Page 33 - Constitución Política de la República Peruana jurada en Lima el 20 de noviembre de 1823
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fu~rza basla la organ,zacion de los. c6digoa
civil, criminal, militar, y de comercio.
CAPITULO IX.
REJIMEN INTERIOR DE LA
Rt:PUnLicJ..
AAT. 122. El gobierno político superior de
los de partamcntos reside ~n un ciudada.uo
denominado prefecto.
Aa-r. 123. El gobierno político de cada
provincia en un cíudadano que se denomina·
.rá intendente.
ART. 124. El de los distritos en un ciu·
dadano que igualmente ~e nombrará en cada
uno de ellos con la denominacion de fitOber·
~ador.
AaT. rn5. Las atribuciones del prefecto,
intendente y gobernador se reduciran á man·
tener el 6rden y seguridad pública en sus res·
p~ctivos territorios, con subordiuacion gradual
al gobierno supremo, y á cuidar de que 101
funcionar.íos de su d<'pendencia llenen ecaac·
tamente iuc; oblígaciones.
AnT. 126. Tambi_en les corresponde la in·
tendencia eco1¡6011ca sobre la hacienda pública.
ART, 127. Les está prohibido absoluta·
mente lodo cono..:imiento judicial, pero si la
tranquil1dQ.d públi<:il ecsl.)ltre fundada.mente