Page 23 - Reglamento de la Camara de Diputados 1989
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quicia  postal  y  telegráfica  para  el  cumplimiento  de  su                                                                      29


          función  legislativa en la  República,  con las  limitaciones


          que  establezca  la  Junta Directiva; e  igualmente, de una


          tarifa  preferencial  del  cincuenta  por  ciento  en  la utili-


          zación  de  los  servicios de  transporte  y  en los estableci-


          mientos para alojamiento de propiedad  del Estad_o.

                     También. tienen  derecho ·a  que  la Cámara les pro-


          porcione una oficina y  el personal indispensable.





                      ARTICULO  260.- Los  gastos  de  inhumación  de

           un Diputado corren por cuenta de  la Cámara.


                      En  caso  de  fallecimiento  de  uh  ex  Diputado,  la


           Cámara cubre  los gastos  de  inhumación.



                      ARTICULO  270.- Al  fallecimiento  de un Diputa-


           do,  la· Gámara  se  declara  en  duelo  y  se  le  tributa  los


           honores  militares  que  le  corresponde  como  Represen-


           tan te  de  la  Nación.

                      L.a  Junta  Directiva  asiste  al  sepelio  y  designa  al


           Diputado  que· lleve  la  palabra  de  la  Cámara en el acto


           de la  inhumación.



                      ARTICULO  280.- Los  Diputados  portan  como


           identificación  un  carnet  firmado  por  el  Presidente  de


           la  Cámara  y  por  los  Secretarios.  Así  mismo,  usan  la


           insignia  aprobada por la  Junta  Directiva.



                      ARTICULO  290.- Los  Diputados  pueden  portar


          en  sus  respectivos  vehículos  un  distintivo  especial  de


           identificación.  Su  uso  es exclusivo  para ellos.


                      Incurre  en  responsabilidad ,  de  acuerdo con el  Có-




                                                                  -25-
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