Page 33 - Constitución Política de la República Peruana jurada en Lima el 20 de noviembre de 1823
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    fu~rza  basla  la organ,zacion  de  los.  c6digoa
    civil,  criminal,  militar, y  de  comercio.


                  CAPITULO  IX.

          REJIMEN  INTERIOR DE  LA


                       Rt:PUnLicJ..

       AAT.  122.  El gobierno político superior de
     los  de  partamcntos  reside  ~n  un  ciudada.uo
     denominado  prefecto.
       Aa-r. 123.  El  gobierno  político  de  cada
     provincia  en  un  cíudadano  que se denomina·
     .rá  intendente.
        ART. 124.  El  de  los  distritos  en  un  ciu·
     dadano  que  igualmente ~e  nombrará  en cada
     uno  de  ellos  con  la  denominacion  de  fitOber·
     ~ador.
        AaT. rn5.  Las  atribuciones  del  prefecto,
     intendente  y  gobernador se  reduciran  á  man·
     tener  el  6rden  y seguridad pública en sus  res·
     p~ctivos territorios,  con subordiuacion  gradual
     al  gobierno  supremo,  y  á cuidar  de  que  101
     funcionar.íos  de  su d<'pendencia llenen  ecaac·
     tamente  iuc;  oblígaciones.
        AnT.  126.  Tambi_en les corresponde  la in·
      tendencia eco1¡6011ca sobre la hacienda  pública.
        ART,  127.  Les  está  prohibido  absoluta·
      mente  lodo  cono..:imiento  judicial, pero si  la
      tranquil1dQ.d  públi<:il  ecsl.)ltre  fundada.mente
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