Page 593 - La Rebelión de Huánuco. Vol 4
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Huánuco de 1812
            con la debida espesificacion de cosa o cantidad, y de pueblos ó personas deter-
            minadas, se contesten y exclarescan por los tramites ordinarios hasta su sen-
            tencia inclusive, de que concederá el Juez las apelaciones, que legitimamente
            se interpongan. Lima, y Enero 12 de 1813.
                    Eyzaguirre (Rubricado).


                    Excelentísimo Señor
                    El Fiscal reproduce la respuesta del Señor Fiscal su compañero. Lima,
            Enero 19 de 1813.— Pareja.
                    Lima, Enero 30 de 1813.
                    Vistos estos autos con lo expuesto por los Señores Fiscales: debuelvan-
            se los Expedientes de que se encargan, al Señor Governador Yntendente de
            Tarma para que en exercicio de su zelo formalisadas que sean las acciones de
            los Ynteresados en la forma que se propone, procediendo segun se expecifica,
            otorgando las apelaciones que legitimamente se interpucieren para el tribunal
            que corresponda, Marqués de Concordia
                    Don Josehp de Herrera (Rubricado).


                    (Al margen)
                    Lima, 5 de Febrero de 1813. Al señor Asesor General con los antece-
            dentes. Una rúbrica.— Acebal.
                    Lima, Febrero 5 de 1813: Vista a los Señores Fiscales Reales. Una rú-
            brica. Doctor Herrera.

                    Excelentísimo Señor
                    Manuel Suares en nombre de los vecinos de Huanuco interesados en el
            saqueo hecho por los ynsurgentes de aquel Partido, y del de Panataguas, en los
            autos sobre la reposicion, é indemnizacion de lo saqueado, y robado, y demas
            deducido, con mi mayor rendimiento digo: Que Vuestra Excelencia se ha servido
            de determinar la consulta hecha por el Señor Yntendente de Tarma, y lo representa-
            do por mis partes [roto] su anterior recurso, mandando se le devuelvan estos Autos
            para que proceda en la forma que han pedido los Señores Fiscales.
                    Y como el fundamento de su respetable dictamen consista en la inte-
            ligencia que han dado á lo decidido en las sentencias de vista y revista pro-
            nunciadas por el Real Acuerdo en la causa criminal, muy diversa de la que
            han estimado propia, y legal, asi dicho Señor Yntendente, como mis partes,



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