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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
por el mismo autor de los sacramentos. Por tanto en satisfaccion de nuestro
cargo mandamos a todos los catolicos fieles de este obispado de uno y otro
sexo que habitan en la ciudad o en alguno de los lugares de él que enterados en
el grave asunto de esta publica monicion y apercibimiento que se hará publicar
en las principales yglesias de regulares y parroquias de la diocesi comparezcan
ante nos dentro del preciso termino de quinze dias a representar las causas de
la separacion de sus coniuges y que siendo legitimas, las deduzcan en forma y
sigan sus demandas por los terminos judiciales hasta la sentencia declaratoria
y que aquellas personas que tubiesen segura noticia de casados o casadas de
qualesquiera condicion o calidad voluntariamente separados de la compañia
coniugal, ya sea por resentimientos particulares o ya por pasar mas libremente
en el ensanche de sus depravadas costumbres, los denuncien y hagan saber
sin contemplacion ni demora. Y no cumpliendolo unos y otros dentro del
referido plazo, sean tenidos por incursos en excomunion maior ipso facto in-
currenda, sin que pueda salbarlos el reato a sus conciencias algun pretexto
o escusa. Que es fecho en la ciudad del Cuzco en beintiun dias del mes de
febrero de mil setecientos ochenta.— Juan Manuel Obispo del Cuzco.— Ante
mi Josef Domingo de Frias Secretario.— Enmendado: s—sentencia: Vale.—
Es conforme al documento de su contexto.
Juan Manuel Obispo del Cuzco (Rubricado).
(Al margen: Veintinueve. Sobre conferencias pastorales).
Nos el Doctor Don Juan Manuel de Moscoso y Peralta por la gracia
de Dios y de la Santa Sede Apostolica Obispo de esta Diocesi del Cuzco del
Consejo de Su Magestad etcetera.— Por que los progresos de la moral chris-
tiana en los eclesiasticos producen copia de ministros, que ocupen los confe-
sonarios y sirvan con rectitud las doctrinas ha sido laudable costumbre de las
yglesias bien ordenadas establecer asambleas en que se disputen y resuelvan
casos de conciencia como lo acreditan las controversias que dio a luz el Obis-
po Petrocorense (a) (Al margen: (a) esta obra anda en manos de todos) con
vastante honor de su clero diocesano y este medio tan oportuno para deste-
rrar la ygnorancia con estimulos publicos, ha sido tambien recivido por la
sagrada congregacion del concilio, que para recomendar esta la importancia
del pasado (b) (Al margen: (b) Esta declaracion es de quince de marzo de
mil seiscientos noventa y dos declaró que los obispos podran compeler con
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