Page 65 - Padres de la Patria
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leyes un sostenimiento en la reforma o contradicción de otros sufragios, que sin
ser de aquel cuerpo, se consideren, como su complemento o parte constitutiva.
La falta de este requisito fue una de las causas que destruyeron la convención
en Francia; cuyo error vino a enmendarse todavía el año de 95: aunque en las
asambleas anteriores, hubo hombres eminentes, por su filosofía y por su amor a
la verdadera libertad.
El Ejecutivo, es aún más temible, y con particularidad, en las repúblicas, en que
por la comunicabilidad del poder, a expensas de bastante trabajo, puede
restringírsele bajo reglas ciertas y constantes. El favor popular, v la facilidad de
inclinarle respecto de cualquiera, contribuyen sobremanera a hacer esta
autoridad, independiente de las leyes, adelantándose el paso, si se coloca en su
arbitrio el nombramiento de todos los funcionarios. ¿No vernos posponer los
hombres su existencia a su comodidad, y su honor y su reposo a un empleo?
¿Los grandes partidos no provienen regularmente de los contratos facio ut
facias, do ut facias, que siempre se cumplen con usura? Ninguna diligencia
será, pues, excesiva para encarrilar la administración ejecutiva, que por
antonomasia se llama el poder. Ella es el alma de la sociedad y su belleza tanta
que arrebata los sentidos.
El judicial, que es el criterio de la sabiduría, justicia y liberalidad de un gobierno,
tiene desembarazada la senda de la tiranía, si su responsabilidad no es
realmente efectiva y si solo compone un artículo del código, corno sucede en las
más constituciones. Pero, igualmente, debe ser expedito su vigor en todo lance,
nadie debe salirle al atajo. Pues, si los fueros del ciudadano son inviolables, en
la práctica, cuando este poder se ha acondicionado bien; la moralidad civil,
comienza a relajarse desde el momento en que nace la esperanza de quedar
impune un delincuente; porque la justicia de la ley, hablando propiamente,
consiste en su inflexible cumplimiento, y porque demanda altamente la razón
que, cambiado el natural derecho de vengarse por sí, con el cuchillo de la ley,
caiga este sobre cualquiera, sin remedio.
Otro punto capital de este género de organización, es la circunspecta
parsimonia, con que debe ponerse en ejercicio el ciudadanato. Este derecho,
importa nada menos, que emanciparse y, mediante tal acto, pasar a influir
activamente en los inefables destinos de la patria. En las repúblicas, no hay
ápice indiferente, con consideración a esta materia; basta el más ligero descuido
para que con el transcurso de los años llegue a minarse el edificio y destruirse,
con sorpresa de sus mismos dueños. A todos nos agrada la ilustre atribución de
ciudadano pero ¿La virtud, la propiedad, el honor, acompañan indistintamente a
todos? Para el empleo más ridículo, se formalizan circunstanciados expedientes,
mientras que para la preeminente investidura de ciudadano, es suficiente haber
nacido, y ser miembro de la familia humana. Nos alucinamos; unos son los
derechos del hombre y otros los del ciudadano; aquellos son ingénitos por la
naturaleza; estos dependen de la utilidad social, sin que por tanto, dejen de ser
naturales.
La igualdad, es ciertamente un dogma de la razón; pero, si su artículo
declaratorio, no es preciso ni evita la confusión de la igualdad respecto de la ley,
con la que jamás ha existido en el estado natural, el fuego está ya prendido en el
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