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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            como igualmente las ventanas que tengan los regulares con vista al huerto o
            lugares interiores del monasterio (a) (Al margen: (a) Ead Sarc. Congr. Episc.
            in Ameliensi veinte y tres decem. mil seiscientos tres et in Neapolitana dos
            decem. mil quinientos treinta y nueve apud íerraris Monial art. seis numero
            cuarenta y cuatro) con mayor fundamento se prohibe por la sagrada congre-
            gacion el que las ventanas de las celdas de las religiosas por la vecindad y co-
            rrespondiencia esten en tal disposicion que por ellas puedan ver y ser vistas de
            los de fuera (b) (Al margen: Edad Sacr. Congr. Episc. Nicos. trat. diesiseis aug.
            mil quinientos cuatro) mandamos al mismo tiempo sean tan altas que solo
            sirvan para comunicar la luz que necesitan para sus ministerios y exercicios
            domesticos (c) (Al margen: (c) Ead Sacr. Congr. Episc. una civitatis Casteli
            doce martij mil seiscientos uno) el fin de estos preceptos ya se deja entender
            no es otro que el de quitar a unas almas en teramente consagradas a Dios toda
            ocasion de distraerse con las especies del siglo de que por su profesion viven
            enteramente abstraídas y deseando se reformen segun el espiritu de los cano-
            nes, haviendo reconocido en nuestro monasterio muchas ventanas que caen
            hacia a las calles publicas, como son las que estan a la parte del callejon de la
            Compañia y las que corresponden a la calle principal, que corre de la Plaza a
            Santo Domingo, por las quales, no solo pueden ver y ser vistas de las personas
            de fuera, sino tambien conversar y tratar con ellas, de que es recelable, se cau-
            sa muchos desordenes y excesos reprehensibles y por otra parte consultando
            con su comodidad y que no se les prive de la luz, que es dificil dar a estas cel-
            das, con otros arbitrios hemos venido, en que no se condenen absolutamente
            dichas ventanas; pero si mandamos pena de santa obediencia a la Prelada haga
            poner a todas dos rejas de fierro una al estremo de la calle y otra hacia dentro
            de la misma celda, que estorve el que se puedan asomar a ver para fuera, lo que
            cumplira con la brevedad posible. (Al margen: Se contrae a la observancia de
            los puntos principales de su instituto) Otro punto ai que ocupa no menos
            nuestro vigilante zelo, y es el de aquellas oficinas en que se deben juntar todas
            las religiosas a los actos de comunidad, que hacen el fondo de la vida monas-
            tica y por eso se encarga tan eficazmente en su instituto en este particular he-
            mos estrañado no tenga el convento dormitorios comunes en que se recojan
            las religiosas, todas las noches como se previene en el capitulo nueve de su
            constitucion, cuia importancia es demostrable, pues teniendolo se guardará
            mejor el silencio que tanto recomienda el instituto a tales horas, se evitaran las
            juntas nocturnas en las celdas, gastando el tiempo en conversaciones inutiles



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