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HISTORIA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

El Perú nace como una nación libre e independiente a raíz de un largo proceso emancipador, iniciado desde las primeras rebeliones de indígenas y criollos, el cual tuvo uno de sus momentos cumbres en la declaración de la independencia nacional el 28 de julio de 1821. 

Los fundamentos doctrinarios de tal proceso estuvieron directamente vinculados al ideario democrático por el cual se buscaba garantizar la plena vigencia de los derechos y deberes de los ciudadanos, la consolidación del ordenamiento jurídico y político del país, el respeto a la constitución y las leyes, el bienestar de la población y la irrestricta vigencia de las garantías y los derechos individuales. 

Uno de los principales medios para concretar dicho ideario y garantizar el cumplimiento de sus objetivos es la división del poder en tres esferas distintas -ejecutiva, legislativa y judicial- autónomas e independientes entre sí. El Poder Legislativo, específicamente, es ejercido por el Congreso de la República, cuyos miembros son elegidos por la ciudadanía en comicios y, por lo tanto, ejercen sus funciones representando la voluntad popular.

La primera convocatoria a Congreso Constituyente fue realizada por el general don José de San Martín mediante el Decreto Nº 146, del 27 de diciembre de 1821, el mismo que disponía que se instalase el 1 de mayo de 1822 pero, por no haber terminado oportunamente sus labores la comisión encargada de elaborar el reglamento de elecciones, el 27 de abril se postergó su instalación para el 28 de julio del mismo año. El mencionado reglamento fijó el número de diputados –79 propietarios y 38 suplentes–, los cuales serían elegidos con arreglo al cálculo de la población de cada departamento. 

Los primeros diputados se reunieron el 20 de setiembre de 1822, a las 10 a.m., en el Palacio de Gobierno. Desde allí se dirigieron a la catedral a solicitar la asistencia divina, mediante la misa votiva del Espíritu Santo que celebró el deán gobernador eclesiástico del Arzobispado de Lima, Dr. Francisco Javier de Echagüe. Concluida esta se entonó el himno Veni Sancte Spiritus, después de lo cual el deán hizo una exhortación a los diputados sobre la protestación de la fe y el juramento que debían prestar. En seguida, el Ministro de Estado y Relaciones Exteriores, Dr. Francisco Valdivieso, pronunció la fórmula de juramento:

«¿Juráis conservar la santa religión católica, apostólica, romana, como propia del Estado; mantener en su integridad el Perú; no omitir medio para libertarlo de sus opresores; desempeñar, fiel y legalmente, los poderes que os han confiado los pueblos; y llenar los altos fines para que habéis sido convocados?».

Los diputados respondieron: «Sí, juramos».

Después de ello pasaron de dos en dos a tocar el libro de los Santos Evangelios. Para finalizar el acto, San Martín añadió:

«Si cumpliereis lo que habéis jurado, Dios os premie; y, si no, Él y la Patria os lo demanden».

A continuación, el gobernador eclesiástico entonó el Te Deum seguido por el coro. En ese momento resonó en la Plaza Mayor una salva de 22 cañonazos, repetida en el Callao y en los buques de la Armada. En la ciudad se produjo un repique general de campanas hasta la llegada de los diputados a la Universidad de San Marcos. El primer Congreso Constituyente se instaló el 20 de setiembre de 1822 en la capilla de dicha Universidad, ubicada entonces en parte del terreno que corresponde actualmente al Palacio Legislativo. Ante él renunció San Martín, dejando a la nación en libertad para decidir su destino. En aquella oportunidad el Protector pronunció la siguiente alocución:

«Peruanos: 

Desde este momento queda instalado el Congreso Soberano y el pueblo reasume el poder supremo en todas sus partes».

Una vez retirado San Martín de la sede del Congreso, los diputados eligieron como Presidente y Secretario momentáneos a los doctores Toribio Rodríguez de Mendoza y José Faustino Sánchez Carrión. En seguida, se procedió a realizar la elección de la primera Mesa Directiva del Congreso. Resultaron elegidos: Presidente, el Dr. Francisco Javier de Luna Pizarro; Vicepresidente, don Manuel Salazar y Baquíjano (1); Primer Secretario, el Dr. José Faustino Sánchez Carrión; y Segundo Secretario, el Dr. Francisco Javier Mariátegui. En dicha oportunidad el Presidente del Congreso sostuvo:

"El Congreso Constituyente del Perú queda solemnemente constituido e instalado; la soberanía reside en la Nación, y su ejercicio, en el Congreso, que legítimamente la representa"  (2).

Ante la renuncia irrevocable de San Martín, el Congreso asumió provisionalmente el ejercicio del Poder Ejecutivo. Para ello designó una comisión, denominada Junta Gubernativa del Perú, compuesta por tres de sus miembros: José de la Mar, Felipe Antonio Alvarado y Manuel Salazar y Baquíjano. 

Los diputados, para asegurar el funcionamiento del Congreso, procedieron a nombrar a sus primeros servidores, encabezados por el Oficial Mayor Manuel Herrera y Oricaín, cuyo nombramiento fue aprobado en la sesión del 12 de octubre de 1822. 

La denominación «oficial mayor» está compuesta de dos palabras. La primera procede del latín officialis, término que designaba durante la Edad Media a todo aquel que desempeñaba un cargo público. Unida a la anterior, la palabra mayor significa en este caso principal, primero en categoría, jefe. La denominación Oficial Mayor no era exclusiva del Congreso; otras entidades también la usaban. Sin embargo, en el Poder Legislativo ha adquirido un carácter tradicional. 

Los diputados, para asegurar el funcionamiento del Congreso, procedieron a nombrar a sus primeros servidores, encabezados por el Oficial Mayor Manuel Herrera y Oricaín, cuyo nombramiento fue aprobado en la sesión del 12 de octubre de 1822. 

El Oficial Mayor ha sido, desde los primeros días de la existencia del Parlamento peruano, el funcionario técnico –no político– de mayor jerarquía. Su gestión, a pesar de las múltiples variaciones de la actividad política, se ha efectuado en períodos prolongados, propiciándose así la continuidad institucional de las labores del Poder Legislativo. Algunos ejemplos los tenemos en Juan Martín Garro (1827-1849), Ricardo Ríos (1911-1945) e Ismael Echegaray (1950-1972). 

Tradicionalmente, el Congreso de la República estuvo integrado por dos Cámaras: el Senado Nacional y la Cámara de Diputados. De acuerdo con el Reglamento Interior de las Cámaras Legislativas, las sesiones del Congreso se realizaban en el local que ocupaba la Cámara de Diputados, cuya secretaría actuaba a la vez como secretaría del Congreso[3]. Igualmente, la Oficialía Mayor de la Cámara de Diputados era, al mismo tiempo, la del Congreso de la República.

 

Relación de Oficiales Mayores de la
Cámara de Diputados y del Congreso de la República (4)

  1. Manuel de Herrera y Oricaín (1822 - 1825).
  2. José Martín Garro (1827 - 1849).
  3. José María Sánchez de la Barra (1839).
  4. Juan Celestino Cavero y Celis (1849 - 1858).
  5. José María Hernando (1858 - 15/1/1881)
  6. Juan Fernando Erasmo Gazzani García del Real (1881-1884 y 1889-1895).
  7. Ricardo Aranda Vargas Machuca (1894-1895).
  8. Armando José Manuel Vélez Mendoza (1895-1911).
  9. Ricardo Ríos Fajardo (1898, 1908, 1911-1945).
  10. Manuel Pérez Cartier (1945-1948).
  11. José Carlos Llosa González Pavón (1948-1949).
  12. Elías Enrique Carrillo Smith (1949).
  13. Eugenio Lorenzo Raygada de la Flor (1949-1950).
  14. Ismael Ricardo Echegaray Correa (1950-1972).
  15. Luis Fernando Chacón Saavedra (1978-1991).
  16. Delfín Alejandro Sotelo Mejía (1991-1992).
  17. José Francisco Cevasco Piedra (5/5/1993 - 14/1/2002; 2/8/2006 - 19/6/2007).
  18. José Manuel Antonio Elice Navarro (2002 - 2003 y 16/12/2003 - 31/7/2006).
  19. César Delgado Guembes (4/6 - 15/12/2003).
  20. José Antonio Abanto Valdivieso (19/6/2007 - 4/8/2011).
  21. Giuliana Zenaida Lastres Blanco (4/8/2011 - 25/7/2012).
  22. Javier Adolfo Ángeles Illmann (25/7/2012 - 27/7/2015).
  23. Hugo Fernando Rovira Zagal (27/7/2015 - 10/8/2016).
  24. José Antonio Abanto Valdivieso (13/8/2018 - 18/10/2018).
  25. Gianmarco Paz Mendoza (19/10/2018 - 5/8/2019).
  26. Giovanni Carlo Antonio Forno Flórez (8/8/2019 - 21/5/2020).
  27. Javier Adolfo Ángeles Illmann (21/5/2020 - 7/12/2020).
  28. Yon Javier Pérez Paredes (11/12/2020 - 2/8/2021).
  29. Hugo Fernando Rovira Zagal (2/8/2021 - 17/8/2022).
  30. José Francisco Cevasco Piedra (18/8/2022 - 2/3/2023).
  31. Javier Adolfo Ángeles Illmann (2/3/2023 - 16/8/2023).
  32. Giovanni Carlo Antonio Forno Flórez (16/8/2023 - hasta la actualidad)
Desde los primeros días de existencia del Congreso sus labores fueron intensas. Ejemplos de ello son la elaboración del Reglamento de la Junta Gubernativa; el otorgamiento del título de Generalísimo a don José de San Martín; la aprobación del Reglamento Interno del Congreso; la definición de las Bases de la Constitución Política del Perú, promulgadas el 17 de diciembre de 1822; y la primera Constitución Política del Perú, sancionada el 12 de noviembre de 1823.

En nuestra primera Carta Magna los diputados señalaron a Dios como fuente de inspiración suprema y, como objetivo de su acción, la consolidación de las libertades y la felicidad de los pueblos:

«En el nombre de Dios, por cuyo poder se instituyen todas las sociedades y cuya sabiduría inspira justicia a los legisladores.

Nos el Congreso Constituyente del Perú, en ejercicio de los poderes que han conferido los pueblos a todos y cada uno de sus Representantes, para afianzar sus libertades, promover su felicidad, y determinar por una ley fundamental el Gobierno de la República, arreglándonos a las bases reconocidas y juradas.

Decretamos y sancionamos la siguiente Constitución: ...».

Estas han sido y aún son las máximas que regulan el accionar parlamentario, alimentando el espíritu de la institución con una vocación permanente de servicio a la nación.

«Desde el punto de vista social, la apertura de las Cámaras de Diputados y de Senadores y de algunas de las Asambleas Constituyentes implicó el avance de las clases medias. El primer Congreso inaugurado en 1822 fue un símbolo de una rebelión social frente al sistema de base aristocrático-estamental; es decir, implicó formalmente el desmantelamiento del antiguo régimen, del Virreinato. Desde un punto de vista teórico, la burguesía criolla –acompañada por unos pocos y resignados sobrevivientes de la antigua nobleza hereditaria, a la que se le había escapado el comando del proceso independentista– obtuvo el usufructo del poder político con una cobertura liberal. La promulgación de leyes cuya finalidad era acabar con las llamadas «vinculaciones» y especialmente con los mayorazgos (1838, 1848), y la dación del Código Civil (1851), abrieron el camino hacia la titularidad personal de la propiedad así como hacia la disminución de las desigualdades hereditarias de los hijos y destruyeron algunas de las bases económicas que sustentaban a la antigua aristocracia; de esta manera, se avanzó más hacia la igualdad que con la legislación antigua .» (5).

El primer Congreso Constituyente del Perú (1822-1825) estuvo conformado, entre propietarios y suplentes, por 91 Diputados: 28 abogados, 26 eclesiásticos, 9 comerciantes, 8 médicos, 6 empleados, 5 propietarios, 5 militares, 3 mineros y un marino. De estos, 14 eran naturales de otros países de Hispanoamérica: 9 de la llamada posteriormente Gran Colombia (Venezuela, la actual Colombia y el futuro Ecuador), 3 de Argentina, 1 de Chile y 1 de la actual Bolivia. En la primera mitad del siglo XIX predominaron abogados y religiosos; a partir de 1870 figuran con una tendencia creciente catedráticos, ingenieros, rentistas, profesores, etc

 


(1) Conde de Vista Florida

(2) Numerosos diputados solicitaron que lo expresado por el Presidente se formulase y decretase en el correspondiente documento legislativo, lo que fue inmediatamente aprobado. 

(3) Reglamento Interior de las Cámaras Legislativas, capítulo I, artículo 8º. 

(4) Fuentes consultadas: Archivo del Congreso de la República; e Ismael Echegaray, La Cámara de Diputados y las Constituyentes del Perú (1822-1965), Imprenta del Ministerio de Hacienda y Comercio.

(5) Basadre, Jorge, Elecciones y centralismo en el Perú. Lima, Universidad del Pacífico, 1980, págs. 14-15. 


RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

Oficina de Participación Ciudadana

 

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