Page 716 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 7
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Volumen 7
Causas criminales contra los rebeldes
los términos expuestos en el pedimento y Decreto de la vuelta, según se in-
dividualiza del contexto de dicha escritura, a la que me remito. Y para que de
ello conste doy la presente en esta dicha ciudad en veinte días del mes de junio
año de mil setecientos ochenta y uno.
Y en fé de ello lo firmo.
Miguel de Acuña
Escribano de Su Majestad y Público
(rubricado)
[Se concede libertad bajo fianza a Figueroa. Junio 28, 1781].
Cuzco 28 de junio de 1781.
Agréguese a los autos que corresponde la anterior certificación en
cuya vista se relaja de la prisión a Don Juan Antonio Figueroa.
Una rúbrica
Manuel Espinavete López
(rubricado)
[Recurso de defensa que presentan Figueroa y su Defensor. Julio 7,1781].
Don Juan Antonio Figueroa. En los autos criminales que de oficio de
justicia se siguen contra mi, por suponérseme cómplice en la rebelión de José
Tupa Amaro, respondiendo al traslado que se me dió de la acusación puesta
por el Abogado Solicitador Fiscal, en que pide se me declare cómplice y se me
imponga la pena de derecho, digo: que justicia mediante se ha de servir Vues-
tra Señoría declarar no haber lugar a la acusación fiscal y no sólo absolverme
y darme por libre de toda pena, sino también, aprobar mis méritos y servicios
al Rey Nuestro Señor y haberme por muy fiel y leal vasallo suyo, por ser así
conforme a derecho y lo que de los autos resulta favorable y siguiente.
La misma sumaria información, que ha dado mérito al seguimiento de
esta causa, hace toda mi defensa. Por ella consta que el rebelde Tupa Amaro
yendo yo a Tungasuca a ver el Corregidor de la Provincia Don Antonio de
Aniaga, que se decía estaba en él, me apremió y me metió en un calabozo,
después que muchos mestizos allí dentro de la casa me aporrearon, tiraron al
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