Page 14 - [Constitución Política de la República del Perú]
P. 14
J.
....-1v-
Comuúiqlfes<; al poder Ejecuti, o p:u-n. ~1uc disponga f,,
· u cumplimiento, mandan<lolo imprimir, publicat
El P oclt:r Ejccúth o hara ejecutar, guardar y
cumplir } es b:~jo esta fórmula.
El Cludadano N. Presidente de la República.. Por cuan-
to el Congreso ha da<lo la le) siguiente (Aqui el testo) Pot
tanto, mando se imprima, publique y circule y se le dé d de-
bido cumplimiento.
Art. 67. Si d Ejccuti,·o no promulgare la ley clespuc<J
de seis c.lias de comunicad:i por el CoRgreso, lo requerirh d
CQn ... i:jo de Estado para que la promulgue dentro de tercero
dia; y no hacicndolo, el Presidente del Consejo la circulará i
la.., autoridades de la República, quedand0 nsí promulgada y
1
dura cuenta al Congreso.
TITULO XII.
PODER EJECUTIVO ..
Art. GS. Es Jefe Supremo del Poder Ejecuth·o el ch\ ...
daclano nombrarlo Pre'iidente de la República.
Art. 61). Para ser Presidente de la República se necc-,
sitan las mi:.mas c·a1idades que para Consejero de Estado.
Art. 70. La cleccion del Presidente de la República se
hará por los colejios electorales, segun el modo y forma que
prescriba la ley.
Art. 71. F.1 Congreso hará. la apertura de fas actas, su
calificacíon y escrutinio.
Art. 72. E.l que reuniere la mayoría absoluta de Yutos
del total de electores de los colej ios de pro\. incia será et
Presidente.
ºArt. 73. Si dos ó mas individuos obtuvieren dicha ma ..
yoría, sera Presidente el que 1·.:una mas "''otos. Si obtuvieren
lf{nal número, el Congreso clcjiró. á pluralidad absoluta uno de
ellos.
Art. 74. Cuando ninguno reuna In mayoría abc,oluta el
1
Congreso clejir[~ Presidente entre los tres que hubieren obte-
nido mavor número de votos.
Art. 75. Sí mas ele <loe; obtudercn mayoría reb.tiva con
igual número de ,·otos, el Congreso elejirá entre todos ellos.
Art. 76. Si en la votacion que en los casos precedentes
se haga por el Cong1:eso resultare empate , lo decidirá la.
:,;ucrte.
Art. 7'í. La cleccion de Presidente en cst9s ~a.sos delie
quedar con el u.ida. en uun sq_la sesion.J