Page 124 - Vida y Obra de Toribio Rodriguez de Mendoza - Vol-1
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Volumen 1
Sobre el otorgamiento de un poder
execuciones, apremios, prisiones, embargos y todas las demás diligencias ju-
diciales y extrajudiciales que conduscan: Que el poder que se requiere otorga
al dicho Doctor Don Nicolás Aranibar con incidencia y dependencia libre y
general administración en quanto a lo referido con la facultad de que lo pueda
substituir las veces que le paresca rebocar unos substitutos y elegir otros y a
todos releba de costar según derecho. Y a la firmeza y cumplimiento de lo que
en su virtud se actuare obliga los bienes de dicho colegio havidos y por haver
en toda forma de derechos, asi lo otorgó y firmó a quien doy fé, conosco, sien-
do testigos Don Ignacio Guerizeta, Don Gaspar Salas, y Don Josef Aguilar.
ANTEMI
Don Toribio Rodríguez de Mendoza Vicente de Aiscorbe
Escribano Publico
PODER: EL DOCTOR DON TORIBIO RODRIGUEZ AL DOCTOR
DON JOSE ANTONIO VIVAR
Sea notorio que yo, el Doctor Don Toribio Rodríguez de Mendoza,
Rector del Real Convictorio Colegio de San Carlos de esta ciudad, otorgo
que doy mi poder cumplido, que por derecho se requiere y es necesario a
Doctor Don José Antonio Vivar abogado de esta Real Audiencia (otorgo que
doy mi poder cumplido) para que a nombre de dicho colegio y representando
su acción y derecho generalmente le ayude y defienda en todas sus causas y
negocios civiles y criminales, eclesiásticos y seculares, movidos y por mover
quantos al presente tenga y tuviere en adelante contra cualquier persona y sus
bienes y las balen contra el y los suyos así demandando como defendiendo
con que no responda a nueva demanda que se le ponga sin que primero se
haga saver, pena de nulidad lo contrario haciendo y constando de ello paresca
ante la justicia y jueces de su Magestad y demás tribunales eclesiásticos y secu-
lares que con derecho deba y presente demandar, requerimientos, citaciones,
protestaciones, tránsese y remates de bienes, alegaciones, defensas con facul-
tad de fiar, probar recursos, apelar, presentar escritos, testimonios y papeles,
pedir términos y hacer las demás diligencias judiciales y extrajudiciales que
conduscan.
Que el poder que se requiere confiero al dicho Doctor Don José An-
tonio Vivar, con incidencias y dependencias libres y general administración
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