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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
Vida y obra de Toribio Rodríguez de Mendoza
debe, para que a lo referido le compelan y apremien como por sentencia defi-
nitiva de juez competente, convertida y pasada en autoridad de cosa juzgada,
renuncia todas las leyes y derechos de su favor y la general que las prohibe.
Y así lo otorgó y firmó, a quien doy fé conozco, siendo testigos Don Luis
Ignacio de Guerizeta, Don Ponciano de Unsanguey y Don Gaspar de Salas.
ANTEMI
Don Toribio Rodrigues de Mendoza Vicente de Aiscorbe
Escribano Público
NOTA: al márgen del texto lo siguiente:
En Lima y enero Doce de mil ochocientos tres, ante mí, el escribano
y testigos, el señor Don Toribio Rodríguez de Mendoza Otorgante del poder
y a cuyo margen se escribe, dixo que respecto de haberse ausentado de la vi-
lla de Potosí Don José Linares, administrador de esa real Aduana a quien se
lo confirió para que no cesen los asuntos en el, contenidos; otorga que se lo
confiere en todas sus partes a Don Francisco de la Fuente y lo avisa vecino de
Arequipa, para que use del citado poder con la misma facultad de substitución
y relevación de costar, como si deuda de aquel acto se lo huviera conferido.
Así lo otorgó y firmó a quien doy fé y conosco, siendo testigos Don
Ignacio Guerizeta, Don Josef Miranda y Don Gaspar Salazar.
Don Toribio Rodrigues de Mendoza
PODER DEL DOCTOR DON TORIBIO RODRIGUEZ DE MENDOZA AL DOCTOR
DON NICOLAS DE ARANIBAR:
En la ciudad de los Reyes del Perú en treinta y uno de Mayo de mil
ochocientos dos, ante mí, el escrivano y testigos El Doctor Don Toribio Rodrí-
guez de Mendoza, presvítero Rector del Convictorio Colegio de San Carlos de
esta ciudad, otorga que da su poder cumplido, qual por derecho se requiere y
es necesario al Doctor Don Nicolás Aranibar, abogado de la Real audiencia del
Cuzco y vecino de Arequipa, para que a nombre del otorgante y representando
su persona, prosiga, fenesca y acabe el pleito que tiene con Don Matías Gonsa-
les Cosío, depositario general de Tarapacá sobre un resto que debe este a dicho
colegio, de lo que como apoderado suyo cobró en las Reales cajas de Carangas;
pareciendo para ello ante el Señor intendente de esa ciudad de Arequipa y
demás tribunales que con derecho deba, presentando pedimentos, demandas,
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