nacional de Medicamentos, Insumos y Drogas" - SUNAMID, como organismo descentralizado del Ministerio de Salud. 12 folios. Huamanchumo Romero, Juan; Gutiérrez Mercedes, Virgilio; Villasante Chambi, Cristóbal; Vega Ascencio, Anastacio; Umezawa Yokoyama, Luis.
3110 16/10/1997 Proponiendo Adicionar a la Ley N° 26842 "Ley General de Salud", el artículo 66°A -las farmacias y boticas están obligadas a ofrecer al usuario alternativas de oferta de medicamentos, equivalentes o similares, tanto en dosis como en sus propiedades terapéuticas, mediante la presentación de listas en las que se detalle: a) Nombre genérico del medicamento; b) Características terapéuticas; y c) Precios que correspondan a cada uno de ellos.

19 folios

Huamanchumo Romero, Juan; Gutiérrez Mercedes, Virgilio; Villasante Chambi, Cristóbal; Vega Ascencio, Anastacio; Umezawa Yokoyama, Luis; Rodas Díaz, Erland.
3111 16/10/1997 Proponiendo Precisar que la autonomía a la que se refiere el artículo 1° del D.S. N° 21-96-PCM, modificatorio del D.S. 04-96-PRES, Reglamento de la Ley N° 26569, se refiere al PROCESO de privatización de los mercados, el cual de acuerdo a la ley mencionada es de obligatorio cumplimiento por parte de los Concejos Municipales Provinciales y Distritales y en general de toda entidad estatal comprendida dentro del sector público nacional.

5 folios.

Abanto Pongo, Alejandro
3112 16/10/1997 Proponiendo Reestructurar las Comisiones Ejecutivas del Poder Judicial como del Ministerio Público con la participación de un miembro de los Colegios de Abogados del Perú y de las Facultades de Derecho, respectivamente.

7 folios.

Estrada Choque, Aldo Vladimiro.
3117 16/10/1997 Proponiendo encargar a los municipios de la República, el registro, supervisión y control de las Asociaciones de Padres de Familia.

9 folios

Ezquerra Cáceres, Rigoberto.
3119 16/10/1997 Proponiendo Restituir las funciones y atribuciones de la Fiscalía de la Nación, que fueron suspendidas por las Leyes Nos. 26623, 26695 y 26738, recobrando plena vigencia la Ley Orgánica del Ministerio Público en la parte pertinentes

8 folios

Del Castillo Gálvez, Jorge; Velásquez Quesquén, Javier; Santa María, Alejandro; Núñez Román, Edgar.
3121 20/10/1997 Proponiendo Reforma el Inciso 2) del Artículo 146° de la Constitución Política del Perú, referente a la inamovilidad de los Magistrados Judiciales -la inamovilidad en sus cargos conforme a ley: No pueden ser trasladados sin su consentimiento sino hasta después de haber cumplido cinco años de permanencia en sus cargos. 4 folios. Samalvides Dongo, Helbert.
3123 20/10/1997 Proponiendo ley que reconoce la personería jurídica de los Partidos Regionales, y regula su funcionamiento. -Estableciendo que bajo la denominación genérica de Partidos Regionales se reconocerá a partir de la fecha de promulgación de la presente ley, a toda asociación de ciudadanos que bajo forma legal de Partido, Movimiento o Alianza, se reúnan con carácter permanente y la finalidad de ejercer los derechos políticos que reconocen la Constitución y las leyes de la República, dentro del ámbito de una determinada Circunscripción Regional. 23 folios. Estrada Pérez, Daniel
3125 20/10/1997 Proponiendo derogar la Decimoquinta Disposición del Decreto de Urgencia N° 087-97 "que prohíbe a las Empresas Agroindustriales a participar en las ofertas públicas de adquisiciones de otras empresas similares".

21 folios

Larrabure Gálvez, César, Chipoco Caceda, Carlos; Fernández Bustinza, Víctor; Ghilardi Álvarez, Freddy.
3126 20/10/1997 Proponiendo establecer que las Empresas Verificadoras que participan en el Sistema de Supervisión de Importaciones y Depósito Aduanero deberán presentar periódicamente un informe auditado sobre la inspección de pre-embarque que se realizan, la que será regulada por la Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD) en el marco de su función de fiscalización.

10 folios

Chipoco Caceda, Carlos; Ghilardi Álvarez, Freddy; Grados Bertorini, Alfonso; Fernández Bustinza, Víctor.
3127 20/10/1997 Proponiendo modificar el artículo 4° de la Ley N° 26790 ""Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud"" -para efectos de la aplicación de la presente ley, se entiende por Entidades Empleadoras a las empresas e instituciones públicas o privadas, que emplean trabajadores bajo relación de dependencia, lo que pagan pensiones, las cooperativas de trabajadores, y los empleadores de los trabajadores domésticos.

7 folios

Flores Araoz E., Antero;
3128 21/10/1997 Proponiendo autorizar al Poder Ejecutivo para que, por causa de necesidad pública, el ""Fundo Yanayacu"" ubicado en el distrito de Jaén, provincia de Jaén, departamento de Cajamarca, sub Región I -RECNOM, con un área de 1,097.20 hectáreas, inscrito a fojas 478 del tomo 85 del Registro de Propiedad Inmueble de Jaén, sea adjudicada en venta directa a la Universidad Nacional de Cajamarca, Filial Jaén.

23 folios.

Vidarte Correa, Elferes.
3129 21/10/1997 Proponiendo declarar reserva arqueológica Intangible el Complejo Arqueológico "Cajamarquilla", ubicado en el Distrito de Lurigancho -Chosica, Provincia de Lima. Comprende un área de 167 hectáreas. 17 folios. Gamarra Olivares, Ernesto
3130 21/10/1997 Proponiendo declarar de necesidad y utilidad pública, y de interés nacional la construcción de una vía ferroviaria desde el puerto de Paita, en el departamento de Piura hasta la localidad de Sarameriza, en el departamento de Loreto.

22 folios

Vidarte Correa, Elferes.
3131 21/10/1997 Proponiendo de conformidad en lo establecido en el Artículo 35° de la Constitución los ciudadanos se organizan en partidos, movimientos y alianzas, con el objeto fundamental de participar en la vida política del país y en la conducción del Estado, y de aportar a la formación y expresión de criterios sobre la problemática nacional, regional y local, en la postulación y elección de los funcionarios públicos cuya autoridad emana del sufragio popular, y en la designación de aquellos otros que señala la ley.

7 folios

Cáceres Velásquez, Roger.
3132 21/10/1997 Proponiendo proyecto de ley Complementario de la Ley N° 23733 "Ley Universitaria". Adicionando la Disposición Transitoria Décimo Octava, relativa al requisito para la primera elección de rector, vicerrectores y decanos; ingreso a la docencia universitaria; y autorización definitiva a las universidades en proceso de institucionalización

18 folios

Villasante Chambi, Cristóbal; Gutiérrez Mercedes, Virgilio; Huamanchumo Romero, Juan; Pulgar Lucas, Enrique; Vargas Marín, Dennis.
3133 22/10/1997 Proponiendo creando la calidad migratoria de rentista, para acoger en el país, a nacionales de otros países con ánimo de residencia, que perciban renta de carácter permanente proveniente del exterior. 15 folios. Flores Araoz E., Antero; Chávez Cossio De Ocampo, Martha.
3134 23/10/1997 Proponiendo adicionar al Código Penal, el artículo 393A° -el funcionario que indebidamente proporciona información reservada a la que tiene acceso por razón de su cargo o función, con el objeto de beneficiarse o beneficiar a un tercero, es reprimido con pena privativa de la libertad no mayor de tres ni menor de cinco años-. (Convención Interamericana contra la Corrupción); adicionando un último párrafo al artículo 399°; adicionando el artículo 399° A; y modificando el artículo 425° del mencionado Código -normas para reprimir la corrupción.

35 folios.

Antero Flores Araoz, Esparza; Barrón Cebreros, Javier; Flores Nano, Lourdes.
3135 23/10/1997 Proponiendo declarar de necesidad y utilidad públicas el saneamiento físico legal de los Asentamientos Humanos posesionados en terrenos de propiedad del Proyecto Especial Ciudad Pachacutec, después del 31 de octubre de 1993 hasta el 31 de agosto de 1997. Autorizándose al Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Vivienda la desafectación de dichas áreas a favor de dichos posesionarios.

12 folios.

Abanto Pongo, Alejandro.
3136 26/10/1997 Proponiendo derogando la Ley N° 26174 "Establece normas excepcionales en favor de los inmigrantes que decidieran invertir en el Perú, a efecto de que adquieran la nacionalidad peruana; y cuyo beneficio se hizo extensivo a los familiares de dichos inmigrantes".

4 folios

Alva Orlandini, Javier.
3137 27/10/1997 Proponiendo de preferente interés nacional el proyecto Especial Hidroenergético alto Piura.

16 folios.

León Trelles, Carlos.
3139 27/10/1997 Proponiendo establecer que en todas las Dependencias Policiales, Centros Asistenciales y Hospitalarias, Bazares, Centros de Esparcimientos, Colegios, Unidades Motorizadas y Vehiculares de la Policía Nacional del Perú, deberá escribirse, a la vista del público, la frase: "EL POLICIA ES TU AMIGO Y ESTA A TU SERVICIO, RESPETALO".

9 folios.

Espinoza Matos, María Jesús.
3142 28/10/1997 Proponiendo Proyecto de reforma Constitucional, " Reforma el Artículo 90° de la Constitución Política del Perú. El Poder Legislativo reside en el Congreso, el cual consta de Cámara Única. El número de congresistas es de ochenta.

6 folios

Velit Núñez, Miguel.
3143 28/10/1997 Proponiendo agregar un párrafo final al artículo 51° del Reglamento del Congreso -es obligatoria la citación, con anticipación no menor de dos días a los respectivos Congresistas autores de proyectos de ley, para que concurran a las sesiones en las que dichos proyectos habrán de ser vistos por la Comisión, a los efectos de que puedan fundamentarlos personalmente. 8 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
3144 28/10/1997 Proponiendo Incorporar en el artículo 10° de la Ley N° 26864 "Ley de Elecciones Municipales" -a las agrupaciones políticas independientes-. Y modificando el artículo 36° de la misma ley, en el sentido de que su aplicación procede "cuando los votos nulos o en blanco, sumados o separadamente, superen el 50% del número de votos válidos".

4 folios

Cáceres Velásquez, Roger.
3145 28/10/1997 Proponiendo agregar al finalizar del inciso b) del artículo 83° del Reglamento del Congreso "debiendo el Consejo Directivo o el Plano acordar o difundir con antelación y precisión el día y hora en los que se efectuará dicha votación".

8 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
3146 28/10/1997 Proponiendo establecer que sólo será admisible el Recurso de Casación que facultan los artículos 54° y 55° de la Ley N° 26636 "Ley Procesal de Trabajo" en los casos que hubiera habido fallos contradictorios en Primera y Segunda Instancia, en los respectivos procedimientos judiciales. 5 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
3148 28/10/1997 Proponiendo establecer que la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, que fuera creada por las Leyes 26623, modificada por la Ley N° 26695 y 26738, a partir de la promulgación de la presente ley, estará presidida por el Fiscal de la Nación, e integrada por los demás Fiscales componentes de la Junta de Fiscales Supremos, recuperando simultáneamente dicho Fiscal de la Nación la plenitud de las facultades y atribuciones que le corresponden según la Constitución y la Ley Orgánica del Ministerio Público.

6 folios.

Cáceres Velásquez, Roger.
3149 29/10/1997 Proponiendo la prohibición la venta de bebidas alcohólicas en las estaciones de servicio, grifos de expendio y en cualquier otro puesto de venta de combustibles al usuario consumidor.

18 folios

León Trelles, Carlos
3150 29/10/1997 Proponiendo se declare de interés público y de conveniencia nacional la participación del estado en el Servicio de Transporte Aéreo Nacional.

24 folios

Chávez Serrano, Jubert; Ramos Santillán, Francisco; Quicaña Avilés, Miguel; Jhong Junchaya, Juan; Martorell Flores, Oscar; Espinoza Matos, María Jesús..
3154 30/10/1997 Proponiendo reforma el primer párrafo del Artículo 95° de la Constitución Política del Perú. El mandato legislativo es irrenunciable, salvo para el ejercicio de otro cargo proveniente de elección popular. Las sanciones disciplinarias que impone el Congreso a los representantes y que implican suspensión de funciones no pueden exceder de ciento veinte días de legislatura.

4 folios

Samalvides Dongo, Helbert.
3156 30/10/1997 Proponiendo estableciendo que las instalaciones de redes eléctricas, para la prestación del servicio público de electricidad, las empresas concesionarias deben coordinar con los Concejos Municipales correspondientes y con un representante autorizado de la comunidad. Su incumplimiento será sancionado con una multa no menor de 10 veces el valor de la UIT, ni mayor de 100 veces el valor de la UIT; además de las sanciones penales que hubiere lugar de acuerdo a nuestras normas vigentes.

9 folios.

Llerena Amarotti, Antonio.
3157 31/10/1997 Proponiendo declarar caducos los denuncios y adjudicaciones de tierras eriazas para uso agrícola, pecuario, agropecuario, forestal y agroindustrial en el ámbito del proyecto especial Olmos-Tinajones.

12 folios.

Velásquez Quesquén, Javier.
3158 31/10/1997 Proponiendo proyecto de ley de Transparencia en la Acción del Estado. La presente ley protege y regula el derecho de las personas naturales y jurídicas a tener libre acceso a la información producida y a los archivos de todas las dependencias del Estado, cualquiera sea su ubicación jerárquica.

12 folios.

Pease García, Henry; Reto Neyra, Santos; Fernández Baca de Valdez, Graciela.
3159 31/10/1997 Proponiendo facultar a las municipalidades provinciales y distritales del país a nombrar procuradores públicos que estarán a cargo de los asuntos judiciales de la Municipalidad.

16 folios.

Lozada De Gamboa, Carmen; Amuruz Gallegos, Roger; Ramos Santilla, Francisco; Huamanchumo Romero, Juan; Quicana Avilés, Miguel; Díaz Bringas, Edilberto.
3160 31/10/1997 Proponiendo prorroga hasta el 31 de diciembre de 1998, el plazo establecido en la Primera Disposición Transitoria de la Ley N° 26389, modificada por la Ley N° 26609, sobre regulación de la declaración o constatación de fábrica de terrenos rústicos y urbanos.

6 folios

Avendaño Valdez, Jorge.
3163 31/10/1997 Proponiendo autorizar a la Superintendencia de Administración Tributaria -SUNAT- para que, en pago de los adeudos tributarios que corren a su cargo, pueda aceptarse en compensación los adeudos que correspondan a particulares contra el Estado, incluyendo sus respectivas instituciones y dependencias, a condición de que dichos adeudos se hallen debidamente acreditados y sea procedente su cobro. 4 folios. Cáceres Velásquez, Roger.
3164 31/10/1997 Proponiéndose establecer que la Comisión de Privatización, en las ventas de las empresas de propiedad del Estado, cuyo negocio consista en la distribución y venta de la energía eléctrica, podrá señalar como condición previa a aceptarse por los adquirientes en favor de los municipios de la República, el derecho de que estos puedan pedir que se cobre adicionalmente a los usuarios, en los recibos que correspondan a sus consumos mensuales, por no más del 10% del valor de dichos consumos, los cargos por arbitrios y baja policía que conciernan a los mismos usuarios, deduciendo como comisión y gastos de cobranza, en favor de las citadas empresas, hasta no más de la vigésima parte de dichos cobros adicionales.

4 folios

Cáceres Velásquez, Roger.
3165 31/10/1997 Proponiendo establecer que, tratándose en las ventas a plazos de todo género de bienes muebles, el recargo sobre el precio originario que impongan los vendedores, no podrá en ningún caso exceder del doble del interés comercial respectivo, pudiendo cobrarse además estrictamente los gastos que pudieran motivarse por la mora en el pago del precio pactado y sus intereses devengados.

7 folios

Cáceres Velásquez, Roger.
3166 03/11/1997 Proponiendo establecer que las consignaciones judiciales, pueden realizarse ante cualquier entidad del sistema bancario nacional.

5 folios

Flores Nano, Lourdes.
3167 03/11/1997 Proponiendo autorizar al Poder Ejecutivo para que, por causa de necesidad publica, el ""Fundo Yanuyacu"" ubicado en el distrito de Jaén provincia de Jaén, departamento de Cajamarca, Sub Región I -RENOM, con un área de 1,097.20 hectáreas, inscrito a fojas 478 del tomo 85 del Registro de la Propiedad Inmueble de Jaén, sea adjudicada en venta directa a la Universidad Nacional de Cajamarca, Filial Jaén.

10 folios

Vidarte Correa, Elferes.
3168 03/11/1997 Proponiendo proyecto de Ley de Responsabilidad de los Funcionarios y Servidores Públicos. Comprendiendo por funcionario, al ciudadano elegido o nombrado por autoridad competente, conforme al ordenamiento legal, para desempeñar cargos del más alto nivel en los poderes públicos y los organismos con autonomía. Por servidor público al ciudadano que presta servicio en entidades de la administración pública con nombramiento o contrato de Autoridad competente, con las formalidades de ley.

9 folios.

Gutiérrez Mercedes, Virgilio
3170 04/11/1997 Proponiendo establecer que en tanto se organiza el Seguro de Salud para los trabajadores de la actividad agraria, las aportaciones pagadas por los empleadores de dichos trabajadores al Instituto Peruano de Seguridad Social -IPSS- a la tasa de las prestaciones de salud de la seguridad social, se considerarán pago a cuenta de las aportaciones mensuales del Seguro de Salud a partir de la vigencia del Decreto Legislativo N° 885.

17 folios

León Trelles, Carlos.
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