Page 43 - Reglamento de la Camara de Diputados 1989
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g) Tramitar  los  pedidos  formulados  por  los Diputados.  62


                h) Las demás que senala este  Reglamento.






                           ARTICULO  600.- Los  Prosecretarios reemplazan


                 a  los  Secretarios  en  caso  de  ausencia  o  impedimento

                 de  cualquiera de ellos.


                           El  Prosecretario  Bibliotecario,  además,  supervisa


                 la Biblioteca de la  Cámara.


               Concordancia.



                          La  Ley  No. 10621 creó el  cargo ae  Prosecretario Bíbliote·
                          cario en su Artículo Unico:

                          ARTICULO  UNICO.- La  Comisión Directiva  de la Cáma-

                          ra de Diputados, a partir de la que se  elegirá para la  Legis-

                          latura  de  1946, la  integrará,  además  de los miembros que
                          establece  el  Reglamento  Interior de las Cámaras,  un  Dipu-

                          tado  Prosecretario-Bibliotecario,  quien  ejercerá  las  funcio-

                          nes  propi~  del  cargo  de  Prosecretario  y  las  de  supervigi-

                          lancia y conservación de la Biblioteca Pública de la Cámara.





                           ARTICULO  61 o.- El  Tesorero  es  responsable de


                 la  administración económica y  ejecución del  Presupues-


                 to de  la  Cámara.




                            ARTICULO 620.- Son atribuciones del Tesorero:


                 a) Formular  el  proyecto  de  Presupuesto  para el  año  si-


                      guiente  y  someterlo  a  consideración  de  la  Junta Di-

                     . rectiva.


                 b) Presentar  a  la  Junta  Directiva  balances  trimestrales


                      del  movimiento  económico  de  la  Cámara; y, al  final


                      de su Administración, eL Balance  correspondiente.



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