Page 46 - Reglamento de la Camara de Diputados 1989
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6 7 dos veces al año. La primera legislatura comienza el 27 de
Julio y termina el 15 de Diéierabre. La segunda se abre el
primero de Abril y termina el 31 de Mayo.
El Congreso se reúne en legislatura extraordinaria a ini-
ciativa del Presiden te de la República o a pedido de por
lo menos dos tercios ·del número legal de representantes
de cada Cámara.
En la convocatoria, se fijan la fecha de iniciación y la
de clausura.
Las legislaturas extraordinarias tratan sólo de los asun-
tos materia de la convocat.oria. Su duración no puede ex:-
ceder de 15 días.
Artículo 2110.- Son atri~uciones y obligaciones del
Presidente de la República:
6.- Convocar al Congreso a legislatura extraordinaria.
Artículo 2310.- El Presidente de la República, con
acuerdo del Consejo de Ministros, decret.a, por plazo de-
terminado, en todo o parte del territorio y dando cuenta
al Congreso o a la Comisión Permanente, los estados de
excepción que en este artículo se contemplan:
a) Estado de emergencia, en caso de perturbación de la
paz o del orden interno, de catástrofe o de graves cir-
cunstanc1as que afecten la vida de la Nación. En esta
. eventualidad, puede suspender las garantías constitucio-
nales relativas a la libertad y seguridad personales, la
inviolabilidad del domicilio, la libertad de reunión y de
tránsito en el territ.orio, que se contemplan en los inci-
sos 7, 9 y 1 O del artículo 2o. y en el inciso 20-g del
mismo artículo 2o. En ninguna circunst.ancia, se puede
imponer la pena _ de destierro. El plazo del estado de
emergencia no excede- de sesenta días. La prórroga re-
quiere nuevo decreto. En estado de emergencia, las
Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno
cuando lo dispone el Presidente de la República.
b) Estado de sitio, en caso de invasión, guerra exterior o
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