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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
Una rúbrica
Manuel Espinavete López
(rubricado)
[El encausado solicita libertad bajo fianza.Junio 20, 1781].
Don Juan Antonio Figueroa, Sargento Mayor de la Provincia de Pa-
ruro, como más haya lugar en derecho parezco, ante Vuestra Señoría y digo,
que de su orden me hallo arrestado en este cuartel por haberme hecho preso
en el pueblo de Tungasuca el vil rebelde José Tupa Amaro y haber estado en
su compañía hasta que tuve oportunidad de separarme de él, y respecto de
no ser posible poder resultar cargo ni culpa contra mi, antes por el contrario
los mayores servicios a Dios al Rey y al público, como lo haré constar, se ha
de servir la justificación de Vuestra Señoría proveer y mandar se me relaje del
arresto. Estando pronto a mayor abundamiento a dar fianza del haz y cárcel
segura con Don Andrés Graz, persona de todo abono. Por tanto.
A Vuestra Señoría pido y suplico, asi lo provea y mande por ser de
justicia que pido y para ello etc.
Juan de Figueroa (rubricado)
Cuzco y junio 20 de 1781.
Como lo pide de la fianza y presente la certificación.
Una rúbrica
Manuel Espinavete López
(rubricado)
[Certificación de haber sido prestada la fianza. Junio 20, 1781].
Yo Miguel de Acuña, Escribano del Rey Nuestro Señor (que Dios
guarde) y Público de los del Número de esta gran ciudad del Cuzco del Perú.
Certifico y doy fe en cuanto puedo y ha lugar en derecho como ante mí y en
mi Registro de Escrituras Públicas, hoy día de la fecha Don Andrés de Graz y
Rojas, vecino de esta ciudad otorgó escritura de fianza del haz y cárcel segura,
de la persona de Don Juan Antonio de Figueroa, preso en el Real Cuartel, en
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