Page 69 - Padres de la Patria
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símbolos imaginaron los poetas, cuando quisieron pintar una nación grande y
señora de su poder. ¿Por qué, pues, no nos han de ser accesibles estos
secretos de felicidad? Hagamos la prueba y convengamos en que, si en otras
partes de América se ha experimentado con mal suceso la unión federal, ha sido
por defecto de esa sabia combinación y no porque el consista en la naturaleza.
¿Qué tiene de peligroso en sí este sistema? Su semejanza con el orden físico y
el mismo Derecho Público del Perú y su utilidad, exigen, de común acuerdo, su
consolidación en nuestro país.
Al derredor del sol dan vuelta todos los planetas; cada uno gira sobre su eje; y
sostenidos por dos fuerzas opuestas, jamás salen de sus órbitas, reinando en
esta admirable máquina un orden, que no se perturbará, sino con el fin del
tiempo. Si no se viera este prodigio no se creería seguramente y quien
entendería a primera vista como tan enormes cuerpos, dirigidos por impulsos
contrarios, respecto de su centro, independientes de él, y agitados por otros
movimientos peculiares a su esfera, compongan una sola máquina,
constituyendo otra por separado, cada parte... ? Ello es así y basta entender la
teoría de la atracción para explicarlo. Lo mismo digo del ajuste de un gobierno
local con la independencia de otros partidos en un mismo territorio. Habrá
muchos, que se sorprendan, imaginando en armonía dilatadas regiones, que con
asidua tendencia a un centro común, se mantengan, no obstante, separados.
Pero, tal milagro será obra de las leyes de la atracción política. Existen los
graves y solo falta determinar sus relaciones. Tenemos ejemplos que nos guíen;
sabemos que el camino es seguro, pues persigámoslo; conduzcámonos por él,
con sabiduría.
Las leyes fundamentales de una nación son los vínculos que nacen de la
expedibilidad de los fueros naturales, enlazados con la conveniencia pública; y
todo lo que no sea romper esta trabazón, es permitido en la construcción civil,
por no decir de riguroso derecho de gentes preceptivo. Pues, siendo la sociedad
estado o manera de existir, solo deberá cercenar en el hombre, que se
constituye bajo de ella, la cantidad de prerrogativas que sea incompatible con la
compañía; y eso, conmutándoselas con otras ventajas. Luego un individuo, una
familia, una provincia, conserven respectivamente la otra parte que no han
cedido; luego para librar las leyes fundamentales en justicia, hay que examinar
¿Qué derechos se han renunciado...? ¿Cuáles deben sacrificarse por la
comunidad? ¿Y cuáles son compatibles con la compañía nacional...? El
esclarecimiento de estas cuestiones reglará la conducta del Congreso, para
declarar la soberanía central y combinarla con los poderes locales; para
especificar sus obligaciones mutuas; discernir sus relaciones; y crear, en dos
palabras, una república sin dispendio de la integridad territorial, manteniendo
juntamente a las que llamamos provincias o departamentos, en su dignidad
soberana.
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No dejará de sobresaltarse, alguno, conjeturando, que esta aserción envuelve la
independencia de las secciones de Trujillo, Huaylas y las demás, que siempre
han estado sujetas a Lima. No. la independencia es absoluta y relativa: de la
primera, da ejemplo nuestra separación de España; y la segunda no destruye la
soberanía central, pues, consiste únicamente en algunos actos exclusivos del
influjo de esta y en la dependencia de otros. Al texto, gobierno central
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