Page 43 - Reglamento de la Camara de Diputados 1989
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g) Tramitar los pedidos formulados por los Diputados. 62
h) Las demás que senala este Reglamento.
ARTICULO 600.- Los Prosecretarios reemplazan
a los Secretarios en caso de ausencia o impedimento
de cualquiera de ellos.
El Prosecretario Bibliotecario, además, supervisa
la Biblioteca de la Cámara.
Concordancia.
La Ley No. 10621 creó el cargo ae Prosecretario Bíbliote·
cario en su Artículo Unico:
ARTICULO UNICO.- La Comisión Directiva de la Cáma-
ra de Diputados, a partir de la que se elegirá para la Legis-
latura de 1946, la integrará, además de los miembros que
establece el Reglamento Interior de las Cámaras, un Dipu-
tado Prosecretario-Bibliotecario, quien ejercerá las funcio-
nes propi~ del cargo de Prosecretario y las de supervigi-
lancia y conservación de la Biblioteca Pública de la Cámara.
ARTICULO 61 o.- El Tesorero es responsable de
la administración económica y ejecución del Presupues-
to de la Cámara.
ARTICULO 620.- Son atribuciones del Tesorero:
a) Formular el proyecto de Presupuesto para el año si-
guiente y someterlo a consideración de la Junta Di-
. rectiva.
b) Presentar a la Junta Directiva balances trimestrales
del movimiento económico de la Cámara; y, al final
de su Administración, eL Balance correspondiente.
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