Page 389 - Vida y Obra de José Baquijano y Carrillo - Vol-1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
Vida y obra de José Baquíjano y Carrillo
Señor
Don José Baquíjano y Carrillo, puesto a los reales pies de vuestra ma-
jestad rendidamente expone: que destinados sus ascendientes al reino del
Perú en los empleos de mayor confianza y honor, continuaron el acreditado
mérito que tenían contraído en estos dominios, dejando al que expone ese efi-
caz estímulo para que dedicado a la carrera de las letras (única senda de lustre
y estimación, que se proporciona en aquellos distantes países) lograse renovar
los mismos ejemplos de amor y fidelidad a la corona.
Los progresos, que en ella ha hecho el que suplica fueron tan rápidos
y ventajosos, que a los catorce años de su edad recibió los grados mayores de
licenciado y doctor en la real Universidad de san Marcos de Lima, en las fa-
cultades de Cánones y leyes y a los diez y ocho fue admitido al número de los
abogados de aquella real Audiencia y nombrado Asesor general, del tribunal
del Consulado y del Cabildo secular de aquella capital.
El exacto desempeño de estas confianzas y la aplicación del que ex-
pone, le hicieron elegir por aquella Universidad para la instrucción de la ju-
ventud en la cátedra de Instituía y por el virrey don Manuel de Guirior en
la de Vísperas de Leyes para establecer la enseñanza del derecho patrio que
hasta entonces se había omitido en la explicación del romano cuya laboriosa
y duplicada fatiga ha continuado por doce años hasta que la misma academia,
atendiendo a su antigüedad y servicio se dignó promoverlo por unanimidad
de todos los sufragios a la cátedra de Prima de sagrados Cánones, que al pre-
sente obtiene, eligiéndole con la misma conformidad por su vice-rector y con-
ciliario mayor.
Aunque este incesante trabajo parece que debía separar al que suplica
de cualquiera otra ocupación, pero su eficaz deseo de servir a V.M. y al público
le hizo admitir el nombramiento de Protector general de indios de aquel reino
y Fiscal criminal de su real Audiencia que interinamente hizo en su persona
y a consulta de aquel tribunal el virrey del Perú en el año de 779 y que ejerció
por cerca de tres años, sin sueldo, ni recompensa alguna, logrando la sin ejem-
plar satisfacción de que ningún Tribunal o juez se apartase en sus resoluciones
de el dictamen, que por su ministerio extendía para la decisión de las causas.
Con el mismo desinterés, sin renta, ni asignación ha continuado el ex-
ponente por más de veinte años en el despacho de la Asesoría del Ayuntamien-
to de Lima y tribunal de comercio y en las infinitas causas de pobres y podero-
sos, que o por su importancia, o deseo de las partes se han encomendado a su
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