Page 115 - Padres de la Patria
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BASES DE LA CONSTITUCIÓN
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Comisión de Bases
EL CONGRESO CONSTITUYENTE DEL PERÚ
Reconociendo como Bases de la Constitución Política, que va a dar, los
siguientes principios, por ser más adecuados para establecer las relaciones
entre los ciudadanos y funcionarios del poder nacional con arreglo a los
derechos, obligaciones y facultades respectivas.
Ha venido en decretar y decreta:
1° Todas las provincias del Perú reunidas en un sólo cuerpo forman la nación
peruana.
2° La soberanía reside esencialmente en la nación. Esta es independiente de la
Monarquía española y de toda dominación extranjera, y no puede ser patrimonio
de ninguna persona ni familia.
3° La nación se denominará República Peruana.
4° Su gobierno es popular representativo.
5° Su religión es la Católica, Apostólica, Romana con exclusión del ejercicio de
cualquier otra.
6° A la nación toca hacer su Constitución y leyes por medio de sus
representantes.
7° Todos los ciudadanos deben concurrir a la elección de sus representantes en
el modo que establezca la Constitución, siendo ésta la única función del poder
nacional que se puede ejercitar sin delegarla.
8° La representación tendrá por base la representación.
9° La Constitución debe proteger:
1.- La libertad de los ciudadanos.
2.- La libertad de la imprenta.
3.- La seguridad personal y la del domicilio.
4.- la inviolabilidad de las propiedades.
5.- La del secreto de las cartas.
6.- La igualdad ante la ley, ya premie, ya castigue.
7.- La igual repartición de contribuciones en proporción a las facultades de cada
uno y lo mismo la de las cargas públicas.
8.- El derecho individual de presentar peticiones o recursos al Congreso o al
gobierno.
55 Benvenutto, Neptalí, José Faustino Sánchez Carrión, prócer de la independencia nacional,
tomo I, págs. 151-158, Imprenta Americana, Lima, 1930.
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