Page 528 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 5
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Volumen 5
                                                           La defensa del obispo Moscoso: Cargo 14º
            penas pecuniarias aun a los canonigos confesores a que asistan en las juntas
            de teologia moral, repitiendo esta decision en varios decretos (c) (Al margen:
            (c) Los trabe Monacelo en su formul. legal titulo tres formul quince numero
            dos y tres) pero no siendo comprehensiva nuestra intencion actual de suje-
            tos tan distinguidos en nuestro concepto y aprecio establecemos desde luego
            las conferencias morales en esta nuestra Yglesia Cathedral, para los clerigos
            de inferior gerarquia y nombramos por presidente y director al maestre de
            escuela Doctor Don Manuel de Mendieta para que por si o por substituto
            sirva el empleo, teniendo presente que su dignidad lleva (d) (Al margen: (d)
            El Concilio de Trento sess. veintitres d. Reformatione capitulo dieziocho) por
            el Concilio de Trento el cargo de enseñar la facultad que al obispo le pareciere
            (e) (Al margen: (e) Se corrobora con la ereccion de esta yglesia el oficio que
            damos al Maestre de Escuela, por que parece que el señor Solorzano lo exime
            del cap. del concil. por haver seminario en el lugar en su Politica Yndiana libro
            cuatro capitulo catorce) y que sin embargo de haver en esta ciudad Seminario
            con maestros debia enseñar latinidad porque asi lo previene (f) (Al margen:
            (f) Al. numero cuarto) la ereccion de esta yglesia extendiendo el ministerio
            a todos los diocesanos que quisieren oyr o aprehender la gramatica, lo que
            precisamente se deve contraher a los jovenes que no pueden subsistir o ca-
            ber por su numero en el Colegio, ni pagar maestro por que de otro modo no
            admite inteligencia el capitulo de la fundacion, mayormente quando primero
            habla de los clerigos y sirvientes de la yglesia que son los seminaristas, por lo
            que aun doctrinando a estos el maestre de escuela, todavia quedava encargo
            de enseñar la gramatica a los demas que quisieren estudiarla fuera y esta es la
            obligacion de que lo relevamos, subrogandole otra mas decente por las facul-
            tades (g) (Al margen: (g) La misma ereccion al numero cuarentaidos y ultimo)
            que la misma ereccion nos da no solo para conmutar sus disposiciones sino
            tambien para enmendarlas y ampliarlas y establecer las cosas que convinieren.
            En cuia conformidad mandamos con precepto de obediencia al Maestre de
            Escuela, que al presente lo es y a los que en adelante lo fueren, que reconocien-
            do por propio de su silla el oficio que les asignamos lo cumplan con exactitud
            convocando perpetuamente en cada biernes de la semana a todos los clerigos
            sacerdotes (sin excepcion de los curas de parroquias) y a los diaconos, subdia-
            conos y demas clerigos de menores que gozen el privilegio del fuero.— Y para
            que mejor se proceda en el arreglo de las actuaciones morales ordenamos que
            en cada concurso se haia de indicar el punto que se ha de tratar en la conferencia



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