Page 119 - Padres de la Patria
P. 119
podrá constituirse. Teatro de especulaciones rastreras y agitado siempre por
partidos, no es posible reúna ya luz, voluntad general, ni que, por consiguiente,
fije las bases de una administración permanente; porque los pueblos una vez
desengañados, no vuelven a andar el mismo camino. Mientras que, por el
contrario, advertimos que los afortunados países, en donde se ha encontrado el
espíritu de la independencia con el de la libertad bajo las garantías de la
representación popular, muy poco han tardado en ver consumada la obra de
emancipación y muy breve se ha consolidado en ellos su régimen administrativo.
Efectivamente, entre tanto no se afirmen las leyes fundamentales, todo es
precipitación y movimiento en un Estado; más claro, se vive en una especie de
anarquía más o menos pronunciada; porque es condición indispensable del
orden reconocer ciertos principios fijos de que parta la regularidad en todas las
acciones y la precisión de límites en el ejercicio de la autoridad y de los derechos
civiles.
Tal es la actitud en que debió quedar el Perú al tiempo de su cambiamiento y tal
la exigencia de una ley fundamental; lo que bien conocido por el Gobierno
Provisorio, juzgó necesaria la reunión del Congreso, a cuya sabiduría cumple
establecer las reglar convenientes para afianzar la existencia política de los
pueblos que representa. Entre tanto, señor, la Comisión pasa a hacer un breve
análisis de su proyecto.
No siendo la Constitución de un país otra que el conjunto de las leyes primarias
que determinan su forma de gobierno, según los principios del pacto social y de
la conveniencia pública, no deberán entrar en su plan otras disposiciones que las
que llenen adecuadamente este objeto; de manera que, la organización de esta
acta haya de girar bajo tal orden, que consignándose en ella los derechos,
obligaciones y facultades respectivas de los ciudadanos y funcionarios del poder
nacional, se distribuyan en tantas secciones, cuantas naturalmente resultaren.
Así que la Comisión empieza formando la nación, o lo que es lo mismo,
organizando sus primeros elementos. Y supuesta la aptitud nacional, nada más
oportuno que determinar el gobierno en todas sus relaciones y dependencias,
pasando últimamente a prefijar los medios necesarios a su estabilidad, pues que
sin esta, las leyes fundamentales no excederían la esfera de puras teorías.
Está, pues, reducida toda la Constitución a tres puntos capitales, que,
observadas la naturaleza del objeto y la sencillez de las ideas, componen otras
tantas partes o secciones, a saber: primera, de la nación; segunda, del gobierno;
tercera, de los medios de conservarlo; dando origen cada una de ellas a los
capítulos necesarios, y éstos a sus respectivos artículos.
La nación peruana, que importa tanto como todos los peruanos reunidos en una
sola familia y que, por expresa voluntad, se han separado de la dominación
española, está difundida por circunstancias de localidad en fracciones, que el
antiguo régimen denominaba provincias, sujetas a una cabeza superior, con el
título de virrey. De suerte que, a pesar de las distancias que las separan, uno es
su espíritu y uno su interés acerca de derechos que a todos pertenecen, como
inspirados por el instinto de la naturaleza y aconsejados por la razón, formando
así reunidos un solo cuerpo y, en él, una fuerza irresistible a la agresión de
118